Common use of Formación Clause in Contracts

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés en los procesos de Formación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones de formación llevadas a cabo, tanto en el ámbito interno como en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen fuera de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.

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Samples: Convenio Colectivo De La Fundación Diagrama Intervención Psicosocial, www.fundaciondiagrama.es

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto La dirección de Xxxx Xxxx de Albacete conjuntamente con los representantes del Comité de Empresa ele- vará un gran interés en los procesos Plan Anual de Formación, esenciales Formación Continua para que el personal pueda de la plantilla encaminados a perfeccionar los co- nocimientos profesionales de las personas trabajadoras, a mejorar la prestación de los servicios que se realizan y a modernizar las técnicas y herramientas de trabajo precisas para el cometido que desempeñan. Este Plan se desarrollará preferentemente en conocimientos, habilidades y capacidades, y horario laboral. La asistencia a actividades formativas en horario laboral deberá ser siempre aprobada por ende en sus funciones y responsabilidadesla persona res- ponsable del programa o jefatura del departamento de quien dependa el personal laboral. Las acciones de formación llevadas a cabo, tanto en el ámbito interno como Desde la empresa se facilitará en la formación externa (realizadas a partir medida de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción lo posible la participación en actividades formativas dentro del horario laboral. capítulo v clasificación profesional El personal de sexo ni restricciones la oficina provincial de acceso para todos los Xxxx Xxxx Española en Albacete se clasifica en grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas profesionales y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y niveles atendiendo a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación aptitudes y puesta al día conocimientos exigidos para el desempeño de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros distintos puestos de trabajo, definidos por la empresa en base a su capacidad rectora. – La formación se impartirá preferentemente durante El grupo profesional agrupa unitariamente las aptitudes profesionales, las titulaciones y el horario laboral. En el caso contenido gene- ral de aquellos cursos la prestación laboral que se programen fuera corresponde con las mismas. La pertenencia a un grupo profesional capacitará para el desempeño de todas las tareas y cometidos propios del mismo, sin más limitaciones que las derivadas de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo exigencia de formación será compensado con un descanso equivalente en las titulaciones específicas y de los términos que se establezcan en el marco demás requisitos de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporacióncarácter profesional contemplados.

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Samples: cgtcruzroja.files.wordpress.com

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés en los procesos de FormaciónArticulo 38.- IMPULSO DE LA FORMACIÓN CONTINUA EN EL SECTOR Para aquel personal que asista a acciones formativas presenciales, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones de formación llevadas a cabo, tanto en el ámbito interno como en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos correspon- dientes a la gestión convocatoria de formaciónla FORCEM, y el establecimiento de algunas mejoras, 50% de las horas que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen fuera precise esa acción será dentro de la jornada laboral del trabajadorlaboral, o se deducirán de la misma en dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos porcentaje, siempre que se establezcan den las siguientes condiciones: * La Empresa podrá instar al personal, por probadas razones técnicas, orga- nizativas o de producción, el cambio o modificación de fechas para asistencia de estos a las acciones formativas. * El personal que puede asistir a las acciones formativas contempladas en este artículo, no superará anualmente el marco 10% de las plantillas, ni, en aquellos centros de trabajo con menos de 10 trabajadores/as, podrá concurrir más de uno. * El 50% de las horas a cargo de la Comisión Paritaria Empresa supondrá un máximo anual de Formación20 horas por trabajador/a, pudiendo distribuirse en una o varias acciones for- mativas. * El personal solicitante deberá haber superado el periodo de prueba y tener, en todo caso, una antigüedad mínima de un mes en la Empresa. * Durante las horas formativas a cargo de la Empresa el período personal tendrá dere- cho al salario que le correspondería como si estuviera trabajando en que el trabajador permanezca en situación jornada ordinaria. * El personal habrá de excedencia el trabajador tendrá derecho a acreditar ante la Empresa la asistencia a cursos la correspon- diente acción formativa * Los permisos individuales de formación profesionalrecogidos en el II Acuerdo Nacional de Formación Continua, a cuya participación deberá ser convocado se regirán por lo dispuesto en el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporaciónmismo.

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Samples: Convenio Colectivo Entre La Empresa Sociedad Agraria De Transformación Fast

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés en  Artículo 11 bis. Formación.-  Por la Formación para la acogida que tendrá por objeto facilitar la incorporación a las diferentes Delegaciones o Áreas de nuevos/as trabajadores/as. Esta formación se realizará de forma inmediata.  Por los procesos cursos de Formaciónformación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientosvía programa de formación continua, habilidades y capacidadesprincipalmente, y con la demanda pedida para éstos por ende en sus los servicios respectivos a la hora de su programación bianual.  Por los cursos que sean puntuales y necesarios por la implantación y conocimiento de nuevas tecnologías para el desarrollo de éstos conforme a las necesidades que planteen las Áreas.  Cursos de conocimientos que posibiliten la promoción y la carrera administrativa como requisito necesario de acceso.  Cursos de conocimientos sobre las funciones y responsabilidadespropias del puesto al que se acuerda una promoción, para un mejor desempeño de éste. Las acciones (podrán ser incluidos como parte del proceso).  Cursos de formación llevadas a cabopara las habilidades de gestión de los niveles superiores e intermedios.  Cursos de formación de competencias para los demás puestos, tanto teniendo en cuenta nivel de especialización y complejidad en el ámbito interno como conocimiento requerido para el puesto de trabajo en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos concreto. El personal deberá acreditar los grupos profesionalescursos o estudios y justificar su asistencia. Con anterioridad al Plan de Igualdad Se fomentarán las medidas en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal formación que tiendan a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando favorecer la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día participación de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto empleados públicos con cualquier tipo de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboraldiscapacidad. En el caso de aquellos cursos que se programen fuera de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionaldel citado Plan de Formación sobre habilidades directivas o dirigidos a categorías profesionales en que las trabajadoras estén discriminadas- segregadas, se reservará un cupo del 50% para las mismas. De igual modo en los cursos de formación dirigidos a cuya participación deberá ser convocado por el empresariocategorías profesionales en las que los trabajadores estén discriminados-segregados, especialmente se reservará un cupo del 50% para los mismos. El Plan de Formación concretará los cursos dirigidos a la formación en habilidades directivas y categorías con ocasión de su reincorporacióndiscriminación-segregación.

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Samples: Convenio Colectivo Único Del Personal Laboral Al Servicio

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial Las partes reconocen la importancia que tiene puesto un gran interés en los procesos de Formación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones de formación llevadas a cabo, tanto en el ámbito interno como en la formación externa (realizadas para desarrollar permanentemente las aptitudes profesionales de las trabajadoras y de los trabajadores, que les permitan una adecuación a partir de peticiones individuales)los cambios organizativos y tecnológicos, han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión vez que potencia sus expectativas de formaciónpromoción y desarrollo profesional, y siendo de obligada recepción cuando la formación sea imprescindible para el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones correcto desempeño del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo, incluida la formación en Prevención de Riesgos Laborales y la formación de EPI´s. Esta formación se impartirá dentro de la jornada de trabajo, si bien se podrá impartir fuera de jornada cuando existan razones técnicas u organizativas que así lo exijan, siendo necesario acordarlo con la Representación Sindical. Esta formación se referirá, entre otros, a programas relacionados con: – El entrenamiento y adaptación del personal de nuevo ingreso, o por cambio de puesto de trabajo, para lo cual, y al objeto de mejorar los resultados, se planificarán las correspondientes acciones formativas. Dentro de esta planificación en cada Centro de trabajo se definirá el calendario previsto y el personal con mando responsable de su desarrollo, que contará con la necesaria colaboración de las personas titulares del propio puesto y otras personas colaboradoras, en caso necesario. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajoEl perfeccionamiento y la potenciación profesional. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación El mejor desarrollo profesional de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – El mejor desempeño de la tarea, sin riesgo para la propia salud y la de los demás, y la formación específica en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. – La adaptación del personal a las nuevas tecnologías. – La mejor incorporación a los planes estratégicos de la Empresa. – Facilitar las posibilidades de promoción en la Empresa. – Un mejor desarrollo de las tareas de mando. – La promoción cultural para facilitar el acceso a titulaciones oficiales. – El acceso al estudio de enseñanzas superiores, a través de acuerdos específicos con Universidades y otras Instituciones. El personal, a través de sus representantes, se compromete a colaborar en el mejor desarrollo de la formación se impartirá preferentemente durante y el horario laboralperfeccionamiento profesional en la Empresa. cve: BOE-A-2023-2145 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Consecuentemente, las Direcciones de los Centros realizarán un estudio y diagnóstico de las necesidades de formación de la plantilla para adquirir los conocimientos y destreza necesarios que permitan mantener actualizada su competencia profesional. En base a dicho estudio, se elaborará en cada Centro, en el caso último trimestre del año y no más tarde del 30 de aquellos cursos noviembre, un plan de formación con la participación de la RLPT y RS, que será remitido al Departamento de Recursos Humanos de la Sede Central, para su valoración y elaboración del Plan General de Formación. Una vez aprobados los planes de formación específicos para cada Centro, la Dirección informará a la RLPT y RS del desarrollo del mismo, para su control y seguimiento. El Plan General de Formación será sometido a información y aprobación de las Secciones Sindicales Intercentros, que tendrán también como funciones específicas asesorar a la Dirección sobre principios básicos y estrategia para la elaboración de dichos planes, sugiriendo acciones en su caso, y seguir el desarrollo de los mismos. Las partes firmantes acuerdan solicitar y promover la obtención de cuantas ayudas oficiales o de Instituciones públicas o privadas puedan conseguirse para cualquiera de los programas incluidos en el citado Plan de Formación y, en concreto, a hacer uso del crédito del que anualmente disponga la Empresa, al objeto de conseguir un adecuado desarrollo personal y profesional de los trabajadores y de las trabajadoras y mejorar la competitividad de la Empresa. Para ello, y cuando el Plan de Formación sea de su conformidad, los Sindicatos firmantes del presente Xxxxxxxx se programen comprometen a informar favorablemente y apoyar a la Empresa en la tramitación para la gestión de dicho crédito. El desarrollo de las acciones formativas, siempre que sea posible, se llevará a cabo dentro de la jornada de trabajo. Cuando las acciones formativas se realicen dentro de la jornada de trabajo, se procurará que éstas no produzcan horas extraordinarias o que las producidas estén originadas por razones de evidente necesidad, poniéndose en conocimiento de la RLPT y RS del Centro esta circunstancia. La Dirección de la Empresa podrá, en orden a una adecuada asignación de recursos, planificar las acciones formativas para el personal a turno, en horario de jornada normal, para facilitar el correcto desarrollo de dicha acción. Para ello se fijará en los Centros, antes de finalizar el año, en los cuadrantes del año siguiente, los días de formación. Todo ello respetando los acuerdos específicos preexistentes sobre jornada en el Centro de trabajo. Para los casos en que la formación haya de ser impartida fuera de la jornada laboral del trabajadorde trabajo, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos siempre que se establezcan en el marco la asistencia al Curso sea a requerimiento de la Comisión Paritaria Empresa y aceptada voluntariamente por la persona interesada, se establecen las siguientes condiciones que también serán de Formación. – Durante el período aplicación en caso de que el trabajador permanezca en situación la Dirección acepte la solicitud de excedencia el trabajador tendrá derecho quien desee acceder a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.una acción formativa concreta:

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Samples: Convenio Colectivo De Fertiberia, s.A.

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés en Las partes firmantes de este Convenio asumen el contenido íntegro de los procesos de Formación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones acuerdos de formación llevadas continúa, declarando que los mismos podrán desarrollar sus efectos en su ámbito funcional. e xxxxxx Las empresas informarán y facilitarán a cabo, tanto en el ámbito interno como en sus trabajadores la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen no pudiendo ser exigida fuera de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo laboral. Las horas de formación será compensado recibidas que formen parte de los módulos formativos tendentes a la consecución de Unidades de Competencia de alguna de las Cualificaciones Profesionales de la Familia del Sector del Comercio, establecidas por el Instituto Nacional de Cualificaciones, serán consideradas horas de formación válidas a todos los efectos. Si el trabajador acudiera de forma voluntaria fuera de su jornada laboral a cursos de formación promovidos por la empresa o en los que ésta participe pertenecientes a: Planes formativos de las empresas; acciones bonificables de las empresas; acciones de contratos programa en los que ésta participe o apruebe expresamente, se le compensará con un descanso equivalente al 50% del tiempo dedicado, una vez acreditada su asistencia y aprovechamiento; tal compensación podrá ser sustituida por una indemnización económica, previo acuerdo entre las partes. El trabajador no tendrá derecho a esta compensación si la formación recibida le sirviera para subir el nivel profesional o se aplicara a la exigencia prevista para disfrutar del Plus de Adaptación Profesional, no obstante si recibirá compensación por el exceso de horas establecido en estos dos supuestos. Con el fin de garantizar el acceso a la formación y reciclaje por parte de todos los términos que se establezcan en el marco trabajadores, la Federación de Empresarios de Comercio presentará anualmente un Plan de Formación a la Comisión Paritaria para su conocimiento y difusión. Si a lo largo de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho la vigencia del Convenio la oferta formativa fuese insuficiente para atender a la asistencia demanda del sector, la Comisión Paritaria determinará la manera de garantizar este derecho fundamental a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporaciónlos trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Formación. La Asociación fomentará la formación de todo el personal, en especial el que interviene en la labor educativa de los menores que deberán actualizar sus conocimientos sobre la infancia y adolescencia y adaptarlos a su trabajo diario para dar una mejor respuesta a las necesidades que planteen. Esta formación no se diseña como acciones aisladas sino continuas e implica una adquisición de conocimientos, un desarrollo de habilidades en el puesto de trabajo e incluso un cambio de actitudes. La Asociación informara a todo el personal de las acciones formativas anuales previstas. Todo el personal, con una antigüedad superior a un año, tendrá derecho a 20 horas anuales de formación dentro de la jornada laboral. La formación interna se impartirá en los propios lugares de trabajo o en la Escuela que la asociación tiene para este fin, en función de las necesidades formativas de los trabajadores y de los temas que se consideren de interés general para la asociación, en el caso de que el curso coincida con días de libranza del trabajador, éste será compensado con días libres. Asimismo la asistencia a cursos, seminarios o jornadas organizadas por otras entidades, para todo el personal, podrá realizarse a petición de la Asociación lo que supondría que los gastos de matrícula, desplazamiento y residencia correrán a cargo de aquélla. cve: BOE-A-2013A-2016-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto 7720 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Si fueran solicitados por el trabajador, el director del programa o de un gran interés en los procesos departamento de Formación, esenciales la Oficina Nacional donde esté inscrito remitirá la solicitud a la dirección territorial o a la dirección de Área correspondiente junto con su valoración para que el personal pueda mejorar se decida su asistencia en conocimientos, habilidades función del coste del curso y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones de si se ajusta a las necesidades de formación llevadas del trabajador tras consultar a caboRRHH, tanto en el ámbito interno como en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos ser autorizados se correrá con el 50% de los gastos que conlleve. El personal que asista a cursos que se programen fuera de perfeccionamiento autorizados por la jornada laboral del trabajadorAsociación, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a percibir su retribución durante su duración. En la asistencia a cursos medida de lo posible la Dirección facilitará la flexibilidad de horarios para aquellas personas que quieran ampliar sus estudios para su perfeccionamiento profesional o personal. Los trabajadores afectados por el presente Convenio, podrán solicitar permisos individuales de formación profesionalde acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en cada momento. En la actualidad las normas de referencia son el real Decreto 395/2007, a cuya participación deberá ser convocado por el empresariode 23 xx xxxxx y la Orden TIN/2805/2.008, especialmente con ocasión de su reincorporación26 de septiembre.

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Samples: www.boe.es

Formación. La Asociación fomentará la formación de todo el personal, en especial el que interviene en la labor educativa de los/as menores, que deberán actualizar sus conocimientos sobre la infancia y adolescencia y adaptarlos a su trabajo diario para dar una mejor respuesta a las necesidades que planteen. Esta formación no se diseña como acciones aisladas sino continuas e implica una adquisición de conocimientos, un desarrollo de habilidades en el puesto de trabajo e incluso un cambio de actitudes. La formación interna se impartirá en los propios lugares de trabajo o en la escuela que la Asociación tiene para este fin, en función de las necesidades formativas de los trabajadores y de los temas que se consideren de interés general para la Asociación, en el caso de que el curso coincida con días de libranza del trabajador, éste será compensado con días libres. Asimismo la asistencia a cursos, seminarios o jornadas organizadas por otras entidades, para todo el personal, podrá realizarse a petición de la Asociación lo que supondría que los gastos de matrícula, desplazamiento y residencia correrán a cargo de aquélla. cve: BOE-A-2013A-2009-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés en los procesos 2864 Si fueran solicitados por el trabajador, el director del centro donde este inscrito remitirá la solicitud al departamento. de Formación, esenciales RRHH junto con su valoración para que el personal pueda mejorar se decida su asistencia en conocimientos, habilidades función del coste del curso y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones de si se ajusta a las necesidades de formación llevadas a cabodel trabajador, tanto en el ámbito interno como en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos ser autorizados se correrá con el 50% de los gastos que conlleve. El personal que asista a cursos que se programen fuera de perfeccionamiento autorizados por la jornada laboral del trabajadorAsociación, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a percibir su retribución durante su duración. En la asistencia a cursos medida de lo posible la dirección facilitará la flexibilidad de horarios para aquellas personas que quieran ampliar sus estudios para su perfeccionamiento profesional o personal. Los trabajadores afectados por el presente convenio, podrán solicitar permisos individuales de formación profesionalde acuerdo con lo previsto en la legislación vigente en cada momento. En la actualidad las normas de referencia son el real Decreto 395/2007, a cuya participación deberá ser convocado por el empresariode 23 xx xxxxx y la Orden TIN/2805/2.008, especialmente con ocasión de su reincorporación26 de septiembre.

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Samples: www.fespugtaragon.es

Formación. cve: BOEDesde UGT-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial FICA de Catalunya creemos que la única forma de ofrecer una formación profesional de calidad es integrando la formación inicial con la formación profesional para el empleo (ocupacional y continua). Para ello, es indispensable crear un foro en el que participen todos los sectores implicados y los agentes sociales, en el que se haga un estudio riguroso sobre las necesidades xxx xxxxxxx de trabajo, que equilibre la oferta y la demanda, y que apueste por modelos de aprendizaje y prácticas en las empresas de calidad. La formación profesional debe ser de calidad, teniendo en cuenta las necesidades de los sectores, de los territorios y de las personas. El alumnado tiene puesto un gran interés que estar bien orientado ya desde la educación secundaria. Deben estar preparados para su futuro laboral, pero eso implica que, además de adquirir habilidades como autonomía, espíritu emprendedor o alta adaptación a los cambios, se les debe explicar la realidad del mundo laboral, que derechos y obligaciones tendrán como trabajadores y trabajadoras. Por ello, es fundamental que los sindicatos seamos parte implicada en los procesos esa formación. Y sin olvidar las universidades, motor de Formacióndesarrollo económico, esenciales social y crítico de la sociedad. Para salvaguardar el sentido crítico, se hace aún más necesario que el alumnado tenga a su alcance toda la información que les permita estar preparados para el mundo laboral y decidir su futuro con libertad. Desde UGT FICA de Catalunya trabajaremos para conseguir una mayor concordancia entre la formación y el mercado laboral. - Reforzando las alianzas con las empresas, mediante periodos de prácticas o de formación en centros de calidad, con el fin de mejorar la transición del sistema educativo al mundo laboral. - Instando a una mayor inversión por parte de las Administraciones y planificación conjunta entre Administraciones, entidades educativas y de investigación, Confederación de empresarios y Sindicatos, para que la formación se haga acorde a la realidad presente y futura xxx xxxxxxx laboral, mejorando así nuestro modelo productivo. Hay que lograr una mayor concordancia entre la formación y el personal pueda mejorar mercado laboral. El objetivo final es conseguir una formación profesional y universitaria que haga que las personas se incorporen al mundo laboral mejor preparadas, que tenga en conocimientoscuenta las necesidades de los sectores, habilidades territorios y capacidadestambién de las personas, y que ayude a aumentar la competitividad de la económica catalana al tener mano de obra mucho más cualificada. La Formación para el Empleo debe ser una formación que contribuya al desarrollo personal y profesional de las personas trabajadoras (ocupadas y desempleadas), mejore su empleabilidad y su promoción en el trabajo, sea acorde a las necesidades xxx xxxxxxx laboral, y permanente a lo largo de su vida. La formación continua es un instrumento esencial en el aprendizaje a lo largo de la vida y es especialmente relevante en un contexto de cambio económico y productivo cada vez más acelerado y agudizado por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones la crisis económica, por eso, es preciso estabilizar un sistema de formación llevadas profesional para el empleo que contribuya al desarrollo profesional de todos los trabajadores y trabajadoras: bien actualizando sus competencias a cabonuevos requerimientos del sistema productivo, tanto bien proporcionando otras nuevas que les facilite el acceso a nuevos puestos de trabajo. Los estudios establecen que el 90% de los puestos de trabajo necesitará de competencias digitales para el desempeño de su trabajo diario, y el 54% de las personas trabajadoras deberá mejorar su capacitación en el próximo lustro. Sin embargo, los empresarios y el gobierno siguen sin comprender la necesidad de actuar ya en la formación digital de sus trabajadores y trabajadoras, siendo para muchos adultos escasas o inexistentes las oportunidades de formarse: es necesario un mayor acercamiento al mercado laboral para conocer y adaptar el currículo a las necesidades de los sectores productivos, mayor inversión desde la administración y un mayor acercamiento al mundo productivo en el ámbito interno como en educativo. La reivindicación del sindicato para conformar un derecho a la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo profesional continua en el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo se configura como una pieza esencial para lograr una digitalización sostenible y a las modificaciones con beneficios laborales y económicos para el conjunto de la sociedad. La formación es un derecho del mismo trabajador y una obligación para la empresa, y a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición negociación colectiva debemos velar por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio cumplimiento de la Fundaciónnormativa en formación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen fuera de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en proporcionar que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos formación en los centros de trabajo no sea un privilegio para algunas personas sino un derecho para todos/as. Constituiremos Comisiones Mixtas/Paritarias de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente en todos los convenios colectivos sectoriales. Comisiones con ocasión de su reincorporación.un reglamento propio que,

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Samples: ugtfica.cat

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto Artículo 45.—Principios Generales. En un gran interés en los procesos plazo no superior al mes de Formaciónla firma del Convenio, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones se constituirá una comisión de formación llevadas que elaborará propuestas de nuevas acciones formativas, emitirá el informe preceptivo a cabo, tanto en el ámbito interno como la entrega del Plan de Formación anual de Xxxx Xxxx Española y participará en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al elaboración del Plan de Igualdad formación específico de Xxxx Xxxx Española en materia de Formación ya Asturias, del cual se habían identificado dará traslado a los/las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día representantes de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto trabajadores/as para su valoración e informe. De conformidad con lo que establece el artículo 23 del Estatuto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores y para facilitar su formación y promoción profesional, los trabajadores y trabajadoras afectados por el presente convenio, tendrán derecho a ver faci- litada la realización de estudios para la obtención de títulos académicos y profesionaleso profesionales reconocidos oficialmente, relacionados a la realización de cursos de perfeccionamiento profesional organizados por la propia entidad u otros organismos, siempre que dicha formación tenga relación directa con el ámbito de actuación del convenio que recoge el presente convenio. La entidad y la representación de los/las trabajadores y trabajadoras reconocen como derecho derivado de la Fundaciónrelación laboral, así como ampliación el de los la formación y promoción en el trabajo, salvando en cualquier caso las necesidades de organización y buen funcionamiento de la entidad. La formación y capacitación del trabajador o trabajadora que preste sus servicios en la entidad, centro o entidad y de acuerdo con las necesidades de la misma, está abierta, sin discriminación de ningún tipo y con las únicas limitaciones que puedan provenir de la capacidad y conocimientos previstos que deberán ser acreditados individualmente. Un factor básico para incrementar la motivación y la integración de los trabajadores y trabajadoras y crear un mecanismo eficaz e indispensable para articular la promoción es la formación. En consecuencia, la formación habrá de pasar a un primer plano en la preocupación de la entidad, por lo que les permita prosperar y aspirar ésta se compromete a promociones profesionales y adquisición vincular la formación a los distintos procesos de la promoción de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen fuera de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporacióntrabajadores y trabajadoras.

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Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto artículo 45.—Principios Generales. En un gran interés en los procesos plazo no superior al mes de Formaciónla firma del Convenio, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones se constituirá una comisión de formación llevadas que elaborará propuestas de nuevas acciones formativas, emitirá el informe preceptivo a cabo, tanto en el ámbito interno como la entrega del plan de formación anual de Xxxx Xxxx Española y participará en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al elaboración del Plan de Igualdad formación específico de Xxxx Xxxx Española en materia de Formación ya Asturias, del cual se habían identificado dará traslado a los/las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día representantes de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto trabajadores/as para su valoración e informe. de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia conformidad con lo que establece el artículo 23 del estatuto de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores y para facilitar su formación y promoción profesional, los trabajadores y trabajadoras afectados por el presente convenio, tendrán derecho a ver faci- litada la realización de estudios para la obtención de títulos académicos y profesionaleso profesionales reconocidos oficialmente, relacionados a la realización de cursos de perfeccionamiento profesional organizados por la propia entidad u otros organismos, siempre que dicha formación tenga relación directa con el ámbito de actuación del convenio que recoge el presente convenio. la entidad y la representación de los/las trabajadores y trabajadoras reconocen como derecho derivado de la Fundaciónrelación laboral, así como ampliación el de los la formación y promoción en el trabajo, salvando en cualquier caso las necesidades de organización y buen funcionamiento de la entidad. la formación y capacitación del trabajador o trabajadora que preste sus servicios en la entidad, centro o entidad y de acuerdo con las necesidades de la misma, está abierta, sin discriminación de ningún tipo y con las únicas limitaciones que puedan provenir de la capacidad y conocimientos previstos que deberán ser acreditados individualmente. un factor básico para incrementar la motivación y la integración de los trabajadores y trabajadoras y crear un mecanismo eficaz e indispensable para articular la promoción es la formación. en consecuencia, la formación habrá de pasar a un primer plano en la preocupación de la entidad, por lo que les permita prosperar y aspirar ésta se compromete a promociones profesionales y adquisición vincular la formación a los distintos procesos de la promoción de los conocimientos de otros puestos de trabajotrabajadores y trabajadoras. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen fuera artículo 46.—objetivos de la jornada laboral del trabajadorformación la formación profesional en la entidad, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en centro o entidad se orientará hacia los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.siguientes objetivos:

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Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés Las partes firmantes de este Convenio asumen el contenido íntegro de los Acuerdos de Formación Continua, declarando que los mismos podrán desarrollar sus efectos en los procesos de Formación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidadessu ámbito funcional. Las acciones de formación llevadas empresas informarán y facilitarán a cabo, tanto en el ámbito interno como en sus trabajadores la formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación al puesto de trabajo y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen no pudiendo ser exigida fuera de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo laboral. Las horas de formación será compensado recibidas que formen parte de los módulos formativos tendentes a la consecución de Unidades de Competencia de alguna de las Cualificaciones Profesionales de la Familia del Sector del Comercio, establecidas por el Instituto Nacional de Cualificaciones, serán consideradas horas de formación válidas a todos los efectos. Si el trabajador acudiera de forma voluntaria fuera de su jornada laboral a cursos de formación promovidos por la empresa o en los que ésta participe pertenecientes a: Planes formativos de las empresas; acciones bonificables de las empresas; acciones de contratos programa en los que ésta participe o apruebe expresamente, se le compensará con un descanso equivalente al 50% del tiempo dedicado, una vez acreditada su asistencia y aprovechamiento; tal compensación podrá ser sustituida por una indemnización económica, previo acuerdo entre las partes. El trabajador no tendrá derecho a esta compensación si la formación recibida le sirviera para subir el nivel profesional o se aplicara a la exigencia prevista para disfrutar del Plus de Adaptación Profesional; no obstante, sí recibirá compensación por el exceso de horas establecido en estos dos supuestos. Con el fin de garantizar el acceso a la formación y reciclaje por parte de todos los términos que se establezcan en el marco trabajadores, la FEC presentará anualmente un plan de formación a la Comisión Paritaria para su conocimiento y difusión. Si a lo largo de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho la vigencia del Convenio la oferta formativa fuese insuficiente para atender a la asistencia demanda del sector, la Comisión Paritaria determinará la manera de garantizar este derecho fundamental a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporaciónlos trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Formación. cveEl personal con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen dere- cho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesio- nal para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo caso cuando la persona trabajadora pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometida por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se refiere este apartado la forma- ción que deba obligatoriamente impartir la empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes. En defecto de lo previsto en convenio colectivo, la concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre la parte trabajadora y la parte empresarial. El personal de Xxxx Xxxx Bizkaia podrá disponer del tiempo que necesite para realizar exámenes oficiales de euskera. Todo el personal con contrato indefinido podrá optar a las 2 modalidades de estudio de euskera: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés Modalidad A: cursos de hasta 2 horas de mañana o de tarde y hasta 5 días a la semana. La organización aportará la mitad del tiempo que se invierta en clases de euskera, con el máximo de una hora al día (o del porcentaje correspon- diente en los procesos casos de Formación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades y capacidades, y por ende en sus funciones y responsabilidades. Las acciones reducción de formación llevadas a cabo, tanto en el ámbito interno como en la formación externa (realizadas a partir de peticiones individualesjornada laboral), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción siendo las 10:00 la hora máxima de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad al Plan de Igualdad en materia de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos a la gestión de formación, y el establecimiento de algunas mejoras, de las que destacaremos las siguientes: – Adaptación incorporación al puesto de trabajo y en horario de mañana. Este tiempo no estará supeditado a la coincidencia de las modificaciones del mismo a través de clases con la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario jor- nada laboral. En el caso de aquellos coincidir la formación con horario laboral el tra- bajador o trabajadora deberá recuperar la mitad restante. Modalidad B: cursos que se programen fuera Intensivos de la jornada laboral del trabajador, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en los términos que se establezcan en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación5 horas e internados.

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Samples: Convenio Colectivo

Formación. cve: BOE-A-2013-7291 Fundación Diagrama Intervención Psicosocial tiene puesto un gran interés en La formación del personal constituye el instrumento básico para conseguir la adecuación profesional a los procesos de Formación, esenciales para que el personal pueda mejorar en conocimientos, habilidades cambios organizativos y capacidadestecnológicos, y por ende para potenciar las expectativas de promoción y desarrollo profesional de las personas que trabajan en sus funciones la Empresa. CVE-2022-4516 La Empresa dispondrá de una bolsa de cuatro horas anuales obligatorias para formación de cada persona trabajadora y responsabilidadesadicional a la jornada laboral anual pactada. Las acciones Dichas horas tendrán el carácter de ordinarias y no devengarán una remuneración específica. La Empresa, siempre que organizativamente sea posible, no aplicará las horas de formación llevadas a cabo, tanto en el ámbito interno como jornadas de descanso de la persona trabajadora y deberán aplicarse en la un solo bloque. Convenio Colectivo de Sidenor Aceros Especiales S.L.U. Centro de trabajo xx Xxxxxxx 2022-2026 El contenido de dicha formación externa (realizadas a partir de peticiones individuales), han estado abiertas a todo el personal, sin distinción de sexo ni restricciones de acceso para todos los grupos profesionales. Con anterioridad se definirá conforme al Plan de Igualdad en materia Formación que adopte con la Representación de Formación ya se habían identificado las necesidades formativas del personal a través de encuestas Personas Trabajadoras y entrevistas existiendo un cuestionario de detección de necesidades formativas. También con anterioridad al Plan de Igualdad ya se venia realizando la elaboración de una memoria de Formación Anual que recoge los datos relativos estará fundamentalmente orientado a la gestión mejora de formaciónla polivalencia de la plantilla. El permiso de formación contemplado en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores se articulará en la programación que incorporen los correspondientes Planes de Formación. Asimismo, y el establecimiento de algunas mejoras, la Empresa podrá utilizar de las que destacaremos 72 horas por año natural de disponibilidad un máximo de 16 horas anuales para formación a más de las siguientes: – Adaptación al puesto cuatro horas expresadas anteriormente. Sin perjuicio de trabajo lo anterior, las horas de formación promovidas por la empresa y a las modificaciones del mismo a través de la formación. – Actuación y puesta al día de los conocimientos profesionales exigibles en la categoría y puesto de trabajo. – Especialización en sus diversos grados en algún sector o materia propia de trabajo. – Facilitar y promover la adquisición por los trabajadores de títulos académicos y profesionales, relacionados con el ámbito de actuación del convenio de la Fundación, así como ampliación de los conocimientos de los trabajadores que les permita prosperar y aspirar a promociones profesionales y adquisición de los conocimientos de otros puestos de trabajo. – La formación se impartirá preferentemente durante el horario laboral. En el caso de aquellos cursos que se programen realizadas fuera de la jornada laboral de trabajo, se abonarán al precio de 12,81 euros brutos/hora. Este importe se incrementará durante la vigencia del trabajadorconvenio, dicho tiempo de formación será compensado con un descanso equivalente en conforme los términos que se establezcan incrementos acordados en el marco de la Comisión Paritaria de Formación. – Durante el período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalartículo 26, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.apartado A.

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Samples: Convenio Colectivo