FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN Cláusulas de Ejemplo

FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. La formalización de la concesión en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudi- cación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. El contrato se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego. Cualquiera de las partes podrá solicitar elevar a Escritura pública el contrato siendo en ese caso de su cuenta los gastos que se originen.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. 10.1.- De conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Reglamento de aplicación de la Ley de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el plazo para formalizar la concesión en documento administrativo es el de un mes a partir de la notificación del acuerdo de adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier Registro Público.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. Formalización de la concesión. 16.- Devolución de la documentación.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. El contrato de concesión se formalizará en documento administrativo, pudiendo ser elevado a escritura pública a solicitud del adjudicatario y a xxxxx del mismo. La formalización se efectuará antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Al documento de formalización se unirán como parte integrante y vinculante del contrato la oferta presentada por el adjudicatario y los pliegos por los que se rigen la presente licitación.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. La formalización de la concesión se efectuará en documento administrativo en un plazo no superior a los quince días hábiles siguientes al de notificación de la adjudicación a los licitadores o candidatos. No podrá iniciarse la instalación y explotación del quiosco sin la previa formalización de la concesión. Simultáneamente con la firma del contrato, el adjudicatario deberá suscribir una copia de los pliegos que rigen la contratación. El documento de formalización constituye título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. La formalización del contrato se publicará en el Perfil de Contratante del Ayuntamiento de Jumilla y en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, e indicará, como mínimo, los datos contenidos en el anuncio de adjudicación.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. La concesionaria queda obligada a suscribir el correspondiente contrato y a firmar el pliego de cláusulas administrativas particulares como prueba de aceptación de su contenido, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación del acuerdo de adjudicación, sin perjuicio de que en cualquier momento, cualquiera de las partes, solicite la protocolización notarial del mismo, siendo todos los gastos notariales, registrales o fiscales y cualesquiera otros que pudieran generarse de cuenta del concesionario. La formalización de la concesión se publicará en el perfil del contratante del órgano de contratación, indicando como mínimo los mismos datos señalados en el anuncio de adjudicación, en el plazo máximo de 15 días desde la firma del contrato.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. La formalización de la concesión en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. La concesión se formalizará en documento administrativo, en el que se transcribirán los derechos y deberes de ambas partes que han sido enumerados en este Pliego y en el Reglamento regulador del Servicio xx Xxxxxxx Municipal de Abastos de esta ciudad y se notificará a las partes. Cualquiera de las partes podrá solicitar elevar a Escritura pública el documento de concesión siendo en ese caso de su cuenta los gastos que se originen.
FORMALIZACIÓN DE LA CONCESIÓN. La formalización de la concesión en documento administrativo se efectuará dentro de los cinco días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.