GUARDA Y ADMINISTRACIÓN Cláusulas de Ejemplo

GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. Novena. Las Partes convienen que la Operadora prestará al Cliente el servicio de guarda y administración respecto de los Valores que el Cliente le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de Operaciones, en los términos establecidos en la legislación vigente. En virtud del servicio de guarda y administración de Xxxxxxx, la Operadora se obliga a recibir los Valores propiedad del Cliente que el mismo le entregue o que le sean transferidos por orden de éste o los que se adquieran en cumplimiento del presente Contrato y a tenerlos depositados en una institución para el depósito de valores u otras instituciones autorizadas. Asimismo, la Operadora se obliga a efectuar en relación a dichos Valores, los cobros y a practicar los actos necesarios para la conservación de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones que los referidos Xxxxxxx confieran o impongan al Cliente y a disponer de ellos para la ejecución de sus instrucciones, sin que dentro de estos actos se comprenda el ejercicio de derechos o acciones judiciales. Las Partes reconocen la naturaleza fungible de los Valores derivada de su depósito en una institución para el depósito de valores y por ministerio de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, por lo que la Operadora, en calidad de administradora de los mismos, únicamente está obligada a restituir otros tantos Valores de la misma especie y calidad de los depositados originalmente, más los accesorios legales que de ellos deriven. En el supuesto de que los Valores respecto de los cuales la Operadora esté prestando los servicios a que se refiere esta cláusula dejen de estar inscritos en el Registro Nacional de Valores, la Operadora notificará al Cliente de este hecho y por consiguiente cesarán sus obligaciones en relación con tales Valores. Por consiguiente, al ocurrir el supuesto a que se refiere el párrafo anterior, el Cliente será responsable del ejercicio de todas las acciones judiciales o extrajudiciales de cobro y de todos los actos necesarios para la conservación de los derechos que confieran los Valores en cuestión y del cumplimiento de las obligaciones que los mismos impongan. La Operadora pondrá a disposición del Cliente dichos Valores cuando ello sea posible. El Cliente, además, deberá pagar a la Operadora cualquier erogación que realice en relación con dichos Valores y con los actos que, en su caso, siga para concretar su retiro. Tratándose de efectivo, cuando por cualquier circunstancia la Operadora no pued...
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. PRIMERA.- Las Partes convienen que BBVA Casa de Bolsa prestará al Cliente el servicio de guarda y administración respecto de los Valores que el Cliente le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones, en los términos establecidos en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores.
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. OCTAVA.- SERVICIO DE GUARDA Y CUSTODIA.- Las
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. Octava.- Las Partes convienen que la Casa de Bolsa prestará al Cliente el servicio de guarda y administración respecto de los Valores que el Cliente le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones, en los términos establecidos en las Leyes.
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. OCTAVA.- Las partes convienen que la “Casa de Bolsa” prestará al “Cliente” el servicio de guarda y administración respecto de los Valores que el “Cliente” le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones, en los términos establecidos en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores.
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. 109. Las partes convienen que Afirme prestará al Cliente el servicio de guarda y administración respecto de los Valores que el Cliente le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones, en los términos establecidos en la Ley de Instituciones de Crédito y en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores.
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. DÉCIMO SEGUNDA.- Guarda y Administración de Valores. Las partes convienen que la “Casa de Bolsa” prestará al “Cliente” el servicio de guarda y administración respecto de los “Valores” que el “Cliente” le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones, en los términos establecidos en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores. En virtud del servicio de guarda y administración de “Valores”, la “Casa de Bolsa” se obliga a recibir los “Valores” propiedad del “Cliente” que el mismo le entregue o que le sean transferidos por orden de éste o los que se adquieran en cumplimiento del presente “Contrato” y a tenerlos depositados en una institución para el depósito de valores. Asimismo, la “Casa de Bolsa” se obliga a efectuar en relación a dichos “Valores”, los cobros y a practicar
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GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. SÉPTIMA. – Las partes convienen en que Monex prestará al Cliente el servicio de guarda y administración respecto de los Valores que el Cliente le confíe para tal efecto y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones, en los términos establecidos en la Ley.
GUARDA Y ADMINISTRACIÓN. Novena.- Las Partes convienen que el Banco por sí mismo o por conducto de la Casa de Bolsa, prestará al Cliente el servicio de guarda y administración de los Valores que el Cliente le confíe para tal efecto, y de los fondos que éste le entregue para la celebración de operaciones en los términos establecidos en las Leyes.