INHABITABILIDAD TEMPORAL. Alquiler de vivienda o local provisional/Pérdida de alquileres 10% (máx. 1 año) Gastos de hotel 300 € / día / vivienda - Máx. 10 días y 30.000 € / siniestro RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE COMÚN Límite contratado • Daños por helada 5.000 € Daños por calor • 100% Otras roturas 100% 100% Ampliación de fontanería urgente sin daños (en exceso de 250 €) 1.000 € • Exceso de consumo se agua 2.000 € Límite Rest. Restauración estética de aparatos sanitarios estética de • Continente Restauración estética del mobiliario común • 1.500 € Robo de mobiliario en jardines, patios y terrazas comunitarios • 10% (500 € por objeto) Infidelidad de empleados • 1% (mín. 150 € - máx. 3.000 €) RECONSTRUCCIÓN DEL JARDÍN Capital a primer riesgo contratado AVERÍA DE MAQUINARIA FIJA Capital propio contratado • Daños por escape de agua 100% 100% Localización 100% • Reparación 1.500 € • ROTURA XX XXXXXXXXX EXTERIORES PRIVATIVOS ** 100% (Límite por pieza contratado) • RESTAURACIÓN ESTÉTICA CONTINENTE PRIVATIVO ** Límite contratado • De la propiedad común Por escapes de las conducciones de agua comunes Del presidente, vicepresidente y cargos de gobierno Capital propio contratado (Límite por víctima: 150.000 €) (Límite Defensa y fianzas: 150.000 €) Patronal RESPONSABILIDAD CIVIL DE CONDUCCIONES PRIVATIVAS ** Por escapes de agua (Límite por siniestro: 300.000 €)
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Alojamiento en vivienda de alquiler por inhabitabilidad Siempre que se produzca el desalojamiento forzoso de la vivienda como consecuencia de un siniestro cubierto por esta póliza, y dicha vivienda se constituya, en su uso, como vivienda principal del asegurado, se garantiza el coste del alojamiento provisional en una vivienda de alquiler de características similares a la asegurada durante el tiempo normal- mente necesario para su restauración. Los peritos determinarán el plazo de desalojamien- to, que queda limitado al plazo máximo indicado en las Condiciones Particulares. Suma asegurada: hasta el 100 % del capital asegurado para contenido. Cuando solo se contrate continente, la suma asegurada será como máximo el 15 % del capital asegurado para continente.
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Pérdida de alquileres 15% (máx. 1 año) • RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE Límite contratado • Límite contratado • (sigue en la pág. siguiente) GENERALI HOGAR VIVIENDA ARRENDADA A UN INQUILINO VIVIENDA SIN OCUPACIÓN** Daños por helada 2.000 € Daños por calor • 100% Otras roturas (sanitarios cualquier material, vidrieras, jardineras) 100% 100% DAÑOS MALINTENCIONADOS DEL INQUILINO 3.000 € Opciones hasta 6, 9 ó 12 meses Capital asegurado (máx. 2.000€) RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA VIVIENDA Capital propio contratado Capital propio contratado Límite por víctima 150.000 € 150.000 € Límite Defensa judicial y fianzas 150.000 € 150.000 €
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Pérdida de alquileres 15% (máx. 1 año) U RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE Límite contratado U Límite contratado U (sigue en la pág. siguiente) Daños por helada Daños por calor Otras roturas (sanitarios cualquier material, vidrieras, jardineras) Opciones hasta 6, 9 ó 12 meses RESPONSABILIDAD CIVIL RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA VIVIENDA Límite por víctima Límite Defensa judicial y fianzas
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Pérdida de alquileres 15% (máx. 1 año) • RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE Límite contratado • Límite contratado • (sigue en la pág. siguiente) 4 GENERALI HOGAR GARANTÍAS OPTATIVAS AMPLIACIÓN HOGAR CONFORTABLE Daños por helada Daños por calor Otras roturas (sanitarios cualquier material, vidrieras, jardineras) Restauración estética del mobiliario DAÑOS MALINTENCIONADOS DEL INQUILINO IMPAGO XX XXXXXX Opciones hasta 6, 9 ó 12 meses RESPONSABILIDAD CIVIL RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA VIVIENDA Límite por víctima Límite Defensa judicial y fianzas DEFENSA JURÍDICA
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Pérdida de alquileres 15% (máx. 1 año) • RESTAURACIÓN ESTÉTICA DEL CONTINENTE Límite contratado • Límite contratado • (sigue en la pág. siguiente) 4 GENERALI HOGAR VIVIENDA ARRENDADA A UN INQUILINO VIVIENDA SIN OCUPACIÓN** Límites de cobertura Límites de cobertura GARANTÍAS OPTATIVAS Continente Contenido Continente Contenido AMPLIACIÓN HOGAR CONFORTABLE Daños por helada 2.000 € Daños por calor • 100% Otras roturas (sanitarios cualquier material, vidrieras, jardineras) 100% 100% Restauración estética del mobiliario • 1.000 € DAÑOS MALINTENCIONADOS DEL INQUILINO 3.000 € IMPAGO XX XXXXXX Opciones hasta 6, 9 ó 12 meses Capital asegurado (máx. 2.000€) RESPONSABILIDAD CIVIL RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA VIVIENDA Capital propio contratado Capital propio contratado Límite por víctima 150.000 € 150.000 € Límite Defensa judicial y fianzas 150.000 € 150.000 €
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Qué cubre?
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Qué cubre? Siempre que esté asegurado el Contenido, garantizamos los gastos en los que usted Propietario y Asegurado, incurra a consecuencia del traslado y depósito del mobiliario industrial y existencias de su propiedad, además del alquiler de un local de parecidas características al siniestrado, durante el tiempo que se invierta en la reparación de los daños ocasionados por un siniestro cubierto en la Póliza. La consideración y el plazo de inhabitabilidad será determinado por los peritos y hasta que el local de negocio tenga las condiciones suficientes de habitabi- lidad, sin que pueda exceder de un año ni del 15% del capital asegurado por el Contenido, si usted es propietario u ocupante del local de negocio.
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Qué cubre? habitabilidad, sin que pueda exceder de dos años ni del 15% del capital Asegurado por el Contenido, si Usted es propietario y ocupante de la vivienda.
INHABITABILIDAD TEMPORAL. Siempre que la vivienda asegurada resulte inhabitable como consecuencia de un siniestro cubierto por esta póliza, se garantiza el coste del aloja- miento provisional en una vivienda de alquiler de características similares a la asegurada durante el tiempo normal- mente necesario para la restauración de la misma. Los peritos determinarán el plazo de desalojamiento, que queda limitado a un máximo de 12 meses. NO QUEDAN CUBIERTOS: – LOS SINIESTROS QUE SE PRODUZCAN EN VIVIENDAS CUYO USO NO SEA EL DE VIVIENDA HABITUAL.