CONTROL DE LOS TRABAJOS. El CONSTRUCTOR será el único responsable por todos los medios, métodos, técnicas, secuencias y procedimientos constructivos, programas de seguridad y precauciones a tomar vinculados con la ejecución de la AMPLIACIÓN. El CONSTRUCTOR será responsable por el adecuado almacenamiento de todos los equipos, repuestos y herramientas provistos por éste y los PROVEEDORES por el fabricante, tanto para aquellos a ser utilizados en la ejecución de la AMPLIACIÓN, como para aquellos que se utilizarán en su operación y mantenimiento posterior.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El PROVEEDOR será el único responsable por todos los medios, métodos, técnicas, secuencias y procedimientos constructivos, programas de seguridad y precauciones a tomar vinculados con la ejecución de la PROVISIÓN.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Se vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación del servicio adjudicado en relación con las especificaciones xxx xxxxxx. El Ayuntamiento mantendrá un servicio de inspección con la organización que estime oportuna, si bien dará cuenta al adjudicatario de las personas que han de tener relación directa con él. Asimismo, el Servicio de Medio Ambiente Municipal, tendrá acceso a los locales y dependencias del adjudicatario y le sean facilitados cuantos datos se precisen con respecto a su funcionamiento, permaneciendo todas las dependencias, medios, útiles y documentación a disposición de los servicios de inspección. Los trabajos a desarrollar por parte del Servicio de Medio Ambiente Municipal del Ayuntamiento al respecto son, entre otras: - Controlar que el Servicio se efectúa oportunamente y en la forma correcta - Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el pliego, como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario, en cuanto al número y cualificación del personal. - Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el pliego, como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario, en cuanto a frecuencias, horarios y calidades de los trabajos a desarrollar por cada uno de los servicios. - Determinar si los equipos, maquinaria y herramientas de que dispongan para la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el pliego y son conforme a la oferta presentada por el adjudicatario. - Vigilar si el aseo, vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del adjudicatario, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión encomendada.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través del Jefes del Área de Régimen Interior, o funcionario en quien delegue, por parte del Ayuntamiento y de la personal responsable del control de este servicio de la Sociedad, que dictaran cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito. Las divergencias que pudieran surgir en este aspecto, serán resueltas por la Alcaldía o la Presidencia de la Sociedad. D........................................................................................................................., con domicilio en...................... c/..........................................................................................................................................................., D.N.I. nº ...........................................................expedido en .............................................................., en nombre y representación de la empresa ..........................................................................................................., con domicilio en , calle...................................................., Tfno.................................y N.I.F nº DECLARA
CONTROL DE LOS TRABAJOS. La dirección técnica de los trabajos se llevará a cabo por la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos del Gobierno Xxxxx. Al menos una vez por mes, el Consultor adjudicatario informará por escrito al Director del Proyecto sobre el estado de los trabajos hasta entonces realizados, y solicitará de él las instrucciones pertinentes para la continuación o nueva presentación de aquellos. Siempre que el consultor solicite alguna instrucción o decisión, deberá proponer a su vez, aquella que a su entender considere como más apropiada. En cualquier momento el Equipo Técnico de la Dirección del Proyecto, podrá inspeccionar la marcha de los trabajos, en la oficina del Adjudicatario. Durante la elaboración del proyecto el Consultor realizará las entregas parciales que la Dirección del proyecto estime oportunas para continuar los trabajos. De todas las reuniones que se mantengan entre la Dirección del Proyecto y el Consultor Adjudicatario se levantarán ACTAS donde se recojan las propuestas, modificaciones, instrucciones y conclusiones que se adopten. Dichas actas se presentarán a la Dirección del Proyecto en un plazo máximo de tres días hábiles tras la celebración de la reunión correspondiente, para su aprobación o comentarios. Completada la revisión de la documentación recopilada y los datos básicos, el Adjudicatario hará entrega al Director del Proyecto del Programa de trabajo, que detallará a nivel operativo el Plan de Trabajo que hubiese presentado en la proposición. El programa de trabajos contendrá los siguientes documentos: La metodología pormenorizada según la cual se propone el Adjudicatario realizar los trabajos, desarrollada a nivel operativo y acompañada de las justificaciones pertinentes. La organización del equipo del Adjudicatario para el desarrollo de los trabajos, incluyendo la relación de personas, medios materiales y la descripción organizativa del equipo. El Plan de Trabajo, incluyendo Cronograma completo para la ejecución de los trabajos de redacción que sea compatible con lo establecido en las bases para la Asistencia Técnica y acorde con lo indicado en la propuesta económica.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Al menos una vez por mes, el Consultor adjudicatario informará por escrito al Director del Proyecto sobre el estado de los trabajos hasta entonces realizados, y solicitará de él las instrucciones pertinentes para la continuación o nueva presentación de aquellos. Siempre que el Consultor solicite alguna instrucción o decisión, deberá proponer a su vez, aquélla que a su entender considere más apropiada. En cualquier momento el Equipo Técnico de la Dirección del Proyecto, podrá inspeccionar la marcha de los trabajos, en la oficina del Adjudicatario. Las observaciones o prescripciones que se deriven de la inspección serán comunicadas al Adjudicatario a través del Director del Proyecto. De todas las reuniones que se mantengan entre la Dirección del Proyecto y el Consultor Adjudicatario se levantarán ACTAS donde se recojan las propuestas, modificaciones, instrucciones y conclusiones que se adopten. Dichas actas se presentarán a la Dirección del Proyecto en un plazo máximo de 3 días hábiles tras la celebración de la reunión correspondiente, para su aprobación o comentarios.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través del funcionario designado por él, que dictará cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito. Las divergencias que pudieran surgir en este aspecto, serán resueltas por la Alcaldía. 4 388,43 € 470,00 € 1.553,72 € 1.880,00 € 18.644,64 € 22.560,00 € 5 260,33 € 315,00 € 1.301,65 € 1.575,00 € 15.619,80 € 18.900,00 € Los importes de las cuotas mensuales indicadas anteriormente para cada uno los grupos de vehículos son orientativas, pudiendo el licitador ofertar tanto al alza como a la baja, con la única condición de no superar el presupuesto base de licitación. (41.460,00€) (I.V.A Incluido) Las ofertas económicas deberán presentarse siguiendo el modelo del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. No se admiten variantes. Los licitadores presentarán exclusivamente una oferta, con una marca y modelo, que deberá cumplir necesariamente con los requisitos mínimos establecidos en el Anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Los vehículos objeto de contratación ofertados por los licitadores, deberán cumplir necesariamente las siguientes características técnicas mínimas, de equipamiento, opciones y color. Así mismo deberá tratarse de vehículos nuevos que se encuentren actualmente en el mercado nacional de automóviles nuevos y cuya comercialización en dicho sector este previsto permanezca al menos por un plazo superior a doce meses desde la fecha de presentación de las ofertas por los licitadores, no habiendo sido dichos vehículos renovados por una nueva versión o modelo. Atendiendo a lo expresado los vehículos necesariamente deberán cumplir con las características mínimas que se especifican en el Anexo I del presente Pliego Aquellas ofertas que no cumplan lo indicado anteriormente no serán tenidas en cuenta en el presente procedimiento de licitación. Se aportarán necesariamente catálogos completos de los vehículos ofertados, junto con una tabla u hoja descriptiva del fabricante del vehículo con todas las características técnicas y funcionales de los mismos, así como, toda aquella documentación complementaria que defina claramente características tales como, cilindrada, potencia (CV), par máximo, emisión de CO2, consumos, elementos de seguridad ac...
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Mensualmente, el contratista presentará relación: ▪ De las obras o instalaciones ejecutadas en conservación, modificación, nueva aplicación o suministro en este periodo de tiempo. ▪ De las altas y bajas del material producido. ▪ Del valor de los trabajos realizados por señalización, ampliada o nueva. ▪ De los descuentos por sanciones a aplicar según este Pliego. Los elementos retirados o puestos fuera de servicio serán llevados al almacén municipal o de la empresa, según se decida.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Los trabajos se realizarán bajo el control de la Mancomunidad del Alto Deba. La Mancomunidad podrá dirigir instrucciones al contratista, siempre que no supongan una modificación de las prestaciones contratadas.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Los trabajos se realizarán de acuerdo al plan de mantenimiento confeccionado por el adjudicatario y aprobada por el responsable del proyecto. El contratista mensualmente remitirá al responsable del proyecto informes, tablas, partes y formularios para justificar el seguimiento y cumplimiento del programa de mantenimiento acordado entre las dos partes. Los informes de seguimiento, que se detallarán posteriormente su contenido, incluirán el conjunto de actividades realizadas así como los ratios que permitan el seguimiento adecuado de los trabajos de mantenimiento ejecutados bien preventivos bien correctivos. Este informe incluirá detalle de las actuaciones de mantenimiento desarrolladas durante el periodo mensual. El contratista se reunirá cuatrimestralmente con el responsable del contrato o cuando sea necesario previa petición de las dos partes. De las reuniones, se realizarán actas donde se expongan los temas tratados y las decisiones tomadas etc. En estas reuniones se tratará el seguimiento de los trabajos de mantenimiento, repaso de incidencias más significativas en el periodo, problemas que hayan surgido, planteamiento de las diferentes mejoras a realizar en aspectos del contrato de mantenimiento, variaciones en el plan de mantenimiento en programación y consistencias así como propuestas de mejoras en las instalaciones u otros temas derivados de la prestación del servicio. Con periodicidad anual el contratista remitirá un informe resumen de todas las actividades de mantenimiento (preventivo y correctivo) generadas a lo largo del año de contratación. Ante cualquier duda o propuesta, el contratista se dirigirá al responsable del contrato, el cual aclarará el particular que en el desempeño de los trabajos contratados le surjan. El responsable del contrato o personal de ETS de mantenimiento podrá inspeccionar la marcha de los trabajos, las observaciones o prescripciones que se derivan de la inspección serán indicadas al contratista a través del responsable de obra de ETS.