CONTROL DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

CONTROL DE LOS TRABAJOS. Se deberá diseñar una HOJA DE CONTROL que podrá convertirse en Parte de Inspección o Parte de Trabajo. Cuando esta Hoja de Control recoja actuaciones de conservación preventiva, es decir, se limite exclusivamente a examinar el estado en que se encuentran determinados elementos de obras e instalaciones, como puede ser la inspección mensual obligatoria, o cualquier otra, en donde no se precise intervención de mano de obra, esta Hoja se convierte en un Parte de Inspección. Cuando se ejecuta un trabajo de conservación correctiva, tanto si se ha detectado y corregido en el momento de la inspección mensual, como si ha sido producto de una urgente necesidad, la Hoja de Control se convierte en Parte de Trabajo. La Hoja de Control, tanto en su vertiente de Inspección como de Trabajo, deberá adjuntarse a la certificación de mantenimiento mensual. En ella se describirán, de manera sucinta, los trabajos realizados. La Hoja de Control contendrá, al menos, los siguientes datos: - Nº de identificación. - Código del Edificio, nombre propio o de su actividad, así como su emplazamiento. Todo ello de acuerdo con la Relación de Edificaciones de Uso Municipal. - Fecha de la inspección. - Detalles de las deficiencias observadas por el Adjudicatario, como producto de las verificaciones realizadas. En caso de que la inspección dé como resultado la ausencia de anomalías de los elementos observados, se anotará en buen estado o funcionamiento correcto, según de lo que se trate. - Identificación y firma del responsable del edificio que asistió a la inspección. En caso de negativa de éste a firmar el documento el Técnico inspector lo anotará en el lugar de la firma. No obstante, un sello que recoja el nombre de la dependencia municipal podrá ser válido en el lugar de la firma. - Identificación y firma del Técnico de la Empresa adjudicataria, con indicación del número del carné que le permite el acceso a las instalaciones del edificio. - Cualquier otro dato de interés se podrá incluir en el apartado de observaciones. Las inspecciones obligatorias de carácter periódico (mensual, trimestral, etc ) a las instalaciones es una visita de trabajo. Dichas inspecciones habrán de justificarse con la observación directa del estado funcionamiento de los elementos que componen el objeto de la inspección y en ningún caso podrá sustituirse por la información que pudieran suministras los encargados o responsables de los servicios, ya que estas personas no son técnicos en la materia, aunque sepan de el...
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El CONSTRUCTOR será el único responsable por todos los medios, métodos, técnicas, secuencias y procedimientos constructivos, programas de seguridad y precauciones a tomar vinculados con la ejecución de la AMPLIACIÓN. El CONSTRUCTOR será responsable por el adecuado almacenamiento de todos los equipos, repuestos y herramientas provistos por éste y los PROVEEDORES por el fabricante, tanto para aquellos a ser utilizados en la ejecución de la AMPLIACIÓN, como para aquellos que se utilizarán en su operación y mantenimiento posterior.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El PROVEEDOR será el único responsable por todos los medios, métodos, técnicas, secuencias y procedimientos constructivos, programas de seguridad y precauciones a tomar vinculados con la ejecución de la PROVISIÓN.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Al menos una vez por mes, el Consultor adjudicatario informará por escrito al Director del Proyecto sobre el estado de los trabajos hasta entonces realizados, y solicitará de él las instrucciones pertinentes para la continuación o nueva presentación de aquellos. Siempre que el Consultor solicite alguna instrucción o decisión, deberá proponer a su vez, aquélla que a su entender considere más apropiada. En cualquier momento el Equipo Técnico de la Dirección del Proyecto, podrá inspeccionar la marcha de los trabajos, en la oficina del Adjudicatario. Las observaciones o prescripciones que se deriven de la inspección serán comunicadas al Adjudicatario a través del Director del Proyecto. De todas las reuniones que se mantengan entre la Dirección del Proyecto y el Consultor Adjudicatario se levantarán ACTAS donde se recojan las propuestas, modificaciones, instrucciones y conclusiones que se adopten. Dichas actas se presentarán a la Dirección del Proyecto en un plazo máximo de 3 días hábiles tras la celebración de la reunión correspondiente, para su aprobación o comentarios.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través de la el funcionario designado por él, que dictará cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito. Las divergencias que pudieran surgir en este aspecto, serán resueltas por la Alcaldía. 8 486,08 € 588,16 € 3.888,64 € 4.705,28 € 34.997,76 € 42.347,29 € Los importes de las cuotas mensuales indicadas anteriormente para cada uno los grupos de vehículos son orientativas, pudiendo el licitador ofertar tanto al alza como a la baja, con la única condición de no superar el presupuesto base de licitación. (42.348,00 €) (I.V.A Incluido) Las ofertas económicas deberán presentarse siguiendo el modelo del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. No se admiten variantes. Los licitadores presentarán exclusivamente una oferta, con una marca y modelo, que deberá cumplir necesariamente con los requisitos mínimos establecidos en el Anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Los vehículos objeto de contratación ofertados por los licitadores, deberán cumplir necesariamente las siguientes características técnicas mínimas, de equipamiento, opciones y color. Así mismo deberá tratarse de vehículos nuevos que se encuentren actualmente en el mercado nacional de automóviles nuevos y cuya comercialización en dicho sector este previsto permanezca al menos por un plazo superior a doce meses desde la fecha de presentación de las ofertas por los licitadores, no habiendo sido dichos vehículos renovados por una nueva versión o modelo. Atendiendo a lo expresado los vehículos necesariamente deberán cumplir con las características mínimas que se especifican en el Anexo I del presente Pliego Aquellas ofertas que no cumplan lo indicado anteriormente no serán tenidas en cuenta en el presente procedimiento de licitación. Se aportarán necesariamente catálogos completos de los vehículos ofertados, junto con una tabla u hoja descriptiva del fabricante del vehículo con todas las características técnicas y funcionales de los mismos, así como, toda aquella documentación complementaria que defina claramente características tales como, cilindrada, potencia (CV), par máximo, emisión de CO2, consumos, elementos de seguridad activa o pasiva, tipo de frenos, capacidad del maletero, posib...
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través del Jefes del Área de Régimen Interior, o funcionario en quien delegue, por parte del Ayuntamiento y de la personal responsable del control de este servicio de la Sociedad, que dictaran cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito. Las divergencias que pudieran surgir en este aspecto, serán resueltas por la Alcaldía o la Presidencia de la Sociedad. D........................................................................................................................., con domicilio en...................... c/..........................................................................................................................................................., D.N.I. nº ...........................................................expedido en .............................................................., en nombre y representación de la empresa ..........................................................................................................., con domicilio en , calle...................................................., Tfno.................................y N.I.F nº DECLARA
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Los trabajos de reparación y mantenimiento se realizarán en horario diurno de lunes a viernes. Los trabajos se realizarán con personal del adjudicatario.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El adjudicatario estará obligado a entregar toda aquella información que le sea reclamada por la Ciudad Autónoma de Melilla, facilitando las labores de inspección y disponiendo para ello de los medios que le sean requeridos sin coste alguno. Deberá llevar una ficha de cada vehículo en la cual se irán anotando todos aquellos datos de interés y que, como mínimo, contendrá los planes permanentes de mantenimiento. El modelo de fichas se presentará para su aprobación por la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo máximo de quince días naturales desde la adjudicación, debiendo realizar las correcciones que le sean indicadas. Mensualmente se facilitará a la Ciudad Autónoma de Melilla un parte en el que se indiquen todas las incidencias, vehículos reparados, el objeto de la reparación, horas empleadas, piezas utilizadas, anomalías observadas y vehículos previstos para reparar el próximo mes.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Metro Bilbao realizará a través de sus medios técnicos o personales, los controles e inspecciones necesarios para el seguimiento de los trabajos de limpieza.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través del Jefe del Área de Turismo, que dictará cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito.