CONTROL DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

CONTROL DE LOS TRABAJOS. El CONSTRUCTOR será el único responsable por todos los medios, métodos, técnicas, secuencias y procedimientos constructivos, programas de seguridad y precauciones a tomar vinculados con la ejecución de la AMPLIACIÓN. El CONSTRUCTOR será responsable por el adecuado almacenamiento de todos los equipos, repuestos y herramientas provistos por éste y los PROVEEDORES por el fabricante, tanto para aquellos a ser utilizados en la ejecución de la AMPLIACIÓN, como para aquellos que se utilizarán en su operación y mantenimiento posterior. El CONSTRUCTOR deberá procurar y abonar toda la Mano de Obra, materiales, equipos, herramientas, dirección de obra, ensayos, inspección, iluminación de la zona de trabajo y todo otro servicio necesario para la ejecución de la AMPLIACIÓN, ya sea por sí misma o a través de los subcontratistas y / o proveedores que empleare. Adicionalmente, el CONSTRUCTOR deberá proveerse y pagar por toda el agua, calefacción, refrigeración, electricidad, gas y transporte de su personal, equipos, herramientas, materiales, necesarios para la ejecución apropiada de la AMPLIACIÓN y finalización de la misma dentro del plazo previsto, sean los mismos de carácter permanente o temporario, y sean o no para su incorporación definitiva a la AMPLIACIÓN.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Se vigilará y controlará en todo momento la forma de prestación del servicio adjudicado en relación con las especificaciones de los pliegos de condiciones. Asimismo, el Servicio Técnico Municipal del Ayuntamiento, tendrá acceso a los locales y dependencias del Adjudicatario y le serán facilitados cuantos datos se precisen con respecto a su funcionamiento, permaneciendo todas las dependencias, medios, útiles y documentación a disposición de los servicios de inspección. Los trabajos a desarrollar por parte del Servicio Técnico Municipal del Ayuntamiento al respecto son entre otras: ▪ Controlar que el Servicio se efectúa oportunamente y en la forma correcta. ▪ Controlar si se cumple tanto lo estipulado en el Pliego, como en los posibles compromisos posteriores del Adjudicatario, en cuanto al número y cualificación del personal. ▪ Determinar si los equipos, maquinaria y herramientas de que dispongan para la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el Pliego y son conforme a la oferta presentada por el Adjudicatario. ▪ Xxxxxxx si el aseo, vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del Adjudicatario, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión que tenga encomendada. A la vista del resultado de estas inspecciones, se podrán determinar las correcciones ó modificaciones que se estimen oportunas en la organización de los trabajos. ARTICULO46: INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES La empresa adjudicataria establecerá los procedimientos adecuados y se dotará de los medios necesarios (hardware y software) para cumplir con las condiciones recogidas en el presente Pliego respecto a las comunicaciones y a la informatización de la gestión del servicio. En particular, deberá contar, entre otros, con los sistemas detallados en los puntos siguientes.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El PROVEEDOR será el único responsable por todos los medios, métodos, técnicas, secuencias y procedimientos constructivos, programas de seguridad y precauciones a tomar vinculados con la ejecución de la PROVISIÓN.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través del funcionario designado por él, que dictará cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito. Las divergencias que pudieran surgir en este aspecto, serán resueltas por la Alcaldía. 4 388,43 € 470,00 € 1.553,72 € 1.880,00 € 18.644,64 € 22.560,00 € 5 260,33 € 315,00 € 1.301,65 € 1.575,00 € 15.619,80 € 18.900,00 € Los importes de las cuotas mensuales indicadas anteriormente para cada uno los grupos de vehículos son orientativas, pudiendo el licitador ofertar tanto al alza como a la baja, con la única condición de no superar el presupuesto base de licitación. (41.460,00€) (I.V.A Incluido) Las ofertas económicas deberán presentarse siguiendo el modelo del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares. No se admiten variantes. Los licitadores presentarán exclusivamente una oferta, con una marca y modelo, que deberá cumplir necesariamente con los requisitos mínimos establecidos en el Anexo 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Los vehículos objeto de contratación ofertados por los licitadores, deberán cumplir necesariamente las siguientes características técnicas mínimas, de equipamiento, opciones y color. Así mismo deberá tratarse de vehículos nuevos que se encuentren actualmente en el mercado nacional de automóviles nuevos y cuya comercialización en dicho sector este previsto permanezca al menos por un plazo superior a doce meses desde la fecha de presentación de las ofertas por los licitadores, no habiendo sido dichos vehículos renovados por una nueva versión o modelo. Atendiendo a lo expresado los vehículos necesariamente deberán cumplir con las características mínimas que se especifican en el Anexo I del presente Pliego Aquellas ofertas que no cumplan lo indicado anteriormente no serán tenidas en cuenta en el presente procedimiento de licitación. Se aportarán necesariamente catálogos completos de los vehículos ofertados, junto con una tabla u hoja descriptiva del fabricante del vehículo con todas las características técnicas y funcionales de los mismos, así como, toda aquella documentación complementaria que defina claramente características tales como, cilindrada, potencia (CV), par máximo, emisión de CO2, consumos, elementos de seguridad ac...
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Al menos una vez por mes, el Consultor adjudicatario informará por escrito al Director del Contrato sobre el estado de los trabajos hasta entonces realizados, y solicitará de él las instrucciones pertinentes para la continuación o nueva presentación de aquellos. Siempre que el Consultor solicite alguna instrucción o decisión, deberá proponer a su vez, aquella que, a su entender, considere como más apropiada. En cualquier momento, el Equipo Técnico de la Dirección del Contrato podrá inspeccionar la marcha de los trabajos en la oficina del Adjudicatario. Las observaciones o prescripciones que se deriven de la inspección serán comunicadas al Adjudicatario a través del Director del Contrato. De todas las reuniones que se mantengan entre la Dirección del Contrato y el Consultor Adjudicatario, éste levantará ACTA donde se recojan las propuestas, modificaciones, instrucciones y conclusiones que se adopten.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Corresponde al Ayuntamiento el control facultativo de los trabajos, lo cual se ejercerá a través del Jefes del Área de Régimen Interior, o funcionario en quien delegue, por parte del Ayuntamiento y de la personal responsable del control de este servicio de la Sociedad, que dictaran cuantas disposiciones estime oportunas para la mejor ejecución de los mismos. Las citadas disposiciones, serán cumplidas por el contratista siempre que, sin oponerse a la recta interpretación de lo dispuesto en este pliego, le sean ordenadas por escrito. Las divergencias que pudieran surgir en este aspecto, serán resueltas por la Alcaldía o la Presidencia de la Sociedad. D........................................................................................................................., con domicilio en...................... c/..........................................................................................................................................................., D.N.I. nº ...........................................................expedido en .............................................................., en nombre y representación de la empresa ..........................................................................................................., con domicilio en , calle...................................................., Tfno.................................y N.I.F nº DECLARA
CONTROL DE LOS TRABAJOS. 6.1. La empresa adjudicataria establecerá un control de presencia diario de las personas que figuran en el grupo de limpieza que podrá ser examinado por el SEPE. Igualmente, se establecerá un parte diario de trabajo en el que se detallará la realización de las tareas no cotidianas que se ejecuten ese día.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El adjudicatario estará obligado a entregar toda aquella información que le sea reclamada por la Ciudad Autónoma de Melilla, facilitando las labores de inspección y disponiendo para ello de los medios que le sean requeridos sin coste alguno. Deberá llevar una ficha de cada vehículo en la cual se irán anotando todos aquellos datos de interés y que, como mínimo, contendrá los planes permanentes de mantenimiento. El modelo de fichas se presentará para su aprobación por la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo máximo de quince días naturales desde la adjudicación, debiendo realizar las correcciones que le sean indicadas. Mensualmente se facilitará a la Ciudad Autónoma de Melilla un parte en el que se indiquen todas las incidencias, vehículos reparados, el objeto de la reparación, horas empleadas, piezas utilizadas, anomalías observadas y vehículos previstos para reparar el próximo mes.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. El contratista estará obligado a llevar un control de las reparaciones y averías que se produzcan en cada una de las instalaciones eléctricas y de iluminación. Además, estará obligado a remitir mensualmente los partes de trabajos realizados durante la vigencia del contrato. En los partes deberán especificarse: las lámparas repuestas y localización, las reparaciones efectuadas y localización, los defectos o anomalías observados en las instalaciones; con explicación motivada, si fuera el caso, de los retrasos en la ejecución de los trabajos. El Ayuntamiento, en su caso, nombrará a un responsable del contrato, que servirá de interlocutor con el responsable de la ejecución nombrado por el contratista.
CONTROL DE LOS TRABAJOS. Los trabajos mencionados en la Cláusula PRIMERA, serán coordinados y controlados por la Dirección de Asuntos Barriales y Centros Vecinales, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, la que designará un agente de control, quien confeccionará y suscribirá la Certificación de Servicios, como requisito previo al pago de la contraprestación a su cargo.-