LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. El presente contrato queda sometido íntegramente a la legislación española.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. El presente contrato queda sometido íntegramente a la legislación española. Las partes contratantes acuerdan someterse, con renuncia expresa a su propio fuero o a cualquier otro que les pudiera favorecer, a los Jueces y Tribunales de la ciudad de Madrid, que serán los únicos competentes para reconocer las acciones y reclamaciones que pudieran derivarse del presente contrato. Tanto el Acreditante como la/s Acreditada/s y la Sociedad Titular de Cuenta de Garantías (A añadir en caso de pluralidad de Entidades Acreditadas) aceptan el presente contrato en los términos, condiciones y responsabilidades que se establece en la presente póliza, y en prueba de ello y para cumplimiento de lo convenido, firman por triplicado este contrato, de los que uno quedará en poder del Acreditante, otro para la/s Acreditada/s, que se entrega a la Sociedad Titular de Cuenta de Garantías y otro que se entregará al Gestor de Garantías, para su conocimiento. (Redacción en función de una o más Entidades Acreditadas) En ……................., a …......... de …........… de 20 .......... EL ACREDITANTE LA/S ACREDITADA/S P.p. P.p. ……………, ….. de …… de …… Muy Sres. Nuestros: En virtud del Crédito que con fecha ……. de ……. suscribieron ……… y el Acreditante……………………., éste, de conformidad con la comunicación cursadas por la/s Acreditadas a través de la sociedad Titular de Cuenta de Garantías en los términos contemplados en la Cláusula Quinta del Contrato de Crédito, y siempre que concurran las condiciones y requisitos establecidos en la citada cláusula Quinta, autoriza al Gestor de Garantías a disponer, a partir de la fecha del presente documento, por cada sociedad (A añadir en caso de pluralidad de Entidades Acreditadas) la cantidad que a continuación se indica: Sociedad A………………………… euros (A añadir en caso de pluralidad de Entidades Acreditadas) Sociedad B………………………… euros Sociedad C………………………… euros El plazo para realizar la disposición cuya autorización se comunica, terminará en todo caso al vencimiento del citado crédito, o caso de haberse emitido por el Acreditante una nueva autorización, a la recepción y aceptación por el citado Gestor de Garantías de la nueva autorización. Atentamente Fdo …………….. ……………, ….. de …… de …… Muy Sres. Nuestros: Por la presente les comunicamos que de conformidad con la documentación que obra en poder de esta sociedad, a la presente fecha se ha constatado el incumplimiento de obligaciones por parte de ……..................................................................
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. La legislación aplicable a este contrato será la normativa española, habida cuenta que es la xxx xxx xxxxx del cumplimiento de las obligaciones asumidas en este contrato. Las partes se someten expresa y voluntariamente a los Juzgados y Tribunales de Gijón/Xixón para resolver cualquier controversia que pueda plantearse en relación con este Contrato con expresa exclusión de otro fuero que les pueda corresponder.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. Para lo no expresamente contemplado en este contrato, se estará a lo establecido en la Ley 12/1992, de 27 xx xxxx, sobre Contrato de Agencia, y demás legislación complementaria que resulte aplicable al efecto. Ambas partes se someten expresa y voluntariamente a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, para resolver cualquier controversia que pueda plantearse con motivo de la interpretación y/o ejecución del presente contrato, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que les pueda corresponder.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. 28.1 Las presentes Condiciones Generales de Compra de Bienes de Equipo y Servicios, el/los Contrato/s y el/los Pedido/s se regirán por las disposiciones del Código de Comercio vigente, y en su defecto de las normativas aplicables del Derecho Mexicano.
28.2 Cualquier controversia o litigio relativo a o derivado de la interpretación, aplicación o ejecución de las presentes Condiciones Generales de Compra de Bie-nes de Equipo y Servicios, de un Contrato o de un Pedido se someterá a los Tribunales de la Ciudad de Puebla, México, con renuncia expresa de las Partes a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. is bound by confidentiality requirements identical tothose set out herein and the Supplier will continue tobe liable to SESÉ GROUP and the End Customer for the breach of this provision by such third party.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. El presente contrato se regirá por la legislación española. Las partes se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Madrid Capital.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. En lo no dispuesto en las presentes Condiciones de Contratación y en las condiciones particulares que rigen para cada uno de los servicios ofertados el contrato se regirá por las leyes españolas vigentes. Siempre que la Ley así lo permita, las partes, para cuantas reclamaciones judiciales puedan suscitarse, se someten a los juzgados y tribunales de Alicante, con renuncia expresa al fuero propio que les pudiera corresponder.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. 10.1 Las presentes Condiciones Generales se regirán por la legislación española. En caso de conflicto en la aplicación o interpretación del presente Contrato, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes en cada momento. Asimismo, como entidad adherida a Confianza Online y en los términos de su Código Ético, en caso de controversias relativas a la contratación y publicidad online, protección de datos, protección de menores y accesibilidad, el Cliente podrá acudir al sistema de resolución extrajudicial de controversias de Confianza Online (xxxxxxxxxxxxxxx.xx).
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. El presente Contrato Tripartito y sus Anexos correspondientes se regirán por el Derecho común español.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y FUERO. 11.1 El presente contrato se rige en todos sus efectos por la legislación española.
11.2 Ambas partes, con renuncia expresa al fuero que les pudiera corresponder se someten a la jurisdicción y Tribunales de la ciudad xx Xxxxxx para dirimir cualquier cuestión o conflicto que pudiera surgir en relación con presente contrato.