Legislación y Competencia Cláusulas de Ejemplo

Legislación y Competencia. El presente Contrato será regulado supletoriamente por el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito aprobado por Resolución SBS Nº 6523-2013, el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero aprobado por Resolución SBS Nº 8181-2012, la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; el Código Civil, las normas que modifiquen o sustituyan a las mencionadas; y demás disposiciones aplicables de la legislación peruana. Para el caso de cualquier discrepancia derivada de la ejecución y/o interpretación de este Contrato, las Partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial que corresponde al lugar donde se suscribe el presente Contrato, siendo plenamente válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones judiciales o extrajudiciales que se cursen a los domicilios señalados en el presente Contrato. EL CLIENTE se compromete a comunicar por escrito a EL BANCO cualquier cambio de domicilio, el mismo que deberá estar ubicado dentro del área urbana de esta ciudad. Esta comunicación deberá ser cursada mediante carta notarial a EL BANCO, por lo menos con un plazo máximo de treinta (30) días de anticipación. En caso contrario, todas las comunicaciones y/o notificaciones cursadas a EL CLIENTE en el domicilio registrado según el presente Contrato, serán válidas y surtirán todos los efectos legales. Queda establecido que EL CLIENTE ha sido informado de los términos y condiciones del presente Contrato y manifiesta inequívocamente su voluntad de contratar aceptando, luego de la lectura previa, la totalidad de términos y condiciones del mismo, de la Hoja Resumen y de la solicitud de Tarjeta de Crédito, los cuales declara les son entregados al momento de la suscripción. Xxxxxx xx , xx xx 00 . Xxxxx xxx Xxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxx legal 1 Nombre de EL CLIENTE Tipo y Nº Doc. identidad: (Escriba texto) Firma del cónyuge/Representante legal 2 Nombre del cónyuge: Tipo y Nº Doc. identidad:
Legislación y Competencia. Este contrato se rige en forma complementaria por lo dispuesto en el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, Reglamento de Cuenta Corriente y Ley Nº 26702. Para todos los efectos del presente contrato las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de esta ciudad, sin perjuicio de lo cual, EL BANCO podrá recurrir a la del domicilio de EL CLIENTE o la del lugar de ubicación de bienes de su propiedad dentro o fuera de la República Peruana según lo estime conveniente para el cobro de sus acreencias.
Legislación y Competencia. 13.1 Este contrato se rige en forma complementaria por la legislación vigente en el Perú. Para el caso de cualquier discrepancia derivada de la ejecución y/o interpretación de este contrato, las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales de la ciudad donde se celebra este contrato, señalando como domicilio a los indicados en la solicitud que antecede y forma parte de este contrato, adonde se harán llegar todas las citaciones y notificaciones judiciales o extrajudiciales a que hubiere lugar.
Legislación y Competencia. Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten expresamente a su texto y, sólo en defecto o insuficiencia de este, a las leyes federales competentes y a las leyes y tribunales competentes de la Ciudad de México, México, renunciando en consecuencia al fuero de cualquier otro domicilio que pudiera corresponderles.
Legislación y Competencia. 22.1. Este CONTRATO se rige en forma complementaria por lo dispuesto en el Reglamento de Tarjetas, Reglamento de Cuentas Corrientes y Ley Nº 26702.
Legislación y Competencia. El presente contrato se rige en forma especial por el Reglamento de Tarjetas de Crédito y la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s. Para el caso de cualquier discrepancia derivada de la ejecución y/o interpretación de este contrato, las partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales de esta ciudad, señalando como domicilio los indicados en la Solicitud de Tarjeta, a donde se harán llegar todas las citaciones y notificaciones judiciales o extrajudiciales a que hubiere lugar, a menos que por carta notarial dirigida a EL EMISOR DINERS se le comunique su variación, siempre dentro del radio urbano de la misma ciudad. EL SOCIO DINERS declara (i) conocer y aceptar las condiciones señaladas en la Solicitud de Tarjeta así como en la HOJA RESUMEN, (ii) que con anterioridad a la suscripción del presente contrato, ha recibido un ejemplar del mismo para su lectura y revisión, y ha sido debidamente informado sobre las características, operatividad y condiciones aplicables al Sistema de Tarjeta de Crédito materia del presente contrato; (iii) que recibe a la suscripción de este contrato, una copia del mismo. En los casos en los que la contratación se haya realizado por teléfono o a través de medios electrónicos, EL EMISOR DINERS entregará la documentación mencionada en este párrafo, en un plazo no mayor a los quince (15) días calendarios posteriores a la celebración del contrato según la normatividad legal vigente.
Legislación y Competencia. 15.1. Cualquier controversia que pudiera surgir entre las partes sobre la interpretación, eficacia y cumplimento de la relación contractual será solventada conforme al Derecho aplicable en España en el momento de surgir la misma.
Legislación y Competencia. El presente Contrato será regulado supletoriamente por el Reglamento, el Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx y la Ley General, así como el Código Civil, las normas que modifiquen o sustituyan a las mencionadas y demás disposiciones aplicables de la legislación peruana. Para el caso de cualquier discrepancia derivada de la ejecución y/o interpretación de este Contrato, las Partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales de la ciudad en la que se suscribe el presente CONTRATO. Son plenamente válidas todas las comunicaciones y/o notificaciones judiciales o extrajudiciales que se cursen a los domicilios señalados en el presente Contrato. EL CLIENTE se compromete a comunicar por escrito y con un plazo máximo de 30 días de anticipación a EL BANCO de cualquier cambio de domicilio. . En caso contrario, todas las comunicaciones y/o notificaciones cursadas a EL CLIENTE en el domicilio registrado según el presente Contrato, serán válidas y surtirán todos los efectos legales. Queda establecido que EL CLIENTE ha sido informado de los términos y condiciones del presente Contrato y manifiesta inequívocamente su voluntad de contratar, aceptando, luego de la lectura previa, la totalidad de términos y condiciones del mismo, de la Hoja Resumen y de la solicitud de Tarjeta de Crédito, los cuales declara les son entregados de forma inmediata al momento de la suscripción del presente Contrato y demás documentos mencionados en las Agencias de EL BANCO. Sin perjuicio de lo previamente indicado y en la medida que EL BANCO lo pueda realizar a solicitud de EL CLIENTE, EL BANCO podrá remitir a EL CLIENTE los documentos antes señalados en el domicilio establecido por EL CLIENTE, o mediante el envío o puesta en disposición por correo u otro medio electrónico, en un plazo máximo de 15 días de celebrado este Contrato.
Legislación y Competencia. El presente CONTRATO será regulado supletoriamente por el Reglamento de Tarjetas de Crédito aprobado por Resolución SBS Nº 264-2008, el Reglamento de Transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del Sistema Financiero aprobado por Resolución SBS Nº 8181-2012, la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; el Código Civil, las normas que modifiquen o sustituyan a las mencionadas; y demás disposiciones aplicables de la legislación peruana. Para el caso de cualquier discrepancia derivada de la ejecución y/o interpretación de este CONTRATO, las Partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de Lima (Cercado) o de la ciudad en la que se suscribe el presente CONTRATO, a decisión de EL BANCO; señalando como sus domicilios los indicados en este CONTRATO, donde se tendrán por bien hechas todas las comunicaciones y/o notificaciones E000227 V2. 12/2013 Cláusulas generales de contratación, en procedimiento de aprobación ante la SBS. DATOS DE EL CLIENTE: Apellido paterno: ____________________ Apellido materno/casada: ______________________ Nombres: ____________________________ Tipo DOI: ______ Número: ______________________ DATOS DE EL CLIENTE (Cónyuge): Apellido paterno: ____________________ Apellido materno/casada: ______________________ Nombres: ____________________________ Tipo DOI: ______ Número: ______________________ Ciudad _________, __________ de ___________________ de 20___. FIRMA HUELLA DIGITAL FIRMA HUELLA DIGITAL judiciales o extrajudiciales relacionadas al presente CONTRATO a que hubiese lugar. Queda establecido que EL CLIENTE ha sido informado de los términos y condiciones del presente CONTRATO y manifiesta inequívocamente su voluntad de contratar aceptando, luego de la lectura previa, la totalidad de términos y condiciones del mismo, de la Hoja Resumen y de la solicitud # __________, los cuales declara les son entregados al momento de la suscripción. E000227 V2. 12/2013
Legislación y Competencia. 10.1 LA EMPRESA y EL CLIENTE acuerdan que en todo lo no previsto en EL CONTRATO será de aplicación las disposiciones establecidas en el Código Civil.