LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. I. PARA DESEMPEÑAR ALGÚN PUESTO DE FUNCIONARIO DE CUALQUIER OTRA UNIVERSIDAD O INSTITUCIÓN OFICIAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
II. PARA ASISTIR A CURSOS DE POSGRADO POR INICIATIVA DEL TRABAJADOR, DURANTE EL TIEMPO QUE ÉSTOS DUREN, PREVIA COMPROBACIÓN DE SU ACEPTACIÓN.
III. POR RAZONES PARTICULARES HASTA POR UN SEMESTRE, SIEMPRE QUE SE SOLICITE AL INICIO DE UN SEMESTRE LECTIVO; A QUIENES CUMPLEN CON UNA FUNCIÓN DOCENTE, SÓLO SE LES PODRÁ OTORGAR POR UN SEMESTRE ESCOLAR COMPLETO.
IV. LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS DE TIEMPO COMPLETO TIENEN DERECHO A DISFRUTAR LICENCIAS POR SEIS MESES, PUDIÉNDOSE PROLONGAR POR UN TIEMPO IGUAL, EN FORMA ININTERRUMPIDA, POR UNA SOLA VEZ, ESTA LICENCIA PODRÁ DISFRUTARSE CADA TRES AÑOS DE SERVICIO.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. Los trabajadores administrativos con una antigüedad mínima de un año como personal de base, tendrán derecho a que se les concedan licencias sin goce xx xxxxxx por el término máximo de un año. Las solicitudes de licencia sin goce xx xxxxxx se tramitarán ante la Dirección de Recursos Humanos por conducto de El Sindicato, con una anticipación mínima de ocho días hábiles. La duración mínima de las licencias sin goce xx xxxxxx será por tres meses, salvo casos justificados por situaciones emergentes a juicio de El Colegio y El Sindicato, en cuyo supuesto podrán autorizarse por una duración mínima de treinta días. El cómputo de estas licencias se hará por periodos continuos o discontinuos. Para ejercer una nueva licencia sin goce xx xxxxxx, después de haber agotado la primera licencia de un año, el trabajador deberá haber laborado un mínimo de cinco años contados a partir de la licencia anterior. Para el caso de los trabajadores con una antigüedad mínima de un año como personal de base, que se encuentren realizando estudios de licenciatura y posgrado, se les autorizará licencias sin goce xx xxxxxx hasta por dos años. El Colegio de México no concederá a los trabajadores a su servicio, licencias por tiempo indefinido, la duración de las mismas siempre será informada a El Sindicato.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. El profesor-investigador y el técnico académico tendrán derecho a obtener licencias sin goce xx xxxxxx en los siguientes términos: A los profesores-investigadores por inscripción en algún programa de desarrollo académico, por iniciativa del trabajador académico y con el acuerdo de la Institución. En este caso, el tiempo del programa se contabiliza en la antigüedad laboral y todas sus prestaciones, salvo para el año sabático.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. 34
15.1 Licencia por motivos familiares. 34
15.2 Licencia por incapacidad no relacionada con el trabajo 34 15.3 Licencia por servicios militares. 34
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. Las licencias sin goce xx xxxxxx se concederán en los siguientes casos:
I. Para el desempeño de cargos de elección popular, por el tiempo que dure el cargo y hasta por seis años.
II. Cuando sean promovidos para desempeñar cargos de confianza, por el tiempo que ocupen el cargo.
III. Por razones de carácter personal hasta por seis meses y una vez al año a los trabajadores que tengan una antigüedad mínima de doce meses.
IV. Para ocupar cargos de confianza en dependencias diferentes a la de su adscripción, debiendo presentar constancia expedida por la Unidad Administrativa competente de la dependencia en que presta sus servicios, en la que acredite el cargo y contrato que desempeña, la cual deberá renovarse cada seis meses. En este último caso, la licencia se podrá conceder hasta por tres años, debiendo el trabajador al término de ésta, reincorporarse a “LA PROCURADURÍA”, de no ser así se procederá a rescindir su contrato de conformidad con el presente Contrato.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. El profesor-investiga- dor y el técnico académico tendrán derecho a obtener licen- cias sin goce xx xxxxxx en los siguientes términos:
a) Por causas de fuerza mayor o motivos personales. Cuan- do el personal académico tenga un problema de fuerza mayor debidamente comprobado, se otorgará un permi- so de hasta tres meses sin goce xx xxxxxx, pudiendo en todo caso acumular hasta un año de permiso sin goce xx xxxxxx. Se consideran como ejemplos de problemas de fuerza mayor: enfermedad grave de un familiar directo, trámite personal de problemas legales, etcétera.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. Todo trabajador con más de cinco (5) años de antigüedad podrá solicitar y ésta le será acordada, una licencia de hasta un (1) año sin goce xx xxxxxx. Cada período de cinco (5) años dará derecho a un (1) año de licencia sin goce xx xxxxxx y sólo podrá computarse acumulativamente no más de dos períodos de cinco (5) años que se podrá tomar en conjunto o por separado; en este último caso deberá transcurrir como mínimo un (1) año entre cada permiso.
a) Al reincorporarse el trabajador que ha hecho uso de la licencia establecida en el presente artículo, volverá a ocupar el cargo y categoría que desempeñaba, no pudiendo ocupar ninguna vacante producida durante el período de ausencia;
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. El jefe de Departamento o División podrá, con la conformidad del director de Recursos Humanos, conceder a un empleado una licencia sin goce xx xxxxxx por un período que no exceda los seis (6) meses. Un empleado que desee tomar una licencia sin goce xx xxxxxx deberá presentar una solicitud por escrito e indicar la duración de la licencia solicitada. Después de considerar las circunstancias, incluida la necesidad del Distrito de tener a otra persona trabajando activamente en el puesto del empleado, el funcionario responsable podrá, según dicte su criterio, y después de recibir la aprobación del director de Recursos Humanos, conceder la licencia solicitada y podrá especificar los términos y condiciones de la licencia. Cualquier decisión del funcionario responsable de negar la licencia y cualquier decisión sobre los términos de la licencia se puede apelar ante el superintendente general, presentando una notificación de apelación por escrito al director de Recursos Humanos dentro de cinco (5) días posteriores a la recepción de la notificación de términos y condiciones de la licencia propuesta. Si un empleado no regresa de su licencia después de la terminación o vencimiento de la licencia, el empleado puede estar sujeto a medidas disciplinarias, incluido el despido.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. Si por razones de fuerza mayor o razones debidamente justificadas requiriese una licencia sin goce xx xxxxxx deberá solicitarla con una anticipación no menor de quince (15) días, salvo causa de fuerza mayor debidamente comprobada. La extensión de esta licencia será convenida entre las partes, y el empleado deberá otorgarla hasta un máximo de treinta (30) días corridos en el término de un año. Cuando la licencia tuviera como objetivo el perfeccionemiento, becas o asistencias a seminarios informativos organizados por entidades oficiales de jerarquía reconocida, no podrá ser negada hasta un máximo de un (1) año en forma continua. En estos deberá justificar su asistencia con el comprobante que otorgue el mecanismo o entidad pertinente. Si la empresa designara reemplazante éste carecerá de estabilidad.
LICENCIAS SIN GOCE XX XXXXXX. 1. El médico tendrá derecho a solicitar y el empleador podrá conceder licencia sin goce xx xxxxxx por el término de 1 (un) año, a los Profesionales con una antigüedad mayor de 3 (tres) años en la Institución.
2. El médico tendrá derecho a solicitar y el empleador podrá conceder licencia sin goce xx xxxxxx a los Profesionales con una antigüedad mayor de 3 (tres) años en la Institución que fueran becados por reuniones científicas o culturales nacionales o extranjeras, por el tiempo que dure la misma, el que no podrá exceder de 1 (un) año calendario.
3. Todo agente permanente podrá solicitar licencia para ausentarse del país acompañado de su cónyuge cuando éste fuera designado por el Gobierno para cumplir una misión oficial en el extranjero, mientras dure la misión encomendada. Esta licencia será sin goce xx xxxxxx y no se tendrá en cuenta a los fines de la antigüedad, ni a los beneficios que de ella correspondiera.