Common use of LIQUIDACIÓN Clause in Contracts

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto de liquidación, la cual se efectuará dentro de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberar.

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Samples: Contract for the Provision of Hospital Equipment, Fondo Adaptación Agreement, Fondo Adaptación Agreement

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto Cualquiera que sea la causa que da lugar a la terminación del contrato, deberá iniciarse el proceso de liquidaciónliquidación a fin de extinguir las obligaciones pendientes hasta ese momento, la cual se efectuará a más tardar dentro de los ocho (8) 2 meses siguientes al vencimiento a la terminación del plazo de ejecución. El acta de liquidación , donde será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de necesario suscribir el acta de liquidaciónliquidación del contrato por parte de EL CONTRATISTA y LA CÁMARA, el interventor deberá entregar un informe en la cual quedará constancia entre otras cosas del estado contable del contrato, los datos actualizados de gestión las garantías otorgada por EL CONTRATISTA o de las pólizas pactadas con sus respectivos amparos y vigencias, la certificación de la Supervisión o Interventoría respecto del mismo cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de las obligaciones adquiridas en el virtud del presente contrato, la relación y constancia de la entrega de la obra contratada, que conste demuestra que EL CONTRATISTA se encuentra x xxx y salvo, si a ello hubiere lugar, o en su defecto la información señalada en el párrafo primero relación y constancia de esta cláusulalas prestaciones cumplidas e incumplidas que estaban a su cargo, la constancia de las constancias multas y oportunidades en sanciones que se intentó la liquidaciónhayan impuesto a EL CONTRATISTA, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existierenasí como, los saldos demás aspectos técnicos relevantes que se deban considerar. Si transcurrido el termino de recursos a liberar3 días hábiles siguientes al recibo del acta de liquidación no se presentaren observaciones por parte de EL CONTRATISTA, se entenderá aceptado en su integridad su contenido y prestará merito ejecutivo.

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Samples: Contract, Contract

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto A partir de liquidaciónla decisión de liquidar parcial o totalmente el Fideicomiso el Fiduciario procederá con la mayor diligencia a la liquidación para finalizar en el plazo más breve posible. De haberse realizado la totalidad de los activos y obtenido el producido total, previa deducción de las obligaciones y cargos que correspondan al Fideicomiso, de la cual eventual contribución al Fondo de Contingencias, y del pago de los conceptos adeudados a los Beneficiarios Senior, se efectuará fijará el valor de liquidación final de la participación del Beneficiario Subordinado, el que deberá surgir de estados contables de liquidación auditados. Pueden realizarse pagos parciales. En tanto sea posible, pueden realizarse pagos en especie, de así aceptarlo los Beneficiarios. En caso que existieran importes o activos no reclamados por los Beneficiarios, el Fiduciario podrá depositar los importes en un banco en la cuenta que oportunamente el Beneficiario hubiera designado. En el caso que dicha cuenta no se encontrara vigente o que el Beneficiario no hubiera designado tal cuenta, y el Beneficiario no hubiera concurrido a percibir el pago dentro de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento del plazo 30 días de ejecución. El acta de liquidación será elaborada haber sido intimado a ello por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contratomedio fehaciente, y se procederá a depositar los importes, adecuadamente identificados, en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido un banco con el pago mandato de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, entregarlos al Beneficiario en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento momento en que no hubiere acuerdo entre las partes éste se presente para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberar.tal fin. Los importes depositados quedarán a

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Samples: Fideicomiso Ordinario Para La Originación De Préstamos, Fideicomiso Ordinario Para La Originación De Préstamos

LIQUIDACIÓN. El presente Terminado el contrato será objeto por cualquier causa, este debe liquidarse. La liquidación se hará de liquidación, la cual se efectuará mutuo acuerdo dentro de los ocho cuatro (8) 4) meses siguientes al a: a) Al cumplimiento del contrato si este se da antes del vencimiento del plazo de ejecución b) La expiración del término previsto para la ejecución del contrato c) La fecha de expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o d) La fecha del acuerdo que la disponga. El acta de liquidación será elaborada contendrá por el interventor lo menos: a) la forma en cómo se ejecutaron las obligaciones a cargo de las partes, b) la aplicación de sanciones c) los saldos a favor, d) revisiones, e) reconocimientos, f) acuerdos, g) conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a divergencias presentadas, h) Declaración xx xxx y salvo. El proyecto de acta de liquidación de mutuo acuerdo del contrato y tendrá por objeto sentar la hará el balance financiero de contratista, quien la ejecución presentará para la aprobación del supervisor del contrato, y en ella deberán constar además los ajusteseste a su vez, revisionespuede solicitar modificaciones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación adiciones o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato ysupresiones al acta, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una cuales serán obligatorias para el contratista, quien en caso de las partes. Al momento no encontrarse de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido acuerdo con el pago de sus aportes y interventor, deberá plasmar su salvedad al respecto en el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, acápite que para ello se disponga en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En Si el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA contratista no comparece a la liquidación previa citación que para el efecto le haga la ESE o las partes no lleguen a un acuerdo sobre el contenido del acta, la entidad liquidará unilateralmente el contrato dentro de éste o los dos (2) meses siguientes a la fecha en la que se abstiene tenía prevista la liquidación de suscribir mutuo acuerdo. El contratista tiene derecho a realizar las salvedades que a bien tenga en el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe liquidación de gestión del mismo mutuo acuerdo y en el este caso la ESE podrá efectuar la liquidación unilateral en relación con los aspectos que conste la información señalada en el párrafo primero no hayan sido objeto de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberaracuerdo.

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Samples: Service Agreement

LIQUIDACIÓN. El presente contrato Convenio será objeto de liquidaciónliquidación a partir de la terminación del fondo, la el cual se efectuará dentro de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento contará a partir del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes. Al momento de liquidar ; para tales efectos el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentarásupervisor del convenio, en el actacoordinación con las partes, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir proyectarán y entregarán el acta de liquidación, procedimiento que deberá efectuarse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su terminación, de acuerdo con las causales de terminación del convenio. No obstante lo anterior y de acuerdo con las normas vigentes aplicables al ICETEX y los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, sobre el interventor deberá entregar un informe particular, el plazo de gestión liquidación del mismo convenio no podrá exceder de los veintiocho (28) meses siguientes a la fecha de vencimiento del convenio, plazo máximo dentro del cual se definirán entre las partes las siguientes situaciones: 1. Se dejará constancia en el acta de liquidación del cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes, específicamente la condonación de la totalidad de los créditos y/o recaudo de la cartera, la cual el ICETEX gestionará con acciones de recaudo, hasta la fecha de liquidación del convenio. 2. Al momento de la liquidación se entregará al CONSTITUYENTE la cartera para que conste determine si la información señalada sigue gestionando o si decide venderla a las entidades especializadas para tal fin. 3. Si el CONSTITUYENTE, no se presenta a la liquidación del convenio o las partes no llegan a ningún acuerdo en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó relación con la liquidación, las razones por las que fue fallida el ICETEX procederá a efectuar la constancia de cierre de expediente en la cual deberá indicar los valores y el estado de ejecución estados financieros del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarFondo.

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Samples: Contract

LIQUIDACIÓN. El Los contratos de ejecución sucesiva de que trata el presente contrato será documento serán objeto de liquidación, la cual liquidación de común acuerdo con el contratista. En esta etapa se efectuará dentro de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por podrán acordar con el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además contratista los ajustes, revisiones, conciliaciones revisiones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia reconocimientos a que hubiere lugar. En el evento acta constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que se llegue para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse en paz y salvo por las obligaciones asumidas en el respectivo contrato. Las partes podrán pactar que, si el contratista no se presenta a la liquidación o no se llega a acuerdo sobre el contenido de la misma, ésta podrá ser practicada directa y unilateralmente por ITELCA a través de documento escrito. La liquidación bilateral del contrato podrá hacerse con o sin salvedades de las partes, se deberá realizar en el término fijado en este documento o en el contrato, o en su defecto dentro de los (2) meses siguientes a la finalización de la ejecución del contrato, a la terminación unilateral o anticipada, o a la fecha del acuerdo que no hubiere acuerdo entre disponga la misma. La liquidación unilateral, si así lo acordaren las partes partes, se deberá realizar por ITELCA dentro del término que aquellas indiquen, contado a partir del vencimiento del plazo para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA de común acuerdo; lo anterior no comparece obsta para que dentro de este plazo las partes lleguen a un acuerdo sobre la liquidación. De la liquidación del contrato se debe dejar constancia en la respectiva Acta de éste Liquidación. En caso de considerarlo pertinente y posible, la liquidación se incluirá dentro del Acta de Terminación y/o de Recibo Final. Cuando se abstiene presenta la finalización del contrato, se deben eliminar los derechos de suscribir el acta acceso a los proveedores o contratistas de liquidaciónacuerdo con la política de control de acceso. Además, el interventor deberá entregar un informe “director de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en proyecto” debe garantizar que se intentó devuelvan todos los activos de información físicos y electrónicos que fueron entregados al iniciar labores o durante la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarcontrato.

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Samples: Política De Condiciones Generales De Contratación

LIQUIDACIÓN. El presente contrato Convenio será objeto de liquidaciónliquidación a partir de la terminación del fondo, la el cual se efectuará dentro de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento contará a partir del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si ; para tales efectos los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentarásupervisores del convenio, en el actacoordinación con las partes, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir proyectarán y entregarán el acta de liquidación, procedimiento que deberá efectuarse dentro de los seis (6) meses siguientes a su terminación, de acuerdo con las causales de terminación del convenio. No obstante lo anterior y de acuerdo con las normas vigentes aplicables al ICETEX y los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la entidad, sobre el interventor deberá entregar un informe particular, el plazo de gestión liquidación del mismo convenio no podrá exceder de los veintiocho (28) meses siguientes a la fecha de vencimiento del convenio, plazo máximo dentro del cual se definirán entre las partes las siguientes situaciones: 1. Se dejará constancia en el acta de liquidación del cumplimiento de las obligaciones contraídas por las partes, específicamente la condonación de la totalidad de los créditos y/o recaudo de la cartera, la cual el ICETEX gestionará con acciones de recaudo, hasta la fecha de liquidación del convenio. 2. Al momento de la liquidación se entregará a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá la cartera para que conste determine si la información señalada sigue gestionando o si decide venderla a las entidades especializadas para tal fin. 3. Si la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, no se presenta a la liquidación del convenio o las partes no llegan a ningún acuerdo en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó relación con la liquidación, las razones por las que fue fallida el ICETEX procederá a efectuar la constancia de cierre de expediente en la cual deberá indicar los valores y el estado de ejecución estados financieros del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarFondo.

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Samples: Convenio Interadministrativo

LIQUIDACIÓN. El presente De conformidad con el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, modificatorio del artículo 60 de la Ley 80 de 1993 y 32 de la ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen o sustituyan, el contrato será objeto de liquidación. Una vez cumplidas los compromisos surgidos del contrato, la cual se efectuará las partes de común acuerdo procederán, dentro de los ocho XXXX (8) X) (indicar el tiempo que se considere desde el área técnica debe surtirse esta etapa, se recomienda que pactado en 6 meses) meses calendario siguientes al a la fecha de vencimiento del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajusteso a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, revisioneso a la fecha del acuerdo que la disponga, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación a la liquidación por parte de la vigencia UNIDAD, mediante acta en la cual constarán las sumas de dinero recibidas por (NOMBRE O SIGLA DE LA OTRA ENTIDAD) y la contraprestación de éste. En el valor acta se hará constar el cumplimiento de los amparos compromisos a cargo de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partespartes de acuerdo con lo estipulado en el contrato. Al momento El Acta Final de liquidar Liquidación llevará la firma de las partes y en vigencia de la garantía única de cumplimiento. Si (NOMBRE O SIGLA DE LA OTRA ENTIDAD ) no se presenta a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a ningún acuerdo sobre el contenido de la misma, LA UNIDAD dentro de los dos (2) meses siguientes liquidará en forma unilateral el contrato. Si vencidos los plazos anteriores no se liquida el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia LA UNIDAD podrá unilateral o bilateralmente liquidar el contrato dentro de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugardos (2) años siguientes. PARÁGRAFO: En el evento en que no hubiere acuerdo entre el tipo de contratación o la naturaleza de las prestaciones impliquen la existencia de los compromisos exigibles con posterioridad al plazo de ejecución acordado, se deberá realizar una liquidación parcial de aquellas que hayan cesado con el vencimiento del plazo contractual. Para los compromisos que subsistan, se deberá realizar una liquidación final en la cual se verifique su cumplimiento, teniendo en cuenta que para ésta también se aplicarán los términos y condiciones establecidos en la presente cláusula. El acta de la liquidación final deberá ser suscrita por las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a previo visto bueno del supervisor y en vigencia de la liquidación garantía única de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarcumplimiento.

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Samples: Contrato Comodato

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto Cualquiera que sea la causa que da lugar a la terminación del contrato, deberá iniciarse el proceso de liquidaciónliquidación a fin de extinguir las obligaciones pendientes hasta ese momento, la cual se efectuará a más tardar dentro de los ocho dos (8) 2) meses siguientes al vencimiento a la terminación del plazo de ejecución. El acta de liquidación , donde será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de necesario suscribir el acta de liquidaciónliquidación del contrato por parte del CONTRATISTA y LA CÁMARA, en la cual quedará constancia entre otras cosas del estado contable del contrato, los datos actualizados de las garantías otorgada por EL CONTRATISTA o de las pólizas pactadas con sus respectivos amparos y vigencias, la certificación de la Supervisión respecto del cumplimiento por parte del CONTRATISTA de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, la relación y constancia de la entrega del servicio contratado, que demuestra que EL CONTRATISTA se encuentra en paz y a salvo, si a ello hubiere lugar, o en su defecto la relación y constancia de las prestaciones cumplidas e incumplidas que estaban a su cargo, la constancia de las multas y sanciones que se hayan impuesto al CONTRATISTA, así como, los demás aspectos técnicos relevantes que se deban considerar y prestará mérito ejecutivo. Si transcurrido el interventor deberá entregar un informe termino de gestión tres (3) días hábiles siguientes al recibo del acta de liquidación no se presentaren observaciones o no se recibe el documento firmado por parte del CONTRATISTA, se entenderá aceptado en su integridad su contenido, y se realizará por parte de LA CÁMARA una liquidación unilateral del contrato. 40) PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la suscripción del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las partes, para su ejecución se requiere de la aprobación de las pólizas y la presentación del documento que fue fallida acredite la afiliación y el estado pago al régimen de ejecución del objeto contratado y cuando existierenSeguridad Social Integral, los saldos ARL, aportes parafiscales, de recursos a liberarEL CONTRATISTA o su personal.

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Samples: Contrato De Arrendamiento De Equipos De Cómputo

LIQUIDACIÓN. El presente contrato Cualquier liquidación que corresponda en cumplimiento de las obligaciones contraídas por la Compañía en esta póliza, será objeto efectuada en su domicilio después de liquidación, la cual se efectuará dentro presentados y aprobados los documentos que acrediten el derecho de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento reclamantes, quienes deberán suministrarlos a su exclusivo cargo. La Compañía dispondrá de un plazo de 15 días contados a partir de la recepción de la totalidad de la documentación para aprobar la misma. La Compañía efectuará el pago que corresponda a los beneficiarios dentro del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor 15 días contado a partir del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero momento de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación aprobación de la vigencia y el valor documentación. Cuando la liquidación se efectúe por fallecimiento de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, un Asegurado durante la vigencia de este contratoesta póliza y del certificado respectivo, EL CONTRATISTA ha cumplido el Contratante hará la correspondiente comunicación a la Compañía en el formulario que ésta proporcionará al efecto, el que deberá ir acompañado de las siguientes pruebas: testimonio de la partida de defunción (legalizada si corresponde), declaración del médico que hubiese asistido al asegurado o certificado su defunción y declaración del beneficiario. También se aportará testimonio de cualquier actuación sumarial que se hubiese instruido con motivo del hecho determinante del fallecimiento del asegurado, sólo que razones procesales lo impidieran. Asimismo, se proporcionará a la Compañía cualquier información que se solicite para verificar el fallecimiento o la extensión de la prestación a su cargo y se le permitirá realizar las indagaciones que sean necesarias a tal fin. La Compañía efectuará el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, que corresponda a los sistemas beneficiarios dentro del plazo de salud, riesgos profesionales, pensiones 15 días a contar desde la recepción y a las cajas aprobación por la Compañía de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberardocumentación antes mencionada.

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Samples: Accidentes Personales Cobertura De Muerte Accidental

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto de liquidación, la cual Este Contrato se efectuará liquidará por Las Partes dentro de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero indicado en la Carta Aceptación de la ejecución Oferta, siguientes a su terminación. La liquidación se hará mediante acta suscrita por Las Partes en la que se incluya el cierre financiero del contrato, y la declaración xx xxx y salvo de Las Partes por las obligaciones derivadas del mismo, en ella deberán constar además los ajustestérminos establecidos por el Manual de Gerencia e Interventoría de LA EMPRESA Una vez terminado el contrato por cualquier causa, revisionesLA EMPRESA remitirá el proyecto de acta liquidación a EL CONTRATISTA, conciliaciones y transacciones que en caso de no recibirse comentarios u objeciones por EL CONTRATISTA dentro de los diez (10) días calendario siguientes a su recibo, el proyecto de acta liquidación se acuerden entre las partes entenderá aceptado, para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia el efecto, se dejará constancia expresa del balance definitivo del contrato suscrito por el interventor y el valor de los amparos de la garantía del contrato yautorizado para contratar, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido cual junto con el pago contrato prestará merito ejecutivo para que LA EMPRESA acuda a la respectiva instancia judicial respectiva. En caso de sus aportes y el recibir objeciones u observaciones al proyecto de sus empleadosacta de liquidación, si se citará al CONTRATISTA a una reunión para discutir los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a aspectos que hubiere lugarcorrespondan. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece comparezca a la reunión que se fije para efectos de determinar la liquidación de éste del contrato, o no exista consenso, se abstiene de suscribir dejara constancia del balance definitivo del contrato suscrito por el acta de liquidacióninterventor y el autorizado para contratar, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en cual, junto con el que conste contrato, prestará merito ejecutivo, una vez sea comunicado al CONTRATISTA y LA EMPRESA acudirá a la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarinstancia judicial respectiva.

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Samples: Contract

LIQUIDACIÓN. El presente Trascurrido el plazo de Garantía se practicará la liquidación del contrato será objeto en los términos previstos en los artículos 218.3 de liquidación, la cual se efectuará dentro de los ocho (8) meses LCSP y 169 y siguientes al vencimiento del RGLCAP Dentro del plazo de ejecución15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el Director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. El acta Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo lo dispuesto en el arto 219 del LCSP (Responsabilidad por vicios ocultos), procediéndose a la devolución o cancelación de (a garantía y a la liquidación, en su caso, de las obligaciones pendientes aplicándose al pago de estas últimas lo dispuesto en el arto 200.4. de la LCSP. La propuesta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes notificará al contratista para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentaráque, en el actaplazo de 10 días, la constancia a preste su conformidad o manifieste los reparos que hubiere lugarestime oportunos. En el evento caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en que la ejecución de la obra y no hubiere acuerdo entre al uso de lo construido, durante el plazo de garantía el Director facultativo procederá a dictar las partes oportunas instrucciones al contratista para liquidar la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el contrato cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. Dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la contestación del contratista o si EL CONTRATISTA no comparece a del transcurso del plazo establecido para tal fin, el Ayuntamiento deberá aprobar la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidacióny abonar, en su caso y previa presentación, el interventor deberá entregar un informe saldo resultante de gestión la misma. El pago del saldo resultante de la liquidación se realizará, en su caso, de acuerdo con lo establecido en este pliego. Antes de efectuar el mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en se comprobará que se intentó la liquidaciónhan satisfecho todos los gastos que, las razones de acuerdo con este pliego, son de cuenta del contratista, en concreto los derivados de los anuncios de licitación y adjudicación. El saldo de liquidación no podrá incluir adicionales no autorizados de forma previa por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarAyuntamiento.

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Samples: Contract for the Execution of Works

LIQUIDACIÓN. El La liquidación del contrato que se suscriba se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y en las disposiciones concordantes de la Ley 446 de 1998. La liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga. En aquellos casos en que el contratista no se presente contrato será objeto a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la Entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la cual misma se efectuará podrá efectuar en cualquier tiempo dentro de los ocho dos (8) meses 2) años siguientes al vencimiento del de los términos mencionados anteriormente, de mutuo acuerdo o unilateralmente, sin perjuicio de lo previsto en el Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El (los) contratista(s) tendrá(n) derecho a efectuar salvedades a la liquidación por mutuo acuerdo y en este evento la liquidación unilateral solo procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo. 3.1. REQUISITOS HABILITANTES CRITERIO DE VERIFICACIÓN DESCRIPCIÓN – REQUISITOS 1. Carta de presentación El proponente deberá diligenciar el documento que se anexe en el pliego de condiciones, modelo de carta de presentación de la propuesta y suscribirla en original o firma digital debidamente autorizada por el ente certificador, (certificación que deberá anexarse en caso de suscribir la carta de presentación en firma digital), en el cual se indica la información que cada proponente debe manifestar en la misma y cumplir en caso de ser favorecido. En esta carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él o sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal no se encuentra(n) incurso(s) en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o conflictos de intereses establecidas en la Constitución Política, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás normas pertinentes. Igualmente deberá manifestar que se conocen y aceptan todas las especificaciones y condiciones consignadas en el presente documento, el plazo de ejecuciónejecución y las demás manifestaciones señaladas en el formato de carta de presentación de la propuesta. Si estas manifestaciones no se realizan en la carta de presentación, las mismas se entenderán efectuadas con la presentación de la propuesta respectiva. La carta de presentación de la propuesta debe estar debidamente firmada por el proponente cuando se trate de una persona natural o por el representante legal de la sociedad cuando se trate de una persona jurídica, consorcio o unión temporal. El acta proponente debe adjuntar los documentos señalados y diligenciar el anexo del proceso para la presentación de liquidación será elaborada la oferta. 2. Certificado de Existencia y Representación Legal o Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil, según el caso. De conformidad con lo estipulado en el artículo 28 del Código de Comercio, los proponentes, personas jurídicas o naturales nacionales, deberán acreditar su existencia y representación legal o matricula en el registro mercantil respectivamente, mediante la presentación del certificado otorgado por la Cámara de Comercio o por la entidad competente. Para el interventor presente proceso, se deberá presentar el registro mercantil con fecha de expedición no superior a un (1) mes, contado retroactivamente a partir de la fecha de cierre del presente proceso, cuya matrícula debe estar renovada y vigente a la fecha de presentación de la oferta. En caso de ser persona jurídica, la vigencia de la sociedad deberá tener un término de duración igual o superior al del contrato y tendrá por objeto sentar tres (3) años más. Si llegare a prorrogarse el balance financiero plazo del presente proceso, el certificado conservará su validez. Si el representante legal de la ejecución empresa oferente tiene limitadas sus facultades para contratar u obligar al proponente, éste deberá estar autorizado previamente por el órgano social correspondiente. Copia de la autorización deberá anexarse a la propuesta. Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar que cuentan con un apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para representarlas judicial o extrajudicialmente hasta la constitución de la sucursal en Colombia en caso de resultar aceptada su propuesta. Sin embargo, en caso de ser adjudicatario del contrato, y para iniciar el mismo deberá allegar al supervisor o interventor del contrato, el certificado de inscripción en ella deberán constar además el registro mercantil otorgado por cualquier Cámara de Comercio de Colombia. Si se trata de persona natural extranjera sin domicilio en Colombia, deberá aportar el registro mercantil en igualdad de condiciones, como se solicita a los ajustesnacionales, revisioneses decir, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones con fecha de ampliación o modificación expedición no superior a un (1) mes, contados retroactivamente a partir de la vigencia fecha de cierre del presente proceso. El proponente o los miembros del consorcio o unión temporal deberán anexar los certificados de Existencia y Representación Legal de persona jurídica o el certificado de matrícula en el registro mercantil de persona natural, respectivamente, en los términos consignados en los presentes pliegos de condiciones. NOTA: Las disposiciones contenidas en el presente pliego, en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, se aplicarán sin perjuicio de dar cumplimiento a lo pactado en tratados o convenios internacionales, debidamente ratificados por Colombia. A las Sociedades extranjeras con sucursal en Colombia se les aplicarán las reglas de las Sociedades Colombianas, salvo que estuvieren sometidas a normas especiales. Objeto Social Cuando el proponente o los integrantes de consorcio o unión temporal sean persona jurídica, el objeto social de este (os), debe (n) guardar relación con el objeto a contratar, lo cual se determinará por medio del respectivo Certificado de Existencia y Representación Legal. 3. Autorización de la Junta Directiva u Órgano Social Competente Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de Autorización Expresa del Órgano Social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor del presupuesto total del proceso de selección. En el caso de los amparos Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partespersonas jurídicas que los integren y lo requiera, deberá contar con dicha autorización, también hasta el valor del presupuesto total, teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7o. Al momento de liquidar la Ley 80 de 1993 y en los artículos 1568, 1569 y 1571 del Código Civil. 4. Propuestas Conjuntas - Proponentes Plurales Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales o promesa de sociedad futura, para lo cual cumplirán los siguientes requisitos: Acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal y jurídica de las personas naturales o jurídicas consorciadas o asociadas en unión temporal o promesa de sociedad futura y la capacidad de sus representantes para la constitución del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura, así como para la presentación de la propuesta, celebración y ejecución del contrato. La Secretaría Distrital de Gobierno verificará dicha información a través del certificado de existencia y representación legal o en el certificado de matrícula mercantil expedido por la Cámara de Comercio respectiva, EL FONDO verificará sisegún sea el caso aportado en la oferta. Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal o promesa de sociedad futura, durante y específicamente la vigencia circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual se declarará expresamente en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido. Acreditar que el término mínimo de duración del consorcio o de la unión temporal o de la promesa de sociedad futura no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y tres (3) años más. Acreditar que el término mínimo de duración de cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal o de la promesa de sociedad futura no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y tres (3) años más. La designación de un representante que estará facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o de la unión temporal o de la promesa de sociedad futura. Igualmente designarán un suplente que lo reemplace en los casos de ausencia temporal o definitiva. Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal y duración de los consorcios o uniones temporales o de la promesa de sociedad futura, se acreditarán mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida. Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal o de la promesa de sociedad futura, sean personas jurídicas o naturales, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente pliego de condiciones. La no presentación de los anteriores documentos, o su presentación sin el lleno de los requisitos o términos exigidos, será objeto de requerimiento por la Secretaría Distrital de Gobierno, para que los aporte o subsane la(s) falla(s) dentro del plazo que este contratoseñale. En todo caso la existencia del consorcio o de la unión temporal o de la promesa de sociedad futura debe ser anterior al cierre del proceso. Los consorcios o uniones temporales o promesa de sociedad futura no podrán utilizar dentro de su denominación el nombre de la Secretaría Distrital de Gobierno. En todo caso, EL CONTRATISTA ha cumplido cuando el proponente, o los miembros del consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura, no cumplan con las condiciones de capacidad jurídica aquí exigidas, el oferente no se considerará hábil en los términos señalados en el presente pliego de condiciones. Promesa de Sociedad Futura: Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar a LA SECRETARÍA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el pago lleno de sus aportes y los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentaráComercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: Que se trata de una sociedad constituida con el actaúnico objeto de celebrar, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para ejecutar y liquidar el contrato que se derive del presente proceso de selección. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o si EL CONTRATISTA no comparece a accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la liquidación Ley 80 de éste o 1993. Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se abstiene promete constituir. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad; (i) por los perjuicios sufridos por LA SECRETARÍA derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el acta contrato de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y, (ii) por las obligaciones que conste la información señalada se deriven de las propuestas y del contrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión de una cláusula en el párrafo primero contrato de esta cláusulasociedad, las constancias según la cual aquellos accionistas que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y oportunidades de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y el estado expresa de ejecución LA SECRETARÍA en los términos del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarcontrato.

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Samples: Pliego De Condiciones

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto Cualquiera que sea la causa que da lugar a la terminación del contrato, deberá iniciarse el proceso de liquidaciónliquidación a f in de extinguir las ob ligaciones pendientes hasta ese momento, la cual se efectuará a más tardar dentro de los ocho dos (8) 2) meses siguientes al vencimiento a la terminación del plazo de ejecución. El acta de liquidación , donde será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de necesario suscribir el acta de liquidaciónliquidación del contrato por parte de EL CONTRATISTA y LA CÁMARA, el interventor deberá entregar un informe en la cual quedará constancia entre otras cosas del estado contable del contrato, los datos actualizados de gestión las garantías otorgada por EL CONTRATISTA o de las pólizas pactadas con sus respectivos amparos y vigencias, la certificación de la Supervisión o Interventoría respecto del mismo cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de las obligaciones adquiridas en el virtud del presente contrato, la relación y constancia de la entrega de la obra/bien/servicio contratado, que conste demuestra que EL CONTRATISTA se encuentra en paz y a salvo, si a ello hubiere lugar, o en su defecto la información señalada en el párrafo primero relación y constancia de esta cláusulalas prestaciones cumplidas e incumplidas que estaban a su cargo, la constancia de las constancias multas y oportunidades en sanciones que se intentó la liquidaciónhayan impuesto a EL CONTRATISTA, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existierenasí como, los saldos demás aspectos técnicos relevantes que se deban considerar. Si transcurrido el término de recursos a liberar3 días hábiles siguientes al recibo del acta de liquidación no se presentaren observaciones por parte de EL CONTRATISTA, se entenderá aceptado en su integridad su contenido y prestará merito ejecutivo.

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Samples: Contract

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será Para efectos de la liquidación se procederá a lo establecido en el estatuto de contratación de la ESE. La Empresa Social del Estado procederá a liquidar los contratos una vez expirado el plazo de su ejecución, o una vez suscrita el acta de terminación anticipada, o con posterioridad a la declaratoria de caducidad o de incumplimiento de un contrato, dentro del término y en la forma señalada en el respectivo contrato. Serán objeto de liquidación los contratos de obra pública, los de tracto sucesivo en que se haya estipulado un plazo superior a tres (3) meses, los que arrojen saldos sin ejecutar a favor de la Empresa Social del Estado y todos aquellos en los que se estipule la obligación de liquidarlos. No requieren liquidación los contratos de ejecución instantánea o aquellos que siendo de tracto sucesivo se suscriben con un plazo inferior a tres (3) meses. La liquidación de los contratos se hará de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o términos de referencia o de las estipulaciones pactadas en el respectivo contrato. De no existir de manera expresa tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, declaratoria de caducidad o incumplimiento, o a la fecha del acuerdo que la disponga De la liquidación se levantará un acta que suscribirán las partes intervinientes, en la que constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo, la forma como se ejecutaron las distintas obligaciones de las partes, la aplicación de sanciones y los saldos a favor o en contra del contratante o del contratista. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación, previa citación que le haga la Empresa Social del Estado, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la Empresa Social del Estado tendrá la facultad de liquidar en forma directa y unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 141 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la cual se efectuará misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los ocho dos (8) meses 2) años siguientes al vencimiento del plazo de ejecución. El acta de liquidación será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones término a que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones refieren los incisos anteriores, de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberar.mutuo acuerdo

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Samples: Prestación De Servicios

LIQUIDACIÓN. El presente Deberán liquidarse los contratos y las Aceptaciones de Oferta en los siguientes eventos: • Cuando el contrato será objeto o Aceptación de liquidaciónXxxxxx termine de manera anticipada. • Cuando durante el plazo de ejecución se hayan presentado situaciones de incumplimiento, aplicación de cláusulas de apremio o penal, controversias de diferente índole. • Siempre que el Supervisor o Interventor así lo recomiende en el informe Final de Supervisión o Interventoría. • Aquellos que superen los 200 SMMLV, cuya ejecución se prolongue en el tiempo por más de un año, y los de obra civil. • En los demás que lo requieran de manera especial. En los casos en los cuales la cual liquidación del contrato es obligatoria, esta se efectuará deberá realizar de mutuo acuerdo dentro del plazo que las partes prevean dentro del contrato, y en caso de no pactarse plazo alguno, dentro de los ocho cuatro (8) 4) meses siguientes al vencimiento a la terminación del plazo de ejecuciónmismo. El acta de liquidación será elaborada bilateral precisará las sumas que haya recibido el contratista, el cumplimiento de las obligaciones y sumas a cargo de las partes y en general todos los aspectos jurídicos, técnicos, económicos inherentes a la ejecución de la aceptación de oferta o contrato, de tal suerte que las partes puedan declararse x xxx y salvo, sin perjuicio de las salvedades a que haya lugar. Para efectos de la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de las garantías del contrato. Las actas de liquidación bilateral deben ser suscritas por el contratista, por el FNA y el supervisor, así como del interventor en caso que lo hubiera. En el contrato deberá pactarse que en el evento en que el contratista no comparezca a la reunión que se fije para efectos de determinar su liquidación, la Entidad remitirá por correo certificado el proyecto de liquidación a la dirección que haya indicado el contratista. Si éste se manifiesta expresamente aceptando los términos de la liquidación propuesta, se firmará el acta de liquidación de común acuerdo. En el evento que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga el FNA, o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, se procederá a la liquidación del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de sin la ejecución participación del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor contratista dentro de los amparos dos (2) meses siguientes al agotamiento del plazo para liquidarlo de la garantía común acuerdo, sin perjuicio del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por derecho de cada una de las partes. Al momento partes de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante acudir al juez del contrato para la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago protección de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarintereses.

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Samples: Procurement Agreement

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto Para efectos de liquidaciónla liquidación se procederá a lo establecido en el numeral g., del artículo décimo segundo, del Acuerdo 000006 de 2010 aprobado por la cual Junta Directiva del Hospital xx Xxxx II Nivel E.S.E. Los contratos se efectuará liquidarán de común acuerdo por las partes dentro del año siguiente a su terminación, y dentro de los ocho (8) 6) meses siguientes al vencimiento del plazo más si es de ejecución. El acta de liquidación será elaborada manera unilateral por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que Hospital xx Xxxx II Nivel E.S.E. mediante Acto Administrativo motivado. Si no se acuerden entre las partes llega a un acuerdo para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará siEl Hospital lo hará y tomará las medidas que sean necesarias para cumplir con las obligaciones (previo informe del interventor y/o supervisor) y exigir los derechos que resulten de la liquidación, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con según sea el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugarcaso. En el evento en acta de liquidación se consignarán, entre otros, los ajustes, los acuerdos y conciliaciones y transacciones a que no hubiere acuerdo entre lleguen las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse x xxx y salvo. En todo caso y para los efectos de la liquidación de éste o los contratos y la resolución de sus conflictos, estos estarán sometidos al régimen de la conciliación y el arbitramento ante la respectiva Cámara de Comercio” (se abstiene resalta). Tal y como se señaló en la primera audiencia de suscribir trámite, para el acta Tribunal las cláusulas compromisorias pactadas reúnen los requisitos legales, se estipularon por escrito y en ellas las partes acordaron someter las diferencias que aquí se ventilan a la decisión de liquidaciónun tribunal arbitral; tales acuerdos tienen por finalidad dirimir controversias de carácter patrimonial y de libre disposición surgidas entre las partes, cumplen los requisitos exigidos por el interventor deberá entregar un informe artículo 4 de gestión la Ley 1563 de 2012, y no se observa vicio en su celebración. Bajo la forma de excepciones de mérito, la parte convocada planteó algunos aspectos que están vinculados con la competencia del mismo Tribunal que en el que conste curso de la información señalada en el párrafo primero primera audiencia de esta cláusulatrámite fueron resueltos, las constancias y oportunidades en pero que se intentó la liquidaciónnecesita abordar de nuevo, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución con otras consideraciones pertinentes al fallo del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberarcaso.

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Samples: Arbitration Award

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto Cualquiera que sea la causa que da lugar a la terminación del contrato, deberá iniciarse el proceso de liquidaciónliquidación a fin de extinguir las obligaciones pendientes hasta ese momento, la cual se efectuará a más tardar dentro de los ocho (8) 2 meses siguientes al vencimiento a la terminación del plazo de ejecución. El acta de liquidación , donde será elaborada por el interventor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de necesario suscribir el acta de liquidaciónliquidación del contrato por parte de EL CONTRATISTA y LA CÁMARA, el interventor deberá entregar un informe en la cual quedará constancia entre otras cosas del estado contable del contrato, los datos actualizados de gestión las garantías otorgada por EL CONTRATISTA o de las pólizas pactadas con sus respectivos amparos y vigencias, la certificación de la Supervisión o Interventoría respecto del mismo cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de las obligaciones adquiridas en el virtud del presente contrato, la relación y constancia de la entrega de la obra contratada, que conste demuestra que EL CONTRATISTA se encuentra x xxx y salvo, si a ello hubiere lugar, o en su defecto la información señalada en el párrafo primero relación y constancia de esta cláusulalas prestaciones cumplidas e incumplidas que estaban a su cargo, la constancia de las constancias multas y oportunidades en sanciones que se intentó la liquidaciónhayan impuesto a EL CONTRATISTA, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existierenasí como, los saldos demás aspectos técnicos relevantes que se deban considerar. Si transcurrido el termino de recursos a liberar.3 días hábiles siguientes al recibo del acta de liquidación no se presentaren observaciones por parte de EL CONTRATISTA, se entenderá aceptado en su integridad su contenido y prestará merito ejecutivo 35) PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con

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Samples: Contrato De Suministro De Trabajadores en Misión

LIQUIDACIÓN. El presente contrato será objeto Al producirse una cualquiera de liquidaciónlas causas de terminación del Contrato, la cual se efectuará dentro procederá a su liquidación bilateral en un plazo máximo de los ocho (8) meses siguientes al vencimiento meses, contados a partir de la ocurrencia del plazo de ejecuciónhecho o acto que genera la terminación. El acta de liquidación será elaborada por el interventor supervisor del contrato y tendrá por objeto sentar el balance financiero de la ejecución del contrato, y en ella deberán constar además los ajustes, revisiones, conciliaciones y transacciones que se acuerden entre las partes para solucionar sus diferencias si las hubiere; las condiciones de ampliación o modificación de la vigencia y el valor de los amparos de la garantía del contrato y, las constancias o salvedades que se estimen procedentes por cada una de las partes. Al momento de liquidar el contrato, EL FONDO verificará si, durante la vigencia de este contrato, EL CONTRATISTA INTERVENTOR ha cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuviere, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF y sentará, en el acta, la constancia a que hubiere lugar. En el evento en que no hubiere acuerdo entre las partes para liquidar el contrato o si EL CONTRATISTA INTERVENTOR no comparece a la liquidación de éste o se abstiene de suscribir el acta de liquidación, el interventor Supervisor deberá entregar un informe de gestión del mismo en el que conste la información señalada en el párrafo primero de esta cláusula, las constancias y oportunidades en que se intentó la liquidación, las razones por las que fue fallida y el estado de ejecución del objeto contratado y cuando existieren, los saldos de recursos a liberar.

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Samples: Términos Y Condiciones Contractuales