LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS” Cláusulas de Ejemplo

LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. La vigencia para las partidas 1, 2 y 3 iniciará a partir de las 0:00 horas del 1° xx xxxxx de 2014 y concluirá a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2014, respetando los usos y horarios de las diferentes Entidades Federativas de la República Mexicana. El o los “LICITANTES” que resulten adjudicados en cada partida deberán presentar la carta cobertura correspondiente al seguro contratado firmada por su representante a más tardar al siguiente día hábil posterior a la notificación del fallo de la licitación, en la que manifieste la seguridad de que se atenderá a toda la colectividad asegurada a partir del momento de inicio de la vigencia del contrato respectivo. El día anterior al que se iniciará la prestación de “LOS SERVICIOS”, el o los “LICITANTES” que resulten adjudicados, deberán coordinarse con el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos, a los teléfonos 52-37- 92-35, 00-00-00-00 o 00-00-00-00, a fin de que los servicios sean proporcionados a satisfacción de “LA CONVOCANTE”. Las pólizas de los seguros de las partidas 1, 2 y 3 de la presente convocatoria, incluyendo los certificados individuales y credenciales de identificación para los asegurados, deberán ser entregadas a más tardar 20 (veinte) días naturales posteriores a la notificación del fallo, en el Departamento de Administración de Riesgos, en la Oficina Central de “LA CONVOCANTE” ubicado en el segundo piso de Xxxxxxx Xxxxxx No. 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, cumpliendo estrictamente con las condiciones establecidas en esta convocatoria y sus anexos. No se aceptará diferimiento en la fecha de entrega de las pólizas. Las personas designadas por la Dirección de Administración y la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA CONVOCANTE” para verificar que las especificaciones, condiciones y requerimientos técnicos de “LOS SERVICIOS” prestados coincidan con las indicadas en esta convocatoria, en el contrato y en las facturas correspondientes será el personal adscrito al Departamento de Administración de Riesgos de “LA CONVOCANTE”. El o los “LICITANTES” que resulten adjudicados aceptan que en tanto ello no se cumpla, “LOS SERVICIOS” no se tendrán por aceptados o recibidos.
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. LOS SERVICIOS” deberán iniciar a partir del 16 xx xxxxx y concluirán el 31 de diciembre de 2019 , y se llevarán a cabo cumpliendo estrictamente con las especificaciones técnicas y demás condiciones y características establecidas en el Anexo VII de esta convocatoria. Los “LICITANTES” a los que se les adjudique un contrato se obligan a cumplir con la totalidad de los viajes y volúmenes de leche a transportar. “LOS SERVICIOS” se sujetaran a lo establecido en el numeral II “FORMA DE LA PRESTACION DE “LOS SERVICIOS” del Anexo VII de esta convocatoria, ya sea leche líquida y/o leche en polvo según sea el caso. “LA CONVOCANTE” , a través de la Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxx ,- Subdirectora de Distribución de Xxxxx o quien la sustituya en el cargo , designará a los encargados de verificar que el servicio se lleve a cabo cumpliendo con las condiciones, especificaciones y características técnicas establecidas en el contrato de acuerdo a cada Centro de Trabajo que le corresponda a cada una de las partidas , y en su caso, serán los encargados de calcular y solicitar la aplicación de las penas convencionales y/o deducciones al pago a que haya lugar. “LOS LICITANTES” que resulten adjudicados no podrán solicitar el diferimiento de la fecha indicada para dar inicio a la prestación de “LOS SERVICIOS”. “LOS SERVICIOS” deberán llevarse a cabo a entera satisfacción de “LA CONVOCANTE” en cada uno de los Centros de Trabajo señalados en el Anexo VII , y serán coordinados por la Subdirección de Distribución de Leche de “LA CONVOCANTE”, en caso de algún incumplimiento en la prestación de “LOS SERVICIOS” se tendrán por no recibidos o aceptados en términos del artículo 84 de “EL REGLAMENTO”. Será total responsabilidad de “LOS LICITANTES” que resulten adjudicatarios de los contratos que “LOS SERVICIOS” sean prestados a satisfacción de “LA CONVOCANTE”, en el tiempo y forma determinados, por lo que deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la penalización o deducciones al pago establecidas en el numeral 4.3 y el anexo VII de esta convocatoria. (Numeral VIII penas convencionales y deducciones económicas). En el caso de los remolques, deberán cumplir con todas las características solicitada por “LA CONVOCANTE”, lo cual será calificado por los Centros de Trabajo ( Anexo VII ) al momento de la carga. Personal del área de embarques y control de calidad de “LA CONVOCANTE”, cuando se requiera serán los encargados de la r...
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. La prestación de “LOS SERVICIOS” se realizará en el domicilio de “LA CONVOCANTE” ubicado en la calle Xxxxxxx Xxxxxx No. 1, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, por un periodo del 00 XX XXXXX XX 31 DE DICIMBRE DEL 2018. “LOS LICITANES” suministraran los insumos para la prestación de “LOS SERVICIOS”, conforme a las necesidades de “LA CONVOCANTE”, bajo las condiciones requeridas en el Anexo V, referente a su personal, materiales, maquinaria y equipo de limpieza. El horario para la prestación de “LOS SERVICIOS” es: Supervisor de 06:30 a 20 horas.
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. EL SERVICIO OBJETO DE ESTA LICITACIÓN DEBERÁ PROPORCIONARSE AL FIDEICOMISO A NIVEL NACIONAL, TANTO EN SUS GERENCIAS ESTATALES COMO EN SU OFICINA CENTRAL, CUYOS DOMICILIOS Y RESPONSABLES SE SEÑALAN EN EL ANEXO NÚMERO NUEVE, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTA CONVOCATORIA; BAJO LA SUPERVISIÓN DE LA OFICINA CENTRAL, CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES, REQUISITOS Y CONDICIONES SEÑALADAS EN EL ANEXO NÚMERO UNO.- TÉRMINOS DE REFERENCIA, QUE FORMA PARTE INTEGRAL DE ESTA CONVOCATORIA.
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. La prestación de “LOS SERVICIOS” se realizará en la Gerencia Estatal Oaxaca, ubicado en xxxxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxx xxxxxxxxx xxxxxxxxxxx, xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxx, Oax., C.P. 68256, por el período comprendido del 26 de febrero al 31 de diciembre de 2018 de conformidad al programa donde se establecen fechas y horarios de realización, características y especificaciones relacionados en el Anexo VI, por lo que se deberá tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos y en consecuencia la aplicación de las penalizaciones establecidas. La prestación de “LOS SERVICIOS”, el proveedor los realizará a entera satisfacción de “LICONSA”, en los siguientes domicilios: EL SERVICIO DE LIMPIEZA APLICA A LAS SIGUIENTES AREAS:  OFICINAS ADMINISTRATIVAS (INCLUYENDO BAÑOS): SUBGERENCIA XX XXXXXX DE BENEFICIARIOS, SALA DE CAPACITACION, DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD, DEPARTAMENTO DE RELACIONES INDUSTRIALES, GERENCIA, SUBGERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, SALA DE JUNTAS, DEPARTAMENTO DE INFORMATICA, DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCIÓN (DOS AREAS), SUBGERENCIA DE PRODUCCIÓN Y MANTENIMIENTO, DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO A PLANTA, DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCION, DEPARTAMENTO DE CONTROL DE CALIDAD Y LABORATORIO, DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS DEPARTAMENTO DE ALMACENES, CONSULTORIO MEDICO, ALMACENES DE HERRAMIENTAS (TRES AREAS) OFICINA DE SERVICIOS GENERALES, TALLER DE MANTENIMIENTO A PLANTA BAÑOS GENERALES, PASILLOS Y PLANTA DE EFLUENTES.  LIMPIEZA Y CORTAR MALEZA DE LA PARTE EXTERIOR DE LAS INSTALACIONES Y DOS AREAS VERDES DENTRO DE LA PLANTA.  LIMPIEZA DE LOS TECHOS DEL CUARTO FRIO Y LAS OFICINAS, EXCEPTUANDO: PLANTA DE EFLUENTES, OFICINA XXX XXXXX. DE ALMACENES, SERVICIO MEDICO Y OFICINA DE EMBARQUES.  LAVAR OCHO TINACOS CON CAPACIDAD DE 5000 LITROS, EN LOS QUE SE ALMACENA AGUA PARA EL SISTEMA CONTRA INCENDIOS. (DOS VECES DURANTE EL CONTRATO), EL SERVICIO SE REQUIERE PARA XXX XXXXX XX XXXX X NOVIEMBRE 2018.  LAVADO DE 16 M2 DE ALFOMBRA EN OFICINA DEL DEPARTAMENTO XX XXXXXX DE BENEFICIARIOS  PULIDO DE 218 M2 PISO (GERENCIA, SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, SALA DE ESPERA, DEPTO DE RELACIONES INDUSTRIALES) Todas las áreas se ubican en el inmueble de la Gerencia Estatal Oaxaca de Liconsa S.A de C.V. Ubicado en el km. 25 de la carretera Oaxaca-México, municipio de Xxxxxxxxx Xxxx, Oax. y el servicio deberá prestarse de lunes a sábado, durante la vigencia del contrato, exceptuando los días de descanso obligatorios conforme a la Ley Federal del Trabajo, en un ...
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”. LOS SERVICIOS” deberá iniciar a partir del 01 xx xxxxx y concluirá el 31 de diciembre de 2018, y se llevarán a cabo cumpliendo estrictamente con las especificaciones técnicas y demás condiciones y características establecidas en el Anexo VII de esta convocatoria. “LA CONVOCANTE”, a través de la Subgerencia de Administración y Finanzas, designará a los encargados de verificar que “LOS SERVICIOS” se lleven a cabo cumpliendo con las condiciones, especificaciones y características técnicas establecidas en esta Convocatoria, el contrato y en su caso, serán los responsables de calcular y solicitar la aplicación de la pena convencional y/o deducciones al pago a que haya lugar. “EL LICITANTE” que resulte adjudicado, no podrá solicitar el diferimiento de la fecha indicada para dar inicio con la prestación de “LOS SERVICIOS”. Será total responsabilidad de “EL LICITANTE” que resulte adjudicado del contrato que “LOS SERVICIOS” sean prestados a satisfacción de “LA CONVOCANTE”, en el tiempo y forma determinados, por lo que deberán tomar las precauciones necesarias para evitar retrasos e incumplimiento y en consecuencia la aplicación de la pena convencional y/o deducciones al pago establecidas en el numeral 4.3 y el Anexo VII de esta convocatoria.

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  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar a “LA UNIVERSIDAD” los bienes que se mencionan en la Cláusula PRIMERA del presente conforme a lo establecido en el Anexo “2”. Lugares de entrega, siendo responsable de su recepción las personas establecidas en el mencionado anexo; todas en horario de 8:00 a 15:00 horas en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, Ciudad Universitaria, conforme a las condiciones de entrega establecidas en las bases y junta de aclaraciones de la I.T.P. Nº 901045968-005-18. Previo a la entrega de bienes, y cuando menos 24 horas antes de la entrega de bienes, “EL PROVEEDOR” deberá concertar cita para tal fin al Departamento de Compras de “LA UNIVERSIDAD”, a los teléfonos 00 (000) 000-00-00, 000-00-00 o 000-00-00, con la C.P. Xxxxxxxx Xxxxxx y/o el Ing. Xxxxxxx Xxxxxxxxx. Únicamente se otorgarán prorrogas para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, cuando previo a su fecha de vencimiento y a solicitud expresa por escrito del proveedor, se establezcan y acredite el caso fortuito o la fuerza mayor que justifiquen el otorgamiento de la prorroga necesaria para el cumplimiento de las obligaciones. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes perfectamente empacados, con las envolturas originales del fabricante y en condiciones de embalaje que los resguarden del polvo y la humedad, debiendo garantizar la identificación y entrega individual y total de los bienes que preserven sus cualidades durante el transporte y almacenaje, sin desgaste de su vida útil y sin daño o perjuicio alguno para “LA UNIVERSIDAD”. De igual forma “EL PROVEEDOR” se obliga a cubrir todos los gastos y absorber todos los riesgos hasta los sitios de entrega señalados, así como los relativos al aseguramiento de los mismos; la instalación y puesta en operación a entera satisfacción de “LA UNIVERSIDAD”. Durante la recepción, los bienes estarán sujetos a una verificación aleatoria, con objeto de revisar que se entreguen conforme con la descripción del Catálogo de Artículos, así como con las condiciones requeridas, considerando cantidad, empaques y envases en buenas condiciones. “EL PROVEEDOR”, se compromete a realizar la entrega de los bienes de manera personal, ya que no se aceptará la entrega de bienes mediante contratación de servicio de mensajería o paquetería.

  • PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PROVISIÓN DE BIENES Los bienes deben ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, en la siguiente dirección;

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Concreción de las condiciones de solvencia En los contratos de servicios, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Asimismo, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar el contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 12 del Anexo I al presente pliego.

  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.