LÍMITE GEOGRÁFICO Cláusulas de Ejemplo

LÍMITE GEOGRÁFICO. CONTINENTE AMERICANO, EXCLUYENDO CUBA, ALASKA, HAWAII, PANAMÁ Y BOLIVIA. VUELOS A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SÓLO CON PROPÓSITOS DE MANTENIMIENTO. DEDUCIBLES: •ROTORES EN MOVIMIENTO: 5.00% SOBRE EL VALOR DE LA AERONAVE ASEGURADA. •ROTORES SIN MOVIMIENTO: 1.00% SOBRE EL VALOR DE LA AERONAVE ASEGURADA. •PALAS Y ESTABILIZADORES: 10% SOBRE EL VALOR DE LA PIEZA AFECTADA.
LÍMITE GEOGRÁFICO. Los Servicios Funerarios se prestarán únicamente dentro del territorio de la República de Guatemala.
LÍMITE GEOGRÁFICO. CONTINENTE AMERICANO, EXCLUYENDO CUBA, ALASKA, HAWAII, PANAMÁ Y BOLIVIA. VUELOS A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SÓLO CON PROPÓSITOS DE MANTENIMIENTO. DEDUCIBLES: •ROTORES EN MOVIMIENTO: 5.00% SOBRE EL VALOR DE LA AERONAVE ASEGURADA. •ROTORES SIN MOVIMIENTO: 1.00% SOBRE EL VALOR DE LA AERONAVE ASEGURADA. •PALAS Y ESTABILIZADORES: 10% SOBRE EL VALOR DE LA PIEZA AFECTADA. PILOTOS: CUALQUIER PILOTO AUTORIZADO POR EL ASEGURADO, CON LICENCIA EN VIGOR Y APROPIADA PARA CADA AERONAVE A SU CARGO, COMO TAMBIEN QUE CUMPLA CON LAS HORAS DE VUELO EN MARCA Y MODELO. CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: 500 HORAS TOTALES DE VUELO, INCLUYENDO 90 HORAS EN MARCA Y MODELO DE LA AERONAVE ASEGURADA. RESPONSABILIDAD CIVIL: SE AMPARAN LOS SIGUIENTES LÍMITES: •PARA DAÑOS A TERCEROS EN SUS BIENES Y/O PERSONAS EN SUPERFICIE OPERANDO COMO LIMITE ÚNICO Y COMBINADO. HASTA LA SUMA DE: USD 15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE DÓLARES AMERICANOS, 00/100). PART CANTIDAD U MEDIDA DESCRIPCIÓN PAGOS VOLUNTARIOS: PARA CADA PASAJERO: USD 300,000.00 (TRECIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS, 00/100, USCY). PARA CADA TRIPULANTE:USD 300,000.00 (TRESCIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS, 00/100, USCY). GASTOS MÉDICOS: PARA CADA PASAJERO: USD 100,000.00 (CIEN MIL DÓLARES AMERICANOS, 00/100, USCY). PARA CADA TRIPULANTE: USD 100,000.00 (CIEN MIL DÓLARES AMERICANOS, 00/100, USCY). EQUIPAJE: POR PASAJERO: USD 5,000.00 (CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS 00/100, USCY) CARGA: POR EVENTO USD 50,000.00 (CINCUENTA MIL DÓLARES AMERICANOS 00/100, USCY) LOS PAGOS VOLUNTARIOS SON LÍMITES ADICIONALES. CLÁUSULAS APLICABLES QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN LA PÓLIZA: AVN26A • AVN38B • LSW555D • AVN52E • AVN34A • AVN23A • AVN80 • AVN62 BÚSQUEDA Y RESCATE HASTA USD 50,000 (CINCUENTA MIL DÓLARES AMERICANOS) • AVN56 • AVN-2000 • AVN-2001 • AVN-78 • LSW705 • ACUERDO DE MONTREAL.(DEBERÁ INCLUIRSE TEXTUALMENTE EN LA PÓLIZA) • TEXTO ORIÓN • RENUNCIA DE SUBROGACIÓN EN CONTRA DE FUNCIONARIOS, DIRECTIVOS, ARRENDADORES, EMPLEADOS DEL ASEGURADO Y SUS EMPRESAS FILIALES O BAJO SU RESPONSABILIDAD. • REINSTALACIÓN AUTOMÁTICA CON COBRO DE PRIMA. • CARTA DE PRELACIÓN. • NO ADHESIÓN. • ERRORES U OMISIONES. • SALVAMENTO Y RECUPERACIÓN. • CLÁUSULA DE VALOR DE REPOSICIÓN PARA PÉRDIDAS TOTALES Y PARCIALES: CANTIDAD QUE SERÍA NECESARIO EROGAR PARA CONSTRUIR, ADQUIRIR, REPARAR O REPONER EL BIEN DAÑADO SIN CONSIDERAR LA DEPRECIACIÓN FÍSICA POR USO Y/O AVANCES TECNOLÓGICOS. SINIESTROS: LAS INDEMNIZACIONES SERÁN PAGADAS A QUIEN CORRESPONDA, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY. INTERÉS...
LÍMITE GEOGRÁFICO. DENTRO DE CUALQUIER PARTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA.
LÍMITE GEOGRÁFICO. Dentro de cualquier parte de la República Mexicana.  Si el asegurado, el beneficiario o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente, hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones.  Si con igual propósito no entregan en tiempo la documentación que acredite la reclamación y el pago de la indemnización a quien corresponda.  Si hubiere en el siniestro o la reclamación dolo o mala fe del asegurado, del beneficiario, de los causahabientes, o de los apoderados de cualquiera de ellos. Reinstalación de suma asegurada con cobro de prima: Establece que cualquier parte de la Suma Asegurada que se reduzca por efecto de siniestro será reinstalada a solicitud del asegurado, una vez que los bienes dañados hayan sido reparados o repuestos, con cobro de prima adicional calculada a prorrata. Errores y omisiones. Todos los riesgos amparados tanto en las condiciones generales, así como, los de convenio expreso. Se ampara el ascenso y descenso de las unidades y vehículos de transporte propiedad del asegurado.
LÍMITE GEOGRÁFICO. Dentro de cualquier parte de la república mexicana.  Si el asegurado, el beneficiario o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente, hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones.  Si con igual propósito no entregan en tiempo la documentación que acredite la reclamación y el pago de la indemnización a quien corresponda.  Si hubiere en el siniestro o la reclamación dolo o mala fe del asegurado, del beneficiario, de los causahabientes, o de los apoderados de cualquiera de ellos. Se ampara el ascenso y descenso de las unidades y vehículos de transporte. Se amparan a los funcionarios, empleados y a sus familiares y dependientes como terceros, así como a los terceros ajenos al asegurado.
LÍMITE GEOGRÁFICO. El seguro de los vehículos tendrá efecto y cobertura dentro del siguiente límite geográfico: - España y países de la Unión Europea. - Países que forman el Espacio Económico Europeo. - Países que figuran en el Certificado Internacional de seguro y también: Andorra, Ciudad del Vaticano, Gibraltar, Liechtenstein, Mónaco y San Xxxxxx. Se cubrirán, de conformidad con la póliza de seguro del vehículo, los daños ocurridos durante su vigencia, así como las reclamaciones presentadas por terceros/as, tanto durante la vigencia de la póliza de seguro del vehículo, como tras su vencimiento. Con el fin de asegurar la operatividad y seguridad de los vehículos, hace falta una gestión esmerada de su mantenimiento y reparación. En relación con este tema, la D.G. de Patrimonio y Sector Público necesita la información relacionada con estos aspectos. La empresa adjudicataria se encargará de la gestión integral del mantenimiento y reparación de los vehículos, así como de todas las operaciones de pre ITV e ITV, con el fin de asegurar el buen estado de las condiciones de trabajo de los vehículos. El mantenimiento y reparaciones de los vehículos se llevará a cabo según las instrucciones y operaciones indicadas por el fabricante de los vehículos y tendrán que realizarse en los servicios oficiales de la marca del vehículo, de acuerdo con el plazo y el kilometraje estipulado en el Libro de mantenimiento del vehículo. El/la adjudicatario/a también deberá tramitar y realizar aquellas operaciones necesarias para superar la correspondiente inspección técnica de vehículos (ITV). Si de la comprobación y revisión del estado de los neumáticos se desprende la necesidad de sustitución de alguno de los neumáticos por desgaste, según las normas correspondientes, o bien por la aparición de alguna anomalía o desperfecto que suponga una afectación a la seguridad, según criterio del propio fabricante o empresa especializada, el/la adjudicatario/a se hará cargo del coste de sustitución por unos nuevos y de todas las operaciones asociadas de desmontaje, montaje, equilibrado y reglajes de dirección; éstos tendrán que ser de fabricación reciente, del mismo tipo y características que los sustituidos y, preferentemente, de la misma marca. Los neumáticos del mismo eje deberán ser de la misma marca y modelo, y presentar el mismo estado de desgaste y conservación. En última instancia, la D. G. de Patrimonio y Sector Público se reserva la elección de marca y modelo, con especial atención al etiquetado del neu...
LÍMITE GEOGRÁFICO. El seguro tendrá efecto y cobertura en: - Cualquier país de la Unión Europea. - Países que xxxxxx el Espacio Económico Europeo - Países que figuran en el Certificado Internacional de Seguros y cualquier otro incluido en los acuerdo en materia de seguros.
LÍMITE GEOGRÁFICO. Republica Mexicana 10% sobre el valor de la pérdida. 1% sobre el valor total de la pérdida 10% sobre la pérdida

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuito de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción del vehículo asegurado, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS El Comprador podrá de vez en cuando notificando al Vendedor hacer cambios en los dibujos, especificaciones, materiales, embalaje, prueba, cantidad, tiempo o método de entrega o envío u otros requisitos prescritos en el Contrato. Cualquier cambio de este tipo se considerará que no afectará el tiempo de cumplimiento o costo bajo el Contrato, a menos que el Vendedor notifique al Comprador por escrito dentro de los diez (10) días de recibir el aviso de cualquier cambio. Si el Vendedor así lo notifica al Comprador oportunamente y el Comprador determina que un ajuste es apropiado, el Comprador y el Vendedor negociarán un ajuste equitativo al tiempo de desempeño o costo después de la recepción por parte del Comprador de dicha documentación y en la forma y detalle, como el Comprador pueda requerir. El comprador necesitará el precio por pieza y los desgloses de herramientas para el precio acordado original y los desgloses para cualquier aumento propuesto o solicitado al precio acordado. La documentación adicional puede incluir desgloses de precios completos, facturas de materia prima basadas en el período de tiempo solicitado por el Comprador, facturas del sub-proveedor y / o cualquier otra documentación relacionada que muestre la varianza real del costo. El Comprador tiene el derecho de examinar cualquiera de los libros y registros pertinentes del Vendedor con el propósito de verificar la reclamación del Vendedor. Si el Comprador determina que ningún ajuste es apropiado, el Comprador lo notificará por escrito al Vendedor. Nada de lo dispuesto en esta Sección disculpará al Vendedor de proceder con el Contrato como cambiado, incluyendo el fracaso de las partes en acordar cualquier ajuste que se haga bajo esta Sección. El Vendedor no hará ningún cambio en el Contrato o en los Productos cubiertos por el Contrato sin la previa aprobación por escrito de un representante autorizado del Comprador, incluyendo, sin limitación, cualquier cambio en (a) Cualquier proveedor tercero al Vendedor de servicios, materias primas o bienes utilizados por el Vendedor en relación con su desempeño bajo el Contrato, (b) la instalación desde la cual el Vendedor o dicho proveedor opera, (c) la naturaleza, el tipo o la calidad de los servicios, materias primas o bienes utilizados por el Vendedor o sus proveedores en relación con el Contrato, o (d) el método de producción, o cualquier proceso utilizado en la producción o provisión de cualquier Producto bajo el Contrato.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en dos sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar, en el segundo la documentación relativa a criterios de adjudicación sujetos a valoración automática. Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Dirección del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales. Contratación de las obras de realización de una esclusa en la sucursal xx Xxxxxxx. GCS 16/13046-ADS-0104. Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas en el Registro General del Banco de España. Todos los documentos se presentaran en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. Caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con el Banco de España, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán excusados de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por el Banco de España, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, el Banco de España podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, haciendo constar que están inscritas en el Registro local profesional correspondiente, así como que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. No se exigirá este último informe de reciprocidad a las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Banco de España. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación del Banco, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: