MANEJO DE LA INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. Cuando el OFERENTE entregue documentos que contengan información confidencial reservada o comercial reservada a LAS PARTICIPANTES, al celebrar el contrato, deberán señalarlo sustentándolo en las disposiciones legales aplicables. LAS PARTICIPANTES analizarán la información que reciban del OFERENTE y la clasificarán en términos de la normatividad aplicable. Cuando LAS PARTICIPANTES hagan entrega de datos al OFERENTE, este no divulgará información relacionada con el objeto del Procedimiento de Contratación respectivo y desarrollo del procedimiento, a través de publicaciones, conferencias, informaciones o de cualquier otra forma o medio sin la autorización expresa y por escrito de la CONVOCANTE, quien podrá ejercer acción legal derivada de la violación a este punto en cualquier tiempo, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles, mercantiles o cualquier otra a que haya lugar.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. Cuando “LOS POSIBLES PROVEEDORES” entreguen documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada a “LA SHCP” y/o a “LA CEDN” y a las Dependencias y/o Entidades de la APF con quienes celebren contratos, deberán señalarlo por escrito a las mismas, sustentándolo en las disposiciones legales aplicables. Las Dependencias y/o Entidades analizarán la información que reciban de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y la clasificarán en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. Cuando “LOS POSIBLES PROVEEDORES” entreguen documentos que contengan información confidencial, reservada o comercial reservada a “LA SE” y/o a “LA SHCP” y a las Dependencias y/o Entidades de la APF con quienes celebren contratos, deberán señalarlo por escrito a las mismas, sustentándolo en las disposiciones legales aplicables. Las Dependencias y/o Entidades analizarán la información que reciban de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” y la clasificarán en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. La interventoría deberá elaborar y mantener un archivo en el que se conserven los resultados obtenidos sobre el desarrollo del contrato de interventoría, de forma que cuando se requieran por la entidad contratante o entidades competentes, se encuentren disponibles. Copia de este archivo deberá ser entregado a la finalización del contrato por parte del Interventor de Obra a FINAGRO, toda esta información debe estar dentro del marco de la Ley 1581 de 2012 de protección de datos personales. Este archivo deberá ser elaborado y diligenciado conforme a las normas de archivo que rigen para FINAGRO. También, se compromete para con FINAGRO a guardar la confidencialidad y guardar la reserva de toda la información que le sea entregada y de la que llegare a conocer con ocasión de la celebración de este contrato, y de la que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular, y responderá patrimonialmente por los perjuicios que su divulgación o utilización indebida por sí o por un tercero cause a FINAGRO.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. El teletrabajador entiende que aquella información que conozca en ejercicio de sus funciones y que guarde relación con LA EMPRESA, sus clientes, proveedores o usuarios debe ser tratada como información confidencial.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. Cuando el LICITANTE que resulte adjudicado entregue documentos que contengan información confidencial o reservada a LAS PARTICIPANTES, al celebrar el contrato, deberán señalarlo sustentándolo en las disposiciones legales aplicables. LAS PARTICIPANTES analizarán la información que reciban del LICITANTE y la clasificará en términos de la normatividad aplicable. Los LICITANTES que resulten adjudicados deberán abstenerse y evitar divulgar información proporcionada por LAS PARTICIPANTES, susceptible de ser clasificada como reservada o confidencial, relacionada con el objeto de la Contratación, a través de publicaciones, conferencias, informaciones o de cualquier otra forma o medio sin la autorización expresa y por escrito de LAS PARTICIPANTES , quienes podrán ejercer acción legal derivada de la violación a este punto en cualquier tiempo, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles, mercantiles o cualquier otra a que haya lugar. La información de los pacientes, tratamientos, terapias, recetas y cualquiera otra generada, almacenada, gestionada o transferida por el uso que LAS PARTICIPANTES o los usuarios finales hagan de los equipos complementarios proporcionados por el LICITANTE que resulte adjudicado, quedará bajo resguardo exclusivo de LAS PARTICIPANTES. En este sentido, el LICITANTE que resulte adjudicado garantizará, en todo momento, el acceso irrestricto de LAS PARTICIPANTES a la información generada, almacenada, gestionada o transferida por o a través de los equipos que proporcione en comodato y tendrá la obligación de hacer la entrega de la misma, en formato estándar para la consulta y procesamiento de la misma o en su caso, en el formato que defina para tal efecto el Administrador del Contrato correspondiente, cada que éste lo soliciten, sin que reserve para sí o para interpósita persona copia, réplica o cualquier versión de la misma.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. Sin perjuicio de sus obligaciones de confidencialidad y reserva de la información, las PARTES tendrán acceso a toda la información detallada o la que resulte del trabajo conjunto. Se deja de presente que cualquier divulgación o publicación de resultados obtenidos en actividades derivadas de este Memorando de Entendimiento, deberá realizarse con la anuencia de las partes, previo visto bueno del grupo de coordinación.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. Toda la información resultante de actividades conjuntas realizadas bajo este convenio y sus convenios específicos, estará a la disposición de las partes, bajo las condiciones de confidencialidad, especialmente cuando se trate de información reservada, secretos industriales y propiedad industrial, diseños, logos, marcas, derechos de autor y conexos, entre otros, estando obligadas a la no divulgación, o a divulgación de común acuerdo, o a no ser utilizadas para intereses puntuales o de temas sin la observancia de las partes.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. LAS PARTES reconocen que el contenido de este documento, sus Anexos, sus adendas o modificaciones, sus condiciones y cualquier aspecto vinculado directa o indirectamente a su ejecución, son públicos y de libre acceso para cualquier ciudadano y se comprometen a actuar con transparencia en la ejecución del presente Convenio.
5.1 Deberá notificar inmediatamente a la otra parte si descubre cualquier uso o divulgación no autorizada de la Información Confidencial y del material que la contenga.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN. En las instalaciones de la empresa supervisora, ubicadas en el sitio del proyecto, se almacena toda la información de la labor de supervisión realizada (ver fotografías #11 y #12), del año en curso. La información de los años anteriores se custodia en las oficinas de la empresa en San Xxxx.