MEJORA DE PRECIOS. Cuando dos o más oferentes estuvieran en pie de igualdad por no existir una diferencia mayor al cinco por ciento (5%) entre las cotizaciones, la Municipalidad queda facultada a llamar a mejora de precios. Las nuevas propuestas se presentarán en sobre cerrado y serán abiertas en la fecha y hora que se determine. Si se mantiene la igualdad entre ellos la Municipalidad podrá adjudicarlo a uno o prorratear los artículos licitados, siempre que estos sean divisibles.
MEJORA DE PRECIOS. En los casos en que todas las ofertas recibidas superaran un 20% al presupuesto oficial actualizado a la fecha de apertura de las ofertas y la convocatoria no fuese con precio tope, el Licitante podrá dejar sin efecto el llamado o convocar a mejorar sus ofertas, a todos los oferentes cuyas ofertas resulten admisibles. La convocatoria a presentar mejora de precios se notificará por medio fehaciente fijándose en dicha notificación el día, hora y lugar de presentación de la misma. Le mejora de precios será presentada en sobre cerrado hasta la fecha y hora fijada y la apertura de los sobres se realizará en acto público. El silencio por parte de los oferentes invitados a mejorar, se considerará como intención de mantener su oferta.
MEJORA DE PRECIOS. Según lo indicado en el Art. 132 inc. k podrá llamarse a mejora de ofertas, salvo los casos previstos en el artículo 147° de la Ley 8706/2014, en los siguientes supuestos:
a) Cuando dos o más ofertas admisibles e igualmente convenientes, presenten entre sí diferencias de cotización que no superen entre si el 5% (cinco por ciento) calculado sobre la menor de ellas.
b) Cuando exista un único oferente o sólo una oferta admisible desde el punto de vista formal. A efectos del llamado, se fijará día y hora en que tendrá lugar la apertura de las nuevas propuestas, las que se harán también en sobre cerrado y firmado. Si del estudio de las nuevas ofertas se comprobara que subsiste la igualdad entre ellos, se prorratearán los artículos licitados siempre que éstos sean divisibles; de no serlo se procederá a un sorteo en presencia de los interesados. Si hubiere más de dos proponentes, previamente se establecerá el orden en que intervendrán en el sorteo. De todo lo actuado se dejará constancia en el acta que a tal efecto se labrará. Cuando se trate de artículos que por su naturaleza no ofrezcan dificultades de carácter técnico para su adjudicación, el Órgano Licitante queda facultado para proceder a su prorrateo.
MEJORA DE PRECIOS. En los casos en que todas las ofertas recibidas superaran un 20% al presupuesto oficial actualizado a la fecha de apertura de las ofertas y la convocatoria no fuese con precio tope, el Licitante podrá dejar sin efecto el llamado o convocar a mejorar sus ofertas, a todos los oferentes cuyas ofertas resulten admisibles. La convocatoria a presentar mejora de precios se notificará por medio fehaciente fijándose en dicha notificación el día, hora y lugar de presentación de la misma. La mejora de precios será presentada en sobre cerrado hasta la fecha y hora fijada por la Comisión de Evaluación y la apertura de los sobres se realizara en acto público. El silencio por parte de los oferentes invitados a mejorar, se considerará como intención de mantener sus ofertas. El Licitante también podrá solicitar una mejora de precios o un rebalanceo de los precios unitarios de su oferta, exclusivamente al oferente cuya oferta resulte admisible, y no supere el 20% del presupuesto oficial actualizado a la fecha de apertura de ofertas, con el fin de obtener condiciones más ventajosas para la Administración.
MEJORA DE PRECIOS. Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial Nº 12105/2003 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. En caso de presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta. La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes.
MEJORA DE PRECIOS. Durante toda la vigencia del Acuerdo los proveedores seleccionados podrán ofrecer una mejora de los precios oportunamente ofertados. Estos nuevos precios serán difundidos para conocimiento de todas Áreas de la Universidad Nacional de Río Cuarto.
MEJORA DE PRECIOS. En caso de empate entre dos o más proponentes, se llamará a mejora de precios entre ellos. Se fijará día y hora de la nueva presentación, y la Propuesta se entregará en sobre cerrado y lacrado. Serán consideradas propuestas iguales, aquellas que alcancen el mismo precio mensual para la totalidad de los servicios licitados, tomando en consideración las cantidades testigo que constan en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión de Preadjudicación tendrá también en cuenta para determinar que dos o más propuestas resultan igualmente convenientes y en paridad de condiciones para llamar a mejora de propuestas, las cotizaciones de empresas neuquinas que alcancen una diferencia que no supere en más de un 4% (si se trata de un Proveedor Local Provincial) o de un 8% (si se trata de un Proveedor Local Municipal) a la propuesta de menor precio mensual cotizado para la totalidad de los servicios licitados, tomando en consideración las cantidades testigo que constan en el ANEXO IV – PLANILLA DE COTIZACIÓN, cuando ésta sea de un proponente no neuquino, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 11810. La solicitud de mejora de propuesta se realizará dentro del plazo de mantenimiento de propuestas para que, por única vez, y dentro de un plazo de dos (2) días desde la notificación, puedan mejorar la propuesta o, en caso de un proponente neuquino, igualar la mejor propuesta, en cuyo caso se adjudicará a la empresa neuquina, con prioridad para el Proveedor Local Municipal sobre el Proveedor Local Provincial. Si la invitación a mejorar propuestas comprendiera a más de un Proveedor Local Provincial o a más de un Proveedor Local Municipal y, como consecuencia de ello, más de uno optara por igualar a la mejor propuesta, la contratación se resolverá, de entre ellos, a favor de aquel cuya propuesta original haya sido la más próxima a la que está igualando, manteniéndose la prioridad del Proveedor Local Municipal sobre el Proveedor Local Provincial.
MEJORA DE PRECIOS. La Municipalidad se reserva el derecho de llamar a mejora de precios en el caso de que las mejores ofertas no se diferencien en más de un 5% unas de otras, considerándolas el ente adjudicador como equivalentes, pudiendo llamar si lo estima conveniente a dicha mejora a los oferentes comprendidos en esa situación. Si el o los oferentes no mejoraran su propuesta, se entenderá que sigue vigente la original.- De haber paridad en los precios luego de la mejora, se procederá al sorteo de las ofertas en presencia de los asistentes al acto, labrándose un Acta en la que constará todo lo procedido. Asimismo de haberse presentado una sola propuesta, esta Municipalidad, de considerarlo necesario podrá solicitar una mejora de oferta en las condiciones antes señaladas.
MEJORA DE PRECIOS. Previo a resolver la declaración de adjudicación, la autoridad competente del CGPBB a su solo criterio, podrá solicitar una mejora de precio al oferente de la propuesta calificada en primer término como más conveniente por la Comisión Evaluadora o a la única oferta presentada y que resulte adjudicable. Ante la negativa del oferente de mejorar el precio o si hiciese silencio transcurrido el plazo otorgado, se proseguirá con el trámite de adjudicación o con la declaración de inconveniencia de la o las propuestas presentadas.
MEJORA DE PRECIOS. El Banco se reserva el derecho de solicitar a los oferentes cuyas propuestas se consideren que reúnen las exigencias técnicas previstas en la convocatoria, una mejora de la propuesta económica. Si el Banco solicitara una mejora a los oferentes involucrados, estos deberán manifestarse en el plazo que se establezca en el Pliego o la documentación de la contratación, el cual no será inferior a los TRES (3) días. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar su oferta se considerará como que mantiene la que hubiera formulado anteriormente. Si un oferente no mejorara el precio de su oferta igualmente podrá ser adjudicado si su oferta se entiende conveniente.