NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por LA CÁMARA en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen público. Teniendo en cuenta que las prestaciones del contrato serán pagadas totalmente con dineros de origen público, EL CONTRATISTA tendrá en cuenta que mediante la ejecución de sus compromisos colabora eficientemente en el logro de las funciones de interés general que corresponde adelantar a LA CÁMARA. Por lo mismo, en la interpretación de las declaraciones de voluntad en estos casos se procurará adecuarse a la que más se ajuste a tales fines. LA CÁMARA se reserva el derecho de modificar el origen de los recursos de manera unilateral, cuando se presenten circunstancias que a su juicio así lo ameriten, caso en el cual notificará por escrito esta circunstancia a EL CONTRATISTA quien acepta que esa modificación unilateral puede tener lugar en cualquier momento. 11)
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En virtud del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por LA CÁMARA en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen público y privado. Teniendo en cuenta que las prestaciones del contrato serán pagadas en un porcentaje con dineros de origen privado LA CÁMARA se reserva el derecho de modificar el origen de los recursos de manera unilateral, cuando se presenten circunstancias que a su juicio así lo ameriten, caso en el cual notificará por escrito esta circunstancia a EL CONTRATISTA quien acepta que esa modificación unilateral puede tener lugar en cualquier momento. 14)
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. Propios Fiscales Créditos Externos Recursos de terceros
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por LA CÁMARA en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por CORPARQUES en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen privado. 13)
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por LA CÁMARA en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen público. Teniendo en cuenta que las prestaciones del contrato serán pagadas totalmente con dineros de origen público, EL CONTRATISTA tendrá en cuenta que mediante la ejecución de sus compromisos colabora eficientemente en el logro de las funciones de interés general que corresponde adelantar a LA CÁMARA. Por lo mismo, en la interpretación de las declaraciones de voluntad en estos casos se procurará adecuarse a la que más se ajuste a tales fines. LA CÁMARA se reserva el derecho de
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. CUARTA.- Los recursos que aporta el “INADEM” , para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “Reglas de Operación del FNE” , serán considerados en todo momento como recursos federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados a la “SEDECO “ y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio. Las partes acuerdan que la ministración de los apoyos otorgados por parte del “INADEM” , estará sujeta a que se acredite el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la “SEDECO” , conforme al “PROYECTO” para el cual fueron autorizados apoyos por el Consejo Directivo del “FNE” . La “SEDECO” , se obliga expresamente a destinar los recursos, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen los mismos, exclusivamente a los fines del “PROYECTO” y ejercer los recursos con apego a los criterios y procedimientos contenidos en las “Reglas de Operación del FNE” . Lo anterior, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables.
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. DÉCIMA TERCERA.-Los recursos que “FOCIR” destina para la ejecución de la “SOLICITUD DE FINANCIAMIENTO” son recursos federales, por lo que son sujetos de revisión y rendición de cuentas con base en lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
NATURALEZA DE LOS RECURSOS. En razón del objeto específico determinado en este contrato, se entiende que los pagos que sean o llegaren a ser debidos por EL MANDANTE en virtud del mismo serán atendidos con recursos de origen público. EL MANDANTE se reserva el derecho de modificar el origen de los recursos de manera unilateral, cuando se presenten circunstancias que a su juicio así lo ameriten, caso en el cual notificará por escrito esta circunstancia a EL MANDATARIO quien acepta que esa modificación unilateral puede tener lugar en cualquier momento. 14)