Common use of OBLIGACIONES DEL COMPRADOR Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 3 contracts

Samples: Contract for the Supply of Liquefied Petroleum Gas (Lpg), Gas Supply Agreement, Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Asegurar y hacer seguimiento del cumplimiento de su OPC mensual. 5. Informar al VENDEDOR cada vez que la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP objeto del contrato, exceda su capacidad de compra. 6. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce ocho (12) 8) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por del mes o Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 57. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce ocho (12) 8) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 68. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 79. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 810. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 911. Pagar las facturas emitidas por EL el VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 1012. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 1113. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 3 contracts

Samples: Gas Supply Agreement, Gas Supply Agreement, Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando apliquecomprador deberá cumplir todas las obligaciones que, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que ejecución del contrato, se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista establecen en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana presente pliego y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma condiciones particulares de pedidos los contratos y en concreto se compromete a: • Cumplir y obligar a cumplir para con sus trabajadores y contratas las vigentes normas de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día prevención de anticipación a la fecha riesgos laborales y de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación materia laboral y de la correspondiente toma Seguridad Social. • Dejar limpios de pedidos para asegurar restos y recortes los diferentes cargaderos y zonas de actuación. • Cumplir todas las condiciones indicadas en el retiro presente documento y los posteriores contratos que se suscriban. • Asumir el ritmo de suministro xx xxxxxx objeto de contrato, impuesto por el normal funcionamiento de las obras de tratamiento selvícola, así como la realización de la Nominación Aprobadacarga de la madera en aquellos cargaderos que designe la organización de la Agencia. • Vías de servicio. Se utilizarán como vías de saca, los caminos y sendas existentes en la zona objeto del aprovechamiento. No obstante, el adjudicatario podrá solicitar a su xxxxx, la construcción de las nuevas vías de saca que estime oportunas, que el cargue previamente habrán de las cisternas se efectúa ser autorizadas por un volumen inferior a Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible y siempre en consonancia con la capacidad total referida Ley 7/2007, de 9 de julio, Gestión Integrada de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo Calidad Ambiental de Andalucía. El adjudicatario asumirá el repaso o mejora de los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos caminos necesarios para el cargue del producto, la información extracción de los precintos debe ser notificada previa al cargue productos del monte. Igualmente será responsable y despacho, esto con el fin deberá reparar los daños que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR se originen en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10caminos como consecuencia del aprovechamiento. Realizar las reclamaciones • El contratista está obligado a guardar sigilo respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa datos, antecedentes que, no siendo públicos o indirectamente notorios, estén relacionados con el objeto del Contratocontrato, de conformidad los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. • Los gastos derivados de la operación serán por cuenta del adquirente. Serán a cargo del adjudicatario los reglamentos técnicos gastos ocasionados por la realización de la transferencia de la madera, así como cualquier precio público o tributo que se encuentren vigentesdevengue. El adjudicatario queda obligado al pago de las indemnizaciones que pudieran surgir por los daños producidos en la retirada, manejo y transporte de la madera enajenada. También serán gastos por cuenta del adquiriente los derivados de pesada en báscula oficial designada por la Agencia que se recoge en el Cuadro Resumen.

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Administrativas, Pliego De Condiciones Técnico Administrativas

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada Nominación Diaria de GLP durante el cada Mes de Entregas del plazo de ejecución del Contrato de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir Suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir Remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce ocho (12) 8) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa Programación de Entregas enviado enviada por el VENDEDOR para efectos de la Nominación DiariaDiaria o en su defecto, autorizar al Transportador que oficialice al VENDEDOR el Plan de Recibo pactado previamente entre el COMPRADOR y su Transportador. En Dicha autorización deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx especificando el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa plazo de Entregas informado por parte del VENDEDORla misma. 64. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega el respectivo retiro de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 95. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR ECOPETROL en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 106. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable responsable, oportuna y oportunadentro de los términos establecidos en el presente documento. 117. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes. 8. Cumplir a cabalidad con las disposiciones legales sobre prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le sean aplicables, implementando con eficiencia y oportunidad las políticas y los procedimientos necesarios para tal fin. Para verificar el cumplimiento de esta obligación el VENDEDOR tendrá derecho a realizar o solicitar auditorías financieras, operativas o de cumplimiento al COMPRADOR sus subcontratistas, proveedores y agentes o exigir que el COMPRADOR presente evaluaciones de su auditoría interna, revisoría o de un consultor externo calificado; y para ello el COMPRADOR se obliga a establecer los mecanismos necesarios. 9. No realizar operaciones con personas o entidades cuyos recursos provengan de actividades ilícitas de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o sobre quienes se tengan dudas fundadas sobre el origen de sus recursos, con base en informaciones públicas. 10. Respetar y acatar el Código de Buen Gobierno, las Políticas de Responsabilidad Integral y Responsabilidad Social Empresarial del VENDEDOR, Código de Ética y las políticas de prevención, control y administración del riesgo xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del VENDEDOR. Para estos efectos, el COMPRADOR declara conocer dichos documentos. 11. Abstenerse de utilizar sus operaciones como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, o destinadas a la realización de actividades ilícitas. 12. Informar al VENDEDOR y denunciar ante la autoridad competente el acaecimiento de delitos que le afecten personalmente, de cuya comisión tenga conocimiento, especialmente con los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo según lo exige el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004 y las que la modifiquen o deroguen). 13. Reportar al VENDEDOR, los incidentes o novedades que puedan afectar su imagen o reputación y/o la del VENDEDOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de aquellos, a efectos de dar un manejo consensuado a los mismos. 14. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información y a las aclaraciones que solicite el VENDEDOR en el desarrollo del Contrato. 15. Informar al VENDEDOR el hecho que sea incluido en alguna de las listas restrictivas nacionales o internacionales relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Appears in 2 contracts

Samples: Gas Supply Agreement, Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando apliquecomprador deberá cumplir todas las obligaciones que, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que ejecución del contrato, se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista establecen en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana presente pliego y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma condiciones particulares de pedidos los contratos y en concreto se compromete a: • Cumplir y obligar a cumplir para con sus trabajadores y contratas las vigentes normas de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día prevención de anticipación a la fecha riesgos laborales y de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación materia laboral y de la correspondiente toma Seguridad Social. • Dejar limpios de pedidos para asegurar restos y recortes los diferentes cargaderos y zonas de actuación. • Cumplir todas las condiciones indicadas en el retiro presente documento y los posteriores contratos que se suscriban. • Asumir el ritmo de suministro xx xxxxxx objeto de contrato, impuesto por el normal funcionamiento de las obras de tratamiento selvícola, así como la realización de la Nominación Aprobadacarga de la madera en aquellos cargaderos que designe la organización de la Agencia. • Vías de servicio. Se utilizarán como vías de saca, los caminos y sendas existentes en la zona objeto del aprovechamiento. No obstante, el adjudicatario podrá solicitar a su xxxxx, la construcción de las nuevas vías de saca que estime oportunas, que el cargue previamente habrán de las cisternas se efectúa ser autorizadas por un volumen inferior a Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y siempre en consonancia con la capacidad total referida Ley 7/2007, de 9 de julio, Gestión Integrada de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo Calidad Ambiental de Andalucía. El adjudicatario asumirá el repaso o mejora de los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos caminos necesarios para el cargue del producto, la información extracción de los precintos debe ser notificada previa al cargue productos del monte. Igualmente será responsable y despacho, esto con el fin deberá reparar los daños que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR se originen en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10caminos como consecuencia del aprovechamiento. Realizar las reclamaciones • El contratista está obligado a guardar sigilo respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa datos, antecedentes que, no siendo públicos o indirectamente notorios, estén relacionados con el objeto del Contratocontrato, de conformidad los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. • Los gastos derivados de la operación serán por cuenta del adquirente. Serán a cargo del adjudicatario los reglamentos técnicos gastos ocasionados por la realización de la transferencia de la madera, así como cualquier precio público o tributo que se encuentren vigentesdevengue. El adjudicatario queda obligado al pago de las indemnizaciones que pudieran surgir por los daños producidos en la retirada, manejo y transporte de la madera enajenada.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Técnico Administrativas

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. Las obligaciones del comprador son tres: El COMPRADOR pago del precio, el pago de intereses por retraso y la xxxxxxxx del riesgo (periculum).30 El pago del precio se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1configura como la obligación principal del comprador. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas El pago debe efectuarse de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contratocontrato. Tanto el régimen de pago único como el pago fraccionado son válidos. La segunda obligación del comprador es consecuencia de esta última clase de pago. Si las partes pactan que el pago se hará de forma fraccionada y el comprador se retrasa en 29 Xxxxxx Xxxxxxx, M.J., op. cit. 10, pág. Realizar las reclamaciones respecto del Producto643 30 Xxxxxxxxx xx Xxxxx, F., op. cit., pp. 244-254 el pago de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento alguno de los sistemas plazos (xxxx emptoris), el comprador deberá indemnizar al vendedor con el pago de tuberías y accesorios del COMPRADOR un interés. La tercera de las obligaciones que tiene el comprador es asumir el denominado periculum emptoris. Esta obligación se configura en la época clásica fruto de una progresiva construcción jurisprudencial. Mediante esta obligación, el comprador debe asumir el riesgo de destrucción, pérdida, daño, o deterioro de la cosa objeto de compraventa, en el supuesto de que dicho suceso no pueda ser imputado a ninguna de las partes, esto es, que se utilicen esté ante un caso de fuerza mayor. Por tanto la jurisprudencia clásica establece una excepción a una de las reglas generales del dominium, el principio res perit domino, el cual establece que el peligro (periculum) debe recaer sobre el propietario de la cosa. Así, mediante esta excepción jurisprudencial al principio precitado, en la compraventa el peligro pasa a depender del comprador una vez perfeccionado el contrato. De esta forma se configura la máxima periculum est emptoris, cuya importancia se debe a la diferencia característica entre el momento de la perfección de la compraventa (fijación del precio) y el de su cumplimiento (entrega de la cosa). El periculum est emptoris sólo juega en estos supuestos, cuando la compraventa ya se ha perfeccionado (se ha celebrado el contrato y se ha fijado el precio), pero aún no se ha producido la entrega (traditio) de la cosa. Si en este lapso la cosa sufre algún daño debido a alguna desventura provocada por fuerza mayor, el comprador será el perjudicado debido a la aplicación de este principio. En definitiva, el periculum est emptoris es una excepción jurisprudencial para conducir GLP asociados directa estos supuestos concretos a la regla general (res perit domino), la cual es aplicable a todos los casos restantes. A su vez, existen excepciones a la excepción en sí misma que supone el periculum est emptoris. Regirá la regla general (res perit domino), y por tanto será responsable en caso de fuerza mayor el vendedor, no el comprador, en cuatro supuestos: - Si la venta se ha sometido a condición o indirectamente con término. - Si la cosa es genérica y no está individualizada. - Si se vende algo perteneciente a un patrimonio y no se ha disgregado de aquél. - Si lo pactan las partes. Las excepciones son evidentes, toda vez que estando ante un objeto genérico el objeto del Contratocomprador puede entregar otro tanto de igual género y calidad (tantumdem eiusdem generis et qualitatis) a lo que está obligado por la máxima genus nunquam perit, la cual establece que en los supuestos de conformidad con los reglamentos técnicos entrega de cosas genéricas (x.xx. aceite), la obligación de entregar nunca se extingue, ni siquiera por destrucción de la cosa, puesto que se encuentren vigentespuede ser entregada otra de igual género y calidad. Es conveniente señalar que en Roma la mayor parte de las compraventas eran de cosa genérica.

Appears in 1 contract

Samples: Compraventa

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. ­ Recibir la Cantidad Nominada mercancía una vez puesta su disposición en un plazo y Aceptada sitio convenido. ­ Asumir todos los gastos causados por la mercancía y los riesgos que la misma puede correr desde el momento en que fue puesta a su disposición. ­ Asumir gastos de GLP obtención y costos de los documentos necesarios para la entrada de las mercancías. ­Comunicar al vendedor el nombre del navío, lugar de embarque y la fecha de entrega de la mercancía al barco. ­Asumir cuanto gastos y riesgos puede causar la mercancía desde el momento en que haya sido colocada al lado del navío. ­Si el barco elegido por el comprador no llega a tiempo; asumir todos los costos suplementarios y riesgos que se pueden correr desde el momento que el vendedor la colocó a ­Asumir los gastos de las operaciones de verificación. disposición del comprador. ­Asumir gastos de obtención y costo de los documentos de explotación, certificado de origen, etc. ­ Entregar la mercancía de acuerdo con los términos del contrato de venta. ­Colocar la mercancía al bordo xxx xxxxx designado por el comprador en el puerto convenido. ­ Obtener por su cuenta y riesgo los documentos de exportación. ­ Asumir todos los gastos y riesgos que pueda causar la mercancía hasta el momento en que haya pasado efectivamente a bordo xxx xxxxx incluyendo todos los impuestos y derechos a pagar. ­Asumir los gastos de las operaciones de verificación. ­Suministrar por su cuenta los documentos usuales netos que prueban la entrega de la mercancía a bordo xxx xxxxx. ­Seleccionar el buque y pagar el flete marítimo y aviar al vendedor el nombre del navío, lugar de embarque y fecha de entrega. ­ Asumir todos los gastos y riesgos que cause la mercancía a partir del momento en que haya pasado efectivamente los limites a bordo xxx xxxxx pagar el precio contractual. ­ Si el buque es escogido por el comprador y este no llega a tiempo dentro del plazo convenido, asumir todos los gastos complementarios. ­Asumir gastos y costos de adquisición de los documentos obtenidos por el vendedor, incluyendo conocimiento de embarque, certificado de origen y papeles consulares. ­ Entregar al comprador, si es solicitado por el Certificado de Origen. ­Cumplir con sus obligaciones en cuanto a la entrega de la mercancía al transportista elegido por el comprador. ­Los trámites de aduana corren a cargo del vendedor. ­Entregar la mercancía de acuerdo con los términos del contrato de venta. ­ Concluir por su cuenta un contrato para el transporte de la mercancía por la ruta acostumbrada hasta el puerto de destino convenido. ­Obtener por su cuenta y riesgo los documentos de exportación. ­Xxxxxx por su cuenta la mercancía a bordo del buque en el puerto del embarque en ­Escoger el medio de transporte y e transportista. ­Pagar transporte principal. ­ Aceptar los documentos presentados por el vendedor y pagar el precio contractual. ­ Recibir la mercancía en el puerto de desembarque y asumir, exceptuando el flete, todos los costos y gastos incurridos durante el Mes transporte por mar hasta su llegada. ­Asumir los riesgos que la mercancía pueda correr a partir del momento e que haya pasado los límites o la la fecha y tiempo convenido. xxxxx xxx xxxxx en el puerto de Entregas embarque. ­Asumir todos los riesgos que la mercancía pueda correr hasta el momento en que haya pasado a bordo xxx xxxxx. ­ Asumir gastos y costos de conformidad la obtención del certificado de origen y factura consular. ­Suministrar al comprador todos os “conocimiento a bordo. Este debe referirse a la mercancía vendida. ­Asumir los derechos de aduanas, otras tasas e impuestos y por la importación. ­Asumir los gastos de operaciones de verificación. ­Asumir cuantos derechos e impuestos deben pagar la mercancía hasta su embarque. ­Suministrar al comprador, si es requerido por él y a su costo, el certificado de origen y factura consular. (Carriage Paid To) ­Entregar la mercancía de acuerdo con el respectivo Plan los términos del contrato de Recibo. 2venta. Cuando aplique, suscribir el respectivo ­Realizar por su cuenta un contrato de transporte para la mercancía hasta el puerto convenido. ­Pagar flete y asumir los gastos de conformidad con lo establecido descarga en el puerto de desembarque. ­Obtener por su cuenta los documentos de exportación. ­Xxxxxx por su cuenta la mercancía a bordo xxx xxxxx en el puerto de embarque, en la Resolución CREG 092 fecha y tiempo convenido. ­Suministrar en forma transmisible una póliza de 2009, o aquellas seguro marítimo contra los riesgos del transporte. ­Asumir los riesgos que la modifiquenmercancía pueda correr hasta el momento en que haya sido pasada al barco. ­Suministrar un conocimiento neto de la mercancía para el puerto de destino convenido, complementen también deberá de incluir la factura y la póliza de seguro. ­Asumir los gastos de operación de verificación. ­Asumir todas las tasas y derechos que debe pagar la mercancía para su embarque. ­ Entregar la mercancía de acuerdo con los términos del contrato de venta. ­ Aceptar los documentos presentados por el vendedor y pagar el precio contractual. ­ Recibir la mercancía en el puerto de destino convenido y asumir exceptuando el flete y seguro marítimo, todos los costos y gastos incurridos por la mercancía durante el transporte de mar. ­ Asumir todos los riesgos que la mercancía pueda correr a partir del momento en que haya pasado los límites o sustituyan. 3la bordo xxx xxxxx en el puerto de embarque. Abstenerse ­ Asumir los gastos de comprar GLP obtención del certificado de manera directa origen y los papeles consulares. ­Asumir los gastos de obtención y costos de los documentos necesarios si se presenta la necesidad de la entrada de la mercancía a un tercer país. Asumir los derechos de aduanas, otras tasas e impuestos y por la importación. ­ Recibir la mercancía en el puerto de destino convenido. Flete pagado hasta el punto de destino; cualquier forma de transporte. (Transporte y seguro pagado hasta; nombre lugar de destino) (Entregado en la frontera; nombre lugar convenido) (Entregado sobre el buque; nombre del puerto de ­Despachar la mercancía en la fecha o plazo convenido y en lugar convenido. ­Asumir todos los riesgos que la mercancía pueda correr hasta su entrega al primer transporte. ­Avisar sin tardanza al comprador sobre la entrega de la mercancía al primer transportador. ­ Asumir los gastos de operación de verificación. ­Obtener por su cuenta los documentos necesarios para la exportación. ­ Las mismas obligaciones del cuadro anterior, solo que se le debe agregar la obligación de contratar un seguro para las mercancías. ­Asumir los gastos y riesgos hasta la frontera. ­Ayudar al comprador a obtener el documento del transporte. ­Negociar un seguro para la mercancía durante el período que la mercancía se encuentre en el transporte. ­ Entregar la mercancía de acuerdo a a los términos del contrato de venta. ­ Colocar la mercancía de forma efectiva a disposición del ­Pagar el precio contractual y cubrir los gastos a partir de ese momento. ­Asumir todos los riesgos que pueda correr la mercancía a partir del momento en que es entregada al primer transportador. ­Asumir los gastos y costos de la obtención del certificado de origen y facturas consulares. ­Las mismas obligaciones del cuadro anterior. ­ Asumir todo gasto de seguro referido a momentos posteriores a la entrega de la mercancía por el vendedor en la frontera. ­ Recibir la mercancía al momento de ser puesta a su disposición y pagar el precio contractual. ­Asumir los gastos y destino) comprador en los plazos previstos, a bordo del navío en el punto de descarga del puerto convenido. ­Asumir los gastos que ocasione la mercancía riesgos que pueda correr hasta el momento de ponerla a disposición del comprador. ­ Asumir los gastos de las operaciones de verificación. ­Avisar al comprador la fecha prevista de llegada xxx xxxxx. ­ Entregar la mercancía de acuerdo con los términos del contrato de venta. ­ Colocar la mercancía a disposición del comprador en el muelle del puerto designado y en el plazo previsto. ­ Asumir todos los derechos e impuestos, inclusive los de aduana, así como las cargas y tasas que deba pagar la mercancía por la importación hasta su entrega al comprador. ­ Asumir por su cuenta el acondicionamiento y embalaje de la mercancía de acuerdo con su naturaleza. riesgos que la mercancía pueda causar desde el momento de ser puesta a su disposición. ­ Asumir los gastos y cargos pagados por el vendedor para obtener el certificado de origen, factura consular y demás documentos. ­Obtener por su cuenta y riesgo todas las licencias necesarias para el desembarque o importación de la mercancía. ­ Asumir los derechos e impuestos de aduana exigidos durante y por el hecho del desembarque o la importación de la mercancía. ­ Recibir la mercancía una vez puesta a su disposición de acuerdo con las estipulaciones acordadas y pagar el precio contractual. ­ Asumir cuantos gastos y riesgos ocasione y corra la mercancía desde el momento en que efectivamente haya sido puesta a su disposición. ­ Asumir los gastos de las operaciones de verificación. ­ Asumir cuentos gastos y riesgos pueda ocasionar y correr la mercancía hasta el momento en que sea colocada efectivamente a disposición del comprador. (Entregado derechos no pagados; nombre lugar de destino) (Entregado, derechos pagados, nombre lugar de destino) ­Suministrar los documentos que el comprador pueda necesitar para recibir y retirar la mercancía xxx xxxxxx. ­ Entregar la mercancía en el lugar convenido en el país importador, haciéndose cargo de la descarga. ­ El vendedor asume todo incluyendo los trámites de aduanas para la importación, el pago de los derechos arancelarios y demás tasas. ­ La transferencia de los riesgos y gastos se produce en el momento de la entrega al comprador. ­Asumir cargos de descarga. ­ Transportar la mercancía hasta el puerto, despacho de aduana, almacenaje, manipulación y estiba. ­ Asumir los gastos y costos relativos a la importación y el pago de los derechos arancelarios y demás tasas corren a cargo del comprador. ­ Asumir el riesgo adicional y los costos inherentes que surgieran de su falta de éxito, en el cumplimiento de su obligación de despachar la mercancía de importación. ­El comprador no realiza ninguna gestión sino más bien pagar el precio convenido. ­ Además asumir las gestiones del país de destino, desestiba, descarga y manipulación, supervisión, despacho de aduanas, carga, transporte interno hasta el final. La República Dominicana tiene una ley que otorga una protección a los agentes y distribuidores dominicanos de productos y servicios extranjeros. Esta ley es la No. 173 del año 1966, la misma impone grandes indemnizaciones a los fabricantes extranjeros que terminan, unilateralmente y sin justa causa, los contratos de distribución de los agentes y distribuidores debidamente registrados por ante el Departamento Internacional del Banco Central de la República Dominicana. Las compañías extranjeras que deseen vender sus mercancías en la República Dominicana no están en la obligación de hacerlo a través de agentes o distribuidores. No obstante, aquellas compañías extranjeras que hayan otorgado una distribución exclusiva a sus agentes o distribuidores locales deberán compensar a su agente local por los daños ocasionados al prescindir de sus servicios al momento que decidan vender sus productos directamente en el mercado local. La ley en su artículo 1ero., define como "concesionario" a toda "persona, física o moral que se dedica en la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha República a promover o gestionar la importación, la distribución, la venta de Producto exceda su capacidad productos o servicios, el alquiler, o cualquier otra forma de compratráfico, en explotación de mercadería o productos de procedencia extranjera, y los servicios relacionados con dichas gestiones, ya sea que actúe como agente, representante, comisionista, concesionario, o bajo otra denominación". Esta ley es considerada como una ley de orden público ya que prima sobre los acuerdos contrarios entre los particulares. Las disposiciones del contrato de concesión que establecen los términos establecidos de duración o que dan al cedente el derecho unilateral de rescisión son inaplicables bajo la ley. Un contrato de concesión sólo puede ser rescindido por una razón de justa causa, tal y como se define por la ley o por acuerdo amigable entre las partes. Es importante señalar que los tribunales dominicanos han sido tradicionalmente muy restrictivos en su interpretación de justa causa en favor de los concesionarios dominicanos. La ley no prevé, de manera explícita, el derecho del fabricante extranjero de nombrar más de un concesionario no exclusivo. Para limitar de alguna manera la protección de la Ley, algunos fabricantes extranjeros designan sus concesionarios locales como no exclusivos, para preservar sus derechos de nombrar otros concesionarios sin tener que terminar los contratos con los concesionarios originales. A este respecto, la Suprema Corte decidió que un contrato de concesión que no es expresamente exclusivo, puede llegar a serlo si en el transcurso de los años el concesionario se comporta como tal. Toda transacción internacional suele documentarse por escrito mediante un contrato. Los contratos internacionales pueden presentar en su forma y contenido las mismas variaciones que un contrato nacional. La mayor parte de las operaciones comerciales son compras de mercancías. Si el comprador paga la mercancía con dinero dicha transacción se llama compraventa. Si el pago de la mercancía se hace en especie mediante la entrega de otros productos, entonces hablamos de un contrato de trueque. En un contrato de compraventa, la parte vendedora está obligada a entregar la mercancía en las condiciones estipuladas. Dichas condiciones y lugar de entrega suele expresarse utilizando uno de los términos comerciales internacionales (INCOTERMS). Por su parte el vendedor está obligado a responder por el buen estado de la mercancía en el momento de la entrega o puesta a disposición. La garantía del vendedor debe abarcar también los vicios y defectos ocultos que pudiese tener la cosa vendida. El comprador por su parte, debe de pagar el precio de la cosa den la divisa acordada en el contrato y en la Resolución CREG 063 fecha prevista. Además, está obligado a hacerse cargo de 2016. 4la mercancía en las condiciones pactadas. Para Puntos Los gastos accesorios a la operación, tales como son el seguro y el transporte, serán pagados por la parte a quien corresponda según se hayan pactado las condiciones de Entrega entrega de la mercancía.‌ El precio de la mercancía debe indicarse haciendo referencia a la cantidad que representa y a las condiciones de entrega. Ver tabla anexa. 1,000 $1,200.00 $1,500.00 2,000 $2,350.00 $2,650.00 3,000 $3,400.00 $3,700.00 En un contrato de distribución o de agencia el vendedor concede al adquiriente un derecho exclusivo de compra de su producto. El vendedor se compromete a no conectados al Sistema realizar expediciones de Transporte, remitir el Plan la mercancía a ninguna otra persona situada dentro del territorio exclusivo. Los pactos de Recibo al VENDEDOR dentro exclusividad suelen referirse siempre a un territorio aduanero. La concesión de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado un derecho de importación exclusiva trata de compensar ciertos riesgos y costes asumidos por el VENDEDORimportador, como son: el riesgo de la introducción de un nuevo producto, inversiones publicitarias, etc. En El contrato de agencia se concluye entre el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipuladofabricante y un intermediario local. El distribuidor compra las mercancías para revenderlas, el COMPRADOR entiende y acepta mientras que el VENDEDOR procederá con el envío agente se limita a servir de intermediario. El agente utiliza muestras y catálogos a los fines de cerrar operaciones en beneficio del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Productofabricante extranjero, el cual se considerará en firme le pagará a cambio una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5comisión. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos La concesión de la Nominación Diariaexclusividad en condición de agente o de distribución suele implicar un compromiso de alcanzar un volumen mínimo de ventas o de compras anuales. En Si el caso que distribuidor exclusivo no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar alcanza ese volumen mínimo, esto suele implicar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y perdida automática de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporteexclusividad. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 1 contract

Samples: Guía Rápida Sector Comercio Internacional

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR adjudicatario a la firma del documento de adjudicación o contrato xx xxxxx y en la escritura pública de compraventa de la finca declarará que conoce y acepta la situación actual existente, física, jurídica, superficie real, medioambiental, urbanística, de uso y aprovechamiento y situación registral del inmueble renunciando por ello a cualquier reclamación contra la propiedad (Correos) y que recibe el objeto del presente contrato en la situación en que se obliga frente encuentra como cuerpo cierto no teniendo nada que reclamar al VENDEDOR a lo siguientevendedor (Correos) respecto del mismo por ningún concepto o causa ni en ningún momento ya sea anterior o posterior al otorgamiento de la escritura renunciando expresamente al ejercicio de las acciones contempladas en los artículos 1.475 y siguientes y 1.484 y siguientes del Código Civil. En particular, el adjudicatario‐comprador quedará obligado a: 1. Recibir ) Asumir las servidumbres que tenga la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Reciboparcela, si las tuviera. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido ) Participar en la Resolución CREG 092 Entidad Urbanística de 2009Conservación, u órgano similar, que se constituya o aquellas estuviese constituido en el Polígono Industrial xx Xxxxxxxx, en el porcentaje que le corresponda en función de su aprovechamiento materializable. Esta participación comprenderá, entre otras cosas, la modifiquenaceptación incondicional de sus Estatutos y de la cuota que le correspondiese. A tal efecto, complementen o sustituyanel comprador se hará cargo del pago, si le hubiere, de la cuota que le correspondiese desde la formalización de la escritura pública de la compraventa, devengándose dicha cuota desde la constitución formal de la Entidad Urbanística (u órgano similar). 3. Abstenerse ) Proceder, en el plazo de comprar GLP de manera directa o a través un mes desde el otorgamiento de la representación escritura pública de otro comercializador mayorista cuando compraventa a presentar la misma ante el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario, con el fin de proceder a su inscripción, entregando a Correos justificante de dicha venta presentación. Una vez que la compradora tenga conocimiento cierto de Producto exceda su capacidad que dicha escritura pública ha sido inscrita en el Registro de comprala Propiedad y en el Catastro Inmobiliario se obliga a notificar tales circunstancias a Correos, debiendo aportar en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 el plazo máximo de 20165 días hábiles desde dichas inscripciones nota simple informativa y certificado catastral acreditativo de dichas circunstancias. 4. Para Puntos ) Asumir todos los gastos de Entrega no conectados al Sistema notaría, registro, impuestos (con excepción del Impuesto sobre incremento de Transportevalor de los bienes de naturaleza urbana‐plusvalía), remitir el Plan arbitrios, licencias, autorizaciones, tributos de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo cualquier clase o naturaleza y cualesquiera otros conceptos análogos que se deriven del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos otorgamiento de la Nominación Diariaescritura pública de compraventa, sea cual fuere el sujeto pasivo de los mismos. En Del impuesto sobre los Bienes Inmuebles, y otros gastos por conceptos de duración anual relativos al inmueble, cada parte abonará aquella cantidad que proporcionalmente le corresponda sobre el caso importe total anual en función del número de días que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado la haya poseído. De haberse efectuado por Correos el Programa pago por alguno de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista los conceptos mencionados en el Plan de Recibopárrafo anterior, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales vendedora repercutirá la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen parte proporcional correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación compradora, la cual se obliga a aceptar y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP pagar en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información plazo máximo de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte1 mes. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Para La Enajenación

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando apliquecomprador deberá cumplir todas las obligaciones que, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que ejecución del contrato, se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista establecen en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana presente pliego y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma condiciones particulares de pedidos los contratos y en concreto se compromete a: • Cumplir y obligar a cumplir para con sus trabajadores y contratas las vigentes normas de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día prevención de anticipación a la fecha riesgos laborales y de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación materia laboral y de la correspondiente toma Seguridad Social. • Dejar limpios de pedidos para asegurar restos y recortes los diferentes cargaderos y zonas de actuación. • Cumplir todas las condiciones indicadas en el retiro presente documento y los posteriores contratos que se suscriban. • Asumir el ritmo de suministro xx xxxxxx objeto de contrato, impuesto por el normal funcionamiento de las obras de tratamiento selvícola, así como la realización de la Nominación Aprobadacarga de la madera en aquellos cargaderos que designe la organización de la Agencia. • Vías de servicio. Se utilizarán como vías de saca, los caminos y sendas existentes en la zona objeto del aprovechamiento. No obstante, el adjudicatario podrá solicitar a su xxxxx, la construcción de las nuevas vías de saca que estime oportunas, que el cargue previamente habrán de las cisternas se efectúa ser autorizadas por un volumen inferior a Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y siempre en consonancia con la capacidad total referida Ley 7/2007, de 9 de julio, Gestión Integrada de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo Calidad Ambiental de Andalucía. El adjudicatario asumirá el repaso o mejora de los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos caminos necesarios para el cargue del producto, la información extracción de los precintos debe ser notificada previa al cargue productos del monte. Igualmente será responsable y despacho, esto con el fin deberá reparar los daños que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR se originen en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10caminos como consecuencia del aprovechamiento. Realizar las reclamaciones • El contratista está obligado a guardar sigilo respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa datos, antecedentes que, no siendo públicos o indirectamente notorios, estén relacionados con el objeto del Contratocontrato, de conformidad los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. • Los gastos derivados de la operación serán por cuenta del adquirente. Serán a cargo del adjudicatario los reglamentos técnicos gastos ocasionados por la realización de la transferencia de la madera, así como cualquier precio público o tributo que se encuentren vigentesdevengue. El adjudicatario queda obligado al pago de las indemnizaciones que pudieran surgir por los daños producidos en la retirada, manejo y transporte de la madera enajenada.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Administrativas

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR Contratar a lo siguiente: 1su entero costo y riesgo el transporte del Producto desde el Punto de Entrega. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través Enviar aceptación de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compraprogramación mensual enviada por EL VENDEDOR, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) 24 horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por envío de la misma. Enviar aceptación de la nominación máximo dentro de las dos horas siguientes contadas desde el VENDEDORmomento en que EL VENDEDOR envía el correo electrónico de nominación. En Recibir en el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipuladoPunto de Entrega la Cantidad Firme y la Cantidad Ocasional de Producto, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Productoprogramación mensual y las nominaciones, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega directamente o a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El del Transportador designado por EL COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR VENDEDOR, en los términos y condiciones establecidas en el presente Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento oportunamente dentro de los sistemas términos establecidos en el presente Contrato. Conocer, cumplir y hacer cumplir, a su costo, los requisitos exigidos por EL VENDEDOR para el transporte de tuberías Producto, los cuales se incluyen en los Anexos 1, 2 y accesorios 5 de este Contrato. En caso de incumplimiento de los mencionados requisitos, EL VENDEDOR se reserva el derecho de permitir el acceso de los carrotanques en el Punto de Entrega, e impondrá las sanciones establecidas en el presente Contrato. Para el retiro del Producto, EL COMPRADOR deberá dar cumplimiento a los siguientes anexos: Anexo 1 “A-SCM-CC-011 Anexo HSEQ Contratistas Riesgo 4-5 v5 (Col)”; Anexo 2 “E-HSEQ-S-023 ESTÁNDAR DE SEGURIDAD VIAL COLOMBIA”, los cuales se adjuntan al presente Contrato. Antes de dar inicio al cargue del Producto, EL COMPRADOR debe contar con la documentación requerida en el Estándar de Seguridad Vial de acuerdo con la tipología del vehículo, la cual será revisada por EL VENDEDOR en el punto de inspección que designe. Informar con al menos veinticuatro (24) horas de anticipación la placa del vehículo, capacidad máxima de carga, fecha y hora en la que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con presentará el objeto vehículo a retirar el Producto del Contrato, Punto de conformidad Entrega de acuerdo con los reglamentos técnicos procesos y anexos corporativos del VENDEDOR. Cada vez que se encuentren vigentespresente el vehículo para retirar el Producto, el vehículo deberá contar con las tablas de aforo vigentes debidamente certificadas por un ente acreditado por la ONAC y una copia de éstas deberá ser enviada por correo electrónico al Administrador del Contrato al inicio del presente Contrato o cuando sean modificadas. Cumplir con los requerimientos ambientales legales, reglamentarios y contractuales, así como de seguridad industrial asociada a la ejecución de este contrato. EL COMPRADOR declara y garantiza al VENDEDOR que las empresas de transporte que contratará para el transporte del Producto cuentan con un Plan de Contingencia para el transporte terrestre de este tipo de carga, que se encuentre aprobado por la Autoridad Ambiental competente en los términos de la legislación nacional colombiana vigente. EL COMPRADOR deberá responsabilizarse por los daños ambientales que cause cualquier contingencia que se presente en la operación a partir del Punto de Entrega, asumiendo todos los costos de reparación y/o compensación y/o sanción por la autoridad ambiental. Las basuras y desechos generados por el Transportador serán tratados y evacuados por cuenta y a costo de éste, en cumplimiento con la legislación nacional colombiana aplicable. EL COMPRADOR se obliga a contratar con una compañía especializada, certificada y con experiencia en atención de contingencias para la atención de cualquier contingencia que se presente en la operación de transporte. EL COMPRADOR se obliga a dar respuesta a los eventos ambientales y sociales en un plazo máximo de una (1) hora, con la empresa de contingencias que se disponga para tal fin. EL COMPRADOR deberá reportar a las autoridades ambientales correspondientes cualquier contingencia que se llegue a presentar, deberá presentar el reporte de cierre de evento, los paz y salvo tanto de las corporaciones autónomas regionales, como de los predios, equipos, terceros afectados y del contratista y/o de los contratistas que prestaron la respuesta a la emergencia.

Appears in 1 contract

Samples: Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. En caso de que, para realizar la Instalación del SFV se requiera algún tipo de autorización o permiso en el Inmueble, el COMPRADOR será el responsable de contar con dichas aprobaciones para que EL VENDEDOR pueda realizar la debida Instalación. El COMPRADOR se obliga frente a garantizar el acceso de EL VENDEDOR y sus subcontratistas al Inmueble en las fechas que señale EL VENDEDOR previamente, a lo siguiente: 1largo de la vigencia del presente Contrato, incluyendo, pero sin limitarse a la etapa de implementación del SFV. Recibir EL COMPRADOR deberá garantizar a EL VENDEDOR durante la Cantidad Nominada instalación del SFV en el Inmueble, el servicio de energía eléctrica e internet. EL COMPRADOR se compromete a hacer todo lo posible por brindar al personal de EL VENDEDOR un espacio con condiciones seguras para la respectiva implementación del SFV. EL COMPRADOR no podrá cambiar el sitio de ubicación de los Equipos y Aceptada el SFV, luego de GLP durante firmado el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte crédito celebrado con SEOS ENERGY S.A.S BIC y durante la vigencia del mismo. Durante la vigencia del contrato de conformidad con lo establecido crédito celebrado entre EL COMPRADOR y SEOS ENERGY S.A.S BIC, el Sistema de Energía Solar Fotovoltaica deberá permanecer instalado en la Resolución CREG 092 dirección de 2009su respectiva instalación en el inmueble señalado por el COMPRADOR, obligándose éste a no mover, no modificar, no ajustar, ni intervenir ni manipular de forma alguna, de forma directa, o aquellas por parte de un tercero no autorizado, el bien. EL COMPRADOR no podrá hacer un uso anormal de los Equipos ni del SFV. EL COMPRADOR se obliga a acatar las recomendaciones que la modifiquensolicite EL VENDEDOR para el correcto funcionamiento del Sistema, complementen o sustituyan. 3tales como mantener podados los árboles que generen sobra al Sistema, remoción de escombros, etc. Abstenerse EL COMPRADOR se compromete a no llevar a cabo ningún tipo de comprar GLP de manera acción y omisión que afecte el correcto funcionamiento del Sistema. El COMPRADOR autoriza a SEOS ENERGY S.A.S BIC para que, directa o indirectamente a través de sus aliados estratégicos, opere y administre de manera remota el SFV con el objeto de hacer un seguimiento al funcionamiento, optimizar los costos de electricidad y mantener la representación confiabilidad de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4red eléctrica. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el EL COMPRADOR entiende y acepta que para el correcto monitoreo del SFV es necesario que el Inmueble cuente con acceso a internet y así lo garantiza el COMPRADOR. En caso de cualquier modificación, cambio de clave, etc. el COMPRADOR deberá notificar al VENDEDOR procederá con el envío del Plan y a SEOS ENERGY S.A.S BIC en este sentido, dentro de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual los dos (2) días calendario siguientes. EL COMPRADOR se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al compromete a notificar a EL VENDEDOR dentro de las doce (12) 24 horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por siguientes, cuando considere que el SFV está presentando fallas, inexactitudes o está en peligro. EL COMPRADOR se compromete a notificar a EL VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día 24 horas siguientes cuando decida solicitar cambio de anticipación a la fecha Operador de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación AprobadaRed/ Comercializador. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos entiende que, al tratarse de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior sistema solar interconectado a la capacidad total red continuará recibiendo facturas de su comercializador, Operador de Red o comercializador integrado y que para su funcionamiento requiere del servicio de energía eléctrica convencional. Por lo anterior, se abstendrá de hacer cualquier reclamación en la mismamateria. EL COMPRADOR se compromete a no remover ningún tipo de identificación, debido marca, referencia, etc. con la que estén marcados los Equipos que componen el SFV. EL COMPRADOR autoriza al VENDEDOR a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP instalar en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada Inmueble una placa informativa en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas que se señale que éste cuenta con un SFV instalado por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11financiado por SEOS ENERGY S.A.S. BIC. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente SFV con el objeto VENDEDOR o con quien SEOS ENERGY S.A.S. BIC le señale, por lo menos durante la vigencia del Contratocontrato de crédito suscrito con SEOS ENERGY S.A.S BIC. Las tarifas por dicho servicio de mantenimiento obligatorio serán definidas en su momento. Parágrafo Primero: En caso de que EL COMPRADOR manipule el Sistema o permita que, de conformidad alguna forma, el SFV sea manipulado, modificado, ajustado, etc. exonerará al VENDEDOR de cualquier responsabilidad relacionada con los reglamentos técnicos el funcionamiento del SFV. Parágrafo Segundo: EL COMPRADOR entiende y acepta que se encuentren vigentescualquier falta de información, acto, omisión, etc. de su parte, exonerará al VENDEDOR de cualquier responsabilidad en este sentido y no podrá considerarse como un incumplimiento del VENDEDOR.

Appears in 1 contract

Samples: Compraventa

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR Su obligación fundamental es pagar el precio: en el tiempo y lugar fijados en el contrato, o, a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada falta de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de comprapacto, en los términos establecidos el tiempo y lugar en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita haga la entrega de Producto la cosa vendida. Habrá que atender a los términos del contrato. El TS, en relación con transporte y entrega de la cosa y pago del precio, entiende que, cuando las mercancías viajan “x xxxxxx pagados”, se entienden entregadas en el domicilio del comprador, asumiendo el vendedor el riesgo hasta ese momento, y allí deberá hacerse el pago. Si viajan “x xxxxxx debidos”, se entienden entregadas en el domicilio del vendedor, y allí deberá hacerse el pago; respecto al “posterior” transporte, las mercancías se entienden remitidas por cuenta y riesgo del comprador. Señala el art. 1501 CC que, si media un lapso de tiempo entre la entrega de la cosa y el pago del precio (habrá que atender a los pactos concretos), el comprador deberá pagar intereses: 1) Si así se hubiera convenido. 2) Cuando la cosa vendida (y entregada) produce fruto o renta; 3) Si el comprador se ha constituido en xxxx. El comprador podrá suspender el pago del precio si fuese perturbado en la posesión o tuviere fundado temor de serlo por una acción reivindicatoria o hipotecaria: hasta que el vendedor haga cesar la perturbación, o afiance la devolución del precio (salvo que las partes hubieran convenido que el comprador renuncia a esta facultad de suspender el pago pase lo que pase). En la compraventa de inmuebles, de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas 1503.1 CC, si, una vez entregada la realizará cosa, el COMPRADOR con vendedor tuviere fundado motivo para temer la pérdida del precio (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobadaes decir, que el cargue comprador no va a cumplir este pago), “podrá promover inmediatamente la resolución de la venta”. No es necesario ni siquiera esperar a que el comprador no cumpla. No cabría aplicar el precepto (apunta DÍEZ-XXXXXX) si el precio aplazado estuviera garantizado. El art. 1504 CC contempla un régimen especial, para la resolución por incumplimiento del pago del precio en la compraventa, que supone mayor rigor para el comprador, y más protección para el vendedor, respecto al régimen general de la resolución del art. 1124 Cc. Veamos: Puede suceder que las cisternas partes pacten (condición resolutoria explícita, pacto comisorio o pacto de lex commisoria) que la falta de pago del precio, o de la porción que sea, al llegar el plazo convenido, suponga “automáticamente” la resolución de la compraventa. Entonces, el Código, admite este pacto, pero aclara sus efectos, suavizándolos: establece este art. 1504 que, en ese caso, “el comprador podrá pagar, aun después de expirado el término”, mientras no haya sido requerido judicialmente o por acta notarial. Este es un requerimiento de resolución (que no se efectúa confunde con una eventual demanda, ha de ser anterior a ella), y entonces sí, realizado el “requerimiento” se produce automáticamente la resolución y “el juez no podrá conceder al comprador nuevo término”: Por lo tanto, el art. 1504 acepta la posibilidad de un pacto especial, más rígido para el deudor, porque el juez no puede concederle nuevo plazo, como sí sucede en el régimen general del art. 1124 (otra cosa sería que el vendedor se arrepienta y acepte luego un pago “retrasado”, “perdonando” la resolución; o que conceda un nuevo plazo, pasado el cual, la resolución, entonces sí, sería “automática” en sentido estricto). Pero, al mismo tiempo, el 1504 deja claro que no existe en nuestro ordenamiento una resolución completamente automática: pasado el plazo, el deudor puede todavía pagar, mientras no reciba el requerimiento resolutorio. La utilidad de este pacto resolutorio explícito es que puede ser inscrito en el Registro de la propiedad (art. 11 LHipotecaria), y entonces, afectará a cualquier tercero que hubiera adquirido el bien del comprador, adquiriendo un “efecto real”. Esta especialidad, aparentemente, entraría en juego sólo si así se ha pactado (se habla de “condición resolutoria explícita”). Pero doctrina y jurisprudencia, desde hace cierto tiempo, han extendido la aplicación de este sistema a cualquier resolución por falta de pago del precio en la compraventa, aunque no haya pacto resolutorio explícito. Por otra parte, la Jurisprudencia, sobre todo durante los años 80, desvirtuó un volumen inferior tanto el efecto del pacto resolutorio explícito, pues indicó que el art. 1504 sólo es un “complemento” o “especialidad” de la facultad general de resolución por incumplimiento del art. 1124, y por lo tanto, aún llegado el término y realizado el requerimiento, si el comprador no se allana a la capacidad total “ejecución” de la mismaresolución, debido el vendedor no va a que poder, por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) ejemplo, ir directamente al Registro de la capacidad total propiedad y obtener la reinscripción del bien en su favor. Si el deudor se opone a los efectos de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas resolución, habrá que transportan GLP esperar que el Juez valore si ha habido realmente incumplimiento, si el vendedor por su parte ha cumplido lo que le incumbe, incluso valorar si el retraso en el País pago del deudor supone una “voluntad deliberadamente rebelde al cumplimiento”, o al menos un incumplimiento suficientemente intencional y demás Resoluciones de cierta gravedad, en la economía del contrato. En los años 90 la situación ha cambiado en parte: la resolución “automática” sigue siendo menos automática de lo que emita parece, si el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue deudor no se allana a ella, pero, igual que ha sucedido en la interpretación del productoart. 1124, la información jurisprudencia entiende que basta una contemplación objetiva del incumplimiento, con frustración del interés del acreedor, para que opere la resolución. En la Ley de venta de Bienes Muebles a plazos, el art. 10 establece que, en caso de que el comprador demore el pago de dos plazos, o el último de ellos, el vendedor puede optar entre exigir el pago de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despachoplazos pendientes o la resolución del contrato. Y en caso de resolución, esto con el fin las indemnizaciones o penalizaciones que sea relacionada puede exigir (o deducir del precio percibido que tenga que restituir) tienen límites tasados en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en este precepto, para evitar los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones abusos respecto del Productocomprador incumplidor. Asimismo (art. 11), de manera responsable y oportunalos jueces, por justa causa apreciada discrecionalmente, pueden conceder nuevos plazos al deudor, determinando en su caso el recargo por el nuevo aplazamiento. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Compraventa

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir Remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce ocho (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) 8) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR. 63. Asegurar que las cisternas enviadas al Campo cumplan con la disponibilidad capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Diaria. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de recursos para esta obligación y de la correspondiente toma de pedido pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Diaria, que habilita el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la entrega capacidad total de Producto la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan mínimo a un noventa por ciento (90%) de acuerdo con el Plan la capacidad total de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anterioresla cisterna. 4. La Realizar la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes día y serán anulados aquellos cuyas cisternas no hayan hecho presencia en el Campo o hayan sido devueltas por inconvenientes relacionados con excepción temas de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará HSE el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista previsto en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 95. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR ECOPETROL en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 106. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable responsable, oportuna y oportunadentro de los términos establecidos en el presente documento. 7. Cumplir a cabalidad con todas y cada una de las normas, procedimientos, instructivos que en materia de HSE existan en la planta de GLP de Cusiana implementadas por el VENDEDOR o por el Operador del Campo, las cuales serán dadas a conocer previo el inicio de las actividades. En caso de que existan modificaciones a las normas, procedimientos, instructivos que en materia de HSE existan en la planta de GLP de Cusiana, las mismas serán puestas en conocimiento del COMPRADOR con la debida antelación. En consecuencia, el COMPRADOR autoriza al VENDEDOR y/o al Operador del Campo a que se proceda con la quema del Producto en caso de que se presenten fugas o escapes de las cisternas que puedan poner en riesgo la seguridad del Campo, de conformidad con lo establecido en las normas, procedimientos, instructivos que en materia de HSE se encuentren vigentes. Esta autorización, implica de manera expresa la renuncia por parte del COMPRADOR a reclamar valor alguno al VENDEDOR o al Operador del Campo por este concepto. 8. Cumplir a cabalidad con las disposiciones legales sobre prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le sean aplicables, implementando con eficiencia y oportunidad las políticas y los procedimientos necesarios para tal fin. Para verificar el cumplimiento de esta obligación el VENDEDOR tendrá derecho a realizar o solicitar auditorías financieras, operativas o de cumplimiento al COMPRADOR sus subcontratistas, proveedores y agentes o exigir que el COMPRADOR presente evaluaciones de su auditoría interna, revisoría o de un consultor externo calificado; y para ello el COMPRADOR se obliga a establecer los mecanismos necesarios. 9. No realizar operaciones con personas o entidades cuyos recursos provengan de actividades ilícitas de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o sobre quienes se tengan dudas fundadas sobre el origen de sus recursos, con base en informaciones públicas. 10. Respetar y acatar el Código de Buen Gobierno, las Políticas de Responsabilidad Integral y Responsabilidad Social Empresarial del VENDEDOR, Código de Ética y las políticas de prevención, control y administración del riesgo xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del VENDEDOR. Para estos efectos, el COMPRADOR declara conocer dichos documentos. 11. Realizar Abstenerse de utilizar sus operaciones como instrumento para el mantenimiento ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, o destinadas a la realización de actividades ilícitas. 12. Informar al VENDEDOR y denunciar ante la autoridad competente el acaecimiento de delitos que le afecten personalmente, de cuya comisión tenga conocimiento, especialmente con los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo según lo exige el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004 y las que la modifiquen o deroguen). 13. Reportar al VENDEDOR, los incidentes o novedades que puedan afectar su imagen o reputación y/o la del VENDEDOR, dentro de los sistemas tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de tuberías aquellos, a efectos de dar un manejo consensuado a los mismos. 14. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información y accesorios a las aclaraciones que solicite el VENDEDOR en el desarrollo del COMPRADOR Contrato. 15. Informar al VENDEDOR el hecho que se utilicen para conducir GLP asociados directa sea incluido en alguna de las listas restrictivas nacionales o indirectamente internacionales relacionadas con el objeto lavado de activos y la financiación del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentesterrorismo.

Appears in 1 contract

Samples: Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR Pago del precio: la obligación principal del comprador consiste en pagar el precio de la cosa en le forma, tiempo y lugar convencidos (art.380 x.xxx). A falta del convenio lo deberá pagar de contado, la demora en el pago del precio lo constituirá en la obligación de pagar réditos al tipo legal sobre la cantidad que se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1adeude. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad Salvo pacto en contrario, las cantidades que con el respectivo Plan carácter de Recibocantidad de dinero que da el comprador para asegurar el contrato o su cumplimiento se entreguen, se reputarán dadas a cuenta del precio (art.381 x.xxx. 2). Cuando apliqueMientras las mercancías vendidas continúen en poder del vendedor, suscribir aunque sea en calidad de deposito, éste tendrá preferencia sobre ellas, con respecto a cualquier acreedor, para ser pagado de lo que se adeude por cuenta del precio de las mismas (art.385 x.xxx.). La xxxx en recibir obliga al comprador a pagar al vendedor el respectivo alquiler de las bodegas o continentes en que se guarde lo vendido (art.2292 c. civ.) Obligaciones comunes: Son obligaciones de las partes, comunes del comprador y del vendedor, las de respetar el contrato con todos sus pactos lícitos y cláusulas y estar a las responsabilidades del dolo, culpa, etc.; y la de transporte satisfacer por mitad los gastos de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 escritura y registro. Incumplimiento de 2009, o aquellas una de las partes: El artículo 37 del Código de Comercio menciona que el contratante incumplido deberá ser condenado a admitir la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa rescisión del contrato o a través cumplirlo y, en cualquiera de los dos casos, al pago de daños y perjuicios. Sin embargo, si el comprador es un consumidor y es él el que incurre en xxxx tal precepto del artículo anteriormente mencionado no será aplicable si ya pagó más de la representación tercera parte del precio o del número total de otro comercializador mayorista cuando dicha venta pagos convenidos, pues si ya lo hizo será él quien decida entre la rescisión o el pago del adeudo vencido más las prestaciones que legalmente procedan. Falta de Producto exceda su capacidad cumplimiento: Las mismas acciones analizadas anteriormente competen al comprador por xxxx o defectuoso cumplimiento del vendedor, pero el Código de compra, Comercio incluye otras normas protectoras de los intereses del comprador: Salvo pacto en los términos establecidos en contrario las arras (Un pago parcial del comprador al vendedor como muestra de la Resolución CREG 063 de 2016. 4buena fe para culminar la transacción) se tomarán a cuenta del precio. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo El vendedor responde del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En saneamiento para el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipuladode evicción. El vendedor responde de la deficiente calidad o cantidad de los bienes, el COMPRADOR entiende pero también de los vicios ocultos, cinco y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan treinta días respectivamente para reclamar. La falta de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido pago por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos comprador acarrea, en caso de Entrega conectados al Sistema de Transporteque las mercaderías se encuentren en poder del vendedor, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos la constitución de la Nominación Diariaprenda para garantizarle, con respecto a otros acreedores, el pago del precio. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.Modalidades:

Appears in 1 contract

Samples: Compraventa Mercantil

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el cada Mes de Entregas del plazo de ejecución del 2. Garantizar el recibo del Producto a través de buques gaseros en el Punto de Entrega del Comercializador Mayorista, de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato Los buques gaseros deben tener en cuenta las restricciones del Terminal Marítimo de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyanGLP. 3. Abstenerse Asegurar que los buques gaseros semipresurizados que sean nominados para una Ventana cumplan, para cada cargue de comprar GLP GLP, con el procedimiento para la aprobación de manera directa o a través buques de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016.Ecopetrol S.A. 4. Para Puntos Someterse a las inspecciones que el Terminal Marítimo de Entrega no conectados al Sistema Gas Licuado de TransportePetróleo efectúe a los buques. Especialmente el formato Q88 y GAS C Form. Los buques mayores a quince (15) años deben presentar la revisión CAP1. 5. Garantizar que los buques gaseros semipresurizados cumplan con las normas de Vetting del VENDEDOR para cada cargue, remitir para lo cual deben contar con la aprobación y VoBo por parte de la Coordinación de Operaciones y Mantenimiento Caribe de la Vicepresidencia de Transporte de Ecopetrol S.A. 6. Contratar un inspector independiente para certificar la cantidad y calidad en cada cargue. 7. Remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce ocho (12) 8) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado de la Programación de Entregas enviada por el VENDEDOR. En el caso que de no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido recibir ninguna respuesta por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de TransporteCOMPRADOR, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día acepta en su totalidad la Programación de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completaEntregas. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR ECOPETROL en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 109. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable responsable, oportuna y oportunadentro de los términos establecidos en el presente documento. 10. Cumplir a cabalidad con las disposiciones legales sobre prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le sean aplicables, implementando con eficiencia y oportunidad las políticas y los procedimientos necesarios para tal fin. Para verificar el cumplimiento de esta obligación el VENDEDOR tendrá derecho a realizar o solicitar auditorías financieras, operativas o de cumplimiento al COMPRADOR sus subcontratistas, proveedores y agentes o exigir que el COMPRADOR presente evaluaciones de su auditoría interna, revisoría o de un consultor externo calificado; y para ello el COMPRADOR se obliga a establecer los mecanismos necesarios. 11. Realizar No realizar operaciones con personas o entidades cuyos recursos provengan de actividades ilícitas de las contempladas en el mantenimiento Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o sobre quienes se tengan dudas fundadas sobre el origen de sus recursos, con base en informaciones públicas. 12. Respetar y acatar el Código de Buen Gobierno, las Políticas de Responsabilidad Integral y Responsabilidad Social Empresarial del VENDEDOR, Código de Ética y las políticas de prevención, control y administración del riesgo xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del VENDEDOR. Para estos efectos, el COMPRADOR declara conocer dichos documentos. 13. Abstenerse de utilizar sus operaciones como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, o destinadas a la realización de actividades ilícitas. 14. Informar al VENDEDOR y denunciar ante la autoridad competente el acaecimiento de delitos que le afecten personalmente, de cuya comisión tenga conocimiento, especialmente con los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo según lo exige el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004 y las que la modifiquen o deroguen). 15. Reportar al VENDEDOR, los incidentes o novedades que puedan afectar su imagen o reputación y/o la del VENDEDOR, dentro de los sistemas tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de tuberías aquellos, a efectos de dar un manejo consensuado a los mismos. 16. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información y accesorios a las aclaraciones que solicite el VENDEDOR en el desarrollo del COMPRADOR Contrato. 17. Informar al VENDEDOR el hecho que se utilicen para conducir GLP asociados directa sea incluido en alguna de las listas restrictivas nacionales o indirectamente internacionales relacionadas con el objeto lavado de activos y la financiación del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentesterrorismo.

Appears in 1 contract

Samples: Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el cada Mes de Entregas del plazo de conformidad con el respectivo Plan de Recibo.ejecución del 2. Cuando aplique, suscribir Suscribir el respectivo contrato para garantizar el recibo del Producto en el Punto de transporte de conformidad con lo establecido en Entrega del Comercializador Mayorista, el almacenamiento y la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyanentrega final del Producto. 3. Abstenerse Remitir el Plan de comprar GLP Recibo al VENDEDOR dentro de manera directa o a través las ocho (8) horas hábiles siguientes al recibo de la representación Programación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta Entregas enviada por el VENDEDOR para efectos de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4Nominación Diaria. Para Puntos el ciclo del mes de Entrega no conectados septiembre, el cual irá del día veintidós (22) al Sistema de Transportedía treinta (30), el COMPRADOR deberá remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce cuatro (124) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa Programación de Entregas enviado enviada por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR. 64. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega el respectivo retiro de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma disponibilidad de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere recursos para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completapedido deberá asegurarse un día antes de la entrega. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 95. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR ECOPETROL en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 106. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable responsable, oportuna y oportunadentro de los términos establecidos en el presente documento. 7. Cumplir a cabalidad con las disposiciones legales sobre prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le sean aplicables, implementando con eficiencia y oportunidad las políticas y los procedimientos necesarios para tal fin. Para verificar el cumplimiento de esta obligación el VENDEDOR tendrá derecho a realizar o solicitar auditorías financieras, operativas o de cumplimiento al COMPRADOR sus subcontratistas, proveedores y agentes o exigir que el COMPRADOR presente evaluaciones de su auditoría interna, revisoría o de un consultor externo calificado; y para ello el COMPRADOR se obliga a establecer los mecanismos necesarios. 8. No realizar operaciones con personas o entidades cuyos recursos provengan de actividades ilícitas de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o sobre quienes se tengan dudas fundadas sobre el origen de sus recursos, con base en informaciones públicas. 9. Respetar y acatar el Código de Buen Gobierno, las Políticas de Responsabilidad Integral y Responsabilidad Social Empresarial del VENDEDOR, Código de Ética y las políticas de prevención, control y administración del riesgo xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del VENDEDOR. Para estos efectos, el COMPRADOR declara conocer dichos documentos. 10. Abstenerse de utilizar sus operaciones como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, o destinadas a la realización de actividades ilícitas. 11. Realizar Informar al VENDEDOR y denunciar ante la autoridad competente el mantenimiento acaecimiento de delitos que le afecten personalmente, de cuya comisión tenga conocimiento, especialmente con los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo según lo exige el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004 y las que la modifiquen o deroguen). 12. Reportar al VENDEDOR, los incidentes o novedades que puedan afectar su imagen o reputación y/o la del VENDEDOR, dentro de los sistemas tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de tuberías aquellos, a efectos de dar un manejo consensuado a los mismos. 13. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información y accesorios a las aclaraciones que solicite el VENDEDOR en el desarrollo del COMPRADOR Contrato. 14. Informar al VENDEDOR el hecho que se utilicen para conducir GLP asociados directa sea incluido en alguna de las listas restrictivas nacionales o indirectamente internacionales relacionadas con el objeto lavado de activos y la financiación del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentesterrorismo.

Appears in 1 contract

Samples: Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir Remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce ocho (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) 8) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR. 63. Asegurar Realizar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 94. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR ECOPETROL y/o REFICAR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato.el 105. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable responsable, oportuna y oportunadentro de los términos establecidos en el presente documento. 116. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes. 7. Cumplir a cabalidad con las disposiciones legales sobre prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le sean aplicables, implementando con eficiencia y oportunidad las políticas y los procedimientos necesarios para tal fin. Para verificar el cumplimiento de esta obligación el VENDEDOR tendrá derecho a realizar o solicitar auditorías financieras, operativas o de cumplimiento al COMPRADOR sus subcontratistas, proveedores y agentes o exigir que el COMPRADOR presente evaluaciones de su auditoría interna, revisoría o de un consultor externo calificado; y para ello el COMPRADOR se obliga a establecer los mecanismos necesarios. 8. No realizar operaciones con personas o entidades cuyos recursos provengan de actividades ilícitas de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o sobre quienes se tengan dudas fundadas sobre el origen de sus recursos, con base en informaciones públicas. 9. Respetar y acatar el Código de Buen Gobierno, las Políticas de Responsabilidad Integral y Responsabilidad Social Empresarial del VENDEDOR, Código de Ética y las políticas de prevención, control y administración del riesgo xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del VENDEDOR. Para estos efectos, el COMPRADOR declara conocer dichos documentos. 10. Abstenerse de utilizar sus operaciones como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, o destinadas a la realización de actividades ilícitas. 11. Informar al VENDEDOR y denunciar ante la autoridad competente el acaecimiento de delitos que le afecten personalmente, de cuya comisión tenga conocimiento, especialmente con los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo según lo exige el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004 y las que la modifiquen o deroguen). 12. Reportar al VENDEDOR, los incidentes o novedades que puedan afectar su imagen o reputación y/o la del VENDEDOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de aquellos, a efectos de dar un manejo consensuado a los mismos. 13. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información y a las aclaraciones que solicite el VENDEDOR en el desarrollo del Contrato. 14. Informar al VENDEDOR el hecho que sea incluido en alguna de las listas restrictivas nacionales o internacionales relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Appears in 1 contract

Samples: Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir Suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir Remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR. 64. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un el día de anticipación a anterior hábil la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del de igual manera para el fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 75. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 96. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR ECOPETROL en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 107. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable responsable, oportuna y oportunadentro de los términos establecidos en el presente documento. 118. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes. 9. Cumplir a cabalidad con las disposiciones legales sobre prevención y control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo (LA/FT) que le sean aplicables, implementando con eficiencia y oportunidad las políticas y los procedimientos necesarios para tal fin. Para verificar el cumplimiento de esta obligación el VENDEDOR tendrá derecho a realizar o solicitar auditorías financieras, operativas o de cumplimiento al COMPRADOR sus subcontratistas, proveedores y agentes o exigir que el COMPRADOR presente evaluaciones de su auditoría interna, revisoría o de un consultor externo calificado; y para ello el COMPRADOR se obliga a establecer los mecanismos necesarios. 10. No realizar operaciones con personas o entidades cuyos recursos provengan de actividades ilícitas de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo sustituya, adicione, o modifique, o sobre quienes se tengan dudas fundadas sobre el origen de sus recursos, con base en informaciones públicas. 11. Respetar y acatar el Código de Buen Gobierno, las Políticas de Responsabilidad Integral y Responsabilidad Social Empresarial del VENDEDOR, Código de Ética y las políticas de prevención, control y administración del riesgo xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) del VENDEDOR. Para estos efectos, el COMPRADOR declara conocer dichos documentos. 12. Abstenerse de utilizar sus operaciones como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento, en cualquier forma, de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o para dar apariencia de legalidad a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, o destinadas a la realización de actividades ilícitas. 13. Informar al VENDEDOR y denunciar ante la autoridad competente el acaecimiento de delitos que le afecten personalmente, de cuya comisión tenga conocimiento, especialmente con los delitos relacionados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo según lo exige el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004 y las que la modifiquen o deroguen). 14. Reportar al VENDEDOR, los incidentes o novedades que puedan afectar su imagen o reputación y/o la del VENDEDOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de aquellos, a efectos de dar un manejo consensuado a los mismos. 15. Dar respuesta oportuna a los requerimientos de información y a las aclaraciones que solicite el VENDEDOR en el desarrollo del Contrato. 16. Informar al VENDEDOR el hecho que sea incluido en alguna de las listas restrictivas nacionales o internacionales relacionadas con el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Appears in 1 contract

Samples: Gas Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR adjudicatario, a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada firma del contrato xx xxxxx y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 escritura pública de 2009compraventa del inmueble, o aquellas que la modifiquendeclarará, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan punto 6º de Recibo este Pliego, que conoce y garantizar acepta la situación actual existente, física, jurídica, superficie real, medioambiental, urbanística, de uso y aprovechamiento y situación registral del inmueble, que ha sido examinado por expertos a su conformidad, renunciando por ello a cualquier reclamación contra la Propiedad (Correos) y que recibe el objeto del presente contrato en la situación en que se encuentra como cuerpo cierto no teniendo nada que reclamar al vendedor (Correos) respecto del mismo por ningún concepto o causa ni en situación ningún momento ya sea anterior o posterior al otorgamiento de cumplimiento con la escritura renunciando expresamente al ejercicio de las obligaciones de pago acciones contempladas en los artículos 1.475 y facturación con relación a sus pedidos anterioressiguientes y 1.484 y siguientes del Código Civil. La toma no formalización del contrato xx xxxxx en el plazo establecido, salvo que en el mismo plazo se firme la escritura pública de pedidos compra-venta sin mediar formalización de las cantidades programadas contrato xx xxxxx, supondrá el desistimiento automático por el adjudicatario de su oferta, con pérdida de la realizará cantidad entregada en concepto de Fianza. En particular, el COMPRADOR con (adjudicatario-comprador quedará obligado a: 1) Proceder, en el plazo de un día mes desde el otorgamiento de anticipación la escritura pública de compraventa a presentar la misma ante el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario, con el fin de proceder a su inscripción definitiva, entregando a Correos justificantes de dichas presentaciones e inscripciones. Una vez que la compradora tenga conocimiento cierto de que dicha escritura pública ha sido inscrita en el Registro de la Propiedad y en el Catastro Inmobiliario, se obliga a notificar tales circunstancias a Correos, debiendo aportar en el plazo máximo de 5 días hábiles desde dichas inscripciones nota simple informativa y certificado catastral acreditativo de dichas circunstancias. 2) Asumir todos los gastos de notaría, registro, impuestos (excluido el Impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana-plusvalía), arbitrios, licencias, autorizaciones, tributos de cualquier clase o naturaleza y cualesquiera otros conceptos análogos que se deriven del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, sea cual fuere el sujeto pasivo de los mismos. Del Impuesto sobre los Bienes Inmuebles, y otros gastos por conceptos de duración anual relativos al inmueble, cada parte pagará aquella cantidad que proporcionalmente le corresponda, sobre el importe total anual en función del número de días que la haya sido propietario. De haberse efectuado por Correos el pago por alguno de los conceptos mencionados en el párrafo anterior, la vendedora repercutirá la parte proporcional correspondiente a la compradora, la cual se obliga a aceptar y pagar en el plazo máximo de 1 mes. 3) Si durante el primer año inmediatamente posterior a la fecha de retiro firma de la escritura de compraventa, el adjudicatario y nuevo propietario del Producto prevista inmueble transfiriese la propiedad de éste a un tercero, obteniendo con ello una plusvalía, estaría obligado a pagar a Correos un 50 % de esa plusvalía, mientras que si la venta se produjera durante el segundo o tercer año, esa obligación de pago se reduciría al 30 % de la plusvalía obtenida. Esta circunstancia deberá constar en la propia escritura pública de compraventa. A este respecto el Plan adjudicatario se compromete a informar a Correos de Recibola transmisión del inmueble durante el periodo indicado, sin perjuicio de que Correos pueda requerir cualquier tipo de información o documentación relativa a excepción la titularidad del fin de semana y puentes festivosinmueble, en los que la toma caso de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y existir indicios o certeza de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas transmisión del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transportemismo. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 1 contract

Samples: Enajenación De Activo

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. El EL COMPRADOR tendrá las siguientes obligaciones de carácter general, una vez se obliga frente al VENDEDOR a lo siguienteperfeccione el presente contrato: 1. Recibir Presentar el anteproyecto de las obras que desarrollará en el bien objeto del presente contrato, para la Cantidad Nominada y Aceptada aprobación de GLP durante el Mes LA AUTORIDAD (VENDEDORA), la cual se realizará de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con acuerdo a lo establecido en la Resolución CREG 092 número doscientos sesenta y cinco - dos mil dos (N°265-2002) de 2009treinta (30) de diciembre de dos mil dos (2002), del Ministerio de Vivienda, mediante la cual se aprueban las restricciones a la Norma de Desarrollo Urbano Comercial de Alta Densidad C dos (2), aprobada para los lotes de la Parcela número quince (N°15) del Proyecto Turístico Xxxxxx y las Guías de Diseño del Proyecto Turístico Xxxxxx y el mismo deberá ser ajustado de acuerdo a las observaciones que se le formulen; 2. En caso de que EL COMPRADOR o aquellas futuro adquirente, requiera realizar algún tipo de construcción, deberá consultar a la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), si debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental de conformidad con lo dispuesto por esa institución. De requerirse la presentación del Estudio de Impacto Ambiental, para determinar el impacto que la modifiquense pueda producir en el medio ambiente; y cumplir con las medidas pertinentes de mitigación al potencial daño ambiental, complementen EL COMPRADOR o sustituyanfuturo (a) adquirente debe contar con dicha aprobación al momento de iniciar el desarrollo de su proyecto. 3. Abstenerse Cumplir con las normas y exigencias legales establecidas por el Ministerio de comprar GLP Vivienda (MIVI), Ministerio de manera directa o a través Obras Públicas (MOP), Autoridad del Canal de Panamá (ACP), Autoridad Marítima de Panamá (AMP), Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), Autoridad de la representación Región Interoceánica (ARI), la Autoridad de otro comercializador mayorista cuando dicha venta Aeronáutica Civil (AAC), Municipio de Producto exceda su capacidad de compraPanamá, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016y demás autoridades competentes. 4. Para Puntos Suscribir el Convenio de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo Responsabilidades Comunes del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDORComplejo Turístico Xxxxxx. 5. Para Puntos Mantener a LA AUTORIDAD (VENDEDORA), libre de Entrega conectados al Sistema de Transportecualquier responsabilidad, remitir por daños a terceras personas, causados por la construcción en el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de bien descrito en la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDORCláusula Segunda. 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo Cumplir con el Plan de Recibo las leyes y garantizar reglamentos vigentes o que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista dicten en el Plan futuro emanadas de Reciboautoridades públicas competentes, a excepción relacionadas con policía, reglamentación del fin comercio y del turismo, sanidad, seguridad social, normas de semana seguridad industrial y puentes festivosde aseo, servidumbres y protección del régimen ecológico y medio ambiente, que sean aplicables al bien antes indicado, descrito en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) díaCláusula Segunda. 7. Asegurar que la información EL COMPRADOR, acepta y se compromete a proteger y conservar toda manifestación de xxxx xxxxxxxxx que se requiere encuentre en el terreno correspondiente a la Finca, para beneficio y salvaguarda de los ecosistemas naturales, según los términos y condiciones establecidos en la toma de pedidos del Producto sea idónea y completalegislación nacional vigente respectiva. 8. Para Puntos EL COMPRADOR, se compromete a mantener dicho lote, libre de Entrega xxxxxx y desechos, especialmente durante el período previo al inicio del proyecto. Además, es responsable del aseo y la poda de cualquier porción de servidumbre colindante a través de llenadero i) asegurar las áreas verdes urbana al lote en mención, sin que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de esto implique derechos sobre la misma. No 25750 Gaceta Oficial Digital, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 jueves 15 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte.2007 6 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas La demolición de cualquier estructura existente en el Contratolote, correrá por cuenta del EL COMPRADOR. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Compraventa

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR. 7.1 El COMPRADOR Comprador se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada asegurará de que los términos del Pedido y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad cualquier información que proporcione en relación con el respectivo Plan de Recibolos Bienes o Servicios sean completos y precisos. 27.2 El Comprador utilizará, y procurará que sus Representantes utilicen o apliquen los Bienes únicamente para los fines y de la manera expresamente establecida en las instrucciones escritas del Vendedor (incluidas las instrucciones por correo electrónico) (si las hubiera) suministradas al Comprador en relación con los Bienes (incluidas las Hojas de Datos de Seguridad de los Materiales ("SDS") o la información de etiquetado aplicables).‌ 7.3 El Comprador reconoce que está familiarizado con los Bienes y que ha sido adecuadamente advertido por el Vendedor de los riesgos asociados a la manipulación, el transporte, el uso, el almacenamiento y la eliminación de los Bienes, incluidos los establecidos en las FDS y el embalaje. Cuando apliqueEl Comprador acepta además su conocimiento independiente de tales riesgos, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido que son reconocidos y comprendidos en la Resolución CREG 092 industria del Comprador, y asume todos los riesgos y la responsabilidad por la manipulación o el uso de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyanlos Bienes en cualquier forma y en combinación con otras sustancias. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en 7.4 El Comprador no podrá revender los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar Bienes ya que se encuentra en situación un embalaje diferente. Si el Comprador procesa o incorpora los Bienes en otro material o revende, intercambia y/o transfiere los Bienes a otra jurisdicción, el Comprador desarrollará sus propias FDS de cumplimiento marca y certificados de análisis consistentes con los requerimientos regulatorios de la(s) jurisdicción(es) en las obligaciones de pago que el Comprador marque los Bienes finales. 7.5 En relación con los Servicios, el Comprador facilitará al Vendedor y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de Representantes el acceso a las cantidades programadas la realizará instalaciones del Comprador, según lo requiera razonablemente el COMPRADOR con (1) un día de anticipación Vendedor para prestar los Servicios; y el Comprador preparará dichas instalaciones y obtendrá y mantendrá a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana su cargo todas las licencias y puentes festivos, en los consentimientos necesarios que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior puedan requerirse para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.Servicios.‌

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones Estándar