Obligaciones principales Cláusulas de Ejemplo

Obligaciones principales. Sin que implique una enumeración taxativa, se establecen las siguientes obligaciones principales que deberá cumplir la empresa firmante: a) mantener estricta y absoluta confidencialidad y reserva respecto de toda la información o conocimiento comprendida en la cláusula anterior; b) aplicar las correspondientes medidas de seguridad que sean razonables y prudentes para proteger la información referida y, en particular, aquella que se califique como reservada o confidencialidad, atendiendo, sin limitarse a ello, a las disposiciones de seguridad de la ANV que se le instruyan a la empresa firmante; c) utilizar la información confidencial solamente para el fin establecido, quedando prohibido a la empresa firmante todo uso o reproducción para su beneficio propio o de terceros, así como todo retiro de la misma de los locales de la ANV, ya sea en soporte papel, electrónico, vía fax o e-mail, o por cualquier otro medio; d) advertir a su personal –ya sea dependiente o contratado- y a toda persona a la que se revele información confidencial, con la debida autorización, se su naturaleza confidencial y de los términos del presente Compromiso; y e) reportar a la ANV toda divulgación de información confidencial no autorizada de la que tuviera conocimiento en virtud de su vínculo con la misma.
Obligaciones principales. El/La arrendador/a se obliga a entregar la finca rústica al/a la arrendatario/aria y le tiene que garantizar el uso pacífico por todo el tiempo de duración del contrato. A cambio, tiene derecho a percibir un precio o renta.
Obligaciones principales. (a) XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, debe realizar la entrega de los Bienes consistente(s) en: “ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS DESIERTOS PARA LAS UNIDADES MÉDICAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS DE SALUD DE PETRÓLEOS MEXICANOS PARA EL PERIODO 2018”. (b) PEMEX debe remunerar a XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, la adquisición de los Bienes de acuerdo con el Contrato.
Obligaciones principales. En este punto se indican las obligaciones principales en que se desarrollará el objeto contractual.
Obligaciones principales. En relación con el tipo y la naturaleza de los bienes, como se especifica en las normas siguientes, las obligaciones del que ofrece en compraventa y, respectivamente, del que vende son, además de las indicadas en disposiciones particulares y prescindiendo de cuanto se halla previsto en caso de incumplimiento, las siguientes: a) dar previamente todas las necesarias informaciones al eventual comprador: b) entregar al comprador el bien vendido, que ha de ser plenamente conforme al contrato, según está previsto en las disposiciones del presente capítulo, debe poseer todos los requisitos debidos y venir además acompañado de todas las informaciones necesarias para su utilización; c) transmitirle la propiedad y la posesión; d) garantizar al comprador contra las pretensiones de los terceros sobre el bien; e) proveer en su caso a la instalación del bien; f) conceder al comprador una garantía plurianual de correcto funcionamiento; g) proveer si es el caso a la periódica manutención del bien.
Obligaciones principales. El INVERSIONISTA deberá otorgar los recursos financieros que se acuerden en el Contrato. El EMPRESARIO deberá pagar al INVERSIONISTA los recursos financieros referidos en el inciso (a) anterior, más el 25% (veinte y cinco por ciento) de dicha cantidad de acuerdo con lo establecido en éste Contrato.
Obligaciones principales. Sin que implique una enumeración taxativa, se establecen las siguientes obligaciones principales que deberá cumplir la empresa firmante: a) mantener estricta y absoluta confidencialidad y reserva respecto de toda la información o conocimiento comprendida en la cláusula anterior; b) aplicar las correspondientes medidas de seguridad que sean razonables y prudentes para proteger la información referida y, en particular, aquella que se califique como reservada o confidencial, atendiendo, sin limitarse a ello, a las disposiciones de seguridad de las Unidades Ejecutoras del Poder Legislativo que se le instruyan a la empresa firmante; c) utilizar la información confidencial solamente para el fin establecido, quedando prohibido a la empresa firmante todo uso o reproducción para su beneficio propio o de terceros, así como todo retiro de la misma de los locales del Poder Legislativo ya sea en soporte papel, electrónico, vía fax o e-mail, o por cualquier otro medio; d) advertir a su personal -ya sea dependiente o contratado- y a toda persona a la que se revele información confidencial, con la debida autorización, de su naturaleza confidencial y de los términos del presente Compromiso; y e) reportar a la Unidad Ejecutora correspondiente del Poder Legislativo toda divulgación de información confidencial no autorizada de la que tuviera conocimiento.
Obligaciones principales. En relación con el Sistema de Gestión de la Calidad, el Contratista se obliga a someter a la aprobación de la Contratante: a) El Sistema de Gestión de la Calidad, el Manual de Calidad, el plan de calidad y los procedimientos de calidad, aplicables a la Etapa Previa al Inicio de la Construcción y la prestación de los servicios en la Etapa de Operación Comercial;
Obligaciones principales. Empleador - Trabajador TIPOS DE CONTRATOS Contratos de duración indeterminada: aquellos que se celebran sin establecer un plazo de finalización.Tienen una duración indefinida, imprevisible. El principio que rige en la materia laboral es que los contratos son de duración indefinida admitiéndose excepciones. Contratos de duración determinada: aquellos cuya duración se establece en el momento de celebrarse el contrato. Rigen durante cierto tiempo. Son susceptibles, a su vez, de varias sub-clasificaciones, en razón de la forma en que se prevé la terminación del contrato. - Plazo cierto (determinado plazo, por ejemplo, 15 días, dos meses, un año, o hasta determinada fecha) - Plazo incierto (hasta que se concluye una obra o finaliza un servicio específico que se está prestando, o mientras se prolongue la vacancia de otro empleado al que se está supliendo) - Sometido a una condición (hasta que se designe el titular del cargo, o hasta que se contrate un nuevo empelado para dicho puesto). Contrato de duración determinada: no existe obligación del empleador de abonar indemnización por despido al finalizar la contratación / se debe respetar plazo (jornales caídos en caso de cese anticipado).
Obligaciones principales. Obligaciones Accesorias. 3. Cláusulas de Reajuste/Actualización.