OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado, podrá reparar el daño o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEÁNICA pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado y/o Tomador, podrá reparar, reedificar o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto pagará la indemnización en dinero efectivo, cheque o transferencia bancaria.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto para cumplir válidamente con el Asegurado hasta el límite de responsabilidad de la suma contratada, utilizará cualquiera de las siguientes opciones de indemnización: • Sustitución de repuestos a través del sistema IRV: Consiste en el uso de una herramienta tecnológica que permite cotizar y adquirir en el mercado los repuestos. Cuando el monto de la mano de obra sea insuficiente para cubrir el deducible, el cliente podrá optar por el depósito del monto que haga falta para cubrir el deducible, con el propósito de hacer entrega de los repuestos cotizados. • Sustitución de repuestos mediante compra directa: Adquirir directamente los repuestos seleccionados por el cliente para reparar el vehículo siniestrado. • Pago en efectivo: Pagar las indemnizaciones en efectivo de los daños ocasionados al automotor siniestrado, girándole el monto de la valoración de los daños, el cual incluye la mano de obra sin el Impuesto de Ventas y costo de los repuestos indicados en la valoración, entre otros rubros. Opera también cuando los costos de reparación del automotor exceden el Monto Asegurado, en cuyo caso se indemnizará la cuantía correspondiente, según las condiciones de aseguramiento del bien y su Valor Declarado, menos las deducciones aplicables, conforme al Límite de Responsabilidad establecido para la cobertura afectada. • Reembolso: Sustituir las partes dañadas del vehículo, reembolsando al Asegurado el costo de los repuestos indicados en el avalúo, adquiridos con uno de los proveedores de la red de servicios auxiliares.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEÁNICA pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado y/o Tomador, o con el Perjudicado o sus Beneficiarios en los casos de Lesión o Muerte de Terceras Personas: y en lo que respecta a los daños amparados en Daños a la Propiedad de Terceros, podrá reparar, reedificar o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. 23 ARTÍCULO 28. OBJETOS RECUPERADOS 23
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. OCEANICA pagará la indemnización en dinero en efectivo o de común acuerdo con el Asegurado y/o Tomador, podrá reparar, reedificar o reemplazar la propiedad afectada por otra de similar calidad. OCEANICA Habrá cumplido válidamente sus obligaciones al restablecer en lo posible y en forma racionalmente equivalente, el estado de cosas que existían inmediatamente antes del siniestro, según lo dispuesto en la presente póliza, con sus límites y alcances.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. En caso de reclamo por siniestro cubierto por la póliza, SEGUROS LAFISE, indemnizará al Tomador y/o Asegurado pagando el costo de la reparación según la valoración realizada por el ente autorizado para este fin por parte de SEGUROS LAFISE, de acuerdo con los siguientes parámetros:
a) Si el vehículo tiene una antigüedad de 0 (cero) a tres (tres) años, se le reconocerán los repuestos a Valor de Reposición (Valor de nuevo).
b) Si el vehículo tiene una antigüedad superior a los tres años, la suma indemnizatoria quedará supeditada a:
i. El valor real efectivo según se define en este contrato.
ii. El valor de un repuesto genérico de similares características al que se debe reponer. Para la reparación del vehículo accidentado, tanto el Tomador y/o Asegurado como el tercero perjudicado escogerán el taller de su preferencia, el cual en todo momento deberá ajustarse a lo indicado en el oficio de valoración y reparación emitido por SEGUROS LAFISE, para este fin. En caso el Tomador y/o Asegurado desea reparar el vehículo siniestrado en algún taller de su preferencia; deberá presentar las facturas correspondientes a la reparación giradas para este fin por el taller seleccionado. A partir de la ocurrencia del evento y durante el proceso de indemnización, el Tomador y/o Asegurado debe adoptar las medidas necesarias para evitar daños mayores al Vehículo asegurado. Lo anterior aplica igualmente para aquellos terceros perjudicados, cuyas pérdidas o daños puedan estar cubiertos bajo la póliza por disposición legal. El Tomador y/o Asegurado, bajo ninguna circunstancia, podrá reparar o desarmar el vehículo asegurado, sin que medie autorización por escrito de parte de SEGUROS LAFISE, para lo cual se requiere previamente que se realice la valoración de daños y pérdidas al automóvil afectado.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. El Instituto para cumplir válidamente con el Asegurado hasta el límite de responsabilidad de la suma contratada, utilizará cualquiera de las siguientes opciones de indemnización: Sustitución de repuestos a través del sistema IRV: Consiste en el uso de una herramienta tecnológica que permite cotizar y adquirir en el mercado los repuestos considerando el tipo seleccionado por el cliente. Sustitución de repuestos mediante compra directa: Adquirir directamente los repuestos seleccionados por el cliente para reparar el vehículo siniestrado. Pago en Efectivo: Pagar las indemnizaciones en efectivo de los daños ocasionados al automotor siniestrado, girándole el monto de la valoración de los daños, el cual incluye la mano de obra sin el Impuesto de Ventas, costo de los repuestos indicados en la valoración, entre otros rubros. Opera también cuando los costos de reparación del automotor exceden el Monto Asegurado, en cuyo caso se indemnizará la cuantía correspondiente, según las condiciones de aseguramiento del bien y su Valor Real Efectivo, menos las deducciones aplicables, conforme al Límite de Responsabilidad establecido para la cobertura afectada. Reembolso: Sustituir las partes dañadas del vehículo, reembolsando al Asegurado el costo de los repuestos seleccionados indicados en el avalúo, adquiridos con uno de los proveedores de adjudicatarios de la red de proveedores de servicios auxiliares. Entrega de bienes: Proporcionar un bien o parte de éste en reemplazo del bien afectado de similar clase, calidad, valor útil a la fecha del siniestro, no pudiendo exigirse que sea idéntico al bien asegurado o al xxx Xxxxxxx Perjudicado, inmediatamente anterior a la ocurrencia del evento.
OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN. 23 ARTÍCULO 30.