Ortodoncia Cláusulas de Ejemplo

Ortodoncia. Corresponde a la rama de la odontología que se ocupa de corregir los defectos y las irregularidades en la posición de los dientes, mejora no solo la estética sino la función en los maxilares. Incluye la evaluación clínica con un Especialista en Ortodoncia con uno de los proveedores que conforman la Red de Prestadores, quien será el profesional encargado en planificar el tratamiento ortodóntico necesario, cubre la instalación de la aparatología para inicio de Ortodoncia Metálica. Para acceder a este beneficio el paciente deberá aprobar el examen clínico y radiográfico realizado por especialista en ortodoncia de la red de prestadores que certifique que el paciente es apto para iniciar ortodoncia. La autorización para aplicar la instalación será emitida por el departamento de auditoría médica dental una vez verificados los soportes presentados por el prestador. Se cubrirá una única instalación de aparatología en la clínica de la red de prestadores que haya escogido el paciente, en ningún caso se aceptará nuevas instalaciones por cambio de clínica o por abandono de tratamiento. Los exámenes previos (radiografía panorámica, radiografía de perfil y estudio cefalométrico) necesarios para el diagnóstico y así como los demás costos derivados del tratamiento de ortodoncia (controles, reparaciones de brackets, aparatos adicionales y retenedores) no están cubiertos y deberán ser pagados por el paciente directamente al prestador.
Ortodoncia. 11. Donación autóloga de sangre.
Ortodoncia. Esta cobertura incluye el tratamiento con aparatología fija o removible en cualquiera de sus técnicas, aparatos de contención, mentoneras, fuerzas extraorales y ortodoncia interceptiva.
Ortodoncia. 13. Actos delictivos intencionales en que participe directamente el asegurado.
Ortodoncia. Primera visita para reconocer al paciente (diagnóstico, presupuesto, plan de tratamiento). - Tratamiento de casos de aparatología fija independiente de la duración (por aparato), sujeto a franquicia de 251 euros. - Tratamiento de casos de aparatología removible independiente de la duración (por aparato), sujeto a franquicia de 188 euros. - Visita de revisión y tratamiento, sujeto a franquicia de 21 euros. - Estudio cefalométrico, sujeto a franquicia de 40 euros. - Recargo por brackets de porcelana (por arcada), sujeto a franquicia de 395 euros. - Recargo por brackets de fibra xx xxxxxx (por arcada), sujeto a franquicia de 156 euros. - Estudio fotográfico, sujeto a franquicia de 20 euros.
Ortodoncia. Estudio y diagnóstico Tratamiento Cristales esféricos
Ortodoncia. Estudio Ortodoncia (fotografías, modelos, estudio cefalométrico) 50,00 € Visitas periódicas de revisión ortodoncia 32,00 € Tratamiento Ortodóncico con aparatología fija (cada arcada) 348,00 € Tratamiento Ortodóncico con aparatología móvil (cada aparato) 225,00 € Colocación de aparatos auxiliares (quadhelix, bihelix, botón xx xxxxx, barra palatina, mentoneras, anclajes extra orales, bumper, máscara facial....) (cada aparato) 86,00 € Tratamiento Ortodoncico con Brackets Autoligables (cada arcada) 800,00 € Colocación de microimplantes (por unidad) 124,00 € Reposición de Brackets (unidad) 2,00 € Reposición de Brackets estéticos (unidad) 5,00 € Reposición de Brackets Autoligables (unidad) 8,00 € Colocación Placas retención, férula x xxxxxx, (unidad) 82,00 € Renovación Aparatología móvil, cambio, pérdida o rotura 149,00 € Compostura en aparatología móvil o fija 37,00 € Cajitas de Ortodoncia NADA Recargo brackets estéticos (por arcada) 173,00 € Mantenedor de espacio fijo 77,00 € Corona provisional acrílico 21,00 € Casquillos de metal como provisional 10,00 € Corona metal colada 111,00 € Muñón colado (corona aparte) 77,00 € Corona metal porcelana 194,00 € Puente fijo porcelana (por pieza) 194,00 € Reparaciones o Composturas de porcelana (por pieza) 55,00 € Pegar coronas x xxxxxxx NADA Puente Maryland (pieza y dos apoyos) 313,00 € Corona cerámica sin metal tipo in ceram, procera, empress 378,00 € Puente cerámica sin metal tipo in ceram, procera, empress (unidad) 378,00 € Corona de Zirconio 486,00 € Puente fijo Zirconio (por pieza) 486,00 € Mantenedor de espacio móvil 77,00 € Prótesis removible completa (superior o inferior) 279,00 € Prótesis parcial removible acrílico, hasta 6 piezas, total, (incluidos los ganchos o retenedores) 208,00 € Prótesis parcial removible acrílico, de 7 a 10 piezas, total, (incluidos los ganchos o retenedores) 259,00 € Prótesis parcial removible acrílico de 11 piezas en adelante, total, (incluidos los ganchos o retenedores) 270,00 € Reparaciones o Composturas (ganchos, refuerzos, retenedores, agregar piezas....) 32,00 € Rebases (cada arcada) 35,00 € Rebases blandos 65,00 € Recargo Resina Hipoalérgica (cada arcada) 45,00 € Prótesis Valplast o Flexite de 1 a 2 piezas 464,00 € Prótesis Valplast o Flexite de 3 a 5 piezas 508,00 € Prótesis Valplast o Flexite más de 6 piezas 535,00 € Preparación y Colocación de Reparaciones o Composturas 67,00 € Por piezas Añadidas (cada una) 67,00 € Neobase (hasta 5 piezas) 81,00 € Neobase (más 5 piezas) 162,00...

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.