Gastos de comunicación Cláusulas de Ejemplo

Gastos de comunicación. Reembolso de gastos, hasta un límite de 100 euros, en concepto de llamadas tele- fónicas, faxes o trámites similares derivados de la comunicación o tramitación de siniestros. Para hacer efectivo dicho reembolso, el asegurado deberá remitir las facturas originales o copia de las mismas, así como el justificante de pago, debiendo constar el detalle de los gastos en dichos documentos. 1.- Enfermedades preexistentes, lesiones o dolencias previas o crónicas, padecidas por el asegurado con anterioridad al inicio de vigencia del presente contrato, así como aquellas que se manifiesten durante la vigencia del mismo y con anterioridad al inicio del viaje, salvo la primera asistencia de urgencia o hasta la estabilización del asegurado. 2.- Enfermedades mentales. 3.- Revisiones médicas de carácter preventivo (a título enunciativo, pero no lo limitativo, tales como chequeos, curas termales) así como la medicina y cirugía estética). 4.- Los casos en que el viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o inter- vención quirúrgica en el extranjero. 5.- Diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos, salvo que se trate de atención de carácter urgente, y que se produzca durante los primeros 150 días de gestación. 6.- La participación del asegurado en apuestas, desafíos o riñas. 7.- La práctica de deportes en competición o competición motorizada, así como la práctica de actividades peligrosas o de riesgo como: • Boxeo, halterofilia, lucha (en sus distintas clases), artes marciales, alpinismo con acceso a glaciares, deslizamiento en trineos, inmersión con aparatos respiratorios, espeleología y esquí con saltos de trampolín. • Deportes aéreos en general. • Deportes de aventura, tales como rafting, puenting, hidrospeed, barranquis- mo y similares. 8.- Suicidio, intento de suicidio o autolesiones del asegurado. 9.- Rescate de personas en montaña, sima, mar, o desierto.
Gastos de comunicación. En función de la vía de comunicación (envío postal, electrónico), se aplica bien la tarifa oficial de correos o lo publicado en la tarifa del banco.
Gastos de comunicación. La cobertura de esta póliza se extiende a incluir los gastos razonablemente incurridos para la realización de una campaña publicitaria así como cualquier otra medida de comunicación que pueda ser apropiada para restablecer la imagen de un Asegurado que se haya visto deteriorada como consecuencia de un Reclamo cubierto por esta póliza. La cantidad total a pagar por el Asegurador bajo esta extensión no excederá del sublímite establecido en las Condiciones Particulares. Este sublímite formará parte y no es adicional al Límite de Suma Asegurada.
Gastos de comunicación. Para el supuesto de que se produzcan los riesgos asegurados regulados en la cláusulas (3.1.1., 3.1.2, 3.1.3 y 3.1.4), la Aseguradora garantiza los gastos de comunicación (teléfono, fax o télex), en que incurra el Asegurado exclusivamente a la hora de contactar con la Aseguradora y con la policía para denunciar el robo o la pérdida de la tarjeta asegurada, llaves o equipajes, con un importe máximo de 60,10€ por Año Asegurado. Para dar cobertura a los gastos de comunicación es necesario que: - El Asegurado denuncie los hechos ante las autoridades competentes - El Asegurado comunique a la Aseguradora el hecho llamando o al número 000.000.000 desde España y 00.000.00.00 para llamadas desde el resto del mundo y le facilite copia de la denuncia presentada. - El Asegurado aporte a la Aseguradora detalle de la factura de la comunicación (teléfono, fax, o télex). 3.2. Solo en España. 3.2.1. Cambio de Cerradura del domicilio permanente del Tomador. 3.3. Sólo en el Extranjero.
Gastos de comunicación. Irán a cargo del contratista los gastos de comunicación por importe de TRES MIL EUROS (3.000.- €) IVA excluido, de acuerdo con el Plan de Comunicación que forma parte de la documentación contractual. El CONTRATISTA deberá cumplir con las obligaciones que se determinan con el Plan de comunicación redactado para la obra objeto de licitación, en el que se determinarán las acciones de comunicación vinculadas a la obra. El CONTRATISTA asumirá el costo hasta el importe anteriormente indicado. VIMED o la sociedad privada municipal que éste determine girará al CONTRATISTA las facturas correspondientes en concepto de comunicación avaladas por la existencia del Plan de comunicación específico de la obra. El CONTRATISTA deberá abonarlas a la sociedad privada municipal emisora de la misma dentro de los treinta (30) días a la presentación de factura. En caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA en el pago de las obligaciones mencionadas en los apartados anteriores, VIMED podrá descontar de cualquier pago que deba hacer al CONTRATISTA estos importes. Por el atraso en el pago de estas cantidades, se cobrará unos intereses de demora que se calcularán de conformidad con la normativa vigente. Se consideran gastos de comunicación imputables a este apartado con carácter enunciativo no limitativo los señalados en el Plan de comunicación así como todos aquellos que se puedan determinar por VIMED en relación a comunicación e información de obra, información a los ciudadanos sobre cualquier incidencia, puesta en funcionamiento de servicios, actos informativos etc., en relación con la obra que se ejecuta. En consecuencia, el CONTRATISTA está obligado a abonar las actuaciones de información y comunicación en la forma que le sea requerida por la sociedad privada municipal por VIMED.

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  • MEDIOS DE COMUNICACIÓN Se entiende en forma enunciativa: el estado de cuenta, la Carátula, cartas, carteles, listas, folletos, tableros, pizarrones visibles de forma ostensibles en las Sucursales, los Medios Electrónicos como el teléfono, SMS, los cajeros automáticos, el Internet o el correo electrónico del Cliente, Banca por Internet o cualquier otro que en lo futuro sea adicionado e informado previamente por el Banco al Cliente para este fin. Medios de Disposición. Se entiende la Tarjeta de Débito o Tarjeta de Crédito (según corresponda), los cheques, el OTP.

  • Medios Remotos de Comunicación Electrónica Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.

  • AVISOS Y COMUNICACIONES 2.9.1. Los avisos y comunicaciones que intercambien las partes contratantes deberán ser formuladas por escrito en el domicilio señalado en la póliza o alternativamente por el medio de comunicación que ambas partes acuerden, bajo sanción de tenerse por no cursadas.

  • COMUNICACIÓN Las pólizas emitidas de conformidad con el Contrato deberán contener una estipulación que obligue a la compañía aseguradora respectiva a notificar por escrito al REGULADOR y al CONCEDENTE sobre cualquier omisión de pago xx xxxxxx en que incurriese el CONCESIONARIO y sobre cualquier circunstancia que afecte la vigencia, validez o efectividad de la póliza, con una anticipación no menor a veinte (20) Días a la fecha en que el incumplimiento del CONCESIONARIO pueda determinar la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial. La obligación de notificación será también aplicable al supuesto de cesación, retiro, cancelación o falta de renovación de cualquier seguro que el CONCESIONARIO deba mantener conforme a este Contrato. La póliza respectiva deberá establecer, asimismo, que la caducidad o pérdida de vigencia de la póliza sólo se producirá si la compañía aseguradora ha cumplido previamente con la obligación a que se refiere el párrafo precedente.

  • Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas.

  • COMUNICACIÓN DEL FALLO La fecha del fallo se efectuará a la hora y en el lugar señalado en el punto 3.2 del numeral 3. “Forma y términos que regirán los diversos actos de este procedimiento” de la presente Convocatoria, se llevará a cabo conforme lo siguiente:  El servidor público de La Secretaría facultado para presidir el fallo, declarará el inicio del acto.  Se dará a conocer el fallo de la Invitación a los licitantes registrados, servidores públicos y a todas aquellas personas asistentes, el cual contendrá la información referida en el artículo 37 de la LAASSP.  La Secretaría a través del servidor público designado levantará el acta de notificación de fallo de la Invitación. El acta será firmada por los licitantes y los servidores públicos presentes, así mismo se les entregará copia simple del acta y en su caso, de los anexos correspondientes. La falta de firma de algún licitante, no invalidará su contenido y efectos. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en Compranet. Al finalizar cada evento (Junta (s) de Aclaraciones, Presentación y Apertura de Proposiciones y Notificación de Fallo) se pondrá una copia del acta correspondiente, para efectos de notificación y a disposición de los licitantes por un término no menor de cinco días hábiles posteriores a cada acto, en el pizarrón de avisos de la Dirección de Contrataciones ubicado en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 4, Colonia San Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, Ciudad de México, siendo responsabilidad exclusiva de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y en su caso obtener copia de dichas actas en la Dirección de Contrataciones ubicada en el domicilio antes citado, durante el mismo plazo señalado anteriormente, de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles. Así mismo, las actas correspondientes se difundirán en Compranet. Este procedimiento sustituye a la notificación personal. Los licitantes que hubieren presentado proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten, cuando éstas se encuentren a su disposición a través del sistema Compranet, en la dirección electrónica xxxxx://XxxxxxXxx xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a más tardar el día hábil siguiente en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas en el domicilio de la Convocante.

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • Comunicación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros La solicitud de indemnización de daños cuya cobertura corresponda al Consorcio de Compensación de Seguros, se efectuará mediante comunicación al mismo por el tomador del seguro, el asegurado o el beneficiario de la póliza, o por quien actúe por cuenta y nombre de los anteriores, o por la entidad aseguradora o el mediador de seguros con cuya intervención se hubiera gestionado el seguro.

  • Revelación de Comisiones Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la Compañía le informe el porcentaje de la prima que, por concepto de comisión o compensación directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de este contrato. La Compañía proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá xx xxxx días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.