Otros Informes Cláusulas de Ejemplo

Otros Informes. Periódicamente se confeccionan otros informes que capturan alguna dimensión específica de la exposición al riesgo de crédito.  Riesgos Financieros Riesgo de Liquidez Se entiende por riesgo de liquidez a la probabilidad que la Entidad no pueda cumplir de manera eficiente con los flujos de fondos esperados, corrientes, futuros y con los colaterales o garantías necesarias, sin afectar para ello sus operaciones diarias o su condición financiera. La Entidad constituyó al Comité de Finanzas y Política de Liquidez y lo designó como responsable de establecer y gestionar la política de liquidez. Este Comité debe verificar las decisiones en materia de administración de fondos, velando por el mantenimiento de un nivel de activos líquidos que permita atender a los vencimientos contractuales, las potenciales oportunidades de inversión y la demanda del crédito, en cumplimiento y observancia de las políticas fijadas por la Dirección. El proceso de riesgo de liquidez se desarrolla mediante el permanente monitoreo de los requerimientos netos de fondos, la factibilidad del acceso a los mercados, el análisis de ratios de liquidez, el seguimiento de la posición de monedas, la eficiente administración de la política de tasas de interés y el análisis de los resultados de las pruebas de estrés. La Entidad analiza su exposición al riesgo de liquidez desde dos dimensiones: la pasiva o de caja (medida como la capacidad para conseguir fondeo en el mercado a un precio razonable) y la activa x xx xxxxxxx (definida como la capacidad para liquidar activos en el corto plazo). Desde el punto de vista de la dimensión pasiva el enfoque se orienta a la diversificación de las fuentes de fondeo mediante la atomización de los depósitos, la implementación de planes de captación de depósitos a plazo, mantenimiento de las líneas de créditos con entidades financieras, relaciones institucionales y análisis de oportunidad de salida al mercado de capitales. En lo que respecta a la dimensión activa, la Entidad ha resuelto mantener un saldo de activos líquidos diversificados que le permite la obtención de recursos ante escenarios de reducción de liquidez, ya sea mediante la venta de los mismos en el mercado o su afectación en operaciones de pase. El Comité de Finanzas y Política de Liquidez es el responsable de definir la estrategia de liquidez con el propósito de proteger la solidez financiera y la capacidad de enfrentar situaciones de tensión en el mercado. La Gerencia de Riesgos actuando como contro...
Otros Informes. La empresa contratista asimismo, a solicitud por escrito del Inspector Fiscal, preparará determinados informes para facilitar el control y la coordinación de la faena, para detectar cualquier desviación que permita tomar oportunamente medidas en los programas de construcción, de ingeniería, de suministros, etc. que eviten el retraso de la Obra. Estos informes podrán ser sistematizados hasta normalizar la situación que se detecte.
Otros Informes a. Elaborar y presentar la rendición comprobada de cuentas en las fechas en que corresponda de acuerdo con la suscripción del contrato, en los términos establecidos en la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera, junto con los Estados Financieros del FIDEICOMISO, acompañados de sus respectivas notas. En consecuencia, LA FIDUCIARIA deberá informar al FIDEICOMITENTE de su gestión mediante la presentación de un informe y un balance y estado de resultados del Patrimonio Autónomo una vez cada seis (6) meses, contados a partir de la suscripción del Contrato. Este informe se sujetará a las instrucciones y reglas consignadas en la Circular Externa 046 de 2008 de la Superintendencia Financiera y demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen. La rendición de cuentas deberá remitirse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx que se está informando. La FIDUCIARIA dejará constancia de envió y recibo de los mencionados informes. La Rendición de Cuentas se entenderá aprobada si pasados diez (10) días hábiles desde el momento de su entrega no es objetada por escrito por EL FIDEICOMITENTE. b. Elaborar el informe que el FIDEICOMITENTE solicite para dar cumplimiento a la obligación consagrada en el artículo 25 de la Ley 1286 de 2009, con fundamento en el cual se elaborará el informe al Congreso de la República sobre el destino que se le ha dado a los recursos del FIDEICOMISO. c. Elaborar y reportar la información contable requerida y en los tiempos establecidos a la Contaduría General de Nación. Finalmente presentar a lo largo del contrato como mínimo los siguientes informes, sin perjuicio de los adicionales que requiera el fideicomitente y/o supervisor del contrato. ITEM INFORME / REGISTRO PERIODICIDAD DIRIGIDO A 1 INFORME DE EMPALME CON LA ANTERIOR FIDUCIARIA: a) El proceso de empalme b) Situación de los recursos y asuntos del FONDO con corte a la fecha de empalme c) Situación de los recursos y asuntos del FONDO bajo la nueva administración, a partir de la cual se inicia la ejecución del nuevo contrato xx xxxxxxx. EN EL EMPALME MINCIENCIAS (FIDEICOMITENTE) 2 INFORME DE TRÁMITES PENDIENTES -EN CURSO - FINALIZADOS CON LA ANTERIOR FIDUCIARIA: informe de los asuntos, trámites y procesos contractuales, de inversión, de pagos y contables, y contractuales del FONDO que estén pendientes de adelantar, que están en ejecución, que se encuentren ejecutados pendientes de su terminación y los terminados, a fin de garanti...
Otros Informes. La Empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir a la mayor urgencia posible informe sobre cualquier incidente relevante que se haya producido relacionado con las tareas de mantenimiento contempladas en el presente Pliego. Asimismo, deberá emitir, informe a solicitud de la Secretaría General del TEAMM, sobre cualquier aspecto derivado de la ejecución del contrato. Además de los informes obligatorios establecidos en el presente Pliego, podrá establecerse por la Secretaría General del TEAMM la obligación de emitir informes periódicos sobre el funcionamiento de cualquiera de las instalaciones o elementos constructivos del edificio. La empresa adjudicataria remitirá al TEAMM un informe completo con las actuaciones habidas a lo largo de la vigencia del contrato así como los resúmenes estadísticos de interés, a propuesta de la propia adjudicataria. Constará de una copia escrita de dicho informe, y el soporte informático correspondiente. Asimismo, la adjudicataria deberá presentar, durante la ejecución del contrato, aquellos certificados que son de obligado cumplimiento según la Reglamentación vigente para las instalaciones que son de su competencia.
Otros Informes. Además de los informes pactados contractualmente, la ANH puede requerir al CONTRATISTA la entrega de informes o reportes especiales, relacionados con la ejecución de las obligaciones de carácter legal, técnico, económico, ambiental, social y administrativo, que se deriven del ordenamiento superior, los reglamentos técnicos y el presente negocio jurídico, para asegurar la correcta ejecución de prestaciones, compromisos y obligaciones inherentes a las actividades de producción.
Otros Informes. La labor consultiva y de asesoramiento que se ha venido desarrollando en materia de contratación pública, además de la relacionada con las Comisiones Permanentes y el Pleno de la Junta Consultiva, se extiende a otros informes derivados de consultas formuladas por los órganos de contratación, de proyectos normativos y de adaptación de modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares, así como a la atención de numerosas consultas telefónicas:
Otros Informes. Además de los informes que se deberán presentar una vez terminada cada Etapa, como se indica en los términos de referencia siendo motivados por el Administrador del Contrato, LA CONSULTORA presentará, en temas que se encuentren dentro del alcance del presente contrato, los informes técnicos necesarios para atender requerimientos de la Entidad Contratante.

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  • Otras informaciones En base a los parámetros que se establecen en el anterior apartado, los técnicos municipales valorarán las propuestas presentadas y emitirán un informe en el que propondrán, al órgano de contratación competente, la más ventajosa a juicio del informante, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 138 apartado 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.

  • PRESENTACIÓN DE INFORMES Forma de pago. Propiedad de los trabajos.

  • INFORMES La Empresa Supervisora, presentará al CONCEDENTE, al CONCESIONARIO y al OSINERGMIN, los siguientes tipos de informes, durante la ejecución del servicio y en medio magnético con archivos fuente: Informes mensuales: Al final de cada mes y durante el período de ejecución del Proyecto, la Empresa Supervisora elaborará un informe sobre la situación del Proyecto. Informes de observaciones: En cada oportunidad en que la Empresa Supervisora detecte una observación, elevará el informe respectivo, describiendo los detalles correspondientes.

  • Propiedad de la Información El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.

  • CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN La información que sea suministrada en virtud de la suscripción de la presente póliza queda tutelada por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo manifestación por escrito del Asegurado en que se indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente.

  • Obtención de documentación e información a) Entidad: La reseñada en el punto 1.b). b) Domicilio: Plaza de San Xxxx de la Xxxx, s/n. c) Localidad y código postal: Madrid-28071. d) Teléfono: 00-000-00-00. e) Telefax: 00-000-00-00 ó 00-000-00-00. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 12 de febrero de 2004.

  • Deber de información Si durante la ejecución del contrato la entidad sufre cambios, como por ejemplo cambios en el nombre o la razón social, representante legal, dirección de funcionamiento; renovación o modificaciones en la Resolución sanitaria, o cualquier otro dato o hecho relevante para la ejecución del servicio, deberá informar a la Dirección Regional correspondiente de la ocurrencia de ese hecho, dentro de los 20 días hábiles de acaecido el hecho. El incumplimiento se abordará conforme a la letra

  • SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la presentación de la oferta se entiende la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a las Políticas de Seguridad de la Información que tiene adoptadas ETB para la protección de su información y la de sus terceros, las cuales se obligan a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dichas políticas deben ser consultadas en la página web de ETB xxx.xxx.xxx. Así mismo y cuando aplique a partir de la debida ejecución del contrato, el contratista se obliga a cumplir con las políticas de seguridad de la información y de protección o tratamiento de datos personales de los clientes de ETB. ETB podrá requerir a discreción al contratista la firma de acuerdos de confidencialidad específicos a su personal y demás personas que éste autorice. Los usuarios entregados al Contratista para acceder a los sistemas de información de ETB deben corresponder a personas que efectivamente estén ejecutando actividades relacionadas con el objeto contractual, en tal sentido, el Contratista se obliga a mantener informado a ETB sobre los usuarios a su cargo que deben estar vigentes, informando inmediatamente sobre cualquier retiro o cambio que éste realice sobre el personal que accede a los sistemas de información de ETB. El Contratista se obliga a reportar cualquier debilidad sospechosa que incida en la seguridad de la información y reportar de manera inmediata la ocurrencia de incidentes de seguridad de la información que puedan vulnerar la confidencialidad, integridad y/o disponibilidad de la información de ETB o de sus terceros, tratada en desarrollo del contrato, contribuyendo, además, con todos los medios a su alcance para su remediación. Sin perjuicio de los reportes que realice ante ETB, el contratista deberá responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión de los incidentes que puedan afectar la seguridad de la información. El Contratista debe impartir a su personal, con relación a las acciones de toma de conciencia, educación, entrenamiento, actualizaciones regulares en políticas y procedimientos de seguridad de la información, según sea relevante para ejecutar el contrato. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de las políticas de seguridad de la información de ETB. Antes de la finalización del contrato, el Contratista deberá devolver los activos físicos y electrónicos encomendados, garantizando que la información pertinente se devuelva a ETB de manera que no podrá usarse para ningún otro fin por parte del Contratista ni de sus trabajadores o sus propios contratistas. Adicionalmente y en caso de que el Contratista o sus trabajadores o sus propios contratistas hayan adquirido un conocimiento importante a partir del desarrollo del contrato, el Contratista se obliga a documentar y transferir a ETB ese conocimiento.

  • SOLICITUD DE INFORMACIÓN “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar la información que en su momento le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “LA SECRETARÍA”, con motivo de auditorías, visitas o inspecciones que dichas autoridades lleven a cabo, derivadas de la presente contratación.