PAGOS Y FACTURACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PAGOS Y FACTURACIÓN. La ENTIDAD se obliga a pagar las primas de seguros adjudicados en forma puntual en los plazos, formas y fechas estipuladas en la Resolución de Adjudicación _________________ (Registrar el número de resolución y fecha). La ASEGURADORA extenderá la factura fiscal de acuerdo a la legislación tributaria vigente, excepto en los casos primas de seguros de vida que no se constituyen en un hecho generador, por lo que no se facturan de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 54 de la ley 1883 de Xxxxxxx.
PAGOS Y FACTURACIÓN. La ENTIDAD se obliga a pagar las primas de seguros adjudicados en forma puntual en los plazos, formas y fechas estipuladas en la Resolución de Adjudicación La ASEGURADORA extenderá la factura fiscal de acuerdo a la legislación tributaria vigente, excepto en los casos primas de seguros de vida que no se constituyen en un hecho generador, por lo que no se facturan de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 54 de la ley 1883 de Xxxxxxx.
PAGOS Y FACTURACIÓN. FUGRO será el único responsable de la emisión de todas las facturas, y de la recepción del dinero pagado por terceros por las licencias de los Datos. FUGRO asumirá la plena responsabilidad de emitir a ANCAP la parte que le corresponde de los ingresos. Los Datos serán otorgados en licencia a terceros al canon de licencia especificado más los cargos de reproducción y manejo aplicables vigentes, cualquier impuesto por ventas, uso, valor agregado, recibos brutos o impuestos similares aplicables a la transacción y cualesquier cargo posterior que se especifique. FUGRO determinará el canon de licencia. En el caso que se aplique o se sujete a FUGRO a cualquier impuesto a la venta, uso, valor agregado o impuesto similar a consecuencia del otorgamiento de las licencias de los Datos por parte xx XXXXX, tales impuestos serán deducidos de la participación en los ingresos con ANCAP. EN FE DE LO CUAL, las partes firman el presente Acuerdo, en vigencia a partir del año y la fecha antes mencionados por escrito más arriba. ANCAP FUGRO Gravity & Magnetic Services Inc. que de ellos emanara. FUGRO asegura que los medios en los cuales se entregarán los Datos no tendrán defectos y que los Datos estarán debidamente registrados en tales medios. Por: Nombre en imprenta: Cargo: Por:
PAGOS Y FACTURACIÓN. El Cliente deberá pagar los cargos de transporte y cualquier otro cargo adicional en los plazos acordados. NEXBOX emitirá facturas por los servicios prestados, y el Cliente se compromete a realizar los pagos correspondientes en la moneda especificada en la factura.
PAGOS Y FACTURACIÓN. 3.1. Todos los pagos que realice el Usuario a favor de “Ofertas PiN” deberán ser con recursos de procedencia lícita, por lo que el Usuario se obliga a sacar y mantener en paz y a salvo y a indemnizar a OfertasPiN (incluyendo, pero no limitado con respecto a sus empresas filiales, funcionarios, directivos, consejeros, accionistas o empleados) de cualquier y todo daño y perjuicio, reclamación o contingencia que por el incumplimiento a dicha obligación sea causado. 3.2. Salvo que la Lista de Precios o en su caso la Orden de Compra establezca lo contrario, el Precio Unitario y cualquier otra cantidad que el Usuario deba pagar a OfertasPiN se fijarán en pesos (moneda de curso legal de los Estados Unidos Mexicanos), Ofertas PiN no es responsable por el tipo de cambio que considere el Banco de la tarjeta de crédito o débito de su elección al momento de su compra. 3.3. En caso de que exista Orden de Compra y que en la misma se establezca al Dólar (moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) como divisa para el cálculo y pago del concepto de que se trate, el Usuario deberá cubrir su pago en moneda nacional al tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera (dólares) pagaderas en la República Mexicana que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación del día en que realice el pago. 3.4. De no existir convenio distinto, Ofertas PiN expedirá el comprobante fiscal digital por internet que corresponda conforme a cada uno de los pagos establecidos en cada orden de compra, el cual será remitido en formato PDF y XML al correo electrónico del Usuario proporcionado en caso de así solicitarlo enviando un correo electrónico a: xxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx, Ofertas PiN entregará la factura dentro de los siguientes días hábiles siempre que la solicitud se haya hecho dentro de los 5 días naturales siguientes al del pago. 3.5. Los pagos realizados por el Usuario son no reembolsables, el único remedio con que cuenta es el que se menciona en el apartado de GARANTÍAS DE SATISFACCIÓN dentro de los presentes Términos y Condiciones o en su caso aquellos que hayan sido mutuamente aceptados mediante Contrato, en cuyo caso, los primeros tendrán carácter de supletorios. 3.6. El Precio Unitario y cualquier otra cantidad que el Usuario deba cubrir en favor de Ofertas PiN, será incrementada por el monto que resulte por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponda o cualquier otro impuesto, retención y o carga aplicable de ...
PAGOS Y FACTURACIÓN. Si los equipos participantes no cuentan con fondos suficientes para efectuar el pago de la inscripción referida en la cláusula anterior, su capitán podrá obligarse personalmente al pago de un número máximo de 2 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, debiendo hacer entrega, junto al pago de la primera cuota, de un cheque bancario, nominativo y sin cruzar, por cada cuota pactada. El cobro de los cheques entregados se hará efectivo el día hábil siguiente de cumplido el plazo de pago de cada cuota. La xxxx o el simple retardo en el pago de una de las cuotas, generará el recargo de $5.000 (cinco mil pesos) por cada día de atraso (contados xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos) y facultará al organizador para exigir el pago de la totalidad de la deuda, estimándose vencido el plazo para pagar las cuotas siguientes, en caso de existir éstas. Además, si como consecuencia del retardo se encarga la facturación judicial de la deuda, el capitán del equipo deberá pagar los honorarios del abogado que llevará a cabo dicha facturación. El incumplimiento del pago de una o más cuotas inhabilitará al equipo para jugar los partidos programados, hasta que regularice su situación. Los equipos que no se encuentren al día en el pago de su inscripción, no recibirán ningún tipo de premios o beneficios entregados por la Liga luego de cada partido o luego de disputarse la semifinal y final del campeonato. Además, la organización podrá sancionar a los equipos deudores restándoles un máximo de 3 puntos por cada semana de retraso. Si el equipo desiste de la competencia encontrándose pendiente el pago de una o más cuotas, el pagó deberá efectuarse de todas formas. En caso contrario, además de efectuarse el cobro judicial, cada uno de los jugadores de dicho equipo quedará inhabilitado para participar de cualquier otra competencia organizada por Eventos B durante el periodo de un año, contado desde la fecha en que debió efectuarse el pago. Con el fin de resguardar la seguridad de los jugadores de La Liga, como también la de los representantes de esta, la organización no aceptará pagos efectuados en la cancha. Sólo se aceptarán transferencias electrónicas, depósitos bancarios y pagos efectuados directamente en la oficina de la organización, ubicada en Rinconada xxx xxxxx 535, Huechuraba.
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  • FACTURACIÓN Y PAGO Como contraprestación por el Trabajo realizado de acuerdo con lo previsto en el Contrato, la Compañía abonará al Contratista las cantidades que se especifiquen en la Orden, en las fechas y en las formas que se determinen en la misma y en esta Cláusula 12. Una vez comenzado el Trabajo y en un plazo de treinta (30) días a contar desde la finalización de cada mes (o, cuando se trate de una cantidad a tanto alzado, en el periodo de facturación que especifique el Contrato), el Contratista remitirá a la Compañía una factura única por el importe que corresponda al Trabajo realizado de conformidad con el Contrato durante el mes en cuestión (o, cuando se trate de una cantidad a tanto alzado, durante el período de facturación acordado). El IVA aplicable, si procede, será detallado separadamente. Las facturas incompletas o incorrectas se devolverán al Contratista sin tramitar. Cada factura deberá incluir el título y número de referencia de la Orden, y deberá remitirse junto con la documentación de soporte necesaria a la persona y dirección que se indiquen en la Orden. La Compañía abonará el importe debido en plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de recepción de la factura, siempre que la misma haya sido debidamente emitida y recibida conforme a lo previsto en esta Cláusula 12. En caso de que la Compañía esté en desacuerdo con alguno de los conceptos incluidos en la factura lo notificará al Contratista, quien deberá emitir dos (2) facturas: una correspondiente al importe aceptado por la Compañía y otra correspondiente al importe en disputa. La Compañía se reserva el derecho a retener el pago de la factura que contenga la cantidad en disputa hasta la resolución de la misma, tras la cual el pago será debido desde la fecha y en los términos que se acuerden en dicha resolución. Si la Compañía incumpliera la obligación de pagar las cantidades adeudadas al Contratista de acuerdo con esta Cláusula 12 en plazo de treinta (30) días desde que el pago sea debido, el Contratista podrá reclamar un interés de demora sobre la cantidad pendiente del dos por ciento (2%) anual sobre el tipo europeo de oferta interbancaria (EURIBOR) de ese momento. Las Partes acuerdan que dicha cantidad constituirá compensación suficiente, por lo que el Contratista renunciará a presentar reclamaciones adicionales. Dicho interés se devengará a diario desde la fecha inicial de pago hasta la fecha de pago efectivo, independientemente de si recae sentencia judicial al respecto, pero no se devengarán intereses compuestos. El Contratista deberá reclamar el pago del interés de demora emitiendo una factura independiente en plazo xx xxxx (10) días hábiles desde la fecha efectiva de pago de la factura a la que se refiere dicho interés. El pago de la factura por intereses se realizará de acuerdo con las disposiciones de esta Cláusula 12. El Contratista deberá emitir sus facturas en un plazo máximo de noventa (90) días a contar desde que finalice la parte del Trabajo que corresponda, o desde la expiración o resolución del Contrato, según proceda. La Compañía podrá, sin perjuicio de cualquier otro derecho, acción o recurso que pueda corresponderle, retener, deducir o compensar, total o parcialmente, cualquier cantidad que deba pagar al Contratista conforme al Contrato, en caso de que existan reclamaciones (presentes o futuras) de la Compañía contra el Contratista, ya sean relativas al Contrato o a cualquier otro contrato entre la Compañía y el Contratista.

  • FACTURACIÓN Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el anticipo cuando este exista y por el monto del pago a favor de la ENTIDAD, caso contrario la ENTIDAD deberá retener los montos de obligaciones tributarias pendientes, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.

  • FACTURACION El licitante quedara obligado a utilizar los sistemas x xxxxxxxx electrónicos que la CONVOCANTE le indique para la presentación y envío de sus facturas, los licitantes adjudicado(s) quedaran sujetos a los procedimientos presentes o futuros que LA CONVOCANTE le indique para la recepción de facturas. A su vez, quedara obligado a dar cumplimiento a las indicaciones que en materia de facturación sean indicadas por parte de la Gerencia de Finanzas de la CONVOCANTE LA CONVOCANTE no realizara descargas de documentos de ninguna especie en portales ajenos a la CONVOCANTE. Las penalizaciones y/o deducciones que se apliquen al licitante adjudicado, será descontadas mediante nota de crédito que cumpla con los requisitos fiscales (CFDI) y/o mediante descuento directo aplicable a la factura correspondiente. Al importe que la CONVOCANTE determine como importe xx xxxx convencional o deductiva, se deberá añadir el Impuesto al Valor Agregado. Solo en caso de haber expirado la vigencia del contrato o de haber concluido el ejercicio fiscal y se determinen penalizaciones o deducciones por cobrar al licitante esta podrá liquidarse mediante depósito directo a la cuenta bancaria de la CONVOCANTE que le sea indicada al proveedor.

  • DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS “EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia. Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • Forma para la Presentación de los Documentos Contenidos en el “Sobre A” Los documentos contenidos en el “Sobre A” deberán ser presentados en original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página del ejemplar, junto con TRES COPIAS fotocopias simples de los mismos, debidamente marcada, en su primera página, como “COPIA I, II y III”. El original y las copias deberán firmarse en todas las páginas por el Representante Legal, debidamente foliadas y deberán llevar el sello social de la compañía. El “Sobre A” deberá contener en su cubierta la siguiente identificación: (Sello Social) Firma del Representante Legal COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.

  • TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS Hasta tanto tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Administración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. La Administración, en caso de incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades que se determinen en el apartado 18 del Anexo I al presente pliego.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.