PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Gobierno Del Reino De España Y El Gobierno De La Federación, www.boe.es, www.boe.es
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo 19, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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Samples: Convenio Entre El Gobierno De España Y El Gobierno De La República, Convenio Entre El Reino De España Y La República De Bolivia Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición serán gravables exclusivamente en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y El Sultanato De Omán Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta, emigracion.xunta.gal
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo solo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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Samples: www.boe.es, www.mitramiss.gob.es
PENSIONES. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas similares, pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse pasado serán sometidas a imposición únicamente en ese Estado.
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Samples: Acuerdo Entre El Gobierno De Los Estados Unidos Mexicanos Y El Gobierno De La República Popular China, Acuerdo Entre El Gobierno De Los Estados Unidos Mexicanos Y El Gobierno De La Republica Popular China
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1918, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Colombia Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio, Convenio Entre El Reino De España Y La República Oriental Del Uruguay Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1918, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo solo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: emigracion.xunta.gal, www.boe.es
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo Artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón de un empleo anterior sólo solo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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Samples: Convenio Para Evitar La Doble Tributacion Entre Ecuador Y Suiza, Convenio Para Evitar La Doble Tributacion Entre Ecuador Y Suiza
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas similares pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República De Cuba Para Evitar La Doble Imposición Y Prevenir La Evasión Fiscal en Materia De Impuestos Sobre La Renta Y Sobre El Patrimonio Y Protocolo, Hechos en Madrid El 3 De Febrero De 1999, Y Canje De Notas De 9 De Noviembre Y 30 De Diciembre De 1999 Que Los Modifica, Convenio Entre El Gobierno De La Republica De Cuba Y El Gobierno De La Federacion De Rusia
PENSIONES. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior anterior, sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo 19, las pensiones pensiones, rentas vitalicias y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse estarán sometidas a imposición en ese Estado.
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Samples: www.hacienda.gob.es
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 las disposiciones del párrafo 1del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón el desempeño de un empleo anterior sólo pueden podrán someterse a imposición en ese este Estado.
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PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior anterior, sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y El Reino De Arabia
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Sujeto a las disposiciones del parágrafo 2 del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas similares pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante en contraprestación por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse anterior, solamente deberán estar sometidas a imposición en ese Estado.
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PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 las disposiciones del artículo 19, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas similares pagadas, en consideración a un empleo anterior, a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior contratante, sólo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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Samples: www.hacienda.gob.es
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado las disposiciones del párrafo 2 del artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior anterior, sólo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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Samples: Convenio Entre España E Italia
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1918, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un una persona física residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: www.boe.es
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo Artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior Contratante sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo Artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas similares, pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse pasado serán sometidas a imposición únicamente en ese Estado.
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Samples: Acuerdo Entre El Gobierno De Los Estados Unidos Mexicanos Y El Gobierno De La República De La India
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo articulo 19, las pensiones y remuneraciones análogas similares pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo trabajo dependiente anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: www.transparenciafiscal.gob.sv
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo Artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas similares que sean pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden Contratante solo podrán someterse a imposición en ese EstadoEstado Contratante.
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Samples: Convenio Entre Japón Y La República Del Ecuador Para Eliminar La Doble Imposición
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 las disposiciones del número 1 del artículo 1920, las pensiones y otras remuneraciones análogas similares pagadas en consideración a un empleo anterior, a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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Samples: www.hacienda.gob.es
PENSIONES. Sin perjuicio A reserva de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas similares pagadas a un residente de un Estado contratante por razón Contratante en virtud de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición serán imponibles solamente en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Gobierno De España Y El Gobierno De La República Popular De Polonia
PENSIONES. Sin perjuicio de 1. Sujeto a lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo 1918, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón virtud de un empleo una relación laboral anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre
PENSIONES. Sin perjuicio de Sujeto a lo dispuesto en el apartado párrafo 2 del artículo 19Artículo 18, las pensiones y otras remuneraciones análogas similares pagadas a un residente de un Estado contratante por razón Contratante en virtud de un empleo una relación laboral anterior sólo pueden podrán someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.. 10
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PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese este Estado.
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PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo Artículo 19, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1918, las pensiones y otras remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón de un empleo anterior sólo pueden podrán someterse a imposición en ese Estado.
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Samples: Convenio Entre El Reino De España Y La República Argelina
PENSIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 párrafo 2, del artículo 19, las pensiones y demás remuneraciones análogas pagadas a un residente de un Estado contratante Contratante por razón de un empleo anterior anterior, sólo pueden podrán someterse a imposición en ese este Estado.
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