PLAZO PARA INDEMNIZAR Cláusulas de Ejemplo

PLAZO PARA INDEMNIZAR. Una vez se haya cumplido con el procedimiento de reclamo establecido, y SEGUROS LAFISE, hubiese aceptado bajo los términos de la póliza el pago del siniestro acaecido, se procederá con la indemnización en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir de que se hubiere notificado al Tomador y/o Asegurado de la aceptación del reclamo.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. El pago de la indemnización o la suma asegurada que se realice directamente al ASEGURADO, beneficiario y/o endosatario, deberá efectuarse en un plazo no mayor de treinta (30) días siguientes de consentido el siniestro.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. La Compañía resolverá todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. MAPFRE | XXXXX RICA se compromete a resolver las reclamaciones que le presenten, en un plazo no mayor a treinta (30) días naturales, contados a partir de que el Asegurado y/o el Tomador presenten todos los requisitos para el pago de reclamos establecidos en estas Condiciones Generales, de conformidad con el Artículo 4 de la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley N° 8653.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. Toda reclamación amparada de acuerdo con los términos de esta Póliza será pagada a el Asegurado o a su Beneficiario, en moneda nacional, o mediante reparación o substitución de los bienes asegurados por otros de la misma calidad y cantidad; en cualquiera de los casos, el pago o la orden de reparación, se hará dentro de los sesenta (60) días continuos contados desde la fecha de presentación de la documentación completa, siempre que se hayan cumplido los demás requisitos estipulados en esta Póliza.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. Una vez el Asegurado y la Compañía hayan acordado por escrito la forma en la que se efectuará cada indemnización, la Compañía deberá, dentro de los siguientes veinte (20) días calendarios, proceder a hacer el pago, formalizar los trámites conducentes al reemplazo del bien siniestrado, u ordenar su reparación, según sea el caso, de acuerdo con lo establecido en esta póliza.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. Una vez recibida la información requerida en forma completa para decidir sobre la procedencia del reclamo, la COMPAÑIA pagará la Suma Asegurada de acuerdo a las coberturas contratadas dentro de los treinta (30) días calendario siguientes. El pago será entregado al CONTRATANTE con el finiquito correspondiente, el cual deberá ser firmado en señal de aceptación.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. En caso de pérdida cubierta por este seguro, tal pérdida una vez ajustada, será pagada dentro de los treinta (30) días hábiles después de la aceptación por la Compañía de la "prueba de pérdida" y prueba de interés financiero en el yate, restando de la suma pagadera cualesquier montos que el Asegurado pueda deber a la Compañía.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. La Compañía resolverá todas las reclamaciones que sean presentadas en un plazo no mayor a 30 días naturales y en caso de ser aplicable la indemnización, esta será girada en los siguientes 30 días naturales luego de aceptado el reclamo, todo según lo establecido en la Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros.
PLAZO PARA INDEMNIZAR. Una vez que el Asegurado y la Compañía hayan acordado por escrito la indemnización que corresponda, y siempre que no exista ninguna documentación pendiente o acción judicial oficial con relación al siniestro ocurrido o a la responsabilidad civil o penal del Asegurado, la Compañía deberá, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, proceder a indemnizar al Asegurado según los términos de esta póliza.