Common use of PLAZO Clause in Contracts

PLAZO. El plazo del presente contrato es indefinido a menos que alguna de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.

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Samples: Contrato De Afiliacion De Establecimientos, Contrato De Afiliacion De Establecimientos, Contrato De Afiliacion De Establecimientos

PLAZO. El plazo del presente contrato de duración inicial pactado en los contratos de arrendamiento de vivienda tiene una relevancia práctica muy importante, por cuanto si bien es indefinido a menos cierto que alguna el Artículo 9 de la XXX 2/94 establece que la duración de éste será la “libremente pactada por las partes exprese por escrito su voluntad partes”, seguidamente establece un PLAZO MÍNIMO de darlo por terminado5 años, en especialforma de prórroga voluntaria para el arrendatario y obligatoria para el arrendador. La única forma de eludir ésta imposición legal la encontramos en el Artículo 9.3 de la XXX 2/94, porque que, tras la reforma operada por Ley 19/09 de 3 de noviembre de Medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y eficiencia energética de los edificios, que amplia los supuestos de CAUSA DE NECESIDAD y elimina el ESTABLECIMIENTO cierre automatismo de ésta prórroga obligatoria SOLO en el supuesto de que en el contrato se hubiera hecho constar, de forma expresa, la necesidad del arrendador de ocupar la vivienda para sí, para sus operaciones comerciales familiares de primer grado por consanguinidad (padres ye hijos naturales o adoptivos) y cónyuge con sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial que le atribuya el uso de la vivienda arrendada, antes del transcurso de cinco años. La protección que la Ley establece hacia el arrendatario en cuanto al público plazo de duración mínimo del contrato exige el cumplimiento por parte del arrendador o demás sujetos legitimados para aplicar la causa de necesidad, de la exigencia de ocupación de la vivienda para su uso como vivienda permanente, que cubra sus necesidades básicas de alojamiento, por cuanto penaliza a éstos si, en el transcurso de tres meses desde la extinción del contrato, o la efectiva puesta a disposición de la vivienda al arrendador, no han ocupado la vivienda, por causa que no le sea imputable, debiendo reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo periodo de hasta cinco años, con indemnización de los gastos de desalojo hasta el momento de la reocupación, o indemnizarle, a elección del arrendatario con una cantidad igual al importe de la renta por los años que le quedaran hasta completar cinco. Nada se declare en quiebradice, sin embargo, del tiempo posterior de ocupación. Para aquellos contratos en los que no se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas indica plazo de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/duración, o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminaciónéste sea indeterminado, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado Artículo 9.2 de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo la XXX establece que haya sido suministrado se entenderán celebrados por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistanun año, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexiónprórroga anual para el arrendatario una vez concluido el plazo inicial. En definitiva, suspendiendo inmediatamente sigue rigiendo el uso principio de denominacionesque independientemente del plazo de duración pactado, marcas o si este no queda establecido, si éste es inferior a cinco años, se aplicara el régimen de servicios y logotiposprórroga anual hasta alcanzar la duración de cinco años, sin necesidad de formalidad algunaprórroga obligada para el arrendador, requerimientopero voluntaria para el arrendatario, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también con la totalidad excepción del Artículo 9.3 de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoXXX.

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Samples: Contrato De Arrendamiento De Vivienda, Contrato De Arrendamiento Vivienda Amueblada

PLAZO. El plazo total para la ejecución de la obra será el establecido en literal b) del presente contrato es indefinido a menos que alguna numeral VI de las partes exprese Especificaciones e Información Generales, el cual será contado a partir del desembolso xxx Xxxx Familiar Habitacional a favor de la Entidad Técnica por escrito su voluntad de darlo parte del Fondo MIVIVIENDA SA Si EL COMITENTE hiciera observaciones a la obra entregada por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento no estar conforme a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado condiciones técnicas estipuladas en el presente contrato, las cuales deben coincidir con el proyecto inscrito en cualquier momentoel Registro de Proyectos a cargo de Fondo MIVIVIENDA SA, EL CONTRATISTA deberá realizar las subsanaciones del caso dentro de presentarse alguna los quince (15) días naturales de comunicadas las referidas observaciones, sin derecho a pago adicional alguno En caso que EL CONTRATISTA incumpliera con entregar la obra terminada en las condiciones pactadas y en el plazo señalado, éste pagará a EL COMITENTE la penalidad señalada en el literal c) del numeral VI de las causales Especificaciones e Información Generales por cada día de terminación previstas retraso de la entrega, que se devengará por el solo hecho del incumplimiento, sin requerir para ello comunicación previa alguna En caso EL CONTRATISTA no cumpliera con entregar la obra luego de quince (15) días calendario de vencido el plazo pactado o de subsanación antes señalado, EL COMITENTE podrá cursar una Carta Notarial para que satisfaga su prestación, dentro de un plazo no menor a quince (15) días calendario, bajo apercibimiento de resolver el contrato de pleno derecho al vencimiento de dicho plazo, según lo señalado por el articulo 1429° del Código Civil En caso se resuelva el contrato por las causas señaladas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminaciónpárrafo precedente, la devolución del importe xxx Xxxx Familiar Habitacional será exigida por el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder Fondo MIVIVIENDA SA a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistanEL CONTRATISTA, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a ejecutarse las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores garantías que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por para tal efecto haya otorgado este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.último

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Samples: Contrato N, Contrato N

PLAZO. El plazo de vigencia de la Línea se inicia con la suscripción del presente contrato es indefinido a menos Contrato y concluirá en la fecha de vencimiento indicada al inicio de este documento. Los Desembolsos contra la Línea podrán tener diversos plazos pudiendo exceder el plazo de la Línea, siempre que alguna hubieran sido solicitados y desembolsados dentro del plazo de vigencia de la Línea. Por tratarse de una línea no comprometida, el plazo de la Línea podrá ser ampliado o disminuido por el Banco, sin expresión de causa y sin consentimiento previo o posterior de Usted, bastando para ello una comunicación simple del Banco en la que se indique el nuevo plazo. Usted debe pagar los Préstamos en las Cuotas y en las fechas establecidas en el Cronograma de Pagos ("Cronograma") y en la Hoja de Resumen Informativa ("Hoja Resumen"- Anexo No. 1). El Cronograma y la Hoja Resumen son documentos que forman parte de este Contrato. IMPORTANTE: Lea cuidadosamente estos documentos. Su firma en este Contrato supone que está de acuerdo con el Cronograma y Hoja Resumen. El pago de las partes exprese por escrito su voluntad obligaciones asumidas en cada uno de darlo por terminadolos Préstamos se realizará mediante cargo en la Cuenta Cargo/Abono. El Banco podrá establecer otras formas para que Usted efectúe el pago de las Cuotas, informándole previamente sobre las mismas. Para ello, Usted autoriza al Banco a debitar los montos adeudados, así como los intereses, gastos, comisiones y demás conceptos aplicables, según la Hoja Resumen, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público la Cuenta Cargo/Abono o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas cuenta que Usted mantiene o pudiera mantener en el mismo contratoBanco, a criterio de éste último. En cualquier caso de terminaciónM0501 Usted debe pagar las Cuotas xxx Xxxxxxxx en Ia moneda xxx Xxxxxxxx. Esto quiere decir que si Usted recibió el Préstamo en Soles, debe pagar las Cuotas en Soles; mientras que si Usted recibió el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y Préstamo en buen estado de funcionamiento los P.O.S. Dólares (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo en otra moneda), debe pagar las Cuotas en Dólares (o en la moneda en la que haya sido suministrado por DATAFASTrecibió el Préstamo). Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa dinero (90fondos) días consecutivosque Usted tiene para pagar las Cuotas está en una moneda distinta a la moneda xxx Xxxxxxxx, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a el Banco podrá comprar con ese dinero (fondos) la moneda xxx Xxxxxxxx, aplicando el tipo de cambio que tenga vigente en el momento de la compra. Es decir, si su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO Cuota está en Dólares y en sus cuentas tiene Soles en cantidad suficiente, el Banco podrá comprar con esos Soles los Dólares necesarios, según el tipo de cambio que el Banco tenga establecido, para hacer efectivo el pago de los valores o precios su Cuota. Si en las fechas de pago de las Cuotas, la Cuenta Cargo/Abono no tiene dinero (fondos) suficiente, el Banco podrá cobrar la Cuota de cualquier otra cuenta que deba a DATAFAST y que estén estipulados Usted tenga en el formulario Banco, sea en moneda nacional o en moneda extranjera. IMPORTANTE: Para evitar costos y gastos adicionales, Usted se obliga de orden forma irrevocable y por todo el tiempo de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho duración del presente Contrato a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado mantener en la Cuenta Cargo/Abono o en cualquiera de las estipulaciones contenidas cuentas que mantiene o pudiera mantener en este contrato, el Banco y especialmente en las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del fechas de pago establecidas en los respectivos cronogramas a emitirse para cada uno de su facturaciónlos Préstamos Comerciales, el valor de los reclamos dinero (contracargosfondos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente suficiente para cubrir los valores, la cuota periódica o el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto importe total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoobligación.

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Samples: Contrato De Línea De Préstamo Comercial, Contrato De Línea De Préstamo Comercial

PLAZO. El plazo de este contrato es indefinido y su vigencia iniciará una vez perfeccionado el mismo, y su duración será mientras el MANDANTE sea propietario y/o representante de activos que pertenezcan al Sistema Interconectado Nacional – SIN -. NOVENA.- IMPUESTO DE TIMBRE. El Impuesto de Timbre será retenido de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la ley 383 de 1997, el cual establece: “Cuando tales documentos sean de cuantía indeterminada el impuesto se causará sobre cada pago o abono en cuenta derivada del contrato o documento, durante el tiempo que dure vigente. Lo anterior será aplicable para los contratos que se suscriban, modifiquen o prorroguen a partir de la presente ley”. La tarifa vigente a la fecha del presente contrato es indefinido a menos del 0%, conforme lo dispuesto en la ley 1111 de 2006. Para el pago del impuesto, deberá tenerse en cuenta que alguna XM COMPAÑÍA DE EXPERTOS EN MERCADOS S.A. E.S.P. es una entidad de derecho público, exenta del pago del Impuesto de Timbre, por lo tanto en cumplimiento del Artículo 532 del Estatuto Tributario Nacional, el MANDANTE deberá asumir el 50% del impuesto que se genere por la suscripción o aceptación del presente documento. DÉCIMA- INCUMPLIMIENTO: Para los efectos de las partes exprese sanciones por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones eventual incumplimiento de las Compañías Emisoras y Administradoras obligaciones propias de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar partes se remiten en modo expreso a las disposiciones del pago Código de su facturaciónComercio y del Código Civil, y a las demás normas pertinentes de la legislación colombiana. DÉCIMA PRIMERA-PERFECCIONAMIENTO. El presente contrato quedará perfeccionado una vez suscrito por las partes. Para constancia, las partes suscriben el valor de los reclamos (contracargos) y multas presente contrato en las fechas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro aparecen al pie de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha informaciónfirmas, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el serviciodos ejemplares del mismo tenor. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX C.C. 79.231.624 Bogotá Representante Legal

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Samples: Contrato De Mandato Comercial Con Representación, a Título Oneroso

PLAZO. El plazo para la ejecución del presente contrato es indefinido será por quince (15) años contados a menos que alguna partir del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato. Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá: La habilitación del servicio estará a cargo de la E.S.E. UNIVERSITARIA DEL ATLÁNTICO, no obstante será obligación del contratista realizar todas las acciones necesarias tendientes a lograr la habilitación del servicio para la operación del mismo, incluye la entrega del área por parte de la E.S.E UNA, la dotación de los equipos, medicamentos, materiales e insumos requeridos para la operación de los equipos biomédicos, así como los de enfermería y de tratamiento médico-quirúrgicos requeridos para la puesta en marcha y operación de las partes exprese Unidad de Cuidados Intensivos y unidad de cuidados especiales pediátricas y neonatales, además de la contratación xxx xxxxxxx humano idóneo y la preparación de la documentación necesaria para la puesta en funcionamiento, la cual tendrá que realizarse en los términos establecidos en el anexo, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio. Una vez habilitado el servicio cumpliendo con todos los estándares, requerimientos técnicos administrativos, operativos de conformidad con la normatividad vigente, comenzará el inicio de la prestación del servicio por escrito su voluntad parte del contratista. Surtidos y aprobados los trámites de darlo por terminadohabilitación los que se requieran para apertura del servicio, en especialella se incluyen, porque entre otras las reposiciones, concomitantemente con la operación del servicio, mantenimientos (preventivos y correctivos) de los equipos de la E.S.E UNA, bien sean los dotados por el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público contratista o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débitolos propios, y el Código Orgánico Monetario y Financieromantenimiento de la infraestructura a utilizar. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado Al terminar el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en contrato el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago contratista realizará Entrega de los valores equipos adquiridos por el contratista durante la ejecución del contrato con la E.S.E UNA, o precios que deba a DATAFAST quien esta disponga, garantizando la transferencia de conocimiento y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través entendimiento de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidooperación.

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Samples: Carta De Cupo Credito

PLAZO. El presente contrato empezará a regir el día (**) de (mes) de año y durará el plazo de (**) meses, en consecuencia vencerá el día (**) de (mes) de año. No obstante lo anteriormente señalado, este contrato se renovará sucesiva y automáticamente en período iguales al contratado, si ninguna de las partes da aviso a la otra con a lo menos (**) días de anticipación a la fecha de su vencimiento, por medio escrito, su deseo de poner término al presente contrato, e informando término de giro o cambio de domicilio ante Servicio de Impuestos Internos. Se conviene expresamente que por el no pago oportuno de la renta convenida, el ARRENDATARIO, pagará una multa igual al interés máximo convencional para operaciones reajustables, multa que regirá desde el día siguiente del plazo que tienen para hacerlo y hasta la fecha que se realice el pago efectivo de la obligación. E n caso de mensualidades con 30 días de atraso, se aplicará gasto de cobranza a partir del día 3 xx xxxx, como porcentaje de la mensualidad adeudada. El ARRENDATARIO, autoriza en este acto, para que en caso de simple retardo, xxxx o incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente contrato sus datos personales y los demás derivados del presente contrato es indefinido puedan ser ingresados, procesados, tratados y comunicados a menos que alguna de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminadoterceros sin restricciones, en especialla base de datos o sistema de información comercial que el ARRENDADOR determine. En la eventualidad que el ARRENDADOR, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga tenga que recurrir a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida los servicios externos para el Funcionamiento cobro de la renta x xxxxxx de servicio, cuentas impagas o cualquier valor relacionado con el arrendamiento, los gastos y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débitocostas serán xx xxxxx del ARRENDATARIO, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de aceptando desde este instante pagar los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento cobren por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoestos servicios.

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Samples: Contrato De Arriendo Para Efectos Comerciales

PLAZO. El La Oferta Pública de Venta en la Primera Etapa tendrá vigencia de dos (2) meses contados a partir del Día Hábil siguiente a la publicación del Aviso de Oferta de la Primera Etapa. Las Aceptaciones podrán ser presentadas, ante la Entidad Receptora de Aceptaciones de la Primera Etapa, durante el término antes mencionado, los Días Hábiles entre las 9:00 a.m. y las 4:00 p.m. En caso de que, dentro del plazo mencionado, y por determinación del presente contrato es indefinido a menos que alguna de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargoEnajenante, se obliga decida interrumpir la Primera Etapa, el Enajenante publicará un Aviso de Interrupción. El Programa de Enajenación se entenderá interrumpido a dar fiel cumplimiento a partir del día de publicación del Aviso de Interrupción y hasta la Fecha de Reanudación. Durante la interrupción, el Enajenante podrá reanudar el proceso en la Primera Etapa mediante la publicación de un Aviso de Reanudación de la Primera Etapa, que incluirá las cláusulas nuevas condiciones con las cuales continuará la Oferta Pública de este contrato y declara conocer Venta en la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contratoPrimera Etapa. En cualquier caso de terminacióncaso, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado nuevo término que se fije, sumado al término de funcionamiento los P.O.S. vigencia inicial, no podrá ser inferior a dos (fijos o móviles2) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFASTmeses. Si se presenta una interrupción, se entenderán desistidas todas las Aceptaciones presentadas. Bajo esta premisa, la BVC anulará en el ESTABLECIMIENTO sistema los Formularios de Aceptación que a la fecha de interrupción hayan sido aceptados definitivamente o se encuentren en proceso de validación por parte de la BVC y aquellos que se encuentren en proceso de recuperación o ingreso y que no registrase ninguna transacción durante noventa hayan sido radicados ante la BVC, y remitirá a la Entidad Receptora de Aceptaciones de la Primera Etapa (90quienes deberán comunicar a sus clientes que se ha iniciado un proceso de interrupción), dentro de los tres (3) días consecutivoshábiles siguientes a la publicación del Aviso de Interrupción, DATAFAST y/todos los anexos presentados que correspondan a Aceptaciones Válidas. Si como consecuencia de una interrupción, se presenta un incremento o una disminución en el precio por acción para la Primera Etapa, una vez publicado el Aviso de Reanudación, la Entidad Receptora de Aceptaciones de la Primera Etapa deberá informar de ello a sus clientes, con el fin de establecer si desean presentar una ratificación. Las nuevas condiciones publicadas en el Aviso de Reanudación de la Primera Etapa se entenderán ratificadas, mediante la suscripción de un nuevo Formulario de Aceptación que contenga las ENTIDADES podrán proceder nuevas condiciones de la Oferta Pública de Venta, presentando además la actualización de los anexos que para el efecto sean requeridos. Los Aceptantes que deseen presentar su ratificación a las nuevas condiciones, deberán hacerlo dentro de los días que resten de la Oferta Pública de Venta de la Primera Etapa, ante la Entidad Receptora de Aceptaciones de la Primera Etapa con la cual presentaron su desafiliaciónAceptación inicial, quien se encargará de validar la información recibida y remitir nuevamente la Aceptación a la BVC en cumplimiento de las condiciones establecidas. Los Aceptantes que no hayan ratificado las nuevas condiciones, tendrán derecho a la devolución del dinero consignado en efectivo en las Cuentas para el Pago, devolución que hará la Entidad Receptora de Aceptaciones de la Primera Etapa. En ningún caso, habrá lugar a reconocimiento de intereses o rendimiento alguno. Todos los impuestos y gastos que se generen por dicha devolución serán por cuenta del Aceptante. Durante la etapa de interrupción no se recibirán documentos físicos ni electrónicos a través de los cuales se pretenda adquirir Acciones por parte de los Destinatarios de Condiciones Especiales. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera tales documentos sean presentados por los Destinatarios de las estipulaciones contenidas en este contratoCondiciones Especiales ante la Entidad Receptora de Aceptación, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de esta procederá con su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidodevolución.

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Samples: www.epm.com.co

PLAZO. El plazo estimado para la ejecución del presente contrato de consultoría es indefinido de 150 días calendarios, contado a menos partir de la notificación de inicio del administrador de contrato, mismo que alguna se dará con la misma fecha de inicio de la obra “CONSTRUCCIÓN DE REDES DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA ENLA PROVINCIA XX Cualquier prórroga de plazo de la obra o prolongación no será causal para reajuste en el costo de fiscalización contratado. El acta de recepción definitiva de los servicios de fiscalización se suscribirá luego de que se suscriba el acta provisional de las partes exprese obras fiscalizadas. Para todos los fines jurídicos y administrativos, el Consultor desempeñará sus funciones en la ciudad xx Xxxx. Este plazo podrá ser prorrogado únicamente por escrito su voluntad causas de darlo fuerza mayor o caso fortuito cuando el hecho que lo motiva sea notificado al Administrador del Contrato dentro del término de dos (2) días de ocurrido el evento, el mismo que deberá estar debidamente probado o justificado por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato Consultor y declara conocer aceptadas por la normativa establecida para el Funcionamiento EERSSA y Operaciones solamente por los días que incida la presencia de las Compañías Emisoras causales indicadas, cuando la prórroga implique una modificación al plazo total se necesitará la aprobación de la Presidencia Ejecutiva de la EERSSA. La EERSSA podrá suspender el plazo de ejecución contractual siempre que los hechos que lo motivan no sean imputables al Consultor. El hecho de permitir al Consultor que continúe con la prestación del servicio contratado después del vencimiento del plazo concedido, cuando éste haya incurrido en xxxx, no implica prórroga automática de plazo por parte de la EERSSA y Administradoras tal terminación se ejecutará no obstante la aplicación de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado multas estipuladas en el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.

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Samples: Contrato No. Bid Ec L1223 Ferum Eesur Di Fi 012 004.2022

PLAZO. El plazo general del contrato es de OCHO (8) MESES, el cual corresponde a la sumatoria de los plazos individuales de cada una de las fases. El plazo general del contrato comenzará a contabilizarse a partir de la suscripción del acta de inicio o emisión de la orden de inicio. Los plazos se han determinado de acuerdo con el tiempo requerido para cada actividad. La distribución de plazos descrita anteriormente deberá tenerse en cuenta independientemente al momento de elaborar la propuesta económica. La orden de inicio o el acta de inicio del CONTRATO DE CONSULTORÍA deberán emitirse simultáneamente con la orden de inicio o el acta de inicio del CONTRATO DE INTERVENTORÍA. El plazo del presente contrato es indefinido será uno solo, no obstante, a menos que alguna continuación, se describe el plazo de cada una de las partes exprese fases por escrito su voluntad proyecto: Nota 1*: El plazo contemplado comprende TRES (3) MESES Y QUINCE (15) DÍAS CALENDARIOS para la ejecución de darlo por terminadolas actividades, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas la elaboración de este los productos del contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, revisión y el Código Orgánico Monetario y Financieroconcepto inicial de la interventoría. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, Se dispone además de presentarse alguna un periodo adicional de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. QUINCE (fijos o móviles15) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx DÍAS calendario para realizar ajustes por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago contratista de consultoría y aprobación por parte de la interventoría de los valores o precios productos, por lo tanto, cualquier solicitud de ajuste que deba a DATAFAST y que estén estipulados resulte de la revisión deberá ser atendida por el CONTRATISTA DE CONSULTORÍA en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistandicho tiempo con sus profesionales, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFASTse genere ningún costo adicional. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera Nota 2**: El plazo contemplado comprende DOS (2) MESES para la ejecución de las estipulaciones contenidas en este contratoactividades, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor la elaboración de los reclamos (contracargos) productos del contrato y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, revisión y el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través concepto inicial de la empresa que ellos asignen, interventoría. Se dispone además de un periodo adicional de QUINCE (15) DÍAS calendario para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento realizar ajustes por parte del ESTABLECIMIENTO contratista de una o más consultoría y aprobación por parte de la interventoría de los productos, por lo tanto, cualquier solicitud de ajuste que resulte de la revisión deberá ser atendida por el CONTRATISTA DE CONSULTORÍA en dicho tiempo con sus profesionales, sin que se genere ningún costo adicional. Nota 1*: El plazo contemplado comprende CUATRO (4) MESES para la ejecución de las estipulaciones actividades, la elaboración de este contratolos productos del contrato y la revisión y el concepto inicial de la interventoría. Se dispone además de un periodo adicional de QUINCE (15) DÍAS calendario para realizar ajustes por parte del contratista de consultoría y aprobación por parte de la interventoría de los productos, DATAFAST previa autorización por lo tanto, cualquier solicitud de ajuste que resulte de la revisión deberá ser atendida por el CONTRATISTA DE CONSULTORÍA en dicho tiempo con sus profesionales, sin que se genere ningún costo adicional. Nota 2**: El plazo contemplado comprende DOS (2) MESES para la ejecución de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADASactividades, podrá darlo la elaboración de los productos del contrato y la revisión y el concepto inicial de la interventoría. Se dispone además de un periodo adicional de QUINCE (15) DÍAS calendario para realizar ajustes por terminado parte del contratista de consultoría y proceder a aprobación por parte de la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre interventoría de los productos, por lo tanto, cualquier solicitud de ajuste que resulte de la revisión deberá ser atendida por el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotiposCONTRATISTA DE CONSULTORÍA en dicho tiempo con sus profesionales, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidogenere ningún costo adicional.

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Samples: Contrato De Consultoría

PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato es indefinido de un año contado a menos partir de la fecha de su suscripción, renovable automáticamente por periodos iguales, independientemente de la vigencia de la(s) tarjeta(s) plástica(s) que alguna podrán emitirse con un plazo de las partes exprese por escrito su voluntad validez diferente, no siendo necesario que EL CLIENTE suscriba un nuevo contrato de darlo por terminado, Cuenta Corriente Especial Tarjeta de Crédito. LA FINANCIERA realizará evaluaciones constantes en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales función al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas comportamiento crediticio de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito EL CLIENTE y/o Débitodel USUARIO para la vigencia del contrato y sus sucesivas renovaciones. Sin perjuicio del plazo antes señalado, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contratotanto EL CLIENTE como LA FINANCIERA podrán, en cualquier momento, dar por resuelto el presente contrato, o comunicar su intención de presentarse alguna no renovar el contrato a su vencimiento con por lo menos treinta (30) días calendario de anticipación. Para ello, EL CLIENTE se comunicará a través de Banca Telefónica y/o cualquier otro mecanismo que LA FINANCIERA ponga a su disposición. En tanto LA FINANCIERA deberá comunicar la resolución a EL CLIENTE de acuerdo a las causales de terminación previstas en el mismo la cláusula décimo octava del contrato, a través de comunicación escrita dirigida a su domicilio. En cualquier caso es obligación de terminaciónEL CLIENTE cancelar el monto total del saldo deudor que LA FINANCIERA liquide, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y así como devolver todas las tarjetas emitidas a su solicitud, en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivosforma inmediata, DATAFAST incluyendo las adicionales autorizadas, asumiendo todas las responsabilidades civiles y/o las ENTIDADES podrán proceder penales que se produjeran por el uso irregular que pueda darse a su desafiliacióncualquiera de dichas tarjetas. En De acuerdo al artículo 32° del Reglamento de Transparencia, LA FINANCIERA le otorgará a EL CLIENTE un plazo no menor de cuarenta y cinco (45) días calendario para que encuentre algún otro mecanismo de financiamiento en caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO considere necesario. Queda expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO convenido por las ventas facturadas por este último partes que la terminación del contrato conforme a los tarjetahabienteslo estipulado en la presente cláusula, y pagar dichos valores a DATAFASTconstituye el ejercicio de un derecho que ambas partes se otorgan recíprocamente. En el evento caso de terminación de la relación contractual, fuere por vencimiento del plazo o por resolución, LA FINANCIERA está facultada para conciliar y cobrar a EL CLIENTE las operaciones que el ESTABLECIMIENTO violare se encuentren pendientes de pago, débito y/o contabilización. Por otro lado, si EL CLIENTE a la terminación del contrato tiene saldo a favor en la cuenta respectiva, LA FINANCIERA lo señalado pondrá a su disposición en sus agencias u oficinas. En tanto existan obligaciones a cargo de EL CLIENTE que se encuentren pendientes de pago según los estados de cuenta correspondientes, seguirán siendo de aplicación las disposiciones del presente contrato. No obstante, independientemente de la vigencia o subsistencia de las cuentas de EL CLIENTE en LA FINANCIERA, si con posterioridad se presentaran cargos sobre cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contratoCuentas incluyendo las adicionales autorizadas, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del por cualquier causa, la responsabilidad de EL CLIENTE subsistirá hasta el pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro total de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidosumas adeudadas.

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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito

PLAZO. El plazo de concesión será xx XXXX AÑOS, desde la fecha de la formalización del presente contrato es indefinido en documento administrativo. No obstante podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por periodos anuales hasta un máximo de cinco años más, acuerdo de prórroga que deberá acordarse por la Junta de Gobierno Local al menos con cuatro meses de antelación a menos que alguna la finalización del contrato o de cada una de las partes exprese por escrito su voluntad prórrogas. Finalizado el plazo de darlo por terminadoquince años desde el inicio de la concesión del servicio, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebracontrato quedará definitivamente extinguido, sin embargoposibilidad de ninguna otra prórroga y sin necesidad de denuncia previa, que no se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contratoestablece. En cualquier caso de terminacióncaso, y si el Ayuntamiento lo considera conveniente, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado adjudicatario tendrá la obligación de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo continuar la gestión del servicio hasta el inicio del nuevo contrato que haya sido suministrado oportunamente se adjudique, siempre por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago un plazo máximo de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas seis meses desde la fecha dispuesta para la finalización del requerimiento contrato. La duración del contrato se fija entre las fechas de notificación del acuerdo de adjudicación y del acuerdo de devolución de garantía definitiva. Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación las instalaciones y equipamiento del Albergue de Peregrinos “San Xxxxxxxxx” de Calahorra entregadas al adjudicatario de la concesión, así como el monto total equipamiento con que el adjudicatario dotará al edificio para prestar el servicio de albergue que se contrata, y que deberá conservar en la forma indicada en el artículo 131 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y artículo 283 del T.R.L.C.S.P. En cualquier caso, la transmisión de la licencia obtenida por el adjudicatario en su caso, operará de forma automática a favor del Ayuntamiento con la finalización del contrato. La Administración Municipal en modo alguno quedará vinculada por actos del concesionario cuyos efectos sobrepasen el plazo concesional, o la prórroga en vigor. Será admisible la novación de la concesión por cesión de los mencionados reclamos (contracargos) derechos del concesionario a otra persona, siempre que se haya cumplido la quinta parte del plazo concesional y multas o el saldo según el casonuevo concesionario reúna los requisitos para participar en la presente licitación. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignenLa cesión, para verificar las condiciones de custodia lógicaser efectiva, física deberá ser aprobada por la Administración Municipal y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, formalizará en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoescritura pública.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

PLAZO. El plazo de entrega de ofertas será conforme a lo indicado en el anuncio publicado en el Perfil de Contratante de la Fundación Municipal de la Mujer del presente contrato es indefinido a menos Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/Xxxxxx%00xxx%00xxxxxxxxxxx%00- %20Fund.%20Municipal%20de%20la%20Mujer SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA, TÉCNICA O PROFESIONAL Las empresas licitadoras estarán exentas de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera así como técnica y profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que alguna se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las partes exprese Administraciones Públicas, modificación introducida por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momentoReal Decreto 773/2015, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas 28 xx xxxxxx. CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: CRITERIO UNICO PRECIO MAS BAJO De conformidad con lo dispuesto en el mismo contrato. En cualquier caso artículo 150.1 del TRLCSP, cuando solo se utilice un criterio de terminaciónadjudicación, este ha de ser, necesariamente, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado del precio más bajo. El importe sobre el que se aplicará el criterio de funcionamiento los P.O.S. adjudicación será: el IMPORTE TOTAL OFERTADO POR LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA “TALLERES SOCIO-FORMATIVOS” DE LA FUNDACIÓN MUNICIPAL DE LA MUJER DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliaciónIVA EXCLUIDO). En caso xx xxxx de igualdad de proposiciones, tendrán preferencia en la adjudicación, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa junto a la oferta, las empresas que reúnan los siguientes requisitos: -Empresas que cuenten en su plantilla con un número no inferior al 2% de personal con discapacidad, por parte del ESTABLECIMIENTO tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%. -Sociedades Cooperativas Andaluzas de trabajo asociado y las de segundo o ulterior grado que las agrupen. -Empresas que tengan la marca de excelencia o desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades, de conformidad con lo establecido en el pago artículo 12.2 de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFASTla Ley 12/2007, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes26 de noviembre para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. -Empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las estipulaciones contenidas empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionadodicha normativa para tener esta consideración. Si aún así persistiera la facturación fuere insuficiente para cubrir los valoresigualdad entre las proposiciones, el ESTABLECIMIENTO o si ninguna de las empresas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se obliga a cancelar procederá a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro realización de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha un sorteo. La realización del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha informaciónsorteo, en caso de negativa injustificadatener que realizarse, DATAFAST suspenderá inmediatamente se hará en acto público, anunciado con antelación en el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO Perfil de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad Contratante de la papelería y demás material promocional que haya sido entregadoFundación Municipal de la Mujer del Excmo. Igual facultad se tendría en el caso Ayuntamiento xx Xxxxx. xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/Xxxxxx%00xxx%00xxxxxxxxxxx%00- %20Fund.%20Municipal%20de%20la%20Mujer DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LAS EMPRESAS LICITADORAS - Proposición económica (Anexo II) - Modelo de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidodeclaración responsable (Anexo III) - Propuesta Técnica (Prescripción 3 del Anexo I PPT).

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Samples: Pliego De Claúsulas Administrativas Y Prescripciones Técnicas Para La Contratación De Los Servicios Necesarios Para La Realización Del Programa

PLAZO. El plazo vencimiento de la presente línea de descuento, y la consiguiente exigibilidad del pago de las certificaciones descontadas será, como máximo, a los CUATRO AÑOS, a contar desde “la fecha de suscripción” del presente contrato es indefinido a menos que alguna de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebradocumento, sin embargoperjuicio del vencimiento anticipado, se obliga de acuerdo con LA NORMATIVA APLICABLE a dar fiel cumplimiento a las cláusulas “la actuación protegida” objeto de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito financiación, y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST causa legal y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliacióncontractualmente convenida. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO Dicho plazo máximo se interrumpirá, quedando vencida LA LINEA DE DESCUENTO, con los efectos establecidos en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados párrafo anterior, en el formulario momento de orden finalización de débito adjunto (ANEXO 2)las obras financiadas. Una vez finalizadas las obras objeto de la construcción financiada, DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual se formalizará préstamo hipotecario entre el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, promotor y pagar dichos valores a DATAFASTla Entidad financiera. En el evento supuesto de convivencia entre LA LINEA DE DESCUENTO Y EL PRESTAMO A PROMOTOR, la suma de todas las cantidades dispuestas, por cualquier causa, de ambas financiaciones no podrá superar el importe máximo de financiación de la actuación protegida, legalmente permitido. En todo caso, en el supuesto de que a las viviendas objeto de la construcción financiada, se les concediera la Calificación Definitiva de Viviendas de Protección Oficial con anterioridad al transcurso de 4 años (o licencia de primera ocupación) el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado saldo que, a favor de Entidad Financiera, resulte en cualquiera la cuenta especial abierta deberá quedar liquidado antes de que se produzca la entrega de las estipulaciones contenidas viviendas. Sin perjuicio de todo lo anteriormente señalado, se podrá en este contratocualquier fecha, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad comisión alguna, requerimientoamortizar, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también anticipadamente la totalidad de la papelería deuda o una parte de la misma. Las cantidades reembolsadas anticipadamente se imputarán, por este orden, a cubrir intereses, comisiones y demás material promocional gastos devengados y pendientes de pago, conforme al presente contrato y en último término al importe de las certificaciones descontadas que haya sido entregado. Igual facultad se tendría estuvieran pendientes de reintegro en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidofecha del reembolso anticipado.

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Samples: www.contratacion.euskadi.eus

PLAZO. El plazo presente contrato de arrendamiento rige a partir de la fecha de celebración del presente instrumento, en la que se hace entrega material a la arrendataria/o de la vivienda y de las llaves de acceso a la misma, y su vigencia será de 1 (un) año a contar de esta fecha. Este plazo se prorrogará por el mismo plazo, previa evaluación del arrendador al arrendatario, donde se verificará el estado de postulación al subsidio de vivienda, el estado del inmueble objeto del contrato es indefinido y la participación en las actividades y talleres acerca del cuidado y mantención de la vivienda, derechos y deberes relativos a menos la vida en comunidad, la tenencia de la vivienda, y planes de emergencia ante situaciones de catástrofe que alguna realizará la Municipalidad De Recoleta, si ninguna de las partes exprese por escrito manifiesta a la otra su voluntad de darlo poner término al arrendamiento a través de un aviso. Dicho aviso se debe Censurado por terminadoLey 19.628 notificar mediante carta certificada al domicilio consignado por las partes en la comparecencia, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre con a lo menos sesenta días de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo pactado precedentemente o de una cualquiera de sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer prórrogas. En caso que la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito yarrendataria/o Débitoquisiera poner término al arriendo antes del plazo convenido, y el Código Orgánico Monetario y Financierorestituyendo al efecto la propiedad, deberá cancelar la renta del mes en curso más un mes adicional. Así tambiénSi pasado un año, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, la parte arrendadora quisiera ponerle término al contrato de arrendamiento en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o comunicarlo a través de carta certificada al domicilio de la empresa arrendataria/o a lo menos con sesenta días de anticipación. Se deja establecido que ellos asignenpor disposición del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso el marco del desarrollo y ejecución del proyecto habitacional del Programa Fondo Solidario de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO Elección de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. AdicionalmenteVivienda para arriendo denominado “Justicia Social”, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver contrato de arrendamiento tendrá una duración máxima de 4 años y ocho meses, no pudiendo exceder dicho plazo bajo ninguna circunstancia, por lo que una vez cumplido el plazo máximo o aceptar cesada la vigencia del subsidio de arriendo D.S. X°00, xxxxxxxxx xxxx facto el retiro contrato de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFASTarrendamiento, como también debiendo la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido arrendataria/o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidohacer devolución inmediata del inmueble.

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Samples: Contrato De Arrendamiento De Inmueble Corporación Municipal De Innovación

PLAZO. El presente Contrato tendrá una duración de ------- ( ) meses contados a partir de la firma del acta de inicio, la cual se suscribirá una vez se encuentre legalizado el contrato. PARAGRAFO PRIMERO: Para suscribir el acta de inicio del contrato, se requerirá indispensablemente que en el contrato de obra civil se haya firmado el acta de inicio. PARÁGRAFO SEGUNDO: El plazo se entenderá en meses corrientes de 30 días calendario y por lo tanto, es exclusiva responsabilidad del presente contrato es indefinido contratista ejecutar los cálculos pertinentes de acuerdo con el programa de trabajo entregado a menos la Universidad. El pago de salarios a sus trabajadores por jornada supletoria o en domingos o festivos, que alguna sea necesario laborar para cumplir con el objeto contractual, lo mismo que los mayores costos si los tuviere y demás recursos que se empleen con este propósito serán por cuenta exclusiva del Contratista. El contratista tendrá la responsabilidad y obligación de las partes exprese por escrito su voluntad acometer simultáneamente frentes de darlo por terminadotrabajo en cada uno de los bloques que conforman el objeto del contrato, en especialasí como la regulación que deba realizar del personal de acuerdo a los requerimientos para desarrollar el trabajo. CLAUSULA SEXTA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.- El CONTRATISTA, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público no podrá ceder total o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado parcialmente el presente contrato, en cualquier momentoni subcontratar el objeto del mismo a persona alguna, salvo previa autorización por parte de presentarse LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, pudiendo ésta reservarse el derecho a negar la cesión, por razones soportadas. LA UNIVERSIDAD no adquirirá relación alguna con los subcontratistas y la responsabilidad de las causales actividades que éstos ejecuten estará a cargo del CONTRATISTA. LA UNIVERSIDAD podrá exigir el cumplimiento inmediato y directo de terminación previstas sus obligaciones. CLÁUSULA SÉPTIMA.-DE INDEMNIDAD.- EL CONTRATISTA se obliga a mantener A LA UNIVERSIDAD libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones.- CLÁUSULA OCTAVA.- AFILIACIÓN AL SISTEMA DE PENSIONES , SALUD Y RIESGOS PROFESIONALES Y PARAFISCALES: De conformidad con lo establecido en el mismo artículo 50 de la Ley 789 de 2002, EL CONTRATISTA debe acreditar durante toda la vigencia del contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y en buen estado aportes a las cajas de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFASTServicio Nacional de Aprendizaje SENA. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivosEL CONTRATISTA es persona jurídica, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en deberá acreditar el pago de los valores o precios que deba aportes de sus empleados, a DATAFAST y que estén estipulados en los sistemas mencionados, mediante certificación expedida por el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFASTRevisor Fiscal cuando este exista, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO acuerdo con los requerimientos xx xxx; o por las ventas facturadas por este último el representante legal, durante un lapso no inferior a los tarjetahabientesseis (6) meses, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar anteriores a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha celebración del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el casopresente contrato. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.CLÁUSULA NOVENA.-

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Samples: Contrato De Interventoria

PLAZO. El plazo de ejecución del contrato será de SEIS (06) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. CLÁUSULA QUINTA.-SUSPENSIÓN: El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución, cuya existencia corresponde calificar a EL FONDO. b) Por mutuo acuerdo, siempre que con ello no se causen perjuicios a la entidad ni deriven mayores costos para ésta. La suspensión se hará constar en acta suscrita por las partes; para reiniciarlo se firmará otra acta. Como consecuencia de la suspensión EL CONTRATISTA, se obliga a prorrogar la vigencia de los amparos de la garantía única en proporción al término de la suspensión. El término de la suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato. CLÁUSULA SEXTA.-VALOR Y FORMA DE PAGO: Para todos los efectos el valor del presente contrato es indefinido por la suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL PESOS M-CTE ($ 12.660.000.oo), en este valor se incluyen todos los impuestos de orden nacional o distrital y los gastos en que incurre en contratista para la legalización y perfeccionamiento del contrato, así como los pagos de salud y pensión. EL FONDO tramitará el pago por conducto de la Tesorería Distrital en pesos colombianos previos los descuentos xx xxx, así: Un primer Pago: Correspondiente a menos los días transcurridos desde la suscripción del Acta de Inicio hasta el día diez del mes siguiente. Los demás pagos se efectuaran en mensualidades vencidas por concepto de honorarios, de DOS MILLONES CIENTO DIEZ MIL PESOS M-CTE ($2.110.000.oo), a excepción del último pago que alguna se realizara conforme lo arrojado por el estado de cuenta expedido por la oficina de presupuesto y la suscripción del acta de liquidación, igualmente deberá anexar constancias de devolución de inventarios físicos y tecnológicos con sus respectivos paz y salvos. Todos los pagos se tramitaran previa presentación de los siguientes documentos: a) Informe de actividades debidamente firmado por el supervisor del contrato y el contratista. b) Certificado de cumplimiento debidamente firmado por el supervisor del contrato. c) Copia del pago de los aportes al régimen de seguridad social (salud – Pensiones - ARP) para el periodo cobrado, previstos en la Ley 100 de 1993, la ley 797 de 2003, Decreto 510 de 2003 y demás normas complementarias. d) Hoja xx xxxx. e) En todo caso el último pago está supeditado a suscribir el acta de terminación y el acta de liquidación con el Fondo de Desarrollo Local de Xxxxxxx Xxxxxx. PARAGRAFO PRIMERO: La cancelación del valor del contrato, por parte de EL FONDO a EL CONTRATISTA se hará mediante el Sistema Automático de Pagos, realizando transferencia electrónica a la cuenta que posea el mismo en una entidad financiera de acuerdo a la información suministrada por ésta. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los pagos que efectué EL FONDO, en virtud del presente contrato estarán sujetos a la Programación de Recursos del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC y los recursos disponibles en Tesorería. CLÁUSULA SÉPTIMA.-INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL: Las partes declaran que entre EL FONDO y EL CONTRATISTA no existe vínculo laboral alguno, en consecuencia EL FONDO únicamente se obliga a pagar a EL CONTRATISTA las sumas expresamente pactadas. CLÁUSULA OCTAVA.-SUPERVISIÓN: De conformidad con lo señalado en el Decreto Distrital 101 de 2010, la supervisión del contrato la ejercerá el Alcalde Local o la persona que éste designe, quién tendrá las responsabilidades disciplinarias, civiles y penales previstas en el artículo 51º de la Ley 80 de 1993 por sus acciones y omisiones en la actuación contractual en los términos de la Constitución y de la ley y en concordancia con lo establecido en los artículos 83º y 84º de la Ley 1474 de 2011. CLÁUSULA NOVENA.-GARANTÍA ÚNICA: En cumplimiento de lo contemplado en el Decreto 1082 de 2015, EL CONTRATISTA se obliga a otorgar a favor de EL FONDO, como mecanismo de cobertura del riesgo de incumplimiento de las partes exprese obligaciones contractuales, cualquiera de las garantías relacionadas en el articulo 111 Ibídem, preferiblemente póliza de seguro de cumplimiento Entidad Estatal, expedida por escrito su voluntad una compañía de darlo seguros legalmente establecida en Colombia y debidamente autorizada por terminadola Superintendencia Financiera de Colombia, con la suficiencia que se describe a continuación: a) Cumplimiento del contrato: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza. b) Calidad del servicio: En cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de expedición de la garantía. PARÁGRAFO PRIMERO: Dentro de los términos estipulados en especialéste contrato, porque las garantías o seguros no podrán ser canceladas sin la autorización de EL FONDO. EL CONTRATISTA deberá cumplir con todos los requisitos para mantener vigente las garantías o seguros a que se refiere ésta cláusula. Estará a cargo de EL CONTRATISTA el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebrapago de la prima y demás erogaciones de constitución y mantenimiento de las garantías mencionadas, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente EL CONTRATISTA autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores EL FONDO para que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.con cargo a

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PLAZO. El plazo La vigencia del presente contrato es indefinido será de 2 años contados a menos que alguna partir de las partes exprese la fecha de su formalización. Se podrá prorrogar anualmente, siempre y cuando así lo acuerden expresamente y por escrito ambas partes. Se informará de ello con una antelación mínima de tres meses, a la fecha de vencimiento del plazo contractual, o en su voluntad caso de darlo la primera prórroga. Llegado el momento de vencimiento del plazo contractual, o de la oportuna prórroga, o en el supuesto de que se resolviera el contrato, con antelación, bien por terminadoincumplimiento, o bien por mutuo acuerdo, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare aras a garantizar la continuidad en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminaciónprestación del servicio, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si adjudicatario se compromete a seguir prestando el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivosservicio, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte si así lo estimase conveniente la Corporación, hasta la nueva adjudicación del ESTABLECIMIENTO en servicio, mediante el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas procedimiento que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valoresconvoque al efecto, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro o por un periodo máximo de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas 3 meses, contados desde la fecha del requerimiento el monto total acuerdo municipal de resolución del presente contrato, siendo de aplicación las condiciones contractuales vigentes a esa fecha. El plazo máximo para la puesta en funcionamiento del servicio será de quince días a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación definitiva. El Ayuntamiento pondrá a disposición del adjudicatario, dentro de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías 15 días siguientes al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa notificación de la adjudicación provisional, y una vez de que ellos asignenéste haya presentado la fianza definitiva, y la documentación señalada en la cláusula XXII, las instalaciones y enseres necesarios para verificar las la prestación del servicio que se detallan en el momento de formalizar el contrato, libre de cargas, gravámenes y en perfectas condiciones de custodia lógicauso. A la finalización del plazo contractual o de la prórroga, física y organizada las instalaciones así como el material inventariado entregado a la firma del contrato, revertirán automáticamente al Ayuntamiento, sin cargas, en las mismas condiciones en que han sido entregados. Como mínimo 2 meses antes de los dispositivos entregadosfinalizar el plazo contractual, documentos e información sensible o en su caso de las cuentas y transacciones la última prórroga, el Ayuntamiento designará técnicos para inspeccionar el estado en que se encuentran almacenadas y procesadasordenando a la vista de los resultados de inspección técnica, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más ejecución de las estipulaciones obras, trabajos de este contratoreparación y reposición que se estimen necesarios para mantener aquellas en las debidas condiciones de uso y que serán de cuenta del concesionario. El adjudicatario abonará al Ayuntamiento de Aretxabaleta un canon del 70%, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAScomo mínimo, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos beneficios obtenidos. Para ello cada final de ejercicio el concesionario liquidará sus cuentas ante el ayuntamiento y éste exigirá del concesionario cuanta información y documentos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoestime necesarios.

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Samples: Pliego De Cláusulas Economico Administrativas Y Tecnicas Que Rigen El Procedimiento Abierto Para La Contratacion De La Explotación Del Bar Salon Del Hogar Del Jubilado Basotxo De Aretxabaleta

PLAZO. 2.2.3.1.2.1. Para la entrega de los bienes: se estipulo un plazo de nueve (9) meses calendario, contados a partir de la orden escrita dada por AGUAS DE MALAMBO, que corresponde al mismo periodo de ejecución del contrato. Si la duración del contrato llegare a ser inferior al estipulado en este pliego de condiciones, AGUAS DE MALAMBO no asume responsabilidad alguna por el hecho de que el valor del contrato pueda cubrirse en un plazo menor según las necesidades de suministro que tengan AGUAS DE MALAMBO. El CONTRATISTA se compromete a entregar los bienes correspondientes a cada uno de los pedidos según el esquema que se presenta a continuación: Los pedidos se podrán hacer por correo electrónico, vía fax u oficio, dada la orden de inicio AGUAS DE MALAMBO comenzarán a hacer los pedidos de los bienes por medio de órdenes de compra. El CONTRATISTA recibirá el primer pedido una vez se le dé la orden de inicio escrita y los demás pedidos se harán cada treinta (30) días calendario. La entrega correspondiente a cada pedido se debe hacer en un plazo máximo de ocho Para proceder a la entrega de los bienes el CONTRATISTA debe solicitar, con un (1) día de anticipación, una cita al funcionario de AGUAS DE MALAMBO responsable de la recepción. En cada orden de compra se incluyen los datos de teléfono y dirección del presente contrato es indefinido a menos que alguna lugar de las partes exprese por escrito su voluntad entrega. Las entregas serán parciales de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebraacuerdo con este esquema, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, podrán establecer por acuerdo entre las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, otras frecuencias de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contratoentrega. En cualquier caso particular, se podrá concertar el manejo de terminaciónpedidos urgentes, el ESTABLECIMIENTO deberá los cuales se deberán entregar inmediatamente en menores tiempos y bajo condiciones especiales que se definirán en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFASTsu momento. Si el ESTABLECIMIENTO PROPONENTE ofrece en su oferta plazos de entrega mayores al máximo estipulado por AGUAS DE MALAMBO en el presente pliego de condiciones, la oferta no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivosserá tenida en cuenta para efectos de ponderación, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder y será rechazada. Se entenderá como fecha de entrega de cualquiera de los despachos, la fecha en la cual el último elemento constitutivo de tal entrega haya sido puesto por EL CONTRATISTA a su desafiliacióndisposición de AGUAS DE MALAMBO, de acuerdo con la modalidad de entrega establecida en este contrato. Toda ampliación del plazo de entrega deberá constar en acta que suscribirán AGUAS DE MALAMBO y EL CONTRATISTA. En el caso xx xxxx por parte que durante la ejecución del ESTABLECIMIENTO en el pago contrato, se presenten incumplimientos graves y sistemáticos de los valores o precios que deba las obligaciones a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario cargo de orden de débito adjunto (ANEXO 2)El CONTRATISTA, DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente AGUAS DE MALAMBO le asistananunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones legales y contractuales pertinentes. El proponente debe diligenciar en esta sección los precios de los bienes. Dichos precios se deberán establecer teniendo en cuenta lo cual indicado en el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir numeral 2.2.2.1 “valor (precios)” xxx xxxxxx de condiciones. El proponente deberá cotizar en el formularios 3 los valores adeudados a DATAFASTprecios de los bienes, indicando el precio unitario y precio total para cada uno de aquellos valores los ítems que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFASTallí aparecen para cotizar. En el evento caso de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera valor sea “cero”, así deberá expresarse, so pena de considerar incompleta la información o mal diligenciado el formulario. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el proponente quiera incluirlos, AGUAS DE MALAMBO se reserva el derecho de verificar la adecuación de las estipulaciones contenidas operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en este contratotodo caso, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, se tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que AGUAS DE MALAMBO encuentre. El proponente deberá indicar las unidades monetarias en que cotiza los diferentes bienes ofrecidos. Los interesados deberán entregar sus propuestas en el lugar y hasta la fecha y hora que se indican en el pliego de condiciones. La presentación de la oferta se tomará como constancia de que el proponente ha examinado completamente el pliego de condiciones, que ha obtenido de AGUAS DE MALAMBO aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto que haya considerado incierto o dudoso, y que ha aceptado que los documentos están completos y que son compatibles y adecuados para definir los trabajos que se contratan. Las interpretaciones o deducciones que los proponentes hagan de los reclamos (contracargos) documentos del proceso de contratación y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total aclaraciones hechas por AGUAS DE MALAMBO, serán de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el casoexclusiva responsabilidad de aquellos. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST No se reservan la facultad aceptará presentación de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimientopropuestas enviadas vía fax, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidocorreo electrónico.

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Samples: www.appama.com.co

PLAZO. El plazo del presente contrato es indefinido a menos que alguna Revisión.- LA LINEA DE CREDITO tendrá duración de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin DOCE (12) Meses. Sin embargo, se obliga LA DEUDORA y EL CODEUDOR le otorgan a dar fiel cumplimiento a EL BANCO el derecho de rescindir unilateralmente La LINEA DE CREDITO en las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito formas y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, bajo las partes reconocen condiciones que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado se consignan mas adelante en el presente contrato. PARRAFO I: Las partes convienen expresamente que, al momento de efectuar la revisión de esta facilidad crediticia, EL BANCO puede cancelar pura y simplemente esta LINEA DE CREDITO, reducir o aumentar su limite, sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad, en base a la experiencia de pagos de LA DEUDORA Y EL CODEUDOR o a su propia política crediticia, sin tener que alegar causa alguna. PARRAFO II: Además, EL BANCO puede en cualquier momento, con siete (7) días de presentarse alguna anticipación, notificar a LA DEUDORA y EL CODEUDOR mediante carta con acuse de las causales recibo, su decisión de terminación previstas reducir el límite de La LINEA DE CREDITO a la suma que considere de lugar. De igual manera y con igual plazo previo, EL BANCO podrá cancelar la LINEA DE CREDITO en cualquier tiempo pura y sencillamente. En este caso LA DEUDORA y EL CODEUDOR deberá pagar el saldo insoluto en la forma y en el mismo contratoplazo fijados al momento de solicitar cada desembolso. En cualquier caso Una vez vencido el plazo fijado, se hará exigible el balance total adeudado, pudiendo EL BANCO iniciar el procedimiento de terminacióncobro de la totalidad de los valores adeudados, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivoscapital, DATAFAST intereses, comisiones y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha informaciónaccesorios, en caso la forma indicada por la ley. PARRAFO III: LA LINEA DE CREDITO cesará o terminará y el presente contrato se resolverá de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipospleno derecho, sin necesidad de ninguna formalidad algunaprevia a solo opción de EL BANCO, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de en los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.siguientes casos:

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Samples: Contrato De Apertura De Linea De Crédito

PLAZO. El plazo de concesión será de TRES AÑOS, contados desde el año de inicio de la concesión, aunque fuera parcial. No obstante podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por un periodo anual más, acuerdo de prórroga que deberá acordarse por la Junta de Gobierno Local al menos con cuatro meses de antelación a la finalización del presente contrato. Finalizado el plazo de cuatro años contados desde el año de inicio de la concesión, aunque fuera parcial, el contrato es indefinido a menos que alguna de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebraquedará definitivamente extinguido, sin embargoposibilidad de ninguna otra prórroga y sin necesidad de denuncia previa, que no se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contratoestablece. En cualquier caso de terminacióncaso, y si el Ayuntamiento lo considera conveniente, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado adjudicatario tendrá la obligación de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo continuar la gestión del servicio hasta el inicio del nuevo contrato que haya sido suministrado oportunamente se adjudique, siempre por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago un plazo máximo de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas seis meses desde la fecha dispuesta para la finalización del requerimiento contrato. La duración del contrato se fija entre las fechas de notificación del acuerdo de adjudicación y del acuerdo de devolución de garantía definitiva. Al término del plazo de la concesión, revertirán a la Corporación las instalaciones y equipamiento de la Estación Municipal de Autobuses de Calahorra, ubicada en calle Xxxxxx xx Xxxxxxxxx 1-3-5 entregadas al adjudicatario de la concesión, así como el monto total equipamiento con que el adjudicatario dotará al edificio para prestar el servicio de estación de autobuses que se contrata, y que deberá conservar en la forma indicada en el artículo 131 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y artículo 283 del T.R.L.C.S.P. En cualquier caso, la transmisión de la licencia obtenida por el adjudicatario en su caso, operará de forma automática a favor del Ayuntamiento con la finalización del contrato. La Administración Municipal en modo alguno quedará vinculada por actos del concesionario cuyos efectos sobrepasen el plazo concesional, o la prórroga en vigor. Será admisible la novación de la concesión por cesión de los mencionados reclamos (contracargos) derechos del concesionario a otra persona, siempre que se haya cumplido la quinta parte del plazo concesional y multas o el saldo según el casonuevo concesionario reúna los requisitos para participar en la presente licitación. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignenLa cesión, para verificar las condiciones de custodia lógicaser efectiva, física deberá ser aprobada por la Administración Municipal y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, formalizará en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoescritura pública.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

PLAZO. El A partir de la firma del correspondiente contrato, el Contratista dispondrá de un plazo máximo de 30 (treinta) días calendario para presentar a CTM el requerido Proyecto Ejecutivo. A partir de la aprobación formal por parte de CTM del presente contrato es indefinido Proyecto Ejecutivo, el Contratista dispondrá de un plazo máximo de 2 (dos) meses corridos para ejecutar el servicio llave en mano y solicitar la Recepción Provisoria por cada Subestación. Se observa que para poder comenzar con la fase de instalación, además de haber cumplido con los requerimientos Legales, de Seguridad Industrial y de Gestión Ambiental, el contratista deberá contar previamente con el Proyecto Ejecutivo aprobado por la C.T.M Salto Grande, al cual deberá ajustarse. De ocurrir hechos imponderables sin responsabilidad del Contratista, éste podrá pedir a menos que alguna C.T.M Salto Grande la extensión del plazo de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebraejecución, sin embargoque medien penalidades. El oferente deberá acreditar contar con experiencia en el ramo y haber realizado instalaciones de similar porte. Para ello se deberá presentar una lista de clientes indicando los trabajos realizados, la fecha de ejecución de los mismos, marca y modelo de los equipos instalados y sus respectivas cantidades. No se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas aceptarán ofertas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para empresas que no tengan al menos 5 años de antigüedad en el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito rubro y/o Débitoque no acrediten instalaciones de sistemas similares a los que se solicitan en este Pliego. Deberá acreditar experiencia y trayectoria en la comercialización y soporte técnico de equipamiento del mismo fabricante o equivalente a los productos ofertados, para lo cual presentará una nómina de sus principales clientes que hayan adquirido elementos equivalentes a los cotizados en los últimos 3 (tres) años y a los cuales les hayan brindado un servicio técnico de mantenimiento equivalente al especificado en el Código Orgánico Monetario y Financieropresente Pliego. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, mismo los productos ofertados deberán ser de presentarse alguna fabricantes con al menos 5 años de las causales de terminación previstas antigüedad en el mismo contratomercado y se deberá acreditar que son equipos en uso y de comprobada fiabilidad, calidad y durabilidad. En cualquier caso Con tal fin se deberá presentar una lista de terminaciónempresas que tengan en sus instalaciones equipos como los ofertados (misma marca y modelo igual o similar) indicando nombre de la empresa, marca y modelo del equipo, cantidades instaladas, fecha en que se instalaron los equipos y un teléfono de contacto que permita corroborar la información brindada. La empresa oferente deberá acreditar contar con personal técnico especializado, apto para brindar el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivosservicio solicitado, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago mediante la presentación de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario Currículos Vitae de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago menos tres técnicos de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas plantilla permanente. El plantel técnico que se le hayan ocasionado. Si establece en la facturación fuere insuficiente para cubrir los valoresoferta, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro deberá estar directamente ligado al proceso de las cuarenta implantación del Sistema Integrado de cada Subestación y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidosu posterior soporte técnico.

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Samples: Contrato Sg 626

PLAZO. El plazo del presente contrato Estas deducciones se aplicarán en el Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio en el que finalice el período de prueba, que es indefinido de un año en este tipo de contratos. Si contrata a menos un empleado en noviembre de 2012, el período de prueba finalizará en noviembre de 2013, y será en el Impuesto sobre Sociedades de 2013, que alguna se presenta en julio de 2014, cuando realmente podrá aplicar los beneficios fiscales. Con independencia de los incentivos fiscales anteriormente citados, las contrataciones de desempleados inscritos en la Oficina de empleo darán derecho a las siguientes bonificaciones, siempre que se refieran a alguno de estos colectivos: - Si la persona contratada tiene entre 16 y 30 años, la cuota empresarial a la Seguridad Social tendrá una bonificación de 1000 o 1100 euros (mujeres en sectores con subrepresentación femenina) en el primer año, de 1100 o 1200 en el segundo año y de 1200 o 1300 euros en el tercer año. - Si la persona contratada es mayor de 45 años, la bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social será de 1300 anuales durante tres años. Con la supresión de las partes exprese bonificaciones de la Seguridad Social y la crisis, algunos empresarios están contratando a autónomos en lugar de empleados para traspasar los costes de Seguridad Social (el contratado se paga la cuota de autónomo) y evitar también una posible indemnización por escrito despido. No obstante, si en realidad el autónomo está actuando como un trabajador por cuenta xxxxx, habrá relación laboral, aunque se haya firmado un contrato mercantil, por lo que, si pretende finalizar la relación, el trabajador podrá demandarle por despido improcedente (asumiendo la empresa el coste de la indemnización, de las cotizaciones sociales con sus respectivos recargos, etc.). A continuación le exponemos los criterios que determinan cuándo hay una relación laboral y evite que se den. No será considerado trabajador por cuenta ajena si desarrolla su voluntad trabajo de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebraforma independiente, sin embargointegrarse en su organización empresarial y sin estar sometido a sus instrucciones y supervisión. El contratado debe ser totalmente libre para organizarse como crea conveniente. Por lo tanto, se obliga a dar fiel cumplimiento a no podrá imponer un horario, las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, vacaciones y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así tambiéntener que acudir diariamente al puesto de trabajo durante un número fijo de horas, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoetc.

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Samples: bufeconsult.boletinmensual.es

PLAZO. El plazo término de duración del presente contrato es indefinido de Comodato será de xxx (xxx) años (máximo 5 años1) contados a menos que alguna partir de las partes exprese por escrito la firma del presente contrato; no obstante, el COMODANTE podrá exigir la restitución de los bienes antes del tiempo estipulado si advierte su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito mal uso y/o Débito, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del COMODATARIO o cuando el COMODANTE lo requiera en cualquier momento de conformidad con el artículo 2219 del Código Civil sobre COMODATO PRECARIO. En caso de terminación del periodo del presidente o RL de la J.A.C o EDP. como COMODATARIO deberá entregar al COMODANTE los bienes en el lugar y la fecha que este señale a través del Almacenista del FDLxx dándose por terminado el Código Orgánico Monetario y Financieropresente comodato con la entrega de los bienes objeto del mismo. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán El COMODATARIO podrá dar por terminado el presente contrato, en cualquier momentotiempo, informando por escrito al COMODANTE con un (01) mes de presentarse alguna anticipación, evento en el cual el COMODATARIO deberá restituir los bienes entregados, previo acuerdo de las causales de terminación previstas partes. PARAGRAFO: EL COMODATARIO renuncia expresamente a los requerimientos privados o judiciales en el mismo contrato. En cualquier caso de terminaciónque el COMODANTE requiera la entrega del bien dado en comodato, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos sea por fenecimiento del plazo o móviles) y por cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST causa legal y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliacióncontractual. En caso xx xxxx PARAGRAFO: Cuando por parte del ESTABLECIMIENTO en algún motivo el pago Representante de la Junta de Acción Comunal JAC o Asociación renuncia o cesa sus funciones se debe realizar un modificatorio al contrato para actualizarlo con el presidente respectivo; asi mismo se debe realizar entrega interna entre Representantes saliente y entrante sobre los bienes y el estado de los valores o precios mismos dados en comodato; documento que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar deberá ser informado oportunamente al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFASTFDL XX. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producido.CLÁUSULA QUINTA:

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Samples: Contrato De Comodato

PLAZO. El plazo del presente contrato es indefinido a menos que alguna La Fecha de Vencimiento de la Serie A será el 8 de noviembre de 2007; la Fecha de Vencimiento de la Serie B será el 8 de noviembre de 2009; y la Fecha de Vencimiento de la Serie C será el 8 de noviembre de 2011. La Fecha de Vencimiento de cada una de las partes exprese Series D y E será fijada por escrito su voluntad el Emisor mediante una Adenda del Prospecto Informativo que deberá ser presentada a la Comisión Nacional de darlo por terminado, Valores con no menos de 15 Días Hábiles de anticipación a la fecha en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales que se proponga ofrecer al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga inversionista la Serie correspondiente. Los plazos de cada Serie serán contados a dar fiel cumplimiento a las cláusulas partir de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones Fecha de las Compañías Emisoras y Administradoras Emisión de Tarjetas la respectiva Serie. Los Bonos de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financieroesta Emisión no podrán ser redimidos anticipadamente. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, La Fecha de presentarse alguna Vencimiento de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas cada Serie será identificada indistintamente en este contratoProspecto Informativo como la “Fecha de Vencimiento.” Cada Bono devengará intereses pagaderos respecto del capital del mismo (i) desde su Fecha de Expedición si ésta ocurriese en un Día de Pago de Interés o en la Fecha de Emisión, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos o (contracargosii) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificadaque la Fecha de Expedición no concuerde con la de un Día de Pago de Interés o la Fecha de Emisión, DATAFAST suspenderá desde el Día de Pago de Interés inmediatamente el servicio. Así también, precedente a la Fecha de Expedición xxx Xxxx (o desde la Fecha de Emisión si se confirmara trata del primer Período de Interés) hasta su Fecha de Vencimiento o hasta la fecha en la cual el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder capital xxx Xxxx fuese pagado en su totalidad a la desafiliación Tasa de Interés correspondiente. Los intereses pagaderos con respecto a cada Bono serán calculados por el Banco, para cada Período de Interés, aplicando la Tasa de Interés correspondiente a dicho Bono al valor nominal del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre mismo, multiplicando la suma resultante por el valor número de días calendarios del derecho Período de conexiónInterés, suspendiendo (incluyendo el primer día de dicho Período de Interés pero excluyendo el Día de Pago de Interés en que termina dicho Período de Interés), dividido entre 365 y redondeando la cantidad resultante al centavo más cercano. Los intereses devengados por los Bonos serán pagados en Dólares al Tenedor Registrado por trimestre vencido los días 8 de febrero, 8 xx xxxx, 8 xx xxxxxx y 8 de noviembre de cada año (cada uno un "Día de Pago de Interés") hasta sus respectivos vencimientos. El período que comienza en la Fecha de Emisión y termina en el Día de Pago Interés inmediatamente siguiente y cada período sucesivo que comienza en un Día de Pago de Interés y termina en el uso Día de denominaciones, marcas Pago de servicios y logotipos, sin necesidad Interés inmediatamente siguiente se identificará como un "Período de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización Interés." Si un Día de daños y perjuicios. AdicionalmentePago de Interés o la Fecha de Vencimiento cayera en una fecha que no sea Día Hábil, el ESTABLECIMIENTO se compromete Día de Pago de Interés o la Fecha de Vencimiento, según sea el caso, deberá extenderse hasta el primer Día Hábil inmediatamente siguiente, pero sin correrse dicho Día de Pago de Interés a devolver dicho Día Hábil para los efectos del cómputo de intereses y del Período de Interés subsiguiente. El término "Día Hábil" significará todo día que no sea domingo o aceptar el retiro un día nacional o feriado y en que los bancos de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado licencia general están autorizados por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente Bancos para abrir al público en la ciudad de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoPanamá.

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Samples: www.latinexbolsa.com

PLAZO. El plazo de arrendamiento será de VEINTE AÑOS, contados a partir del presente 1 xx xxxxx de 2012, aunque dicha fecha no supusiera el inicio de la explotación o está fuera parcial. Finalizará en consecuencia el 31 xx xxxx de 2032. No obstante podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por periodos anuales hasta un máximo de cinco años más, acuerdo de prórroga que deberá acordarse por la Junta de Gobierno Local al menos con cuatro meses de antelación a la finalización del contrato es indefinido a menos que alguna o de cada una de las partes exprese por escrito su voluntad prórrogas. Transcurrido el plazo de darlo por terminadoveinticinco años desde el inicio de la explotación, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, arrendamiento quedará definitivamente extinguido sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas posibilidad de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débitoninguna otra prórroga. En cualquier caso, y si el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así tambiénAyuntamiento lo considera conveniente, las partes reconocen el adjudicatario tendrá la obligación de continuar la gestión del servicio hasta el inicio del nuevo contrato que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar oportunamente se adjudique, siempre por terminado el presente contrato, en cualquier momento, un plazo máximo de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo seis meses desde la fecha dispuesta para la finalización del contrato. En cualquier caso el posible periodo prorrogado de terminaciónun año, no se admitirán más modificaciones del contrato que el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente canon y tarifas, que podrán revisarse de acuerdo con la misma fórmula fijada a partir del 1 de enero de 2014. La duración del contrato se fija entre las fechas de notificación del acuerdo de adjudicación y del acuerdo de devolución de garantía definitiva. Al término del plazo de el arrendamiento, revertirán a la Corporación las instalaciones del aparcamiento controlado de camiones de Tejerías entregadas al adjudicatario del arrendamiento, en buen estado la forma prevenida en el artículo 131 del Reglamento de funcionamiento Servicios de las Corporaciones Locales y artículo 283 del T.R.L.C.S.P. La Administración Municipal en modo alguno quedará vinculada por actos del arrendatario cuyos efectos sobrepasen el plazo del arrendamiento, o la prórroga en vigor. Será admisible la novación del arrendamiento por cesión de los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo derechos del arrendatario a otra persona, siempre que se haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por cumplido la quinta parte del ESTABLECIMIENTO plazo del arrendamiento y el nuevo arrendatario reúna los requisitos para participar en el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFASTla presente licitación. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignenLa cesión, para verificar las condiciones de custodia lógicaser efectiva, física deberá ser aprobada por la Administración Municipal y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, formalizará en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría en el caso de uso indebido o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y a la Superintendencia de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños y perjuicios que se hayan producidoescritura pública.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

PLAZO. El plazo del presente contrato es indefinido a menos que alguna de presentación de las partes exprese por escrito su voluntad ofertas será de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales treinta días desde la publicación del anuncio para la licitación. Si al público o se declare en quiebra, sin embargoproceder a la apertura de los sobres, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas detecta una presentación fuera de este contrato plazo sobre la cual se ha recibido una huella, ésta se validará, si la huella coincide, y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones fecha de recepción está dentro de las Compañías Emisoras 24 horas extendidas, la oferta se dará por válida y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así también, las partes reconocen que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado el presente contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas en el mismo contrato. En cualquier caso de terminación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFASTse abrirá. Si por el ESTABLECIMIENTO contrario la huella no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivoscoincide, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose nunca su desafiliacióncontenido. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la persona licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificará si en el pago momento de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2), DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistan, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera de las estipulaciones contenidas en este contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si la facturación fuere insuficiente para cubrir los valores, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través presentación de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones oferta existieron problemas de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar índole técnica en la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicioPlataforma. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de la papelería y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría Solamente en el caso de uso indebido que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma, la oferta presentada será admitida. A este respecto se informa que es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx. Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx, utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos: • Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en Madrid) • Fuentes horarias secundarias: - xxxxx.xxxxx.xx , INRIA, Paris - x0x00.x0x.xxx.xx , UPV-EHU El desconocimiento de la persona licitadora o no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y problemas técnicos ajenos a la Superintendencia Plataforma no justificarán la extemporaneidad en la presentación de Bancos, independiente de ejercer las acciones judiciales necesarias en caso de existir daños la oferta y perjuicios que se hayan producidoconllevarán la exclusión.

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Samples: itracasa.es

PLAZO. Se prorroga la duración de la orden de prestación de servicios No. 705 de 2002 en UN (1) meses más, a partir de la fecha de terminación de labores de la Orden Principal. CLAUSULA TERCERA: GARANTIAS.- El contratista se compromete a ampliar el plazo del de las garantías de acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. CLAUSULA CUARTA: VIGENCIA DE LAS DEMAS ESTIPULACIONES.- Quedan vigentes las demás estipulaciones de la orden principal que no sean contrarias a la presente contrato es indefinido a menos que alguna acta modificatoria. CLAUSULA QUINTA: PERFECCIONAMIENTO.- El presente documento se entiende perfeccionado con la firma de las partes exprese por escrito su voluntad de darlo por terminado, en especial, porque el ESTABLECIMIENTO cierre sus operaciones comerciales al público o se declare en quiebra, sin embargo, se obliga a dar fiel cumplimiento a las cláusulas de este contrato y declara conocer la normativa establecida para el Funcionamiento y Operaciones de las Compañías Emisoras y Administradoras de Tarjetas de Crédito y/o Débito, contratantes y el Código Orgánico Monetario y Financiero. Así tambiénrespectivo registro presupuestal, las partes reconocen para constancia se firma en Bogotá D.C., a los 24 DIC 2002.” Para la Sala es claro que, a pesar de que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS o DATAFAST podrán dar por terminado formalmente lo acordado el presente 24 de diciembre de 2002 corresponde a la adición de un contrato, en cualquier momento, de presentarse alguna de las causales de terminación previstas razón a que la literalidad del acta transcrita no evidencia más que una adición en el mismo contratovalor y en el plazo de la orden de prestación de servicios número 705 de 2002, ocurre que, materialmente, no corresponde a dicha figura, si se analiza el contenido de dicha acta, conjuntamente, con el objeto, plazo y valor del contrato que se dijo adicionar. Las razones se explican a continuación. En cualquier caso la orden de terminaciónprestación de servicios número 705 de 2002 se convino que la misma tendría como objeto la prestación, el ESTABLECIMIENTO deberá entregar inmediatamente y en buen estado de funcionamiento los P.O.S. (fijos o móviles) y cualquier otro dispositivo que haya sido suministrado por DATAFAST. Si el ESTABLECIMIENTO no registrase ninguna transacción durante noventa (90) días consecutivos, DATAFAST y/o las ENTIDADES podrán proceder a su desafiliación. En caso xx xxxx por parte del ESTABLECIMIENTO demandado, de sus servicios como odontólogo; que dicha labor debería desarrollarse por un término de nueve meses y que ello representaría para el contratista honorarios por valor de $8.910.000.oo. Se advierte, entonces, que la labor contratada, esto es, la prestación de servicios odontológicos, no estuvo, en sí misma, cuantificada de modo alguno, como hubiera podido hacerse, por ejemplo, con el señalamiento de un número de actividades específicas a realizar (exámenes, diagnósticos, procedimientos, consultas, remisiones, brigadas, actividades educativas, etc.). De manera que el objeto del contrato no tuvo más limitación que la que imponía el plazo pactado como de ejecución del mismo, ajustado a la programación a la que se refiere el numeral 12 de la cláusula cuarta de la orden de prestación de servicios número 705 de 2002. De manera que no es posible concluir en alguna razón objetiva que justificara una adición del contrato en cuanto al plazo, pues sólo habiéndose cuantificado la labor contratada hubiera sido posible entender la necesidad de ampliar el plazo para su ejecución. En efecto, la ampliación del plazo en todo contrato sólo puede obedecer a la insuficiencia del mismo, esto es, a la insuficiencia del término convenido para el cumplimiento de la obligación pactada. Ahora, esa falta de tiempo sólo puede calcularse si se ha cuantificado la obligación en cuestión, pues es en esa medida en que puede identificarse, de una parte, lo que haría falta por ejecutar y, de otra, el tiempo que ello demandaría. Así las cosas, en el caso que se analiza, dados los términos en que fue pactada la prestación de los servicios odontológicos por parte del demandado, no podía surgir la necesidad de ampliar el plazo inicialmente pactado para la ejecución de esa obligación, pues, como no hubo cuantificación de la misma, no era posible concluir en la insuficiencia del término pactado. En este punto conviene aclarar que la obligación del contratista aunque no fue cuantificada, sí estuvo planeada por cuenta de la programación que le correspondía elaborar a la Dirección del establecimiento carcelario. Por tanto, las labores específicas encomendadas al demandado debía desarrollarlas de acuerdo con dicha programación. Sin embargo, esa planeación de la labor del contratista no permite variar la conclusión a la que llega esta Sala, pues si se aceptara que la ampliación del plazo obedeció a la insuficiencia de la programación elaborada por la Dirección de la Cárcel del Distrito Judicial de Santa Xxxx xx Xxxxxxx, lo cierto es que para concluir en tal insuficiencia sería necesario partir de la cuantificación de la obligación pactada, en cuanto sólo así podría establecerse lo que haría falta por ejecutar y el tiempo requerido, según esa programación, para completar la labor contratada. Con todo, dados los términos en que fue pactada la obligación del contratista en la orden de prestación de servicios número 705 de 2002, dicho contrato no era susceptible de ser ampliado en el plazo, pues como quiera que la labor contratada no fue cuantificada, sino que únicamente fue sometida a la programación que elaborara la Dirección de la Cárcel del Distrito Judicial de Santa Xxxx xx Xxxxxxx, no había manera de concluir que el término de ejecución pactado era insuficiente para cumplir con la totalidad de dicha labor . Ahora bien, de aceptarse que la labor contratada mediante la orden de prestación de servicios número 705 de 2002 requería de un tiempo adicional para su completa ejecución, por encontrarse algún hecho que demostrara la insuficiencia del tiempo pactado para cumplir con dicha labor, ello sólo explicaría la ampliación del plazo del contrato, pero no su valor, entendido éste como los honorarios que recibiría el contratista como contraprestación por sus servicios profesionales. Ciertamente, bajo esa hipótesis, el hecho de que la labor contratada requiriera de un tiempo adicional para ejecutarse no explicaría, por sí solo, el pago de los valores o precios que deba a DATAFAST y que estén estipulados en el formulario de orden de débito adjunto (ANEXO 2)honorarios adicionales para cumplirla, DATAFAST tendrá derecho a ejercer todas las acciones que legalmente le asistanpues, sin perjuicio de lo cual el ESTABLECIMIENTO expresamente autoriza a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS a deducir los valores adeudados a DATAFAST, de aquellos valores que las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS deban entregar al ESTABLECIMIENTO por las ventas facturadas por este último a los tarjetahabientes, y pagar dichos valores a DATAFAST. En el evento de que el ESTABLECIMIENTO violare lo señalado en cualquiera según se advierte de las estipulaciones contenidas en este cláusulas del contrato, las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS podrán descontar del pago de su facturación, el valor de los reclamos (contracargos) y multas que se le hayan ocasionado. Si pactado correspondía a la facturación fuere insuficiente para cubrir los valoresretribución por la labor encomendada al contratista, esto es, el ESTABLECIMIENTO se obliga a cancelar a la ENTIDAD EMISORA ASOCIADA dentro precio de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas desde la fecha del requerimiento el monto total de los mencionados reclamos (contracargos) y multas o el saldo según el caso. Las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y DATAFAST se reservan la facultad de realizar auditorías al ESTABLECIMIENTO en forma directa o a través de la empresa que ellos asignen, para verificar las condiciones de custodia lógica, física y organizada de los dispositivos entregados, documentos e información sensible de las cuentas y transacciones que se encuentran almacenadas y procesadas, para salvaguardar la privacidad y seguridad de dicha información, en caso de negativa injustificada, DATAFAST suspenderá inmediatamente el servicio. Así también, si se confirmara el incumplimiento por parte del ESTABLECIMIENTO de una o más de las estipulaciones de este contrato, DATAFAST previa autorización de las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS, podrá darlo por terminado y proceder a la desafiliación del ESTABLECIMIENTO sin reembolso alguno sobre el valor del derecho de conexión, suspendiendo inmediatamente el uso de denominaciones, marcas de servicios y logotipos, sin necesidad de formalidad alguna, requerimiento, ni indemnización de daños y perjuicios. Adicionalmente, el ESTABLECIMIENTO se compromete a devolver o aceptar el retiro de los P.O.S. u otros dispositivos que se le hayan instalado por DATAFAST, como también la totalidad de los servicios contratados. En ese sentido, sería otra la papelería razón o las razones que justificarían el pago de honorarios adicionales a los pactados. Así las cosas, no siendo posible la ampliación del plazo de la orden de prestación de servicios número 705 de 2005 y demás material promocional que haya sido entregado. Igual facultad se tendría no obrando en el caso expediente elemento de uso indebido o juicio alguno que permita entender que la ejecución de labor contratada mediante esa orden de prestación de servicios requería de honorarios adicionales, para la Sala es claro, entonces, que lo acordado el 24 de diciembre de 2002 corresponde, en realidad, a un nuevo contrato. Se precisa que la llamada “vigencia de las demás estipulaciones” a que alude la cláusula cuarta del documento suscrito el 24 de diciembre de 2002 no autorizado de dichas marcas. Estas acciones serán comunicadas a las ENTIDADES EMISORAS ASOCIADAS y resta validez a la Superintendencia conclusión a la que llega esta Sala, pues dicha estipulación corresponde, sin más, al traslado al nuevo contrato de Bancoslas condiciones del anterior. En relación con esto último, independiente conviene anotar que el expediente da cuenta que el Señor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx celebró similares contratos de ejercer las acciones judiciales necesarias prestación de servicios con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, en caso de existir daños y perjuicios los cuales la única variación que se hayan producido.advierte es la que aparece respecto de los factores temporal y económico de los mismos, destacándose que, en cada caso, la celebración del nuevo contrato coincidió con la finalización del inmediatamente anterior. Tales contratos son los siguientes, hasta llegar a los que fueron objeto de análisis:

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Samples: Contrato Concepto. Clases. Diferencias Frente a La Convención