PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. El precio se adecuará a lo dispuesto en el artículo 102 de la LCSP, de esta manera, los contratos del sector público tendrán siempre un precio cierto, que se abonará al contratista en función de la prestación realmente ejecutada y de acuerdo con lo pactado y deberá expresarse en euros, sin perjuicio de que su pago pueda hacerse mediante la entrega de otras contraprestaciones en los casos en que la Ley 9/2017 u otras Leyes así lo prevean. Los Órganos de Contratación cuidarán de que el precio sea adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato mediante la correcta estimación de su importe, atendiendo al precio general xx xxxxxxx, en el momento de fijar el presupuesto de licitación y la aplicación, en su caso, de las normas sobre ofertas con valores anormales o desproporcionados. A estos efectos, deberán observarse las normas sobre cálculo del valor estimado previsto en el artículo 101 de la LCSP. El precio del contrato podrá formularse tanto en términos de precios unitarios referidos a los distintos componentes de la prestación o a las unidades de la misma que se entreguen o ejecuten, como en términos de precios aplicables a tanto alzado a la totalidad o a parte de las prestaciones del contrato. En todo caso se indicará, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. 10.1 A los efectos de este contrato, las partes convienen en establecer los Precios Unitarios especificados en la Planilla de Computo adjunta a la Oferta del CONTRATISTA, debidamente suscritos por ambas partes, y que incluyen todos los costos generales, gravámenes Municipales, impositivos.
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. 4.1 En la Planilla de Ofertas, presentada por el CONTRATISTA, se detallan los precios unitarios conforme a la propuesta económica presentada por el Proveedor en el proceso de la contratación.
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. Para los fines de éste Contrato se conviene en establecer que el monto del mismo es de Gs. …………………………………., conforme al siguiente detalle: Obra: Terminación de la Construcción de Estructuras de Hormigón Armado para la Escuela de Administración, Casa Matriz - 2º Etapa Ítems Codigo de Catálogos Descripción de Trabajos Unidad Cantidad P. Unitario Totales 1 72131601-002 Preliminares 1.1 Excavación y movimiento de suelo m3 235,10 0 0 2 72131601-004 Estructuras de Hº Aº 2.1 Pilotes un 10,00 0 0 2.2 Cabezales m3 6,95 0 0 2.3 Vigas Fundación m3 8,75 0 0 2.4 Vigas Estructural m3 8,75 0 0 2.5 Losas m3 14,20 0 0 2.6 Pilares m3 8,80 0 0 2.7 Escalera m3 3,33 0 0 3 72131601-001 Instalaciones Eléctricas 3.1 Bocas de lámparas, ventiladores y AA un 200,00 0 0 4 72131601-011 Instalaciones Sanitarias 4.1 Traslado de cañerias de red hidráulica ml 80,00 0 0 Costo Total IVA Incluido 0 El valor que la FACULTAD pagará por el total, es el precio correspondiente a la tarifa ofertadas en el Presupuesto del PROVEEDOR.--------------------------------------------------------- Los precios señalados en este contrato comprende todo gravamen tributario y adicional sean éstos impuestos y cualquier otro gasto en que incurra EL PROVEEDOR en la celebración y ejecución del contrato y los mismos son fijos e invariables. Queda entendido que en dichos precios están incluidos los gastos generales del PROVEEDOR.---------------------------------------------------------- El precio del contrato será reajustable conforme a lo establecido en las condiciones especiales del contrato (CEC) del PBC de la CD Nº 7/2015 de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional xx Xxxxxxxx.
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. El Precio del Contrato es de Gs. …………………… (Guaraníes ), Los precios Unitarios, Totales y el detalle de los bienes y/o servicios a ser suministrados constan en el siguiente cuadro: Los precios facturados por el CONTRATISTA por los bienes y/o servicios suministrados en virtud de este Contrato, no deberán diferir de los que hubiese cotizado en su oferta (Planilla de Precios), con excepción de cualquier ajuste de precios de acuerdo a las fórmulas y procedimientos establecidos en las Condiciones Especiales de este Contrato.-
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. Los precios cotizados en la oferta comprende todos los gastos del CONTRATISTA para la ejecución de los trabajos, objeto del presente Contrato. Queda entendido que están incluidos los gastos generales del CONTRATISTA, así como los imprevistos, las utilidades del mismo y cualquier otro costo necesario conforme a lo previsto en este Contrato. También queda aclarado que, bajo ningún concepto, habrá sobre-precio en el costo del servicio del CONTRATISTA.- Para los fines del presente Contrato, se conviene en establecer que el valor de los servicios contratados, determinado sobre la base de la oferta del CONTRATISTA asciende a un monto total de G. ……………..- (GUARANÍES ), IVA incluido.
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. (Art. 37 c de la Ley N° 2051/03)
PRECIO Y VALOR DEL CONTRATO. Se establece como valor máximo la suma de Gs. (Guaraníes ) y como valor mínimo la suma de Gs. (Guaraníes ) de acuerdo al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. Para el pago se estará sujeto a la Disponibilidad Financiera de la Institución. El precio del SERVICIO será el correspondiente al monto detallado en la lista de precios ofertados. ------------------------------------------------------ “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE HOTEL PARA DOCENTES” - CONTRATO ABIERTO - Cód. 41. Ítem Código de Catalogo Concepto Cantidad Unidad de Medida Presentación Precio Unitario IVA Incluido Precio Total IVA Incluido 1 90111501- 001 Servicio de Hospedaje. Reserva de Habitaciones Singles en Hoteles de 3 (tres) Estrellas o superior en la Capital e Interior del País, se debe incluir la pensión completa. El Hotel deberá poseer Habitaciones Climatizadas, TV Cable, Internet, Teléfono, Frigo Bar, Baño Privado, Caja de Seguridad, Estacionamiento y todos los demás servicios que garanticen la comodidad y seguridad de los usuarios. Dentro del servicio de hospedaje deberá contemplar los gastos correspondientes a la pensión completa (Desayuno, Almuerzo y Cena, todos tipos Buffet de carácter Tipo Ejecutivo, no incluye bebidas alcohólicas). 1 Unidad Evento Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos] El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.