Common use of Procedimiento negociado Clause in Contracts

Procedimiento negociado. 1. El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por remisión a un estándar o referencia técnicos. 2. El BCE podrá también aplicar el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociado, y presentarán sus solicitudes en el plazo establecido en el anuncio de licitación, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance del procedimiento de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociar. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento De Adquisiciones

Procedimiento negociado. 14.3.1. El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa Si de acuerdo con los arts. 154 y 157 de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente LCSP se hubiera optado por remisión a un estándar o referencia técnicos. 2. El BCE podrá también aplicar el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociado, y así se hubiera señalado en el cuadro resumen, la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. El procedimiento negociado será objeto de publicidad previa en los casos previstos en el artículo 161 de la LCSP, en los que será posible la presentación de ofertas en concurrencia por cualquier empresario interesado. En los restantes supuestos, no será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia mediante la solicitud de ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. Los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas serán los que se determinan en el cuadro resumen de características. 4.3.2. Los empresarios que concurran por el procedimiento negociado presentarán sus solicitudes proposiciones acompañadas de la documentación prevista en este Pliego, para el procedimiento abierto, en el apartado 4.1.2, en el plazo establecido señalado en el escrito de solicitud de proposiciones o, en su caso, en el anuncio de licitación, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 44.3.3. El BCE comprobará la idoneidad lugar, hora y modo de los candidatos y evaluará presentar las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos ofertas será el determinado en este Pliego, para el procedimiento abierto, en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplanapartado 4.1.3. 4.3.4. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatospresentación de ofertas supone la aceptación total de todas las cláusulas de este pliego. 54.3.5. Una vez evaluadas Ningún licitador podrá presentar más de una proposición. 4.3.6. En el expediente deberá dejarse constancia de las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, yinvitaciones cursadas, de fracasar estas, con las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones órgano de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance del procedimiento de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociar. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Contratos De Suministros

Procedimiento negociado. 1. El BCE podrá aplicar Si se opta por el procedimiento negociado sinegociado, se observarán los siguientes trámites: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación;Petición: La petición de contratación se realizará cumplimentando por el personal interno de CTSS el formulario adjunto como Xxxxx XX. b) Solicitud de ofertas: Se solicitarán ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto de contrato. Esto no obstante, podrán no solicitarse ofertas cuando la licitación se publique en el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa perfil de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos;contratante. c) Pliegos: Se elaborará un Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas (con el contenido previsto en el apartado B.1, epígrafe II de las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por remisión presentes instrucciones), así como un Pliego de Prescripciones Técnicas, o el correspondiente Proyecto de Obra. En el propio Xxxxxx o en la documentación complementaria se informará, en su caso, sobre las condiciones de subrogación en los contratos de trabajo, conforme a un estándar o referencia técnicoslo previsto en el artículo 120 del TRLCSP. Dichos documentos serán objeto de revisión e informe jurídico, cuando la cuantía del contrato sea superior a 200.000 euros. 2. El BCE podrá también aplicar d) Publicidad: Cuando el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de importe del contrato sea superior a 200.000 euros se publicará su licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado perfil de contratante. La adjudicación del contrato se publicará en el procedimiento inicialperfil de contratante. Ello sin perjuicio de lo previsto en la letra g) del presente apartado. e) Evaluación: En el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas se determinarán los aspectos económicos y técnicos que han de ser objeto de negociación con las empresas, hayan sido considerados idóneosasí como, hayan cumplido en su caso, los criterios de selección adjudicación y su ponderación. Tras las negociaciones efectuadas y, en todo caso, a la vista de las ofertas finalmente presentadas, por parte del personal interno de CTSS se elevará al Órgano de Contratación propuesta en la que se contenga relación de proposiciones presentadas, que no hayan presentado sus sido declaradas desproporcionadas o anormales, así como la identificación de la oferta económicamente más ventajosa. Se dejará constancia, en su caso, de las invitaciones cursadas, de las ofertas conforme recibidas, de las razones para su aceptación o rechazo y de las negociaciones efectuadas. En los contratos de importe superior a 200.000 euros la propuesta será elevada junto a un informe jurídico. f) Adjudicación del contrato: El Órgano de Contratación adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa, a la vista de la propuesta del personal interno. El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato, que será notificada a los requisitos formales licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de licitacióncontratante. Si Cuando el Órgano de Contratación no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, adjudique el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, contrato de acuerdo con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarsela propuesta formulada por el personal técnico deberá motivar su decisión. 3. Una vez publicado el anuncio g) Otros supuestos de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en aplicación: también podrá optarse por el procedimiento negociado, cualquiera que sea su cuantía, en los contratos previstos en los artículos 170 y presentarán sus solicitudes en el plazo establecido en el anuncio de licitación171, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selecciónapartados a), siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas y c). En estos casos, únicamente se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el publicará anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance del procedimiento de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociar. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio perfil de licitación contratante en los supuestos del artículo 170, apartados a) y b) y 171, apartado a). En lo no previsto expresamente en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas o la invitación a licitaren las presentes instrucciones, será de aplicación lo previsto en los artículos 151 (apartados 1, 2 y 3), 169, 176, 177, 178 y restantes artículos que puedan ser de aplicación por remisión de aquéllos, con las correspondientes adaptaciones derivadas del hecho de no tratarse de una Administración Pública.

Appears in 1 contract

Samples: Internal Hiring Instructions

Procedimiento negociado. 16.3.1. Si en el cuadro resumen de características se hubiera optado por el procedi- miento de negociado, apartado 6.3, será necesario solicitar la oferta de empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, y la adjudica- ción recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contrata- ción, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condicio- nes del contrato con uno o varios de ellos. El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades será objeto de publicidad previa en los casos previs- tos en el artículo 177 del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por remisión a un estándar o referencia técnicos. 2TRLCSP. El BCE podrá también aplicar el En los supuestos del procedimiento negociado sicon publicidad del artículo 177.2, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE la publicidad en los diarios correspondientes podrá no publicar un nuevo ser sustituida por la publicación del anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos perfil de contratante: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. En estos casos será posible la presentación de ofertas en concurrencia con los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, empresarios seleccionados con arreglo al artículo 35a lo establecido en los artículos 163 a 166 del TRLCSP. En todos estos casoslos restantes supuestos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia mediante la solicitud de licitaciónofertas, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociadoal menos, y presentarán sus solicitudes en el plazo establecido en el anuncio de licitación, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selecciónempresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que haya un número suficiente ello sea posible. Los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación con las propuestas técnicas empresas serán los que se determinan en el cuadro resu- men de características. En todo caso se dejará constancia en el expediente de las invitaciones cursa- das, de las ofertas recibidas y financieras de las razones para su aceptación o rechazo aplicadas por los licitadoresórganos de contratación. 6.3.2. Los aspectos económicos y técnicos que, así como sus condiciones en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas serán los que se determinen en el cuadro de características. 6.3.3. Este procedimiento negociado sólo podrá tener lugar, previa justificación xxxx- nada en el expediente y acuerdo del órgano de contratación, siempre en alguno de los supuestos previstos en el art. 170 y 174 del TRLCSP. y así se haya determina- do en el cuadro de características. 6.3.4. Los empresarios que no concurran por el procedimiento negociado presentarán la documentación de la siguiente forma: “SOBRE 1: Documentación Administrativa”, que incluirá preceptivamente, los documentos que se altere sustancialmente indican para el alcance SOBRE N.º 1 del procedimiento de licitación. Ademásabierto, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociarapartado 6.1 xxx xxxxxx. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Supply Contract

Procedimiento negociado. 1. El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por remisión a un estándar o referencia técnicos. 2. El BCE podrá también aplicar el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación4.3.1. Si no de acuerdo con los arts. 170 y 173 del TRLCSP se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en hubiera optado por el procedimiento negociado, y así se hubiera señalado en el cuadro resumen, la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. El órgano de contratación deberá dejar constancia en el expediente de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo y de las negociaciones realizadas con los licitadores. El procedimiento negociado será objeto de publicidad previa en los casos previstos en el artículo 177 del TRLCSP. En los supuestos del procedimiento negociado con publicidad del artículo 177.2, la publicidad en los diarios correspondientes podrá ser sustituida por la publicación del anuncio en el perfil de contratante: xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxx- unipersonales/gerencia/estructura/patrimonio/contrataciones_empresa En estos casos será posible la presentación de ofertas en concurrencia con los empresarios seleccionados con arreglo a lo establecido en los artículos 163 a 166 del TRLCSP. En los restantes supuestos, no será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia mediante la solicitud de ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. Los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas serán los que se determinan en el cuadro resumen de características. 4.3.2. Los empresarios que concurran por el procedimiento negociado presentarán sus solicitudes la documentación en el plazo establecido señalado en el anuncio escrito de licitaciónsolicitud de ofertas o, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selecciónsu caso, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en siguiente forma: “SOBRE 1: Documentación administrativa”, que estas incluirá, preceptivamente, los documentos que se conducirán a todos los licitadores cualificados indican para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance sobre 1 del procedimiento de licitación. Ademásabierto, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociarapartado 4.1.2 del presente pliego. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Contract

Procedimiento negociado. En los contratos que se adjudiquen por procedimiento negociado, con o sin publicidad, la adjudicación del contrato se realizará de acuerdo al sistema siguiente: 1. El BCE podrá aplicar En el procedimiento negociado si: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponiblescon publicidad, o requieran diseño o innovación; b) con el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa objetivo de lograr una mayor eficiencia en la selección de la especial naturaleza oferta económicamente más ventajosa, se unifica el doble procedimiento de selección de candidatos e invitación para presentar ofertas. Se realizará en el mismo trámite la prestación o convocatoria para presentar candidatura a la selección de contratistas y la de presentación de ofertas, de manera que en el mismo acto los interesados aporten la documentación para valorar ambas fases. La selección de contratistas a los que se estudiará su complejidad, carácter jurídico oferta económica y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse técnica se realizará por la Mesa de contratación en función de los criterios fijados en el apartado J del CCP de cada contrato de acuerdo con precisión suficiente por remisión a un estándar o referencia técnicoslo previsto en la cláusula 9.D de este pliego para el procedimiento restringido. Sólo con los contratistas seleccionados continuará el procedimiento de valoración de proposiciones. 2. El BCE podrá también aplicar el procedimiento negociado si, como resultado La Mesa de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que contratación analizará la documentación contenida en el procedimiento negociado participen exclusivamente sobre A de los empresarios que continúen en el procedimiento, o de todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no si el procedimiento que se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, sigue es el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anunciopublicidad. Las actuaciones de la Mesa se regirán por lo establecido en la cláusula 15 de este pliego. El personal técnico del Departamento de Contratación, con arreglo al artículo 35o la Mesa de contratación en los casos en los que decida constituirse en este procedimiento, analizará la documentación contenida en el sobre A de los empresarios que hayan presentados sus ofertas en plazo. En todos estos casos, no Las actuaciones de la Mesa o del personal técnico que la sustituya se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarseregirán por lo establecido en la cláusula 15 de este pliego. 3. Una vez publicado subsanadas las deficiencias en la documentación administrativa o transcurrido el anuncio plazo de licitacióntres días concedido para ello, los proveedores interesados podrán solicitar la apertura de ofertas y su participación valoración se realizará por el mismo procedimiento que en el procedimiento negociadoabierto por la Mesa de Contratación. En el procedimiento negociado sin publicidad, si no existiese Mesa de Contratación, estas actuaciones las realizarán directamente los funcionarios del Departamento de Contratación, garantizando en todo caso los principios de objetividad, imparcialidad y presentarán sus solicitudes en el plazo establecido en el anuncio de licitación, adjuntando transparencia por los documentos que requiera el BCEse rige la contratación pública. 4. El BCE comprobará A la idoneidad vista de la clasificación otorgada por la Mesa de contratación, el Presidente de la Mesa, por delegación del órgano de contratación, abrirá una negociación sobre los candidatos y evaluará aspectos de las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos ofertas que en el anuncio CCP (apartado L.3) se hubiesen señalado como negociables. A tal efecto, con las tres ofertas (o número inferior en su caso) que hayan alcanzado la mejor valoración, se entablará una negociación encaminada a mejorar las ofertas. Esta negociación se realizará mediante petición escrita, por fax o correo electrónico, de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios mejora de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado indicando en la siguiente posición; binvitación los aspectos de las mismas susceptibles de ser mejorados. Los ofertantes, si lo estiman oportuno, remitirán, en un plazo máximo de TRES (3) sea DÍAS NATURALES a contar desde la fecha de remisión de la invitación, las mejoras que proponen a su oferta inicial. Alternativamente el órgano de contratación podrá convocar a un acto de pujas a la vez con varios licitadores cuyas ofertas llana al objeto de que mejoren en ese acto y de forma verbal su oferta, exclusivamente, en este caso, en cuanto al precio y/o plazo de ejecución, levantándose la correspondiente acta. Toda la documentación de esta fase de negociación se ajusten mejor a los criterios incorporará al expediente de adjudicacióncontratación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en En todo caso se garantizará que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar reciban igualdad de trato, en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que particular no se altere sustancialmente facilitará información que pueda dar ventajas a uno o más licitadores con respecto al resto, tal y como exige el alcance artículo 178.3 del procedimiento TRLCSP y el artículo 30.3 de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociarDirectiva 2004/18. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Procedimiento negociado. 1. El BCE podrá aplicar Si se opta por el procedimiento negociado sinegociado, se observarán los siguientes trámites: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación;Petición: La petición de contratación se realizará cumplimentando por el personal interno de CTSS el formulario adjunto como Xxxxx XX. b) Solicitud de ofertas: Se solicitarán ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto de contrato. Esto no obstante, podrán no solicitarse ofertas cuando la licitación se publique en el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa perfil de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos;contratante. c) Pliegos: Cuando el importe del contrato sea superior a 50.000 euros, se elaborará un Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas (con el contenido previsto en el apartado B.I, epígrafe II de las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por remisión presentes instrucciones), así como un Pliego de Prescripciones Técnicas. Dichos documentos serán objeto de revisión e informe jurídico cuando la cuantía del contrato sea superior a un estándar 60.000 euros. En el propio Xxxxxx o referencia técnicosen la documentación complementaria se informará, en su caso, sobre las condiciones de subrogación en los contratos de trabajo, conforme a lo previsto en el artículo 120 del TRLCSP, cuando la cuantía del contrato sea superior a 50.000 euros. Cuando el importe del contrato sea igual o inferior a 50.000 euros, la elaboración de los Pliegos será facultativa. 2. El BCE podrá también aplicar d) Publicidad: Cuando el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de importe del contrato sea superior a 60.000 euros se publicará su licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado perfil de contratante. La adjudicación del contrato se publicará en el procedimiento inicialperfil de contratante. Ello sin perjuicio de lo previsto en la letra g) del presente apartado. e) Evaluación: En el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas se determinarán los aspectos económicos y técnicos que han de ser objeto de negociación con las empresas así como, hayan sido considerados idóneosen su caso, hayan cumplido los criterios de selección adjudicación y su ponderación. Tras las negociaciones efectuadas y, en todo caso, a la vista de las ofertas finalmente presentadas, por parte del personal técnico de CTSS se elevará al Órgano de Contratación propuesta en la que se contenga relación de proposiciones presentadas, que no hayan presentado sus sido declaradas desproporcionadas o anormales, así como la identificación de la oferta económicamente más ventajosa. Se dejará constancia, en su caso, de las invitaciones cursadas, de las ofertas conforme recibidas, de las razones para su aceptación o rechazo y de las negociaciones efectuadas. En los contratos de importe superior a 60.000 euros, la referida propuesta será elevada junto con un informe jurídico. f) Adjudicación y formalización del contrato: El Órgano de Contratación adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa, a la vista de la propuesta del personal técnico. El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato, que será notificada a los requisitos formales licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de licitacióncontratante. Si Cuando el Órgano de Contratación no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, adjudique el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, contrato de acuerdo con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarsela propuesta formulada por el personal técnico deberá motivar su decisión. 3. Una vez publicado el anuncio g) Otros supuestos de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en aplicación: también podrá optarse por el procedimiento negociado, y presentarán sus solicitudes cualquiera que sea su cuantía, en el plazo establecido los contratos previstos en el anuncio de licitaciónlos artículos 170, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección173, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertasapartados a), el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas y c), d) y e), artículo 174, apartados a), b), c) y d) y artículo 175. En estos casos, únicamente se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el publicará anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes en el perfil de iniciar las negociacionescontratante en los supuestos del artículo 170, el BCE informará apartados a) y b), 174, apartado a) y 175 (cuando se acuda al procedimiento negociado por razón de la manera cuantía y ésta sea superior a 60.000 euros). En lo no previsto expresamente en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas o en las presentes instrucciones, será de aplicación lo previsto en los artículos 151 (apartados 1, 2 y 3), 169, 176, 177, 178 y restantes artículos que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán puedan ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance del procedimiento de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato aplicación por remisión de todos los licitadores invitados a negociarellos, con las correspondientes adaptaciones derivadas del hecho de no tratarse de una Administración Pública. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Internal Hiring Instructions

Procedimiento negociado. 14.3.1 Si de acuerdo con los arts. El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades 170 y 171 del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente TRLCSP se hubiera optado por remisión a un estándar o referencia técnicos. 2. El BCE podrá también aplicar el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociado, y así se hubiera señalado en el cuadro resumen, la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. El procedimiento negociado será objeto de publicidad previa en los casos previstos en el artículo 177 del TRLCSP. En los supuestos del procedimiento negociado con publicidad del artículo 177.2, la publicidad en los diarios correspondientes podrá ser sustituida por la publicación del anuncio en el perfil de contratante: xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxx- unipersonales/gerencia/estructura/patrimonio/contrataciones_empresa. En estos casos será posible la presentación de ofertas en concurrencia con los empresarios seleccionados con arreglo a lo establecido en los artículos 163 a 166 del TRLCSP. En los restantes supuestos, no será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia mediante la solicitud de ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. Los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negociación con las empresas serán los que se determinan en el cuadro resumen de características. 4.3.2 Los empresarios que concurran por el procedimiento negociado presentarán sus solicitudes la documentación en el plazo establecido señalado en el escrito de solicitud de proposiciones o, en su caso, en el anuncio de licitación, adjuntando de la siguiente forma: “SOBRE 1: Documentación Administrativa”, que incluirá preceptivamente, los documentos que requiera se indican para el BCESOBRE n.º 1 del procedimiento abierto, apartado 4.1.2 xxx Xxxxxx. “SOBRE 2: Documentación técnica relativa a los aspectos económicos y técnicos objeto de negociación”. 4. 4.3.3 El BCE comprobará la idoneidad lugar, fecha, hora y modo de los candidatos y evaluará presentar las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos ofertas será el determinado en este Pliego, para el procedimiento abierto, en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatosapartado 4.1.3. 5. Una vez evaluadas 4.3.4 La presentación de ofertas supone la aceptación total de todas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin cláusulas de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellaseste pliego. 6. Podrán ser objeto 4.3.5 Ningún licitador podrá presentar más de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance del procedimiento de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociaruna proposición. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Obras

Procedimiento negociado. 1. 1 El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa de se utilizará cuando la especial naturaleza de la prestación obra, los suministros o los servicios, o los riesgos que conlleven, no permitan determinar previamente el precio global, o cuando la naturaleza de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas los servicios sea tal que el pliego de condiciones no pueden pueda establecerse con la precisión suficiente por remisión para ad- judicar el contrato mediante la selección de la mejor oferta conforme a las normas que rigen los procedi- mientos abiertos o restringidos. En el anuncio público de licitación se especificarán los criterios con arreglo a los cuales se seleccionará a los candidatos. No será necesario un estándar o referencia técnicos. 2anuncio público de licitación si se da alguno de los supuestos previstos en el artículo 27 de esta circular interna. El BCE podrá también aplicar número de candidatos a los que se invitará a presentar ofertas no será inferior a tres. Si el procedimiento negociado si, como resultado número de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre pro- veedores interesados que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido cumplen los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneasfuese inferior al número mínimo indicado en el anuncio, el BCE Banco de España podrá también iniciar acordar seguir adelante con el proceso, invitando a un número menor. El Banco de España, previamente a la adjudicación del contrato, podrá consultar y negociar las condiciones de este con los operadores económicos que hayan sido seleccionados. En el pliego de cláusulas particula- res se determinarán los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negocia- ción. El procedimiento negociado sin publicar un anunciose podrá articular en fases sucesivas, con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociado, y presentarán sus solicitudes en el plazo establecido en el anuncio de licitación, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus reducir progresivamente el núme- ro de ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, que se han de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios señalados en el anuncio de adjudicación establecidos licita- ción o en el pliego de cláusulas particulares. El Banco de España podrá adjudicar contratos sobre la base de las ofertas iniciales sin negociación cuando en el anuncio de licitación o en la invitación a licitar. Antes de iniciar confirmar el interés haya indicado que se reserva dicha posibilidad. 2 En las negociacionescontrataciones armonizadas, el BCE informará plazo mínimo para la recepción de las solicitudes de participación será de 37 días a partir de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto fecha de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance envío del procedimiento anuncio de licitación. AdemásEste plazo podrá reducirse en siete días cuando los anuncios se envíen por medios electrónicos, informáticos y telemáticos. El plazo mínimo para la recepción de ofertas iniciales será de 40 días a partir de la fecha de envío del anun- cio de la invitación. El plazo establecido para la recepción de ofertas podrá reducirse en cinco días cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos, informáticos y telemáticos a los pliegos y a la documentación complementaria. Cuando se haya publicado un anuncio de información previa, el BCE plazo mínimo citado anteriormente podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociacionesre- ducirse, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociar.como norma general, hasta 36 días o, en casos excepcionales debidamente justificados, hasta 22 días, y siempre que: 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos a) en el anuncio de licitación o información previa se haya incluido toda la invitación a licitar.información exigida para la licita- ción, y

Appears in 1 contract

Samples: Reglas De Contratación

Procedimiento negociado. En los contratos que se adjudiquen por procedimiento negociado, con o sin publicidad, la adjudicación del contrato se realizará de acuerdo al sistema siguiente: 1. El BCE podrá aplicar En el procedimiento negociado si: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponiblescon publicidad, o requieran diseño o innovación; b) con el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa objetivo de lograr una mayor eficiencia en la selección de la especial naturaleza oferta económicamente más ventajosa, se unifica el doble procedimiento de selección de candidatos e invitación para presentar ofertas regulado en los artículos 163 a 167 del TRLCSP. Se realizará en el mismo trámite la prestación o convocatoria para presentar candidatura a la selección de contratistas y la de presentación de ofertas, de manera que en el mismo acto los interesados aporten la documentación para valorar ambas fases. La selección de contratistas a los que se estudiará su complejidad, carácter jurídico oferta económica y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse técnica se realizará por la Mesa de contratación en función de los criterios fijados en el apartado I del CCP de cada contrato de acuerdo con precisión suficiente por remisión a un estándar o referencia técnicoslo previsto en la cláusula 9.D de este pliego para el procedimiento restringido. Sólo con los contratistas seleccionados continuará el procedimiento de valoración de proposiciones. 2. El BCE podrá también aplicar La Mesa de contratación analizará la documentación contenida en el sobre A de los empresarios que continúen en el procedimiento, o de todos los que hayan presentados sus ofertas si el procedimiento que se sigue es el negociado sisin publicidad. Las actuaciones de la Mesa se regirán por lo establecido en la cláusula 15 de este pliego. 3. Subsanadas, como resultado en su caso, las deficiencias en la documentación administrativa o transcurrido el plazo de un tres días concedido para ello, la apertura de ofertas y su valoración se realizará por el mismo procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en abierto por la Mesa de Contratación. En el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anunciopublicidad, con arreglo al artículo 35. En todos estos casossi no existiese Mesa de Contratación, no estas actuaciones las realizarán directamente por los funcionarios del Departamento de Contratación, garantizando en todo caso los principios de objetividad, imparcialidad y transparencia por los que se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociado, y presentarán sus solicitudes en el plazo establecido en el anuncio de licitación, adjuntando los documentos que requiera el BCErige la contratación pública. 4. El BCE comprobará A la idoneidad vista de la clasificación otorgada por la Mesa de contratación, el Presidente de ésta, por delegación del órgano de contratación, o este órgano directamente, abrirá una negociación sobre los candidatos y evaluará aspectos de las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos ofertas que en el anuncio CCP (apartado L.) se hubiesen señalado como negociables. Esta negociación se llevará acaba, con las tres ofertas (o número inferior en su caso) que hayan alcanzado la mejor valoración, con el objeto de licitación. El BCE invitará a presentar obtener una mejora de las ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplanpresentadas. La invitación a licitar negociación se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas realizará mediante petición escrita, por fax o correo electrónico, de mejora de las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado indicando en la siguiente posición; binvitación los aspectos de las mismas susceptibles de ser mejorados. Los ofertantes, si lo estiman oportuno, remitirán, en un plazo máximo de TRES (3) sea DÍAS NATURALES a contar desde la fecha de remisión de la invitación, las mejoras que proponen a su oferta inicial. Alternativamente el órgano de contratación podrá convocar a un acto de pujas a la vez con varios licitadores cuyas ofertas llana al objeto de que mejoren en ese acto y de forma verbal su oferta, exclusivamente, en este caso, en cuanto al precio, plazo de ejecución y/o mejoras sin coste adicional, levantándose la correspondiente acta. Toda la documentación de esta fase de negociación se ajusten mejor a los criterios incorporará al expediente de adjudicacióncontratación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en En todo caso se garantizará que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar reciban igualdad de trato, en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que particular no se altere sustancialmente facilitará información que pueda dar ventajas a uno o más licitadores con respecto al resto, tal y como exige el alcance artículo 178.3 del procedimiento TRLCSP y el artículo 30.3 de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociarDirectiva 2004/18. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Suministro De Energía Eléctrica Y Productos Energéticos

Procedimiento negociado. 14.3.1. El BCE podrá aplicar el procedimiento negociado si: a) las necesidades Si, de acuerdo con los artículos 170 y 174 del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponiblesTRLCSP, o requieran diseño o innovación; b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa a causa de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos; c) las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente se hubiera optado por remisión a un estándar o referencia técnicos. 2. El BCE podrá también aplicar el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado en el procedimiento inicial, hayan sido considerados idóneos, hayan cumplido los criterios de selección y hayan presentado sus ofertas conforme a los requisitos formales de licitación. Si no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarse. 3. Una vez publicado el anuncio de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en el procedimiento negociado, y así se hubiera hecho constar en el cuadro de caracte- rísticas de este pliego, la adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candi- datos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. El órgano de contratación deberá dejar constancia en el expediente de las invita- ciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones para su aceptación o rechazo y de las negociaciones realizadas con los licitadores. El procedimiento negociado será objeto de publicidad previa en los casos previs- tos en el artículo 177 del TRLCSP. En los supuestos del procedimiento negociado con publicidad del artículo 177.2, la publicidad en los diarios correspondientes podrá ser sustituida por la publicación del anuncio en el perfil de contratante: xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. En estos casos será posible la presenta- ción de ofertas en concurrencia con los empresarios seleccionados con arreglo a lo establecido en los artículos 163 a 166 del TRLCSP. En los restantes supuestos, no será necesario dar publicidad al procedimiento, debiéndose asegurar la concurrencia mediante la solicitud de ofertas al menos, a tres empresas capacitadas para la reali- zación del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. Los aspectos económicos y técnicos que, en su caso, hayan de ser objeto de negocia- ción con las empresas serán los que se determinen en el cuadro de características. 4.3.2. Los empresarios que concurran por el procedimiento negociado presentarán sus solicitudes la documentación en el plazo establecido señalado en el escrito de solicitud de proposiciones o, en su caso, en el anuncio de licitación, adjuntando de la siguiente forma: “SOBRE 1: Documentación Administrativa”, que incluirá preceptivamente, los documentos que requiera se indican para el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertas, el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes de iniciar las negociaciones, el BCE informará de la manera en que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance SOBRE N.º 1 del procedimiento de licitación. Ademásabierto, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato de todos los licitadores invitados a negociarapar- tado 4.1.2 xxx xxxxxx. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Supply Contract

Procedimiento negociado. 1. El BCE podrá aplicar Si se opta por el procedimiento negociado sinegociado, se observarán los siguientes trámites: a) las necesidades del BCE no pueden satisfacerse sin adaptar soluciones inmediatamente disponibles, o requieran diseño o innovación;Resolución de inicio: La adoptará el Órgano de Contratación. b) el contrato no puede adjudicarse sin negociación previa Solicitud de ofertas: Se solicitarán ofertas, al menos, a causa tres empresas capacitadas para la realización del objeto de la especial naturaleza de la prestación o de su complejidad, carácter jurídico y financiero y riesgos;contrato. c) Pliegos: Cuando el importe del contrato sea superior a 50.000 euros, se elaborará un Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas (con el contenido previsto en el apartado B, epígrafe II de las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por remisión presentes instrucciones), así como un Pliego de Prescripciones Técnicas. Dichos documentos serán objeto de revisión e informe jurídico cuando la cuantía del contrato sea superior a un estándar 60.000 euros. En el propio Pliego o referencia técnicosen la documentación complementaria se informará, en su caso, sobre las condiciones de subrogación en los contratos de trabajo, conforme a lo previsto en el artículo 120 del TRLCSP, cuando la cuantía del contrato sea superior a 50.000 euros. Cuando el importe del contrato sea igual o inferior a 50.000 euros, la elaboración de los Pliegos será facultativa. 2. El BCE podrá también aplicar d) Publicidad: Cuando el procedimiento negociado si, como resultado de un procedimiento abierto o restringido o un diálogo competitivo, solo ha obtenido ofertas irregulares o inaceptables. El BCE podrá no publicar un nuevo anuncio de importe del contrato sea superior a 50.000 euros se publicará su licitación siempre que en el procedimiento negociado participen exclusivamente todos los licitadores que hayan participado perfil de contratante. La adjudicación del contrato se publicará en el procedimiento inicialperfil de contratante. Ello sin perjuicio de lo previsto en la letra g) del presente apartado. e) Evaluación: En el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas se determinarán los aspectos económicos y técnicos que han de ser objeto de negociación con las empresas así como, hayan sido considerados idóneosen su caso, hayan cumplido los criterios de selección adjudicación y su ponderación. Tras las negociaciones efectuadas y, en todo caso, a la vista de las ofertas finalmente presentadas, por parte del personal técnico de ORTZIBIA se elevará al Órgano de Contratación propuesta en la que se contenga relación de proposiciones presentadas que no hayan presentado sus sido declaradas desproporcionadas o anormales, así como la identificación de la oferta económicamente más ventajosa. Se dejará constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas conforme recibidas, de las razones para su aceptación o rechazo y de las negociaciones efectuadas. En los contratos de importe superior a 60.000 euros, la referida propuesta será elevada junto con un informe jurídico. f) Adjudicación del contrato: El Órgano de Contratación adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa, a la vista de la propuesta del personal técnico. El Órgano de Contratación acordará la adjudicación del contrato, que será notificada a los requisitos formales licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de licitacióncontratante. Si Cuando el Órgano de Contratación no se reciben ofertas o las recibidas no son idóneas, adjudique el BCE podrá también iniciar un procedimiento negociado sin publicar un anuncio, contrato de acuerdo con arreglo al artículo 35. En todos estos casos, no se alterarán sustancialmente las condiciones originales del contrato que deba adjudicarsela propuesta formulada por el personal técnico deberá motivar su decisión. 3. Una vez publicado el anuncio g) Otros supuestos de licitación, los proveedores interesados podrán solicitar su participación en aplicación: también podrá optarse por el procedimiento negociado, y presentarán sus solicitudes cualquiera que sea su cuantía, en el plazo establecido los contratos previstos en el anuncio de licitaciónlos artículos 170, adjuntando los documentos que requiera el BCE. 4. El BCE comprobará la idoneidad de los candidatos y evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el anuncio de licitación. El BCE invitará a presentar ofertas al menos a tres candidatos idóneos que cumplan los criterios de selección173, siempre que haya un número suficiente de candidatos que los cumplan. La invitación a licitar se enviará simultáneamente a todos esos candidatos. 5. Una vez evaluadas las ofertasapartados a), el BCE podrá negociar con los licitadores a fin de ajustar sus ofertas a las necesidades del BCE. El BCE podrá iniciar negociaciones: a) sea con el licitador clasificado en primera posición, y, de fracasar estas, con el licitador clasificado en la siguiente posición; b) sea a la vez con varios licitadores cuyas ofertas y c), d) y e), artículo 174, apartados a), b), c) y d) y artículo 175. En estos casos, únicamente se ajusten mejor a los criterios de adjudicación. El número de licitadores admitidos a negociar podrá reducirse en fases sucesivas mediante la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en el publicará anuncio de licitación o la invitación a licitar. Antes en el perfil de iniciar las negociacionescontratante en los supuestos del artículo 170, el BCE informará apartados a) y b), 174, apartado a) y 175 (cuando se acuda al procedimiento negociado por razón de la manera cuantía y ésta sea superior a 60.000 euros). En lo no previsto expresamente en el Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas o en las presentes instrucciones, será de aplicación lo previsto en los artículos 151 (apartados 1, 2 y 3), 169, 176, 177, 178 y restantes artículos que estas se conducirán a todos los licitadores cualificados para participar en ellas. 6. Podrán puedan ser objeto de negociación las propuestas técnicas y financieras de los licitadores, así como sus condiciones de contratación, siempre que no se altere sustancialmente el alcance del procedimiento de licitación. Además, el BCE podrá invitar a los licitadores a presentar ofertas revisadas. Durante las negociaciones, el BCE garantizará la igualdad de trato aplicación por remisión de todos los licitadores invitados a negociarellos, con las correspondientes adaptaciones derivadas del hecho de no tratarse de una Administración Pública. 7. Una vez concluidas las negociaciones, el BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.

Appears in 1 contract

Samples: Internal Hiring Instructions