PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. El presupuesto de contratación es de 915.000,00 € , a la BAJA. La partida presupuestaria a la cual se imputa este crédito es la que se nombra en el apartado E del cuadro de características. Existe crédito adecuado y suficiente para el cumplimiento de las obligaciones económicas del Consorcio CSIC-IRTA-UAB Centre de Recerca Agrigenòmica (CRAG), derivadas del contrato.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. El presupuesto máximo de licitación para este contrato es el indicado en el apartado C del cuadro de características y abarcará el precio total de la propuesta, incluidos todos los impuestos, gastos y cargas tributarias que sean obligatorias. El IVA figura como partida independiente. Serán de cargo del adjudicatario todos los gastos que el mismo deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son las generales, financieras, beneficios, seguros, transportes y desplazamientos, materiales de obra, honorarios del personal técnico a su cargo, sueldos y seguros sociales de los trabajadores a su cargo, impuestos, tasas y contribuciones especiales de todas las clases, sean municipales, autonómicas o estatales. No se aceptarán incrementos de precio, aún cuando durante el plazo de ejecución del contrato se produzcan aumentos de salarios ó incrementos en el precio de los materiales necesarios para la ejecución del contrato, ya que se hace constar, a los efectos oportunos, que la posibilidad de tales aumentos ha sido tenida en cuenta para la fijación del precio. En todo caso, el precio ofertado tendrá consideración de precio cerrado, retribuyéndose con el mismo el total de los servicios prestados en el marco de ejecución del contrato. En el mismo se entienden incluidos cuantos gastos e impuestos se generen y resulten aplicables como consecuencia de la ejecución del contrato. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá el IVA (que se indicará como partida independiente) y demás tributos que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto contemplado en el presente pliego. Según el apartado G del cuadro de características, existe crédito presupuestario suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato. El presupuesto del contrato estará cofinanciado por el FEDER con una tasa de cofinanciación del 75%, en el marco del Programa Operativo de Cooperación Transfronteriza España-Portugal 2007-2013.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. 6.1. El presupuesto de licitación es el que figura en el Anexo I, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba soportar la Administración. El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego, y se abonará con cargo a las anualidades que se señalen en el Anexo I.
6.2. Según el apartado “B” del cuadro de características, existe crédito presupuestario retenido suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato.
6.3. El contrato está cofinanciado con fondos europeos, tal como se recoge en el Cuadro Resumen, en el anuncio, en la adjudicación, en el contrato y demás publicaciones por cualquier medio la identificación del fondo que lo cofinancia y su aportación, así como, en su caso, el programa, eje, medida o tema prioritario al que afecta, y el lema y logotipo establecido por la Unión Europea.
6.4. El contrato deberá someterse a las Disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y será coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, y todo ello de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos Comunitarios por los que se establecen disposiciones relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo de Pesca.
6.5. Los precios de contratación podrán ser objeto de revisión, en los términos del artículo 89 y siguientes del TRLCSP, siempre y cuando así se manifieste expresamente en el apartado “E” del Cuadro Resumen de Características, mediante la aplicación del coeficiente que así mismo figure en dicho punto.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. 5.1 El presupuesto base de licitación del contrato será el que figura en el apartado “B” del cuadro resumen de características anexo a este Pliego; y el presupuesto final será el de adjudicación al licitador que, sin exceder del primero, sea seleccionado, desglosándose como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
5.2 Según el apartado “B” del cuadro de características, existe crédito presupuestario retenido suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato.
5.3 Cuando el contrato esté cofinanciado con fondos europeos deberá recogerse en el cuadro resumen, en el anuncio y demás publicaciones por cualquier medio la identificación del fondo que lo cofinancia y su aportación, así como, en su caso, el programa, medida o tema prioritario al que afecta, y el lema y logotipo establecido por la Unión Europea.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. 5.1. El presupuesto base de licitación del contrato será el que figura en el apartado “B” del cuadro resumen de características anexo a este Pliego; y el presupuesto final será el de adjudicación al licitador que, sin exceder del primero, sea seleccionado, desglosándose como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
5.2. Según el apartado “B” del cuadro de características, existe crédito presupuestario retenido suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato.
5.3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 269 de la LCSP y cuando se establezca expresamente en la letra “D” del cuadro resumen de características el pago total de los bienes a suministrar podrá consistir parte en dinero y parte en entrega de otros bienes de la misma clase, sin que en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por 100 del precio total.
5.4. En caso de que el presupuesto se distribuya en distintas anualidades, éstas se especificarán en la letra “B” del cuadro resumen de características.
5.5. Los precios de contratación podrán ser objeto de revisión, en los términos del artículo 77 y siguientes de la LCSP, siempre y cuando así se manifieste expresamente en la letra e) del cuadro resumen de características, mediante la aplicación del coeficiente que así mismo figure en dicho punto.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. El presupuesto de contratación, incluyendo prórrogas y los posibles aumentos las horas de trabajo contempladas en el anexo I, es de 160.000,00 €, a la BAJA. La partida presupuestaria a la cual se imputa este crédito es la que se nombra en el apartado E del cuadro de características. Existe crédito adecuado y suficiente para el cumplimiento de las obligaciones económicas del CRAG, derivadas del contrato.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. 4.1.- El presupuesto base de licitación por esta contratación es lo que figura al apartado B del cuadro de características.
4.2.- El importe de este contrato se imputará a la posición presupuestaria que se menciona en el apartado C del cuadro de características.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. 5.1. El presupuesto de licitación para este contrato es el indicado en el cuadro de caracterís- ticas, en el que figurará desglosado el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido. De acuerdo con las previsiones del art. 302 del TRLCSP, el sistema de determinación del precio es el señalado en dicho cuadro de características.
5.2. Según el cuadro de características, existe crédito presupuestario retenido suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato.
5.3. Cuando el contrato esté cofinanciado con fondos europeos deberá recogerse en el cuadro resumen, en el anuncio, en la adjudicación, en el contrato y demás publicaciones por cualquier medio la identificación del fondo que lo cofinancia y su aportación, así como, en su caso, el programa, eje, medida o tema prioritario al que afecta, y el lema y logoti- po establecido por la Unión Europea.
5.4. El contrato deberá someterse a las Disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los actos fijados en virtud del mismo y será coherente con las actividades, políticas y priori- dades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres; y todo ello de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos Comunitarios por los que se establecen disposiciones relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo de Pesca.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. 4.3.1. El presupuesto base de licitación del contrato será el que figura en el apartado 4.A del cuadro resumen de características anexo a este pliego; y, el presu- puesto final, será el de adjudicación al licitador que, sin exceder del primero, sea seleccionado, desglosándose como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
4.3.2. Según el apartado 4.B del cuadro resumen de características, existe crédito presupuestario retenido suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato.
4.3.3. Cuando el contrato esté cofinanciado con fondos europeos deberá recogerse en el cuadro resumen, en el anuncio, en la adjudicación, en el contrato y demás publicaciones por cualquier medio la identificación del fondo que lo cofinancia y su aportación, así como, en su caso, el programa, eje, medida o tema prioritario al que afecta, y el lema y logotipo establecido por la Unión Europea.
4.3.4. El contrato deberá someterse a las Disposiciones del Tratado de la Unión Euro- pea y a los actos fijados en virtud del mismo y será coherente con las activi- dades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competiti- vidad, el empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres; y todo ello de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos Comunitarios por los que se establecen disposiciones relativas al Fondo Euro- peo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo de Pesca.
PRESUPUESTO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO. El presupuesto base de licitación del contrato es el que figura en el apartado “B” del cuadro resumen de características del Anexo I de este Pliego; y el presupuesto final será el de adjudicación al licitador que, sin exceder del presupuesto base de licitación, sea seleccionado, desglosándose como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. El valor estimado del contrato se ha determinado de acuerdo con el artículo 88.2 de TRLCSP. Según el apartado “B” del cuadro de características, existe crédito suficiente para atender los gastos derivados de la ejecución del contrato. El contrato está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo Plurirregional de Economía basada en el Conocimiento, período 2007- 2013.