Common use of Programa de trabajo Clause in Contracts

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratación.

Appears in 5 contracts

Samples: Contrato Administrativo De Obras, Contrato Administrativo De Obras, Contrato Administrativo De Obras

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la La empresa contratista debe deberá presentar un programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación trabajo en el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, salvo causa justificada, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentaciónAsimismo, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El como anexo al programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de deberá especificar la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas plantilla por categorías que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas estime necesaria para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo realización de los trabajos, indicando también la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar plantilla propia con la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en cursocuenta. El precitado programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa Programa de trabajo deberá ser contener los aspectos previstos en el artículo 144.3 del RGLCAP, especificando en concreto los plazos parciales en los que la contratista se compromete a la ejecución de las diferentes partes de la obra. El plan presentado por la adjudicataria será documento contractual a todos los efectos. El órgano de contratación resolverá sobre el plan de trabajo en los quince días posteriores a su presentación o impondrá, en su caso, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Una vez aprobado por la Administración, se incorporará al contrato, bien con las anualidades reajustadas, si las disponibilidades del crédito lo permiten, o con las de adjudicación, a cuyo efecto la contratista puede solicitar del Servicio las certificaciones anticipadas. La dirección facultativa de las obras podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que la contratista adjudicataria haya presentado en tiempo y forma el órgano Programa de contrataciónTrabajo, cuando éste sea obligatorio, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por retraso en el pago de las certificaciones. La dirección facultativa de las obras podrá, asimismo cuando lo crea necesario, solicitar aclaraciones sobre las distintas partes de la obra, plan detallado de ejecución o realización de planos y cálculos suplementarios, antes de la ejecución de las mismas y para su aprobación, sin cuyo requisito no podrán llevarse a cabo. A la terminación de las obras y en sus plazos parciales se realizarán las pruebas de las mismas. De los resultados de estas pruebas se levantarán las Actas correspondientes. Las zonas afectadas por las obras y que no formen parte de ellas, se restituirán a su situación, antes de la recepción de las mismas.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Obras, Contrato De Obras

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación en En el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes hábiles, a su presentaciónpartir de la fecha de aprobación del Acta de comprobación del Replanteo, pudiendo imponer la introducción el Contratista presentará el Programa definitivo de modificaciones o el cumplimiento ejecución de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contratolos trabajos. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna trabajos presentado deberá incluir los siguientes datos: a) Ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión del volumen de éstas. b) Determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos medios. c) Estimación en días calendario de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones, y de los de ejecución de las diversas partes o clases de obra. d) Valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o clases de obra a precios unitarios. e) Gráfico de las diversas actividades o trabajos. Los plazos parciales serán fijados por la Administración al aprobar el Programa de Trabajos del Proyecto de Construcción. En el Programa de Trabajo se definirá y detallará expresamente los tiempos y medios de las pruebas parciales y de conjunto. El Programa de Trabajos deberá actualizarse por el contratista cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico procediendo a la fijación o actualización y plazos parciales ofertadospuesta al día del mismo conforme a las instrucciones que reciba de la Administración. El director de obra podrá, asimismo, cuando lo crea necesario, solicitar aclaraciones sobre las distintas partes de la obra, plan detallado de ejecución o realización de planos y cálculos suplementarios, antes de la ejecución de las mismas y para su aprobación, sin cuyo requisito no podrán llevarse a cabo. El director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, una vez aprobadosin derecho a intereses de demora, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar en su caso, por el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto retraso en el último párrafo pago de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contrataciónestas certificaciones.

Appears in 2 contracts

Samples: Contract for Works, Contract for Works

Programa de trabajo. Cuando 19.1 Antes de la iniciación de los trabajos, el Contratista deberá presentar un Plan de Trabajo para su Aprobación y Aceptación. Este Programa deberá mostrar en detalle el tiempo de ejecución de los Renglones y Sub-renglones de Trabajo que conforman la obra y establece los Plazos y Montos dentro de los cuales el Contratista se obliga a cumplir con las disposiciones contractuales, incluyendo fechas de inicio de las fases de la obra, así como la fecha en que se proyecte terminarla y el personal que se empleará. Este Programa deberá tener como base el presentado en la cláusula 18.6 Oferta. 19.2 Si fueran aceptados cambios en los Planos o en las Cantidades de Trabajo o si el Contratista hubiere de dejar de cumplir con el Plan de Trabajo aprobado, deberá presentar al Supervisor un Plan de Trabajo nuevo. El Supervisor lo revisará y Aprobará dentro de los ocho días siguientes de haber sido presentado a él, de conformidad con lo establecido en los artículos 52 y 86 de la carátula xxx xxxxxx Ley de Contrataciones del Estado y de los artículos 27 y 28 de su Reglamento. 19.3 El Contratista empleará todos los medios a su alcance para cumplir con el Plan de Trabajo, pero si se haya indicado que la contratista debe presentar programa atrasare, el Supervisor podrá pedir el incremento de turnos, días de trabajo, este personal, equipo o plantas de construcción, con el fin de llevar el trabajo conforme al Programa. Si el Contratista no lo deberá presentar para su aprobación por hiciera así, el órgano de contratación Supervisor podrá retener todos los pagos o suspender el trabajo. 19.4 El trabajo será diurno o en las horas hábiles del día, el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, trabajo nocturno o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan horas extras sólo podrán hacerse con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contrataciónSupervisor.

Appears in 2 contracts

Samples: Specifications for Construction Project, Construction Contract

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 13.1. En los contratos de la carátula xxx xxxxxx servicios que sean de tracto sucesivo el contratista está obligado, salvo que expresamente se le haya indicado que la contratista debe eximido de hacerlo, a presentar un programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación trabajo en el plazo de treinta (30) 30 días desde la formalización del contrato, o desde la notificación contrato que será aprobado por el órgano de la autorización para iniciar las obrascontratación. El órgano programa de contratación trabajo respetará todas las fechas, plazos y condiciones de entrega fijadas en los documentos que vayan a tener carácter contractual. 13.2. El Director podrá suspender la emisión de certificaciones o no dar curso a las mismas o, en su caso, a abonos a cuenta hasta que el contratista no haya presentado en debi- da forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora por el retraso en el pago de estas certificaciones. 13.3. El programa de trabajo habrá de tener el siguiente contenido mínimo, expresado en diagramas de actividades / tiempos. — Fijación de los contenidos que integran el objeto del contrato y de las operaciones más relevantes. — Medios técnicos y personales a emplear. — Calendario de plazos parciales de ejecución de tareas, por unidades de tiempo semanales o mensuales. — Valoración mensual y acumulada de los trabajos programados sobre la base del precio de adjudicación. 13.4. La Administración resolverá sobre la aprobación del programa de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones modifi- caciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan contra- vengan las cláusulas del contrato. El De ser necesario introducir modificaciones se oirá previamente al contratista adjudicatario. La aceptación del programa de trabajo no podrá modificar ninguna eximirá al contratista del cumplimiento de las condiciones cualquiera de sus obligaciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratación.

Appears in 1 contract

Samples: Supply Contract

Programa de trabajo. Cuando en En cuanto a la cláusula 18.6 obligación de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar presentación del programa de trabajo, este se estará a lo deberá presentar para su aprobación por que determina el órgano de contratación apartado 15 del anexo i. El contratista, si procede, en el plazo de treinta (30) días que se indica en el apartado 15 del anexo i, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o desde plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la notificación cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la autorización para iniciar las obrasContratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentaciónsobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones o modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa Si para el desarrollo de trabajo no podrá modificar ninguna los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo queda obligado a la leyactualización y puesta al día de este programa. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratación.FIRMADO POR Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx - LA JEFA DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTRATACIÓN FECHA Y HORA 03/07/2012 14:03:08

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación 1.- El Contratista presentará en el plazo de un (1) mes, contado a partir de la fecha del Acta de Comprobación del Replanteo, un Programa de Trabajo, con especificación de los plazos parciales y fechas de terminación de las distintas clases de obras compatibles con las anualidades fijadas y el plazo total de ejecución, indicando, asimismo, las previsiones de facturación parcial por mensualidades. 2.- El Contratista acompañará también, como anexo al Programa de Trabajo, la relación de maquinaria necesaria y la plantilla por categorías que estime necesaria para la realización de los trabajos, indicando, igualmente, la plantilla propia con la que cuenta. 3.- La APA aprobará el Programa de Trabajo en los treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes posteriores a su presentación. Al aprobar el Programa de Trabajo, pudiendo la Autoridad Portuaria podrá imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa En base a dicha aprobación se fijarán los plazos parciales correspondientes. 4.- Una vez aprobado, el Programa de trabajo no podrá modificar ninguna Trabajo se considerará documento contractual a todos los efectos, teniendo especial relevancia el cumplimiento de las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y los compromisos de ejecución de los plazos parciales ofertados. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de su Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba del Director de obra. 5.- El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa Director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones anticipadas relaciones valoradas hasta que correspondan con arreglo el Contratista haya presentado en debida forma el Programa de Trabajo, sin derecho a la ley. Se podrá acelerar la ejecución intereses de la obra y adelantar demora, en su caso, por el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto retraso en el último párrafo pago de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contrataciónlas correspondientes facturas.

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract

Programa de trabajo. Cuando se establezca en el apartado 2 del Anexo I al presente pliego y siempre que la cláusula 18.6 total ejecución de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la obra esté prevista en más de una anualidad, el contratista debe presentar programa de trabajoestará obligado, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación en el plazo máximo de treinta (30) días días, contados desde la formalización del contrato, o desde a someter el programa de trabajo a la notificación aprobación del órgano de contratación correspondiente, en el que deberán incluirse los datos exigidos en el art. 144 del RGLCAP y en el artículo 14.21 xxx Xxxxxx de Condiciones Técnicas Generales aplicable a la autorización para iniciar redacción de proyectos y ejecución de las obrasObras Municipales. El órgano de contratación resolverá sobre el mismo dentro de los quince (15) 15 días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa En los supuestos previstos en el artículo 14.21 xxx Xxxxxx de trabajo no podrá modificar ninguna Condiciones Técnicas Generales aplicable a la redacción de proyectos y ejecución de las Obras Municipales y cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa. Por lo tanto, coincidirá El contratista estará obligado a desarrollar su prestación en el plazo total, camino crítico las condiciones y plazos parciales ofertados. El programa de trabajopactados, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el ajustándose al programa de trabajo. En ningún caso Cuando en los trabajos se produzcan paradas como consecuencia del curso normal de los trabajos, serán del contratista los cargos a que, como consecuencia de la parada y para restablecer la situación, hubiere lugar. Madrid Xxxxxxx podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en exigir que el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del contratista modifique dicho programa de trabajo para adaptarlo asegurar el cumplimiento de los hitos y plazos de la obra, sin derecho por parte del contratista a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por reclamar ningún incremento en el órgano de contrataciónprecio, aumento del plazo o indemnización.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Construction Works

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 de la carátula xxx xxxxxx cláusulas específicas del contrato se haya indicado que la contratista debe presentar programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratación.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works

Programa de trabajo. Cuando 1. De figurar así establecido en la cláusula 18.6 el CUADRO DE CARACTERÍSTICAS y, en todo caso, si el plazo de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar programa las obras está previsto en más de trabajouna anualidad, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación Contratista presentará en el plazo de un (1) mes, contado a partir de la fecha del Acta de Comprobación del Replanteo, un Programa de Trabajo, con especificación de los plazos parciales y fechas de terminación de las distintas clases de obras compatibles con las anualidades fijadas y el plazo total de ejecución, indicando, asimismo, las previsiones de facturación parcial por mensualidades. Este Programa de Trabajo coincidirá con el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados, que en ningún caso podrán superar los máximos establecidos en el Proyecto, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o en el presente PCAP. 2. El Contratista acompañará también, como ANEXO al Programa de Trabajo, la relación de medios, maquinaria necesaria y/o la plantilla por categorías que estime necesaria para la realización de los trabajos, indicando, igualmente, la plantilla propia con la que cuenta. 3. La APV aprobará, a propuesta de la Dirección facultativa y con la conformidad, en caso de estar designado, del Responsable del contrato, el Programa de Trabajos en los treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes posteriores a su presentación. Al aprobar el mismo, pudiendo la APV podrá imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa En base a dicha aprobación se fijarán los plazos parciales correspondientes. 4. Una vez aprobado, el Programa de trabajo no podrá modificar ninguna Trabajo se considerará documento contractual a todos los efectos, teniendo especial relevancia el cumplimiento de los compromisos de ejecución de los plazos parciales por mensualidades ofertados. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de su Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba del Director de obra. 5. Por lo tantoLa Dirección facultativa podrá acordar no dar curso a las relaciones valoradas hasta que el Contratista haya presentado en debida forma el Programa de Trabajo, coincidirá sin derecho a intereses de demora, en su caso, por el retraso en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa pago de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratacióncorrespondientes facturas.

Appears in 1 contract

Samples: Construction Contract

Programa de trabajo. Cuando 22.1. El adjudicatario, en las dos primeras semanas del trabajo, xxxxxx elaborar y presentar al Director del contrato un programa de trabajos, con detalle cronológico y de contenido, que se ajustará a lo dispuesto en el xxxxxx de prescripciones técnicas y se presentará a la cláusula 18.6 aprobación del órgano competente de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obrasDiputación Xxxxx. 22.2. El órgano competente de contratación la Diputación Xxxxx resolverá sobre el programa dentro de los quince (15) días xxxxxx xxxx siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El En base a dicha aprobación se fijarán, por la Administración, en su caso, los plazos parciales correspondientes, fijándose, de común acuerdo, un calendario de reuniones técnicas que faciliten el seguimiento y la coordinación de la tarea. 22.3. Una vez aprobado el programa de trabajo, se incorporará al contrato, practicándose en su caso, el correspondiente reajuste de anualidades. 22.4. Los plazos parciales que resulten, en su caso, procedentes fijar al aprobar el programa de trabajo no podrá modificar ninguna se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. 22.5. El consultor adjudicatario debe realizar el programa de trabajo (planning) teniendo en cuenta la revisión de la documentación puesta a su disposición y de acuerdo a las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá fases establecidas en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertadosxxxxxx de prescripciones técnicas. 22.6. El programa de trabajotrabajos xxxxxx actualizarse por el contratista cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, una vez aprobado, formará parte procediendo a la fijación o actualización y puesta al día del mismo conforme a las instrucciones que reciba de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en cursoAdministración. 22.7. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxxtrabajos será documento contractual a todos los efectos y especialmente, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contrataciónprevenidos en la cláusula correspondiente del presente xxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Services

Programa de trabajo. Cuando en En cuanto a la cláusula 18.6 obligación de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar presentación del programa de trabajo, este se estará a lo deberá presentar para su aprobación por que determina el órgano de contratación apartado 15 del Anexo I al presente pliego. El contratista, en el plazo que se indica en el apartado 15 del Anexo I, contado a partir de treinta (30) días desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del servicio proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o desde plazos de entrega fijados en el Página: 26 de 59 ÁREA DE GOBIERNO DE FAMILIA, SERVICIO SOCIALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la notificación cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la autorización para iniciar las obrasContratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Código de verificación : PYfd7e382b2db4e1 El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentaciónsobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones o modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa Si para el desarrollo de trabajo no podrá modificar ninguna los servicios se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo queda obligado a la ley. Se podrá acelerar la ejecución actualización y puesta al día de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratacióneste programa.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios

Programa de trabajo. Cuando en El proponente deberá estudiar de manera detallada la cláusula 18.6 forma de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado desarrollar el proyecto que la contratista debe presentar es objeto de esta convocatoria y presentará un programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano trabajo en diagramas xx xxxxxx y de contratación en el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contratored. El programa de trabajo deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos: Página 23 de 78 a) Deberá elaborarse utilizando software para programación de proyectos, tal como Microsoft Project, Primavera Project Planner o cualquier otro programa similar. b) Deberá definirse un programa de trabajo acorde con el presupuesto, las especificaciones de construcción, los rendimientos de la mano de obra y equipo, el plazo de ejecución y los frentes de trabajo en los cuales se estructure la ejecución del proyecto, para que no podrá modificar ninguna se afecte el funcionamiento de las condiciones contractuales. Por lo tantoáreas básicas actuales. c) El programa deberá ser estructurado por frentes de trabajo, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertadosdentro de cada frente por actividades o tareas. El número de actividades del programa de trabajo, una vez aprobadodeberá ser mínimo el número de ítems del presupuesto oficial. d) Debe presentarse el Diagrama Pert o de red, formará parte el diagrama xx xxxxxx, el Cuadro de la documentación contractualrendimientos y cálculo de duración de actividades (Formato No. A partir 10) y el Flujo de la aprobación inversión mensual (Formato No. 11). e) El plazo del programa de trabajo presentado, debe ser al plazo único establecido en la contratista podrá solicitar convocatoria. La duración de las actividades se debe expresar en días enteros. f) El diagrama xx Xxxxxx x Xxxxx, deberá ser concordante con la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto información presente en el último párrafo diagrama de red, conteniendo todas las actividades del programa y señalar claramente una ruta crítica. g) El diagrama Perta o de Red, deberá señalar claramente una Ruta Crítica conformada por actividades que posean holgura total cero y debe señalar un único inicio y un único fin. h) Cuadro de rendimientos y cálculo de duración de actividades: El proponente deberá presentar, de acuerdo con las instrucciones dadas en el Formato No. 10, los cálculos necesarios para determinar la cláusula 34.1 duración de condiciones generales cada una de las actividades que conformarán el programa, a partir de las cantidades a ejecutar, los rendimientos y recursos utilizados en cuanto a sus análisis de precios unitarios (equipos y/o mano de obra), el No. de cuadrillas y su abono. No obstanteconformación, en aras el porcentaje de garantizar dedicación y la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa jornada de trabajo. En ningún caso XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. evaluará la concordancia entre la información consignada en el Formato No. 10, con la de los análisis de precios unitarios (Formato No. 08) y los cálculos necesarios para obtener la duración final de cada actividad. La duración final de cada actividad se podrá dejar deberá expresar en días enteros. i) El Diagrama Xxxxx o xx xxxxxx deberá contener la siguiente información: Identificación y nombre de ejecutar obras programadas para la anualidad actividad, duración, holgura total, holgura parcial, tiempos tempranos y tardíos (de iniciación y terminación), actividades predecesoras y actividades sucesoras. La información que se presente con el diagrama, deberá estar consignada en cursodías de proyecto (Ejm: Inicio: día 5, Final: día 20) y no en fechas calendarizadas (Ejm: Inicio: 5 febrero/18, Final: 20 febrero/18). Se deben precisar las convenciones usadas. Se debe utilizar un tamaño que permita fácilmente la lectura. j) El Diagrama PERT o de Red deberá contener la siguiente información: Identificación y nombre de la actividad, duración, holgura total, tiempos tempranos y tardíos (de iniciación y terminación). Debe señalar claramente las actividades predecesoras y sucesoras de cada actividad, con sus traslapos o demoras en días. La información que se presente con el diagrama, deberá estar consignada en días de proyecto (Ejm: Inicio: día 5, Final: día 20) y no en fechas calendarizadas (Ejm: Inicio: 5 febrero/18, Final: 20 febrero/18). Se deben precisar las convenciones usadas. Se debe utilizar un tamaño que permita fácilmente la lectura. k) Flujo de inversión mensual. El programa proponente elaborará un flujo de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxxinversión mensual, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados acuerdo a las instrucciones dadas en el apartado 3 del artFormato No. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste 11, incluyendo cada una de anualidades exigirá la revisión las actividades del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anualesPágina 24 de 78 trabajo. El nuevo programa valor de trabajo deberá ser aprobado las inversiones por actividades, debe concordar con la duración de las actividades y fechas de ejecución, determinadas en el órgano Diagrama Perta y Xxxxx y con el valor total de contrataciónla propuesta.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Works

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 El adjudicatario, vendrá obligado a presentar con al menos 15 días de antelación al comienzo de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que prestación del servicio una programación técnica de las actividades a desarrollar. El contratista, habrá de someter a la contratista debe presentar programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el plazo que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de treinta (30) días desde tiempo la formalización del semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, o desde la notificación en su defecto los fijados en el presente Pliego y en el Pliego de la autorización para iniciar Prescripciones Técnicas y no podrá contradecir en ninguno de sus términos las obrasprescripciones previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Prescripciones Técnicas y Contrato. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) 15 días siguientes a su presentaciónla presentación del Programa de Trabajo, pudiendo imponer introducir en la introducción de Resolución aprobatoria modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan contravenga las cláusulas disposiciones contenidas en los documentos arriba referenciados. Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. El órgano de contratación resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato. El programa En el supuesto de trabajo no podrá modificar ninguna introducción de modificaciones en las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo queda obligado a la leyactualización y puesta al día de este programa. Se podrá acelerar la ejecución Trimestralmente el adjudicatario deberá presenta una Memoria de la obra seguimiento Técnico, con las actividades realizadas, profesorado, incidencia, relaciones de sustituciones y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contrataciónbajas/altas.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Sports Monitors

Programa de trabajo. Cuando en En cuanto a la cláusula 18.6 obligación de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la contratista debe presentar presentación del programa de trabajo, este se estará a lo deberá presentar para su aprobación por que determina el órgano de contratación apartado 16 del anexo I. El contratista, si procede, en el plazo de treinta (30) días que se indica en el apartado 16 del anexo I, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o desde plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la notificación cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización para iniciar las obrasdel órgano de contratación. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentaciónsobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones o modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna de Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo queda obligado a la leyactualización y puesta al día de este programa. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratación.FIRMADO POR Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx - LA JEFA DEL SERVICIO DE GESTIÓN Y CONTRATACIÓN FECHA Y HORA 03/07/2012 14:03:08

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 de la carátula xxx xxxxxx se haya indicado que la La empresa contratista debe deberá presentar un programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación trabajo en el plazo de treinta (30) días desde la formalización del contrato, salvo causa justificada, o desde la notificación de la autorización para iniciar las obras. El órgano de contratación resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a su presentaciónAsimismo, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El programa de trabajo no podrá modificar ninguna de las condiciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El como anexo al programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de deberá especificar la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas plantilla por categorías que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas estime necesaria para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo realización de los trabajos, indicando también la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar plantilla propia con la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en cursocuenta. El precitado programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa Programa de trabajo deberá ser contener los aspectos previstos en el artículo 144.3 del RGLCAP, especificando en concreto los plazos parciales en los que la contratista se compromete a la ejecución de las diferentes partes de la obra. El plan presentado por la adjudicataria será documento contractual a todos los efectos. El órgano de contratación resolverá sobre el plan de trabajo en los quince días posteriores a su presentación o impondrá, en su caso, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. Una vez aprobado por la Administración, se incorporará al contrato, bien con las anualidades reajustadas, si las disponibilidades del crédito lo permiten, o con las de adjudicación, a cuyo efecto el órgano contratista puede solicitar del Servicio las certificaciones anticipadas. La dirección facultativa de contrataciónlas obras podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que la contratista adjudicataria haya presentado en tiempo y forma el Programa de Trabajo, cuando éste sea obligatorio, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por retraso en el pago de las certificaciones. La dirección facultativa de las obras podrá, asimismo cuando lo crea necesario, solicitar aclaraciones sobre las distintas partes de la obra, plan detallado de ejecución o realización de planos y cálculos suplementarios, antes de la ejecución de las mismas y para su aprobación, sin cuyo requisito no podrán llevarse a cabo. A la terminación de las obras y en sus plazos parciales se realizarán las pruebas de las mismas. De los resultados de estas pruebas se levantarán las Actas correspondientes. Las zonas afectadas por las obras y que no formen parte de ellas, se restituirán a su situación, antes de la recepción de las mismas.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obras

Programa de trabajo. Cuando en la cláusula 18.6 15.1.- En los contratos de la carátula xxx xxxxxx servicios que sean de tracto sucesivo el contratista está obligado, salvo que expresamente se le haya indicado que la contratista debe eximido de hacerlo, a presentar un programa de trabajo, este lo deberá presentar para su aprobación por el órgano de contratación trabajo en el plazo de treinta (30) 30 días desde la formalización del contrato, o desde la notificación en el plazo señalado en el apartado 13 del CRC, que será aprobado por el órgano de la autorización para iniciar las obrascontratación. El órgano programa de contratación trabajo respetará todas las fechas, plazos y condiciones de entrega fijadas en los documentos que vayan a tener carácter contractual. 15.2.- El Responsable del contrato podrá no dar curso a las certificaciones hasta que el contratista no haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora por el retraso en el pago de estas certificaciones. 15.3.- El programa de trabajo habrá de tener el siguiente contenido mínimo, expresado en diagramas de actividades / tiempos:  Fijación de los contenidos que integran el objeto del contrato y de las operaciones más relevantes.  Medios técnicos y personales a emplear.  Calendario de plazos parciales de ejecución de tareas, por unidades de tiempo semanales o mensuales.  Valoración mensual y acumulada de los trabajos programados sobre la base del precio de adjudicación. 15.4.- La Administración resolverá sobre la aprobación del programa de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. El De ser necesario introducir modificaciones se oirá previamente al contratista. La aceptación del programa de trabajo no podrá modificar ninguna eximirá al contratista del cumplimiento de las condiciones cualquiera de sus obligaciones contractuales. Por lo tanto, coincidirá en el plazo total, camino crítico y plazos parciales ofertados. El programa de trabajo, una vez aprobado, formará parte de la documentación contractual. A partir de la aprobación del programa de trabajo la contratista podrá solicitar de la Dirección facultativa de la obra las certificaciones anticipadas que correspondan con arreglo a la ley. Se podrá acelerar la ejecución de la obra y adelantar el programa de trabajo de manera que se ejecuten obras programadas para la siguiente anualidad. En estos casos se estará a lo previsto en el último párrafo de la cláusula 34.1 de condiciones generales en cuanto a su abono. No obstante, en aras de garantizar la calidad de la obra que requiere su ejecución con un ritmo adecuado, será precisa la autorización del poder adjudicador para que la contratista pueda adelantar el programa de trabajo. En ningún caso se podrá dejar de ejecutar obras programadas para la anualidad en curso. El programa de trabajo podrá confeccionarse mediante diagramas xx xxxxxx, pudiéndose dividir la obra en tantas partes o capítulos, unidades o partes de ellos como se crea conveniente para su mejor planificación. En todo caso, deberán incluirse los datos indicados en el apartado 3 del art. 144 RGLCAP. Cualquier reajuste de anualidades exigirá la revisión del programa de trabajo para adaptarlo a los nuevos importes anuales. El nuevo programa de trabajo deberá ser aprobado por el órgano de contratación.

Appears in 1 contract

Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares