RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva licitación o contratación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con LOTBA S.E. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberada LOTBA S.E. de tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. LOTBA S.E. quedará desligada respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquier otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención de la asociación sindical que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, previsional e impositivo que recaigan sobre el adjudicatario. Asimismo, LOTBA S.E. no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la licitación o contrato. El adjudicatario deberá ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado y diligencia, incluida la concepción, fabricación, entrega in situ e instalación de los bienes. Asimismo, deberá cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, en el Pliego de Cláusulas Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva Licitación o Contratación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedará desligado respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquiera otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a nomas establecidas para el Orden laboral, previsional impositivo que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la licitación o contrato.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva contratación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con los sujetos contratantes. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberada la contratante por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. La contratante quedará desligada respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquier otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención de entidades sindicales y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, previsional e impositivo que recaigan sobre el adjudicatario.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones contractuales emanadas de la presente Contratación carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario el cumplimiento de las obligaciones y cargas laborales, civiles, previsionales, administrativas y de cualquier otra índole, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por todos los conceptos sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. El adjudicatario deberá presentar una lista del personal que cumplirá las tareas objeto de la presente contratación junto con la nómina de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo correspondiente por empleado. Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole civil y/o laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare y/o las personas físicas o jurídicas con las que contratare a fines de cumplir con los servicios objeto de la presente Licitación. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la presente Contratación.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario. PLIEG-2018-23185772- -DGTALMC
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. El ADJUDICATARIO afectará la cantidad de personal que considere necesaria para llevar a cabo en forma eficiente las tareas que se solicitan a través de esta contratación. El personal afectado a estas tareas estará bajo exclusivo cargo del ADJUDICATARIO, corriendo por su cuenta salarios, seguros, leyes sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo, relación de dependencia con esta ASI ni con el GCABA. Consecuentemente el GCABA estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral, previsional o impositiva. Todo el personal que el ADJUDICATARIO asigne a los trabajos inherentes a la presente contratación deberá poseer credencial identificadora de la empresa adjudicataria y contar con los correspondientes permisos de acceso, obras y otros que correspondieren. Todos los trabajos deberán realizarse bajo estrictas normas de seguridad e higiene, las cuales podrán ser supervisadas por la ASI. El ADJUDICATARIO será exclusivamente responsable por todos los daños y perjuicios que se pudieren ocasionar con motivo de la ejecución de las tareas encomendadas en la presente contratación.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal afectado por el adjudicatario para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de la respectiva licitación o contratación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el MINISTERIO. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el MINISTERIO por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. El MINISTERIO quedará desligado respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquiera otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a nomas establecidas para el Orden laboral, previsional impositivo que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, el MINISTERIO no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la licitación o contrato.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal afectado por el adjudicatario para el Cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente prestación, y/o las relaciones jurídico contractuales generadas con terceros al efecto, carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales así como cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. 1De conformidad con las recomendaciones contenidas en la “Guía de Recomendaciones para Mejorar Progresivamente la Sustentabilidad de Envases, Packaging y/o Embalajes resultantes de la Compra Pública”, aprobada por Disposición N° 237/DGCyC/2014, publicada en el sitio web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx-xxxx-xx-xxxxxxx-x-xxxxxx-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxx El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedará desligado respecto de todo litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y su personal, como cualquier otro conflicto que pudiera derivarse de la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales de contralor de transgresiones a normas establecidas para el Orden laboral, previsional e impositivo que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la presente licitación.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA. Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente aclarado y entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXXXX para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL. 13 17. SEGUROS 14