Recuperación Cláusulas de Ejemplo

Recuperación. 15.1 Cuando deba recuperarse un importe en el marco del convenio, la organización reembolsará al Órgano de Contratación la cantidad adeudada. 15.2 Antes de proceder a la recuperación, el Órgano de Contratación notificará formalmente a la organización su intención de recuperar el importe indebidamente pagado de que se trate, especificando la cantidad y los motivos de la recuperación, e invitando a la organización a formular sus eventuales observaciones dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si, después de examinar las observaciones presentadas por la organización, o en caso de que la organización no hubiera presentado ninguna observación, el Órgano de Contratación decidiera aplicar el procedimiento de recuperación, podrá confirmar la recuperación notificándoselo a la organización. En caso de que exista una discrepancia entre la organización y el Órgano de Contratación sobre el importe que debe recuperarse, la organización podrá someter la cuestión al director responsable de la Comisión Europea en un plazo de 30 días. Si el Órgano de Contratación es la Comisión Europea, podrá expedirse una nota de adeudo en la que se especifiquen los términos y la fecha de pago, una vez expirado el plazo de remisión al director. Si el Órgano de Contratación no es la Comisión Europea, la remisión al director competente en la Comisión Europea no será óbice para que el Órgano de Contratación emita la citada nota de adeudo. 15.3 En caso de que la organización no efectúe el pago dentro del plazo especificado en la nota de adeudo, el Órgano de Contratación recuperará el importe adeudado: a) deduciéndolo de cualquier importe adeudado por la UE a la organización;
Recuperación. Si el Inquilino es desalojado por acción legal, el Propietario puede recuperar el Inmueble Xxxxxxxxx sin que sea responsable para la recuperación y podrá alquilar de nuevo el Inmueble Arrendado.
Recuperación. El Remitente tendrá derecho a presentar Nominaciones por los Volúmenes de Recuperación por Déficit así: (a) Dentro del Período de Recuperación Intermedio: (i) Siempre y cuando en el Mes de Nominación respectivo el Remitente hubiere presentado las Nominaciones por no menos de la Capacidad Subordinada Contratada Mensual, (ii) Indicando que la Nominación corresponde a Volúmenes de Recuperación por Déficit y, (iii) Teniendo en cuenta que a los Volúmenes de Recuperación por Déficit se les asignará capacidad de transporte siempre que exista Capacidad Sobrante en el Oleoducto y a prorrata de los Volúmenes de Recuperación por Déficit Totales. La asignación se hará así: (1) Para cada mes en que se presenten Nominaciones por Volúmenes de Recuperación por Déficit, el Transportador hará un corte de los últimos tres (3) meses contados a partir del Mes de Nominación en el que se solicite la Recuperación de los respectivos volúmenes, con el fin de establecer los Volúmenes de Recuperación por Déficit Totales. (2) Establecida la existencia de Capacidad Sobrante, el Transportador asignará a cada Remitente de CSSoP los Volúmenes de Recuperación por Déficit a prorrata, aplicándole la Recuperación a los Volúmenes de Recuperación por Déficit más antiguos del respectivo Remitente. (3) Los Volúmenes de Recuperación por Déficit serán tratados como si fueran Capacidad Subordinada Contratada Mensual en el respectivo Mes de Operación. (iv) Si el Remitente, por cualquier motivo, no Nomina los Volúmenes por Recuperación por Déficit dentro de los tres (3) meses siguientes a que se hubiera generado el Déficit, perderá el derecho de Recuperación Intermedio, salvo que se trate de hechos imputables al Transportador. (b) Dentro del Período de Recuperación Final En caso de que por cualquier motivo las Nominaciones de Volúmenes de Recuperación por Déficit no sean programadas en el Período de Recuperación Intermedio, el Remitente tendrá seis (6) meses contados a partir de la terminación del Período Operativo con el fin de Nominar los Volúmenes de Recuperación por Déficit, Nominación que será tratada como si fuera Capacidad Subordinada Contratada Mensual, sin que en ningún caso le sea permitido al Remitente Nominar, por concepto de Volúmenes de Recuperación por Déficit, más de la Capacidad Subordinada Contratada Mensual bajo este Contrato.
Recuperación. Para integrar de nuevo los sistemas afectados en el entorno productivo, una vez quede asegurado que no existen más amenazas. > Conocimientos adquiridos: Finalización de la documentación relativa al incidente y análisis de todo aquello que el equipo o la empresa pueden aprender del incidente. De este modo se podrán mejorar las respuestas futuras ante ciertas circunstancias.
Recuperación. II.19.1 Cuando los pagos totales abonados excedan de la cantidad realmente adeudada, o cuando, según las condiciones del Contrato, se justifique un procedimiento de cobro, el Contratista reembolsará el correspondiente importe en EUR tras la recepción de la nota de débito en la forma y dentro de los plazos establecidos por la Comisión. II.19.2 En caso de no procederse al pago dentro del plazo especificado en la solicitud de reembolso, la cantidad adeudada devengará intereses al tipo indicado en el artículo II.16.3. El importe de los intereses se calculará desde el día natural siguiente a la fecha de vencimiento que figure en la nota de adeudo hasta el día natural de reembolso íntegro de la deuda.
Recuperación. Es la acción que permite seleccionar y retirar los residuos sólidos que pueden someterse a un nuevo proceso de aprovechamiento, para convertirlos en materia prima útil en la fabricación de nuevos productos.
Recuperación. Recuperación 18.1. El coordinador se compromete a reembolsar al Órgano de Contratación los importes que se le hayan pagado indebidamente, o los que esté justificado recuperar en virtud de lo dispuesto en el presente contrato. 18.2. En concreto, los pagos efectuados no excluyen la posibilidad de que el Órgano de Contratación emita una orden de recuperación a raíz de un informe de verificación de los gastos, una auditoría o una nueva verificación de la solicitud de pago. 18.3. Si una verificación revela que los métodos utilizados por el beneficiario para determinar los costes unitarios, las cantidades a tanto alzado o los tipos fijos no cumplen las condiciones establecidas en el presente contrato, el Órgano de Contratación tendrá derecho a reducir el importe final de la subvención proporcionalmente hasta el importe de los costes unitarios, las cantidades a tanto alzado o la financiación a tipo fijo. 18.4. El coordinador se compromete a reembolsar al Órgano de Contratación todo importe pagado que exceda del importe final debido, en el plazo de los cuarenta y cinco días siguientes a la emisión de la nota de adeudo, es decir, la carta mediante la cual el Órgano de Contratación solicite el importe debido por el coordinador.
Recuperación. Si el pago del señalado arriendo o alguna de sus partes en cualquier momento estuviera atrasado y no pagado (ya sea formalmente demandado o no) por un periodo de treinta (30) días después de la fecha en que el mismo debiera ser pagado o si hubiera cualquier incumplimiento o inobservancia de cualquiera de los compromisos contenidos o implícitos en este contrato de parte del Arrendatario que debiera ejecutar o cumplir, el Arrendador o cualquier persona o personas debidamente autorizadas en su nombre, podrá ingresar al inmueble o cualquiera de sus partes, en nombre del todo, previa autorización del Arrendatario, aunque dicha autorización no debe ser negada injustificadamente, determinando entonces las condiciones que deberán cumplirse, pero sin perjuicio de ningún derecho o acción por parte del Arrendador con respecto a cualquier incumplimiento de alguna de las condiciones pactadas o acordadas por el Arrendatario explícita o implícitamente.
Recuperación. El análisis y planificación relacionados con el periodo de recuperación tras el desastre deberán ser parte de la valoración inicial, ya que la ayuda externa podrá frenar la recuperación si no es facilitada de un modo que sirva para apoyar los propios mecanismos de supervivencia de la población local.
Recuperación. Cuando un prestamista toma posesión de la garantía existe un derecho de retención, con o sin una orden judicial.