REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. 1. Por la estructuración del Encargo Fiduciario se cobrará por una única vez una comisión equivalente a ($ ) pagaderos a la fecha de suscripción del presente contrato. La anterior comisión no incluye el IVA correspondiente a la tarifa vigente.
2. La Fiduciaria recibirá a título de comisión fiduciaria por los servicios prestados una suma mensual equivalente a (_) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes pagaderos mes vencido, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su causación. La anterior comisión no incluye el IVA correspondiente a la tarifa vigente.
3. Asimismo, la Fiduciaria recibirá una comisión adicional de moneda corriente ($ ) por cada tarjeta de recaudo adicional a la cantidad de que resulte necesario expedir para efectos de realizar el recaudo de recursos entregados por los Inversionistas del Proyecto.
4. La comisión fiduciaria se causará y liquidará en las oportunidades previstas en la presente Cláusula y, se facturará y cobrará al Encargante mediante la presentación de la factura en la dirección que dicha sociedad ha registrado para efectos de este Contrato. Las sumas derivadas de la remuneración de la Fiduciaria causarán intereses xx xxxx, a razón de la tasa comercial xx xxxx más alta que permita la Ley.
5. La comisión de que trata la presente Cláusula no incluye los costos y gastos en que incurra la Fiduciaria para la ejecución del Contrato tales como gastos bancarios, (ACH, Cheques, etcétera), impuestos, para la defensa de los bienes del Encargo, los cuales serán pagados por el Encargante.
6. El incumplimiento en el pago de la comisión fiduciaria será exigible ejecutivamente, para lo cual el presente Contrato prestará mérito ejecutivo, bastando la simple presentación del Contrato y certificación del Revisor Fiscal de la Fiduciaria o de la factura o cuenta de cobro junto con la afirmación acerca del incumplimiento de la obligación, sin necesidad de que medie previamente requerimiento judicial o extrajudicial alguno, al cual renuncia expresamente el Encargante. En el evento de incumplimiento, el Encargante renuncia a la constitución en xxxx.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La FIDUCIARIA tiene derecho a la remuneración estable- cida en el Reglamento del Fondo de Inversión Colectiva, en el que administrará los recursos recibidos por parte del BE- NEFICIARIO DE ÁREA, quien a su vez declara expresamente que lo conoce y acepta en su integridad. PARÁGRAFO PRIMERO: Los costos y gastos necesarios para cumplir las instrucciones y propósitos de este Encargo, así como los relacionados con la defensa judicial o administrativa de los derechos que el BENEFICIARIO DE ÁREA tiene en todas las etapas el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Inmobiliaria de Administración y Pagos al cual se vincula en virtud del presente contrato de Encargo Fiduciario, durante la ejecución y aún después de la terminación, estarán a cargo del FIDEI- COMITENTE, de tal forma que si son pagados por la FIDUCIARIA los mismos serán reembolsados con la sola presenta- ción de la cuenta de cobro respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que sean presentados para su pago. Transcurrido este término se causarán intereses xx xxxx a la tasa más alta autorizada por la ley.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La remuneración de la fiduciaria por la administración del Fosyga, se cancelará de la siguiente manera: “(...).
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La FIDUCIARIA tiene derecho a la remuneración establecida en el Reglamento del Fondo de Inversión Colectiva Abierto Valor Plus, en la que administrara los recursos recibidos por parte del PARTÍCIPE, quien a su vez declara expresamente que lo conoce y acepta en su integridad. Adicionalmente, por la administración del Fideicomiso, la Fiduciaria recibirá la siguiente remuneración para las diferentes Etapas del Proyecto: Etapa Preliminar , Etapa de Ejecución o Construcción , Etapa de Operación Toda cesión de Participaciones Fiduciarias o de posición contractual de los Partícipes vinculados al Fideicomiso generará una remuneración a favor de la Fiduciaria equivalente a cero punto cinco (0.5) salarios mínimos mensuales legales vigentes más IVA, a cargo del Cesionario; a título de remuneración Fiduciaria por el servicio de registro de estos negocios jurídicos, de conformidad con lo establecido en la Cláusula de Cesión del Contrato Fiduciario. Los costos y gastos relacionados con la defensa judicial o administrativa de los derechos que el PARTÍCIPE tiene en todas las etapas el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Irrevocable de Administración al cual se vincula en virtud del presente Contrato de Vinculación, durante la ejecución y aún después de la terminación, estarán a cargo del PARTÍCIPE, de tal forma que si son pagados por la FIDUCIARIA los mismos serán reembolsados con la sola presentación de la cuenta de cobro respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La Fiduciaria percibirá una remuneración que se fija en:
(a) Una remuneración por la Administración de las Obras: Por las tareas de administración de las obras a construir (esto es, organización de los factores de la producción, selección de los terrenos, contratación de los obreros, adquisición de los materiales, elección de profesionales, realización de trámites administrativos, aprobación de los proyectos constructivos, seguimiento de las obras, control de calidad, etc.), que realizará de manera conjunta con la Empresa Constructora, percibirá para sí una remuneración del 8,56 % (ocho coma cincuenta y seis por ciento) más IVA sobre el valor de las obras a construir, abonándose conforme los certificados de obra;
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Como remuneración por su gestión, la FIDUCIARIA recibirá la(s) siguiente(s) comisión(ones), la(s) cual(es) será(n) liquidada(s) mensualmente y pagada directamente por CONCESIONARIO: ___ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ . La(s) comisión(es) anterior(es) constituye(n) la remuneración total de la FIDUCIARIA por la ejecución del presente contrato y no habrá lugar a ningún pago adicional.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Por su gestión de Representación Legal de Tenedores de Títulos en desarrollo de lo regulado en el presente Contrato, Las Partes estipulan unos honorarios mensuales a favor de la Fiduciaria equivalente a la suma de un (1) salario mínimo legal mensual (SMLM) (en adelante los Honorarios) tomando como referencia el SMLM vigente al momento de causación de los Honorarios a favor de la Fiduciaria Parágrafo: Los Honorarios a favor de la Fiduciaria serán de cargo de la Universalidad y su pago se sujetará en todos los casos a la Prelación de Pagos de la Universalidad, en los términos y plazos definidos en el Reglamento.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Por su gestión, la FIDUCIARIA 13 recibirá la suma de ($ ) mensual, la cual se le cancelará dentro 14 de los cinco (5) primeros días del mes siguiente a aquél que se está cobrando, previa 15 presentación por parte de la FIDUCIARIA de la factura correspondiente al 16 FIDEICOMITENTE. La suma anterior incluye los costos de administración y operación del 17 Fideicomiso y los costos de la inversión de los recursos en el fondo de inversión colectiva 18 abierta.
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. Por su gestión, la 22 FIDUCIARIA recibirá…………. 23
REMUNERACIÓN DE LA FIDUCIARIA. La FIDUCIARIA tiene derecho a la remuneración establecida en el Reglamento del Fondo de Inversión Colectiva Abierto Valor Plus, en la que administrara los recursos recibidos por parte del INVERSIONISTA, quien a su vez declara expresamente que lo conoce y acepta en su integridad. PARÁGRAFO: Los costos y gastos relacionados con la defensa judicial o administrativa de los derechos que el INVERSIONISTA tiene en todas las etapas el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil Irrevocable de Administración al cual se vincula en virtud del presente Contrato de Vinculación, durante la ejecución y aún después de la terminación, estarán a cargo del INVERSIONISTA, de tal forma que si son pagados por la FIDUCIARIA los mismos serán reembolsados con la sola presentación de la cuenta de cobro respectiva, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que sean presentados para su pago. Transcurrido este término se causarán intereses xx xxxx a la tasa más alta autorizada por la ley.