RENOVACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Este contrato es renovable anualmente a partir de la fecha indicada en las Condiciones Particulares. En cada renovación, se aplicarán las primas en vigor del Asegurador, en dicha fecha, de acuerdo a la edad alcanzada por el conjunto de los asegurados.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá renovarse conforme desempeño del consultor a solicitud del Director de Salud Animal y autorización de la máxima autoridad del IPSA, previa verificación presupuestaria, de acuerdo a lo establecido en la Ley 737 Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento Decreto 75-2010. De acuerdo al acápite 4.20 “Administración de Contratos” del Reglamento Operativo del Programa BOVINO: Las prórrogas, modificaciones o enmiendas a los contratos administrativos en los procesos de revisión ex ante, deberán contar con la no objeción de la AECID de forma previa a la suscripción.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El contrato de seguro se renueva automáticamente, en las mismas condiciones vigentes en el período anterior, siempre que el condicionado general contenga la cláusula de renovación automática. Cuando el asegurador considere incorporar modificaciones en la renovación del contrato deberá cursar aviso por escrito al contratante detallando las modificaciones en caracteres destacados, con una anticipación no menor de cuarenta y cinco (45) días previos al vencimiento del contrato. El contratante tiene un plazo no menor de treinta (30) días previos al vencimiento del contrato para manifestar su rechazo en la propuesta. En caso contrario se entienden aceptadas las nuevas condiciones propuestas por el asegurador. En este último caso, el asegurador debe emitir la póliza consignando en caracteres destacados las modificaciones.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. 11.1. Para la renovación del presente contrato, el representante deberá solicitarlo en forma expresa, por escrito. 11.2. La renovación procederá cuando el REPRESENTANTE demuestre que ha cumplido a cabalidad con este contrato, especialmente en cuanto al respeto al Código de Convivencia, acuerdos consignados en actas de compromiso, los Reglamentos internos, el pago de la matrícula y de la pensión y que reitere libremente su aceptación a la modalidad del proyecto educativo de la Institución Educativa para el siguiente período lectivo. 11.3. Si el Representante no cumpliere con lo estipulado en este contrato, el plantel tendrá la libertad de no renovarlo, ni de receptar la matrícula de quien, a cuyo nombre actúa EL REPRESENTANTE.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. LAS PARTES” acuerdan que, en caso de que “EL AYUNTAMIENTO” requiera por más tiempo los servicios de guardería infantil, materia de este contrato, se podrán reunir durante el mes xx Xxxxxx del año 2017, para pactar los términos y condiciones para la elaboración y celebración de un nuevo contrato, mismo que no podrá exceder de 12 (doce) meses. En caso de no efectuarse la renovación del contrato durante el mes xx Xxxxxx de 2017, se estará a lo dispuesto por la CLÁUSULA TERCERA del presente contrato.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El contrato podrá renovarse conforme desempeño del consultor a solicitud del Responsable de la Oficina de Adquisiciones y autorización de la máxima autoridad del IPSA, previa verificación presupuestaria, de acuerdo a lo establecido en la Ley 737 Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público y su Reglamento Decreto 75-2010.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Para mantener la continuidad del servicio al término del Contrato, el Alumno deberá renovarlo como máximo dentro de los diez días hábiles anteriores a la fecha de expiración del respectivo Contrato. De lo contrario, Sportlife se reserva el derecho de no admitir el ingreso a la Academia de Gimnasio a los Alumnos con su plan vencido, hasta que esta situación no sea revertida.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Este seguro es anual renovable y si el TOMADOR del seguro no manifestare su opinión en contrario con una anticipación de al menos treinta (30) días naturales a su vencimiento, la póliza se renovará automáticamente por igual período. En cada renovación, LA ASEGURADORA podrá establecer nuevas condiciones en cuanto a las primas, previa comunicación por escrito al contratante con una anticipación de al menos treinta (30) días naturales a la fecha de renovación, de acuerdo con la tarifa según la edad actuarial del asegurado. Esta nueva prima, si correspondiere, deberá ser pagada anticipadamente. Para ese efecto, se entenderá por edad actuarial a la correspondiente al cumpleaños más próximo del asegurado, ya sea pasado o futuro. En caso de haber comunicado un cambio en las condiciones de renovación, solo se entenderá renovada la póliza por un nuevo período si la prima así establecida es pagada en la oportunidad que corresponda de acuerdo con la frecuencia de pago estipulada originalmente. Si la prima de renovación no es pagada en su totalidad en la oportunidad correspondiente o dentro del período xx xxxxxx se entenderá no renovada la póliza, terminando la responsabilidad de LA ASEGURADORA en la fecha de expiración de la cobertura, y LA ASEGURADORA devolverá cualquier suma recibida que no corresponda a prima adeudada por cobertura ya otorgada. Sin perjuicio de lo descrito precedentemente en este artículo, LA ASEGURADORA se reserva el derecho de no renovar esta póliza, previa comunicación por escrito al contratante con una anticipación de al menos treinta (30) días naturales a la fecha de vencimiento. En el caso que la póliza no sea renovada por parte de LA ASEGURADORA y a esa fecha el asegurado presente un siniestro cubierto estando aún vigente esta póliza, LA ASEGURADORA seguirá cubriendo solamente aquellos gastos relacionados directamente con ese siniestro mientras éste se mantenga vigente, sin perjuicio de lo cual se aplicará el monto máximo que se especifica en las Condiciones Particulares. Las condiciones económicas de la renovación dependerán del resultado de la siniestralidad de la póliza en la vigencia inmediata anterior.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato podrá ser renovado hasta por 4 meses, previo informe fundado de la Unidad Técnica emitido con a lo menos 15 días corridos de anticipación a la fecha de término del mismo, en que sugiera la necesidad de la renovación, la que deberá basarse en el beneficio económico en base a un comparativo xx xxxxxxx a la fecha de renovación y en uno o más de los siguientes criterios: a) Satisfacción de los servicios prestados por el contratista. b) Conducta en el cumplimiento de los servicios o trabajos realizados por el contratista. En caso de renovación, el proveedor deberá extender la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato o entregar una nueva, por un monto equivalente al 5% del presupuesto máximo disponible para la renovación, a fin de garantizar el fiel cumplimiento de ésta y dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 68 del Reglamento de Compras. Con respecto de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil el oferente deberá extenderla o entregar una nueva por un monto de 1.000 UF con una vigencia de cuatro meses. Para estos efectos, el contratista contará con un plazo de 10 días hábiles desde la notificación del acto administrativo que autorice la renovación, para entregar las nuevas garantías. En caso de que el proveedor no extendiere la garantía o no presente una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato y la póliza la Municipalidad podrá dejar sin efecto la renovación. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato podrá terminar anticipadamente, de acuerdo con lo señalado en el numeral 20.10 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N°171 del 18 de febrero de 2019, que rigen la presente licitación.
RENOVACIÓN DEL CONTRATO. Para mantener la continuidad del servicio al término del Contrato, el Socio(a) deberá renovarlo como máximo dentro de los diez días hábiles anteriores a la fecha de expiración del respectivo Contrato. De lo contrario, LIT se reserva el derecho de no admitir el ingreso a la Academia de Gimnasio a los Socio(a)s con su plan vencido, hasta que esta situación no sea revertida. El plan en modalidad de pago recurrente se renovará automática y sucesivamente a la Fecha de Término, por períodos iguales de 12 (doce) meses cada uno.