REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. De conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015 y Ley 1882 de 2018, podrán participar en el presente proceso de selección las personas naturales o jurídicas, individualmente o asociadas en consorcio o unión temporal, nacionales o extranjeras, que no estén incursas en prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar señaladas por la constitución y la Ley, que dentro de su actividad comercial u objeto social cuente con capacidad estatutaria para presentar oferta y para desarrollar la actividad a contratar, y que presenten la propuesta de acuerdo con las condiciones sustanciales establecidas en la presente invitación. El factor de selección es el menor precio de la oferta habilitada, siempre que cumpla con los requisitos técnicos de conformidad con lo establecido en el artículo 94 literal A de la ley 1474 de 2011. Serán requisitos habilitantes: - La capacidad jurídica del proponente para realizar el objeto a contratar. - La experiencia mínima del proponente relacionado con el objeto a contratar. - La verificación de las condiciones técnicas mínimas exigidas. - No se verificará la capacidad financiera del proponente. - Tampoco se verificará la clasificación y calificación en el RUP según lo normado por el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007 Se realizará la verificación de los requisitos habilitantes exclusivamente a la propuesta con el precio más bajo. En caso de que éste no cumpla con los mismos, procederá la verificación de la propuesta ubicada en segundo lugar en cuanto a orden descendente del precio y así sucesivamente.
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. Los requisitos habilitantes son subsanables siempre y cuando se cumplan los tiempos y condiciones establecidas para las mismas.
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. ITEM DETALLE DEL DOCUMENTO 1 Certificación sobre habilidad para contratar con el Estado (Anexo 2). De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes, y el Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables. 2 Certificación sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales al perfeccionamiento y en la ejecución del contrato (Art 50 Ley 797 e inciso segundo y parágrafo 1º del Artículo 41 de la Ley 80 y Articulo 23 de la Ley 1150/07). El pago a salud y pensión debe acreditarlo para la realización de cada pago derivado del contrato. (Anexo 3) 3 Certificado Calculo de Retención (Ver anexo No. 4) Al perfeccionamiento y en la ejecución del contrato (Art 50 Ley 797 e inciso segundo y parágrafo 1º del Artículo 41 de la Ley 80 y Articulo 23 de la Ley 1150/07). El pago a salud y pensión debe acreditarlo para la realización de cada pago derivado del contrato.
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. El incumplimiento por parte del proponente de cualquiera de los requisitos mínimos habilitantes que se enlistan a continuación, dará lugar a que la propuesta presentada no sea objeto de asignación de puntaje.
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. La C.D.M.B., verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de orden Jurídico y Técnico de las propuestas sobre los documentos presentados, lo cual no dará lugar a la calificación pero sí, a la determinación sobre la ADMISIÓN O NO ADMISIÓN de las mismas en lo referente a los aspectos señalados, de acuerdo con los parámetros establecidos en la Ley 80, Ley 1150 de 2007, el Decreto 3576 de 2009, los demás decretos reglamentarios, la presente invitación pública y en especial los que se enuncian a continuación.
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. Los requisitos mínimos habilitantes, tendientes a verificar la capacidad jurídica, las condiciones técnicas, de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes, son los siguientes: Los aspectos de verificación jurídica son, entre otros, los siguientes (teniendo en cuenta lo indicado en el Pliego de Condiciones):
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. Certificación sobre habilidad para contratar con el Estado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes, y el Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables. • Certificación sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales al perfeccionamiento y en la ejecución del contrato (Art 50 Ley 797 e inciso segundo y parágrafo 1º del Artículo 41 de la Ley 80 y Articulo 23 de la Ley 1150/07). El pago a salud y pensión debe acreditarlo para la realización de cada pago derivado del contrato. • Registro Unico Tributario expedido por la DIAN. • Registro de Información Tributaria expedido por la Secretaría de Hacienda Distrital. • Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación. • Hoja de vida única persona natural. • Declaración de procesos alimentarios (Ley 311 de 1996). • Formato de bienes y rentas. (formato anexo) • Fotocopia de la cédula de ciudadanía. • Fotocopia de la Libreta Militar (si es hombre) • Fotocopia del Certificado Judicial vigente • Fotocopia del diploma xx xxxxxxxxx • Certificación donde conste que tiene estudios de secretariado con conocimiento en el manejo de computador y/o Office. • Certificación de un curso relacionado con atención al público, recepción ó similar. • Certificación donde manifiesta su intención de afiliarse voluntariamente al Sistema General de Riesgos Profesionales, conforme lo establece el artículo 3º del Decreto 2800 de 2003, a partir de la fecha de radicación del formulario de afiliación a la Administradora de Riesgos a la que se encuentra afiliada la DNDA y que se compromete durante el período de duración de la Orden Contractual a pagar directamente a la ARP y por anticipado, el valor correspondiente a la primera cuota de afiliación a la firma de la misma, y las siguientes, dentro de los cuatro primeros días hábiles de cada mes. Igualmente que se compromete a cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Profesionales establecidas en el Artículo 22 del Decreto 1295 de 1994 y en especial con las normas y reglamentos del programa de Salud Ocupacional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. En caso contrario, debe manifestar por escrito que NO tiene intención de afiliarse al citado sistema. • Información SIIF. (Este documento no es requisito habilitante) El proponente deberá anexar DILIGENCIADO el Formato de Información de Proveedo...
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. FINAGRO verificará los requisitos habilitantes jurídicos, financieros y técnicos requeridos de las ofertas presentadas. Los requisitos que se exigen a continuación son de estricto cumplimiento por parte del Oferente. Los Oferentes deberán acreditar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos habilitantes establecidos para la posterior evaluación y calificación de las ofertas, verificación que se realizará en las fechas señaladas en el cronograma de los presentes Términos de Referencia. Con esta verificación se determinará si la oferta CUMPLE O NO CUMPLE, sin que se otorgue puntaje alguno a la misma. Corresponde a la Dirección de Contratación de FINAGRO la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos, a la Gerencia de Riesgos la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes financieros y al equipo de evaluación los demás habilitantes y la evaluación y calificación de los ofrecimientos. Solo las ofertas que cumplan con el total de los requisitos habilitantes serán evaluadas y calificadas.
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. Los interesados deben presentar los siguientes documentos en sobre cerrado, el proponente que será seleccionado será el que ofrezca el menor precio de la oferta, previa cumplimiento a lo siguiente:
REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES. Solo continuarán el proceso de evaluación las propuestas que hayan superado la verificación de requisitos mínimos habilitantes.