Rescisión del servicio Cláusulas de Ejemplo

Rescisión del servicio. El Banco podrá rescindir este servicio por las siguientes razones: a) por decisión del Banco sin necesidad de invocar justa causa, lo que no dará derecho a reclamo alguno, previa notificación al cliente con treinta (30) días de anticipación. En caso que el cliente no acepte los cambios, podrá rescindir sin cargo el contrato previo pago de todas las sumas adeudadas al Banco por todo concepto a esa fecha; b) por falta de fondos suficientes o bloqueo de los mismos al momento de realizar el débito de la factura; c) por cierre de la cuenta bancaria, debido a cualquiera de las causales y/o situaciones de cierre d e cuenta corriente detalladas en la presente solicitud; d) por decisión de renunciar al sistema de débito automático directo dispuesta por el Titular de la cuenta bancaria, comunicada al Banco mediante instrucción expresa; e) por decisión de la empresa prestadora del servicio comunicada mediante instrucción expresa al Banco.. Asimismo, el Titular podrá rescindir, en cualquier momento este servicio de adhesión al sistema de débito automático de servicios e impuestos a empresas que posean convenio con el Banco y/o débito automático de tarjeta de crédito o débito directo, acercándose a cualquier sucursales del Banco en su horario de atención y/o mediante Home Banking y/o el/los canales que el Banco Habilite en un futuro,
Rescisión del servicio. Miactivo se reserva el derecho, sin previo aviso y a su exclusivo criterio, de rescindir el derecho del Usuario de acceso o uso de la Plataforma y los Servicios asociados en cualquier momento y por cualquier motivo o sin motivo. El Usuario reconoce y acepta que Miactivo no tendrá ninguna responsabilidad u obligación con el Usuario en caso de rescisión, en la mayor medida permitida por la ley aplicable. Antes de cerrar la Cuenta del Usuario, cualquier Token asociado con su Cuenta se cancelará de acuerdo con el procedimiento de cancelación de Tokens de la Cláusula 3 de los presentes Términos y Condiciones, transfiriéndose a la cuenta bancaria denunciada por el Usuario las sumas de dinero correspondientes.
Rescisión del servicio. En cualquier momento, el Usuario y/o el Banco podrán rescindir este servicio sin expresión de causa y sin derecho a exigir indemnización alguna. La rescisión del Servicio por parte del Usuario deberá ser solicitado personalmente en el Banco. El Banco podrá anticipar la rescisión por correo electrónico u otro medio, sin perjuicio de remitir al domicilio del Usuario notificación fehaciente por el medio que considere conveniente. El Servicio se considerará rescindido desde la fecha de recepción de la comunicación que curse el Banco y/o el Usuario según corresponda.
Rescisión del servicio. 10WY01 En el supuesto de que el Servicio de Consulta Jurídica Telefónica se suspendiera, el Asegurador se obliga a comunicarlo al Tomador del Seguro con un plazo de antelación de un mes antes de la fecha efectiva de la rescisión del Servicio. Normativa de protección de datos de carácter personal (LOP8-D60).117.075-F La Entidad Aseguradora incorporará en sus ficheros y someterá a tratamiento los datos personales que se recogen en el presente contrato, y los que pueda solicitar con posterioridad al mismo, para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato de seguro. La finalidad de los ficheros es el tratamiento de los datos recabados, con los exclusivos fines de delimitar y valorar el riesgo, y gestionar y controlar el desarrollo de la relación contractual. La Entidad responsable de los ficheros es Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, con domicilio social en Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxx, 63 - 08174 Sant Xxxxx xxx Xxxxxx (Barcelona). Dado que se recogen datos relativos a la salud, su titular otorga su consentimiento expreso para que la Entidad Aseguradora proceda a su tratamiento, en los términos indicados en los párrafos anteriores. En el caso que, por cualquier circunstancia, la póliza no llegara a formalizarse o se rescindiera, el firmante consiente expresamente que la Entidad Aseguradora conserve los datos con el fin exclusivo de evaluar y gestionar ulteriores solicitudes relativas al mismo riesgo. Vd. consiente de forma expresa al tratamiento de sus datos a efectos de recibir información sobre los pro- ductos y servicios de la Entidad Aseguradora y de en - tidades pertenecientes al Grupo Asegurador Catalana Occidente (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx). En caso de que Vd. no desee recibir tal información, podrá manifestarlo en cualquier momento, utilizando los mecanismos expresados anteriormente (correo ordinario o correo electrónico).
Rescisión del servicio. El Cliente podrá poner fin al Servicio en cualquier momento, sin tener que justificar sus motivos. El Banco también podrá poner fin al Servicio en cualquier momento, por escrito, sin necesidad de indicar los motivos y con un preaviso de dos (2) meses. No obstante, el Cliente y el Banco podrán acordar un plazo de preaviso más corto. Cuando se haya puesto fin al Servicio, todas las comunicaciones que el Banco envíe al Cliente se dirigirán al Cliente a la última dirección postal que éste haya indicado. CA Indosuez Wealth (Europe), Sucursal en España, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 0, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx. Tel. : 00 00 000 00 00 | xxx.xx-xxxxxxxx.xxx REG. MERC. DE MADRID, T 30.840, F 38, S 8, H M-543170 | CIF: W-0182904-C.
Rescisión del servicio. Sin perjuicio de las facultades que le confiere el Art. 70 del TOCAF, la ANV podrá rescindir el servicio, ante la reiteración de cualquier incumplimiento, sin que este hecho genere derecho a indemnización alguna a la firma contratada.

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  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • DEL SERVICIO En virtud al presente contrato la COOPERATIVA emite a favor del TARJETAHABIENTE una Tarjeta de Crédito a través de la cual este último, previa suscripción de vouchers o notas de cargo y bajo cualquiera de los sistemas de crédito rotativo o diferido que ofreciere la COOPERATIVA, podrá efectuar o realizar adquisiciones de bienes y servicios en los establecimientos afiliados al Sistema de Tarjetas de Crédito ofertado por la COOPERATIVA, pudiendo efectuar avances en efectivo en cajeros automáticos afiliados; para el efecto la COOPERATIVA entregará al TARJETAHABIENTE un número secreto o clave individual para cada tarjeta, clave que es de uso personal e intransferible, siendo exclusiva responsabilidad del TARJETAHABIENTE su confidencialidad; y, que le ha de permitir además realizar avances en efectivo y/o compras de bienes y servicios a través de sistemas o medios especiales establecidos por la COOPERATIVA o que esta llegase a establecer en el futuro, incluyendo expresamente cualquier otro medio que no requiera de constancia mediante la firma del TARJETAHABIENTE, quien de manera expresa confiere su aceptación respecto de la utilización de la tarjeta en este sentido, asumiendo la responsabilidad que pueda derivarse del empleo o uso de la misma. Forman parte de este Contrato, los siguientes anexos: Anexo 1: Tarifario Tarjetas de Crédito; Anexo 2: Programa de Lealtad; Anexo 3: Comprobante de Entrega de Tarjetas de Crédito; y, los demás que suscriban las partes. El TARJETAHABIENTE acepta que adicionalmente a los servicios, especificaciones o condiciones establecidas en el/los respectivo/s ANEXO/s, puede contratar otro/s, mediante la suscripción de un nuevo ANEXO, en las condiciones que fueron oportunamente comunicadas por la COOPERATIVA y que además pueden ser consultadas por medio de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx y/o al call center 000-0000; y, que el TARJETAHABIENTE declara conocer. La COOPERATIVA solamente estará obligada a la prestación del servicio cuando el TARJETAHABIENTE haya cumplido todas y cada una de las obligaciones previstas en este contrato. La COOPERATIVA no estará obligada a la prestación del servicio si el TARJETAHABIENTE incumple con las obligaciones contractuales que se desprenden de este instrumento.

  • INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO UPS no será responsable por, y la Garantía de Servicios de UPS no se aplicará a, cualquier interrupción del servicio debido a causas ajenas a su control incluyendo, sin carácter limitativo: la no disponibilidad del destinatario o el rechazo de las mercancías por parte de éste, causas de fuerza mayor, actos de autoridades gubernamentales realizados con facultades reales o aparentes, actos u omisiones de las autoridades aduaneras o similares, información insuficiente suministrada por un cliente, la imposición de regulaciones de seguridad dispuestas por el gobierno o de otra forma aplicables en el lugar de entrega, retenciones dispuestas por una autoridad gubernamental, motines, huelgas y otros conflictos laborales, conflictos civiles, interrupciones de cualquier tipo en las redes de transporte aéreo o terrestre y desastres naturales.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Se procederá a la suspensión del servicio en los siguientes eventos:

  • Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.

  • CALIDAD DEL SERVICIO La evaluación de la calidad y oportunidad del servicio serán practicadas semanalmente por la Oficina del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia y los representantes de las Delegaciones Metropolitanas, emitiendo reporte por escrito, al cual se le dará seguimiento y con el que se establecerán acciones encaminadas a la optimización en el cumplimiento eficaz de la prestación del servicio. El licitante ganador deberá elaborar una bitácora de control de rutinas con las horas hombre aplicadas a cada una, describiendo las funciones específicas ya desarrolladas y con las firmas de los operarios y supervisor responsable. En caso de que sean detectados espacios sucios serán reportados por escrito a la supervisión para que se subsane la anomalía de inmediato. La validación del servicio se realizará por parte del Experto Funcionario en Mantenimiento, Servicios y Correspondencia, al cual se le deberá entregar al final de cada mes el control de asistencia del personal, hojas de servicios de limpieza profunda, listados de entrega de materiales en cada una de las Delegaciones de FONACOT y listado de pago ante el IMSS de toda la plantilla que se encuentra laborando, una vez entregada toda la documentación se realizará el análisis correspondiente para la aplicación de penalizaciones y solicitud de pago de factura. FONDO DE FOMENTO Y GARANTIA PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE ( NOMBRE ) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA , DECLARO LO SIGUIENTE: QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 31 FRACCION XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES. LUGAR Y FECHA (FIRMA REPRESENTANTE LEGAL) FECHA DIA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C. DOMICILIO México, D.F a ---- de ----------------------- de 2006--- Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación del servicio, que esa Entidad me (persona física) adjudicó ó adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX (persona moral), mediante el procedimiento derivado de la licitación pública nacional número. , por un monto total de: $XXXXXXX (XXXXXXXX PESOS 00/100 M.N.) ----------------------------------------, representante legal de --. (RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx numero xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.17., fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:

  • PRECIO DEL SERVICIO 3.1. Componentes del precio: El Cliente se obliga a pagar a ESTABANELL IMPULSA por la prestación de los Servicios las tarifas contratadas y recogidas en el Resumen del Contrato, que incluirán los impuestos (IVA u otras vigentes), tasas, recargos y / o tributos estatales, autonómicos o locales, vigentes en cada momento (conjuntamente, el "Precio"). Las tarifas vigentes, precios, descuentos e impuestos aplicables se encuentran desglosados en función de los Servicios y las facilidades asociadas y resultaran de aplicación exclusivamente en el periodo indicado y según las condiciones fijadas para cada caso. El Precio podrá ser actualizado cada primero de enero de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo ("IPC") que se publique por el Instituto Nacional de Estadística. Toda promoción u oferta comercial de tarifas o condiciones especiales que esté vigente en el momento de suscribir el Contrato para cada modalidad podrá ser aplicable a aquel que, no siendo todavía Cliente, quiera contratar los Servicios. El que ya fuese Cliente no podrá beneficiarse de aquellas promociones que ESTABANELL IMPULSA pueda llevar a cabo después de la suscripción del Contrato por parte del Cliente, salvo que las condiciones de estas promociones establezcan lo contrario. La cuota inicial o de alta se abonará en un solo pago en concepto de contraprestación por la conexión a los Servicios, y su importe se incluirá en la primera factura. Si procede, esta cuota de alta inicial no incluirá costes de instalación ni equipos proporcionados por ESTABANELL IMPULSA. 3.2. Modificación de las condiciones económicas y / o Precio: La modificación del Precio y demás condiciones económicas del presente Contrato, salvo que sean consecuencia de la normativa aplicable, serán notificadas al Cliente mediante comunicación (dirección postal, dirección de correo electrónico o mensaje SMS al teléfono móvil facilitadas por el Cliente en el momento de la contratación) escrita o nota en la factura habitual de consumo correspondiente con una antelación mínima de un mes a la aplicación de la actualización. En la referida notificación se informará al Cliente que, en caso de que no estuviera conforme con la referida revisión o modificación el Cliente podrá resolver el Contrato, sin que se aplique penalización económica. Para ello, el Cliente deberá comunicar su voluntad de resolver el Contrato a ESTABANELL IMPULSA contactando con el Servicio de Atención al Cliente por teléfono o correo electrónico, en un plazo no superior a un mes a contar a partir de que el Cliente disponga de la nueva información sobre Precio o condiciones económicas. En caso de que transcurra un mes desde la comunicación de la revisión de Precio o modificación de las condiciones económicas del Contrato, sin que el Cliente manifieste su voluntad de resolverlo, se entenderá que acepta la referida revisión del precio o modificación de las condiciones económicas. 3.3. Variaciones del Precio o condiciones económicas por cambios regulatorios. Cualquier variación de las tarifas o modificación de otros conceptos, actividades y valores regulados, o cualquier variación o creación de costes regulados asociados al Servicio que sean aprobados por la Administración para el período de vigencia de este Contrato, así como cualquier nueva figura impositiva, tasa, impuesto o carga tributaria creada por la ley y sus variaciones, serán íntegramente y automáticamente trasladados al Precio a abonar por el Cliente, sin que constituyan una modificación de las condiciones económicas del Contrato.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).