RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. Los bienes serán adjudicados y entregados en las condiciones y estado de conservación en que se encuentran. No se admitirá reclamo alguno, ya que los mismos han sido previamente exhibidos conforme lo establecido en la cláusula 3) xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares. El Poder Judicial de Neuquén deja expresa constancia que declina responsabilidades respecto a la reutilización como tal de los rodados o sus partes. Igualmente hace saber que rehusará responsabilidades por defectos o vicios redhibitorios; debiendo quien resulte adquiriente, conformarse con el estado actual en que se encuentran los vehículos, como sus accesorios, sin derecho a reclamo de ninguna naturaleza.
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La Adjudicación se formalizará a través de una norma legal dictada por el Comitente y se basará en la nómina de el/los informe/s explicativo/s confeccionados por la Comisión de Preadjudicación.
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación se instrumentará por resolución emanada de la Subsecretaría de Finanzas, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Recaerá sobre la propuesta más conveniente y donde el precio será solo uno de los factores a tener en cuenta para la adjudicación (Art. 25° de la Ley 4.416), y de acuerdo a los aspectos tenidos en cuenta por la Comisión designada al efecto. La UFI podrá rechazar todas las propuestas sin que ello signifique crear derecho a favor de los proponentes ni obligaciones a cargo de la UFI La UFI no será responsable en ningún de los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la preparación y presentación de las ofertas. Una vez resuelta la adjudicación y encontrándose firme la misma, podrá la UFI acordar bonificaciones y/o prestaciones adicionales con el oferente que haya resultado adjudicado, siempre que las mismas redunden en manifiesto beneficio de la UFI; debiendo constar dichas bonificaciones y/o prestaciones adicionales en la contrata que a tal fin suscriban las partes.
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación del contrato se llevará a efecto, mediante la aplicación de los criterios señalados en el artículo anterior, conforme lo establecido en el TR-LCSP y su normativa de desarrollo, con las especialidades señaladas a continuación. La Mesa de Contratación, una vez valorados los criterios de adjudicación evaluables mediante la aplicación de fórmulas, vistos los informes técnicos de valoración de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor, procederá a elevar al Órgano de Contratación el resultado de las puntuaciones obtenidas por las ofertas admitidas ordenadas de mayor a menor puntuación. El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo xx xxxx (1O) días hábiles, a contar desde eldía siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificat iva (i) de hallarse al DILIGENCIA DE APROBACIÓN.- Para hacer constar que los presentes pliegos de cláusulas administrativas particulares,prescripciones técnicas,anexos y estudio económico han sidoaprobados por el Ayuntamiento Plenoen sesión de fecha 31 de oc.tubre de 2013. ' ElVicesecretario L,,- -·Rfo:·.Xxxxxxx·Xxxxxx Xxxxxxx.
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. 30.1 Posterior a la emisión de la resolución de adjudicación por parte de los órganos contratantes la Dirección Presidencial de Transparencia Modernización y Gobernación Digital, emitirá la correspondiente resolución para que los bienes adjudicados por los órganos contratantes sean incorporados en el Catálogo Electrónico (vehículos automotores); la resolución será notificada de forma electrónica a los proveedores participantes y a los órganos contratantes, a través del Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de HonduCompras.
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. Acto Administrativo mediante el cual el Comité de Compras y Contrataciones procede a la Adjudicación al/los oferentes(s) del o los Contratos objeto del procedimiento de compra o contratación
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. 1.Para la resolución y la adjudicación del contrato será de aplicación lo estipulado en el artículo 150.2 LCSP, de modo que el propuesto como adjudicatario, en el periodo de 10 días hábiles desde que recibe el requerimiento previo a la adjudicación, deberá acreditar la disponibilidad de los medios personales siguientes: Firmante: XXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXX - Un Director Comercial Titulado Grado Superior en la categoría de Director por el Convenio Colectivo del Sector del Comercio de la Región xx Xxxxxx, con la formación mínima en licenciatura o grado universitario y experiencia profesional de al menos 5 años en dirección de centros de comercialización en establecimientos abiertos al público, permiso de conducir tipo B. Conocimientos demostrables mediante cursos sobre inglés, informática de usuario, manejo de herramientas de diseño gráfico, Community Manager en redes sociales, conocimientos de comercio electrónico y organización de personal. Y con la formación adicional expresada para valorar la oferta técnica del apartado K).2b. - 3 Encargados/Jefes de Sucursal Comercial para los tres Centros Regionales de Artesanía en las categorías de Jefe de Sucursal por el Convenio Colectivo del 16/10/2018 14:40:33 Xxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, con una formación mínima en Educación Secundaria Obligatoria o similar. Experiencia profesional de al menos 3 años en gestión, comercialización en establecimientos abiertos al público con movimiento y transporte de cargas en el interior de los Centros y Almacén, permiso de conducir tipo B. Conocimientos xx xxxxxx e informática de usuario demostrable mediante cursos. Y con la formación adicional expresada para valorar la oferta técnica del apartado K).2b. 16/10/2018 13:46:12 Firmante: XXXXX XXXX, XXXXXXXXX Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV) 7ce68472-aa03-8615-511175658721 0.Xx justificará mediante la presentación de un compromiso firmado o precontrato de trabajo o contrato de trabajo entre el propuesto como adjudicatario y el personal propuesto que formará parte del equipo específico para la ejecución del contrato, donde se detalle nombre y apellidos, titulaciones académicas y profesionales, la categoría con respec...
RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. La adjudicación del contrato se llevará a efecto, mediante la aplicación de los criterios señalados en el artículo anterior, conforme lo establecido en el TR-LCSP y su normativa de desarrollo, con las especialidades señaladas a continuación. La Mesa de Contratación, una vez valorados los criterios de adjudicación evaluables mediante la aplicación de fórmulas, vistos los informes técnicos de valoración de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor, procederá a elevar al Órgano de Contratación el resultado de las puntuaciones obtenidas por las ofertas admitidas ordenadas de mayor a menor puntuación. El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, en el plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa (i) de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al Órgano de Contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; (ii) de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TR-LCSP; y (iii) de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El Órgano de Contratación, en el plazo de cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación enviada por el licitador cuya oferta se haya considerado la económicamente más ventajosa, procederá a adjudicar el Contrato, fijando y concretando los términos definitivos de la concesión. El Órgano de Contratación notificará la adjudicación, que deberá ser motivada, a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante del Órgano de Contratación. Dicha notificación deberá seguir las reglas establecidas en el artículo 151.4 del TR-LCSP. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 151.4 y 40 del TR-LCSP, contra la decisión de adjudicación podrá ser interpuesto, en su caso, recurso por los licitadores descartados. Será de aplicación lo estable...

Related to RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

  • ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de año . República del Paraguay al día mes y Firmado por: [indicar firma] en nombre de la Contratante. Firmado por: [indicar la(s) firma(s)] en nombre del Proveedor. La presente orden tiene por objeto la entrega de los bienes que se detallan a continuación así como los precios unitarios y totales: 5 TOTAL SON GUARANÍES: VIGENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA Desde: Hasta: PLAZO DE ENTREGA Y/O CUMPLIMIENTO : LUGAR DE ENTREGA: La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio la Orden de Compra o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en la Carta de Invitación y sus Anexos. Anticipo: [SI/NO] Porcentaje: [En caso afirmativo indicar:] El proveedor deberá presentar una Garantía de Anticipo del 100% del valor del monto anticipado en forma previa al cobro del mismo. La administración del contrato estará a cargo de: Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con las Condiciones Especiales y Generales del Contrato. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/03 “De Contrataciones Públicas”, caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan. La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”. La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en la Carta de Invitación y sus anexos, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al % del monto total adjudicado. El precio está sujeto a ajustes en los términos previstos en la Carta de Invitación y sus Anexos. Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. Cualquier diferencia que surja durante la ejecución de los Contratos se dirimirá conforme las reglas establecidas en la legislación aplicable y las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la República. LÍNEA PRESUPUESTARIA: Año Tipo Programa S. Prog. Proyecto S.O.G F.F. O.F. Dpto. Monto Total: FIRMA PROVEEDOR FECHA DE RECEPCIÓN DEL PROVEEDOR FIRMA POR LA ENTIDAD Obs. 1. Todos los cuadros del presente documento, a los efectos de su validez, deben ser debidamente llenados y firmados, según corresponda. I. Documentos comunes para Personas Físicas y Jurídicas. Cumple No Cumple a) Formulario de Oferta * [El formulario de oferta debe ser completado y firmado por el oferente conforme al modelo indicado en la Sección VI] b) Garantía de Mantenimiento de Oferta* c) Declaración jurada de no hallarse comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar establecidas en el artículo 40 y de integridad conforme al artículo 20, inc. “w”, ambos de la Ley N° 2051/03, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución N° 330/07 de la Dirección General de Contrataciones Públicas. * d) Declaración Jurada en la que se garantice que el oferente no se encuentra involucrado en prácticas que violen derechos de los menores estipulados en la Constitución Nacional, los Convenios 138 y 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Código del Trabajo, Código de la Niñez y la Adolescencia, demás leyes y normativas vigentes en la República del Paraguay, conforme al formato aprobado por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas en la Resolución DNCP Nº 941/2010. II. Documentos legales para Oferentes individuales que sean Personas Físicas. Cumple No cumple a) Fotocopia simple de la cédula de identidad del firmante de la oferta*. b) Fotocopia simple de la cédula tributaria del oferente (RUC). c) Fotocopia simple de su última declaración de IVA y/o Impuesto a la Renta. d) Fotocopia simple de la patente Municipal del Oferente. e) En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia autenticada del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el Poder esté inscripto en el Registro de Poderes.* f) Fotocopia autenticada de la última declaración de IVA y/o del Impuesto a la Renta o Certificado de Cumplimiento Tributario expedido en el mes anterior a la presentación de la oferta. g) Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor en caso de que la empresa oferente no haya fabricado o elaborado el producto ofertado, sino sea importador y/o distribuidor de los bienes.

  • DE LA ADJUDICACIÓN B.2.IV.1.-FACULTAD DE PRESELECCIONAR

  • NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 40.1 Antes la expiración del período de validez de las Ofertas, el Contratante notificará por escrito al Licitante seleccionado que su Oferta ha sido aceptada. En la carta de notificación (denominada en adelante, así como en las Condiciones Contractuales y en los Formularios del Contrato, la “Carta de Aceptación”) se especificará el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución y la terminación de la Planta y los Servicios de Instalación (denominado en adelante, así como en las Condiciones Contractuales y en los Formularios del Contrato, el “Precio del Contrato”). 40.2 Al mismo tiempo, el Contratante también notificará los resultados de la licitación a todos los demás Licitantes y publicará en los sitios de Internet de United Nations Development Business y dgMarket los datos de identificación de la Oferta y de los lotes, junto con la siguiente información: (i) nombre de cada uno de los Licitantes que presentó una Oferta; (ii) precios de las Ofertas conforme se leyeron en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) nombre y precios evaluados de cada Oferta considerada; (iv) nombre de los Licitantes cuyas Ofertas fueron rechazadas, y el motivo de los rechazos; y (v) nombre del Licitante seleccionado y el precio que ofreció, así como la duración y el resumen del alcance del contrato adjudicado. 40.3 Mientras se prepara y perfecciona un contrato formal, la notificación de adjudicación constituirá un contrato vinculante. 40.4 El Contratante responderá prontamente por escrito a todos los Licitantes cuyas Ofertas no hayan sido seleccionadas y que, con posterioridad a la notificación de la adjudicación según la Subcláusula 40.2 de las IAL, soliciten por escrito las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas.

  • ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. Las normas autonómicas de desarrollo de esta Ley podrán fijar un plazo mayor al previsto en este párrafo, sin que se exceda el de veinte días hábiles. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. 4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxx.xx). La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 151, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.»

  • CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. Las normas autonómicas de desarrollo de esta Ley podrán fijar un plazo mayor al previsto en este párrafo, sin que se exceda el de veinte días hábiles. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. 4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.

  • CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO A LA PROPUESTA SOLVENTE QUE OBTENGA LA MAYOR PUNTUACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: PARA CALCULAR EL RESULTADO FINAL DE LA PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES QUE OBTUVO CADA PROPOSICIÓN, LA SOLICITANTE APLICARÁ LA SIGUIENTE FÓRMULA: PTJ = TPT + PPE PARA TODA J = 1, 2,…..,N DONDE: PTJ = PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES TOTALES DE LA PROPOSICIÓN; TPT = TOTAL DE PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES ASIGNADOS A LA PROPUESTA TÉCNICA; PPE = PUNTUACIÓN O UNIDADES PORCENTUALES ASIGNADOS A LA PROPUESTA ECONÓMICA, Y EL SUBÍNDICE “J” REPRESENTA A LAS DEMÁS PROPOSICIONES DETERMINADAS COMO SOLVENTES COMO RESULTADO DE LA EVALUACIÓN. UNA VEZ HECHA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, EL CONTRATO SE ADJUDICARÁ DE ENTRE LOS LICITANTES, A AQUÉL CUYA PROPUESTA RESULTE LA SOLVENTE MÁS CONVENIENTE PORQUE REÚNE, CONFORME A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ESTABLECIDOS EN LA CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN, LAS CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDAS POR LA SOLICITANTE Y GARANTICE SATISFACTORIAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS. SI RESULTARE QUE DOS O MÁS PROPOSICIONES SON SOLVENTES Y, POR TANTO, SATISFACEN LA TOTALIDAD DE LOS REQUERIMIENTOS SOLICITADOS POR LA SOLICITANTE, EL CONTRATO SE ADJUDICARÁ A LA PROPUESTA QUE OBTENGA EL MAYOR PUNTAJE FINAL DE ACUERDO A LA FÓRMULA ANTES MENCIONADA. SI DERIVADO DE LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES SE OBTUVIERA UN EMPATE EN EL PUNTAJE FINAL ENTRE DOS O MÁS PROPOSICIONES, LA ADJUDICACIÓN SE EFECTUARÁ A FAVOR DEL LICITANTE QUE SE ENCUENTRE CLASIFICADO EN LA ESTRATIFICACIÓN DE EMPRESAS COMO MIPYMES Y QUE ASÍ LO HAYA MANIFESTADO EN ESTA CONVOCATORIA FORMATO 8; SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO EN ESTE CASO EN PRIMER TÉRMINO A LA MICRO EMPRESA, A CONTINUACIÓN SE CONSIDERARÁ A LA PEQUEÑA EMPRESA Y, EN CASO DE NO CONTARSE CON ALGUNA DE LAS ANTERIORES, SE ADJUDICARÁ A LA QUE TENGA EL CARÁCTER DE MEDIANA EMPRESA. EN CASO DE SUBSISTIR EL EMPATE, LA ADJUDICACIÓN SE EFECTUARÁ A FAVOR DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEL SORTEO POR INSACULACIÓN QUE REALICE LA SOLICITANTE EN EL PROPIO ACTO DE FALLO EL CUAL CONSISTIRÁ EN DEPOSITAR EN UNA URNA O RECIPIENTE TRANSPARENTE LAS BOLETAS CON EL NOMBRE DE CADA LICITANTE EMPATADO; ACTO SEGUIDO SE EXTRAERÁ EN PRIMER LUGAR LA BOLETA DEL LICITANTE GANADOR Y POSTERIORMENTE LAS DEMÁS BOLETAS DE LOS LICITANTES QUE RESULTARON EMPATADOS EN ESA PARTIDA CON LO CUAL SE DETERMINARÁN LOS SUBSECUENTES LUGARES QUE OCUPARÁN TALES PROPOSICIONES.

  • Notificación de Adjudicación La adjudicación se dará a conocer a través de nota, como mínimo 5 (cinco) días posterior a la firma de la Resolución de Adjudicación.

  • CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN Una vez que la Convocante haya hecho la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará al licitante cuya oferta resulte solvente por que cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos, establecidos en ésta convocatoria y por tanto garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y en su caso: 47.1. La proposición que haya obtenido el mejor resultado en la evaluación combinada de puntos y porcentajes. 47.2. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, se deberá adjudicar el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no encontrarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa; 47.3. De subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo; en caso de que el fallo no se celebre en junta pública se requerirá, previa invitación por escrito, la presencia de los licitantes y de un representante del OIC; en su caso la del Testigo Social y se levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los licitantes invalide el acto; 47.4. El sorteo por insaculación consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositada en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones; y

  • Acuerdo de Adjudicación El Comité de Compras y Contrataciones luego del proceso de verificación y validación del informe de recomendación de Adjudicación, conoce las incidencias y si procede, aprueban el mismo y emiten el acta contentiva de la Resolución de Adjudicación. Ordena a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones la Notificación de la Adjudicación y sus anexos a todos los Oferentes participantes, conforme al procedimiento y plazo establecido en el Cronograma de Actividades xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas.

  • FORMA DE ADJUDICACIÓN MODELO DE CONTRATO.