RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas o daños físicos directos, ocasionados a los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción de los indicados como no asegurados en estas condiciones. 3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo 1. Incendio, rayo y explosión. 2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos. 3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas. 4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro). 5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado. 6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado. 7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos. 8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación. 9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Residential Insurance Policy, Insurance Policy
RIESGOS CUBIERTOS. Los bienes descritos en la Sección 6.1. quedan cubiertos por robo con violencia o asalto, daños materiales, incendio y/o explosión dentro y fuera de los inmuebles propiedad, a cargo y/o bajo responsabilidad y custodia (o que tenga interés asegurable) de “EL ASEGURADO”. Lo anterior, operará mientras se encuentren contenidos en cajas fuertes o bóvedas, cajas registradoras o colectoras, escritorios, archiveros o en cualquier otro mueble bajo llave. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas cobertura dentro de escritorios, archiveros y similares, mientras se encuentren bajo llave, quedan cubierta durante la vigencia de la póliza. Asimismo, se cubre dinero fuera xx xxxxx fuertes en horas hábiles siempre y cuando se encuentren dentro de alguna oficina bajo llave. Se cubre el dinero fuera xx xxxxx fuertes en horas hábiles en poder de mensajeros, cobradores, empleados y/o daños físicos directospersonal eventual o bien bajo la supervisión y/o vigilancia del personal designado por “EL ASEGURADO”, ocasionados durante la vigencia de la póliza. Los bienes descritos en la Sección 6.1. quedan cubiertos fuera de los inmuebles de “EL ASEGURADO”, bajo las siguientes coberturas: Robo con violencia y/o asalto. En tránsito en poder de mensajeros, cobradores, empleados y/o personal eventual o temporal, Por incapacidad física de la persona portadora, causada por accidente o enfermedad repentina. Por accidentes del vehículo que transporte a las personas responsables del manejo de los bienes asegurados por Riesgos accidentalesasegurados, súbitos e imprevistoses decir, con excepción cubre las pérdidas, daños o robo que sufran los bienes asegurados, a consecuencia de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de que el vehículo que conduzca a las personas que tomen parte en paroslleven consigo físicamente dichos bienes, huelgassufra daños por incendio, disturbios rayo, inundación, explosión, colisión, volcadura, caída, descarrilamiento, así como por hundimiento o rotura xx xxxxxxx. La presente cobertura será aplicable a lo largo de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actostodo el Territorio Nacional.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía 4.1. INCENDIO, RAYO Y EXPLOSIÓN INCENDIO Dentro de los límites establecidos en la póliza, el Asegurador indemnizará al Asegurado contra los daños y pérdidas o daños físicos directos, ocasionados a materiales causados en los bienes asegurados por Riesgos accidentalesla acción directa del fuego, súbitos e imprevistos, con excepción de así como los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados producidos por las autoridades legalmente reconocidas como medida consecuencias inevitables del incendio cuando éste se origine por caso fortuito, por malquerencia de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árbolesextraños, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad negligencia propia del Asegurado o de sus dependientes económicoslas personas de quienes responda civilmente. Asimismo, están cubiertos:
a. Los daños en los bienes asegurados que ocasionen las medidas necesarias adoptadas por la autoridad o el Asegurado para cortar o extinguir el incendio o impedir su propagación, con exclusión de los gastos que ocasione la aplicación de tales medidas, salvo pacto en contrario.
8b. Los gastos que ocasione al Asegurado el transporte de los efectos asegurados o cualesquiera otras medidas adoptadas con el fin de salvarlos del incendio. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación_
c. Los menoscabos que sufran los objetos salvados por las circunstancias descritas en los dos números anteriores.
9. Cualquier otro Riesgod. El valor de los objetos desaparecidos, súbito e imprevistocon ocasión del siniestro, siempre que no esté excluido explícitamenteel Asegurado acredite su preexistencia y salvo que el Asegurador pruebe que fueron robados o hurtados.
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Samples: Insurance Contract
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas pérdida y/o daños físicos directos, ocasionados a que sufran los bienes asegurados por Riesgos accidentalesasegurados, súbitos e imprevistoscomo consecuencia de la realización del robo con violencia y/o asalto o intento de robo dentro del inmueble, con excepción saqueo, vandalismo y los daños materiales que ocasionara este hecho, además, se ampararán las pérdidas y/o daños que sufra el equipo instrumental, armamento, equipo de seguridad y accesorios en actividades propias o relacionadas que se efectúen fuera de las instalaciones del SERVICIO POSTAL MEXICANO y toda su estructura Orgánica, incluyendo sus Unidades Administrativas, Operativas y Direcciones Regionales. LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD A PRIMER RIESGO PARA CONTENIDOS $4’000,000.00 M.N. LIMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, A PRIMER RIESGO. LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO POR EVENTO: $4’000,000.00 M.N. PRIMER RIESGO: EL LICITANTE ADJUDICADO pagará el importe de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños daños sufridos hasta el monto del límite de responsabilidad sin exceder del valor de reposición que tenga el bien al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1acaecer el siniestro. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga La suma asegurada es un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas monto absoluto que no sean propiedad del Asegurado o tiene que guardar ninguna relación porcentual respecto al valor real de sus dependientes económicoslos bienes asegurados.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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RIESGOS CUBIERTOS. SUBSECCION DAÑO EMERGENTE: La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas compañía cubre la responsabilidad civil extracontractual del asegurado por daño emergente derivada de un accidente en que haya tenido participación el vehículo asegurado y que haya causado a terceras personas o daños físicos directosa su propiedad, ocasionados a lesiones o muerte. Tratándose de lesiones o muerte, la compañía sólo cubrirá las consecuencias del daño patrimonial directo y emergente, tales como los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines gastos médicos o de personas mal intencionadas durante funeral. SUBSECCION DAÑO MORAL: Sólo mediante el pago de la realización prima correspondiente a esta subsección, la presente cláusula cubre la responsabilidad civil extracontractual del asegurado por daño moral derivada de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión un accidente en sus funciones que haya tenido participación el vehículo asegurado y que intervengan en dichos actos.
3haya causado a terceras personas, muerte o lesiones menos graves a graves. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes SUBSECCION LUCRO CESANTE: Sólo mediante el pago de la rotura prima correspondiente a esta subsección, la presente cláusula cubre la responsabilidad civil extracontractual del asegurado por lucro cesante producido a terceras personas con ocasión de tuberías un accidente en que haya tenido participación el vehículo asegurado. La compañía procederá al pago de la indemnización respectiva, siempre que quien conduzca posea licencia competente, u otro documento vigente que de acuerdo a la Xxx xx Xxxxxxxx, lo habilite legalmente para conducir. Al momento del siniestro, el conductor no podrá tener su licencia suspendida o sistemas su permiso provisorio vencido y deberá haber aprobado y tener vigentes los controles de abastecimientohabilitación correspondientes. Los terceros carecen de acción contra la compañía. Sólo la tiene el asegurado cuando se dan las condiciones previstas en la póliza. La responsabilidad civil que está cubierta en esta sección, deberá ser declarada por sentencia ejecutoriada dictada en un proceso en que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio aseguradocondene al asegurado al pago de indemnización.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Insurance Policy
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas o destrucción, los daños físicos directosmateriales y la desaparición de las mercancías durante su trans- porte terrestre, ocasionados a los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgodebido a:
1. Incendio, rayo y o explosión, cualquiera que sea su origen, excepto combustión espontánea.
2. Actos Accidente del medio de personas transporte que tomen parte en parosse produzca por:
a. Caída del vehículo a cunetas, huelgasbarrancos, disturbios precipicios, xxxx y mar.
b. Colisión o choque del vehículo portador con otro cuerpo fijo o móvil.
c. Vuelco, semivuelco, descarrilamiento y salida de carácter obrerola calzada.
d. Lluvias x xxxxxx tempestuosas, mítinesavalanchas y aludes.
e. Corrimiento y desprendimiento de las tierras, alborotos popularesmontañas o rocas.
f. Rotura xx xxxxxxx y derrumbamiento de edificios, motines puentes, túneles o de personas mal intencionadas durante otras obras de ingeniería y arquitectura.
g. Hundimiento súbito de la realización vía, de dichos actosla carretera o de la calzada.
h. Agua de mar debido a temporal, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actostrayectos terrestres.
3. Impacto xx xxxxx aéreas Robo realizado en cuadrilla y/o a mano armada, debidamente probado y objetos caídos en tal forma que resultase amenazada la vida o la integridad corporal de ellas.las personas que ocupen el medio de transporte. LIBERTYTRANSPORTE DE MERCANCÍAS
4. Caída Pérdida total de árbolesla embarcación, antenascontribución a la avería gruesa, anuncios naufragio, varada o embarrancada, colisión o abordaje que se produzca durante el eventual tránsito del ve- hículo porteador de la mercancía y otras estructuras similares (no se hayan descargado las mercancías, a excepción bordo de aquellos por los cuales obtenga un lucro)embarcaciones para su paso a través xx xxxxxxx, estrechos y franjas marítimas que se- paren zonas del trayecto asegurado.
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor Accidentes en curso de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimientovuelo, que se localicen por encima del nivel del en el suelo, dentro del predio aseguradomarchando por tierra, al despegar o aterri- zar, cuando se trate de transporte complementario al terrestre efectuado por viaje aé- reo a bordo de aeronaves.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Transportation Agreement
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas 3.3.1. Incendio
3.3.2. Explosión
3.3.3. Rayos
3.3.4. Actos vandálicos, maliciosos o daños físicos directosmalintencionados, ocasionados acciones tumultuarias, huelgas, reuniones y manifestaciones Quedará cubierto el riesgo de daño y/o pérdida material causado directamente a los bienes asegurados por Riesgos accidentalesla acción de una persona o grupo de personas, súbitos e imprevistosde manera aislada o con motivo de huelgas, reuniones y manifestaciones. Asimismo, quedará cubierto el riesgo de daños y/o pérdidas materiales que ocasione a los bienes asegurados la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o disminuir tales acciones o sus consecuencias y los ocasionados por la intervención voluntaria realizada por cualquier persona o grupo de personas en su intento de no apoyar o resistir tales hechos. No obstante, podrán quedar excluidas de esta garantía: - Cuando los daños o las citadas actuaciones tuvieran con excepción ocasión de motín o tumulto popular. - Las pérdidas por hurto o apropiación indebida. - La rotura de lunas y cristales exteriores (incluidos en la cobertura de "Rotura xx xxxxxxxxx"), excepto los indicados como no daños que produzcan al romperse. - Los daños y/o pérdidas materiales que se produzcan cuando el local asegurado o en que se encuentren los bienes asegurados en estas condicionesestuviese abandonado, deshabitado o sin vigilancia más de 45 días consecutivos.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
13.3.5. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.Fenómenos atmosféricos
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Samples: Insurance Contract
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas o 2.1.- Actividades e inmuebles: Los daños físicos directos, ocasionados a los bienes asegurados terceros, por Riesgos accidentalesel desarrollo de las actividades propias de “La Secretaría”, súbitos e imprevistos, con excepción dentro y fuera de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos predios y/o edificios propiedad o bajo la responsabilidad de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos“La Secretaría”, o bien en instalaciones arrendadas, bajo su responsabilidad, o cuidado, así como de su maquinaria, equipo e instalaciones especiales, como los estacionamientos, elevadores, helipuerto, escaleras eléctricas, instalaciones sanitarias, de carga y descarga, de seguridad, sociales, de propaganda (se refiere a cualquier anuncio de las exposiciones montadas por la secretaría que pudieran causar daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones a un tercero y que intervengan son de diferentes dimensiones) y montacargas. Fuera de los predios de “La Secretaría” se refiere a todas aquellas que emanan del usufructo de un bien inmueble. 2.2.- Maniobras de carga y descarga: El daño ocasionado a bienes de terceros, durante las maniobras de carga y descarga por grúas móviles, fijas o montacargas, así como el daño material provocado a tanques, cisternas y contenedores ubicados o instalados en dichos actoslos predios ocupados por “La Secretaría” o en predios o instalaciones de terceros en las cuales exista interés asegurable o responsabilidad.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Licitación Pública
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará asume el pago de las indemnizaciones reclamadas al Asegurado contra por daños causados a terceros como usuario de embarcaciones de recreo o deportivas, bajo las con- diciones y términos previstos en el Real Decreto 607/1999 (Reglamento del seguro de res- ponsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones), de 16 xx Xxxxx (B.O.E. de 30 xx Xxxxx de 1999). Queda incluida en la cobertura, la responsabilidad civil extracontractual de:
a) Los propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas.
b) Las personas que debidamente autorizadas por el propietario patroneen las mismas.
c) Aquellas otras personas que les secunden en su gobierno.
d) Los esquiadores que pueda arrastrar la embarcación, siempre que expresamente se indique en las Condiciones Particulares, y objetos que éstas remolquen en el mar, por los daños materiales y personales (muerte o lesiones corporales) y por las pérdidas económicas directas que sean consecuencia de dichos daños materiales y personales que, mediando culpa o daños físicos directosnegligencia, ocasionados causen a terceros, a puertos o insta- laciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de la embarcación. Tendrán la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los bienes asegurados por Riesgos accidentalesefectos de la pre- sente cobertura: los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, súbitos e imprevistosincluidas las motos náuticas, con excepción así como aquéllos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros. Quedan comprendidos los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas siniestros ocurridos durante la realización de dichos actos, vigencia del contrato y cuya reclamación se efectúe fehacientemente al Asegurado o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes al Asegurador durante la xxxxx- cia de la rotura póliza o hasta 12 meses después de tuberías o sistemas la cancelación de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio aseguradola misma.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Condiciones Generales De Garantías
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía Dentro de los límites establecidos en la póliza, el Asegurador indemnizará al Asegurado contra los daños y pérdidas o daños físicos directos, ocasionados materiales causados directamente a los bienes asegurados de forma súbita y accidental amparados por Riesgos accidentaleslas garantías de la póliza. Quedarán cubiertas las siguientes garantías:
a) Incendio, súbitos e imprevistoscaída xx xxxx, con excepción explosión, extinción, efectos secundarios.
b) Los gastos de extinción, salvamento, demolición y desescombro, derivados de los indicados como no asegurados en estas condicionesriesgos cubiertos.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendioc) Los menoscabos que sufran los objetos salvados, rayo y explosióna consecuencia de las medidas descritas en el apartado anterior.
2d) El valor de los objetos desaparecidos con ocasión del siniestro, siempre que el asegurado acredite su preexistencia y salvo que el asegurador pruebe que fueron robados o hurtados.
e) Las garantías que se enuncian a continuación y cuyas Condiciones figuran más adelante en el apartado CLÁUSULAS DE COBERTURAS ADICIONALES. Actos Extensión de personas que tomen parte en parosCoberturas. Robo y expoliación. Rotura de lunas, huelgascristales y rótulos. Transporte de los bienes asegurados fuera de los recintos asegurados. Desalojamiento forzoso de los locales asegurados. Pérdidas de alquileres. Gastos de reposición xx xxxxxx-dibujos, disturbios de carácter obreroarchivos, mítinesdocumentos técnicos, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños microfilms. Gastos ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida la localización de represión averías causantes de daños por agua. Reembolso de costes desembolsados. Honorarios de peritos y profesionales. Daños a obras menores de ampliación, modificación o reparación. Gastos de vigilancia. Gastos extraordinarios. Daños estéticos. Gastos de puesta en sus funciones y que intervengan en dichos actosmarcha. Avería de Maquinaria/Equipos Electrónicos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Para La Contratación De Seguros Privados
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas Todo riesgo de pérdida o daños físicos directosdaño físico de bienes cubiertos derivada de los siguientes riesgos que se indican de manera enunciativa pero no limitativa: Riesgos Ordinarios de Tránsito Robo Total del Embarque Robo Parcial del Embarque Falta de Entrega Mojaduras y oxidación. Contacto con otras cargas o contaminación. Manchas. Rotura o rajadura, ocasionados raspadura, abolladura y despostilladura. Mermas o derrames. Huelgas y alborotos populares. Maniobras de carga y descarga. Bodega a bodega. Estadía hasta 60 días. Desempaque diferido por 90 días. Maniobras de carga y descarga. De bodega a bodega hasta 30 días. Estadía en recintos oficiales hasta 90 días. Queda cubierta la pérdida causada por pillería, ratería, pillaje y hurto que ocurran a los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción a consecuencia de los indicados como no asegurados en estas condicionesRiesgos Ordinarios de Tránsito.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas pérdida y/o daños físicos directosque sufran los bienes asegurados, ocasionados a como consecuencia de la realización o intento del Robo con Violencia del exterior al interior del inmueble o asalto y los daños materiales que ocasionara este hecho. Además, ampara la pérdida y/ o daños fuera de las instalaciones del asegurado, bienes en propiedad, bajo custodia, tomados en comodato, arrendamiento o los tengan bajo su responsabilidad sobre los cuales se tenga interés asegurable. La pérdida y/o daños que sufran los bienes asegurados, como consecuencia de la realización o intento de robo por asalto y los daños materiales que ocasionara este hecho. La pérdida y/o daños que sufran los bienes asegurados que por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción su naturaleza deban estar almacenados a la intemperie dentro y fuera de los indicados predios del asegurado, como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. Incendio, rayo y explosión.
2. Actos consecuencia de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actoso intento del Robo y/o Asalto, o bien así como los daños ocasionados materiales que ocasionara este hecho. Bienes de terceros y/o empleados que sean debidamente registrados a su ingreso por las autoridades legalmente reconocidas el asegurado hasta por $20,000.00 M.N. por evento, presentando, en caso de siniestro, acta administrativa del robo, siempre y cuando la siniestralidad no sea mayor al 15% del Límite de Responsabilidad de esta sección. Se excluyen bienes como medida lingotes, plata, alhajas y pedrería. SUBLÍMITE DEL LMR: Único y combinado por ubicación y/o evento: $ 400,000.00 M.N. (cuatrocientos mil de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes pesos 00/100 M.N.) DEDUCIBLES: 10 % sobre el valor de la rotura pérdida, para bienes en general con mínimo de tuberías 100 DSMGVDF El robo o sistemas asalto efectuado por el asegurado, sus empleados, funcionarios o dependientes económicos de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio aseguradoestos. Terrorismo y sabotaje. CONDICIONES Y CLAUSULADO: Primer riesgo todo riesgo. Valor de reposición.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado contra pérdidas Todo riesgo de pérdida o daños físicos directosdaño físico, ocasionados de Bodega a los Bodega, incluyendo bienes asegurados nuevos y usados. Los siguientes se indican de forma enunciativa más no limitativa: Riesgos ordinarios de tránsito. Robo o falta de entrega de bulto por Riesgos accidentalesentero para bienes nuevos y usados. Robo parcial. Mojaduras y oxidación. Contaminación por contacto con otras cargas. Manchas. Rotura o rajadura, súbitos e imprevistosraspadura, con excepción de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1abolladura y desportilladura. Incendio, rayo Mermas o derrames. Echazón y explosión.
2barredura. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, Huelgas y alborotos populares. Variación o cambio xx xxxx. Maniobras de carga y descarga. Bodega a bodega. Interrupción en el transporte con estadía por 60 días. Cobertura de todo riesgo para bienes usados. Estadía Cobertura de todo riesgo para bienes usados Limite que opera de forma independiente al LMR: Límite Máximo de Responsabilidad por embarque (incluye el valor factura, motines gastos adicionales, impuestos, derechos y costo de fletes): $ 1,575,000.00 M.N. (Un millón quinientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) Nota.- Pronóstico de embarques al año $ 25’000,000.00 M.N. (Veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.). Para Robo Total : 10% sobre la pérdida Para Robo Parcial 5% sobre el valor total de la pérdida Para los demás riesgos: 2% sobre el valor total de la pérdida. Desde la bodega del consignatario hasta la bodega de destino final y viceversa, dentro de la República Mexicana. Terrestre, Ferrocarril, Marítimo, Aéreo y combinados. En vehículos propiedad del asegurado o de personas mal intencionadas durante la realización terceros; de dichos actosservicio público local, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actos.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellas.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado federal o de sus dependientes económicosparticulares.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Asegurado Cubrir contra pérdidas pérdida o daños físicos materiales directos, ocasionados originados por actos súbitos y no previstos, que haga necesario la reparación o reposición a fin de dejarles en condiciones de operación similares a los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción existentes inmediatamente antes de los indicados como no asegurados en estas condiciones.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgoocurrir el siniestro:
1. Incendio, rayo y explosiónincendio y/x xxxx.
2. Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actosExplosión.
3. Impacto xx xxxxx aéreas y objetos caídos de ellasCiclón, tornado, vendaval, huracán, granizo.
4. Caída de árboles, antenas, anuncios y otras estructuras similares (a excepción de aquellos Daños por los cuales obtenga un lucro)agua o por inundación.
5. Humo o tizne producido fuera del predio aseguradoTerremoto y erupción volcánica.
6. Agua o vapor de agua provenientes de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimientoDerrumbe, que se localicen por encima deslave, hundimiento, deslizamiento del nivel del suelo, dentro del predio aseguradoterreno y alud.
7. Colisión Hundimiento o rotura de vehículos alcantarillas, puentes para vehículos, muelles o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o plataformas de sus dependientes económicoscarga.
8. Avería accidental de maquinaria Colisión con objetos en movimiento o equipos propios de una casa habitaciónestacionarios, volcadura, caída y enfangamiento.
9. Cualquier otro RiesgoIncendio, súbito e imprevistorayo, explosión, colisión, descarrilamiento, o volcadura del medio de transporte terrestre en que no esté excluido explícitamentelos bienes fueren transportados, incluyendo caídas de aviones, hundimiento y roturas xx xxxxxxx, así como las maniobras de carga y descarga.
10. Incendio, rayo, explosión, varada, hundimiento o colisión de la embarcación de trasbordo fluvial de servicio regular en que los bienes asegurados fueren transportados, incluyendo las caídas y colisiones durante las maniobras de carga y descarga, comprendiendo la contribución por avería gruesa o por cargos de salvamento que será pagada según disposiciones del Código de Comercio Mexicano y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo.
11. Robo total de cada unidad, así como las pérdidas o daños materiales que se sufran como consecuencia de dicho robo.
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Samples: Licitación Pública Nacional
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Ampliando y modificando el clausulado tipo de las condiciones generales, se garantiza cualquier responsabilidad civil y patrimonial del Asegurado contra pérdidas o daños físicos directosque dentro del apartado objeto del seguro, ocasionados a los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción de los indicados como no asegurados en estas condicionesestén expresamente excluidas. A título meramente enunciativo y no limitativo se garantizan las siguientes responsabilidades del Asegurado:
a) Responsabilidad Civil General / Patrimonial.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
1. IncendioLas derivadas de los actos administrativos, rayo de cualquiera de sus agentes y explosiónfuncionarios, órganos y servicios.
2. Actos Las derivadas de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios la actuación material de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actosservicios públicos prestados.
3. Impacto xx xxxxx aéreas Las derivadas del estado de conservación y objetos caídos mantenimiento de ellaslas diferentes instalaciones y medios materiales (muebles e inmuebles) que utiliza el Asegurado, cualquiera que fuera su título, para el correcto desarrollo de su actividad.
4. Caída La propiedad y el mantenimiento de árbolescarreteras, antenascalles, anuncios plazas, caminos rurales del municipio a cargo del Ayuntamiento y otras estructuras similares (a excepción de aquellos por los cuales obtenga un lucro)todas las señales de tránsito de las mismas, incluyendo la ordenación del tránsito.
5. Humo o tizne producido fuera Las derivadas de incendio, explosión, humos, agua, gases, olores, vapores y hundimiento del predio aseguradoterreno.
6. Agua Las derivadas de su calidad de propietario y/o vapor usufructuario y/o arrendatario de agua provenientes bienes muebles e inmuebles, así como la responsabilidad civil frente los propietarios de la rotura los bienes inmuebles que ocupe en régimen de tuberías arrendamiento o sistemas en virtud de abastecimientocualquier otro título, que se localicen por encima del nivel del sueloincluidos los Centros Educativos, dentro del predio asegurado.Residencias de ancianos, Hospitales, Polideportivos y cualesquiera otros
7. Colisión El deber “in vigilando” que le competa respecto a los bienes de vehículos o naves aéreas otras entidades públicas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicosestén en su posesión.
8. Avería accidental La cesión en uso a precario de maquinaria cualquier inmueble del Ayuntamiento a través de convenio o equipos propios para realizar actos puntuales, en forma subsidiaria a las coberturas del seguro de una casa habitaciónresponsabilidad civil del precarista o usuario.
9. Cualquier otro RiesgoLas derivadas de obras de mantenimiento, súbito e imprevistoreparación, ampliación o reforma de edificaciones o instalaciones ya existentes.
10. La derivada de la condición de promotor o constructor de obra nueva, de obras de mantenimiento, reparación, ampliación o reforma de edificaciones o instalaciones ya existentes, así como cualesquiera obras en aceras, calles, vías, avenidas y caminos, y en general cualesquiera bienes patrimoniales o demaniales, ya sean de uso o servicio público.
11. Las derivadas de los trabajos realizados por el Asegurado o por cuenta del mismo por adjudicatarios, concesionarios, contratistas o subcontratistas, en defecto, en exceso o en forma mancomunada, solidaria o subsidiaria a las coberturas del seguro de responsabilidad civil suscritas por éstos.
12. Las derivadas de organización y/o promoción de actos oficiales, recreativos, deportivos y actividades culturales por parte del Ayuntamiento o de los de él dependientes ( incluidos los intercambios de personas de la ciudad con otras localidades del país o extranjeras) así como la derivada de participación en exposiciones y ferias. Asimismo, se consideran incluidos la realización de conferencias, reuniones o asambleas, el desfile público de bandas musicales, majorettes, gigantes y similares, incluido los fuegos artificiales y pirotecnia, la organización y realización de colonias, así como la realización de oposiciones y pruebas de selección de personal, y en general cualesquiera actividades que no esté excluido explícitamentesean organizadas, patrocionadas o promovidas por el ayuntamiento dentro del ámbito de sus competencias.
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Samples: Insurance Agreement
RIESGOS CUBIERTOS. La Compañía indemnizará al Bajo esta sección se cubrirá la responsabilidad civil del Asegurado contra pérdidas comprendida dentro del alcance del apartado "objeto del seguro". A título meramente enunciativo y no limitativo se garantizan las siguientes responsabilidades del Asegurado:
4.1. Las derivadas de los actos administrativos singulares denominados como actividad administrativa, de cualquiera de los agentes y funcionarios, órganos y servicios del Ayuntamiento.
4.2. Las derivadas de funcionamiento normal o daños físicos directosanormal de los servicios públicos prestados.
4.3. Las derivadas de su calidad de propietario, ocasionados usufructuario, arrendatario o depositario de todo tipo de bienes, muebles e inmuebles así como la Responsabilidad Civil frente a los bienes asegurados por Riesgos accidentales, súbitos e imprevistos, con excepción propietarios de los indicados bienes inmuebles que ocupen en régimen de arrendamiento o en virtud de cualquier otro título. Se incluye las responsabilidades como no asegurados propietario, usufructuario o arrendatario de edificios y terrenos en estas condicionestanto se destinen a fines administrativos, o para viviendas de funcionarios, empleados o trabajadores del Asegurado, así como los inmuebles y terrenos destinados a escuelas, parques, jardines, calles, plazas de toros, ferias de ganado, frontones y demás instalaciones deportivas, bomberos, banda de música, garajes para vehículos municipales, xxxxx xx xxxx, transformadores, mercados de abastos, centros sociales y recreativos.
3.1.1 Daños al Edificio por Incendio Todo Riesgo
14.4. IncendioLas derivadas del estado de conservación y mantenimiento de las distintas instalaciones y medio materiales (muebles o inmuebles) que utiliza el Asegurado, rayo y explosiónsea cual fuera su título, para el desarrollo de su actividad.
24.5. Actos Las derivadas del incendio, explosión, humo, agua, gases, olores, vapores y corrimientos sujetos a los términos de personas que tomen parte en paros, huelgas, disturbios la exclusión 1.2. de carácter obrero, mítines, alborotos populares, motines o de personas mal intencionadas durante la realización de dichos actos, o bien los daños ocasionados por las autoridades legalmente reconocidas como medida de represión en sus funciones y que intervengan en dichos actosSección III.
34.6. Impacto xx xxxxx aéreas Las derivadas de la condición de promotor o constructor de obra nueva, de obras de mantenimiento, reparación o reforma de edificaciones o instalaciones ya existentes, siempre que el valor de ejecución no supere los 1.500.000 Euros. El Asegurado se compromete a declarar cualquier exceso sobre dicha cantidad tan pronto como sea conocido y objetos caídos la cobertura se mantendrá por un periodo de ellas30 días en ausencia de aceptación expresa o rechazo por parte de los Aseguradores.
44.7. Caída Las derivadas del control sanitario de árboleslos alimentos durante su manipulación, antenas, anuncios venta y otras estructuras similares (distribución.
4.8. Las derivadas de daños causados a excepción de aquellos terceros por los cuales obtenga un lucro).
5. Humo productos diseñados, producidos, tratados, modificados, manipulados, instalados, vendidos o tizne producido fuera del predio asegurado.
6. Agua o vapor de agua provenientes distribuidos siempre que tales productos hayan sido entregados a terceras personas sujeto a los términos de la rotura de tuberías o sistemas de abastecimiento, que se localicen por encima del nivel del suelo, dentro del predio asegurado.
7. Colisión de vehículos o naves aéreas que no sean propiedad del Asegurado o de sus dependientes económicos.
8. Avería accidental de maquinaria o equipos propios de una casa habitación.
9. Cualquier otro Riesgo, súbito e imprevisto, que no esté excluido explícitamente.exclusión
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Samples: Insurance Agreement