Régimen Cláusulas de Ejemplo

Régimen. El gobierno del Sindicato corresponde: a) A la Asamblea. b) Al Comisario.
Régimen. Los contratos de arrendamiento tanto para el caso en que el Estado o una institución pública tengan la calidad de arrendadora como arrendataria se sujetará a las normas previstas en el Reglamento de esta Ley.
Régimen. El presente Contrato se rige en lo no previsto expresamente, por la legislación mercantil y supletoriamente, por las disposiciones del Código Civil.
Régimen. Este contrato, en su celebración, ejecución y terminación se regirá por las normas colombianas de derecho privado, por ende, será la legislación civil la que rige la relación existente entre LA CORPORACIÓN y EL CONTRATISTA.
Régimen. Importe mensual básico de la pensión recibida por el jubilado o por el pensionado, conforme al RJP. Importe mensual de la pensión completa recibida por el jubilado o por el pensionado, conforme al RJP. Bases biométricas.
Régimen. El trabajo subordinado de los adolescentes se rige por los convenios internacionales ratificados por el Perú, el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, o norma que lo sustituya, y demás normas pertinentes. En lo no previsto es de aplicación el presente Código.
Régimen. El siguiente contrato se rige en su orden, por las disposiciones precedentes, las contenidas en la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades o las normas que la complementen o la sustituyan y por el Código de Comercio, que las PARTES declaran conocer y se obligan a acatar, por cuanto su texto se encuentra debidamente autorizado por la Superintendencia de Sociedades. EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES) expresamente declara(n) conocer el texto del presente contrato y aceptarlo en todas y cada una de sus partes, manifestando que los datos suministrados para su aceptación son verídicos. en la fecha mencionada en la HOJA DE DATOS. - Hoja de Datos - Aspectos Relevantes del contrato de Adhesión. LA SAPAC Firma Nombre: SUSCRIPTOR Firma: Nombre: SUSCRIPTOR CONJUNTO Firma: Nombre: Contrato No. ASPECTOS RELEVANTES DEL CONTRATO DE ADHESIÓN Recuerde leer cuidadosamente el clausulado del contrato y cada una de los siguientes numerales. 1. A LA SAPAC no le está permitido la entrega de dinero, el otorgamiento de préstamos a el(los) suscriptor(es), ni la colocación de planes para adquisición de vivienda. 2. EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES) adjudicado(s) o no adjudicado(s) debe(n) realizar el pago de su(s) cuota(s) mensual(es) o abonos ÚNICAMENTE En ningún caso debe(n) entregar dinero a los funcionarios de AUTOFINANCIERA S.A. o a quienes ofrezcan el plan de autofinanciamiento. LA SAPAC no se hace responsable por dineros que no se encuentren en la Fiducia. 3. EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES) que pague(n) la cuota en forma oportuna tendrá(n) derecho a participar en las Asambleas mensuales de Adjudicación. La fecha límite de pago para participar por sorteo es de cinco (5) días hábiles antes de la correspondiente Asamblea. El no recibir la factura o recibirla de manera extemporánea no lo(s) exime del pago de la cuota mensual prevista. 4. Ningún funcionario bajo ninguna circunstancia, se podrá comprometer a entregar o adjudicar el bien o servicio en un mes o plazo determinado, por cuanto las Adjudicaciones solamente se realizan en las modalidades de SORTEO y OFERTA. 5. mismo. 6. EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES) que decida(n) terminar el contrato después de haber participado en su primera asamblea podrá(n) ceder o traspasar su contrato a un tercero o esperar A LA FINALIZACIÓN DEL PLAZO DEL GRUPO para la devolución de las cuotas netas. La cuota de ingreso o admisión, la administración pagada y el IVA causado NO SON REEMBOLSABLES. Así del plazo del último grupo asignado. 7. Al momento de salir ...
Régimen. El premio se aplicará solo a la parte de la obra contratada bajo el sistema de ajuste alzado. Su valor será determinado tomando en cuenta cada día corrido de adelanto y se determinará por el porcentaje del monto total del Contrato que se indique en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares Legal es actualizado, incluyendo los montos de las alteraciones y adicionales que el Contrato pudiere tener también actualizadas. La actualización se calculará por única vez en base a la planilla de precios que estuviere aprobada al mes del Acta de Recepción Provisoria. No se realizará nuevo cálculo o calculo definitivo alguno. El premio máximo que podrá percibir el Contratista será el equivalente a los días corridos o porcentaje respecto de la fecha prevista según el plazo total original del Contrato. Este máximo se definirá en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. La STM XXXXX también podrá establecer premios para hitos de obra o por plazos parciales de obra o por otro concepto que se fijen en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares Legales. El trámite y plazo de certificación y pago del premio será el previsto para los certificados de obra básica en este Pliego. La certificación del premio no procederá si no ha mediado la medición y certificación del 100% de avance. A los efectos de la percepción del premio indicado en este artículo, se considerará el plazo total del contrato, plazos parciales o hitos que indique/n el Pliego de Bases y Condiciones Particulares Legales y, al solo efecto del cómputo de los mismos, el Contratista sólo podrá solicitar la extensión de esos plazos, sin afectar el derecho a la percepción del premio, por causas imputables a la comitente.
Régimen. PRECIOS DE PAGOS Y REVISIÓN DE
Régimen. Antigüedad efectiva del trabajador. Sexo. Edad. Tipo de contratación. Estatus del trabajador (activo e inactivo).