SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:
Appears in 3 contracts
Samples: Contrato De Prestación De Servicios Integrados De Perforación, Service Contract, Contrato De Prestación De Servicios Integrados De Perforación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuaciónEL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia de las obligaciones garantizadas, se obliga(n) a mantener asegurado contra todo riesgo EL BIEN objeto del Contratopresente contrato, incluyendo cualquier extensión con cualquiera de las compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia para el efecto, designando a EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario de dicho seguro y estableciendo, sin excepción alguna, cláusula de renovación automática. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de existir seguro vigente sobre EL BIEN, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) solicitará(n) a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo con el fin de que aparezca EL ACREEDOR GARANTIZADO como primer beneficiario del mismo, por una suma no inferior al valor comercial de EL BIEN, y se establezca la cláusula de renovación automática, comprometiéndose(n) a entregar a EL ACREEDOR GARANTIZADO la póliza respectiva y sus anexos, así como todos los derechos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), los cuales se entienden transferidos a EL ACREEDOR GARANTIZADO, para que en caso de siniestro, el monto de la indemnización se subrogue a la(s) obligación(es) garantizada(s), de acuerdo con lo establecido por el artículo 1101 del Código de Comercio, toda vez que el presente contrato también se extiende a la indemnización debida por las aseguradoras en caso de siniestro y al tratarse también de un bien atribuible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1676 de 2013 y lo acordado en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) expresamente manifiesta(n) que ha(n) sido informado(s) de la facultad con la que cuenta(n) de contratar directamente el seguro de EL BIEN con la aseguradora de su elección, y autoriza(n) discrecionalmente a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que tome la póliza de seguro mencionada u ordene su contratación cuando no le presente(n) la póliza y su respectivo recibo de pago antes del desembolso de la(s) obligación(es) de mutuo garantizada(s) con el presente contrato, o hasta con antelación de un (1) mes a la fecha de vencimiento cuando se trate de su renovación, autorización esta que no implica responsabilidad de EL ACREEDOR GARANTIZADO en caso de no hacer uso de ella, por cuanto se trata de una facultad discrecional de la cual puede no hacer uso. PARÁGRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligación(es) garantizada(s) las sumas de dinero que todos con ocasión a la contratación del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, así como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en certificados emitidos por el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas intermediario y/o compañía de seguros a respectiva. Así mismo, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) reconoce(n) y acepta(n) que la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, xxxx en el pago de las facturas correspondientes primas genera los efectos establecidos en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeartículo 1068 del Código de Comercio respecto a la terminación automática del seguro. PARÁGRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligación(es) en el orden convenido en el(los) pagaré(s), y colocar inmediatamente a satisfacción disposición de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá remanente que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, llegare a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:existir.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Garantía Mobiliaria, Contrato De Garantía Mobiliaria
SEGUROS. 20.1. El CONTRATISTA tomará Proveedor asume toda la responsabilidad por las lesiones o daños causados a personas - incluso a sus subcontratistas y terceros - o bienes por las actividades relacionadas con el Contrato y se compromete a llevar a cabo, por su cuenta propia cuenta, una adecuada contratación de los seguros, en función del riesgo y considerando a su costo los compañías de seguros enumerados a continuación, de reconocido prestigio y los mantendrá vigentes solvencia durante toda la vigencia duración del Contrato, incluyendo para:
20.2. La pérdida o daño que pueda ser causado a los materiales y equipos objeto del Contrato durante su elaboración, carga y transporte hasta el momento y el lugar de entrega a ENEL, asumiendo el Proveedor la responsabilidad total con respecto a cualquier extensión del mismodaño causado a bienes o equipos propios. La misma obligación es asumida por el Proveedor con respecto a los materiales y equipos que proporcionen ENEL para la ejecución de los trabajos relacionados con el Contrato, o hasta la fecha desde el momento en que todos se ponen a disposición del Proveedor o su subcontratista y hasta que son devueltos a ENEL.
20.3. La responsabilidad por los materialesdaños y perjuicios que pudieran derivarse, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorpara sí o para su personal o subcontratistas, a las personas o la propiedad de ENEL y/o a terceros, derivados de la ejecución de las actividades contempladas en el entendido queContrato, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas quedando siempre ENEL excluida de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin toda responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente causa imputable al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América)Proveedor.
20.4. Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones con límites suficientes, en función del riesgo, para cubrir las reclamaciones por daños materiales, personales y/o muerte de terceros los efectos económicos adversos que pudieran ocasionarse al ENEL o de terceros, derivados de un defecto o mal funcionamiento del material o equipo imputables al Proveedor.
20.5. Si el Contrato prevé el depósito de los materiales en las instalaciones de ENEL, el Proveedor estará obligado a tomar, además de los seguros mencionados anteriormente, el seguro por robo y otros daños que pueden sufrir el material depositado a lo largo de la duración del Contrato.
a. Las pólizas mencionadas deben señalar que, cuando corresponda, la compañía de seguros indemnice directamente a ENEL, para lo cual se le incluirá como “asegurado adicional”.
b. Los límites de la póliza de seguro deben cubrir los perjuicios cuyas denuncias se han recibido en el plazo de ejecución del Contrato y/o daños en el siguiente período de garantía.
c. Las pólizas de seguro deberán incluir expresamente la renuncia del asegurador a bienes repetir contra ENEL sin ninguna excepción.
20.6. Se entiende que la existencia, validez y eficacia de terceros, causados por el CONTRATISTA las pólizas de seguro a las que se refiere la presente cláusula son condiciones esenciales para ENEL y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menostanto, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones si el Proveedor es incapaz de dólares 00/100demostrar en todo momento la cobertura del seguro, moneda ENEL puede dar por terminado el contrato, sin perjuicio de curso legal en los Estados Unidos su derecho a ser indemnizado por otros daños y perjuicios.
20.7. Si a juicio de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir ENEL la cobertura de carga los seguros del Proveedor no es suficiente para cubrir el riesgo, tanto en la entrega de materiales o equipo como en la ejecución de la obra o servicio objeto del Contrato, el Proveedor se compromete a revisar y descarga modificar la misma, de equiposconformidad con lo que ENEL requiera.
20.8. Seguros para automotoresDel mismo modo, equipamiento vialel Proveedor está obligado a contratar por su propia cuenta y con compañías de seguros de reconocido prestigio y solvencia, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir cualquier otro tipo de seguro obligatorio que puede ser requerido por lo menos:la legislación aplicable.
Appears in 2 contracts
Samples: Anexo v Perú, Anexo v Perú
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las normas vigentes en materia de higiene y seguridad en la construcción, las Leyes Nº 19.587 y 24.557 y su cuenta Decreto reglamentario N° 911 de fecha 14 xx xxxxxx de 1996 y las Resoluciones Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, 51 de fecha 7 de julio de 1997, 35 de fecha 31 xx xxxxx de 1998, 319 de fecha 9 de septiembre de 1999 y 552 de fecha 7 de diciembre de 2001, todas de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO, y en toda otra norma que resulte aplicable. Se deberá incluir una manifestación expresa de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo de no repetición contra el Estado Nacional o cualquier otra dependencia de la Administración Pública Nacional por los riesgos vinculados con la Obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la Obra, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Seguro de accidentes que cubra al personal del Licitante afectado a la Obra.
4) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el monto que se establezca en el PCP, a su costo los seguros enumerados nombre y el del Licitante, manteniendo a continuaciónéste cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y los mantendrá vigentes durante toda perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan producirse como consecuencia de la vigencia del Contrato, incluyendo ejecución y mantenimiento de las Obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriornaturaleza, en relación con ello. Asimismo, el entendido Contratista deberá asegurar la Obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todos los casos en que esto sea posibletodo momento, cubra el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientestotal certificado, y con vigencia hasta la recepción provisoria. Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del Licitante. En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no podrá cancelar o modificarel Contratista dar inicio a las tareas, siendo de forma alguna, su exclusiva responsabilidad las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la EMPRESA. A su vezObra, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y se procederá a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos ésta, con cargo al Contratista, no originará obligación alguna para la EMPRESA abonándose ningún importe en concepto de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá certificados; pudiéndose inclusive llegar a la EMPRESA informada rescisión del contrato. El Contratista deberá acompañar informes semestrales de todo la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya contratado el seguro. El Licitante, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido deberá efectuarse en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter plazo de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto SETENTA Y DOS (72) horas de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:notificada esa decisión.
Appears in 2 contracts
Samples: Licitación, Licitación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda Durante la vigencia del Contratopresente contrato y en tanto existan obligaciones impagas derivadas de éste, incluyendo cualquier extensión del mismoEL (LOS) CLIENTE(S) deberá(n) contratar y mantener vigente una póliza de seguro de desgravamen (en adelante, o hasta la fecha “el seguro”) en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, una compañía de seguros autorizada a operar en el entendido quepaís por la Superintendencia de Banca, en todos los casos en que esto sea posibleSeguros y AFP, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferenteconstituyendo dicho seguro una condición para contratar. El CONTRATISTA seguro a contratar por EL (LOS) CLIENTE(S) deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto cumplir con los comprobantes de pago correspondientesrequisitos establecidos por LA CAJA, y no podrá cancelar o modificarque se encuentran detallados en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xx EL (LOS) CLIENTE(S) puede optar entre: i) la contratación del seguro comercializado por LA CAJA o, ii) un seguro contratado directamente por él, siempre que cumpla con las condiciones establecidas por LA CAJA y sea endosado a favor de forma alguna, las pólizas vigentes sin ésta hasta por el monto del saldo adeudado. De elegir EL (LOS) CLIENTE(S) la previa autorización contratación del seguro comercializado por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad algunaLA CAJA, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el prima del seguro contratado será adicionada al pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista cuotas del(los) Crédito(s); LA CAJA será responsable de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones contratación y/o muerte renovación. La información respecto al nombre de terceros la compañía de seguros, el número de la póliza y el monto de la prima se consignará en la Hoja Resumen que forma parte integrante del presente Contrato. Si EL (LOS) CLIENTE(S) decidiera(n) contratar directamente el seguro, LA CAJA queda autorizada a cobrar a EL (LOS) CLIENTE(S), una comisión por evaluación de Póliza Endosada, comisión que EL (LOS) CLIENTE(S) se obliga(n) a pagar según se especifica en el tarifario de LA CAJA y en la Hoja Resumen. Así mismo, si EL (LOS) CLIENTE(S), no cumpliese(n) con pagar las primas a la compañía aseguradora en las fechas pactadas, y/o daños no procede(n) a bienes de terceros, causados por renovar el CONTRATISTA seguro en su oportunidad y/o su personal no cumple(n) con entregar la póliza debidamente endosada a favor de LA CAJA, ésta queda autorizada por cuenta de EL (LOS) CLIENTE(S) a renovar el seguro y/o a contratar un nuevo seguro que comercializa LA CAJA, designando como único beneficiario a la propia CAJA, entregándole a EL (LOS) CLIENTE(S) copia del Certificado de Seguro correspondiente; tal concepto será de cargo de EL (LOS) CLIENTE(S), adicionándosele a la(las) cuota(s) del(los) Crédito(s). Las condiciones de la póliza de seguro que comercializa LA CAJA y cuyo único beneficiario será LA CAJA, constan en el Certificado de Seguro que EL (LOS) CLIENTE(S) declara(n) conocer y aceptar, así como en la página web de LA CAJA: xxx.xxxxxxxxxx.xx pudiendo, además, EL (LOS) CLIENTE(S) obtener información en las oficinas de atención al público de LA CAJA y Red de Agencias a nivel nacional. LA CAJA no tendrá responsabilidad en caso EL (LOS) CLIENTE(S) incurra(n) en las limitaciones o exclusiones establecidas por la compañía de seguros o no cumpla con levantar las garantías y/o observaciones establecidas por la misma compañía, en tanto, que EL (LOS) CLIENTE(S) se obliga(n) a cumplir con las cláusulas del presente Contrato y sus anexos. Si por cualquier causa o circunstancia las condiciones del seguro tomado por LA CAJA, a que se refiere esta cláusula fueren variadas, modificadas, o incluso suprimidas, LA CAJA comunicará a EL (LOS) CLIENTE(S) a través de un medio de comunicación directo a los que se refiere la cláusula 3.9 del precedente, y dentro del plazo establecido por ley, a fin de que EL (LOS) CLIENTE(S) tome conocimiento de tales variaciones y/o supresiones y de todas sus implicancias y consecuencias. Asimismo, si EL (LOS) CLIENTE(S) no cumpliera con contratar las referidas pólizas y/o sus subcontratistas respectivas renovaciones a su vencimiento y/o reajustar la suma asegurada cuando LA CAJA se lo requiera, o con ampliar los riesgos y efectuar el endoso correspondiente a favor de LA CAJA, EL (LOS) CLIENTE(S) autoriza(n) a LA CAJA para que, de estimarlo conveniente según el tipo de Crédito que se le(s) haya otorgado y según sus políticas internas, contrate: (i) una póliza de seguro para proteger los bienes de EL (LOS) CLIENTE(S) en el caso de los créditos con garantía hipotecaria o mobiliaria; y (iii) un seguro que proteja el bien (mueble o inmueble) otorgado en garantía, e incluir las primas del seguro en las cuotas del Credito. Los certificados de póliza de los seguros contratados, con el detalle de la cobertura, comisiones, exclusiones y limitaciones de dichos seguros, a las cuales expresamente se sujeta, serán entregados al EL (LOS) CLIENTE(S) dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la aprobación de(los) Crédito(s) por bienes propiedad parte de LA CAJA. El no ejercicio de la facultad otorgada a LA CAJA antes señalada, no generará para él responsabilidad alguna. Toda suma no cubierta por los seguros antes descritos será asumida por el EL(LOS) CLIENTE(S) o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:su masa hereditaria.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato Marco Para Financiamientos De Créditos, Contrato Marco Para Financiaciones De Créditos
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo Toda la información vinculada con los seguros enumerados vinculados directamente al CRÉDITO, su cobertura, términos y condiciones, procedimientos para reclamo o reporte de siniestros, deducibles, condiciones, exclusiones y demás información se encuentran a continuacióndisposición del CLIENTE en los folletos informativos ubicados en las oficinas de LA FINANCIERA y en su página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx. Tanto el seguro de desgravamen como el del inmueble dado en garantía, son una condición esencial de contratación. Si los seguros fueran contratados directamente por EL CLIENTE, pues ostenta tal derecho, éstos no deberán ser de características, coberturas o condiciones inferiores a los seguros ofrecidos por LA FINANCIERA. En tal escenario LA FINANCIERA informará en su página web (xxx.xxxxxxxx.xxx.xx) de tales condiciones y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contratocaracterísticas. En este caso, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA EL CLIENTE se obliga a designar mantenerlos vigentes, renovarlos en su oportunidad y endosarlos a favor de LA FINANCIERA al inicio de la vigencia de las mismas. En caso contrario, LA FINANCIERA queda facultada, por cuenta de EL CLIENTE, a renovar y/o mantener vigentes las respectivas pólizas de seguro y éste autoriza a LA FINANCIERA a incluir el costo total de las pólizas tomadas en las cuotas del CRÉDITO. La falta de contratación o renovación de las pólizas de seguro por parte de LA FINANCIERA, no genera para éste responsabilidad alguna, pues EL CLIENTE declara conocer que esta responsabilidad le corresponde a él, salvo que EL CLIENTE solicite expresamente a LA FINANCIERA la contratación del seguro, en cuyo caso LA FINANCIERA será responsable de su contratación y renovación. El seguro contratado deberá mantenerse vigente en tanto EL CRÉDITO se encuentre pendiente de total cancelación, por ello, llegado el vencimiento de la póliza, y en caso que EL CLIENTE no cumpla con su renovación, LA FINANCIERA podrá renovar y/o mantener vigentes las pólizas de seguros del CLIENTE, quien deberá reembolsar los pagos realizados, pudiéndose cargar los mismos a las cuotas del CRÉDITO. En cualquier caso, los montos de prima, forma de pago, nuevo cronograma, de ser el caso, serán indicados en la EMPRESA como beneficiaria preferenterespectiva Hoja Resumen e informados al CLIENTE en un plazo no mayor a 15 días, contados desde la contratación del seguro. El CONTRATISTA deberá presentar LA FINANCIERA, previo consentimiento de EL CLIENTE, podrá cargar a la EMPRESA las cuotas del CRÉDITO, el costo de las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar seguros adicionales o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10productos similares, incluyendo el pago de aquellos que respalden las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes obligaciones asumidas en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateincumplimiento de pago de EL CLIENTE, según lo establecido en el presente Contratode manera tal que LA FINANCIERA pueda cobrar directamente la indemnización, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados hasta por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda monto total del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:saldo adeudado.
Appears in 2 contracts
Samples: Crédito Hipotecario, Contrato De Crédito Hipotecario
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará CLIENTE se obliga a contratar la Póliza de Seguros del Bien así como las Pólizas de Seguros del Bien y Seguros Obligatorios de acuerdo a los parámetros y condiciones establecidas en el Anexo No. 4 del presente contrato, las mismas que el CLIENTE declara conocer y aceptar. OPCION DE COMPRA DECIMOQUINTA.- OPCIÓN DE COMPRA
15.1 Precio.- Por el presente documento, INTERBANK otorga al CLIENTE la Opción de Compra, a fin de que éste adquiera el Bien a cambio del pago de la contraprestación que se pacta en el Anexo 2 al que se incluye el IGV respectivo, más los tributos que afecten o pudieran afectar la transferencia.
15.2 Ejercicio y eficacia.- La Opción de Compra podrá ser ejercida por su cuenta y el CLIENTE dentro del plazo de vigencia del presente contrato, mediante el envío de una comunicación escrita con cargo de recepción dirigida a su costo los seguros enumerados a continuaciónINTERBANK; la Opción de Compra surtirá efectos únicamente después de que el CLIENTE haya cumplido con efectuar el pago de todas las Cuotas; efectuar el pago y/o cumplir con todas las obligaciones, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia distintas al pago de las Cuotas, asumidas en virtud del Contrato, incluyendo cualquier extensión a entera satisfacción de INTERBANK; y, haya efectuado el pago del mismo, o hasta monto de la fecha en Opción de Compra.
15.3 Conceptos de cargo del CLIENTE.- En caso que el CLIENTE opte por ejercer la Opción de Compra todos los materialescostos, equipos gastos y empleados tributos que genere la transferencia del CONTRATISTA sean removidos Bien a favor del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorCLIENTE, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización serán asumidos exclusivamente por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:éste.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero, Contrato De Arrendamiento Financiero
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Todos los Seguros mencionados en el Anexo XXXX forman parte del presente Contrato y por su cuenta tanto el Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista del Titular obtendrá y a su costo los seguros enumerados a continuaciónmantendrá, o hará que se obtengan y los mantendrá vigentes mantengan, durante toda la vigencia duración del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros seguro requeridas en el presente Anexo, las cuales están destinadasa proteger los bienes de su titularidad y/o aquellos en virtud de los cuales pueda ser considerado responsable, ya sea por daños ocasionados a YPF E&P BOLIVIA, a sus empleados y/o a terceros externos a la EMPRESA como beneficiaria preferenterelación contractual con YPF E&P BOLIVIA. El CONTRATISTA deberá presentar Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista será responsable por todo daño ocasionado en el marco del suministro de de los Bienes y/o Obras y/o Servicios a la EMPRESA las YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB, por sus dependientes y/o bienes, sean estos de su propiedad o estén bajo su guarda, cuidado, custodia o control. Asimismo estará también obligado a responder por los daños causados por los Subcontratistas a su cargo, por los empleados de los subcontratistas, debiendo indemnizar y mantener indemne a YPF E&P BOLIVIA Y/O YPFB por cualquier reclamo por accidentes, multas y gastos, incluyendo pero no limitado a honorarios legales y costas, y sin que los seguros que se requieran y/o los límites de indemnización que se solicitan constituyan un límite a su responsabilidad. Las pólizas de seguro, junto con seguros y los comprobantes límites de pago correspondientes, indemnización requeridos en el Anexo XXX deberán ser contratados a través de compañías aseguradoras autorizadas a operar en el Estado Plurinacional de Bolivia por la Autoridad de Fiscalización y no podrá cancelar Control de Pensiones y Seguros (APS) de acuerdo a lo establecido en la ley de seguros aplicable y que posean como mínimo una calificación de riesgo “A1 Fitch o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESAsu equivalente. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago El alcance de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas obligaciones y/o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido responsabilidades por la EMPRESAfalta de contratación o cobertura suficiente de los seguros solicitados, no supondrá de ninguna manera un perjuicio a YPF E&P BOLIVIA. Se entenderá que De igual modo, los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos dichos seguros nunca serán inferiores, en su caso, inferiores a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal vigentes en los Estados Unidos de América)casos que correspondan. Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones Se deja constancia que el Proveedor y/o muerte de terceros Contratista y/o daños Subcontratista tendrá a bienes su cargo el costo de terceroslas pólizas solicitadas, causados por como así también cualquier otro costo, penalidad o adicional asociado a las mismas. En caso de que el CONTRATISTA Proveedor y/o su personal Contratista y/o sus subcontratistas Subcontratista del Titular (i) no cuente con las coberturas de seguro a que se refiere esta Cláusula, o por bienes propiedad (ii) no renueve, no las mantenga vigentes o bajo actúe negligentemente en la guarda tramitación de un reclamo y la respectiva efectivización de una cobertura, el Proveedor y/o Contratista y/o Subcontratista del CONTRATISTA. La cobertura Titular asumirá todos los costos de dichas pólizas será dereposición, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones reparación e indemnización de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:mismos con su patrimonio.
Appears in 2 contracts
Samples: Condiciones Generales De Compras Y Contratación, Condiciones Generales De Compra Y Contrataciones
SEGUROS. 19.1 El CONTRATISTA tomará por su cuenta Proveedor deberá contratar y a su costo los seguros enumerados a continuaciónmantener, sufragando el coste y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargogastos, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro general de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional con una compañía aseguradora solvente y de Responsabilidad Civil General cubrirán reconocido prestigio que cubra su responsabilidad frente a la Sociedad, el Cliente o a cualquier tercero y que se derive o esté relacionada con los Productos o Servicios. Dicho seguro deberá incluir una cobertura por lesiones y/o muerte de terceros y/o corporales, daños a bienes la propiedad y pérdidas derivadas, además de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General mera pérdida económica.
19.2 El seguro deberá incluir la cobertura sobre posibles acciones de carga reparación o sustitución a realizar por el Proveedor en el marco de campañas de requerimiento por defectos de fábrica iniciadas por terceras partes (incluyendo la Sociedad y descarga el Cliente). El Proveedor renunciará a su derecho de equiposrepetición frente a la Sociedad o a la compañía aseguradora contratada por la Sociedad y se compromete a obtener también dicha renuncia al ejercicio del derecho de repetición de su compañía aseguradora.
19.3 La suma asegurada del seguro será, como mínimo, de veinte millones de euros (20.000.000 EUR) por siniestro y año, por todos los daños corporales o a la propiedad y daños indirectos cubiertos por la póliza, con un sublímite mínimo de quince millones de euros (15.000.000 EUR) que cubra la mera pérdida económica y la responsabilidad del Proveedor por acciones de reparación o sustitución a realizar en el marco de campañas de requerimiento por defectos de fábrica iniciadas por terceras partes o por la Sociedad.
19.4 El Proveedor se compromete a facilitar a la Sociedad una copia de la póliza de seguro en vigor, así como del pago de las primas, a primer requerimiento de la Sociedad.
19.5 El mantenimiento en vigor del seguro no limitará la responsabilidad del Proveedor bajo este Contrato. Seguros Esta se aplicará también al montante de cualquier obligación de indemnización por daños y perjuicios que tenga el Proveedor.
19.6 El Proveedor estará obligado a informar a la Sociedad de la extinción de la vigencia del contrato de seguro con prontitud y, en todo caso, dentro del periodo que prevea la póliza para automotoresnotificar a la compañía aseguradora la intención del tomador de no proceder a su renovación, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:con independencia del motivo de la misma.
Appears in 2 contracts
Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra, Términos Y Condiciones Generales De Compra
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Contratista suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato las siguientes pólizas de seguro:
(i) Seguro de Responsabilidad Civil que garantice frente a las reclamaciones por su cuenta daños que se puedan causar a terceros, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación de los servicios objeto de este contrato.
(ii) Seguro de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a su costo la prestación de los seguros enumerados a continuaciónservicios, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares.
(iii) Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos que sean utilizados en la prestación de los servicios, y que estén sujetos a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor.
(iv) Cualquier seguro, relacionado o no con los mantendrá vigentes durante toda servicios a prestar, que resulte exigible según la legislación aplicable a lo largo de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferentecontrato. El CONTRATISTA Contratista deberá presentar notificar por escrito a Innobasque con, al menos, treinta días de antelación, la EMPRESA cancelación o alteración del alcance de la cobertura de cualquiera de las pólizas de seguro. El contratista deberá acreditar la contratación y vigencia de los seguros antes de la firma del presente contrato, junto con aportando copia íntegra de las pólizas y de los comprobantes justificantes de pago correspondientesde prima, pudiendo además Innobasque solicitar en todo momento la acreditación documental de la contratación, el pago, el contenido y vigencia de los seguros. Si no se cumpliera con este requisito, y no podrá cancelar o modificar, sin perjuicio de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contratoeste contrato en relación con los supuestos de incumplimiento, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter Innobasque se reserva la contratación de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, los oportunos seguros por su cuenta y cargocargo del Contratista, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una deduciendo el importe de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda primas satisfechas de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil Generallas liquidaciones que se le practicaran. Los seguros contratados en virtud de Responsabilidad Civil Profesional los compromisos establecidos en la presente Cláusula, no limitarán las obligaciones y responsabilidades que le corresponden al Contratista en virtud de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/presente contrato, respondiendo de cuantas pérdidas o muerte responsabilidades le fueran imputadas en exceso o defecto de terceros y/o daños a bienes los límites y garantías solicitadas, y en la cuantía de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda las franquicias del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:seguro.
Appears in 2 contracts
Samples: Service Agreement, Servicios De Asesoría De Comunicación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Contratista suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato las siguientes pólizas de seguro:
(i) Seguro de Responsabilidad Civil que garantice frente a las reclamaciones por su cuenta daños que se puedan causar a terceros, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación de los servicios objeto de este contrato. En este seguro se deberá hacer constar como asegurado adicional a Innobasque, sin perder por ello la consideración xx xxxxxxx. Entre sus coberturas deberán estar comprendidas la Responsabilidad Civil Patronal, la Post-trabajos y Post-Servicios, así como los gastos de defensa y fianzas. Asimismo, deberá garantizar expresamente los daños ocasionados a su costo los seguros enumerados locales (Responsabilidad Civil Locativa) a continuaciónlos que se hace mención en la estipulación 10ª con sublimite suficiente de acuerdo con la superficie del local cedido. Como único sublímite adicional será admisible una cantidad de, al menos, Euros 400.000 por víctima en Responsabilidad Civil Patronal
(ii) Seguro de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares.
(iii) Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos que sean utilizados en la prestación de los servicios, y que estén sujetos a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor.
(iv) Cualquier seguro, relacionado o no con los mantendrá vigentes durante toda servicios a prestar, que resulte exigible según la legislación aplicable a lo largo de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferentecontrato. El CONTRATISTA Contratista deberá presentar notificar por escrito a Innobasque con, al menos, treinta días de antelación, la EMPRESA cancelación o alteración del alcance de la cobertura de cualquiera de las pólizas de seguro. El contratista deberá acreditar la contratación y vigencia de los seguros antes de la firma del presente contrato, junto con aportando copia íntegra de las pólizas y de los comprobantes justificantes de pago correspondientesde prima, pudiendo además Innobasque solicitar en todo momento la acreditación documental de la contratación, el pago, el contenido y vigencia de los seguros. Si no se cumpliera con este requisito, y no podrá cancelar o modificar, sin perjuicio de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contratoeste contrato en relación con los supuestos de incumplimiento, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter Innobasque se reserva la contratación de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, los oportunos seguros por su cuenta y cargocargo del Contratista, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una deduciendo el importe de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda primas satisfechas de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil Generallas liquidaciones que se le practicaran. Los seguros contratados en virtud de Responsabilidad Civil Profesional los compromisos establecidos en la presente Cláusula, no limitarán las obligaciones y responsabilidades que le corresponden al Contratista en virtud de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/presente contrato, respondiendo de cuantas pérdidas o muerte responsabilidades le fueran imputadas en exceso o defecto de terceros y/o daños a bienes los límites y garantías solicitadas, y en la cuantía de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda las franquicias del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:seguro.
Appears in 2 contracts
Samples: Service Agreement, Servicios De Gestión Administrativa
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta 1. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos de responsabilidad civil, amplio, contra cualquier daño, pérdida, lesión o muerte, a terceros y a su costo los seguros enumerados bienes, derivados de negligencia, imprudencia o inobservancia de las reglas del buen arte, en las tareas a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia causa o como consecuencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 individual de pesos tres millones (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América$3.000.000). Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato, sus ampliaciones y prórrogas y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán la cláusula de liso, llano y principal pagador y el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativos del Departamento Judicial de La Plata.
2. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar ante el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos del trabajo regidos por la Ley N° 24.557 y sus Decretos Reglamentarios Nº 170/96 y Nº 334/96 (Contrato de afiliación con la ART) y el seguro de vida obligatorio, en ambos casos, sobre la totalidad de la dotación del personal a su cargo afectado y, de corresponder, copia de la póliza de Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros Accidentes Personales, de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados sujetos contratados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o prestador, que no se encuentren bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura relación de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:dependencia.
Appears in 2 contracts
Samples: Contratación Directa, Licitación Pública
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Seguro colectivo de accidentes. Las empresas que no lo tengan suscribirán la póliza en el plazo de treinta días, a partir de la firma del Convenio, con una entidad aseguradora reconocida, una póliza colectiva que garantice una cuantía de: Gran invalidez: 35.000,00 euros. Muerte por accidente: 35.000,00 euros. A percibir, y por una sola vez, por el trabajador/ra o su cuenta cónyuge supérstite, descendiente o ascendentes y, en su caso, sus derechohabientes, si como consecuencia del accidente de trabajo sobreviene alguna de estas situaciones. cve: BOE-A-2010-10673 Las primas que se generen en función de la citada póliza serán a cargo de la empresa, siendo responsable la entidad aseguradora y subsidiariamente la empresa del pago del capital asegurado al trabajador o a sus beneficiarios en caso de siniestro que conlleve el derecho a su percepción. En el caso de que un trabajador/a fallezca fuera de su residencia habitual, por encontrase desplazado de la misma por orden de la empresa esta abonará los gastos de traslado de los restos hasta el lugar de residencia del trabajador fallecido y a los de dos familiares para su costo acompañamiento hasta dicha residencia. No obstante, los seguros enumerados importe citados en este artículo para el seguro colectivo de accidentes, sólo serán exigibles a continuaciónpartir de los dos meses siguientes de la publicación de éste convenio en el «Boletín Oficial del Estado», y los mantendrá continuando hasta ese momento vigentes las previstas en el artículo 71 del convenio colectivo estatal publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de noviembre de 2007. Estas cuantías quedan expresamente excluidas de la revisión pactada, permaneciendo inalterables en su valor durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta Convenio. Las empresas que no lo tengan suscribirán la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, póliza en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga plazo de 30 días a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte partir de la EMPRESAfirma del presente convenio con una entidad aseguradora reconocida. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, Esta póliza cubrirá suficientemente las posibles reclamaciones por sucesos ocurridos en el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción ejercicio de la EMPRESAprofesión, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, igualmente la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, empresa facilitara a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a trabajadores/as la defensa jurídica necesaria en estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Colectivo Estatal De Transporte De Enfermos Y Accidentados en Ambulancia, Convenio Colectivo Estatal De Transporte De Enfermos Y Accidentados en Ambulancia
SEGUROS. El (a) Con anterioridad al inicio de la ejecución, el CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo contratará todos los seguros enumerados a continuación, requeridos por las LEYES APLICABLES y los mantendrá vigentes en vigor durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta CONTRATO. El cumplimiento de la fecha en obligación de contratación de seguros y de ejecución de otras acciones relacionadas con el presente Artículo no liberará al CONTRATISTA de su RESPONSABILIDAD u obligaciones bajo el CONTRATO.
(b) El CONTRATISTA garantiza que todos los materialesseguros que deban ser contratados conforme al CONTRATO cumplirán con todas las disposiciones establecidas por ley para las compañías aseguradoras de Argentina (conforme a la Ley Nº 12.988) y estarán aprobadas por Shell.
(c) Seguro de riesgos del trabajo se contratará conforme a la ley de riesgos del trabajo (Ley Nº 24.557) o a las que posteriormente se dicten. Ese seguro incluirá una cláusula de no recurso contra Shell CAPSA por los perjuicios económicos que puedan resultar de la ejecución del ALCANCE. La póliza incluirá también una nota dirigida a Shell CAPSA con el siguiente texto: “[**inserta el nombre de la Compañía Seguradora] renuncia en forma expresa al derecho de iniciar una acción de recurso o de regreso contra SHELL C.A.P.S.A, equipos y sus funcionarios, empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterioru obreros, ya sea fundada en el entendido queartículo 39 inciso 5 de la ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en todos los casos especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o pagar al personal dependiente o exdependiente de “[**inserta el nombre de la Compañía Seguradora de Riesgos del trabajo], alcanzado por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales sufridas o contraídas por el hecho o en que esto sea posibleocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. Además, el CONTRATISTA se obliga y la compañía seguradora de riesgos del trabajo comunicarán por medio fehaciente a designar en las pólizas de seguros Shell C.A.P.S.A., los incumplimientos a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a póliza en los que incurra el asegurado y especialmente la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes falta de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte en término de la EMPRESA. A su vezmisma, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura dentro de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o diez días de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. verificados.”
(d) En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en cualquier caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:límite asegurado no menor a
Appears in 2 contracts
Samples: Purchase Order Terms, Purchase Order Terms for Goods and Services
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y Adjudicatario está obligado a su costo contratar los seguros enumerados que cubran los riesgos que surjan de los arts. 10 y 11 de estas C.G. además de aquellos que resultaren necesarios para el cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los que se requieran de acuerdo a continuación, y los mantendrá vigentes lo establecido en las C.P. durante toda el tiempo de vigencia del contrato o de sus renovaciones o prórrogas. Será responsabilidad exclusiva del Adjudicatario mantener la vigencia de las pólizas durante todo el período de cumplimiento del Contratocontrato. La no vigencia de alguna póliza, incluyendo cualquier extensión del mismosea por la causa que fuere, o hasta no invalidará la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, responsabilidad asumidas en el entendido quepárrafo anterior. El Adjudicatario se obliga a contratar los siguientes seguros:
(i) Seguro sobre los bienes: El Adjudicatario se obliga a contratar y mantener vigente una cobertura sobre los bienes de su propiedad o bajo su guarda, custodia o control afectado a las tareas objeto del contrato por las coberturas y sumas aseguradas suficientes para reponer los mismos en caso de siniestro. La póliza deberá cubrir los riesgos de pérdidas y daños por accidente, incendio y/o robo total y/o parcial sobre equipos y/o vehículos de propiedad del Adjudicatario o del tercero por él contratado y/o arrendados por el Adjudicatario o por dicho tercero, siempre a satisfacción de la Empresa.
(ii) Seguro de responsabilidad civil: El Adjudicatario deberá contratar un seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva que específicamente incluya dentro de la cobertura las tareas a llevar cabo por Adjudicatario, con la cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada por un importe no inferior a $ 3.000.000 o el monto que se establezca en las C.P., designando a Aerolíneas Argentinas S.A. o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A. como asegurado adicional o tercero, según corresponda. Además deberá incluir las siguientes cláusulas:
a) Una cláusula de renuncia a la subrogación contra la Empresa.
b) Que el pago del premio y la franquicia estará exclusivamente a cargo del Asegurado Principal.
c) Que la franquicia a cargo del Asegurado no podrá exceder del 10% de la indemnización, con un mínimo del 1% y un máximo del 3%, ambos de la suma asegurada al momento del siniestro, por cadaacontecimiento.
d) Una cláusula de NO anulación, modificación o suspensión, sin previo aviso de manera fehaciente y con al menos treinta (30) días de anticipación al asegurado adicional o tercero (la Empresa). Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, en todos los casos casos, si el servicio concursado o la prestación ofrecida implican que personal del Oferente (propio o contratado) preste servicios directamente en que esto sea posiblela Empresa, el CONTRATISTA se obliga Adjudicatario deberá contratar los siguientes seguros:
(iii) Seguro de Vida Obligatorio: Todas las personas afectadas al servicio deberán encontrarse cubiertas por este seguro.
(iv) Seguro de Accidentes del Trabajo: Seguro de Riesgos del Trabajo: Leyes 27.348, 26.773 y 24.557 y sus modificatorias, Decreto 1694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, y las que en el futuro las modifiquen o sustituyan, para todo el personal en relación de dependencia afectado al servicio incluyendo la siguiente cláusula:
(v) Seguro de Accidentes Personales: Cuando el Adjudicatario utilizare personal que no esté en condiciones de contar con un seguro de riesgos de trabajo bajo las normas especificadas ut- supra, en lugar de los seguros antes mencionados, el Adjudicatario deberá contratar un seguro de accidentes personales. Esta disposición también es aplicable a designar los directores y/o accionistas del Adjudicatario, cuando estén afectados directamente al servicio. La cobertura, en todos los casos, deberá comprender los riesgos de muerte e incapacidad total y/o parcial permanente - incluyendo los accidentes laborales- y la cobertura de asistencia médico farmacéutica. El ámbito de la cobertura debe ser las pólizas de seguros 24 hs. El monto mínimo a asegurar deberá ser igual o mayor a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450.000) por persona para las pólizas coberturas de seguro, junto con los comprobantes muerte e incapacidad y de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA $ 40.000 para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentesasistencia médico farmacéutica. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA La póliza deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá designar a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro Empresa como primer beneficiario por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones obligaciones legales y/o muerte convencionales de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por las que sea responsable; y como segundo beneficiario el CONTRATISTA y/o su personal asegurado y/o sus subcontratistas herederos legales según corresponda. Todos los seguros mencionados anteriormente deberán contratarse en compañías de prestigio, a entera satisfacción de la Empresa, y deberán presentarse en la dependencia que la Empresa designe copias de todas las pólizas y de los respectivos comprobantes de pago para su verificación y control. Estas presentaciones deberán realizarse dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la firma del Contrato y previo al inicio de la prestación del servicio. En el caso del pago de los premios de los seguros en cuotas, se deberán presentar los comprobantes del pago de los mismos dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de cada cuota. En caso de prórroga del Contrato o por bienes propiedad o bajo Pedido de Compra, deberá presentarse la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:documentación antedicha debidamente actualizada a ese momento.
Appears in 2 contracts
Samples: Service Agreement, Service Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Concesionario deberá contratar por su cuenta y cargo los seguros indicados en los siguientes artículos, y endosarlos a favor del GCBA y con referencia a la presente Licitación Pública, durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio. Es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCBA, o cada vez que el GCBA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Concesionario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su costo actividad. El Concesionario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros enumerados exigidos con antelación no menor a continuacióncuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a lo establecido el presente Pliego en el Capítulo XI - Régimen de Penalidades. El Concesionario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el Pliego, en las formas y los mantendrá vigentes durante toda con la vigencia del Contratoestipulada, incluyendo quedando el GCBA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha siniestro que se produjera en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoeste caso. Lo anterior, en el Queda entendido que, en todos sin perjuicio de su responsabilidad general por los casos en siniestros que esto sea posiblepudieran ocurrir durante el servicio contratados, el CONTRATISTA se obliga ConcesioInFa-r2io018a-s1u6m35e81e0l8i-mp-DorGteTAdLeElTas franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras. Quedará a designar en criterio del GCBA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados contratadas por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Concesionario.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo En caso de corresponder, en las C.P. podrá establecerse la obligación del Proveedor Seleccionado de contratar los seguros enumerados que cubran los riesgos que surjan de los artículos relativos a continuaciónresponsabilidad e indemnidad, y los mantendrá vigentes durante toda además de aquellos que resultaren necesarios para el cumplimiento del contrato. Será responsabilidad exclusiva del Proveedor Seleccionado mantener la vigencia de las pólizas durante todo el período de cumplimiento del Contratocontrato. La no vigencia de alguna póliza sea por la causa que fuere, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta no invalidará la fecha responsabilidad asumida en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoel párrafo anterior. Lo anteriorSin perjuicio de lo mencionado anteriormente, en el entendido quesupuesto de que el Oferente resulte seleccionado y el Servicio concursado o la prestación ofrecida impliquen que su personal (sea propio o contratado) preste Servicios directamente en la Empresa, deberá contar con los siguientes seguros: (i) Seguro de Vida Obligatorio y (ii) Seguro de Accidentes Personales para aquel personal que no esté en condiciones de contar con un seguro de riesgos de trabajo bajo. Esto también es aplicable a los directores y/o accionistas del Proveedor Seleccionado, cuando estén afectados directamente al Servicio. La cobertura, en todos los casos en que esto sea posiblecasos, el CONTRATISTA se obliga deberá comprender los riesgos de muerte e incapacidad total y/o parcial permanente -incluyendo los accidentes laborales- y la cobertura de asistencia médico-farmacéutica. El ámbito de la cobertura debe ser las 24 hs. El monto mínimo a designar en las pólizas de seguros asegurar deberá ser igual o mayor a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450.000) por persona para las pólizas coberturas de seguro, junto con los comprobantes muerte e incapacidad y de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA $ 40.000 para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentesasistencia médico-farmacéutica. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA La póliza deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá designar a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro Empresa como primer beneficiario por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones obligaciones legales y/o muerte convencionales de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por las que sea responsable; y como segundo beneficiario el CONTRATISTA y/o su personal asegurado y/o sus subcontratistas herederos legales según corresponda. Asimismo, deberá requerir a su aseguradora de riesgos del trabajo la emisión del correspondiente certificado con la inclusión de una cláusula de no repetición a favor de la Empresa, conforme la siguiente sugerencia: "[Denominación de la ART] renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra Aerolíneas Argentinas S.A., Jet-Paq S.A., Aerohandling S.A. y Optar Operador Mayorista de Servicios Turísticos S.A. (la “Empresa”), sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el artículo 39.5 de la ley N° 24.557 (o la que en el futuro la reemplace) o en cualquiera otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar, contratar o abonar al personal dependiente o ex - dependiente de [denominación del Proveedor Seleccionado] alcanzados por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y descarga el lugar de equipostrabajo y viceversa, como así también mantener indemne a la Empresa ante una acción judicial que pudiera plantearse en forma conjunta y en invocación de una supuesta responsabilidad solidaria. Seguros Todos los seguros mencionados anteriormente deberán contratarse en compañías de prestigio, a entera satisfacción de la Empresa, y deberán presentarse en la dependencia que la Empresa designe, copias de todas las pólizas y de los respectivos comprobantes de pago para automotoressu verificación y control. Esta presentación deberá realizarse dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la notificación de la selección y previo al inicio de la prestación del Servicio. La no presentación de la documentación antes indicada será motivo suficiente para revocar la selección sin derecho para el Proveedor Seleccionado a reclamo alguno. En el caso del pago de los premios de los seguros en cuotas, equipamiento vialse deberán presentar los comprobantes del pago de estos dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de cada cuota. En caso de prórroga del contrato o Documento de Compra, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:deberá presentarse la documentación antedicha debidamente actualizada a ese momento.
Appears in 1 contract
Samples: General Conditions
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta Consultor será responsable y estará obligado, a reparar, subsanar, compensar, indemnizar, efectuar toda acción correctiva y pagar todo gasto que sea procedente, debido a daños, perjuicios, lesiones, muertes y pérdidas de todo tipo que afecten a terceras personas o cosas y a las obras e instalaciones de METRO S.A., que se produzcan con motivo de la ejecución del Contrato a causa de negligencias, acciones y omisiones de su costo responsabilidad, de su personal, de sus subConsultors, de terceros que actúen en su representación o del personal de cualquiera de ellos. Con el objeto de cubrir estos riesgos y de asegurar la correspondiente indemnización a los seguros enumerados afectados, incluyendo el pago xx xxxxxx judiciales, si las hubiere, el Consultor deberá entregar junto con los 3 (tres) ejemplares del Contrato firmado, y mantener vigente durante todo el desarrollo del servicio, las pólizas de seguro que se señalan a continuación: El Consultor deberá contratar y mantener vigente de acuerdo con los términos ya expuestos, un seguro de Responsabilidad Civil Cruzada y daños a vehículos, por un monto de 1.000 U.F. (mil Unidades de Fomento), que ampare cualquier daño que se cause a terceras personas o a sus bienes, entendiendo por tales a personas ajenas a la obra o dependientes de ella, como consecuencia de las acciones derivadas de la ejecución del contrato, sean ellos originados por el Consultor o por cualquier dependiente de él, y ya sea que se trate de daños causados por personas, máquinas herramientas o elementos que de él dependan y por causas voluntarias, involuntarias, fortuitas o accidentales. El Consultor no iniciará ni permitirá que algún SubConsultor inicie trabajos, mientras el Seguro de Responsabilidad Civil no haya sido contratado. Este seguro deberá ser tomado por el Consultor estableciendo como único beneficiario a la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. El Consultor deberá contratar un seguro que cubra cualquier lesión o daño accidental que puedan sufrir los mantendrá trabajadores y otras personas empleadas por el Consultor y los subConsultors, y que se produzca durante la ejecución del Contrato. Deberá cubrir las indemnizaciones por muerte, incapacidad total o parcial permanente y los gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios. El Consultor deberá tomar la póliza en una Compañía Aseguradora debidamente autorizada, a partir de la fecha de la iniciación de las actividades del Contrato, sujeta a la Cláusula de Inclusiones y Exclusiones Automáticas de Personal y con vigencia hasta la fecha de recepción provisional de las obras. Los capitales asegurados serán los adecuados a las compensaciones determinadas por ley o según el caso, a montos suficientes que cubran las posibles indemnizaciones por accidente. En todo caso, dichos capitales asegurados deberán ser aprobados por METRO S.A. y mantenerse vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismono pudiendo el Consultor reducirla, restringirla, o hasta variar la fecha en que todos los materialesextensión de la misma, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en ni alterar el entendido que, en todos los casos en que esto sea posiblecontrato de seguro de ninguna forma sin consentimiento de METRO S.A. En general, el CONTRATISTA se obliga personal que labore en faenas del Contrato deberá estar protegido contra riesgos de accidentes laborales en conformidad a designar las leyes chilenas. Adicionalmente, el Consultor será cotizante de alguna Mutualidad de Seguridad chilena, de acuerdo a lo establecido en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferenteLey N° 16.744 y sus Reglamentos y acreditar mensualmente los pagos laborales y previsionales. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguroConsultor será plenamente responsable, junto con los comprobantes de pago correspondientesademás, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago del cumplimiento de las facturas correspondientes en tanto leyes laborales de todo el CONTRATISTA no acredite fehacientementepersonal que destine al Contrato, y a satisfacción sea este propio o subcontratado, como asimismo de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, todas las leyes y demás normas vigentesde seguridad e higiene ambiental que corresponda. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a No obstante los seguros contratados, el Consultor será responsable por todos los empleados del CONTRATISTAriesgos no asegurados, o así como por la diferencia que pueda existir entre lo pagado realmente por la Compañía de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal Seguros y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados valor total del daño producido por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:siniestro.
Appears in 1 contract
Samples: Transportation Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará 8.1 EL(LOS) BIEN(ES) materia del presente contrato se deberá(n) encontrar permanentemente asegurado(s) en forma suficiente contra todo tipo de riesgos susceptibles de afectar o destruirlo(s). En tal sentido, TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS con autorización y por su cuenta y cargo de EL CLIENTE, contratará la(s) póliza(s) con la Compañía de Seguros que a su costo propio criterio estime conveniente(s), considerando las coberturas suficientes y por el plazo total de la operación, la(s) respectiva(s) Póliza(s) de seguro será(n) financiada(s), en forma adicional, por el mismo plazo de la operación de Arrendamiento Financiero. La(s) Xxxxxx(s) de seguro(s) contratada(s) por TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS por cuenta y cargo del cliente, deberán cubrir obligatoriamente (i) el valor total de EL(LOS) BIEN(ES) en caso de pérdida total o parcial, destrucción, robo, avería o cualquier clase de daño que pueda sufrir el mismo (ii) el pago de cualquier indemnización contra terceros por responsabilidad civil frente a terceros, daños propios, responsabilidad civil frente a ocupantes, accesorios, imprudencia culposa, rehabilitación automática de la suma asegurada de daño propio o cualquier otro tipo de responsabilidad frente a terceros que pueda ser causada por EL(LOS) BIEN(ES). Asimismo, la(s) Póliza(s) de Seguro(s) podrán cubrir cualquier otro riesgo que TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS considere como necesarios. EL CLIENTE declara conocer los seguros enumerados términos y coberturas de la(s) respectiva(s) Póliza(s).
8.2 TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS determinará las condiciones de emisión de la(s) Póliza(s) de Seguro, de acuerdo a continuaciónlas necesidades que estime conveniente según la naturaleza de EL(LOS) BIEN(ES).
8.3 TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS aceptará el Endoso a su favor de una Póliza de Xxxxxxx contratada por EL CLIENTE, sólo si los términos y condiciones de la misma satisfacen las exigencias que TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS indique, y los mantendrá vigentes durante toda debe provenir de una Compañía de Seguros altamente calificada y solvente, a criterio y a satisfacción de TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS. En este caso, EL CLIENTE deberá mantener permanentemente vigente la(s) Póliza(s) de seguro por un monto que respalde el valor de reposición de EL(LOS) BIEN(ES).
8.4 La Póliza que contrate EL CLIENTE deberá contener una cláusula que obligue a la vigencia del ContratoCompañía de Seguros a dar aviso a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS, incluyendo cualquier extensión del mismopor escrito, o hasta y con treinta (30) días de anticipación, respecto a la fecha en proximidad de su vencimiento.
8.5 La Póliza que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos contrate EL CLIENTE deberá también especificar que no podrá ser anulada sin aviso escrito a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS por parte de la compañía aseguradora con un mínimo de 15 (quince) días de anticipación.
8.6 En los casos en que esto sea posible, EL CLIENTE no efectuara la renovación de la Póliza con la antelación debida y/o TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS no recibiera el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas aviso escrito de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vezcompañía aseguradora con la anticipación antes indicada, TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS podrá contratarla(s) directamente, por cuenta y cargo de EL CLIENTE, en la EMPRESA podrá suspendercompañía de seguros y en los términos que estime convenientes, comprometiéndose EL CLIENTE a reembolsar a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS el importe de las primas y gastos que éste se hubiese visto obligado a pagar, así como los intereses fijados de acuerdo a la tasa máxima para operaciones activas que establezca el Banco Central de Reserva del Perú, sin que tal omisión exima a EL CLIENTE de su responsabilidad algunafrente a la eventual ocurrencia de un siniestro sin el respaldo de la respectiva cobertura del Seguro.
8.7 EL CLIENTE se obliga específicamente a realizar en forma puntual y oportuna el pago o renovación de el/los Seguro Obligatoria de Accidentes de Tránsito - SOAT que corresponda/n pagar con relación a EL(LOS) BIEN(ES), debiendo realizar el pago de las facturas correspondientes en tanto el/los mismo/s dentro de los plazos establecidos para ello conforme x xxx. En caso dichos pagos no fueran realizados, TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS podrá contratar directamente, por cuenta y cargo de EL CLIENTE, el/los referido/s SOAT, obligándose EL CLIENTE a reembolsar a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS el CONTRATISTA no acredite fehacientementeimporte de lo pagado, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago dentro de las correspondientes primas24 (veinticuatro) horas del requerimiento de TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá EL CLIENTE asume plena responsabilidad frente a la EMPRESA informada eventual ocurrencia de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontratesiniestros, según lo establecido en el presente Contratoaccidentes, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistaspérdidas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones reclamo y/o muerte multas ocasionadas debido a la ausencia de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:del SOAT.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda 11.1 Durante la vigencia del Contrato, incluyendo el Contratista suscribirá y mantendrá un seguro de responsabilidad civil con una cobertura de 2.500.000 EUR (dos millones quinientos mil euros) por siniestro para daños materiales y daños personales causados por cualquier extensión acto u omisión del mismoContratista. Únicamente se podrá efectuar una reclamación en virtud de este seguro si el Contratista es responsable con arreglo a estas Condiciones Generales VVT y/o al Contrato.
11.2 El Cliente deberá suscribir y mantener - o encargarse que un miembro del Grupo del Cliente suscriba y mantenga - durante la vigencia del Contrato, el Proyecto, los Servicios, el Alquiler y el Trabajo un seguro principal de transporte, CAR (Seguro de todo riesgo de construcción), EAR (Seguro de todo riesgo de montaje) o similar, que ofrezca al menos una cobertura adecuada para pérdidas de equipos y/o daños materiales y/o daños personales ocasionados a o por la Carga y/o el Trabajo. El seguro deberá ofrecer cobertura en el Lugar, así como durante el transporte.
11.3 Salvo que expresamente se haya acordado otra cosa, el Contratista asegurará su Equipo contra pérdidas y daños materiales durante el Proyecto, el Alquiler y/o los Servicios. La póliza del seguro establecerá que las aseguradoras renuncian a cualquier derecho de subrogación frente al Cliente. Si el Contratista no ha suscrito un seguro xx xxxxx para cubrir los daños materiales que sufran los Equipos, el propio Contratista será responsable de los daños y/o pérdidas de los Equipos, salvo por el importe que el Contratista acepte normalmente como franquicia en caso de suscribir un seguro, hasta la fecha en que un máximo de 25.000 EUR (veinticinco mil euros) por siniestro.
11.4 Las Partes suscribirán además todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, seguros obligatorios en virtud de la legislación aplicable.
11.5 El seguro mencionado en el entendido que, apartado 11.2 será considerado en todos los casos como el seguro principal en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en relación con las pólizas suscritas por el Contratista y sus subcontratistas. El seguro mencionado en el apartado 11.2 establecerá que las aseguradoras renuncian a cualquier derecho de seguros subrogación frente al Contratista, sus subcontratistas, y sus empleados y subordinados. El Contratista figurará como coasegurado en la póliza.
11.6 Cuando así se le solicite, cualquier Parte facilitará a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a otra Parte un certificado u otra prueba fehaciente de la EMPRESA existencia de la póliza (o de las pólizas de pólizas) del seguro, junto de conformidad con los comprobantes las disposiciones de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:este artículo 11.
Appears in 1 contract
Samples: Condiciones Generales De La Asociación De Transporte Vertical
SEGUROS. 33.1. El CONTRATISTA tomará Constructor es conocedor, por ser su cuenta profesión habitual la de la construcción, de las condiciones de realización y a características de los trabajos de este contrato así como de los posibles riesgos que ellos suponen, sea cual fuere su costo naturaleza. Será responsable de la seguridad de su personal, de los seguros enumerados a continuaciónaccidentes, y de los mantendrá vigentes durante toda daños que este personal o su maquinaria puedan producir, trabajando por administración para otros constructores o para la vigencia Promotor.
33.2. Serán de cuenta del ContratoConstructor la suscripción de pólizas de seguros que cubran los accidentes, incluyendo cualquier extensión daños o averías que su personal, equipo, o trabajos puedan ocasionar al personal, equipo e instalaciones del Propietario, o de otras sociedades participantes en las obras. Así mismo, o hasta serán a cargo del Constructor la fecha en contratación de pólizas de seguros que todos cubran los materialesdaños a terceros (vecinos, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde transeúntes, ), así como pólizas de seguros para los Servicios se hubieran prestadoriesgos de incendios.
33.3. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en El Constructor suscribirá todas las pólizas de seguros que sean necesarias, para cubrir la total responsabilidad civil o penal en los trabajos a realizar. Una vez contratadas las pólizas, se justificará la contratación y pago de la prima al Promotor que, caso de que estime las mismas insuficientes, podrá exigir su complemento, así como la justificación de que siguen en vigor en todo momento, en el bien entendido que la falta de justificación no hace ni de forma directa ni indirecta responsable al Promotor.
33.4. El Constructor no reclamará del Promotor indemnizaciones por los daños y averías producidos en su material y equipo durante la realización de los trabajos.
33.5. En la firma de la recepción de la obra el Constructor entregará al Promotor los seguros, debidamente abonada su prima, que garanticen las responsabilidades y daños que por periodos decenal, trianual y anual establece el artículo 17 de la Ley 38/1999 de 5 noviembre de Ordenación de la Edificación. Sin la entrega de dichas garantías no se procederá a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte recepción de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el obra ni al pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:cantidades pendientes.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Ejecución De Obras
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará 24.1. Sin perjuicio de su responsabilidad bajo Contrato, y sin que esta cláusula limite la misma, el Contratista contratará y mantendrá vigente por su cuenta y a su costo cargo en todo momento durante el curso del presente Contrato y, con compañías de reconocido prestigio y en términos y condiciones de cobertura a satisfacción de Acuamed, los seguros enumerados descritos a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización Cualquier rechazo por parte de la EMPRESA. A su vezAcuamed de los términos y condiciones de cobertura propuestos por el Contratista, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes deberá estar basado en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESAmotivos razonados. Se entenderá entiende que los montos establecidos de dichos seguros nunca serán inferiores a los obligatorios según las leyes y normas vigentes y que su mantenimiento no variará ninguna de las obligaciones de indemnización establecida por Contrato.
a) Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir las reclamaciones de terceros por daños materiales, daños personales y sus consecuencias de los que el Contratista sea legalmente responsable, bien sea directa, solidaria o subsidiariamente, y que sean consecuencia del desarrollo de sus obligaciones conforme a lo establecido en el Contrato desde el inicio de los trabajos hasta la EMPRESA expiración del Periodo de Garantía establecido en la Cláusula Vigésimo Tercera, y con la obligación de extender la cobertura en los casos de las extensiones previstas en dicha cláusula. El límite de esta póliza de seguro será de quinientos mil euros (500.000 €).
b) Responsabilidad Civil Patronal, con un sublímite de trescientos mil euros (300.000 €) por víctima por los que sea legalmente responsable.
c) Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio y Voluntario de Automóviles, en su caso, para cubrir toda responsabilidad civil derivada de daños materiales, daños corporales y sus consecuencias, derivada del uso de todos aquellos vehículos necesarios para la cobertura ejecución de los distintos riesgos nunca serán inferioreseste Contrato y que tengan obligación de tener seguro de automóviles conforme a la legislación que les sea aplicable.
d) Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo para todo el personal del Contratista y de sus subcontratistas, así como cualquier otro seguro de contratación obligatoria de acuerdo a la legislación durante el período de duración del Contrato.
e) Seguro de daños, en su caso, a los obligatorios según equipos de construcción alquilados, arrendados por el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTAContratista o de su propiedad, o de cualesquiera de sus subcontratistas: el Contratista o sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista suscribirán pólizas de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratarseguro para cubrir, por su cuenta valor de reposición, los daños que sufran los equipos de construcción, maquinaria, herramientas y cargodemás bienes que se utilicen en la ejecución de los trabajos objeto de este Contrato. En caso de siniestro, un seguro por accidentes personales e independientemente de la causa, el Contratista y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas renuncian de forma expresa al derecho de recurso contra Acuamed por cualquier daño o pérdida que sufran dichos bienes, comprometiéndose a comunicar por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:escrito a sus Compañías Aseguradoras esta renuncia a recurso.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Engineering Services
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y Adjudicatario está obligado a su costo contratar los seguros enumerados que cubran los riesgos que surjan de los arts. 10 y 11 de estas C.G. además de aquellos que resultaren necesarios para el cumplimiento de contrato, sin perjuicio de los que se requieran de acuerdo a continuación, y los mantendrá vigentes lo establecido en las C.P. durante toda el tiempo de vigencia del contrato o de sus renovaciones o prórrogas. Será responsabilidad exclusiva del Adjudicatario mantener la vigencia de las pólizas durante todo el período de cumplimiento del Contratocontrato. La no vigencia de alguna póliza, incluyendo cualquier extensión del mismosea por la causa que fuere, o hasta no invalidará la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, responsabilidad asumidas en el entendido quepárrafo anterior. El Adjudicatario se obliga a contratar los siguientes seguros:
(i) Seguro sobre los bienes: El Adjudicatario se obliga a contratar y mantener vigente una cobertura sobre los bienes de su propiedad o bajo su guarda, custodia o control afectado a las tareas objeto del contrato por las coberturas y sumas aseguradas suficientes para reponer los mismos en caso de siniestro. La póliza deberá cubrir los riesgos de pérdidas y daños por accidente, incendio y/o robo total y/o parcial sobre equipos y/o vehículos de propiedad del Adjudicatario o del tercero por él contratado y/o arrendados por el Adjudicatario o por dicho tercero, siempre a satisfacción de la Empresa.
(ii) Seguro de responsabilidad civil: El Adjudicatario deberá contratar un seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva que específicamente incluya dentro de la cobertura las tareas a llevar cabo por Adjudicatario, con la cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada por un importe no inferior a $ 3.000.000 o el monto que se establezca en las C.P., designando a Aerolíneas Argentinas S.A. o Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A. como asegurado adicional o tercero, según corresponda. Además deberá incluir las siguientes cláusulas:
a) Una cláusula de renuncia a la subrogación contra laEmpresa.
b) Que el pago del premio y la franquicia estará exclusivamente a cargo del Asegurado Principal.
c) Que la franquicia a cargo del Asegurado no podrá exceder del 10% de la indemnización, con un mínimo del 1% y un máximo del 3%, ambos de la suma asegurada al momento del siniestro, por cadaacontecimiento.
d) Una cláusula de NO anulación, modificación o suspensión, sin previo aviso de manera fehaciente y con al menos treinta (30) días de anticipación al asegurado adicional o tercero (la Empresa). Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, en todos los casos casos, si el servicio concursado o la prestación ofrecida implican que personal del Oferente (propio o contratado) preste servicios directamente en que esto sea posiblela Empresa, el CONTRATISTA se obliga Adjudicatario deberá contratar los siguientes seguros:
(iii) Seguro de Vida Obligatorio: Todas las personas afectadas al servicio deberán encontrarse cubiertas por este seguro.
(iv) Seguro de Accidentes del Trabajo: Seguro de Riesgos del Trabajo: Leyes 27.348, 26.773 y 24.557 y sus modificatorias, Decreto 1694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, y las que en el futuro las modifiquen o sustituyan, para todo el personal en relación de dependencia afectado al servicio incluyendo la siguiente cláusula:
(v) Seguro de Accidentes Personales: Cuando el Adjudicatario utilizare personal que no esté en condiciones de contar con un seguro de riesgos de trabajo bajo las normas especificadas ut-supra, en lugar de los seguros antes mencionados, el Adjudicatario deberá contratar un seguro de accidentes personales. Esta disposición también es aplicable a designar los directores y/o accionistas del Adjudicatario, cuando estén afectados directamente al servicio. La cobertura, en todos los casos, deberá comprender los riesgos de muerte e incapacidad total y/o parcial permanente -incluyendo los accidentes laborales- y la cobertura de asistencia médico farmacéutica. El ámbito de la cobertura debe ser las pólizas de seguros 24 hs. El monto mínimo a asegurar deberá ser igual o mayor a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450.000) por persona para las pólizas coberturas de seguro, junto con los comprobantes muerte e incapacidad y de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA $ 40.000 para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentesasistencia médico farmacéutica. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA La póliza deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá designar a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro Empresa como primer beneficiario por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones obligaciones legales y/o muerte convencionales de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por las que sea responsable; y como segundo beneficiario el CONTRATISTA y/o su personal asegurado y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo herederos legales según corresponda. Todos los seguros mencionados anteriormente deberán contratarse en compañías de prestigio, a entera satisfacción de la guarda del CONTRATISTAEmpresa, y deberán presentarse en la dependencia que la Empresa designe copias de todas las pólizas y de los respectivos comprobantes de pago para su verificación y control. La cobertura Esta presentación deberán realizarse dentro de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:diez
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
SEGUROS. 1. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
A. Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato.
B. Este seguro contara como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas.
C. El CONTRATISTA tomará límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a 600.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 300.000 euros.
D. En el caso de que la empresa adjudicataria causase daños a CICC, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza. Si los daños se causasen a cualquier otro tercero, CICC, sus bienes o personal tendrán la consideración de asegurados dentro de la póliza de responsabilidad civil. En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza.
2. La empresa adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el ANEXO VII denominado “Certificado de la entidad aseguradora”. La empresa adjudicataria deberá mantener a su costo xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los servicios que deba acometer, las coberturas siguientes: La empresa adjudicataria y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan. Serán a cargo de la empresa adjudicataria los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales. Seguro de responsabilidad de suscripción obligatoria y responsabilidad civil voluntaria, nunca inferior a 1.000.000 euros, tanto para vehículos propios como para otros que pudiera usar la empresa adjudicataria.
3. La contratación de los seguros enumerados a continuaciónmencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa adjudicataria en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, y atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los mantendrá vigentes durante toda aseguradores.
4. Durante la vigencia del Contratocontrato, incluyendo cualquier extensión del mismoCICC podrá pedir a la adjudicataria que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o hasta la fecha que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeprimas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento.
5. El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de CICC se considerará falta contractual grave, reservándose CICC el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la EMPRESA, el cumplimiento integral adjudicataria los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasCICC en los plazos por ésta requeridos.
6. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna Las obligaciones que se establecen para la EMPRESA de abonar interesesadjudicataria, actualizaciones, multas o cualquier otra suma se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresella contratados y, en su casogeneral, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados participantes en la ejecución del CONTRATISTAcontrato, o de cualesquiera de sus subcontratistas debiendo en consecuencia trasladar y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:controlar estas obligaciones.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Graphic Design Services
SEGUROS. 1. La empresa/s adjudicataria/s se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa/s adjudicataria/s contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
a) Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato.
b) Este seguro contara como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas.
c) El CONTRATISTA tomará límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a 1.000.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 300.000 euros.
d) En el caso de que la empresa/s adjudicataria/s causase daños a KURSAAL, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza. Si los daños se causasen a cualquier otro tercero, KURSAAL, sus bienes o personal tendrán la consideración de asegurados dentro de la póliza de responsabilidad civil. En todo caso, será por cuenta de la empresa/s adjudicataria/s el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza. La empresa/s adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el Anexo VI denominado “Certificado de la entidad aseguradora”.
2. La empresa/s adjudicataria/s deberá mantener a su costo xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los trabajos y/o servicios que deba acometer, las coberturas siguientes: - La empresa/s adjudicataria/s y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan. - Serán a cargo de la empresa/s adjudicataria/s los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales. - Seguro de responsabilidad de suscripción obligatoria y responsabilidad civil voluntaria, nunca inferior a 50.000.000 euros, tanto para vehículos propios como para otros que pudiera usar la empresa/s adjudicataria.
3. La contratación de los seguros enumerados a continuaciónmencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa/s adjudicataria/s en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, y atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los mantendrá vigentes durante toda aseguradores.
4. Durante la vigencia del Contratocontrato, incluyendo cualquier extensión del mismoKURSAAL podrá pedir a la adjudicataria/s que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o hasta la fecha que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeprimas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento.
5. El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de KURSAAL se considerará falta contractual grave, reservándose KURSAAL el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la EMPRESA, el cumplimiento integral adjudicataria/s los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasKURSAAL en los plazos por ésta requeridos.
6. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna Las obligaciones que se establecen para la EMPRESA de abonar interesesadjudicataria, actualizaciones, multas o cualquier otra suma se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresella contratados y, en su casogeneral, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados participantes en la ejecución del CONTRATISTAcontrato, o de cualesquiera de sus subcontratistas debiendo en consecuencia trasladar y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:controlar estas obligaciones.
Appears in 1 contract
SEGUROS. 1. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
a) Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato.
b) Este seguro contara como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas.
c) El CONTRATISTA tomará límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a 600.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 300.000 euros.
d) En el caso de que la empresa adjudicataria causase daños a CICC, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza. Si los daños se causasen a cualquier otro tercero, CICC, sus bienes o personal tendrán la consideración de asegurados dentro de la póliza de responsabilidad civil. En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza. La empresa adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el ANEXO VII denominado “Certificado de la entidad aseguradora”.
2. La empresa adjudicataria deberá mantener a su costo xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los servicios que deba acometer, las coberturas siguientes: - La empresa adjudicataria y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan. - Serán a cargo de la empresa adjudicataria los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales. - Seguro de responsabilidad de suscripción obligatoria y responsabilidad civil voluntaria, nunca inferior a 1.000.000 euros, tanto para vehículos propios como para otros que pudiera usar la empresa adjudicataria.
3. La contratación de los seguros enumerados a continuaciónmencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa adjudicataria en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, y atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los mantendrá vigentes durante toda aseguradores.
4. Durante la vigencia del Contratocontrato, incluyendo cualquier extensión del mismoCICC podrá pedir a la adjudicataria que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o hasta la fecha que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeprimas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento.
5. El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de CICC se considerará falta contractual grave, reservándose CICC el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la EMPRESA, el cumplimiento integral adjudicataria los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasCICC en los plazos por ésta requeridos.
6. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna Las obligaciones que se establecen para la EMPRESA de abonar interesesadjudicataria, actualizaciones, multas o cualquier otra suma se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresella contratados y, en su casogeneral, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados participantes en la ejecución del CONTRATISTAcontrato, o de cualesquiera de sus subcontratistas debiendo en consecuencia trasladar y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:controlar estas obligaciones.
Appears in 1 contract
Samples: Contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo LA OPERADORA deberá contratar los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios más abajo se hubieran prestado. Lo anteriordetallan, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas forma previa al Acta de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, Inicio por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muertea satisfacción de EL CONCESIONARIO, respecto a saber:
a) Laborales: Desde el punto de cada una vista de las personas involucradasobligaciones para con su personal, el CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación y normativa vigente, debiendo liquidar y abonar puntualmente los haberes, adicionales de CCT, SAC, Vacaciones y demás obligaciones laborales, y presentando los comprobantes de pago de aportes previsionales, ART, seguros, exámenes preocupacionales, etc., dando fiel cumplimiento a las disposiciones de la legislación laboral y previsional vigente en la materia. No podrán hacer deducciones xx xxxxxxx que no estén autorizadas reglamentariamente o por resolución judicial. El CONTRATISTA deberá cumplir, respetar y hacer respetar las normas vigentes de Higiene y Seguridad Industrial. La OPERADORA responderá por cualquier acción judicial que pudieran interponer dependientes suyos o de sus subcontratistas o los derechos habientes de estos, obligándose al pago íntegro de los gastos y honorarios que puedan generarse por este concepto. De la misma forma y con igual alcance responderá ante cualquier requerimiento de autoridad competente en un expediente administrativo, siempre que el mismo fuera completamente procedente.
b) Incendio: Destrucción total o parcial de edificios, instalaciones y equipamiento una vez firmada el Acta de Recepción de los TRABAJOS.
c) Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los TRABAJOS y durante todo el período de la Explotación. Contando la OPERADORA con una póliza global que cubre la Responsabilidad Civil de sus actividades por un monto mínimo equivalente de Pesos Cien Millones ($ 100.000.000) que se actualizará según la variación que pudiera ocurrir en la tarifa de peaje Cat. 2 de la Estación de Peaje de la RAC de Xxxx Xxxxxxxx X° 00 desde el mes de inicio de la explotación. Durante el transcurso del Contrato de Explotación se aplicarán las disposiciones indicadas en las cláusulas 15.3 a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda 15.4.2 del Contrato de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda Concesión con las adaptaciones del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:caso.
Appears in 1 contract
Samples: Explotación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Sin perjuicio de su responsabilidad bajo contrato y de las obligaciones establecidas en la legislación vigente, el Contratista, contratará y mantendrá vigente por su cuenta y a su costo cargo en todo momento durante curso del presente contrato una póliza de responsabilidad civil (general, profesional, post-trabajos, productos o de cualquier otro tipo adecuada a la naturaleza y objeto de la prestación derivada del contrato) por cuantía suficiente –nunca inferior a 300.000 Euros- para cubrir el nacimiento a cargo del Contratista o del ISFOC, por causas imputables al primero, de la obligación de indemnizar a un tercero perjudicado los seguros enumerados daños y perjuicios causados tanto en su persona como en sus bienes por hechos derivados del contrato. El Contratista ha entregado la referida póliza al ISFOC previamente a continuaciónla formalización de este contrato, copia de la cual se adjunta al contrato como Xxxxx XXX y certificado expedido por la compañía aseguradora acreditativo de que la misma se encuentra al corriente del pago, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia en vigor. El hecho de suscribir estas pólizas, cuyas primas serán íntegramente a cargo del Contratocontratista no eximirá a este de las responsabilidades previstas en este contrato. ISFOC, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorpodrá, en el entendido quecualquier momento, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en exigir al Contratista la exhibición de las pólizas de seguros a la EMPRESA suscritas para este contrato, así como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes recibos acreditativos de encontrarse al corriente de pago correspondientesde la prima correspondiente, y no podrá cancelar o modificar, en el caso de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, incumplimiento en el pago de la prima, ISFOC podrá proceder a la suscripción de las facturas correspondientes referidas pólizas en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, la forma señalada y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral xxxxx del contratista. El incumplimiento de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá dará lugar a la EMPRESA informada resolución del contrato e ISFOC podrá exigir la correspondiente indemnización de todo cambio daños y perjuicios que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:dicho incumplimiento le haya podido ocasionar.
Appears in 1 contract
Samples: Cleaning Services Agreement
SEGUROS. 16.1 El CONTRATISTA tomará por su cuenta deberá sin condicionamiento, obtener y mantener vigentes a su costo costo, mientras dure los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en riesgos coberturados por las pólizas de seguros señalados en el Anexo D. Dichos seguros deberán ser contratados con una compañía de seguros debidamente habilitada y registrada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS para operar en el Estado Plurinacional de Bolivia con calificación de cuando menos A1 xx Xxxxx (o equivalente), emitida por una agencia calificadora independiente.
16.2 El CONTRATISTA extranjero podrá presentar pólizas de su país de origen cuyas coberturas estén de acuerdo a lo solicitado en el Anexo D, siempre y cuando dicho contratista no tenga residencia, ni haya constituido una sucursal en el Estado Plurinacional de Bolivia. La presentación podrá ser en digital o copias legalizadas.
16.3 El CONTRATISTA deberá notificar de inmediato a YPFB CHACO sobre cualquier cambio en sus pólizas incluyendo, a título ilustrativo mas no limitativo, los siguientes hechos:
a) Cualquier pérdida que esté cubierta por una póliza
b) Cualquier disputa con una aseguradora
c) La falta de pago de cualquier prima
16.4 Dentro de las 72 horas de la EMPRESA ocurrencia de todo y cada siniestro, el CONTRATISTA deberá enviar la información necesaria sobre dicho siniestro a YPFB CHACO.
16.5 A solicitud de YPFB CHACO, el CONTRATISTA deberá presentar la documentación a través de la cual pueda darse seguimiento y se evidencien los avances que tengan con el siniestro o el reclamo que se haya originado que tenga relación con la ejecución de los Trabajos / servicios / obras por parte del CONTRATISTA. Las franquicias o deducibles serán responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA, incluyendo todos los montos que se encuentren por debajo de la franquicia o deducible.
16.6 En el marco del presente contrato, cualquier reclamación o información que lleve a una posible demanda por responsabilidad civil en contra del Contratista o el GRUPO de YPFB CHACO deberá ser notificada por el CONTRATISTA dentro del plazo de 72 horas de conocida la reclamación o riesgo de demanda. El Contratista tiene la obligación de coordinar con YPFB CHACO todas las acciones que correspondan, y no podrá llegar a acuerdos que excedan sus límites asegurados sin autorización previa.
16.7 El CONTRATISTA deberá requerir y asegurarse que todos sus Subcontratistas contraten y mantengan vigentes las pólizas necesarias a fin de dar cumplimiento a los trabajos/ servicios
16.8 El CONTRATISTA deberá incluir como beneficiaria preferenteasegurados adicionales a YPFB CHACO, a YPFB, sus representantes habilitados y empleados.
16.9 El CONTRATISTA acuerda hacer incluir en todas las pólizas de seguro que contrate para el cumplimiento del presente CONTRATO, la cláusula de renuncia de subrogación de los aseguradores contra YPFB CHACO, YPFB y todos sus cesionarios, Subsidiarias, Afiliadas, mandatarios, funcionarios, directores, empleados, asesores, aseguradores o emisores de pólizas, así como una renuncia a cualquier derecho de los aseguradores a una compensación o contra-reclamación, ya sea mediante un endoso o de cualquier otra manera, en relación con cualquier otro tipo de responsabilidad de cualquiera de aquellas personas aseguradas, en cualquiera de sus pólizas. En las pólizas de vida y accidentes personales no será obligatoria la inclusión de alguna persona, natural o jurídica como asegurado adicional, así como la cláusula de renuncia de subrogación.
16.10 Las pólizas incluirán una cláusula de cancelación en la que se establecerá que la compañía de seguros del CONTRATISTA no podrá cancelar (dejar sin efecto) ni modificar las pólizas sin notificación previa por escrito a YPFB CHACO por lo menos con treinta (30) Días de anticipación., incluso en caso de falta de pago de prima por parte del CONTRATISTA.
16.11 El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA YPFB CHACO originales o copias legalizadas de las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificaremitidas por la aseguradora, de forma algunaacuerdo a lo solicitado en el Anexo D de Seguros.
16.12 Sin perjuicio de las condiciones y seguros requeridas en la presente cláusula y en el Anexo D, las pólizas vigentes sin en caso de falta o insuficiencia de coberturas, incluyendo la previa autorización por parte insolvencia, intervención y/o quiebra de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casosaseguradora, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a asumirá la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro responsabilidad por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones daños y/o muerte pérdidas de terceros todos los bienes de su propiedad y/o daños a bienes de terceros, causados por y no liberará al CONTRATISTA de cumplir con las disposiciones del presente Contrato.
16.13 El CONTRATISTA, renuncia a cualquier tipo de reclamo contra el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será deGRUPO YPFB CHACO, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos términos de América) la Indemnidad otorgada en la respectiva cláusula del presente Contrato.
16.14 Los límites de cobertura exigidos en el Anexo D de Seguros para cada una por evento. La cobertura servicio son mínimos requeridos, pero no limitativos.
16.15 En caso que corresponda la presentación de la póliza de seguros de Responsabilidad Civil General por el Contratista, ésta deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:ser primaria a cualquier otra póliza.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Technical Services
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Sin perjuicio de su responsabilidad bajo contrato y de las obligaciones establecidas en la legislación vigente, el Adjudicatario del contrato, contratará y mantendrá vigente por su cuenta y a su costo cargo en todo momento durante curso del presente una póliza de responsabilidad civil (general, profesional, post-trabajos, productos, subsidiaria subcontratista o de cualquier otro tipo adecuada a la naturaleza y objeto de la prestación derivada del contrato) por cuantía suficiente y nunca inferior a 1.500.000 Euros para cubrir el nacimiento a cargo del Contratista o de ISFOC, por causas imputables al primero, de la obligación de indemnizar a un tercero perjudicado los seguros enumerados daños y perjuicios causados tanto en su persona como en sus bienes por hechos derivados del contrato. En el caso de que el Contratista sea una Unión Temporal de Empresas (UTE), ésta deberá constituir la póliza correspondiente con independencia de las pólizas que individualmente tengan contratadas las empresas que la constituyen. El adjudicatario deberá presentar a continuación, ISFOC antes de la formalización del contrato póliza del seguro y los mantendrá vigentes durante toda certificado expedido por la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta compañía aseguradora acreditativo de que la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios misma se hubieran prestado. Lo anteriorencuentra al corriente de pago, en vigor y para la duración prevista para la ejecución objeto del presente contrato, incluido el entendido queperiodo de garantía. El hecho de suscribir estas pólizas, cuyas primas serán íntegramente a cargo del Contratista no eximirá a ésta de las responsabilidades previstas en este contrato. ISFOC podrá, en todos los casos en que esto sea posiblecualquier momento, el exigir al CONTRATISTA se obliga a designar en la exhibición de las pólizas de seguros a la EMPRESA suscritas para esta obra, así como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes recibos acreditativos de encontrarse al corriente de pago correspondientesde la prima correspondiente, y no podrá cancelar o modificar, en el caso de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, incumplimiento en el pago de la prima, ISFOC podrá proceder a la suscripción de las facturas correspondientes referidas pólizas en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, la forma señalada y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral xxxxx del contratista. El incumplimiento de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá dará lugar a la EMPRESA informada resolución del contrato con pérdida de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:garantía.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará “LICONSA” contratará con una compañía aseguradora debidamente autorizada por la ley, una pó xxxx de seguro para cubrir “EL PRODUCTO” en caso de robo, accidente de tránsito o cualquier otro siniestro, que genere la pérdida o daño desde el momento de la salida de la Planta de origen hasta ser depositado e n los destinos indicados. Por su parte “EL PROVEEDOR” al inicio de “LOS SERVICIOS” deberá entregar a ----------------------------------- --------------------------- , copia de las pólizas de seguro vigentes, contratadas ante una compañía aseguradora debidamente autorizada por la ley, que amparen los daños que pueda ocasionar a terceros en sus bienes y personas, vías generales de comunicación y cualquier otro daño que pudiera generarse por los vehícul os que prestan “LOS SERVICIOS” a “LICONSA” conforme lo establece el Artículo 83 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares. Cuando por causa de accidente de tránsito resulten pérdidas o daños a “EL PRODUCTO” , “EL PROVEEDOR” deberá levantar por su cuenta un acta de tiempo, modo y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha lugar en que todos ocurrieron los materialeshechos, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde ante aut oridad competente para ser entregada en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales ante “LICONSA” , para que ésta realice los Servicios se hubieran prestadotrámites de reclamación an te su aseguradora, cubriendo “EL PROVEEDOR” únicamente el deducible estipulado en la póliza sobre el siniestro ocurrido. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en En caso de que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, aseguradora decline el pago “EL PROVEEDOR” deberá pagar al precio de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeventa cada sobre dañado o brik de UHT dañado, debiendo notificar a ------------------------------------------------------------------------- ---------------- y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicasrequerir la contratación de un tercero para llevar a cabo la distribución, será “EL PROVEED OR” quien cubra el costo correspondiente. Cuando “LICONSA” no declare el CONTRATISTA subcontratevalor de la carga la responsabilidad quedará limitada a la cantidad equivalente a 15 (quince) días de UMA (Unidad de Medida y Actualización), según por tonelada o la parte proporcional que corresponda tratándose de embarques de menor peso, de acuerdo a lo establecido en el presente ContratoArtículo 66 fracción V de la Xxx xx Xxxxxxx, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta Puentes y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Autotransporte Federal.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Electrónica
SEGUROS. 14.1 El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuaciónPrestatario asume la obligación de suscribir un seguro de cobertura total (todo riesgo) que cubra el Objeto del Contrato, con efectos desde el día de la firma del Contrato, y los mantendrá vigentes mantener la cobertura del seguro durante toda la vigencia vida xxx xxxxxxxx.
14.2 El Prestatario designará, siempre que lo permita la modalidad de seguro, como beneficiario del seguro al Financiador, por las cantidades debidas al Financiador en cada momento de acuerdo con el Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la completa satisfacción de todas las obligaciones de pago asumidas por el Prestatario, obligándose a notificar dicha designación de beneficiario a la entidad aseguradora.
14.3 El Prestatario entregará al Financiador copia de la póliza del seguro, y estará obligado a satisfacer puntualmente las primas correspondientes, y a entregar al Financiador copia de los recibos por las primas satisfechas. Asimismo, el Prestatario entregará al Financiador copia de los recibos de las primas satisfechas, cada vez que la póliza se renueve, hasta que el préstamo haya sido completamente pagado al Financiador, de acuerdo con la Tabla de Amortización. cve: BOE-A-2019-4119 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
14.4 Se acuerda expresamente, y el Prestatario asume la obligación de notificárselo así a su entidad aseguradora, que la entidad aseguradora no abonará al Prestatario ninguna cantidad de dinero de acuerdo con el seguro contratado sin la autorización previa y por escrito del Financiador, que quedará subrogado en todos los derechos a percibir las correspondientes indemnizaciones y pagos conforme a la correspondiente póliza de seguro, por las cantidades que le sean debidas en cada momento de acuerdo con el Contrato.
14.5 Si por cualquier motivo la entidad aseguradora entregara cualesquiera cantidades según el contrato de seguro directamente al Prestatario, éste informará de inmediato por escrito al Financiador y le entregará, en la misma fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma algunahubiese recibido, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte cantidades recibidas de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasentidad aseguradora. En dicho supuestocaso contrario, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según se devengarán sobre las mismas el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo interés moratorio establecido en el presente Contrato.
14.6 En el caso de que las cantidades recibidas por el Financiador fuesen inferiores al coste total establecido en la cláusula 3.5 y a cualesquiera otros importes debidos de conformidad con el Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx dicho pago no eximirá al Prestatario del pago de la totalidad de las cantidades pendientes de acuerdo con el carácter Contrato.
14.7 Las disposiciones previstas en los apartados 14.1 a 14.6 anteriores, serán de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta aplicación en la medida en que hayan sido expresamente pactadas entre el Prestatario y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una el Financiador en el apartado «Otros acuerdos» de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Condiciones Particulares.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Financiación a Comprador De Bienes Muebles
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará 8.1 EL(LOS) BIEN(ES) materia del presente contrato se deberá(n) encontrar permanentemente asegurado(s) en forma suficiente contra todo tipo de riesgos susceptibles de afectar o destruirlo(s) . En tal sentido, TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS con autorización y por su cuenta y cargo de EL CLIENTE, contratará la(s) póliza(s) con la Compañía de Seguros que a su costo propio criterio estime conveniente(s), considerando las Coberturas suficientes y por el plazo total de la operación, la(s) respectiva(s) Póliza(s) de seguro será(n) financiada(s), en forma adicional, por el mismo plazo de la operación de Arrendamiento Financiero. La(s) Póliza(s) de seguro(s) contratada(s) por TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS por cuenta y cargo del cliente, deberán cubrir obligatoriamente (i) el valor total de EL(LOS) BIEN(ES) en caso de pérdida total o parcial, destrucción, robo, avería o cualquier clase de daño que pueda sufrir el mismo (ii) el pago de cualquier indemnización contra terceros por responsabilidad civil frente a terceros, daños propios, responsabilidad civil frente a ocupantes, accesorios, imprudencia culposa, rehabilitación auto mática de la suma asegurada de daño propio o cualquier otro tipo de responsabilidad frente a terceros que pueda ser causada por EL(LOS) BIEN(ES). Asimismo, la(s) Póliza(s) de Seguro(s) podrán cubrir cualquier otro riesgo que TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS considere como necesarios. EL CLIENTE declara conocer los seguros enumerados términos y coberturas de la(s) respectiva(s) Póliza(s).
8.2 TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS determinará las condiciones de emisión de la(s) Póliza(s) de Seguro, de acuerdo a continuaciónlas necesidades que estime conveniente según la naturaleza de EL(LOS) BIEN(ES).
8.3 TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS aceptará el Endoso a su favor de una Póliza de Xxxxxxx contratada por EL CLIENTE, solo si los términos y condiciones de la misma satisfacen las exigencias que TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS indique, y los mantendrá vigentes durante toda debe provenir de una Compañía de Seguros altamente calificada y solvente, a criterio y a satisfacción de TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS. En este caso, EL CLIENTE deberá mantener permanentemente vigente la(s) Póliza(s) de seguro por un monto que respalde el valor de reposición de EL(LOS) BIEN(ES).
8.4 La Póliza que contrate EL CLIENTE deberá contener una cláusula que obligue a la vigencia del ContratoCompañía de Seguros a dar aviso a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS, incluyendo cualquier extensión del mismopor escrito, o hasta y con treinta (30) días de anticipación, respecto a la fecha en proximidad de su vencimiento.
8.5 La Póliza que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos contrate EL CLIENTE deberá también especificar que no podrá ser anulada sin aviso escrito a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS por parte de la compañía aseguradora con un mínimo de 15 (quince) días de anticipación.
8.6 En los casos en que esto sea posible, EL CLIENTE no efectuara la renovación de la Póliza con la antelación debida y/o TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS no recibiera el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas aviso escrito de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vezcompañía aseguradora con la anticipación antes indicada, TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS podrá contratarla(s) directamente, por cuenta y cargo de EL CLIENTE, en la EMPRESA podrá suspendercompañía de seguros y en los términos que estime convenientes, comprometiéndose EL CLIENTE a reembolsar a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS el importe de las primas y gastos que éste se hubiese visto obligado a pagar, así como los intereses fijados de acuerdo a la tasa máxima para operaciones activas que establezca el Banco Central de Reserva del Perú, sin que tal omisión exima a EL CLIENTE de su responsabilidad algunafrente a la eventual ocurrencia de un siniestro sin el respaldo de la respectiva cobertura del Seguro.
8.7 EL CLIENTE se obliga específicamente a realizar en forma puntual y oportuna el pago o renovación de el/los Seguro Obligatoria de Accidentes de Tránsito - SOAT que corresponda/n pagar con relación a EL(LOS) BIEN(ES), debiendo realizar el pago de las facturas correspondientes en tanto el/los mismo/s dentro de los plazos establecidos para ello conforme x xxx. En caso dichos pagos no fueran realizados, TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS podrá contratar directamente, por cuenta y cargo de EL CLIENTE, el/los referido/s SOAT, obligándose EL CLIENTE a reembolsar a TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS el CONTRATISTA no acredite fehacientementeimporte de lo pagado, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago dentro de las correspondientes primas24 (veinticuatro) horas del requerimiento de TOTAL SERVICIOS FINANCIEROS. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá EL CLIENTE asume plena responsabilidad frente a la EMPRESA informada eventual ocurrencia de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontratesiniestros, según lo establecido en el presente Contratoaccidentes, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistaspérdidas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones reclamo y/o muerte multas ocasionadas debido a la ausencia de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:del SOAT.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta 1. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el Adjudicatario deberá presentar la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos de responsabilidad civil, amplio, contra cualquier daño, pérdida, lesión o muerte, a terceros y a su costo los seguros enumerados bienes, derivados de negligencia, imprudencia o inobservancia de las reglas del buen arte, en las tareas a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia causa o como consecuencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 de pesos un millón (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América$1.000.000). Dicha póliza deberá mantener plena vigencia durante todo el plazo del Contrato y determinando que la Provincia de Buenos Aires, en la persona de la Agencia de Recaudación, será el asegurado secundario (coasegurado) y contendrán el sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativos del Departamento Judicial de La Plata.
2. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación y en forma previa al perfeccionamiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el Departamento Órdenes de Compra y Facturación de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones la póliza de seguro y el recibo del pago total del premio que, a satisfacción del Comitente, cubra los riesgos del trabajo regidos por la Ley N° 24.557 y sus Decretos Reglamentarios Nº 170/96 y Nº 334/96 (Contrato de afiliación con la ART) y el seguro de vida obligatorio, en ambos casos, sobre la totalidad de la dotación del personal a su cargo afectado y, de corresponder, copia de la póliza de Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros Accidentes Personales, de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados sujetos contratados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o prestador, que no se encuentren bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura relación de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:dependencia.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación Menor
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Sin perjuicio de su responsabilidad bajo Contrato, el Contratista contratará y mantendrá vigente por su cuenta y a su costo cargo en todo momento durante el curso del presente Contrato y, con compañías de reconocido prestigio y en términos y condiciones de cobertura a satisfacción de AcuaMed, los seguros enumerados descritos a continuación. Cualquier rechazo por parte de AcuaMed de los términos y condiciones de cobertura propuestos por el Contratista, deberá estar basado en motivos razonados. Se entiende que los montos de dichos seguros nunca serán inferiores a los obligatorios según las leyes y normas vigentes y que su mantenimiento no variará ninguna de las obligaciones de indemnización establecida por Contrato. Para estos seguros, el Contratista actuará como Tomador del Seguro, y tendrán la consideración de asegurados, AcuaMed como Promotor, sus filiales y/o participadas, Consorcios o UTE´s de los mantendrá vigentes que forme parte como Promotor, funcionarios adscritos al Ministerio de tutela relacionados con los trabajos, y cualquier otra parte con interés asegurable en lo que se refiere a sus actividades relacionadas con la ejecución del Servicio. La contratación de los seguros no eximirá al Contratista de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la aplicación del artículo 1591 párrafo 2º del Código Civil. Los seguros a contratar son los siguientes:
a) Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir las reclamaciones de terceros por daños materiales, daños personales y sus consecuencias de los que el Contratista sea legalmente responsable, bien sea directa, solidaria o subsidiariamente, y que sean consecuencia del desarrollo de sus obligaciones conforme a lo establecido en el Contrato desde el inicio de los trabajos hasta la expiración del Periodo de Garantía establecido en la Cláusula Vigésimo Tercera, y con la bligación de extender a cobertura en los casos de las extensiones previstas en dicha cláusula. El límite de esta póliza de seguro será de ciento cincuenta mil euros (150.000 €).
b) Seguro Obligatorio de Accidentes de Trabajo para todo el personal del Contratista y de sus subcontratistas, así como cualquier otro seguro de contratación obligatoria de acuerdo a la legislación durante toda la vigencia el período de duración del Contrato. Con independencia de lo anterior, incluyendo el Contratista podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Es obligación y responsabilidad del Contratista exigir a cada subcontratista, que tenga concertados los seguros obligatorios que sean exigibles por ley y otros similares (proporcionados al encargo de cada subcontratista) a los estipulados en este Contrato para el Contratista con relación a los trabajos de estos subcontratistas, y aquellos otros que considere necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que le puedan ser exigidas conforme al presente Contrato. El incumplimiento de esta obligación no exime al Contratista de su responsabilidad frente a AcuaMed, asumiendo el Contratista cualquier extensión diferencia entre los seguros solicitados al subcontratista y aquellos estipulados en este Contrato para el Contratista. Las pólizas de seguros indicadas en el apartado a) deberán nombrar a AcuaMed como Asegurado Adicional, recibiendo las indemnizaciones si el riesgo que determina el siniestro corresponde a AcuaMed. Asimismo, en todas las pólizas deberá constar la cláusula adicional por la que la respectiva aseguradora renuncie expresamente a todo derecho de subrogación contra AcuaMed, sus subsidiarias y su personal. Antes del mismoinicio de los trabajos, el Contratista proporcionará a AcuaMed copia firmada por el asegurador de las pólizas contratadas. AcuaMed podrá solicitar el cambio de asegurador cuando el mismo no merezca confianza en virtud de situaciones económicas y/o financieras sobrevinientes que demostraren un estado de insolvencia y/o cualquier otra circunstancia que pusiera en duda la validez de la cobertura otorgada. El coste de los seguros indicados será a cargo del Contratista en todos los casos. Si se tratase de seguros con franquicia, el monto de la misma deberá ser aprobado previamente por AcuaMed. Cualquier rechazo por parte de AcuaMed de la franquicia propuesta, deberá estar basado en motivos razonados y teniendo en consideración las condiciones xxx xxxxxxx asegurador. Asimismo, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por franquicias y/o descubiertos de los seguros que contrate, también deberá ser soportada por el Contratista. En caso de que el siniestro fuese total o parcialmente imputable a AcuaMed, ésta reintegrará al Contratista el monto de la franquicia que éste hubiese pagado en forma proporcional a su responsabilidad. Si el Contratista no obtiene y/o no mantiene los seguros previstos en el Contrato, o hasta no proporciona los correspondientes certificados y las constancias de pago dentro de los treinta (30) días siguientes al inicio de los trabajos o de la fecha en que todos dicho seguro fuese requerido de conformidad con los materialesriesgos asegurados y los respectivos Programas de Ejecución Parcial, equipos AcuaMed, tendrá derecho a procurar una cobertura de seguros similar, cuyos costes serán cargados al Contratista y empleados oportunamente descontados de cualquier suma que AcuaMed adeudase o, a su exclusivo criterio, podrá resolver el Contrato por causas imputables al Contratista, según se establece en la Cláusula 13.20 del CONTRATISTA sean removidos presente pliego. El Contratista queda obligado a informar por escrito a AcuaMed de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. Asimismo, el Contratista no podrá solicitar ante la aseguradora la anulación, modificación o enmienda material de las pólizas suscritas sin el previo consentimiento por escrito de AcuaMed, lo que deberá constar en las mismas pólizas. En el supuesto de que, de acuerdo con lo previsto en la 13.17 del lugar donde los Servicios presente pliego se hubieran prestado. Lo anteriorprodujese una Modificación del Servicio con aumento de las actividades y del Precio, el Contratista estará obligado a incrementar, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posibleigual medida, el CONTRATISTA se obliga a designar en importe de la póliza de seguro contratado, suscribiendo, al efecto, las correspondientes pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas ampliación de seguro, junto con . Estas pólizas que deberán cumplir los comprobantes de pago correspondientes, mismos requisitos y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal suscribirse en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal términos previstos en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:párrafos anteriores.
Appears in 1 contract
Samples: Legal Advisory Service Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará La empresa contratista es responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle de las prestaciones y servicios realizados, así como, de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Si el contrato se ejecuta en forma compartida con más de un profesional o empresa, todos responderán solidariamente. Será por su cuenta y del Contratista indemnizar los daños que se origine a su costo los seguros enumerados a continuaciónterceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros relevando a la EMPRESA como beneficiaria preferenteAutoridad Portuaria de toda responsabilidad o reclamación que le fuese exigida al respecto. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas Contratista no sólo responderá de segurosus propios actos, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura 37 sino también de los distintos riesgos nunca serán inferioressubcontratistas, en su caso, a de los obligatorios según el CPCdel personal que preste sus servicios y de los de las demás personas por quien deba responder, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos acuerdo con la legislación vigente. El Contratista vendrá obligado con carácter particular a contratar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra, para todo el periodo que dure la ejecución de los trabajos y el plazo de garantía, la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a la Autoridad Portuaria y a terceras personas y sus bienes como consecuencia de la ejecución de los mismos. En todos los casosdicho seguro tendrán condición de asegurados la Autoridad Portuaria de Málaga, el CONTRATISTA deberá presentar una lista Contratista, sus posibles Subcontratistas y, en general, todas las personas intervinientes. La cobertura mínima asegurada por ocurrencia será por el importe referido en el cuadro de características. Las pólizas de seguros a que se refiere el apartado anterior deberán suscribirse con carácter previo a la firma del contrato por el Contratista tomador del seguro. Dichas pólizas deberán incluir la correspondiente cláusula de exoneración de responsabilidad a favor de la Autoridad Portuaria de Málaga y de expresa renuncia de los derechos de subrogación y repetición contra la Autoridad Portuaria de Málaga y/o el personal a su personal servicio por parte de las compañías aseguradoras y de los asegurados. La Autoridad Portuaria de Málaga se reserva la facultad de poder delimitar las coberturas, garantías, límites, franquicias, formas y plazos de pago y en general todo lo relacionado con cualquier otro aspecto de los referidos seguros. Asimismo, se reserva la facultad de rechazar las compañías aseguradoras seleccionadas por el Contratista si considerase motivadamente que las mismas no reúnen las mínimas condiciones de solvencia necesarias. El importe total de los seguros, incluidos todo tipo de recargos e impuestos, será asumido en su integridad por el Contratista con independencia del coste de los mismos, debiendo incluirlo en el cálculo de sus subcontratistas asignado al contrato costes indirectos. Asimismo, serán por cuenta del Contratista el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada establezcan en las distintas pólizas de todo cambio que se produzca en dicha listaseguro. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateIgualmente, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y cargodaños producidos no cubiertos en las mismas. Si se produjera una modificación en el contenido, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones importe y/o muerte duración de terceros los trabajos descrita en el contrato, el Contratista estará obligado a proceder, a su cargo, a solicitar las prórrogas y/o ampliaciones de los seguros que xxxx precisas. El Contratista deberá mantener a su xxxxx y como mínimo durante la ejecución de los trabajos y para los trabajos que en virtud del plazo de garantía deba acometer, las coberturas indicadas anteriormente. Además, el contratista se compromete a lo siguiente:
a) Las empresas adjudicatarias y subcontratistas, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social a todas las personas que intervengan en la prestación de los trabajos, así como cumplir con las exigencias de Seguros de Vida y Accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan, así como encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
b) Serán a cargo del Contratista los costes de los seguros de los transportes de materiales, de equipos y de herramientas propiedad del Contratista necesarios para cumplir el contrato, así como de los daños a la maquinaria, equipos, medios, instalaciones provisionales y bienes de terceroscualquiera de los participantes, causados incluidos efectos personales. En consecuencia, el Contratista exonera expresamente y en su totalidad cualquier acción de responsabilidad contra la Autoridad Portuaria de Málaga.
c) Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos que sean utilizados en la ejecución de los trabajos y estén sujetos a la Ley de Uso y Circulación de Vehículos a Motor, así como cualquier otro seguro, relacionado o no con la prestación, que sea exigible según la legislación aplicable a lo largo del contrato.
d) Xxxxxxxxx otro seguro de contratación obligatoria conforme a la legislación vigente. Las obligaciones que en esta materia se establezcan para el Contratista, se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por éste contratados y, en general, a todos los participantes en los trabajos objeto del contrato, debiendo en consecuencia ser trasladadas por el CONTRATISTA y/o su personal y/o Contratista a todos ellos. A tal efecto, el Contratista requerirá a sus subcontratistas la constitución y mantenimiento de los seguros anteriormente relacionados, durante el tiempo que éstos presten sus servicios o por bienes propiedad o bajo prestaciones al Contratista, solicitándoles la guarda del CONTRATISTApresentación de los correspondientes certificados de seguro que evidencien la validez y efectividad de los seguros exigidos. La cobertura contratación de dichas todos los seguros mencionados en la presente cláusula no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidos por el Contratista en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. El contratista queda obligado a informar a la Autoridad Portuaria, durante la ejecución de los trabajos, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y 39 condiciones de los seguros contratados, prestándose a colaborar con los empleados, agentes o responsables designados por la Autoridad Portuaria. El contratista se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas será dede seguro descritos anteriormente, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones a fin de dólares 00/100, moneda de curso legal llevar a buen término los trabajos conforme las obligaciones y responsabilidades asumidas en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:este Contrato.
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Contratista suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato las siguientes pólizas de seguro:
(i) Seguro de Responsabilidad Civil que garantice frente a las reclamaciones por su cuenta daños que se puedan causar a terceros, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación de los servicios objeto de este contrato. En este seguro se deberá hacer constar como asegurado adicional a Innobasque, sin perder por ello la consideración xx xxxxxxx. Entre sus coberturas deberán estar comprendidas la Responsabilidad Civil Patronal, la Post-trabajos y Post-Servicios, así como los gastos de defensa y fianzas. Asimismo, deberá garantizar expresamente los daños ocasionados a su costo los seguros enumerados locales (Responsabilidad Civil Locativa) a continuaciónlos que se hace mención en la estipulación 10ª con sublimite suficiente de acuerdo con la superficie del local cedido. Como único sublímite adicional será admisible una cantidad de, al menos, Euros 400.000 por víctima en Responsabilidad Civil Patronal
(ii) Seguro de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a la prestación de los servicios, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares.
(iii) Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos que sean utilizados en la prestación de los servicios, y que estén sujetos a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor.
(iv) Cualquier seguro, relacionado o no con los mantendrá vigentes durante toda servicios a prestar, que resulte exigible según la legislación aplicable a lo largo de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferentecontrato. El CONTRATISTA Contratista deberá presentar notificar por escrito a Innobasque con, al menos, treinta días de antelación, la EMPRESA cancelación o alteración del alcance de la cobertura de cualquiera de las pólizas de seguro. El contratista deberá acreditar la contratación y vigencia de los seguros antes de la firma del presente contrato, junto con aportando copia íntegra de las pólizas y de los comprobantes justificantes de pago correspondientesde prima, pudiendo además Innobasque solicitar en todo momento la acreditación documental de la contratación, el pago, el contenido y vigencia de los seguros. Si no se cumpliera con este requisito, y no podrá cancelar o modificar, sin perjuicio de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contratoeste contrato en relación con los supuestos de incumplimiento, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter Innobasque se reserva la contratación de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, los oportunos seguros por su cuenta y cargocargo del Contratista, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una deduciendo el importe de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda primas satisfechas de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:las liquidaciones que se le practicaran.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Support Services in Project Management
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta Será obligatorio para el Contratista y estará a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateexclusivo cargo, según lo establecido en la cláusula 9.6.1 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales la contratación de los siguientes seguros:
a) Afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo, conforme lo establecido por las leyes Nº 19587 y 24557 y sus normas reglamentarias, cubriendo al personal de todo tipo y categoría que utilice el presente ContratoContratista en la ejecución de los trabajos, así como en las oficinas u otras dependencias integradas a la obra.
b) Responsabilidad Civil: por un monto de $ 200.000 (pesos doscientos mil), manteniendo al Comitente a cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan ocasionarse con motivo y en ocasión de la ejecución de los trabajos y las prestaciones de los servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con que se contraten, debiendo el carácter Contratista exigir el cumplimiento de subcontratistasesta obligación a cualquier Subcontratista que, dichas personas deberán contratareventualmente, participe en la ejecución de sus obligaciones contractuales.
c) Incendio: El monto a cubrir será el del contrato de obra.
d) Accidentes del personal del Comitente: El personal permanente y / o eventual de la Inspección de Obra deberá ser asegurado por el Contratista, a su cuenta y cargo, un seguro por contra accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, frente a los daños que pudieran ocasionarse a terceros o a sí mismos por un monto mínimo de $100.000(cien mil). Las pólizas serán individuales y transferibles y deberán cubrir los riesgos de incapacidad transitoria, incapacidad permanente y muerte. Las indemnizaciones se establecerán en la proporción que determine el régimen legal vigente. Esas indemnizaciones deberán ser entregadas en efectivo al asegurado, y en caso de muerte, a sus beneficiarios o herederos. El Comitente comunicará al Contratista, antes de la iniciación de la obra, la nómina del personal que debe ser asegurado, con sus respectivos sueldos. Serán por cuenta del Contratista los mayores gastos en concepto xx xxxxxx de seguros para el personal del Comitente derivados de ampliaciones de los plazos de ejecución de los trabajos. Cuando el Comitente introduzca cambios en su personal, el Contratista deberá entregar las pólizas correspondientes a los nuevos agentes incorporados a la Inspección dentro de los 3 (tres) días hábiles administrativos de la fecha en que se le notifique el cambio. El atraso en la entrega de las pólizas correspondientes a los nuevos agentes del Comitente dará lugar a la aplicación de una multa diaria equivalente a EUA$ 500,000.00 0,1‰ (quinientos mil dólares 00/100un décimo por mil) del monto total del contrato. Todas las pólizas de seguros o sus copias legalizadas serán entregadas al Comitente antes de iniciarse las obras. Sin este requisito no se procederá ni al replanteo ni a la iniciación de obra (haciéndose pasible de la aplicación de la multa establecida en el punto 14.2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales), moneda como así tampoco se abonará al Contratista ningún importe en concepto de curso legal en los Estados Unidos certificados, perdiendo éste el derecho a la percepción de América). Seguro intereses por la demora, y sin que esto exima al Contratista de su responsabilidad civil Profesional por los daños y Responsabilidad Civil General. Los seguros perjuicios emergentes de Responsabilidad Civil Profesional y la falta de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte cobertura así como del retraso que sufra la iniciación de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:trabajos.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las normas vigentes en materia de higiene y seguridad en la construcción, las Leyes Nº 19.587 y 24.557 y su cuenta Decreto reglamentario N° 911 de fecha 14 xx xxxxxx de 1996 y las Resoluciones Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, 51 de fecha 7 de julio de 1997, 35 de fecha 31 xx xxxxx de 1998, 319 de fecha 9 de septiembre de 1999 y 552 de fecha 7 de diciembre de 2001,todas de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO,y en toda otra norma que resulte aplicable. Se deberá incluir una manifestación expresa de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo de no repetición contra el Estado Nacional o cualquier otra dependencia de la Administración Pública Nacional por los riesgos vinculados con la Obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la Obra, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Seguro de accidentes que cubra al personal del Licitante afectado a la Obra. 4)Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el monto que se establezca en el PCP, a su costo los seguros enumerados nombre y el del Licitante, manteniendo a continuaciónéste cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y los mantendrá vigentes durante toda perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan producirse como consecuencia de la vigencia del Contrato, incluyendo ejecución y mantenimiento de las Obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriornaturaleza, en relación con ello. Asimismo, el entendido Contratista deberá asegurar la Obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todos los casos en que esto sea posibletodo momento, cubra el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientestotal certificado, y con vigencia hasta la recepción provisoria. Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del Licitante. En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no podrá cancelar o modificarel Contratista dar inicio a las tareas, siendo de forma alguna, su exclusiva responsabilidad las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la EMPRESA. A su vezObra, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y se procederá a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos ésta, con cargo al Contratista, no originará obligación alguna para la EMPRESA abonándose ningún importe en concepto de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá certificados; pudiéndose inclusive llegar a la EMPRESA informada rescisión del contrato. El Contratista deberá acompañar informes semestrales de todo la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya contratado el seguro. El Licitante, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido deberá efectuarse en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter plazo de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto SETENTA Y DOS (72) horas de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:notificada esa decisión.
Appears in 1 contract
Samples: Licensing Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará a) Generalidades: Para el caso de que se le requiera al adjudicatario la contratación de algún tipo de seguro, se deberá dar cumplimiento a las formalidades puntualizadas y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que el presente PUBYC se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su cuenta y actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su costo actividad. El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros enumerados exigidos con antelación no menor a continuacióncuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. El adjudicatario será el único responsable de los mantendrá vigentes durante toda perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia del Contratoestipulada, incluyendo quedando la CBAS exenta de toda responsabilidad respecto de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha siniestro que se produjera en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoeste caso. Lo anterior, en el Queda entendido que, en todos sin perjuicio de su responsabilidad general por los casos en siniestros que esto sea posiblepudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, Contratista asume el pago importe de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de franquicias obligatorias impuestas por las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Compañías Aseguradoras.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Privada
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Sin perjuicio de su responsabilidad bajo el Pedido, y sin que esta cláusula limite la misma, el Proveedor suscribirá y mantendrá en vigor por su cuenta y a su costo cargo en todo momento durante la prestación de los servicios y/o ejecución de los trabajos, y con compañías de reconocida solvencia financiera los seguros enumerados descritos a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en continuación que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, inferiores a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá o Seguros de enfermedad y accidentes de trabajo de sus empleados adscritos a todos la prestación de los servicios y/o realización de los trabajos, de acuerdo con la Ley aplicable, incluyendo las leyes del estado de origen de los empleados del CONTRATISTA, expatriados. o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional empresarial, incluyendo entre otras la responsabilidad civil patronal, productos y Responsabilidad Civil Generalpost-trabajos, profesional, polución y contaminación y cruzada, con un límite que será fijado en Euros por siniestro en las Condiciones Particulares y que como mínimo, será el de los importes estándares que figuran en el Anexo IV. Los seguros Dicho seguro incluirá, dentro del límite y ámbito de las responsabilidades asumidas en el Pedido, a TECAM GROUP como asegurado adicional, sin perder su condición xx xxxxxxx. o Seguro de Responsabilidad Civil Profesional Medioambiental con un límite que será fijado en Euros por siniestro en las Condiciones Particulares y que como mínimo, será el de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones los importes estándares que figuran en el Anexo IV. o Si se van a utilizar bienes o equipos arrendados, seguro de daños a los bienes/equipos arrendados por o de propiedad del Proveedor, con un límite no inferior a su valor de reposición. o Si fuera necesario para la prestación de los servicios y/o muerte realización de terceros los trabajos la utilización de automóviles, seguro obligatorio de automóviles y/o daños a bienes viajeros, así como seguro de tercerosresponsabilidad civil subsidiaria de automóviles, causados con un límite que será fijado en Euros por siniestro en las Condiciones Particulares y que como mínimo, será el CONTRATISTA de los importes estándares que figuran en el Anexo IV. o Con independencia de lo anterior, podrá el Proveedor suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Pedido. o Antes del comienzo de la prestación de los servicios y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTArealización de los trabajos el Proveedor entregará a TECAM GROUP un certificado de los seguros contratados. Este certificado quedará incorporado al Pedido como Anexo. La cobertura no entrega del certificado facultará a TECAM GROUP para resolver el Pedido por causa imputable al Proveedor. o TECAM GROUP, en todo momento, podrá solicitar al Proveedor la entrega del original de dichas las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tenga contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. El Proveedor entregará todo ello en un plazo no superior a quince (15) Días. o El Proveedor informará por escrito a TECAM GROUP de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. o El Proveedor mantendrá en vigor los seguros hasta la expiración del Periodo de Garantía. o En cualquier caso, TECAM GROUP nunca será responsable por límites, deducibles o limitaciones en el condicionado de las pólizas del Proveedor. o En todos los seguros a que se refiere la cláusula 16.1, se incluirá una cláusula de renuncia al derecho de subrogación de la entidad aseguradora contra TECAM GROUP. o El Proveedor, bajo su exclusiva responsabilidad, requerirá a los subcontratistas autorizados que mantengan la misma política de responsabilidades y seguros requerida al Proveedor. Ello no eximirá al Proveedor de su responsabilidad frente a TECAM GROUP. o Estas pólizas serán primarias a cualquier otra póliza de TECAM GROUP. o Tan pronto como cualquiera de las partes conozca cualquier circunstancia que pueda dar lugar a una reclamación bajo las pólizas de seguro mencionadas en esta cláusula notificará el incidente a la otra parte y el incidente será decomunicado a la compañía de seguros pertinente. Cada parte proporcionará la asistencia que pueda ser necesaria para la notificación, por lo menospreparación, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones negociación y resolución de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:incidentes.
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Concesionario asumirá la responsabilidad civil contra terceros y por su cuenta ende deberá contratar un seguro que cubra dicho riesgo por cada vehículo afectado a la prestación de cada servicio.- La/s póliza/s mencionada/s en el párrafo anterior deberá/n ser exhibida/s ante la Concedente, cuarenta y ocho (48) horas antes de iniciarse los servicios respectivos, debiendo el/los original/es estar endosado/as a su costo favor de la misma, entregándose además copia/s autenticada/s.- Quince (15) días antes de la caducidad de las pólizas, éstas serán renovadas. En caso de incumplimiento, la Concedente podrá contratar los seguros enumerados referidos, por cuenta del Concesionario, descontando dichos importes más sus intereses y la multa correspondiente, del primer pago a continuaciónque sea acreedor.- El Concesionario está obligado a asegurar el personal acorde a las leyes, decretos y los mantendrá vigentes durante toda la demás disposiciones en vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente(A.R.T.). El CONTRATISTA deberá presentar Concesionario no podrá iniciar sus trabajos si previamente no tiene asegurado a la EMPRESA las pólizas todo el personal a sus órdenes de seguro, junto acuerdo con los comprobantes sueldos y jornales que perciban.- El Concesionario será responsable de pago correspondientescualquier accidente que ocurra al personal afectado al Servicio, y no podrá cancelar o modificarhaciendo suyas las obligaciones que de ello deriven, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá acuerdo con lo que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, establecen las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá vigentes.- Asimismo los seguros deberán cubrir los daños que pudieran producirse a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones bienes y/o muerte personas como consecuencia de terceros las tareas a su cargo y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o uso de los vehículos y maquinaria afectados a la Licitación.- Corresponderá al Concesionario la obligación de presentación de los respectivos comprobantes que acrediten la permanente validez de las pólizas hasta la extinción de las obligaciones a las que se aplica.- La falta de cumplimiento por parte del Concesionario de las obligaciones establecidas en renglones precedentes, no releva al mismo de sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda responsabilidades al respecto, quedando en claro que las situaciones que pudieran producirse y las erogaciones a que dieran lugar las mismas serán a exclusivo cargo del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Concesionario.-
Appears in 1 contract
Samples: Licitación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará se obliga a asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones previstas en el Contrato, Pedido u Orden de Servicios mediante Garantías Bancarias expedidas por un Banco legalmente autorizado para tal fin, previa autorización de la misma por parte de CEPSA, o en su cuenta defecto por pólizas de seguros expedidas por un Aseguradora legalmente domiciliada en Colombia, previa autorización de la misma por parte de CEPSA o cartas fianzas (sólo para Perú) que cumplan con lo establecido en esta cláusula. Si el CONTRATISTA opta por pólizas de seguros, éstas deberán reunir las condiciones exigidas y previa- mente aprobadas por CEPSA, en cuanto al emisor, clausulados, condiciones generales, particulares, objeto, valor asegurado, alcance, vigencias, coberturas, y exclusiones de los distintos amparos. Las condiciones de las pólizas de seguros para responsabilidad civil exigidas por CEPSA COLOMBIA S.A. se encuentran reunidas en el SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO INTERNO DE LA CONTRATACIÓN (“XXXXX”), las cuales han sido previamente determinadas y negociadas con el respaldo de aseguradoras de primera línea, que gozan de buena solvencia financiera. En la medida que, sean coberturas obtenibles en el mercado de seguros local, el CONTRATISTA confirmará que tiene suscritas o se obligará a suscribir y mantener en vigor durante toda la vigencia de un Contrato, Pedido u Orden de Servicio, con Compañías Aseguradoras de reconocida solvencia, que resulten aceptables para CEPSA, las Pólizas de Seguros indicadas en los apartados siguientes y que apliquen por razón de los servicios contratados, y hacer y controlar que los Subcontratistas suscriban y mantengan seguros equiva- lentes. Siempre que sea de aplicación, estas pólizas incluirán a CEPSA y sus filiales como asegurado adi- cional sin perder la condición xx xxxxxxx.
a) Seguros de accidente que procedan, de todos sus trabajadores y los de sus Subcontratistas asignados a los servicios, con la cobertura que, como mínimo satisfaga las exigencias legales al respecto y/o lo establecido por los Convenios Colectivos que resulten aplicables, así como todos los seguros obligatorios legalmente exigibles.
b) Seguros de Responsabilidad Civil obligatorio y voluntario de Circulación de vehículos y/o maqui- naria, conforme con las condiciones exigidas por la Legislación en vigor, y que cuenten con los límites de indemnización de obligatoria contratación en base también a la Legislación vigente en el momento de formalización del Contrato, Pedido u Orden de Servicios.
c) Seguro de Responsabilidad Civil, que deberá garantizar la responsabilidad del CONTRATISTA derivada de daños o lesiones, materiales o personales, así como sus consecuencias, causados a CEPSA u otros terceros, aunque estos terceros hayan dirigido su reclamación directamente contra CEPSA, por un importe a determinar en cada Contrato, Pedido u Orden de Servicios. Este seguro deberá cubrir las responsabilidades derivadas de un Contrato, Pedido u Orden de Servicios, hasta la finalización del periodo de garantía y recepción definitiva, y posteriormente también deberá cubrir las responsabilidades del CONTRATISTA, derivadas de un Contrato, Pe- dido u Orden de Servicio y que sean legalmente exigibles. Estos seguros deberán considerar a CEPSA como tercero en relación con el CONTRATISTA (Res- ponsabilidad Cruzada) y serán considerados primarios en relación con cualquier otro seguro de Responsabilidad Civil o de daños materiales y pérdida de beneficios contratado por CEPSA. Consecuentemente, en caso de producirse un daño que esté cubierto tanto por el seguro de Responsabilidad Civil del CONTRATISTA y de daños materiales y pérdida de beneficio de CEPSA, el seguro del CONTRATISTA actuará en primer lugar y el seguro de CEPSA actuará sobe el exceso, pero empezando a aplicar la franquicia a contar desde el primer euro del daño.
d) Seguro de Transporte que garantice las pérdidas o daños que sufran los Equipos y Materiales (que se vayan a utilizar en la prestación del servicio y aportados por el CONTRATISTA o trans- portados bajo su responsabilidad), durante su transporte, almacenamiento intermedio, carga y descarga y/o manipulación desde los lugares de fabricación hasta su emplazamiento en el lugar en el que se efectúen los trabajos.
e) Seguro de Daños materiales que cubra todos los equipos que se encuentren bajo la responsa- bilidad del CONTRATISTA con un límite nunca inferior a su costo valor de sustitución.
f) Xxxxxxxxx otro seguro que sea requerido por las disposiciones legales aplicables a los trabajos y servicios realizados por el CONTRATISTA o sus Subcontratistas en relación con un Contrato, Pedido u Orden de Servicio. En ningún caso, los Seguros contratados limitan las responsabilidades asumidas por el CON- TRATISTA y derivadas de un Contrato, Pedido u Orden de Servicio. Si el CONTRATISTA llegase a incurrir en xxxx por falta del pago correspondiente a las primas de los seguros enumerados de las pólizas arriba expuestas, autoriza a continuaciónCEPSA para que cancele dicha obligación y luego este valor sea descontado al CONTRATISTA en virtud de un Contrato, y Pedido u Orden de Servicio. Las pólizas de seguros que tome el CONTRATISTA deberán contar de los mantendrá amparos descritos en cada Con- trato, Pedido u Orden de Servicios. Los seguros o garantías deberán estar vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión Pedido u Orden de Servicios y sus prórrogas, si las hubiere. El pago de la prima que se cause con ocasión de la garantía o seguro respectivo correrá por cuenta del mismoCONTRATISTA así como la que se cause por las modificaciones del Contrato, Pedido u Orden de Servicio a que haya lugar. Cuando haya modificación del plazo, o hasta del valor del Contrato, Pedido u Orden de Servicio, el CONTRATISTA deberá acogerse a la fecha en que todos los materiales, equipos modificación de la garantía o seguro para conservar el monto por- centual y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadola vigencia aquí pactada. Lo anterior, en el entendido que, en En todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA deberá adjuntar original del recibo de pago de las correspondientes primas cuando se trate de póliza de seguros. El CONTRATISTA se obliga a designar en constituir y entregar los originales de las garantías o pólizas dentro de seguros los cinco (5) días siguientes a la EMPRESA como beneficiaria preferentefecha de firma de un Contrato, Pedido u Orden de Servicio. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas En caso de segurooptar por pólizas, junto con los comprobantes adjuntarán adicionalmente el recibo de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeprimas correspondientes. Asimismo pro- porcionará a CEPSA cualquier modificación que pudieran sufrir las Pólizas de Seguro durante la vigencia del Contrato, y a satisfacción Pedido u Orden de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasServicio. En dicho supuesto, la suspensión el supuesto de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casosproducirse un siniestro, el CONTRATISTA deberá presentar una lista adoptar todas las medidas necesarias para evitar o mitigar los daños. No obstante la existencia de su personal los seguros indicados en la presente cláusula de Seguros, prevalece lo indicado en la cláusula de Garantías y el Responsabilidades del Contratista, de sus subcontratistas asignado al contrato modo que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontratees respon- sable de aquellos daño y perjuicios que no estuvieran cubiertos por dichos seguros, según lo establecido en el presente bien por la franquicia contratada o con motivo de no cobertura, o de exclusiones de cobertura que fueran de aplicación. El CONTRATISTA se obliga a notificar a CEPSA cualquier aviso de cancelación o reducción de cobertura que le sea notificado por la Aseguradora y que afecte a los servicios objeto de un Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con Pedido u Orden de Servicio. CEPSA podrá denegar el carácter acceso del personal del CONTRATISTA o sus Subcontratistas a las instalaciones de subcontratistasCEPSA, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados tanto en cuanto no se acredite convenientemente por el CONTRATISTA y/la existencia y vi- gencia de los seguros exigidos por la presente cláusula, no pudiendo en ningún caso ser alegada esta situación por el CONTRATISTA como causa de retraso en la prestación de sus servicios o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones mayores costes de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:trabajos.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
SEGUROS. 17.1 El CONTRATISTA tomará deberá, sin condicionamiento, limitación, requisito, excepción, exclusión o restricción, contratar y garantizar sus seguros y la de sus subcontratistas durante el plazo de este Contrato y en los montos señalados en el Anexo D de Seguros. Asimismo, dichas pólizas deberán ser contratadas con una compañía de seguros debidamente habilitada y registrada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS para operar en el Estado Plurinacional de Bolivia con calificación de cuando menos A1 xx Xxxxx (o equivalente), emitida por una agencia calificadora independiente de prestigio internacional.
17.2 El CONTRATISTA deberá notificar de inmediato a YPFB CHACO y su cuenta y aseguradora sobre la ocurrencia de cualquiera de los siguientes hechos:
a) Cualquier pérdida que esté cubierta por una póliza
b) Cualquier disputa con una aseguradora
c) La falta de pago de cualquier prima
d) Cualquier cambio en las coberturas
e) Cualquier notificación de su aseguradora referente a su costo los seguros enumerados pérdida o disminución del límite de cobertura.
17.3 Dentro de las 72 horas de la ocurrencia de un siniestro que pueda dar lugar a continuaciónla presentación de un reclamo con relación a las pólizas, y los mantendrá vigentes durante el CONTRATISTA debe enviar toda la vigencia información necesaria sobre dicho siniestro. Además, a solicitud de YPFB CHACO debe presentar la documentación a través de la cual pueda darse seguimiento y se evidencien los avances que tengan con el siniestro o el reclamo que se haya originado tenga relación con la ejecución de los Trabajos / servicios / obras por parte del ContratoCONTRATISTA. Las franquicias o deducibles estarán a cargo del CONTRATISTA. Por YPFB CHACO:
17.4 Cualquier reclamación o información que lleve a una posible demanda por responsabilidad civil en contra del Contratista o el Grupo YPFB Chaco S.A., incluyendo cualquier extensión del mismo, deberá ser notificada entre las partes en el plazo de 72 horas de conocida la reclamación o hasta riesgo de demanda. El Contratista tiene la fecha en obligación de coordinar con YPFB Chaco S.A. todas las acciones que correspondan y no podrá llegar a acuerdos que excedan sus límites asegurados sin autorización previa.
17.5 El CONTRATISTA deberá requerir y asegurarse que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, Subcontratistas contraten las pólizas con las coberturas establecidas en el entendido queAnexo D de Seguros, así como otras coberturas que el CONTRATISTA considere necesarias. Las pólizas de los subcontratistas deberán incluir las condiciones estipuladas en todos los casos las subclausulas 17.7 y 17.8. El hecho de que el CONTRATISTA no requiera el cumplimiento de la obligación del párrafo precedente, o el Subcontratista no contrate cualquiera de las coberturas anteriores, no relevará al Contratista de su obligación de cumplir lo establecido en la presente cláusula. En caso que el Subcontratista no obtenga las pólizas requeridas, el Contratista acuerda defender, salvar, mantener indemne al GRUPO YPFB CHACO y asumir cualquier responsabilidad por la ocurrencia de un siniestro que no tenga cobertura o si esta sea insuficiente. En la medida en que esto sea posibleel Contratista no requiera, o los Subcontratistas no obtengan dichas pólizas, el CONTRATISTA Contratista acuerda defender, salvar y mantener indemne al GRUPO YPFB CHACO. Por CONTRATISTA:
17.6 El CONTRATISTA, se obliga a designar mantener a YPFB CHACO S.A. libre de toda y cualquier reclamación de indemnización por daños y/o perjuicios, que hayan sufrido o que hayan causado a terceros, como consecuencia de la ejecución del servicio independientemente de haber o no contratado seguros adecuados y suficientes para tales circunstancias
17.7 Asimismo, en las pólizas requeridas en el Anexo D de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casosSeguros, el CONTRATISTA deberá presentar incluir como asegurados adicionales a YPFB CHACO, a YPFB, sus representantes habilitados y empleados.
17.8 El CONTRATISTA renuncia a cualquier derecho de subrogación, expreso o tácito, contra el GRUPO YPFB CHACO y acuerda hacer incluir en todas las pólizas de seguro que contrate para el cumplimiento del presente CONTRATO, la cláusula de renuncia de subrogación de los aseguradores contra YPFB y todos sus cesionarios, Subsidiarias, Afiliadas, mandatarios, funcionarios, directores, empleados, asesores, aseguradores o emisores de pólizas, así como una lista renuncia a cualquier derecho de su personal y el los aseguradores a una compensación o contra-reclamación, ya sea mediante un endoso o de cualquier otra manera, en relación con cualquier otro tipo de responsabilidad de cualquiera de aquellas personas aseguradas, en cualquiera de sus subcontratistas asignado al contrato pólizas.
17.9 En las pólizas de vida y accidentes personales no será obligatoria la inclusión de alguna persona, natural o jurídica como asegurado adicional, así como la cláusula de renuncia de subrogación. Por YPFB CHACO:
17.10 Las pólizas incluirán una cláusula de cancelación en la que se instrumente y mantendrá establecerá que la compañía de seguros del CONTRATISTA no podrá cancelar (dejar sin efecto) ni modificar las pólizas sin notificación previa por escrito a YPFB CHACO con por lo menos treinta (30) Días de anticipación.
17.11 El CONTRATISTA deberá, con anterioridad a la EMPRESA informada fecha requerida de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro inicio del Contrato, presentar a YPFB CHACO originales o copias legalizadas de las pólizas emitidas por accidentes personales y muertes en caso la aseguradora de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según acuerdo a lo establecido solicitado en el presente ContratoAnexo D de Seguros, servicios específicos que deberán incluir al menos lo siguiente:
17.11.1 Inclusión del asegurado adicional y renuncia de subrogación de acuerdo a lo citado en la Subcláusula 17.7 y 17.8
17.11.2 Coberturas, deducibles, exclusiones, limites, vigencia, 17.11.3 Cláusula de cancelación con personas físicas x xxxxxxx con el carácter 30 días de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:anticipación.
Appears in 1 contract
Samples: Master Services Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las Normas vigentes en materia de Higiene y Seguridad en la construcción – Leyes N° 19.587 y 24.557 y su cuenta reglamentación Xxxxxxx X° 000/00 x xxx Xxxxxxxxxxxx SRT N° 231/96,51/97, 35/98, 319/99 y 552/01 -, como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de la obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la obra, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Seguro de accidentes que cubra al personal del comitente afectado a la obra, de consignarse en el PCE.
4) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el monto que se establezca en el P.C.E., a su costo los seguros enumerados nombre y el del Comitente, manteniendo a continuaciónéste cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y los mantendrá vigentes durante toda perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan producirse como consecuencia de la vigencia del Contrato, incluyendo ejecución y mantenimiento de las obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriornaturaleza, en relación con ello.
5) Asimismo, el entendido contratista deberá asegurar la obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todos todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción Provisoria. Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del comitente. En los casos en que esto sea posiblecorresponda, deberán incluir una Cláusula de no Repetición, donde la aseguradora renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o regreso contra la Universidad Nacional de Quilmes, sus funcionarios y/o empleados. agregado En caso de verificarse el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas incumplimiento de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas alguno de segurolos requisitos precedentemente descriptos, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificarel contratista dar inicio a las tareas, siendo de forma alguna, su exclusiva responsabilidad las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la EMPRESA. A su vezobra, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y se procederá a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos ésta, con cargo al contratista, no originará obligación alguna para abonándose ningún importe en concepto de certificados; pudiéndose inclusive llegar a la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido rescisión del contrato. De ser requerido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casosInspección, el CONTRATISTA contratista deberá presentar una lista acompañar al expediente informes semestrales de su personal la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya contratado el seguro. El Comitente, luego de sus subcontratistas asignado al contrato la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido deberá efectuarse en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter plazo de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta setenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto dos (72) horas de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:notificada esa decisión.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta Con motivo de la continuidad de los Servicios de la Oferta y para cubrir los daños que pudieran ocasionarse a su costo los seguros enumerados a continuaciónmismos, y los mantendrá vigentes el OMV durante toda la vigencia de la Oferta, sus Anexos y del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o presente Convenio y hasta la fecha en total conclusión de la relación respectiva y del cumplimiento de las obligaciones, deberá contratar y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil por los daños y perjuicios que todos los materialespudieren ocasionar el propio OMV, sus empleados, dependientes, contratistas o subcontratistas o terceros, conjunta o individualmente a Telcel o a sus clientes, empleados, dependientes, contratistas, subcontratistas o terceros, así como a la Red Pública de Telecomunicaciones de Telcel, incluyendo, de manera enunciativa más no limitativa, equipos de conmutación, transmisión, sistemas de energía, equipos de climatización, equipos de red y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorplataformas de servicios y componentes de red, en el entendido quede que el OMV deberá entregar a Telcel el original de dicha póliza dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firma del presente Convenio. El importe de la suma asegurada por las coberturas amparadas deberá determinarse mediante un estudio de riesgos, en todos los casos en que esto sea posiblerealizado por un perito autorizado por la compañía aseguradora, el CONTRATISTA se obliga la póliza deberá ser aprobada por escrito por Telcel y cuyo costo será a designar en las pólizas cargo del OMV. El seguro deberá ser contratado con una institución de seguros debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. En caso de que el OMV cuente con una póliza de responsabilidad civil, lo suficientemente amplia para cubrir los daños y perjuicios a que se refiere el primer párrafo de la presente Cláusula, deberá notificarlo y someterla a la EMPRESA como beneficiaria preferenteaprobación de Telcel, la cual constará por escrito. El CONTRATISTA deberá presentar OMV y/o asegurado y el tercero dañado y/o Telcel tienen como obligación dar aviso inmediato a la EMPRESA las pólizas compañía aseguradora respecto al acontecimiento de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, un siniestro y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A el derecho constituido a su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresfavor, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o calidad de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones contratante y/o muerte de terceros y/asegurado o daños a bienes de terceros, causados tercero dañado por el CONTRATISTA y/seguro contratado. Cualquier siniestro que no sea cubierto por el seguro contratado o bien pagado por la aseguradora dentro de los 20 (veinte) días hábiles contados a partir de la fecha de reclamación, será pagado en su personal y/o sus subcontratistas o totalidad por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura el OMV, quedando obligado a mantener en todo momento libre y a salvo de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:cualquier reclamación a Telcel.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Para La Comercialización O Reventa De Servicios
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda Durante la vigencia del Contratode este contrato, incluyendo la ARRENDADORA contratará y mantendrá un seguro de cobertura amplia contra los riesgos a que están expuestos los BIENES OBJETO DEL ARRENDAMIENTO, designándose a ella misma, como beneficiaria irrevocable y exclusiva. El seguro deberá cubrir en todo caso los riesgos de construcción, transportación, recepción e instalación, según la naturaleza de los bienes, los daños o pérdidas de los propios bienes con motivo de su posesión y uso, así como las responsabilidades civiles y profesionales de cualquier extensión del mismonaturaleza susceptibles de causarse en virtud de la explotación o goce de los propios bienes, o hasta la fecha en cuando se trate de bienes que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorpuedan causar daños a terceros, en el entendido que, sus personas o en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA sus propiedades. La ARRENDADORA se obliga a designar entregar a la ARRENDATARIA, en un plazo no mayor de quince días a partir de la fecha de recepción de los BIENES OBJETO DEL ARRENDAMIENTO, una copia de la póliza de seguro contratada en los términos antes citados, así como las renovaciones de la misma. Dicha póliza deberá asimismo cubrir la responsabilidad civil frente a terceros. Las primas, deducibles y gastos que se causen por este seguro y sus renovaciones, serán por cuenta de la ARRENDATARIA, quien deberá cubrirlos a la ARRENDADORA al momento de recibir la póliza correspondiente. Si la ARRENDATARIA no pagare dichas sumas en la forma prevista, la ARRENDADORA podrá sin que implique obligación a su cargo, cubrirlas por cuenta de la primera, quien la reembolsará junto con los intereses moratorios conforme a la cláusula XXIV de este contrato. En caso de siniestro, la ARRENDATARIA se obliga a avisar a la ARRENDADORA en un plazo no mayor de dos días y a dar a la aseguradora los avisos correspondientes en los términos y condiciones consignados en las pólizas respectiva. En caso de seguros que los bienes objeto del ARRENDAMIENTO sufran daño, por cualquier razón o causa, susceptible de reparación, la ARRENDATARIA queda obligada a realizar a sus expensas, dicha reparación de inmediato, subsistiendo todas sus obligaciones bajo este contrato. En caso de que la ARRENDADORA sea indemnizada, entregará el monto de la indemnización a la EMPRESA ARRENDATARIA, tan pronto como beneficiaria preferenteobtenga en ésta prueba fehaciente de que los BIENES OBJETO DEL ARRENDAMIENTO han sido reparados debidamente. El CONTRATISTA En caso de que los BIENES OBJETO DEL ARRENDAMIENTO sean robados, destruidos o dañados de modo tal que sea imposible su reparación, la ARRENDATARIA deberá presentar pagar a más tardar dentro de los 30 días después de que ocurra dicho siniestro, a la EMPRESA las pólizas ARRENDADORA, una suma equivalente al total de seguroPAGOS PARCIALES no cubiertos a la fecha del siniestro, junto con los comprobantes de pago correspondientesmás la OPCION DE COMPRA, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresadeudado incluyendo, en su caso, a los obligatorios según intereses moratorios, y se dará por terminado anticipadamente el CPCpresente contrato de pleno derecho, las leyes y demás normas vigentessin necesidad de declaración judicial. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTAPor su parte, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá ARRENDADORA abonará a la EMPRESA informada ARRENDATARIA las indemnizaciones que reciba de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:aseguradora.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento Financiero
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará c.1) Póliza de todo riesgo en la construcción con la siguiente cobertura: o Danos derivados de los riesgos de incendio, rayo, explosión, robo, impacto, impericia, negligencia, actos vandálicos y riesgos de la naturaleza. o Danos producidos durante la ejecución de las obras en instalaciones o arbolado existente en la zona de actuación. o Garantías adicionales producidas como consecuencia de error de diseño, riesgo del fabricante, desescombrado, demolición, danos a bienes preexistentes, cierre patronal y medidas adoptadas por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuaciónla autoridad. La suma asegurada por la póliza de todo riesgo de construcción será igual al presupuesto base de licitación de cada lote, y los mantendrá vigentes excluyendo el I.V.A. En la recepción de la obra, deberá acreditarse que la póliza tiene vigencia durante toda la vigencia del Contratoun año más, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta contado desde la fecha en de recepción y que todos los materiales, equipos y empleados la prima correspondiente se encuentra totalmente pagada. La Administración podrá proceder a la suspensión del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorpago de certificaciones y, en el entendido quecaso de la recepción, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas suspensión del cómputo del plazo de segurogarantía, junto con los comprobantes hasta tanto el contratista acredite el cumplimiento de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspenderesta obligación, sin responsabilidad alguna, que dicho periodo de suspensión sea computable a efectos de indemnización por demora en el pago de las facturas correspondientes certificaciones o liquidación.
c.2) Igualmente deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, así como por daños producidos a la Administración, o al personal dependiente de la misma durante la vigencia del contrato. Será sin franquicia, en tanto sus vertientes de general, patronal, cruzada y de trabajos terminados, incluyendo como asegurados al adjudicatario y personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx que intervenga en la dirección o ejecución de las obras. La póliza de seguro no podrá prever el CONTRATISTA no acredite fehacientementeestablecimiento de franquicias, y deberá cubrir todos los daños que se puedan ocasionar a satisfacción terceros como consecuencia de la EMPRESAejecución del contrato. Deberá estar vigente desde el momento de inicio de la obra, coincidente con el cumplimiento integral de esta cláusula 10la firma del acta de comprobación del replanteo, incluyendo hasta la firma del acta de Recepción de la misma, y amparará las reclamaciones que puedan formularse a los asegurados y las incidencias que éstos comuniquen al asegurador durante el pago mismo período de tiempo. Momento de entrega de las correspondientes primas. En dicho supuesto, pólizas: Previa a la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESAadjudicación del contrato. Se entenderá presentará póliza del año en vigor, que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura cubra el plazo de los distintos riesgos nunca serán inferioresejecución de las obras desde el inicio hasta su recepción, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes debiéndose renovar anualmente en caso de subcontratistas personas físicasque fuera necesario. Cuando el CONTRATISTA subcontrateEl importe de estos gastos se considera incluido en los gastos generales del contrato, según de acuerdo con lo establecido especificado en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda artículo 131.1 a) del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:RGLCAP.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Public Works
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará EL (LOS) ARRENDATARIO(S) autoriza(n) a LEASING CORFICOLOMBIANA sin que esto signifique obligación o responsabilidad para ésta, para que por su cuenta de EL(LOS) ARRENDATARIO(S) contrate contra TODO RIESGO los seguros o renovaciones y pague las respectivas primas de seguros, con el fin de mantener vigentes las pólizas que ampara(n) el (los) bien(es) dado en arrendamiento, incluyendo los daños y perjuicios que el funcionamiento de éste pueda ocasionar a terceros o a otras personas con las cuales EL (LOS) ARRENDATARIO(S) tenga(n) relación contractual o no, entendiéndose que EL (LOS) ARRENDATARIO(S) es (son) el (los) único(s) responsable(s) ante dichos terceros. PARAGRAFO 1: En caso de siniestro EL(LOS) ARRENDATARIO(S) deberá(n) avisar a LEASING CORFICOLOMBIANA y a la respectiva Compañía Aseguradora la ocurrencia de cualquier siniestro, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del ocurrencia. Así mismo, o hasta EL(LOS) ARRENDATARIO(S) deberá(n) presentar la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados reclamación del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros siniestro a la EMPRESA como beneficiaria preferenterespectiva Compañía Aseguradora dentro del término legal previsto. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas En caso de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización determinarse pérdida total por parte de la EMPRESACompañía Aseguradora, se dará por terminado el contrato, una vez que la Compañía Aseguradora efectúe el desembolso, en cuyo caso LEASING CORFICOLOMBIANA, imputará la indemnización recibida al saldo que en virtud de este contrato estuviese pendiente. A su vezSi realizado el pago EL(LOS) ARRENDATARIO(S), quedare(n) debiendo alguna suma de dinero a LEASING CORFICOLOMBIANA, deberá pagársela a mas tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, de la EMPRESA podrá suspendermisma forma que lo hará LEASING CORFICOLOMBIANA, sin responsabilidad algunasi sobrase alguna suma de dinero. No obstante si el siniestro se presenta con relación a uno o algunos bien(es) objeto del contrato, el pago mismo continúa vigente respecto a los demás bienes, en cuyo evento se determinará el canon correspondiente que EL(LOS) ARRENDATARIO(S) deberá pagar a XXXXXXX CORFICOLOMBIANA por el arrendamiento de las facturas correspondientes los demás bienes no siniestrados. PARAGRAFO 2:. LEASING CORFICOLOMBIANA cargará el valor de los seguros al presente contrato a fin de cancelar por cuotas simultáneamente con los cánones. El retardo por parte de EL(LOS) ARRENDATARIO(S) en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago del valor de las correspondientes primas. En dicho supuestolos seguros contratados, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar interesessus extensiones, actualizacionesanexos, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para renovaciones, modificaciones y demás gastos originados en la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresriesgos, ya sea que estos sean cobrados por LEASING CORFICOLOMBIANA en su casototalidad o dentro del valor de los cánones, hará que los valores insolutos causen intereses xx xxxx a los obligatorios según el CPCcargo de EL(LOS) ARRENDATARIOS(S), las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá liquidados a la EMPRESA informada tasa máxima xx xxxx permitida por la ley. Estas sumas y sus intereses xx xxxx podrán cobrarse ejecutivamente con copia de todo cambio que se produzca este contrato o con el pagaré en dicha listablanco con carta de instrucciones otorgado por EL(LOS) ARRENDATARIO(S). Seguro PARAGRAFO 3: Además del valor de las primas será(n) de cargo de EL(LOS) ARRENDATARIO(S) los deducibles, franquicias, descuentos por accidentes personales y muertes aplicación de infraseguro o demérito, sanciones por incumplimiento de garantías aplicados por las Compañías Aseguradoras en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontratesiniestro y, según lo establecido en el presente Contratoevento que la aseguradora por cualquier circunstancia se abstenga de reconocer indemnización, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con será de cargo de EL(LOS) ARRENDATARIO(S) el carácter valor total de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal los daños que sufra el(los) bien(es) dado(s) en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones arrendamiento y/o muerte de terceros y/o los daños a bienes de terceros, causados terceros por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:responsabilidad civil.
Appears in 1 contract
Samples: Operative Lease Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta 15.1. Sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Pedido el Contratista suscribirá y a su costo mantendrá en vigor, con compañías de reconocida solvencia financiera y durante el curso del Pedido, los seguros enumerados descritos a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá entiende que los montos establecidos importes cubiertos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos dichos seguros nunca serán inferiores, en su caso, inferiores a los obligatorios según el CPCla normativa vigente: Seguro de responsabilidad civil empresarial, con un límite que será fijado en Euros por siniestro en las leyes y demás normas vigentesCondiciones Particulares. Dicho seguro incluirá a Xxxxxxx como asegurado adicional, sin perder su condición xx xxxxxxx. Seguro IMSSobligatorio del medio de transporte si fuera necesario para la ejecución del Pedido la utilización de medios de transporte así como seguro de responsabilidad civil subsidiaria del medio de transporte, con un límite que será fijado en Euros por siniestro en las Condiciones Particulares del Pedido. Seguro de Transporte de los bienes y/o equipos objeto del Pedido, si fuera necesario de acuerdo con el Incoterm último en vigor que sea pactado en las Condiciones Particulares y en el Pedido. Cualquier otro seguro complementario que el Proveedor estime necesario suscribir para la total cobertura de sus responsabilidades.
15.2. Antes del comienzo de la ejecución del Pedido el Proveedor deberá entregar a Xxxxxxx un certificado de los seguros contratados. Este seguro cubrirá certificado quedará incorporado al Pedido como Anexo. La falta de entrega de dicho certificado facultará a todos Pacadar para resolver el Pedido por causa imputable al Proveedor.
15.3. Pacadar podrá solicitar al Proveedor en cualquier momento la entrega, en un plazo no superior a quince días, del original o copias legitimadas de las pólizas de los empleados seguros que tenga contratados así como de los recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes.
15.4. El Proveedor queda obligado a informar por escrito a Pacadar de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados.
15.5. El Proveedor deberá mantener en vigor los seguros hasta la expiración del CONTRATISTAPeriodo de Garantía cuyas pólizas prevalecerán sobre cualquier otra póliza de Pacadar.
15.6. En cualquier caso, Xxxxxxx nunca será responsable por límites deducibles o limitaciones en el condicionado de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigentelas pólizas del Proveedor.
15.8. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato seguros a que se instrumente y mantendrá a refiere la EMPRESA informada cláusula 15.1., se incluirá una cláusula de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso renuncia al derecho de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter subrogación de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:entidad aseguradora contra Xxxxxxx.
Appears in 1 contract
SEGUROS. 1. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
a) Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato, incluyendo los días de preparación, montaje y desmontaje.
b) Este seguro contara como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas.
c) El CONTRATISTA tomará límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a los 600.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 150.000 euros.
d) En el caso de que la empresa adjudicataria causase daños a KURSAAL, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza. Si los daños se causasen a cualquier otro tercero, KURSAAL, sus bienes o personal tendrán la consideración de asegurados dentro de la póliza de responsabilidad civil. En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza. La empresa adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el Anexo V denominado “Certificado de la entidad aseguradora”.
2. La empresa adjudicataria deberá mantener a su costo xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los trabajos y/o servicios que deba acometer, las coberturas siguientes: - La empresa adjudicataria y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan. - Serán a cargo de la empresa adjudicataria los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales. - Seguro de responsabilidad de suscripción obligatoria y responsabilidad civil voluntaria, nunca inferior a 50.000.000 euros, tanto para vehículos propios como para otros que pudiera usar la empresa adjudicataria.
3. La contratación de los seguros enumerados a continuaciónmencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa adjudicataria en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, y atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los mantendrá vigentes durante toda aseguradores.
4. Durante la vigencia del Contratocontrato, incluyendo cualquier extensión del mismoKURSAAL podrá pedir a la adjudicataria que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o hasta la fecha que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeprimas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento.
5. El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de KURSAAL se considerará falta contractual grave, reservándose KURSAAL el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la EMPRESA, el cumplimiento integral adjudicataria los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasKURSAAL en los plazos por ésta requeridos.
6. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna Las obligaciones que se establecen para la EMPRESA de abonar interesesadjudicataria, actualizaciones, multas o cualquier otra suma se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresella contratados y, en su casogeneral, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados participantes en la ejecución del CONTRATISTAcontrato, o de cualesquiera de sus subcontratistas debiendo en consecuencia trasladar y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:controlar estas obligaciones.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
SEGUROS. 1. El CONTRATISTA tomará adjudicatario se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato objeto del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, el adjudicatario contratará para todo el período que dure el contrato y hasta doce meses después de finalizado el mismo, para hechos ocurridos durante la vigencia del contrato, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza:
a) Seguro de Responsabilidad Civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes como consecuencia de la ejecución del contrato.
b) La suma asegurada, en ningún caso será inferior a los 600.000 Euros, por siniestro y el doble por anualidad de seguro.
c) Asimismo, se considerará a DIPC y sus bienes, como terceros indemnizables. En todo caso serán por cuenta del adjudicatario el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza. El adjudicatario, con anterioridad a su costo los seguros enumerados a continuaciónla firma del contrato, y los mantendrá vigentes durante toda aportará Certificado de la vigencia del Contratoaseguradora de Responsabilidad Civil, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, según el modelo recogido en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresAnexo VII del presente Pliego o, en su caso, copia de la correspondiente póliza de seguro. Si se produjera una modificación en el contenido, importe y/o duración de los servicios descritos en el contrato, el adjudicatario estará obligado a comunicarlos a la aseguradora, y hacer entrega posterior a DIPC de un nuevo Certificado, según el modelo del Anexo VII, emitido por la Aseguradora o, en su caso, copia de la correspondiente póliza de seguro, que acredite las nuevas coberturas y/o circunstancias. A título informativo, el adjudicatario comunicará a DIPC de forma inmediata todo siniestro o incidencia que se produzca. De forma general todo sobrecoste o prima adicional, incluyendo todo tipo de recargos y/o impuestos, en el importe del seguro contratado por el adjudicatario por el motivo que fuera, será asumido en su integridad por el adjudicatario, quien no podrá reclamar a DIPC cantidad alguna por este motivo.
2. El adjudicatario deberá mantener a su xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los trabajos y/o servicios que deba acometer, las coberturas siguientes: - El adjudicatario y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros que determinen los convenios sectoriales a los obligatorios que pertenezcan. - Serán a cargo del adjudicatario los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales. En consecuencia el adjudicatario exonera expresamente y en su totalidad cualquier acción de responsabilidad contra DIPC. - Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos puestos a disposición del adjudicatario y/o subcontratistas que sean utilizados para la prestación de los servicios objeto del presente contrato y estén sujetos a la Ley de Uso y Circulación de Vehículos a Motor, así como cualquier otro seguro, relacionado o no con el contrato y que sea exigible según la legislación aplicable a lo largo del contrato. - Cláusula de renuncia de los derechos de subrogación, contra DIPC y/o el CPCpersonal a su servicio por parte de las Compañías Aseguradoras.
3. La responsabilidad primaria y directa del adjudicatario no podrá reducirse, atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los aseguradores.
4. La contratación de los seguros mencionados no limitará las leyes obligaciones y la responsabilidad asumidos por el adjudicatario en virtud del resto de las estipulaciones contractuales.
5. Durante la vigencia del contrato, DIPC podrá pedir al adjudicatario que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos en el punto 2 , o que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en el pago de las primas, con la obligación, por parte de éste de cumplimentar dicho requerimiento, pudiendo –en caso contrario- DIPC suspender el pago de certificaciones, todo ello sin perjuicio de las demás normas vigentesresponsabilidades a que hubiere lugar por causa del incumplimiento.
6. Seguro IMSSEl incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido en los puntos 2 y 3 a plena satisfacción de DIPC se considerará falta contractual grave, reservándose DIPC el derecho de contratar por cuenta y a cargo del adjudicatario aquellos seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de DIPC en los plazos por ésta requeridos.
7. Este seguro cubrirá Las obligaciones que se establecen para el adjudicatario, se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por este contratados y, en general, a todos los empleados participantes en la ejecución del CONTRATISTAcontrato, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca debiendo en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados consecuencia ser trasladadas por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:adjudicatario a todos ellos.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Advisory Services
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará EL LOCATARIO se obliga a mantener asegurado contra todo riesgo y durante el término de este contrato y hasta su terminación, en una Compañía de Seguros aceptada por su cuenta EL BANCO, el bien materia de este contrato y hasta por la suma determinada en éste, estableciendo como ASEGURADO Y BENEFICIARIO del seguro al BANCO por los daños o perjuicios de funcionamiento que el bien objeto del contrato pueda ocasionar a su costo los seguros enumerados terceros o a continuaciónotras personas, y los mantendrá vigentes durante toda con las cuales EL LOCATARIO tenga relación contractual, hasta por la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha suma determinada en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterioreste documento, en el entendido quede que EL LOCATARIO es y seguirá siendo el único responsable ante dichos terceros u otras personas con las cuales tuviese relación contractual por los daños que el bien pueda causar. Así mismo, EL LOCATARIO y deudor(es) solidario(s) deberá(n) asegurar su vida en todos los casos en que esto sea posibleuna Compañía de seguros aceptada previamente por EL BANCO, para asegurar el CONTRATISTA pago del presente contrato si llegare a morir ó sufrir alguna incapacidad permanente; incluyendo como primer bene�ciario al BANCO. De la misma forma, EL LOCATARIO se obliga a designar pagar periódicamente y en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el mismo plazo estipulado para el pago de los cánones y seguros aquí pactados, el valor de las facturas correspondientes en tanto primas del seguro solicitado por el CONTRATISTA no acredite fehacientementeLOCATARIO, de que trata el numeral 2.6 de las CONDICIONES PARTICULARES de este Contrato, y a satisfacción cuyo tomador y bene�ciario es EL BANCO. EL LOCATARIO podrá manifestar por escrito en cualquier tiempo, su deseo de la EMPRESAno continuar con este seguro. El Seguro de Desempleo o Incapacidad Total Temporal con Anexo de Enfermedades Graves (Seguro de Protección Financiera), el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicasser contratado, se regirá por las Condiciones Particulares publicadas por EL BANCO. Cuando el CONTRATISTA subcontrateEL LOCATARIO se obliga a pagar cumplidamente las primas de seguros o renovaciones, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter debiendo acreditar su pago ante EL BANCO a más tardar dentro de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:diez
Appears in 1 contract
Samples: Leasing Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y EL (LOS) DEUDOR(ES) se compromete(n) en forma expresa e irrevocable a su costo los seguros enumerados asegurar el bien dado en prenda con una Compañía de Seguros (quien debe comprometerse a continuaciónnotificar a EL ACREEDOR, y los mantendrá vigentes durante toda con 30 días de antelación, cualquier decisión relacionada con la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, cancelación o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte renovación de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes póliza) constituyendo como primer beneficiario en caso de subcontratistas personas físicassiniestro a EL ACREEDOR. Cuando Esta acción deberá ejecutarla dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, al término del cual entregará directamente a EL ACREEDOR el CONTRATISTA subcontraterecibo de pago de la prima y el certificado expedido por la Compañía Aseguradora elegida sobre la cobertura, según lo establecido amparos y beneficiario del seguro respectivo, incluyendo cobertura para todo riesgo y en el presente Contratocaso de vehículos, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de lo menos responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o extracontractual, daños a bienes de terceros, causados muerte o lesiones a terceros y asistencia jurídica en proceso penal; al vehículo por daños, pérdida total, pérdida total o parcial por terremoto, índice variable del 10%; al vehículo por hurto o hurto calificado, pérdida parcial y total, índice variable del 10%. De no cumplir con ello, EL (LOS) DEUDOR(ES) expresamente autoriza(n) a EL ACREEDOR para poder contratar dicha póliza (sin que se constituya en una obligación de su parte) con la Compañía Aseguradora que a su libre criterio seleccione, constituyéndose en primer beneficiario en caso de siniestro y cuyo costo será asumido por EL (LOS) DEUDOR(ES) en su integridad obligándose este último a reintegrar dicho valor en el CONTRATISTA y/término de dos (2) días contados a partir de la fecha en que EL ACREEDOR efectúe el pago de la prima, término durante el cual EL ACREEDOR recibirá la tasa de interés máxima remuneratoria legal. EL (LOS) DEUDOR(ES) se obliga(n) expresamente a mantener en vigencia el anterior seguro que ampara el bien hasta la fecha en que se produzca la cancelación total y definitiva de las obligaciones que se garantizan con esta prenda. Si xxxxxx por cualquier circunstancia el amparo de la póliza antes citada y estuviere pendiente para entonces el pago total o parcial de la(s) obligación(es) garantizada(s), EL (LOS) DEUDOR(ES) se comprometerá(n) a renovar el contrato de seguro o a tomar uno nuevo a satisfacción de EL ACREEDOR y a remitir a éste el original de la póliza dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su personal y/expedición. Si así no lo hiciere EL (LOS) DEUDOR(ES), EL ACREEDOR podrá, a su elección, declarar de plazo vencido la(s) obligación(es) que aquí se garantiza(n) y exigir de inmediato el pago de todo el capital y los intereses o sus subcontratistas o asegurar el bien por bienes propiedad o bajo cuenta de EL (LOS) DEUDOR(ES) (sin que se constituya en una obligación de su parte), en cuyo caso este último se obliga a reintegrar dicho valor en el término de dos (2) días contados a partir de la guarda del CONTRATISTAfecha en que EL ACREEDOR efectúe el pago de la prima, término durante el cual EL ACREEDOR recibirá la tasa de interés máxima remuneratoria legal. La cobertura de dichas pólizas será deEn cualquier caso xx xxxx y mientras ella subsista, EL (LOS) DEUDOR(ES) reconocerá(n) sobre las sumas debidas intereses xx xxxx a la tasa más alta permitida por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:ley.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Prenda Sin Tenencia
SEGUROS. a) Generalidades: El CONTRATISTA tomará Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio. Asimismo, es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique yƒo cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCABA, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio. La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Adjudicatario por su cuenta y actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su costo actividad. El Adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros enumerados exigidos con antelación no menor a continuacióncuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato yƒo contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales. El adjudicatario será el único responsable de los mantendrá vigentes durante toda perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia del Contratoestipulada, incluyendo quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha siniestro que se produjera en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoeste caso. Lo anterior, en el Queda entendido que, en todos sin perjuicio de su responsabilidad general por los casos en siniestros que esto sea posiblepudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el CONTRATISTA se obliga Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras. PLIEG-2018-16756731- -DGRGIEG Quedará a designar en criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusiónƒincorporaciónƒexclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario.
b) De las compañías aseguradoras Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la EMPRESA como beneficiaria preferentecitada Superintendencia y publicado por la misma. El CONTRATISTA deberá presentar Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la EMPRESA República Argentina. Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva yƒó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1. Laborales: Los exigidos por las pólizas leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de segurodependencia, junto mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los comprobantes que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de pago correspondientescumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y contratista deberá contar, previo a su costo la iniciación de los trabajos, con los seguros enumerados que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las Normas vigente en materia de Higiene y Seguridad en la construcción – Leyes N° 19.587 y 24.557 y su reglamentación Xxxxxxx X° 000/00 x xxx Xxxxxxxxxxxx SRT N° 231/96, 51/97, 35/98, 319/99 y los mantendrá vigentes 552/01, como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante toda el desarrollo de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en cubra a todo el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros personal afectado a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificarobra, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y acuerdo a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista Seguro de su accidentes que cubra al personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá del comitente afectado a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América)obra. Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional Extracontractual, por el monto que se establezca en el P.C.E., a su nombre y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones el del Comitente, manteniendo a éste cubierto por toda pérdida y/o muerte de terceros reclamo por lesiones, daños y perjuicios causados a cualquier persona y/o daños a bienes de terceroscualquier clase, causados que puedan producirse como consecuencia de la ejecución y mantenimiento de las obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier naturaleza, en relación con ello. Asimismo, el CONTRATISTA y/o contratista deberá asegurar la obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todo momento, cubra el total certificado, y con vigencia hasta la Recepción Provisoria. Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del comitente. En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no podrá el contratista dar inicio a las tareas, siendo de su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo exclusiva responsabilidad las consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la guarda obra, se procederá a la suspensión de ésta, con cargo al contratista, no abonándose ningún importe en concepto de certificados; pudiéndose inclusive llegar a la rescisión del CONTRATISTAcontrato. La cobertura El contratista deberá acompañar al expediente informes semestrales de dichas pólizas será dela Superintendencia de Seguros de la Nación, por lo menosdonde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya contratado el seguro. El Comitente, EUA$ 100’000,000.00 luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que deberá efectuarse en el plazo de setenta y dos (cien millones 72) horas de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:notificada esa decisión.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Cláusulas Generales Para La Licitación Y Contratación De Obras Públicas
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Deudor se obliga a contratar con una compañía de seguros legalmente establecida en el país y aceptada por su cuenta el Acreedor, un seguro que como mínimo debe tener coberturas contra riesgos del Bien dado en Garantía: pérdida parcial o total por hurto, pérdida parcial o total por daños, terremoto, temblor, erupción volcánica, por el 100% del valor comercial del vehículo; cobertura por responsabilidad civil contra terceros; seguro que deberá permanecer vigente durante todo el término en que el bien esté gravado, debiendo tener una cláusula de renovación automática, en la cual El Acreedor deberá aparecer como primer beneficiario. Aun cuando la garantía extendida sobre el Bien dado en Garantía se encuentran cedida a favor del Acreedor, en caso de siniestro El Deudor cede a favor del Acreedor el valor del monto de las indemnizaciones que llegare a pagar la compañía de seguros hasta la cantidad que fuere necesaria para cubrirle el saldo pendiente de la deuda y si llegare a quedar un saldo insoluto se obliga a su costo pago directamente. En caso de que el seguro mencionado en la presente cláusula no sea renovado por cualquier causa, El Acreedor está facultado para tomar por cuenta del Deudor las pólizas que garanticen los seguros enumerados mismos riesgos mencionados en la presente cláusula, en la que sea beneficiario, quedando obligado El Deudor a continuaciónreembolsar al Acreedor las cantidades que por dicho concepto haya pagado, con sus intereses a la tasa máxima legal autorizada, intereses liquidados desde el día en que El Acreedor efectúe el pago y los mantendrá vigentes durante toda hasta cuando reciban el respectivo reembolso. Dicho reembolso debe hacerse a más tardar el día en el que haya de pagarse la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, primera y/o hasta única cuota de amortización con posterioridad a la fecha en que todos los materialesel Acreedor hubiere pagado la prima de seguro. Prestará merito ejecutivo el presente contrato, equipos y empleados para la exigencia de estas sumas. Esta facultad del CONTRATISTA sean removidos Garantizado de tomar la póliza por cuenta del lugar donde los Servicios Deudor cuando él no lo haga oportunamente no se hubieran prestadopodrá entender como una obligación del Acreedor.
21.1. Lo anterior, En caso de existir seguro vigente sobre el Bien dado en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posibleGarantía, el CONTRATISTA Garante, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato de Garantía Mobiliaria solicitará a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo, con el fin de que aparezca el Garantizado como primer beneficiario del mismo, debiendo entregar la constancia o certificación recibida de la compañía de seguros al Garantizado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato de Garantía Mobiliaria.
21.2. El seguro que se constituya para los efectos de la presente cláusula, debe ser por una suma igual o superior al valor comercial del Bien dado en Garantía.
21.3. El Garante se obliga a designar en las pólizas establecer una cláusula de seguros a renovación automática del contrato de seguro con la EMPRESA como beneficiaria preferenteaseguradora.
21.4. El CONTRATISTA deberá presentar Garante se obliga a entregar al Garantizado la EMPRESA póliza respectiva y sus anexos, cuando las pólizas de seguroconstituya, junto con los comprobantes la nota de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte del valor de la EMPRESA. A su vez, prima correspondiente o el paz y salvo expedido por la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el compañía aseguradora en cuanto al pago de las facturas correspondientes la prima de seguros.
21.5. Todos los gastos en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y lo que respecta a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura constitución de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños que trata la presente cláusula, serán a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda cargo del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Garante.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Garantía Mobiliaria
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Conforme a lo establecido en la normativa vigente y en los manuales internos del Banco, los créditos hipotecarios concedidos por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social deben contar con un seguro de desgravamen que brinden las seguridades necesarias a los recursos previsionales que han sido invertidos, ante la eventualidad de la muerte del/los afiliado(s)/jubilado(s) contratante del crédito; y, de ser el caso, un seguro contra incendio, terremoto y líneas aliadas daños sobre la edificación del bien inmueble de acuerdo al avalúo de reposición realizado por el Banco. La Parte Deudora por su cuenta y a su costo podrá contratar con la compañía de seguros que elija, misma que deberá estar legalmente constituida en el Ecuador, un seguro de desgravamen que cubra las contingencias de muerte del/los seguros enumerados a continuacióndeudor(es), y desde el instante del desembolso de los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o recursos hasta la fecha finalización del crédito. Del mismo modo deberá contratar un seguro contra incendio, terremoto y líneas aliadas sobre la(s) edificación(es) que se hipoteque(n) como garantía por la(s) obligación(es) asumida(s) por la Parte Deudora. Dichas pólizas deben ser previamente revisadas y aceptadas por el Banco, para luego ser endosadas al mismo como beneficiario acreedor, en que todos los materialestal sentido, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios el Banco se hubieran prestado. Lo anteriorreserva el derecho de aceptar o no dichas pólizas, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos que las mismas no cuenten con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/debidas coberturas o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especialresguardos que como institución financiera acreedora requiere. Estos seguros deberán ser endosados a favor del Acreedor por el tiempo que éste determine y serán activados desde el instante del desembolso de los recursos hasta la finalización del crédito. El seguro de desgravamen debe ser contratado por el monto financiado materia del presente contrato. Del mismo modo, el seguro de incendio, terremoto y líneas aliadas deberá ser contratado por el valor de reposición del inmueble de acuerdo al avalúo realizado por el Banco. La Parte Deudora autoriza desde ya para que la póliza de seguro se emita a la orden del Banco y, además, en caso de ocurrencia de un siniestro, el valor que perciba por tal seguro, sea abonado a la(s) obligación(es) que estuviere(n) pendiente(s) de pago. Si hubiese dificultad para el cobro de la póliza, todos los riesgos serán de cuenta de la Parte Deudora y ninguna responsabilidad tendrá el Banco. Por otro lado, en caso que la Parte Deudora no haya contratado por su cuenta las pólizas antes citadas, autoriza expresamente a el Banco para que, en su nombre y cargo, éste contrate con la compañía de seguros que elija, un seguro de desgravamen que cubra las contingencias de muerte del/los deudores(es), desde el instante del desembolso de los recursos hasta la finalización del crédito. La Parte Deudora autoriza del mismo modo al Banco para que actúe como contratante con la compañía de seguros de su elección, un seguro contra incendio, terremoto y líneas aliadas sobre la(s) edificaciones del/los inmuebles(s) que se hipoteque(n) como garantía por la(s) obligación(es) asumidas por la Parte Deudora. En ambos casos, el BIESS actuará únicamente como agente de retención. Las primas respectivas correrán a cargo del/los deudor(es) quien(es) se acogerá(n) a las condiciones puntuales de las pólizas que se contraten; sin embargo, si el Banco contratase el seguro y hubiese dificultad para el cobro de la póliza, ninguna responsabilidad tendrá el Banco, todos los riesgos serán de cuenta de la Parte Deudora incluyendo el remanente de deuda en caso de que después de aplicar el seguro no se logre cubrir por lo menos:la totalidad del saldo insoluto de la misma.
Appears in 1 contract
Samples: Préstamo O Mutuo Hipotecario
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por Las partes acuerdan que “EL BANCO” está autorizado para contratar sin cargo a “EL CLIENTE” un seguro sobre su cuenta persona para garantizar el crédito otorgado, siendo EL BANCO el beneficiario de este seguro y a su costo los seguros enumerados a continuaciónla suma asegurada será el saldo insoluto del crédito al momento del siniestro. Para hacer efectivo el seguro, “EL CLIENTE” deberá estar al corriente de sus pagos al momento del fallecimiento y los mantendrá vigentes durante toda interesados deberán informar a EL BANCO por escrito dentro de un plazo de 90 dias, acompañando copia certificada del acta de defunción de Si al momento de la vigencia contratación de este crédito, se le ofrece un seguro con costo para el propio “EL CLIENTE”, de los no previstos por las disposiciones legales aplicables o que no se establezca como requisito de contratación del Contratocrédito, incluyendo cualquier extensión se le informara el costo y se solicitara su consentimiento expreso para su contratación. Las condiciones generales del seguro y/o póliza contratado le serán entregados a “EL CLIENTE” por la aseguradora que se señale en la Caratula, por lo que en caso de siniestro, “EL CLIENTE” deberá estar a lo estipulado en las mismas. “EL CLIENTE” debe contratar un seguro de vida que cubrirá el saldo deudor del crédito en caso de fallecimiento de “EL CLIENTE”, en el caso de que “EL CLIENTE” no realice la contratación del mismo, o hasta “EL BANCO” realizará la fecha contratación del referido seguro trasladando el costo de éste a “EL CLIENTE”, lo anterior sin perjuicio de aquellas promociones en que todos los materiales, equipos las cuales “EL BANCO” realice la contratación del referido seguro y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoabsorba su pago. Lo anterior, en el Queda entendido que, en todos los casos en para este seguro, aplican las restricciones y exclusiones que esto sea posibleseñale la compañía aseguradora, el CONTRATISTA mismas que se obliga encuentran a designar disposición de “EL CLIENTE”, para su consulta, en las pólizas sucursales de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:“EL BANCO”.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Operaciones Y Servicios
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará EL(LOS) LOCATARIO(S) autoriza(n) a LEASING CORFICOLOMBIANA sin que esto signifique obligación o responsabilidad para ésta, para que por su cuenta y a su costo de EL(LOS) LOCATARIO(S) contrate contra TODO RIESGO los seguros enumerados a continuacióno renovaciones y pague las respectivas primas de seguros, y los mantendrá con el fin de mantener vigentes las pólizas que ampara(n) el(los) bien(es) inmueble(s) dado(s) en leasing durante toda la vigencia del Contratopresente contrato, incluyendo los daños y perjuicios que el funcionamiento de éste pueda ocasionar a terceros o a otras personas con las cuales EL(LOS) LOCATARIO(S) tenga(n) relación contractual o no, entendiéndose que EL(LOS) LOCATARIO(S) es(son) el(los) único(s) responsable(s) ante dichos terceros. Por su parte LEASING CORFICOLOMBIANA da la opción a EL(LOS) LOCATARIO(S) para que sea(n) El(Xxxxx) quien(es) directamente contrate(n) los seguros aquí previstos, siempre y cuando:
a) Xxxxxxx(n) el contrato con una compañía de seguros debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
b) Ampare el(los) bien(es) inmueble(s) y su funcionamiento contra todo riesgo de pérdida y daños imputables a actos del hombre o de la naturaleza y a los riesgos de Responsabilidad Civil durante la vigencia de este contrato y hasta el ejercicio de su opción de compra, por una suma equivalente al valor comercial de los mismos o al valor de reposición según sea el caso para evitar el infraseguro.
c) Que el único beneficiario de los seguros sea LEASING CORFICOLOMBIANA. PARAGRAFO 1: EL(LOS) LOCATARIO(S) deberá(n) solicitar a la compañía aseguradora un certificado de las pólizas mencionadas, en donde especifique que LEASING CORFICOLOMBIANA es primera y única beneficiaria de los seguros, comprometiéndose la Compañía Aseguradora dentro del texto de la póliza a notificar por escrito, cualquier extensión del modificación en el contrato de seguros, así como su vigencia, valor y amparos. PARAGRAFO 2: En caso de siniestro EL(LOS) LOCATARIO(S) deberá(n) avisar a LEASING CORFICOLOMBIANA y a la respectiva Compañía Aseguradora la ocurrencia de cualquier siniestro, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su ocurrencia. Así mismo, o hasta EL(LOS) LOCATARIO(S) deberá(n) presentar la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados reclamación del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros siniestro a la EMPRESA como beneficiaria preferenterespectiva Compañía Aseguradora dentro del término legal previsto. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas En caso de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización determinarse pérdida total por parte de la EMPRESACompañía Aseguradora, se dará por terminado el contrato, una vez que la Compañía Aseguradora efectúe el desembolso, en cuyo caso LEASING CORFICOLOMBIANA, imputará la indemnización recibida al saldo que en virtud de este contrato estuviese pendiente. A Si realizado el pago EL(LOS) LOCATARIO(S), quedare(n) debiendo alguna suma de dinero a LEASING CORFICOLOMBIANA, deberá pagársela a mas tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, de la misma forma que lo hará LEASING CORFICOLOMBIANA, si sobrase alguna suma de dinero. PARAGRAFO 3: En el evento que EL(LOS) LOCATARIO(S) asuma(n) directamente la contratación de los seguros, se obliga(n) a pagar cumplidamente las primas de seguros, debiendo acreditar su vezpago ante XXXXXXX CORFICOLOMBIANA dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de los contratos de seguros o renovaciones. El término para acreditar la contratación de las pólizas vence el mismo día de suscripción de este contrato, en la EMPRESA podrá suspendercontratación inicial de los seguros y durante las renovaciones vence el último día del periodo inmediatamente anterior al que cubra la póliza respectiva. Si EL(LOS) LOCATARIO(S) no acredita(n) en los plazos señalados la contratación de los seguros o el pago de las primas, sin LEASING CORFICOLOMBIANA presumirá que no se cumplió con estas obligaciones y se encontrará facultada para dar por terminado este contrato en los términos establecidos en las cláusulas Décima Sexta y Décima Séptima de este contrato y demás cláusulas concordantes y/o pagar el valor de la prima con el objeto de evitar la cancelación o para tomar una póliza por cuenta y a cargo de EL(LOS) LOCATARIO(S) previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Compañía Aseguradora, entendiéndose que la ejecución de estos actos es una facultad y no una obligación de LEASING CORFICOLOMBIANA. En estos eventos en que LEASING CORFICOLOMBIANA asuma la contratación de los seguros y/o el pago de las primas, las sumas pagadas por ésta deberán ser reembolsadas a mas tardar el día siguiente por EL(LOS) LOCATARIO(S). La xxxx en el reembolso generará para EL(LOS) LOCATARIO(S) el pago de una suma equivalente a la tasa máxima que para este tipo de intereses autoricen las disposiciones legales. EL(LOS) LOCATARIO(S) autoriza(n) a LEASING CORFICOLOMBIANA para que si ésta lo desea así, cargue el valor de los seguros al presente contrato a fin de cancelar por cuotas simultáneamente con los cánones. El retardo por parte de EL(LOS) LOCATARIO(S) en el pago del valor de los seguros contratados, sus extensiones, anexos, renovaciones, modificaciones y demás gastos originados en la cobertura de los riesgos, ya sea que estos sean cobrados por LEASING CORFICOLOMBIANA en su totalidad o dentro del valor de los cánones, hará que los valores insolutos causen intereses xx xxxx a cargo de EL(LOS) LOCATARIOS(S), liquidados a la tasa máxima xx xxxx permitida por la ley. Estas sumas y sus intereses xx xxxx podrán cobrarse ejecutivamente con copia de este contrato o con el pagaré en blanco con carta de instrucciones otorgado por EL(LOS) LOCATARIO(S). No obstante lo previsto en la presente cláusula, queda entendido que la omisión o incumplimiento por parte de EL(LOS) LOCATARIO(S) de su obligación de acreditar a LEASING CORFICOLOMBIANA la celebración de los contratos de seguros y el pago completo y oportuno de las primas necesarias para la vigencia y efectividad de los seguros dentro de los plazos fijados, dará derecho a LEASING CORFICOLOMBIANA de presumir que EL(LOS) LOCATARIO(S) ha(n) incumplido sus obligaciones en este sentido, y por tanto ante esta circunstancia LEASING CORFICOLOMBIANA tendrá derecho a dar por terminado este contrato en los términos establecidos en la Cláusula Décima Sexta y Décima Séptima Octava de este contrato y demás cláusulas concordantes. PARAGRAFO 4: Además del valor de las primas será(n) de cargo de EL(LOS) LOCATARIO(S) los deducibles, franquicias, descuentos por aplicación de infraseguro o demérito, sanciones por incumplimiento de garantías aplicados por las Compañías Aseguradoras en caso de siniestro y, en el evento que la aseguradora por cualquier circunstancia se abstenga de reconocer indemnización, será de cargo de EL(LOS) LOCATARIO(S) el valor total de los daños que sufra el(los) bien(es) dado(s) inmueble(s) en leasing y/o de los daños a terceros por responsabilidad algunacivil. PARAGRAFO 5: Tratándose de persona natural EL(LOS) LOCATARIO(S) se obliga(n) a tomar la póliza de seguro de vida deudores cuyo primer beneficiario es LEASING CORFICOLOMBIANA S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO, hasta la concurrencia del valor correspondiente al saldo por amortizar y demás sumas adeudadas por razón del presente contrato. EL(LOS) LOCATARIO(S) autoriza(n) a LEASING CORFICOLOMBIANA la contratación del seguro, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, primas y a satisfacción la renovación de la EMPRESApóliza. Ocurrido el evento asegurado, se hará efectiva la indemnización y con ella se cubrirá el cumplimiento integral valor producto de esta cláusula 10la liquidación que prepare la compañía. De presentarse alguna diferencia a favor de EL(LOS) LOCATARIO(S), incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura ésta quedará a disposición de los distintos riesgos nunca serán inferiores, causantes según corresponda. La objeción a indemnizar basada en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, inconsistencias presentadas en la declaración de asegurabilidad o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá por renuencia a la EMPRESA informada práctica de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso exámenes médicos, si son solicitados, no implica ninguna responsabilidad de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:LEASING CORFICOLOMBIANA.
Appears in 1 contract
Samples: Leasing Agreement
SEGUROS. 26.1 Los seguros deben ser contratados en compañías aseguradoras a
26.2 El CONTRATISTA tomará Contratista se obliga a presentar el comprobante de cancelación de la/s prima/s antes de la fecha de vencimiento para su pago, con la única excepción de que la/s póliza/s contenga/n una cláusula por la que el asegurador mantenga su responsabilidad aún cuando no se hubiera efectivizado el pago.
26.3 El Contratista contratará por su cuenta y a su costo cargo los seguros enumerados que se describen seguidamente y cuyas pólizas deberán estar endosadas a continuaciónfavor de CEAMSE que, y los mantendrá vigentes durante toda a excepción de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, indicada en el entendido queApartado 26.3.2 del presente Artículo, deben figurar en todas ellas como coasegurada.
26.3.1 El Contratista deberá contratar a su xxxxx un seguro de Responsabilidad Civil por la suma de $1.000.000 (pesos millón pesos), con reposición automática hasta tres veces la suma asegurada, que cubra todos y cada uno de los casos en posibles reclamos, que esto sea posiblesurjan como consecuencia de los servicios a prestar por sí, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas consecuencia de seguros daños a la EMPRESA como beneficiaria preferentepersonas o bienes de terceros dentro o fuera de predios de CEAMSE. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y seguro no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago excluir ninguna de las facturas correspondientes en tanto actividades inherentes a los servicios a prestar por el CONTRATISTA Contratista. La póliza tendrá una cláusula que exprese que se dará comunicación escrita requiriendo autorización de CEAMSE con no acredite fehacientementemenos de treinta (30) días de anticipación a cualquier cambio, y a satisfacción terminación, cancelación o reducción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de la póliza. En el rubro de Responsabilidad Civil la contratación del seguro comprenderá: RC Servicios, RC equipos y maquinarias, RC extracciones, RC Comprensiva, RC Carga y Descarga de desechos contaminantes, RC, vigilancia, RC carteles, RC Provisones, RC construcciones, RC perforaciones, RC impericias, RC desinfecciones, RC trabajos con biogas, RC forestación,, RC trabajos de movimientos de suelos y compactación y RC traslados de equipos en trailer, se deberán cubrir todas las actividades que se realizan, RC Cruzada a favor de CEAMSE, RC Caídas de objetos, RC negligencias, etc., RC Contaminación, Contratistas y Subcontratistas que realicen trabajos en la obras y cualquier otro adicional inherente a la actividad especifica del Contratista. CEAMSE deberá figurar como COASEGURADO, tanto en la RC como en la póliza de Seguro Técnico de las maquinarias En el rubro Automotores deben presentar el seguro de los distintos riesgos nunca serán inferiorescamiones que realizan el transporte, en con una RC por $13.000.000 (pesos trece millones) para camiones y $4.000.000 (pesos cuatro millones) para autos y pick-up, si las tuviere y que es el limite máximo.
26.3.2 El Contratista deberá contratar a su casoxxxxx un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra todos y cada uno de los reclamos emergentes de las actividades contractuales y extracontractuales que desarrollen, provocados por bienes, cosas o personas y que ocasionaren perjuicios a personas, cosas o bienes de CEAMSE. El seguro no podrá excluir ninguna de las actividades inherentes a los obligatorios según servicios a prestar por el CPC, Contratista Adjudicatario y CEAMSE será considerada como un tercero en las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este Condiciones Particulares de la Póliza.
26.3.3 En cuanto se relaciona con el seguro cubrirá a todos los empleados por riesgos del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA trabajo deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá adecuarse a la EMPRESA informada normativa y reglamentación vigente (Ley de todo cambio Riesgos del Trabajo - ART) al momento de ofertar presentando copia del contrato con nómina del personal afectado y cláusula de no repetición a favor de
26.3.4 Los premios pagados por la/s póliza/s contratada/s tendrán que se produzca en dicha listaser justificados a CEAMSE por los medios de pago electrónicos que impone la ley de seguros vigente, acreditando ello con anterioridad a la firma del contrato por parte del Adjudicatario o emisión de la Orden de Compra. Seguro por accidentes personales y muertes en caso También deberán presentarse las habilitaciones de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateconducir del personal destinado al cumplimiento de los presentes servicios a prestar, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una dentro de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda categorías correspondientes.
26.3.5 Todos los equipos utilizados deberán tener coberturas específicas que amparen: seguros de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. y técnicos por los daños ocasionados mientras realizan las operaciones, al igual que las habilitaciones para el uso designado cuya documentación será supervisada por CEAMSE.
26.3.6 Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y deberán ser contratados con la Compañía Aseguradora que CEAMSE opere en el momento de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de tercerosla contratación, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será deen este caso, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Provincia Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:S.A.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Deudorse obliga a contratar con una compañía de seguros legalmente establecida en el país y aceptada por su cuenta el Acreedor, un seguro que como mínimo debe tenecroberturas contra riesgos del Bien dado en Garantía: pérdida parcial o total por hurto, pérdida parcial o total por daños, terremoto, temblor, erupción volcánica, por el 100%del valor comercial del vehículo; cobertura por responsabilidad civil contra terceros; seguro que deberá permanecer vigente durante todo el término en que xxxxxx esté gravado, debiendo tener una cláusula de renovación automática, en la cual El Acreedor debáeraparecer como primer beneficiario. Aun cuando la garantía extendida sobre el Bien dado en Garantía se encuentran cedida a favor del Acreedor, en caso de sinireostEl Deudor cede a favor del Acreedor el valor del monto de las indemnizaciones que llegare apagar la compañía de seguroshasta la cantidad que fuere necesaria para cubrirleel saldo pendiente de la deuda y si llegare a quedar un saldoinsoluto se obliga a su costo pago directamente. En caso de que el seguro mencionado en la presente cláusula no sea rneovado por cualquier causa, El Acreedor está facultado para tomar por cuenta del Deudor las pólizas que garanticen los seguros enumerados mismos riesgos mencionados en la presente cláusulean, la que sea beneficiario, quedando obligado El Deudor a continuaciónreembolsar al Acreedor lacsantidades que por dicho concepto haya pagado, con sus intereses a la tasa máxima legal autorizada, intereses liquidados desde el día en que El Acreedor efectúe el pago y los mantendrá vigentes durante toda hasctauando reciban el respectivo reembolso. Dicho reembolso debe hacerse a más taradr el día en el que haya de pagarse la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, primera y/o hasta única cuota de amortizacióncon posterioridad a la fecha en que todos los materialesel Acreedor hubiere pagado la prima de seguro. Prestará merito ejecutivo el presente contrato, equipos y empleados para la exigencia de estas sumas.Esta facultad del CONTRATISTA sean removidos Garantizado de tomar la póliza por cuenta del lugar donde los Servicios Deudor cuando él no lo haga oportunamente no se hubieran prestadopodrá entender como una obligación del Acreedor.
21.1. Lo anterior, En caso de existir seguro vigente sobre el Bien dado en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posibleGarantía, el CONTRATISTA Garante, a más tardar dentro dloes cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato de Garantía Mobiliaria solicitará a la compañía de seguros la modificación de la póliza o el documento respectivo, con el fin de que aparezca el Garantizado como primer beneficiarioedl mismo, debiendo entregar la constancia o certificación recibida de la compañía de seguros al Garantizado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la firma del presente Contrato de Garantía Mobiliaria.
21.2. El seguro que se constituya paraol s efectos de la presente cláusula, debe ser por una suma igual o superior al valor comercial del Bien dado en Garantía.
21.3. El Garante se obliga a designar en las pólizas establecer una cláusula de seguros a renovación automática del contrato de seguro con la EMPRESA como beneficiaria preferenteaseguradora.
21.4. El CONTRATISTA deberá presentar Garante se obliga a entregar al Garantizado la EMPRESA póliza respectiva y sus anexos, cuando las pólizas de seguroconstituya, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte nota xx xxxx del valor de la EMPRESA. A su vez, prima correspondiente o el paz y salvo expedido por la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el compañía aseguradora en cuanto al pago de las facturas correspondientes la prima de seguros.
21.5. Todos los gastos en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y lo que respecta a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura constitución de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños que trata la presente cláusula, serán a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:cargoedl Garante.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Garantía Mobiliaria
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda 12.1 Seguro contra todo riesgos: Durante la vigencia del Contratocrédito hipotecario, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que El(Los) Cliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener vigente un seguro contra todos los materialesriesgos que corra El(Los) inmueble(s) , equipos por lo menos contra incendio, terremoto, huelga y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorconmoción civil, daño malicioso, terrorismo, vandalismo, sismo, inundaciones, rayo, daño por agua y explosión y en el entendido quegeneral cualquier riesgo, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga otorgado por una Compañía de Seguros de calificación no inferior a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto B y una póliza con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y cobertura a satisfacción de la EMPRESAmiCasita hipotecaria, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos por una cantidad no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente menor al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá saldo contable deudor del crédito salvo que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en miCasita hipotecaria acepte un monto distinto; y transferir a miCasita hipotecaria su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá derecho a la EMPRESA informada de todo cambio indemnización que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes debe pagar la aseguradora en caso de subcontratistas personas físicassiniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que miCasita hipotecaria cobre el importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se le adeudase. Cuando Las condiciones de la póliza del seguro contra todos los riesgos de El(Los) inmueble(s) , cuyo único beneficiario será miCasita hipotecaria, con el CONTRATISTA subcontratedetalle de la suma asegurada, según lo establecido los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta de El(Los) Cliente(s) de una franquicia deducible en el presente Contratoevento de siniestro, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con constan en el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta documento que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será deaceptar, por lo menosque en caso de ocurrir un siniestro no amparado por la póliza contratada o de limitaciones o exclusiones impuestas por la Compañía de Seguros, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:miCasita hipotecaria no asume ninguna responsabilidad.
Appears in 1 contract
Samples: Crédito Hipotecario Y Constitución De Primera Y Preferente Hipoteca
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda 13.1 Seguro contra todo riesgo: Durante la vigencia del crédito hipotecario, El(Los) Cliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener vigente un seguro contra todo riesgo otorgado por una Compañía de Seguros de calificación de nivel no inferior a B y una póliza con cobertura a satisfacción de miCasita hipotecaria, por una cantidad no menor al saldo contable deudor del crédito salvo que miCasita hipotecaria acepte un monto distinto; Los datos referidos a la cobertura y sumas aseguradas, así como los referidos a los deducibles, exclusiones, cláusulas adicionales, prima y demás se encuentran establecidos en el certificado de seguro que formará parte del respectivo expediente de crédito. Un ejemplar del certificado será entregado a El(Los) Cliente(s). La información mencionada en el presente párrafo se encuentra establecida en la página web de miCasita hipotecaria. Si El(Los) Cliente(s) contrata(n) directamente con la aseguradora, deberá transferir mediante endoso a miCasita hipotecaria su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que miCasita hipotecaria cobre el importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se le adeudase. De igual manera la contratación del seguro podrá efectuarse a través de miCasita hipotecaria, para lo cual ésta sugerirá a El(Los) Cliente(s) el servicio de determinada aseguradora; sin embargo, El(Los) Cliente(s) es(son) El presente contrato fue aprobado mediante Resolución SBS N° 1084-2017. libre(s) de contratar con una aseguradora distinta siguiendo el procedimiento establecido en el párrafo que antecede. miCasita hipotecaria solicitará a El(Los) Cliente(s) que suscriba(n) el certificado de seguro y le entregará un ejemplar del mismo. El(Los) Cliente(s) deberá(n) presentar la renovación del seguro con 01 (un) mes de anticipación a la fecha de vencimiento del referido seguro; de lo contrario, miCasita hipotecaria podrá contratar la renovación del seguro con la aseguradora que ésta determine, situación que será comunicada a El(Los) Cliente(s) mediante comunicación directa escrita, correos electrónicos o llamadas telefónicas. Si la contratación del seguro es efectuada por miCasita hipotecaria, le corresponderá a ésta renovarlo; caso contrario, si El(Los) Cliente(s) contrata(n) el seguro directamente, le(s) corresponderá a este(estos) la renovación del mismo. Las condiciones de la póliza del seguro contra todos los riesgos de el(los) inmueble(s), cuyo único beneficiario será miCasita hipotecaria, con el detalle de la suma asegurada, los riesgos no cubiertos o excluidos y que imponen el pago por cuenta de El(Los) Cliente(s) de una franquicia deducible en el evento de siniestro, constan en el documento que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y aceptar y que forma parte integrante de su expediente de crédito, por lo que en caso de ocurrir un siniestro no amparado por la póliza contratada o de limitaciones o exclusiones impuestas por la Compañía de Seguros, miCasita hipotecaria no asume ninguna responsabilidad. La información correspondiente al seguro contra todo riesgo, prima, compañía de seguros y número de póliza se encuentra descrita en la Hoja de Resumen respectiva. En el caso de bienes futuros, la activación del seguro se produce en la fecha de entrega de la(s) unidad(es) inmobiliaria(s) indicada en la minuta de compra venta respectiva.
13.2 Seguro de Desgravamen: Durante la vigencia del presente Contrato, incluyendo cualquier extensión El(Los) Cliente(s) se obliga(n) a contratar y mantener vigente un seguro de desgravamen, siendo beneficiario de la póliza exclusivamente miCasita hipotecaria, quien en caso de fallecimiento de El(Los) Cliente(s) y/o de las personas aseguradas, cobrará directamente la indemnización que deba pagar la Compañía de Seguros para aplicarlo hasta donde alcance a la amortización y/o cancelación de lo adeudado. Los datos referidos a los riesgos cubiertos, sumas asegurada, así como los referidos a los límites asegurados, vigencia, condiciones de afiliación y permanencia, forma de pago, prima y demás se encuentran establecidos en el certificado de seguro que formará parte del respectivo expediente de crédito. Un ejemplar del certificado será entregado a El(Los) Cliente(s). La información mencionada en el presente párrafo se encuentra establecida en la página web de miCasita hipotecaria. El presente contrato fue aprobado mediante Resolución SBS N° 1084-2017. Si El(Los) Cliente(s) contrata(n) directamente con la aseguradora, deberá transferir mediante endoso a miCasita hipotecaria su derecho a la indemnización que debe pagar la aseguradora en caso de siniestro, para cuyo efecto le entregará la póliza o pólizas debidamente endosadas de manera que miCasita hipotecaria cobre el importe de la indemnización y lo aplique a la amortización de lo que se le adeudase. De igual manera la contratación del seguro podrá efectuarse a través de miCasita hipotecaria, para lo cual ésta sugerirá a El(Los) Cliente(s) el servicio de determinada aseguradora; sin embargo, El(Los) Cliente(s) es(son) libre(s) de contratar con una aseguradora distinta siguiendo el procedimiento establecido en el párrafo que antecede. miCasita hipotecaria solicitará a El(Los) Cliente(s) que suscriba(n) el certificado de seguro y le entregará un ejemplar del mismo El(Los) Cliente(s) deberá(n) presentar la renovación del seguro con 01 (un) mes de anticipación a la fecha de vencimiento del referido seguro; de lo contrario, miCasita hipotecaria podrá contratar la renovación del seguro con la aseguradora que ésta determine, situación que será comunicada a El(Los) Cliente(s) mediante comunicación directa escrita, correos electrónicos o llamadas telefónicas. Si la contratación del seguro es efectuada por miCasita hipotecaria, le corresponderá a ésta renovarlo; caso contrario, si El(Los) Cliente(s) contrata(n) el seguro directamente, le(s) corresponderá a éste (estos) la renovación del mismo. Las condiciones de la póliza del seguro de desgravamen, cuyo beneficiario será miCasita hipotecaria, con el detalle de los riesgos no cubiertos o hasta la fecha en que todos los materialesexcluidos, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, constan en el entendido quecertificado proporcionado por la aseguradora y que El(Los) Cliente(s) declara(n) conocer y aceptar, documento que forma parte integrante de su expediente de crédito. La información correspondiente al seguro de desgravamen, prima, compañía de seguros y número de póliza se encuentra descrita en todos la Hoja de Resumen respectiva. El(Los) Cliente(s) declara(n) también que conoce y acepta que el seguro solamente pagará el saldo del capital de la deuda al día de su fallecimiento, siendo de cargo de sus herederos los casos intereses, comisiones, capital y gastos del crédito en xxxx y que esto sea posibleno se hayan cancelado hasta dicha fecha, con el CONTRATISTA se obliga límite de la masa hereditaria. La información referida en el presente párrafo deberá constará en la Hoja Resumen correspondiente. miCasita hipotecaria queda facultada, por cuenta de El(Los) Cliente(s), a designar en contratar, renovar y/o mantener vigente las pólizas de los seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguroreferidos, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicasincumplimiento de El(Los) Cliente(s) de la obligación que asume según los numerales 13.1 y 13.2, debiendo en este caso El(Los) Cliente(s) reembolsarle de inmediato los pagos realizados; o en caso que miCasita El presente contrato fue aprobado mediante Resolución SBS N° 1084-2017. Cuando el CONTRATISTA subcontratehipotecaria aceptara financiarla, según lo establecido El(Los) Cliente(s) autoriza(n) a miCasita hipotecaria, con su firma en el presente Contratocontrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con a incluir el carácter costo total de subcontratistasla(s) póliza(s) tomada(s) en las cuotas del crédito otorgado. Si El(Los) Cliente(s) delega(n) las facultades de contratación o renovación de la(s) póliza(s) de el(los) seguro(s) a favor de miCasita hipotecaria, dichas personas deberán contratarla responsabilidad recaerá en ésta última, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente conforme a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:descrito previamente.
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará 62.1.- Las Pólizas de seguro que debe contratar el concesionario, con indicación de sus cuantías, coberturas, duración y condiciones, serán las siguientes:
62.1.1.- Un Contrato de Seguro a todo riesgo de construcción para cada fase de ejecución de obras de ampliación de la EDAR y cuya suma asegurada no sea inferior al presupuesto de ejecución de la inversión excluido el coste estimado de la adquisición de terrenos.
62.1.2.- Un Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil general por su cuenta riesgos profesionales y en la que el capital asegurado no sea inferior a su costo 500.000 Euros. En esta póliza deberán cubrirse los daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los trabajos y actividades objeto del presente Xxxxxx, tanto imputables al adjudicatario y colaboradores como imputables al personal funcionario o laboral de la Mancomunidad. Se entenderá cumplida esta obligación mediante la extensión al personal funcionario o laboral de la Mancomunidad que intervenga en la ejecución del Contrato de la póliza de responsabilidad civil por riesgos profesionales que tenga la empresa, siempre que el capital asegurado sea el anteriormente indicado, a cuyo efecto el adjudicatario aportará certificación expedida por persona con poder bastante de la compañía aseguradora correspondiente. La duración de la cobertura será igual a la duración del Contrato.
62.2.- Antes de la formalización del Contrato administrativo el concesionario proporcionará al Órgano de Contratación certificado original emitido y firmado por la compañía aseguradora en el que se exprese de manera clara que se ha contratado cada uno de los seguros enumerados a continuaciónindicados anteriormente y que se encuentra al corriente de pago; si no fuera posible que la compañía aseguradora lo emitiera, y los mantendrá vigentes durante toda se aceptaría la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en firma de dicho certificado por el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas corredor de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferentedel adjudicatario. El CONTRATISTA concesionario deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes justificar documentalmente en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo cada ejercicio el pago de las correspondientes primasprimas de seguro. En dicho supuestoLas distintas pólizas a contratar se suscribirán y mantendrán en concordancia (construcción, explotación y conservación) con la suspensión fase en que se encuentre el desarrollo del Contrato. Las pólizas correspondientes a las fases de pagos explotación y conservación de la EDAR serán aportadas a la Mancomunidad por el concesionario con anterioridad al inicio de dichas fases. Cualquier modificación en las pólizas, deberá ser aprobada previamente por el Órgano de Contratación y los límites asegurados se deberán actualizar anualmente de acuerdo con el IPC estatal del año anterior. El concesionario comunicará de forma inmediata todo siniestro o incidencia a la Mancomunidad.
62.3.- El Órgano de Contratación podrá solicitar el cambio de aseguradora cuando la misma no originará obligación alguna para la EMPRESA merezca confianza en virtud de abonar intereses, actualizaciones, multas situaciones económicas o financieras sobrevinientes que demostraren un estado de insolvencia o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por circunstancia que pusiera en duda la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para eficacia de la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:otorgada.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Public Works Concession
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Algunos de los planes de Asistencia tienen incluido, sin costo para el TITULAR los siguientes seguros:
(a) Seguro de muerte accidental y/o Incapacidad Permanente causada por Accidente: Sin costo suplementario, el PROVEEDOR obsequia al TITULAR de algunos de sus Planes de Asistencia, un Seguro de muerte accidental y/o desmembración. Este seguro, está contratado con la compañía de seguros que se indica en la presente COBERTURA. La póliza de seguros de Accidentes Personales se encuentra sujeta a sus propias condiciones particulares y generales y su cuenta y texto está a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda disposición del interesado en las oficinas de la vigencia del Contrato, incluyendo aseguradora respectiva. La Garantía de Muerte Accidental y/o desmembración tiene un límite agregado por catástrofe (cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadosea el número de beneficiarios) por evento: $USD 5.000000.00 (Cinco millones). Lo anterior, Dicho valor será distribuido entre el número total de TITULARES fallecidos en el entendido queevento, sin que en todos ningún caso la suma pagadera a los casos en que esto beneficiarios de cada TITULAR sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros mayor a la EMPRESA como beneficiaria preferentesuma contratada por el TITULAR. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas Límites de seguro, junto con los comprobantes edad: Mayores de pago correspondientes, 12 años y menores de 86 años EXCLUSIONES PARTICULARES: (1): Accidentes ocurridos en vuelos no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización regulares que no sean operados por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, líneas aéreas comerciales reglamentadas y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSSdebidamente habilitadas. Este seguro cubrirá a todos los empleados está excluido en algunos PLANES DE ASISTENCIA APRIL, verifique en su CERTIFICADO o VOUCHER las características del CONTRATISTA, PLAN DE ASISTENCIA APRIL adquirido por Ud. si en su CERTIFICADO o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, VOUCHER no figuro este SERVICIO es porque el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 PLAN DE ASISTENCIA APRIL no cubre ni ofrece este servicio.
(quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). b) Seguro de responsabilidad civil Profesional y civil: El PROVEEDOR obsequia al TITULAR de algunos de sus Planes de Asistencia, un Seguro de Responsabilidad Civil Generala Terceros. Los Este seguro, está contratado con la compañía de seguros que se indica en la presente COBERTURA y ampara hasta el monto máximo contratado. La póliza de seguros de Responsabilidad Civil Profesional se encuentra sujeta a sus propias condiciones particulares y generales y su texto está a disposición del interesado en las oficinas de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones la aseguradora respectiva. QBE Compañía de Seguros, S.A. de C.V. y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:APRIL MEXICO ASSISTANCE SA DE C.V..
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta adjudicatario es responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para Interbiak o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Serán a su costo los seguros enumerados a continuacióncargo del Adjudicatario, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, daños producidos en el entendido que, en todos los casos en desarrollo de sus trabajos cualquiera que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferentesu naturaleza y volumen. El CONTRATISTA deberá presentar adjudicatario vendrá obligado a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto suscribir con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargogeneral, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional civil, en sus vertientes general, patronal y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones trabajos terminados. Esta póliza garantizará tanto al adjudicatario como a los subcontratistas, debiendo figurar como asegurado adicional sin perder la condición xx xxxxxxx INTERBIAK, sus socios, empleados y/o muerte de terceros y/representantes y en general a toda persona dependiente o relacionada con Interbiak, frente a las reclamaciones por daños que se pueden causar a bienes de terceros, causados a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación objeto de este contrato. Si en el Cuadro de Características del presente Xxxxxx no se hace mención de cantidad, el seguro será suscrito por un importe suficiente que asegure la ejecución del trabajo. La cuantía mencionada, se entenderá desde luego como mínima y no divisible, pero extendida, con idénticos efectos a las incidencias que pudieran surgir ante terceros para la totalidad de la asistencia, en la medida que, con arreglo a la reglamentación vigente y mediante las actuaciones que en su caso o en derecho procedan, sean efectivamente exigibles a la responsabilidad del consultor. La contratación de este seguro por el CONTRATISTA y/o su personal y/o consultor, no le libera de sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, responsabilidades por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones que queda obligado a asumir los incumplimientos que la Cía. de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Xxxxxxx tenga establecidos.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Legal Services
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo Adjudicatario deberá contratar los seguros enumerados que se especifican en el PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE OBRA y los siguientes seguros: • Seguro de Vida Obligatorio: Todas las personas afectadas al servicio deberán encontrarse cubiertas por este seguro. Según Decreto 1567/74 incluyendo la nómina detallada y actualizada del personal cubierto por este seguro, debidamente sellada y firmada por la Aseguradora, debiendo estar comprendida la totalidad del personal del ADJUDICATARIO que preste servicios en la Obra. El seguro de vida obligatorio (Ley 1567/74), se validará mediante la presentación y pago del F.931 que con el recibo de pago y la nómina del personal incluido en la correspondiente declaración jurada mensual a continuaciónla AFIP (mensual) debe ser presentado. • Seguro de Accidentes del Trabajo (ART) Caso en que se posea empleados bajo dependencia. Seguro de Riesgos del Trabajo: Leyes 26.773 y 24.557 y sus modificatorias, Decreto 1694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en las que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido quefuturo las modifiquen o sustituyan, para todo el personal en todos los casos relación de dependencia afectado al servicio incluyendo la siguiente cláusula: "[Denominación de la ART] renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra EANA S.E. y Aeropuertos Argentina 2000, sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el artículo 39.5 de la ley N° 24.557 (o la que esto sea posibleen el futuro la reemplace) o en cualquiera otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar, contratar o abonar al personal dependiente o ex - dependiente de [denominación del Adjudicatario ] alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el CONTRATISTA se obliga a designar hecho o en las pólizas ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de seguros trabajo y viceversa, como así también mantener indemne a la EMPRESA como beneficiaria preferenteEmpresa ante una acción judicial que pudiera plantearse en forma conjunta y en invocación de una supuesta responsabilidad solidaria. El CONTRATISTA deberá Deberán presentar a la EMPRESA las pólizas Certificado de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte Cobertura de la EMPRESA. A su vezART con la nómina del personal amparado por la Ley 24.557, la EMPRESA podrá suspenderconteniendo Apellido, sin responsabilidad alguna, el pago Nombre y Nº de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10C.U.I.L, incluyendo el pago periodo de las correspondientes primas. En dicho supuestovigencia, y actualizarlo mensualmente según la suspensión fecha de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA vencimiento consignada en el documento Además, se deberá presentar: Programa de abonar interesesSeguridad, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido aprobado por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes ART (en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateobras o servicios que lo requieran, según lo establecido deberá presentarse en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter forma previa al inicio de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de Américatrabajos). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Privada
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta adjudicatario de los trabajos a que se refiere el presente pliego estará obligado, con carácter previo a la formalización del contrato, a suscribir y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes mantener en vigor durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, un seguro de responsabilidad civil profesional de todo el personal de él dependiente adscrito a la realización de las prestaciones objeto del contrato que ampare de modo suficiente, y en una cuantía no inferior a seiscientos mil euros (600.000-€), los riesgos que pudieran derivarse de la ejecución del contrato y que cubra los eventuales daños que pudieran irrogarse con su actividad profesional a DEMUPORSA, el Ayuntamiento de Portugalete, a terceras personas o hasta al contratista de la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorobra cuando éste, en su ejecución, sin faltar a la xxx xxxxx, a las medidas de seguridad establecidas, a las normas de prudencia y diligencia o sin mediar infracción de reglamentos, se hubiera ajustado a las indicaciones y órdenes de la dirección. El adjudicatario adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos encomendados, quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad las indemnizaciones por los daños y perjuicios que a estos pueda ocasionarse como consecuencia de aquellos, si a tenor de las disposiciones y leyes vigentes incurriese en culpabilidad. En consecuencia, DEMUPORSA no será responsable, ni directa, ni solidariamente de lo que con plena responsabilidad técnica y legal controle, proyecte, informe, calcule u ordene el entendido que, en todos los casos en que esto sea posibleadjudicatario, el CONTRATISTA se obliga a designar en cual deberá disponer del personal debidamente capacitado y con la titulación legal necesaria para la realización completa de los trabajos objeto de este Contrato. El Adjudicatario someterá el clausulado de las pólizas de seguros seguro que suscriba a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a aprobación xx XXXXXXXXX quien podrá si lo estima necesario instar la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasmodificación del mismo. En dicho supuestoningún caso, la suspensión DEMUPORSA queda obligada a abonar ningún tipo de pagos gasto procedente de franquicias u otros no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido abonables por la EMPRESA. Se entenderá compañía de Seguros (daños, indemnizaciones o estudios), que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados asumidos por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:adjudicatario.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicios
SEGUROS. 15.1. El CONTRATISTA tomará por su cuenta suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente Contrato, y a su costo cargo, las siguientes pólizas de seguros:
a) Seguros Sociales y de Accidentes y/o Vida de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la ley.
b) Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir las reclamaciones de terceros cuyo origen sea la ejecución de las obligaciones que se deriven del Contrato, por daños materiales o personales y sus perjuicios consecuenciales. Esta Póliza deberá incluir las siguientes menciones:
1. ENAGÁS y su personal, así como cualquier subcontratista del CONTRATISTA que intervenga en la ejecución del Contrato, deberán ser incluidos como Asegurados adicionales en la misma. sin perder la condición de terceros.
2. El límite de indemnización tendrá una cobertura, como mínimo, igual a 1 millón de €.
3. El seguro incluirá, adicionalmente, las garantías de Responsabilidad Civil por Servicios prestados. En ningún caso, la contratación de las pólizas de seguros, exime o limita, la responsabilidad del Contratista o de sus Subcontratistas, asumida bajo este Contrato y la Ley.
15.2. Estas Pólizas actuarán como “Pólizas primarias” y siempre en primera instancia frente a cualquier otra que pudiera ser aplicable.
15.3. Los seguros indicados deberán contratarse con compañías aseguradoras de reconocida solvencia y prestigio.
15.4. Con independencia de lo anterior, podrá el CONTRATISTA suscribir, a su cargo, los seguros enumerados complementarios que estime necesario para la total cobertura de sus intereses y responsabilidades que pudieran derivarse del contrato.
15.5. Antes del comienzo de las obras, el Proveedor enviará a continuaciónEnagás un certificado de cada uno de los seguros indicados en los párrafos anteriores que se incorporará como Anexo 7. Dicho certificado deberá ser renovado anualmente con anterioridad a su vencimiento, y los mantendrá vigentes comprometiéndose a ampliar el alcance de las coberturas si, en opinión de Enagás, se considerase preciso. El incumplimiento de esta obligación derivará en el bloqueo del pago de las facturas del contrato, hasta su entrega conforme a lo establecido en el contrato.
15.6. El CONTRATISTA queda obligado a informar por escrito a ENAGÁS, durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ENAGÁS, en todo momento, podrá solicitar del mismoCONTRATISTA la entrega del original de las Pólizas, o hasta la fecha copias legitimadas, de los seguros que tenga contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente del pago de las primas correspondientes.
15.7. En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en que el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias o por cualquier otro motivo, en los seguros contratados, serán a cargo del CONTRATISTA.
15.8. En todos los materialesseguros que se contraten conforme a la subcláusula 15.1, equipos se incluirá una mención por la que se exima de responsabilidad y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, renuncia expresa al derecho de repetición establecido en el entendido queartículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización Responsabilidad Civil por parte de la EMPRESAentidad aseguradora contra ENAGÁS.
15.9. A El CONTRATISTA, bajo su vezexclusiva responsabilidad, la EMPRESA podrá suspender, sin requerirá a sus subcontratistas para que suscriban los seguros necesarios. Ello no le eximirá de su responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y frente a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral ENAGÁS.
15.10. El incumplimiento de esta cláusula 10cláusula, incluyendo el pago será causa de las correspondientes primasresolución de contrato. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este El certificado del seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá remitirse a la EMPRESA informada dirección de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:correo electrónico: XX.XXXXXXX@xxxxxx.xx.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Prestación De Servicios
SEGUROS. El CONTRATISTA contratista tomará por su cuenta todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del comitente o Inspección destacadas en la obra, a terceros y a su costo los seguros enumerados a continuaciónbienes de la Corte Suprema de Justicia o de terceros, y ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, elementos o de causas eventuales. Estas responsabilidades subsistirán hasta la fecha Recepción Provisoria de la obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realicen en el período de garantía. El Contratista deberá contratar con entidades aseguradoras autorizadas, que deben contar con la previa aceptación del Comitente, todos los materialesservicios de seguro que requiera la obra. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente o al Estado, que demande el seguro para el personal de la Inspección. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en Todas las pólizas de seguros o bien sus copias legalizadas serán entregadas al Comitente. Prohíbase efectuar contrato por Autoseguro, quedando obligado el contratista a contratar los seguros con entidades aseguradoras de primera línea, aprobados por la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas Superintendencia de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte Seguros de la EMPRESANación. A Será obligatorio para el Contratista y estará a su vezexclusivo cargo, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura contratación de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en siguientes seguros:
1) Póliza de los seguros correspondientes del personal a su caso, cargo de acuerdo a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente, discriminando especialidades y con mención del tipo de obra y cantidad de niveles. En todos El seguro contra accidentes cubrirá al personal de todo tipo y categoría que utilice el Contratista en la ejecución de los casostrabajos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá así como en las oficinas u otras dependencias integradas a la EMPRESA informada obra.
2) Póliza de todo cambio que se produzca Accidentes Personales del personal de la Inspección de Obra y del comitente asignado a la obra, de acuerdo a los montos indemnizatorios previstos en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso ley vigente.
3) Póliza de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de que cubra eventuales daños a terceros y/o daños a los bienes del Estado, durante el plazo de tercerosejecución de la obra incluido el período de garantía.
4) Póliza de seguro contra Incendio, causados por durante el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo plazo de ejecución de la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 obra (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:300 días corridos).
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará 5.1 Qué Seguros debe contratar? Usted(es) al tener la guarda material y jurídica de (el)los activo(s) y el uso y goce, debe responder por su cuenta los daños y perjuicios que se causen, así como a su costo los seguros enumerados terceros y en consecuencia, se obliga(n) a continuacióncontratar y mantener siempre vigente, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros necesarias, para la protección de los activos, así como la póliza que ampare la responsabilidad civil que pueda generar la utilización del activo y se obliga a pagar las primas derivadas de las mismas. BBVA COLOMBIA, podrá rechazar la póliza individual ofrecida por Usted(es), invocando causales objetivas consagradas en los procesos y procedimientos internos y en la normativa vigente. En el evento en que Usted(es) no acredite a BBVA COLOMBIA la contratación y vigencia de las pólizas, BBVA COLOMBIA incluirá el(los) activo(s) en la póliza colectiva que se tiene contratada y Usted(es) deberá(n) pagar el valor de las pólizas, en un plazo de (5) días contados a partir de la presentación de las facturas. BBVA COLOMBIA pondrá en conocimiento suyo, el clausulado de las pólizas mencionadas y le hará entrega de una copia de la misma al momento de aseguramiento de el(los) activo(s). El único beneficiario de las pólizas, será BBVA COLOMBIA. Usted(es) mantendrá(n) actualizados los valores de los activos, durante la vida del contrato.
5.2 Cuál es la responsabilidad frente a deducibles y excesos? En caso de siniestro parcial o total, Usted(es) está(n) obligado(s) a pagar el deducible y el exceso que representa el costo de las reparaciones frente al valor de la indemnización, así como el valor no cubierto por el infraseguro .
5.3 Qué pasa en caso de pérdida total del activo? BBVA COLOMBIA imputará la indemnización recibida, al saldo pendiente del contrato. Si después del pago Usted(es) queda(n) debiendo alguna suma, deberá(n) proceder con el pago de forma inmediata. Si sobra alguna suma de dinero, se destinará así: (i) si existen obligaciones pendientes de pago a cargo de suyo podrá aplicarse según el orden de imputación de pagos consagrado en el contrato; o (ii) si no existen obligaciones pendientes de pago a cargo de suyo, se le entregarán dichas sumas de dinero. Las sumas que usted(es) llegare(n) a recibir por indemnización de una pérdida parcial, deberá(n) ser destinadas exclusivamente por éste, a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas reparación de seguro, junto con los comprobantes de el(los) activos(s).
5.4 Qué sucede si hay objeción o no pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vezaseguradora? Si la aseguradora objeta la reclamación, la EMPRESA reparación o reposición de los activos, es de cargo de Usted(es), la reposición o reparación de el(los) activo (s)o la indemnización de terceros.
5.5 Quién es el responsable por la pérdida o deterioro del activo? Usted(es) es(son) responsable(s) de cualquier deterioro de el(los) activo(s) o de su pérdida total o parcial, cualquiera sea la causa que los produzca. En caso de pérdidas totales, la reposición de el(los) activo(s) se hará pagando el saldo a capital incluyendo el valor de la opción de compra, más los intereses causados pendientes de pago a la fecha del siniestro, liquidados a la tasa indicada en el anexo de Condiciones Financieras y el Formulario de Condiciones Leasing Financiero.
5.6 Qué alternativas tiene EL LOCATARIO en los eventos de pérdida o deterioro del activo? Usted(es) debe(n) avisar inmediatamente a BBVA COLOMBIA y cumplir con alguna de las siguientes alternativas, previo acuerdo con BBVA COLOMBIA:
(i) Reparar por su cuenta el activo y ponerlo en condiciones de funcionamiento. La reparación sólo podrá suspenderhacerse por los fabricantes de el(los) activo(s) o por sus representantes en el país, salvo que BBVA COLOMBIA lo autorice en otras condiciones.
(ii) Reemplazar el(los) activo(s) deteriorado(s) o perdido por otro de iguales condiciones de precio, mantenimiento y funcionamiento, caso en el cual operará la subrogación real , entendiéndose que el activo adquirido reemplaza al dañado o perdido para todos los efectos previstos en éste contrato sin responsabilidad algunaque esto implique su novación , el pago cual continuará ejecutándose normalmente hasta su terminación, para lo cual se debe suscribir un Otrosí al contrato, con el fin de las facturas correspondientes en tanto modificar la identificación de el(los)
(iii) Pagar a BBVA COLOMBIA el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes valor presente del contrato y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTAsumas dinerarias que adeude, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según acuerdo con lo establecido en este documento, caso en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, cual este contrato terminará por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una cumplimiento del mismo. Elegida cualquiera de las personas involucradasalternativas, por un monto mínimo equivalente BBVA COLOMBIA acordará con Usted(es) el ejercicio de los derechos derivados de los correspondientes contratos de seguros. 5.7¿Cómo funciona la póliza de transporte si el activo es importado? En caso de que (el)los activo(s) sean objeto de importación, será el(los) proveedores el responsable de contratar la póliza de transporte, siendo responsabilidad de Usted(es) presentar a EUA$ 500,000.00 BBVA COLOMBIA la póliza en la cual el único beneficiario sea BBVA COLOMBIA. En caso de que (quinientos mil dólares 00/100el)los activo(s) objeto del proceso de importación se aseguren con la póliza colectiva de transporte de BBVA COLOMBIA, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional se le entregará copia a Usted(es) para su conocimiento y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:aceptación.
Appears in 1 contract
Samples: Arrendamiento Financiero Leasing
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo Licitante ganador deberá contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, daños que causen sus empleados y/o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en operarios (o el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas personal de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioressus subcontratistas, en su caso) a “LA CONVOCANTE” y/o a terceros, en sus bienes o en su persona, provocados por actos y/o hechos intencionales y/o imprudenciales, voluntarios y/o involuntarios o directa o indirectamente causados por la prestación de los servicios, incluyendo el daño o indemnización a los ocupantes permanentes u ocasionales, sus bienes y pertenencias y la restitución de los perjuicios hasta su total satisfacción. La vigencia del seguro será por el periodo de tiempo comprendido entre la fecha de inicio de la prestación de los servicios y el día en que la “LA CONVOCANTE” los reciba de conformidad. La cobertura del seguro deberá cubrir los riesgos indicados con un límite de responsabilidad hasta por la cantidad de 20% del monto total del contrato, y con el mismo límite para cada evento y/o siniestro. Esta póliza deberá ser entregada a “LA CONVOCANTE”, a más tardar a la firma del contrato. La póliza deberá ser otorgada por Compañía Aseguradora legalmente constituida y autorizada conforme a las Leyes Mexicanas, y se mantendrá vigente durante todo el tiempo que dure la ejecución de los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigentetrabajos. En todos los casoslo general y lo particular, la contratación del presente seguro, deberá efectuarse conforme a lo especificado en el modelo de contrato que acompaña a la presente convocatoria. PARA EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO TENDRA QUE ENTREGAR LO SIGUIENTE: Escrito mediante el cual en caso de resultar adjudicado, el CONTRATISTA deberá presentar una lista LICITANTE garantice la calidad de su personal la contratación del servicio, a realizar, señalando que cuenta con la infraestructura necesaria, los recursos, técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados, para la entrega del servicio, y para el cumplimiento con éste a entera satisfacción de sus subcontratistas asignado al la PRODECON, durante la vigencia del contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada derive de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso esta LICITACIÓN, de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según conformidad con lo establecido en el presente ContratoANEXO TÉCNICO, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con para lo cual podrá utilizar el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:ANEXO UNO.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
SEGUROS. EL LOCATARIO tomará con una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera y previamente aprobada por EL ARRENDADOR FINANCIERO, y durante el término de éste contrato, los seguros necesarios con el fin de amparar EL BIEN contra todos los riesgos de daño, destrucción total, pérdida, hurto o desaparecimiento físico por cualquier evento de acuerdo con la cobertura y condiciones ya establecidas con la Aseguradora, estableciendo como beneficiario del seguro a EL ARRENDADOR FINANCIERO quedando para EL LOCATARIO la opción de tomar un seguro de lucro cesante o cualquier otros que garantice el pago del canon en caso de siniestro, como el seguro de vida deudor. Así mismo, EL LOCATARIO deberá asegurar EL BIEN contra responsabilidad civil, por los daños que su funcionamiento pueda ocasionar físicamente a terceros y a sus propiedades. Es entendido que EL LOCATARIO es y seguirá siendo el único responsable ante dichos terceros por los daños que EL BIEN pueda causar. EL LOCATARIO se obliga a informar a EL ARRENDADOR FINANCIERO sobre estos seguros, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de los contratos de seguros o renovaciones. En caso de siniestro parcial EL LOCATARIO queda obligado a pagar el deducible cuando haya lugar a ello, además el exceso que represente el costo de las reparaciones frente al valor de la indemnización, lo mismo que el valor no cubierto por infraseguro. En caso de pérdida total se dará por terminado el contrato, si EL LOCATARIO no optare por sustituir EL BIEN, en cuyo caso EL ARRENDADOR FINANCIERO imputará la indemnización recibida al saldo que en virtud de este contrato estuviese pendiente. Si efectuada esta operación EL LOCATARIO quedare debiendo alguna suma de dinero a EL ARRENDADOR FINANCIERO, deberá pagársela dentro de los tres (3) días siguientes al informe de la aseguradora sobre el monto de la indemnización, de la misma forma procederá EL ARRENDADOR FINANCIERO si se presentare un excedente entre el monto de la indemnización y el saldo del contrato. Constituye una obligación adicional a cargo de EL LOCATARIO el pago de las primas de seguros correspondientes. El CONTRATISTA tomará beneficiario de los seguros será siempre EL ARRENDADOR FINANCIERO. PARÁGRAFO PRIMERO: EL LOCATARIO en caso de incumplimiento en la presentación de los contratos de seguros o renovaciones, autoriza a EL ARRENDADOR FINANCIERO, sin que esto implique obligación o responsabilidad para EL ARRENDADOR FINANCIERO, para que por cuenta de EL LOCATARIO contrate los seguros o renovaciones con la compañía de seguros que estime conveniente y/o pague las respectivas primas de seguros, con el fin de mantener vigentes las pólizas que amparen EL BIEN. En el caso de que EL ARRENDADOR FINANCIERO pague por cuenta de EL LOCATARIO las primas de seguro, éste se obliga a pagar a aquella, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al recibo de la cuenta de cobro, el importe de dichas cuentas pagadas por su cuenta reconociendo intereses a la tasa máxima permitida por la ley. El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones asumidas en esta cláusula, será causal para que EL ARRENDADOR FINANCIERO pueda dar por terminado el presente contrato con las consecuencias previstas en sanciones por incumplimiento. EL LOCATARIO debe comprobar a EL ARRENDADOR FINANCIERO el pago de las primas de seguro mediante la remisión del Certificado de Renovación y la constancia del pago de la prima. En ningún caso EL LOCATARIO podrá desmejorar las condiciones iniciales del seguro. PARAGRAFO SEGUNDO. EL LOCATARIO se obliga a su costo exigir y conseguir que EL PROVEEDOR tome con una compañía de seguros legalmente establecida y previamente aprobada por EL ARRENDADOR FINANCIERO, los seguros enumerados necesarios para amparar los riesgos derivados de la construcción, para lo cual contratará con:
1. Garantía de cumplimiento: EL PROVEEDOR garantizará el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en el contrato de obra, para ello constituirá a continuaciónfavor de EL ARRENDADOR FINANCIERO, una póliza de cumplimiento por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total de la construcción, antes de IVA y los mantendrá vigentes durante su vigencia será igual a la del contrato, más sesenta días.
2. Garantía de estabilidad de la obra: EL PROVEEDOR garantizará la estabilidad de la construcción, para ello deberá constituir a favor de EL ARRENDADOR FINANCIERO una garantía por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato de obra antes de IVA con vigencia de tres (3) años contados a partir de la fecha de entrega a satisfacción de EL ARRENDADOR FINANCIERO de la obra contratada.
3. Garantía de buen uso del anticipo. EL PROVEEDOR garantizará el buen uso del anticipo, para ello deberá constituir una garantía a favor de EL ARRENDADOR FINANCIERO por un valor equivalente 100% del anticipo entregado a EL PROVEEDOR, instruido por EL LOCATARIO, mediante una póliza expedida por compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, por toda la vigencia del Contratocontrato de obra más sesenta días.
4. Garantía de responsabilidad civil extracontractual: mediante una póliza para garantizar la responsabilidad civil extracontractual ante terceros, incluyendo cualquier extensión por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del mismovalor total de la construcción, antes de IVA, que ampare a EL ARRENDADOR FINANCIERO por los daños o hasta perjuicios causados a personas o a propiedad de terceros en virtud de la fecha en gestión que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriordebe llevar a cabo EL PROVEEDOR, en el entendido quecumplimiento del presente contrato, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros cuya vigencia será igual a la EMPRESA como beneficiaria preferentedel contrato de obra, más noventa días. El CONTRATISTA Adicionalmente se le deben anexar las siguientes coberturas: R.C.E. Patronal, R.C.E. Contratistas y Subcontratistas, R.C.E. Cruzada, gastos médicos.
5. Garantía de salarios y prestaciones sociales: será una póliza, equivalente al 10% del valor de la obra, antes de IVA para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales de los trabajadores de EL PROVEEDOR. Esta póliza deberá presentar constituirse simultáneamente con las mencionadas en la presente cláusula y su vigencia será igual a la EMPRESA las del contrato de obra más tres años. Las pólizas enunciadas en los numerales anteriores deberán constituirse y presentarse ante EL ARRENDADOR FINANCIERO, antes de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización iniciarse cualquier obra por parte de la EMPRESAEL LOCATARIO. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, PARÁGRAFO PRIMERO: En el pago evento de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción modificación del valor y/o plazo del contrato de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTAobra respectivo, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos hacer efectiva la legislación vigente. En todos los casosgarantía, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas EL PROVEEDOR deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de ampliar las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones pólizas y/o muerte prorrogarlas, o reponer el valor asegurado de terceros y/o daños las mismas. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL LOCATARIO asume la entera responsabilidad por la veracidad, contenido y condiciones de los seguros anteriormente determinados, dejando constancia que cualquier error, dolo, inexactitud, de parte de EL PROVEEDOR en la expedición de éstas pólizas, se constituye como una causal de incumplimiento al presente contrato, facultando a bienes EL ARRENDADOR FINANCIERO, a dar por terminado el presente contrato, conseguir la restitución de tercerosEL BIEN y reclamar las sanciones e indemnizaciones a que haya lugar. PARÁGRAFO TERCERO: En caso de existir multiplicidad de PROVEEDORES, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será dese deberá adjuntar las mismas pólizas, por lo menoscada uno de ellos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal amparando en los Estados Unidos porcentajes establecidos, cada uno de América) cada una por evento. La cobertura los contratos que EL LOCATARIO suscriba con ellos, para la ejecución de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:las obras.
Appears in 1 contract
Samples: Leasing Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda 7.1. Del Seguro de Desgravamen.- Durante la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posiblede este CONTRATO, el CONTRATISTA CLIENTE se obliga a designar mantener vigente un seguro de desgravamen, siendo beneficiario del mismo exclusivamente la FINANCIERA, quien en caso de fallecimiento o invalidez total o parcial del CLIENTE y/o de las pólizas personas aseguradas, cobrará directamente la indemnización correspondiente a fin de seguros aplicarla a la EMPRESA como beneficiaria preferentecancelación del saldo total pendiente de pago, hasta donde éste alcance.
7.2. Del Seguro del INMUEBLE.- El CONTRATISTA deberá presentar CLIENTE se obliga a contratar y mantener vigente, a satisfacción de la EMPRESA las pólizas FINANCIERA, un seguro contra todo riesgo que corra el INMUEBLE; otorgado por una Compañía de seguroSeguros y por un valor de cobertura no menor al monto de la Hipoteca, junto salvo que la FINANCIERA acepte un monto distinto.
7.3. Sin perjuicio de la obligación que asume el CLIENTE, la FINANCIERA podrá contratar y/o renovar los seguros antes señalados, ante el incumplimiento del CLIENTE, por cuenta y costo de este último, con los comprobantes la compañía y condiciones que libremente determine. La falta de pago correspondientescontratación o renovación, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vezFINANCIERA, de e/los Seguro(s) ante(s) mencionado(s), no genera para la EMPRESA podrá suspender, sin FINANCIERA responsabilidad alguna; pues el CLIENTE declara conocer que la responsabilidad por ello le corresponde a él, salvo en el pago supuesto de las facturas correspondientes que EL CLIENTE haya contratado con el seguro ofrecido por la FINANCIERA, en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción cuyo único caso será responsabilidad de la EMPRESA, FINANCIERA la renovación del seguro.
7.4. La FINANCIERA entregará al CLIENTE el cumplimiento integral respectivo Certificado de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresSeguro o, en su caso, la Póliza de Seguro Individual o Póliza del Inmueble, en un plazo no mayor a diez (10) días calendario de haber recibido tales documentos, salvo que la Compañía de Seguros o tercero autorizado los obligatorios según proporcione directamente al CLIENTE, en todo caso la información respecto del nombre de la Compañía de Seguros, el CPCnúmero de la póliza y el monto de la prima se consignará en la Hoja Resumen adjunta al presente.
7.5. Si por cualquier causa o circunstancia, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá los seguros tomados a todos los empleados del CONTRATISTAtravés de la FINANCIERA, fueren variados, modificados, o incluso suprimidos, la FINANCIERA lo comunicará al CLIENTE mediante aviso escrito tan pronto como tenga conocimiento, a fin de cualesquiera que el CLIENTE tome debida nota de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones tales cambios y/o muerte supresiones y de terceros todas sus implicancias y consecuencias. Además, si las variaciones consistieran en nuevos requerimientos a ser cumplidos o presentados por el CLIENTE, o nuevos riesgos excluidos u otros, el CLIENTE se obliga a satisfacerlos y/o daños a bienes cumplirlos, bajo su exclusiva decisión y responsabilidad de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda quedar desprotegido del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:seguro correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Crédito Hipotecario
SEGUROS. El CONTRATISTA contratista tomará por su cuenta todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del comitente o Inspección destacadas en la obra, a terceros y a su costo los seguros enumerados a continuaciónbienes del Poder Judicial o de terceros, y ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, elementos o de causas eventuales. Estas responsabilidades subsistirán hasta la fecha Recepción Provisoria de la obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realicen en el período de garantía. El Contratista deberá contratar con entidades aseguradoras autorizadas, que deben contar con la previa aceptación del Comitente, todos los materialesservicios de seguro que requiera la obra. Serán por cuenta del Contratista los gastos derivados de actualizaciones, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoampliaciones de plazos motivadas por trabajos suplementarios o causas no imputables al Comitente o al Estado, que demande el seguro para el personal de la Inspección. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en Todas las pólizas de seguros o bien sus copias legalizadas serán entregadas al Comitente. Prohíbase efectuar contrato por Autoseguro, quedando obligado el contratista a contratar los seguros con entidades aseguradoras de primera línea, aprobados por la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas Superintendencia de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte Seguros de la EMPRESANación. A Será obligatorio para el Contratista y estará a su vezexclusivo cargo, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura contratación de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en siguientes seguros:
1) Póliza de los seguros correspondientes del personal a su caso, cargo de acuerdo a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente, discriminando especialidades y con mención del tipo de obra y cantidad de niveles. En todos El seguro contra accidentes cubrirá al personal de todo tipo y categoría que utilice el Contratista en la ejecución de los casostrabajos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá así como en las oficinas u otras dependencias integradas a la EMPRESA informada obra.
2) Póliza de todo cambio que se produzca Accidentes Personales del personal de la Inspección de Obra y del comitente asignado a la obra, de acuerdo a los montos indemnizatorios previstos en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso ley vigente.
3) Póliza de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de que cubra eventuales daños a terceros y/o daños a los bienes del Estado, durante el plazo de tercerosejecución de la obra (900 días corridos).
4) Póliza de seguro contra Incendio, causados por durante el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo plazo de ejecución de la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 obra (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:60 días corridos).
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
SEGUROS. Serán a cargo del Contratista todos los daños producidos en el desarrollo de sus trabajos cualquiera que sea su naturaleza y volumen. El CONTRATISTA tomará Consultor suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato y hasta que haya transcurrido un mínimo xx xxxx (10) años, contados desde que se hubiera producido la emisión del Certificado Final de Obra, un Seguro de Responsabilidad Civil que garantice, tanto al Contratista como a los Subcontratistas , frente a las reclamaciones por su cuenta daños que causen a terceros, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación objeto de este contrato, hasta un límite de 600.000,00 Euros por siniestro. Será asimismo admisible si, en defecto de límite “por siniestro”, el límite de este seguro es “por siniestro y periodo”, debiendo incluir en tal caso la póliza una cláusula por la que se garantice la reposición del límite en la misma medida en que haya podido erosionarse. En este seguro se deberá hacer constar expresamente como asegurado adicional a su costo la Propiedad sin perder por ello la consideración xx xxxxxxx, y deberá garantizar las defensas y fianzas civiles y criminales, así como la Responsabilidad Civil Patronal por accidentes de trabajo, siendo en este último caso admisible un sublímite de, al menos, 400.000,00 Euros por víctima. Asimismo, el Contratista suscribirá y mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato los seguros enumerados obligatorios y/o de suscripción obligatoria conforme a continuaciónla legislación vigente. El Contratista notificará por escrito a la Propiedad cualquier alteración o cancelación de las pólizas con, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contratoal menos, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadotreinta (30) días de antelación. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en Todas las pólizas de seguros a que se refieren estos apartados, suscritas por el Contratista, deberán incluir una cláusula de renuncia a los derechos de subrogación, contra la EMPRESA como beneficiaria preferentePropiedad y/o el personal a su servicio, por las Compañías Aseguradoras. El CONTRATISTA En relación con los seguros citados, el Contratista deberá presentar a acreditar su contratación y vigencia antes de la EMPRESA firma del presente contrato, debiendo aportar copia íntegra de las pólizas y de seguro, junto con los comprobantes de recibos acreditativos del pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vezprima, pudiendo además la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad algunaPropiedad solicitar en todo momento que el Contratista le acredite documentalmente la contratación, el pago pago, el contenido y vigencia de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA los seguros. Si no acredite fehacientemente, y se cumpliera con este requisito a plena satisfacción de la EMPRESAPropiedad, el cumplimiento integral y sin perjuicio de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contratoeste contrato en relación con los supuestos de incumplimiento, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter la Propiedad se reserva la contratación de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, los oportunos seguros por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una cargo del Contratista deduciendo el importe de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda primas satisfechas de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil Generallas liquidaciones que se le practicaran. Los seguros contratados en virtud de Responsabilidad Civil Profesional los compromisos establecidos en la presente cláusula no limitarán las obligaciones y responsabilidades que le corresponden al Contratista en virtud de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/presente contrato, respondiendo por tanto de cuantas pérdidas o muerte responsabilidades le fueran imputadas en exceso o defecto de terceros y/o daños a bienes los límites y garantías solicitadas y en la cuantía de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda las franquicias del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:seguro.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por Serán a cargo del adjudicatario, todos los daños producidos en el desarrollo de sus trabajos cualquiera que sea su cuenta naturaleza y volumen. Para cubrir los riesgos a su costo cargo, el adjudicatario contratará y mantendrá durante el período de adjudicación y posibles prórrogas los seguros enumerados siguientes contratos de seguros, que se citan a continuacióntítulo enunciativo y no limitativo, ya que el objeto es conseguir una eficaz cobertura: Seguro del inmueble (Edificación) y la totalidad de los inmuebles, instalaciones, maquinaria equipamientos, utillaje y mobiliario frente a los riesgos de daños. La Sociedad Urduñederra Urduña Ederra, S.L. deberá aprobar el contenido de la póliza y en dicha póliza figurará como beneficiario Urduñederra Urduña Ederra, S.L. y el Ayuntamiento de la Ciudad xx Xxxxxx. Garantía de Responsabilidad Civil en sus vertientes de explotación (incluyendo intoxicación alimenticia), subsidiaria de subcontratistas, accidentes de trabajos, locativa, productos, contaminación accidental, coberturas propias de la actividad a implantar, y deberá garantizar las defensas y fianzas civiles y criminales incluyendo como asegurado al Ayuntamiento xx Xxxxxx, Urduñederra, S.L., manteniendo la condición xx xxxxxxx así como a toda persona que intervenga en los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del trabajos objeto de este contrato, renunciando las Compañías Aseguradoras a los derechos de subrogación o acción que pudieran ejercitar contra cualquiera de los mencionados anteriormente, frente a las reclamaciones por daños que se pueden causar a terceros, a consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este Contrato, incluyendo cualquier extensión incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación objeto de este Contrato. Garantía de Todo Riesgo daño Material que asegure los bienes y el margen que el adjudicatario utilice y obtenga para y de la explotación del mismocontrato que se licita, así como coberturas para los huéspedes. Seguro de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados al contrato y de los trabajadores empleados por los subcontratistas con los que el Contratista contrate, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares. Seguro obligatorio de vehículos automóviles propios o contratados por el adjudicatario que intervenga en los trabajos objeto del contrato, que cubra el riesgo de responsabilidad civil obligatorio y vario hasta la fecha en que todos el límite máximo contratable. Las cifras básicas mínimas a garantizar son: - Responsabilidad Civil General: 1.500.000 Euros. - Responsabilidad Civil Accidentes de trabajo: 1.500.000 Euros. - Responsabilidad Civil Locativa.: 1.500.000 Euros - Responsabilidad Civil Contaminación Accidental: 1.500.000 Euros - Sublímite por víctima Accidentes de trabajo: 300.000 Euros. - Defensa y fianzas Civiles y penales: Incluido. El abono de las primas correspondientes a los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas citados contratos de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas será de segurocuenta del Contratista, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá entendiéndose a todos los empleados efectos que su importe se encuentra repercutido en los precios del CONTRATISTAContrato. Asimismo, o y en el caso de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada produjese algún siniestro durante el período de todo cambio vigencia de dichos contratos de seguros, será de cuenta del Contratista el abono de cualquier tipo de franquicia que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal haya podido ser establecida en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:mismos.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Arrendamiento
SEGUROS. De contarse con toda la documentación requerida que deba ser suministrada por la Junta, el contratista deberá asegurar la totalidad de las obras contratadas desde el inicio de las obras y hasta su entrega definitiva, y para ello deberá adquirir el seguro Todo Riesgo de Construcción del Instituto Nacional de Seguros o similar, de conformidad con las siguientes coberturas: COBERTURA BÁSICA: o COBERTURA E: Daño directo bienes en construcción. COBERTURAS ADICIONALES: o COBERTURA F: Temblor y terremoto. o COBERTURA G: Vientos huracanados, inundación y deslizamiento- o COBERTURA L: Responsabilidad civil extracontractual y subjetiva, modalidad límite único combinado y límite agregado anual. El CONTRATISTA tomará resto de la documentación requerida para la suscripción de las distintas coberturas de seguros, que no deba ser entregada por la Junta, deberá ser obtenida por el contratista ante las instancias correspondientes. El contratista proveerá la totalidad de la mano de obra calificada y no calificada, para asegurar una correcta realización de los trabajos con excelentes acabados y durabilidad esperada de las obras. El contratista, como patrono, asumirá la completa responsabilidad de todas las obligaciones obrero-patronales y civiles derivadas de la realización de los trabajos, tales como el aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social, el aseguramiento contra riesgos laborales y las pólizas de responsabilidad civil. La fiscalización podrá solicitar la remoción de cualquier empleado del contratista, si a su juicio, causare impedimentos para llevar a cabo una inspección a cabalidad o que la construcción pudiese presentar deficiencias por causa de incompetencia o negligencia; igualmente, si la conducta de esos trabajadores dentro del proyecto se considere inaceptable. En tales casos, el contratista está obligado de acatar dicha solicitud, sin responsabilidad laboral o de otra índole para la fiscalización o la junta. El contratista deberá proveer en el sitio de la obra y por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuaciónentera cuenta, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, el equipo y las herramientas necesarios para que la obra quede totalmente terminada. Los materiales, accesorios y equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriordeben ser nuevos, estar en el entendido queperfecto estado, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas ser de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y excelente calidad comprobada a satisfacción de la EMPRESAfiscalización y ser idóneos para los trabajos de conformidad con las especificaciones técnicas del proyecto, salvo que las mismas sean mejoradas sin costo adicional para la Junta y con el aval previo de la fiscalización. El contratista será responsable del transporte, almacenaje, uso y custodia de cualquier producto, material, equipo o herramienta que se requiera en la obra. Deberá adoptar las medidas de seguridad especificadas para el almacenamiento de dichos insumos, de forma que los mismos no causen accidentes a sus trabajadores o a terceros, o dañen las edificaciones o instalaciones existentes. En todo caso, el cumplimiento integral contratista asumiría la entera responsabilidad por cualquier daño causado contra personas o inmuebles debido al inadecuado almacenamiento de esta cláusula 10los materiales, incluyendo accesorios, equipos o herramientas. El almacenaje de los materiales, en cuanto a instalaciones temporales, correrá por cuenta y riesgo del contratista, y deberá regirse por los criterios técnicos recomendados para cada tipo de material de manera que se preserve su calidad hasta el pago momento de incorporarlos a la obra. El contratista deberá acatar toda indicación que sobre el particular dicte la fiscalización. La fiscalización tendrá la potestad de exigir, en cualquier momento, la documentación técnica (memoria de cálculo, especificaciones técnicas del fabricante, catálogos, muestras y cualquier tipo de información que se requiera) sobre materiales, accesorios y aún, elementos de trabajo que se proponga usar, para verificar la calidad de los mismos, vinculados al uso específico que se le dé en el proyecto, según los planos constructivos y las especificaciones técnicas correspondientes. Con base en la comprobación respectiva, la fiscalización podrá rechazar cualquier material o elemento constructivo, que no demuestre cumplir con la obligación superior de ser de la más alta calidad esperada, quedando bajo responsabilidad del contratista la obligación de reemplazar los materiales o los trabajos realizados, sin responsabilidad ni costo para la Junta. La aprobación que se dé a los materiales y accesorios, significa únicamente que cumplen o mejoran las condiciones solicitadas y que se acepta su instalación o uso, siempre que los materiales y accesorios, sean idénticos a los aprobados. No se releva al contratista, de su responsabilidad ni de su obligación de suministrar todos los accesorios indicados o no indicados, pero que a juicio de la fiscalización, sean necesarios para el funcionamiento eficiente de cualquier sistema. Los materiales, herramientas y equipos durante la realización de los trabajos, serán de exclusiva responsabilidad del contratista. La Junta no asumirá ninguna responsabilidad por su cuido o vigilancia. Una vez concluida la obra, los materiales y equipos propiedad del contratista deberán ser retirados de la propiedad inmediatamente. Los materiales rechazados por la fiscalización deben ser retirados del sitio de las correspondientes primasobras, en un término no mayor de una semana. Si el contratista propone usar material o accesorios diferentes a los especificados o detallados en los planos, los cuales requieren rediseño, el mismo y los nuevos planos y detalles requeridos serán preparados y costeados a entera cuenta del contratista, y estarán sujetos a la aprobación de la fiscalización. Cuando estos cambios aprobados requieren diferentes cantidades o modificaciones en los sistemas con el aporte de accesorios adicionales, éstos serán suministrados por el contratista sin costo adicional para la Junta. La fiscalización podrá ordenar, con la razonable anticipación, cambios de los materiales, accesorios, equipos o elementos constructivos indicados en planos y especificaciones, y considerados en la oferta del contratista, por otros de mayor o menor costo, cuando lo considere conveniente en satisfacción del interés público. En dicho supuestoestos casos se reconocerá o deducirá al contratista, la suspensión diferencia de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o costo en relación con estos cambios. El contratista deberá subsanar cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá trabajo que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, resultase defectuoso debido a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal vicios ocultos en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional materiales y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:equipos utilizados.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y contratista, estará obligado a su costo los seguros enumerados suscribir, con anterioridad a continuaciónla formalización del contrato, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a que se indican en los Pliegos del presente concurso así como aquellas que el órgano de contratación estime pertinentes en cualquier momento durante la EMPRESA como beneficiaria preferenteejecución del contrato. El CONTRATISTA deberá presentar a Durante la EMPRESA las pólizas vigencia del contrato, el adjudicatario justificará documentalmente, al inicio de seguro, junto con los comprobantes cada año de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad algunaejecución, el pago de las facturas correspondientes primas de seguros. Cualquier modificación en tanto las pólizas deberá ser aprobada previamente por MERCAGRANADA y los límites asegurados se deberán actualizar anualmente de acuerdo con el CONTRATISTA IPC estatal del año anterior. En caso de incumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones relativas a los contratos de seguro (suscripción de pólizas, abono xx xxxxxx, coberturas aseguradoras, etc.), MERCAGRANADA podrá atenderlas directamente repercutiendo a aquél el coste correspondiente, sin perjuicio de las penalidades que pudieran derivarse de acuerdo con los Pliegos. En concreto, el adjudicatario suscribirá y asumirá el coste que suponga una póliza de responsabilidad civil (cubrirá las distintas responsabilidades general, patronal, cruzada, defensa y fianzas civiles y penales) desde la fecha de inicio de las labores de ejecución hasta la extinción del contrato, incluido el período de garantía. Remitirá a MERCAGRANADA copia de los documentos que justifiquen el cumplimiento de esta obligación en el plazo de un mes a contar desde la formalización del contrato. El adjudicatario asimismo suscribirá y asumirá el coste que suponga la contratación de un seguro Todo Riesgo de Daños Materiales por la totalidad de los bienes e instalaciones, que estará vigente mientras lo esté el contrato. Remitirá copia del documento o documentos que así lo justifique en el plazo de un mes a contar desde la fecha de formalización del contrato y posteriores modificaciones. Con independencia de lo señalado en esta Cláusula, el adjudicatario suscribirá las pólizas de seguros que considere necesarias en orden a evitar cualquier responsabilidad, frente a terceros, de MERCAGRANADA. Especialmente, si se sirve de profesionales no acredite fehacientementeintegrados en su plantilla de personal, deberá suscribir una póliza que cubra la responsabilidad civil que pueda derivarse de la actuación de los mismos. MERCAGRANADA deberá figurar como asegurado adicional en todas las pólizas. Además deberá figurar como beneficiario en la póliza de seguro Todo Riesgo de Daños Materiales El contratista deberá acreditar, presentado fotocopia del recibo y de la póliza, antes de la formalización del contrato, tener suscrito a su cargo y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10MERCAGRANADA, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente como asegurado al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá contratista y al personal que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en intervenga a su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil Generalque debe tener como mínimo las siguientes coberturas anuales: El contratista se encargará de renovar el certificado con un nuevo original, a cada vencimiento de la póliza durante el periodo contractual. Los seguros La suscripción de Responsabilidad Civil Profesional y de esta póliza se justificará ante MERCAGRANADA, S.A., con Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados 300.000 € por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de siniestro Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir Explotación Sin sub-límite por lo menos:víctima Responsabilidad Civil Patronal 150.000 € por víctima Responsabilidad Civil Subsidiaria Incluida
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Project and Execution of Photovoltaic Solar Installations
SEGUROS. 19.1. El CONTRATISTA tomará por su cuenta Proveedor contratará y mantendrá en vigor durante la ejecución del Contrato o Pedido, y a su costo coste, los siguientes seguros:
a) De accidentes de trabajo y seguros sociales de todos sus trabajadores, conforme a la legislación vigente.
b) De responsabilidad civil frente a terceros mediante los seguros enumerados obligatorio y voluntario de vehículos a continuaciónmotor, y los mantendrá vigentes durante toda propios o contratados a terceros, que intervengan en la vigencia ejecución del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, Contrato o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorPedido.
c) De responsabilidad civil frente a terceros, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas la Sociedad Contratante de seguros a Redeia aparezca como asegurado adicional sin perder la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientescondición xx xxxxxxx, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, que garantice el pago de las facturas correspondientes indemnizaciones a que tanto él mismo como sus subcontratistas o proveedores, así como la Sociedad Contratante de Redeia o su personal, resultaran obligados frente a terceros, como civilmente responsables de los daños accidentales o perjuicios consecuenciales, causados a los mismos y/o a la Sociedad Contratante de Redeia, en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementesus personas o en sus bienes, por acción o por omisión, y a satisfacción ya sea directa o subsidiaria tal responsabilidad como consecuencia de la EMPRESA, ejecución del Contrato o Pedido. Dicho seguro deberá cubrir suficientemente cualquier reclamación o indemnización en relación con los bienes materiales que la Sociedad Contratante de Redeia le facilite para el cumplimiento integral de esta cláusula 10y la ejecución del Contrato o Pedido, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas desde que sean puestos a disposición del Proveedor o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios hasta que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá sean devueltos a la EMPRESA informada Sociedad Contratante de todo cambio Redeia. Adicionalmente, este seguro incluirá expresamente las garantías de responsabilidad civil de explotación, responsabilidad civil patronal, responsabilidad civil cruzada, responsabilidad civil profesional y postrabajos, responsabilidad civil por productos y responsabilidad civil por contaminación y daños al medioambiente para aquellos suministros de Equipos y/o Materiales Asociados que se produzca conlleven un posible riesgo medioambiental. El seguro habrá de contemplar un límite mínimo de 5.000.000 euros por siniestro, siendo el límite mínimo exigido por víctima no inferior a 450.000 euros. No obstante, dichos requerimientos podrán ser ampliados o modificados en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontratecada Contrato o Pedido atendiendo a las circunstancias concurrentes, según lo establecido en la Documentación Contractual.
d) De caución, cuando proceda según lo previsto en la Condición 12.5. Dicho seguro deberá ser conforme con la legislación vigente en cada momento y deberá tener un límite suficiente para cubrir el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx precio del Contrato o Pedido en sustitución de las garantías económicas a las que se refiere la Condición 12.
e) Cualquier otro seguro que sea requerido por las disposiciones legales vigentes aplicables a las prestaciones realizadas por el Proveedor en relación con el carácter Contrato o Pedido.
19.2. Todos los seguros anteriormente mencionados actuarán como pólizas primarias y siempre en primera instancia frente a cualquier otra que pudiera ser aplicable. Adicionalmente, dichos seguros deberán ser contratados con entidades aseguradoras de subcontratistasreconocida solvencia y cualquier cambio material, dichas personas deberán contratarrenovación o cancelación serán comunicados a la Sociedad Contratante de Redeia, por sin que puedan en ningún caso implicar un incumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de seguros conforme a la presente Condición.
19.3. Cuando la naturaleza de los seguros lo permita, constará expresamente en ellos que la entidad aseguradora abonará directamente a la Sociedad Contratante de Redeia las indemnizaciones que en su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto caso procedan.
19.4. El Proveedor acreditará el cumplimiento de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en la normativa del país donde se prestan los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones Servicios o se suministran los Equipos y/o muerte Materiales Asociados, en materia de terceros seguros de accidentes de trabajo y seguros sociales, mediante la entrega de un certificado de seguros o documento similar, como prueba de dicha cobertura.
19.5. Con anterioridad a la ejecución del Contrato o Pedido y a requerimiento de la Sociedad Contratante de Redeia, el Proveedor acreditará la contratación, el alcance de la cobertura y la plena vigencia de los seguros exigidos, mediante la presentación de los certificados correspondientes y/o daños a bienes documentación acreditativa.
19.6. La responsabilidad del Proveedor no queda limitada, en perjuicio de la Sociedad Contratante de Redeia o de terceros, causados por la contratación o falta de contratación de los seguros indicados ni por su falta de cobertura. En caso de siniestro, aquellos importes que no queden cubiertos por los seguros contratados serán a cargo del Proveedor.
19.7. Sin perjuicio de todo lo anterior, el CONTRATISTA y/o Proveedor podrá suscribir, a su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cargo, los seguros complementarios que estime necesarios para total cobertura de dichas pólizas será desus intereses y responsabilidades que pudieran derivarse del Contrato o Pedido.
19.8. En todos los seguros que se contraten en cumplimiento de las presentes CGC, se incluirá mención expresa de exoneración de responsabilidad de la Sociedad Contratante de Redeia con renuncia expresa al derecho de repetición y subrogación contra esta por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones parte de dólares 00/100, moneda las entidades aseguradoras de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:dichos seguros.
Appears in 1 contract
Samples: Servicios Agreements
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las Normas vigente en materia de Higiene y Seguridad en la construcción – Leyes N° 19.587 y 24.557 y su cuenta reglamentación Xxxxxxx X° 000/00 x xxx Xxxxxxxxxxxx SRT N° 231/96, 51/97, 35/98, 319/99 y 552/01, como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de la obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la obra, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Seguro de accidentes que cubra al personal del comitente afectado a la obra.
4) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el monto que se establezca en el P.C.E., a su costo los seguros enumerados nombre y el del Comitente, manteniendo a continuaciónéste cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y los mantendrá vigentes durante toda perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan producirse como consecuencia de la vigencia del Contrato, incluyendo ejecución y mantenimiento de las obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriornaturaleza, en relación con ello. Asimismo, el entendido contratista deberá asegurar la obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todos los casos en que esto sea posibletodo momento, cubra el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientestotal certificado, y con vigencia hasta la Recepción Provisoria. Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del comitente. En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no podrá cancelar o modificarel contratista dar inicio a las tareas, siendo de forma alguna, su exclusiva responsabilidad las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la EMPRESA. A su vezobra, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y se procederá a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos ésta, con cargo al contratista, no originará obligación alguna para la EMPRESA abonándose ningún importe en concepto de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá certificados; pudiéndose inclusive llegar a la EMPRESA informada rescisión del contrato. El contratista deberá acompañar al expediente informes semestrales de todo la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía con la que haya contratado el seguro. El Comitente, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de aseguradora, que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido deberá efectuarse en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter plazo de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta setenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto dos (72) horas de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:notificada esa decisión.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Cláusulas Generales Para La Licitación Y Contratación De Obras Públicas
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA Desarrollador se obliga a designar en las pólizas de su xxxxx a contratar y mantener válidas y vigentes los seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá necesarios que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será decubran, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 los riesgos a que estén expuestos los Usuarios, la Obra Civil y todos los bienes afectos al Servicio, así como los de responsabilidad civil. Para estos efectos, el Desarrollador contratará, a más tardar 15 Días Hábiles posteriores a la fecha del Acta de Inicio de Construcción de la Obra Civil, a una empresa especializada, previamente aprobada por escrito por la Secretaría, la elaboración de un estudio de riesgos, coberturas, indemnizaciones, montos mínimos, vigencia y demás términos y condiciones de los seguros. El plazo que contará la empresa especializada para elaborar el estudio no deberá ser mayor a 15 Días Hábiles contados a partir de su contratación. Un tanto en original de dicho estudio deberá presentarse a la Secretaría dentro de los 5 Días Hábiles siguientes a su emisión y servirá de base para que las Partes acuerden las características y alcances de tales seguros. Las características y alcances que acuerden las Partes deberán documentarse por escrito debidamente firmado por sus representantes legales, en el entendido de que dicho documento formará parte de este Contrato como Anexo 13. En todo caso, las pólizas de seguros deberán cumplir invariablemente con lo siguiente:
(cien millones i) Deberán ser expedidas en pólizas válidas y exigibles por una compañía aseguradora autorizada para tal efecto bajo las Leyes Aplicables;
(ii) Xxxxxxx señalar a la Secretaría, como asegurado adicional bajo las mismas;
(iii) No podrán cancelarse o modificarse sin el previo consentimiento expreso y por escrito de dólares 00/100la Secretaría; y
(iv) Deberán ser contratadas dentro de los 15 Días Hábiles siguientes a la fecha del Acta de Terminación de Construcción de la Obra Civil. El Desarrollador deberá proporcionar a la Secretaría copia de las pólizas, moneda de curso legal sus renovaciones y de los comprobantes de pago:
(i) Dentro de los 5 Días Hábiles siguientes a la fecha de su expedición o a la fecha en que venza el plazo de 15 Días Hábiles señalado en el inciso (iv) anterior, lo que ocurra primero; y
(ii) Anualmente, dentro de los Estados Unidos de América) cada una por evento10 Días Hábiles posteriores al término del plazo anterior. La cobertura Secretaría tendrá en todo momento el derecho de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotoresverificar si las pólizas cumplen con los requerimientos establecidos en este Contrato, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:que la simple presentación de las pólizas no implican una aceptación de las mismas por parte de la Secretaría. El Desarrollador hará su mejor esfuerzo para evitar que cualquiera de sus contratistas, subcontratistas, empleados o trabajadores actúen en tal forma que pudieran constituir la cancelación o la inaplicabilidad de las pólizas de seguros, siendo el Desarrollador responsable en caso de no haber cumplido con esta disposición. La simple contratación de los seguros no liberará al Desarrollador de sus responsabilidades y obligaciones bajo el presente Contrato. El Desarrollador deberá notificar a la Secretaría sobre cualquier circunstancia que pueda dar lugar a una reclamación mayor a $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 Moneda Nacional, según sea actualizado de conformidad con el Índice), mediante notificación por escrito por lo menos 5 Días Hábiles de anticipación a que vaya a ingresar la solicitud de reclamación ante la aseguradora. Si la aseguradora determina que la reclamación no es procedente, el Desarrollador deberá notificarle a la Secretaría los detalles de dicha circunstancia. Si los pagos realizados por una aseguradora bajo una reclamación son insuficientes para cubrir el siniestro, el Desarrollador deberá pagar cualquier cantidad faltante. No obstante lo establecido en la presente Xxxxxxxx, el Desarrollador también estará obligado a contratar cualquier otro seguro que por disposición de las Leyes Aplicables pudiere llegar a ser obligatorio para el Proyecto.
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su Las posibles responsabilidades de toda índole, así como la obligación de indemnizar de cuantos daños o perjuicios puedan producirse como consecuencia de las operaciones ejecutadas en el desarrollo del contrato, serán de la exclusiva cuenta y cargo del adjudicatario. El adjudicatario deberá tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil general, con una Compañía solvente, por un importe mínimo no inferior al importe de adjudicación, que cubra los riesgos de cualquier tipo de daños o perjuicios causados en las personas y en las cosas a su costo los seguros enumerados usuarios, trabajadores de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. o del adjudicatario, a continuaciónla propia RENFE Viajeros S.M.E., S.A. o a terceros, en la totalidad de la cuantía en que se produzcan. Para el caso de que la cuantía de la póliza no fuera suficiente, el adjudicatario asumirá la diferencia. Antes de la firma del contrato y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia en todo caso antes del Contrato, incluyendo cualquier extensión inicio del objeto del mismo, o hasta el adjudicatario se compromete a presentar ante el órgano de RENFE Viajeros S.M.E., S.A. que se le indique, una certificación original expedida por la fecha en que todos los materialesEntidad aseguradora acreditativa, equipos y empleados de la existencia del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorSeguro para la actividad de la empresa, en cuantía suficiente, que deberá constar en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas Seguro de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientesResponsabilidad Civil, y no podrá cancelar o modificar, que cubra el periodo de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte ejecución del objeto de la EMPRESA. A su vezpresente licitación, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad algunay acredite igualmente, el pago de las facturas correspondientes en tanto la prima, conforme al modelo adjunto. Asimismo, será necesario presentar ante el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, Administrador del Contrato una nueva certificación acreditativa de que el adjudicatario ha renovado y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo realizado el pago de las correspondientes primas. En dicho supuestola prima correspondiente si durante la ejecución del objeto de la presente licitación contratado, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según venciera el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:concertado.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta (i) En los contratos de servicios y a su costo suministros, el contratista suscribirá y mantendrá los seguros enumerados que a continuacióncontinuación se indican: S eguro de Responsabilidad Civil Profesional: Que cubra los errores y omisiones en las que los profesionales, (abogados, ingenieros, peritos…) que presten sus servicios para BIMEP, puedan incurrir en el desarrollo de su trabajo o en el ejercicio de sus funciones. Dicho seguro deberá ser suscrito con una Compañía Aseguradora de reconocido prestigio, e incluir un límite de indemnización de no menos de 300.000 Euros.
(ii) En los contratos de obras, y en los de servicios y suministros cuando así esté previsto en las Condiciones Particulares, el contratista suscribirá y mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contratolos seguros que a continuación se indican: S eguro de Responsabilidad Civil: contratado en sentido amplio, que garantice las responsabilidades que se puedan derivar por los daños materiales, personales y perjuicios consecuenciales causados a terceros, incluyendo cualquier extensión expresamente como tal al personal propio del mismocontratista, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios suministradores, así como el personal y bienes del BIMEP, como consecuencia de la ejecución de las obras, y que acuerde sean imputables al contratista, su personal, o a estos cualquier persona física o jurídica que intervenga en la legislación vigenteejecución del contrato. Dicho seguro deberá incluir las coberturas de Responsabilidad Civil General, Patronal (Accidentes de Trabajo), Productos y Post-Trabajos, con un límite mínimo por siniestro de 300.000 Euros. En todos los casosconcepto de Responsabilidad Civil Patronal, se cubrirá un mínimo de 150.000 Euros por víctima. Y en el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando que el CONTRATISTA subcontratealcance de los trabajos incluyera el transporte de mercancías o equipos por cuenta del contratista, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro cobertura de responsabilidad civil Profesional y derivada del transporte. S eguro de Vehículos: Responsabilidad Civil General. Los seguros Obligatorio y Voluntario para todos los vehículos propios o alquilados que sean utilizados en el emplazamiento y que estén sujetos a la Ley de Responsabilidad Civil Profesional y Seguro en la Circulación de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte Vehículos de terceros y/o daños a bienes Motor y cuantos otros elementos móviles sean preceptivos de tercerosacuerdo con la normativa vigente (carretillas y asimilados, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:etc.).
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta Será obligación del Proveedor contratar y mantener vigentes los Seguros que satisfagan los riesgos de cada Servicio o provisión de Bienes, de acuerdo a su costo los términos y condiciones especificados en el Contrato Marco, con compañías de seguros enumerados a continuaciónchilenas, sólidas y los mantendrá vigentes de prestigio, durante toda la vigencia del Contrato. Dichos Seguros serán contratados en favor de la Empresa, incluyendo cualquier extensión siendo de cargo exclusivo del mismo, o hasta la fecha Proveedor el pago de las primas y demás gastos en que todos los materiales, equipos la Empresa pueda incurrir con motivo de dichos Seguros y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, irán renovando a favor de la Empresa en el entendido que, en todos los casos la medida en que esto sea posibleel Contrato siga vigente. El Proveedor deberá cubrir cualquier diferencia que resulte en su contra entre lo cubierto por los Seguros y los daños efectivos a ser pagados a la Empresa por causas imputables a culpa o dolo del Proveedor o de sus dependientes, el CONTRATISTA a fin de dejarla indemne de todo perjuicio. El Proveedor se obliga a designar en respetar cabal e íntegramente todas las condiciones y cláusulas de las pólizas de seguros seguro contratadas, respondiendo de todo acto u omisión que provoque la resolución o caducidad de estas pólizas o que perjudique o limite en cualquier forma su eficacia o los derechos de la Empresa a percibir las indemnizaciones correspondientes en caso de sobrevenir un siniestro. Frente a la EMPRESA como beneficiaria preferenteocurrencia de algún siniestro relacionado directamente a las obligaciones del Contrato, el Proveedor deberá comunicar inmediatamente a la Empresa del hecho y las circunstancias que lo rodearon como, a su vez, poner a disposición de ella toda la información y antecedentes necesarios para proceder a la oportuna y eficaz notificación del siniestro a la compañía de seguros y liquidador correspondientes. El CONTRATISTA deberá presentar Proveedor no podrá demorarse en el pago de cualquier cantidad o indemnización adeudada a la EMPRESA las pólizas Empresa so pretexto de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización haberse recibido reembolso por parte de la EMPRESAcompañía de seguros. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago La contratación de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA los Seguros a que se refiere esta cláusula no acredite fehacientemente, y a satisfacción constituye una limitación de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que responsabilidad del Proveedor a los montos establecidos por la EMPRESA para la asegurados o ningún otro monto. La Empresa podrá solicitar al Proveedor, cada vez que lo requiera, conocer acerca del estado de vigencia y cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresSeguros. El Proveedor se compromete a proporcionar inmediatamente a la Empresa la información, en su caso, certificados y demás antecedentes que ésta última requiera al efecto. Las pólizas de seguro contendrán una disposición que prohíba al Proveedor o a la Compañía de Seguros poner término a los obligatorios según el CPCmismos, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá sin previa notificación a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:Empresa.
Appears in 1 contract
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará contratista deberá contar, previo a la iniciación de los trabajos, con los seguros que se detallan a continuación:
1) Copia del contrato de afiliación a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo conforme a lo establecido por las Normas vigente en materia de Higiene y Seguridad en la construcción, Leyes N° 19.587 y N° 24.557 y su cuenta reglamentación Xxxxxxx X° 000 de fecha 14 xx xxxxxx de 1996 y las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO N° 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, N° 51 de fecha 7 de julio de 1997, N° 35 de fecha 00 xx xxxxx xx 1998, N° 319 de fecha 9 de septiembre de 1999 y N° 552 de fecha 7 de diciembre de 2001, como así también toda otra Norma legal que resulte vigente durante el desarrollo de la obra.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio que cubra a todo el personal afectado a la obra, de acuerdo a la legislación vigente.
3) Seguro de accidentes que cubra al personal del comitente afectado a la obra.
4) Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el monto que se establezca en el P.B.C.P., a su costo los seguros enumerados nombre y el del Comitente, manteniendo a continuaciónéste cubierto por toda pérdida y/o reclamo por lesiones, daños y los mantendrá vigentes durante toda perjuicios causados a cualquier persona y/o bienes de cualquier clase, que puedan producirse como consecuencia de la vigencia del Contrato, incluyendo ejecución y mantenimiento de las obras; y por todo reclamo judicial y gastos de cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriornaturaleza, en relación con ello. Asimismo, el entendido contratista deberá asegurar la obra contra incendio y otros riesgos, debiendo tener la póliza valor progresivo que, en todos los casos en que esto sea posibletodo momento, cubra el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientestotal certificado, y con vigencia hasta la Recepción Provisoria.
5) Seguro de las Obras, Planta, Materiales y Equipo; el monto mínimo de esta póliza será el equivalente al 100% de la obra ejecutada y acumulada en cada acta de medición. La presentación de estas pólizas a valores actualizados se hará ante la inspección de obra. Todos los seguros serán contratados en compañías de primera línea y a entera satisfacción del comitente. En caso de verificarse el incumplimiento de alguno de los requisitos precedentemente descriptos, no podrá cancelar o modificarel contratista dar inicio a las tareas, siendo de forma alguna, su exclusiva responsabilidad las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte consecuencias que esta situación genere. En caso de que tal circunstancia se configure con posterioridad al inicio de la EMPRESA. A su vezobra, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y se procederá a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos ésta, con cargo al contratista, no originará obligación alguna para la EMPRESA abonándose ningún importe en concepto de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá certificados; pudiéndose inclusive llegar a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda rescisión del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para Obra Pública
SEGUROS. 26.1 Los seguros deben ser contratados en compañías aseguradoras a
26.2 El CONTRATISTA tomará Contratista se obliga a presentar el comprobante de cancelación de los premios antes de la fecha de vencimiento para su pago, con la única excepción de que la/s póliza/s contenga/n una cláusula por la que el asegurador mantenga su responsabilidad aún cuando no se hubiera efectivizado el pago.
26.3 El Contratista contratará por su cuenta y a su costo cargo los seguros enumerados que se describen seguidamente y cuyas pólizas deberán estar endosadas a continuaciónfavor de ACUMAR que, y los mantendrá vigentes durante toda a excepción de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, indicada en el entendido queApartado 26.4.2 del presente Artículo, deben figurar en todos todas ellas como coasegurada. Todos los casos en que esto sea posibleseguros de RC, el CONTRATISTA se obliga ART y Accidentes Personales deberán contener CLAUSULA DE NO REPETICION a designar en las pólizas favor de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferenteACUMAR. El CONTRATISTA Contratista deberá presentar tomar un seguro de RC en beneficio de CEAMSE.
26.4 El Contratista deberá contratar a su xxxxx un seguro de Responsabilidad Civil por la EMPRESA las pólizas suma de seguro$10.000.000 (pesos diez millones), junto con reposición automática hasta tres veces la suma asegurada, que cubra todos y cada uno de los comprobantes posibles reclamos, que surjan como consecuencia de pago correspondienteslos servicios a prestar por sí, y a consecuencia de daños a personas o bienes de terceros dentro o fuera de predios de CEAMSE. El seguro no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago excluir ninguna de las facturas correspondientes en tanto actividades inherentes a los servicios a prestar por el CONTRATISTA Contratista. La póliza tendrá una cláusula que exprese que se dará comunicación escrita requiriendo autorización de CEAMSE con no acredite fehacientementemenos de treinta (30) días de anticipación a cualquier cambio, y a satisfacción terminación, cancelación o reducción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de la póliza. En el rubro de Responsabilidad Civil la contratación del seguro comprenderá: RC Servicios, RC equipos y maquinarias, RC extracciones, RC Comprensiva, RC Carga y Descarga de desechos contaminantes, se deberán cubrir todas las actividades que se realizan, RC Cruzada a favor de CEAMSE, RC Caídas de objetos, RC negligencias, etc., RC Contaminación, Contratistas y Subcontratistas que realicen trabajos en la obras y cualquier otro adicional inherente a la actividad específica del
26.4.1 El Contratista deberá contratar un seguro para los distintos riesgos nunca serán inferiorescamiones propiedad de ACUMAR, en con cobertura C (Terceros completos) más el adicional de parabrisas, con cobertura de RC por el límite máximo autorizado por la Superintendencia de Seguros de la Nación. El TOMADOR de estas pólizas deberá ser el Contratista, mientras que ACUMAR deberá ser el ASEGURADO. En los vehículos propiedad del Contratista se exigirá como mínimo un seguro de RC por el límite máximo autorizado por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
26.4.2 El Contratista deberá contratar a su casoxxxxx un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra todos y cada uno de los reclamos emergentes de las actividades contractuales y extracontractuales que desarrollen, provocados por bienes, cosas o personas y que ocasionaren perjuicios a personas, cosas o bienes de CEAMSE. El seguro no podrá excluir ninguna de las actividades inherentes a los obligatorios según servicios a prestar por el CPC, Contratista Adjudicatario y CEAMSE será considerada como un tercero en las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este Condiciones Particulares de la Póliza.
26.4.3 En cuanto se relaciona con el seguro cubrirá a todos los empleados por riesgos del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA trabajo deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá adecuarse a la EMPRESA informada normativa y reglamentación vigente (Ley de todo cambio Riesgos del Trabajo - ART) al momento de ofertar presentando copia del contrato con nómina del personal afectado y cláusula de no repetición a favor de
26.4.4 Los premios pagados por la/s póliza/s contratada/s tendrán que se produzca en dicha listaser justificados a CEAMSE por los medios de pago electrónicos que impone la ley de seguros vigente, acreditando ello con anterioridad a la firma del contrato por parte del Adjudicatario o emisión de la Orden de Compra. Seguro por accidentes personales y muertes en caso También deberán presentarse las habilitaciones de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateconducir del personal destinado al cumplimiento de los presentes servicios a prestar, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una dentro de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en categorías correspondientes.
26.4.5 Todos los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los equipos utilizados deberán tener coberturas específicas que amparen: seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o técnicos por los daños a bienes de tercerosocasionados mientras realizan las operaciones, causados al igual que las habilitaciones para el uso designado cuya documentación será supervisada por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en CEAMSE.
26.4.6 Todos los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir ser contratados con Compañías Aseguradoras habilitadas a operar por lo menos:la Superintendencia de Seguros de la Nación, a satisfacción de CEAMSE.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por LA EMPRESAtomará a su cuenta exclusivo cargo y responsabilidad la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil y Daños para todas las personas que asistan a la presentación artística de EL ARTISTA, desligando en forma expresa al ARTISTA, y a su costo todos y cada uno de sus integrantes y/o músicos acompañantes por cualquier reclamo de terceros originado en forma directa o indirecta, causal o con causal con la realización del espectáculo o show a realizarse, obligándose LA EMPRESA a indemnizar al ARTISTA, y/o a todos y cada uno de los nombrados precedentemente por los daños y perjuicios que pudieran sufrir como consecuencia de estos reclamos de terceros. Asimismo, LA EMPRESA se hará cargo de la contratación de los respectivos seguros enumerados a continuacióncontra todo riesgo, incluyendo de vida y accidentes, que cubra la actuación dEL ARTISTA y todos y cada uno de sus integrantes, músicos acompañantes, y asistentes integrantes de la comitiva dEL ARTISTA. Los seguros mencionados precedentemente deberán estar vigentes hasta la terminación de las presentaciones acordadas, estando obligado LA EMPRESA a exhibir las pólizas correspondientes y los mantendrá vigentes recibos de pago a solicitud que le sea formulado por EL ARTISTA. Será de vital importancia la presencia constante de un representante de LA EMPRESA, con poder de decisión, desde la llegada de EL ARTISTA o el primero de sus representantes al aeropuerto de la primera ciudad de actuación, durante toda la vigencia estadía de la delegación de EL ARTISTA y hasta la partida del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismoel último de los elementos de la delegación de EL ARTISTA. Otro representante de LA EMPRESA con poder de decisión, o el mismo ya mencionado, en la sala, donde se realice cada actuación; desde la llegada del Mánager o el Jefe de Escenario, a la misma, hasta la fecha en que todos salida total del personal y los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestadoelementos relacionados con el concierto. Lo anterior, • Personal en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferenteAeropuerto para carga y descarga del material escenográfico y backline (2 personas). El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESADe ser transportado vía aérea. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido • Personal en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda lugar del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura show de carga y descarga para todos los elementos relacionados con el espectáculo (4 personas), tanto en el momento del armado como para el desarme, a disposición del stage manager. • Programador / operador xx xxxxx móviles con conocimiento de equipostodos los componentes del sistema y bajo la supervisión del personal técnico de XXXXX Y XXXXXX. Seguros • Electricista Calificado en caso de que el lugar del show no cuente con el mismo. LA EMPRESA deberá asegurarse de la presencia del electricista del local de actuación a la llegada del material y personal de sonido e iluminación. Si el local de actuación no contase entre su plantilla de trabajadores a un electricista, LA EMPRESA lo facilitará a su propio costo. El mismo deberá poseer todas las llaves necesarias para automotoresacceder a todos los gabinetes que estén relacionados con su función, equipamiento vialy tener los conocimientos necesarios en cuanto a la instalación eléctrica del lugar. Deberá estar en condiciones de proveer la carga de electricidad necesaria para la realización del espectáculo y de la prueba de sonido e iluminación. Deberá estar a disposición del stage mánager de NACHO Y XXXXXX desde la llegada de éste, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:hasta la total finalización del espectáculo.
Appears in 1 contract
Samples: Rider Agreement
SEGUROS. I. CLÁUSULA SEGUROS POR CONTRATO DE REHABILITACIÓN, REPARACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE OBRAS Y DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
a) Seguro de Responsabilidad Civil, por un monto mínimo asegurado de UF 5.000, el cual debe contemplar las coberturas mínimas que se detallen en “Anexo de Seguros I Seguro de Responsabilidad Civil”, resguardando cualquier daño que se cause a terceras personas o a sus bienes, entendiendo por tales, a personas ajenas a la obra o dependientes de ella, como consecuencia de las acciones y/u omisiones derivadas de la ejecución del Contrato, sean ellos originados por el Contratista o por sus dependientes y ya sea que se trate de daños causados por personas, maquinas, herramientas y/o elementos que de él dependan y por causas voluntarias, involuntarias, fortuitas o accidentales.
b) Seguro de todo riesgo de construcción, el cual deberá contemplar las coberturas mínimas que se detallan en el “Anexo de seguros I Contratos de Rehabilitación, Reparación o Construcción de obras” cuyo objeto sea indemnizar los daños o pérdidas que producto de un accidente fortuito sufran las obras que se están construyendo. El CONTRATISTA tomará monto de este seguro deberá ser por el valor total del Contrato. El Contratista no podrá iniciar ni permitir que algún subcontratista inicié trabajos, mientras el Seguro de Responsabilidad Civil y Seguro de Construcción no haya sido contratado en los términos establecidos precedentemente. Para los efectos anteriores, el contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de notificación de la carta de adjudicación, para hacer entrega a EFE del certificado de cobertura emitido por la Compañía de seguros en que conste la contratación del seguro mencionado. Los seguros antes mencionados podrán contratarse con deducibles, los que serán de cargo del contratista. En el caso de tomar la póliza con deducible, este debe ser fijo, vale decir, la póliza determinará expresamente la suma de dinero liquida correspondiente al deducible. En todo caso, las condiciones de las distintas pólizas de seguro deberán contar con la aprobación de XXX, sin que esta aprobación previa exima al Contratista de su cuenta y a su costo obligación de contratar los seguros enumerados referidos oportunamente. Los montos que corresponda pagar por concepto de deducibles deberán ser garantizado por el contratista a continuacióntravés de una boleta de garantía bancaria, incondicional e irrevocable, pagadera a la vista, sin intereses, a sola presentación, extendida a nombre de Empresa de los Ferrocarriles del Estado y Rut 61.216.0000-7, con un plazo de vigencia de equivalente al plazo del Contrato o una póliza de garantía de ejecución inmediata extendida a nombre de Empresa de los mantendrá vigentes durante toda Ferrocarriles del Estado con un plazo de vigencia equivalente al plazo del Contrato. En el caso de ocurrido un siniestro, será obligación del Contratista renovar la boleta antes indicada en los mismos términos, de forma que ésta se encuentre vigente al momento del cierre del siniestro (esto es, el integro pago de la indemnización por la compañía de seguros); asimismo en caso que EFE haga uso de esta boleta, el Contratista deberá remplazarla por otra de iguales características. La glosa de la boleta de Responsabilidad Civil deberá ser extendida “Para garantizar el deducible de la póliza [número de la póliza] de Responsabilidad Civil correspondiente al Contrato [nombre completo del Contrato]”; y la glosa de la boleta de Construcción deberá ser extendida “Para garantizar el deducible de la póliza [número de la póliza] de Construcción correspondiente al Contrato [nombre completo del Contrato]” Será obligación del contratista previo al inicio del Contrato, presentar al Administrador de Contrato de EFE, el comprobante que acredite que el seguro está activo, además del calendario de pagos de las primas del seguro, el que no podrá exceder de la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha estando obligado a su vez a acompañar en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en lo sucesivo el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas comprobante de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes primas y en tanto su caso cuando sea requerido la póliza de seguro actualizada. No se dará curso a ningún estado de pago mientras la prima correspondiente al seguro no esté pagada. Cada día de atraso en cualquiera de las situaciones indicadas se considerará como una falta genérica, que podrá ser multada de manera diaria hasta que se regularice la situación. Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, para el CONTRATISTA no acredite fehacientementecaso de que durante la ejecución del Contrato el Contratista dejase de pagar las primas del seguro, por medio del presente instrumento se otorga mandato irrevocable a EFE para pagarlas directamente a la Compañía de Seguros, y se autoriza a satisfacción su vez a descontar las sumas desembolsadas de los Estados de pago pendientes, a fin de mantener en vigencia el seguro contratado. Lo anterior es no obstante cualquier otro derecho o recurso que pudiere ejercer EFE, con la EMPRESAmisma finalidad. No obstante los seguros contratados, el cumplimiento integral de esta cláusula 10Contratista será igualmente responsable por todos los riesgos no asegurados, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido así como por la EMPRESAdiferencia que pueda existir entre lo pagado realmente por la compañía de seguros y el valor total del daño producido por el siniestro. Lo anterior es sin perjuicio de otros seguros que tome el Contratista para su resguardo. Se entenderá deja constancia que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, anexos a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente refiere esta clausula forman parte integrante del presente Contrato y mantendrá a deberán estar suscritos por el contratista. Si en las Condiciones Particulares se ha establecido que sólo determinadas condiciones generales o pólizas específicas, identificadas por su código de depósito en la EMPRESA informada Superintendencia de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales Valores y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrateSeguros, según lo establecido en son pertinentes para el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:sólo podrán contratarse aquellas.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Work
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará CLIENTE consiente que FMS no estará obligada a contratar seguro alguno ya sea directamente y/o por su cuenta y riesgo del CLIENTE, a menos de que se cumpla con todo lo siguiente: 1. Que el CLIENTE haya instruido previamente por escrito y expresamente a FMS de su costo contratación, especificando claramente la clase de seguro, montos a asegurar y/o riesgos a ser cubiertos, así como cualquier otra información necesaria para su contratación; 2. Que el CLIENTE haya manifestado a FMS por escrito el valor de las mercancías; y, 3. Que el CLIENTE haya anticipado a FMS todos los seguros enumerados a continuaciónfondos necesarios para contratar el seguro. El CLIENTE es consciente que los transportistas y/o porteadores con los cuales FMS celebre contratos, convenios y/o acuerdos por cuenta y los mantendrá vigentes durante toda riesgo del CLIENTE derivado del SERVICIO, tienen la vigencia del Contratoobligación xx xxx de contar con seguros, tanto para el medio de transporte como para las cargas que manejan, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa: contra cualquier extensión daño, destrucción, pérdida, deterioro, maltrato, perjuicio, incendio, riesgo, robo y/o extravío de mercancías por cualquier causa. Asimismo, el CLIENTE está consciente y acuerda que la responsabilidad de los transportistas, porteadores y/o demás prestadores y proveedores de servicios con los cuales FMS celebre contratos, convenios y/o acuerdos, por cuenta y riesgo del mismoCLIENTE, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados derivado del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorSERVICIO, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas mejor de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones encuentra limitada y/o muerte sujeta a ciertos límites, especialmente de terceros manera enunciativa más no limitativa conforme a las cartas de porte, conocimientos de embarque, documentos, y/o daños guías aéreas que general y regularmente manejan, y conforme a bienes máximos de tercerosresponsabilidad previstos en diversas leyes y ordenamientos jurídicos, causados por el CONTRATISTA incluyendo en su caso Convenios y/o su personal Tratados Internacionales aplicables y que, además, los transportistas, porteadores y/o sus subcontratistas demás prestadores y proveedores de servicios con los cuales FMS celebre contratos, convenios y/o acuerdos por bienes propiedad cuenta y riesgo del CLIENTE derivado del SERVICIO, no garantizan una fecha de entrega de las mercancías. En virtud de la naturaleza del SERVICIO, las Partes acuerdan que FMS no será responsable, de manera enunciativa más no limitativa, por: pérdidas, daños, robos, perjuicios, extravíos, maltratos, deterioros y/o bajo destrucciones, parciales o totales, de mercancías; por la guarda demora o retraso en su entrega ni por el incumplimiento de contratos, convenios y/o acuerdos en los que FMS haya actuado como comisionista y/o intermediario del CONTRATISTACLIENTE, como consecuencia del SERVICIO, especialmente, de manera enunciativa más no limitativa, por incumplimientos de transportistas, porteadores, agentes aduanales, agentes de carga, estibadores, prestadores de servicios y/o almacenistas. La cobertura En caso de dichas pólizas será cualquier reclamación o acción legal que el CLIENTE pretenda interponer o haya interpuesto en contra de, de manera enunciativa más no limitativa, cualquier transportista, porteador, estibador, agente aduanal, agentes de carga, prestador de servicios y/o almacenista, FMS, previa solicitud por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones escrito del CLIENTE le proporcionará al CLIENTE una copia simple de dólares 00/100, moneda los documentos que obren en su poder. El CLIENTE podrá contratar directamente los seguros que protejan y aseguren las mercancías contra cualquier riesgo y evento. En caso de curso legal que la aseguradora se subrogue en los Estados Unidos derechos del CLIENTE con el propósito de América) cada hacer valer y/o exigir sus derechos contra los terceros con los cuales el CLIENTE celebró cualquier acuerdo, contrato y/o convenio mediante la prestación del SERVICIO desempeñado por FMS, previa solicitud por escrito del CLIENTE y/o de la compañía aseguradora, FMS proporcionará una por evento. La cobertura copia simple de Responsabilidad Civil General deberá incluir los documentos que obren en su poder, sin que esto implique responsabilidad adicional alguna a la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros prevista en estos T&C para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:FMS.
Appears in 1 contract
SEGUROS. 33.1 Los seguros deben ser contratados en compañías aseguradoras a
33.2 El CONTRATISTA tomará Contratista se obliga a presentar el comprobante de cancelación de la/s prima/s antes de la fecha de vencimiento para su pago, con la única excepción de que la/s póliza/s contenga/n una cláusula por la que el asegurador mantenga su responsabilidad aún cuando no se hubiera efectivizado el pago.
33.3 El Contratista contratará por su cuenta y a su costo cargo los seguros enumerados que se describen seguidamente y cuyas pólizas deberán estar endosadas a continuaciónfavor de CEAMSE que, a excepción de la indicada en el Apartado 33.3.2 del presente Artículo, deben figurar en todas ellas como co asegurada.
33.3.1 El Contratista deberá contratar a su xxxxx un seguro de Responsabilidad Civil Construcciones, por la suma de $800.000- (pesos ochocientos mil), con reposición automática hasta tres veces la suma asegurada, que cubra todos y cada uno de los posibles reclamos, que surjan como consecuencia de los trabajos a realizar por sí o por medio de subcontratistas, a consecuencia de daños a personas, cosas o bienes de terceros dentro o fuera de predios de CEAMSE. El seguro no podrá excluir ninguna de las actividades inherentes a los trabajos a realizar por el Contratista. La póliza tendrá una cláusula que exprese que se dará comunicación escrita requiriendo autorización de CEAMSE con no menos de treinta (30) días de anticipación a cualquier cambio, terminación, cancelación o reducción de la cobertura de la póliza. En el rubro de Responsabilidad Civil la contratación del seguro comprenderá: RC Obras, y Servicios, RC Profesional, RC Instalaciones y Montajes, RC Comprensiva, RC Demoliciones, RC Trabajos xx xxxxxx, RC Maquinarias, RC Contratistas y Subcontratistas, RC Izamientos, RC Nivelación de suelos, RC Carga y Descarga de Materiales, RC Señalización y Carteles, RC Descargas Eléctricas y electrocución, RC Explosión y escapes de gas, RC Excavaciones, RC rotura de cañerías, se deberán cubrir todas las actividades que se realizan, RC Cruzada a favor de CEAMSE, RC Caídas de objetos, RC Trabajos en altura, RC Vigilancia, etc. CEAMSE Co asegurado.
33.3.2 El Contratista deberá contratar a su xxxxx un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra todos y cada uno de los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contratoreclamos emergentes de las actividades contractuales y extracontractuales que desarrollen este o sus Subcontratistas, incluyendo cualquier extensión del mismoprovocados por bienes, cosas o hasta la fecha en personas y que todos ocasionaren perjuicios a personas, cosas o bienes de CEAMSE. El seguro no podrá excluir ninguna de las actividades inherentes a los materiales, equipos trabajos a realizar por el Contratista Adjudicatario y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar CEAMSE será considerada como un tercero en las pólizas Condiciones Particulares de la Póliza.
33.3.3 En cuanto se relaciona con el seguro por riesgos del trabajo deberá adecuarse a la normativa y reglamentación vigente (Ley de Riesgos del Trabajo - ART) al momento de ofertar. A tal fin CEAMSE podrá efectuar las verificaciones correspondientes. Deberán presentar el Contrato de ART con la nómina del personal afectado y una cláusula de no repetición a favor de CEAMSE. Se deberán contratar los seguros por accidentes personales por la suma de $330.000 - (pesos trescientos treinta mil) por muerte y el mismo importe por incapacidad más $20.000 (pesos veinte mil) por asistencia médica farmacéutica por cada persona que trabaje como autónomo y XXXXXX debe figurar como primer beneficiario en póliza o deben poseer una cláusula de No repetición a favor de XXXXXX.
33.3.4 Los premios pagados por la/s póliza/s contratada/s tendrán que ser justificados a CEAMSE por los medios de pago electrónicos que impone la ley de seguros vigente, acreditando ello con anterioridad a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización firma del contrato por parte del Adjudicatario. También deberán presentarse las habilitaciones de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago conducir del personal destinado al cumplimiento de los presentes trabajos dentro de las facturas correspondientes en tanto categorías correspondientes.
33.3.5 Todas los equipos, maquinarias o móviles utilizados deberán poseer seguros de Responsabilidad Civil por no menos de $350.000 (pesos trescientos cincuenta mil), para el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción caso de la EMPRESA, el cumplimiento integral equipos que pueden estar dentro de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresseguros técnicos donde CEAMSE figure co asegurado, en su casoque amparen los daños mientras realizan las operaciones, a los obligatorios según al igual que las habilitaciones para el CPC, las leyes y demás normas vigentesuso designado cuya documentación será supervisada por CEAMSE. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una Los montos de las personas involucradasRC automotor de los camiones, por un monto mínimo equivalente no pueden ser inferior a EUA$ 500,000.00 $ 13.000.000 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de Américapesos trece millones). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. .
33.3.6 Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y deberán ser contratados con la Compañía Aseguradora que CEAMSE opere en el momento de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de tercerosla contratación, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será deen este caso, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Provincia Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:S.A.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
SEGUROS. La empresa adjudicataria se responsabilizará de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a causa de la ejecución del contrato, cualesquiera que sea su naturaleza y volumen. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su exclusivo cargo, la siguiente póliza: Seguro de responsabilidad civil que ampare la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato. Este seguro contará como mínimo con las garantías de explotación o general, patronal y defensa y fianzas. El CONTRATISTA tomará límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a 1.000.000 euros, por siniestro. El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 300.000 euros. En el caso de que la empresa adjudicataria causase daños a FFTMH, sus bienes o personal, éstos tendrán la consideración de terceros indemnizables por la póliza. En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños no cubiertos por la póliza. La empresa adjudicataria, con anterioridad a la firma del contrato, aportará certificado de la aseguradora de responsabilidad civil, según el modelo recogido en el Anexo VII denominado “Certificado de la entidad aseguradora”. La empresa adjudicataria deberá mantener a su costo xxxxx y como mínimo durante la ejecución del contrato y para los trabajos y/o servicios que deba acometer, las coberturas siguientes: o La empresa adjudicataria y los subcontratistas, si los hubiere, deberán tener dados de alta en la Seguridad Social, con arreglo a la normativa vigente, a todas las personas que intervengan en la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, así como cumplir con las exigencias de seguros de vida y accidentes que determinen los convenios sectoriales a los que pertenezcan. o Serán a cargo de la empresa adjudicataria los daños a las instalaciones, maquinaria, equipos, y bienes de cualquiera de los participantes, incluidos efectos personales. o Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para todos los vehículos puestos a disposición del adjudicatario y/o subcontratistas que sean utilizados para la prestación de los servicios objeto del presente contrato y estén sujetos a la Ley de Uso y Circulación de Vehículos a motor, así como cualquier otro seguro, relacionado o no en el contrato y que sea exigible según la legislación aplicable a lo largo del contrato. La contratación de los seguros enumerados a continuaciónmencionados no limitará las obligaciones y la responsabilidad asumidas por la empresa adjudicataria en virtud del resto de las estipulaciones contractuales. Tampoco la responsabilidad primaria y directa del contratante podrá reducirse, y atemperarse o subrogarse al condicionado o actuación de los mantendrá vigentes durante toda aseguradores. Durante la vigencia del Contratocontrato, incluyendo cualquier extensión del mismoFFTMH podrá pedir a la adjudicataria que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros referidos anteriormente, o hasta la fecha que se le entregue copia de las pólizas, así como que se le acredite estar al corriente en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientementeprimas, con la obligación, por parte de ésta de cumplimentar dicho requerimiento. El incumplimiento de los requisitos de contratación de seguros propios, según lo exigido anteriormente y a plena satisfacción de FFTMH se considerará falta contractual grave, reservándose FFTMH el derecho de contratar por cuenta y a cargo de la EMPRESA, el cumplimiento integral adjudicataria los seguros requeridos que no estuvieran contratados a plena satisfacción de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasFFTMH en los plazos por ésta requeridos. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna Las obligaciones que se establecen para la EMPRESA de abonar interesesadjudicataria, actualizaciones, multas o cualquier otra suma se sobreentienden extensivas a los subcontratistas por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresella contratados y, en su casogeneral, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados participantes en la ejecución del CONTRATISTAcontrato, o de cualesquiera de sus subcontratistas debiendo en consecuencia trasladar y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:controlar estas obligaciones.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo LA OPERADORA deberá contratar los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios más abajo se hubieran prestado. Lo anteriordetallan, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas forma previa al Acta de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, Inicio por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muertea satisfacción de EL CONCESIONARIO, respecto a saber:
a) Laborales: Desde el punto de cada una vista de las personas involucradasobligaciones para con su personal, el CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación y normativa vigente, debiendo liquidar y abonar puntualmente los haberes, adicionales de CCT, SAC, Vacaciones y demás obligaciones laborales, y presentando los comprobantes de pago de aportes previsionales, ART, seguros, exámenes preocupacionales, etc., dando fiel cumplimiento a las disposiciones de la legislación laboral y previsional vigente en la materia. No podrán hacer deducciones xx xxxxxxx que no estén autorizadas reglamentariamente o por resolución judicial. El CONTRATISTA deberá cumplir, respetar y hacer respetar las normas vigentes de Higiene y Seguridad Industrial. La OPERADORA responderá por cualquier acción judicial que pudieran interponer dependientes suyos o de sus subcontratistas o los derechos habientes de estos, obligándose al pago íntegro de los gastos y honorarios que puedan generarse por este concepto. De la misma forma y con igual alcance responderá ante cualquier requerimiento de autoridad competente en un expediente administrativo, siempre que el mismo fuera completamente procedente.
b) Incendio: Destrucción total o parcial de edificios, instalaciones y equipamiento una vez firmada el Acta de Recepción de los TRABAJOS.
c) Responsabilidad Civil: Por daños a terceros y sus pertenencias por hechos ocurridos como consecuencia de la ejecución de los TRABAJOS y durante todo el período de la Explotación. Contando la OPERADORA con una póliza global que cubre la Responsabilidad Civil de sus actividades por un monto mínimo equivalente de Pesos Cien Millones ($ 100.000.000) que se actualizará según la variación que pudiera ocurrir en la tarifa de peaje Cat. 2 de la Estación de Peaje de la RAC xx Xxxx Nacional N° 20 desde el mes de inicio de la explotación. Durante el transcurso del Contrato de Explotación se aplicarán las disposiciones indicadas en las cláusulas 15.3 a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda 15.4.2 del Contrato de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda Concesión con las adaptaciones del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:caso.
Appears in 1 contract
Samples: Explotación
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará CONCESIONARIO deberá dar cumplimiento con lo estipulado en el Capítulo X y el Anexo C del PUBC. El CONCESIONARIO deberá contratar por su cuenta y a su costo cargo los seguros enumerados que aquí se establecen, y endosarlos a continuaciónfavor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con referencia a la presente Licitación Pública. Todos los seguros serán contratados a entera satisfacción de la Dirección General Concesiones y Permisos, por el término de un (1) año con renovación automática y cláusula de ajuste de conformidad con los índices que determine la Superintendencia de Seguros de la Nación u organismo que en el futuro lo reemplace, en una empresa aseguradora autorizada por la misma con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los cuales el GOBIERNO será coasegurado, y los mantendrá vigentes durante toda plazos de vigencia de los mismos serán hasta el momento del efectivo reintegro del ESPACIO. La documentación relacionada con los seguros establecidos deberá ser presentada en la vigencia Dirección General Concesiones y Permisos dentro de los diez (10) días de suscrito el presente CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA. Caso contrario, se dejará sin efecto la concesión de obra pública, uso y explotación otorgada, con pérdida de las garantías constituidas. --------------------- En caso de producirse los siniestros, se transferirán a la orden del ContratoGOBIERNO, incluyendo cualquier extensión del mismosin limitación alguna, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados derechos de indemnización emergentes del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto lo que así deberá hacerse constar expresamente en la póliza respectiva. -------------------------- - La documentación relacionada con la renovación o reajuste de los comprobantes seguros, como así los pagos en cuotas de pago correspondienteslas primas respectivas, deberán ser acreditadas ante la Dirección General Concesiones y no podrá cancelar o modificarPermisos, bajo apercibimiento de forma alguna, las pólizas vigentes sin declarar la previa autorización por parte caducidad de la EMPRESA. A su vezconcesión, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago con pérdida de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasgarantías constituidas. --------------------- En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicasque el monto contratado no alcance a cubrir los daños que pudieran originarse en ocasión de producirse los siniestros cubiertos, correrán por cuenta del CONCESIONARIO las diferencias del monto resultante. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en ----------------------------------------
a) Generalidades: El CONCESIONARIO deberá contratar los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:que se
Appears in 1 contract
SEGUROS. a) Seguro de Vida. Arrendadora DISF contratará, en nombre del Acreditado, un seguro que ampare los riesgos de fallecimiento e invalidez total y permanente, mismo que deberá permanecer vigente desde la fecha de aceptación del presente Contrato Digital y hasta la total liquidación de cualquier obligación de pago a cargo del Acreditado. La póliza correspondiente designará a Arrendadora DISF como beneficiario en primer lugar, único e irrevocable, en términos del artículo 165 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y las sumas aseguradas deberán ser suficientes en todo tiempo para cubrir el Monto del Crédito y sus accesorios en términos de este Contrato Digital. Dicho seguro será contratado por Arrendadora DISF.
b) Seguro de Desempleo. El CONTRATISTA tomará Acreditado otorga expresamente su consentimiento a Arrendadora DISF para que, en nombre del primero y por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuaciónde ésta última, contrate un seguro de desempleo, por el monto asegurado que ésta determine, y nombre a Arrendadora DISF como beneficiario en primer lugar, único e irrevocable, en términos de lo dispuesto por el artículo 165 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, obligándose a requisitar los mantendrá documentos necesarios para tal fin. El Acreditado coadyuvará con Arrendadora DISF en todo lo necesario para que el contrato de seguro, su consentimiento y la designación relativas se mantengan vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismode este Contrato Digital, o bien, hasta que se agote la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anteriorsuma asegurada, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA dicha suma asegurada no se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vez, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primasreinstalará. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente ambos casos anteriores el costo del seguro se descontará del monto total del crédito otorgado previo al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados desembolso del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de terceros, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:mismo.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicios Digitales De Crédito Simple Con Avales
SEGUROS. 32.1.- El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que Contratista se responsabilizará de todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios daños que se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga ocasionen a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte causa de la EMPRESA. A prestación del servicio, cualquiera que sea su veznaturaleza y volumen.
32.2.- El Contratista vendrá obligado con carácter particular a contratar un seguro de responsabilidad civil por importe de 110.000€, que cubra, para todo el periodo que dure la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferioresejecución y, en su caso, el plazo de garantía, la responsabilidad derivada de los daños y perjuicios causados a terceras personas y sus bienes como consecuencia de la ejecución de los obligatorios según el CPCmismos. En dicho seguro deberá incluirse como asegurado adicional al CV07, sin perder su condición xx xxxxxxx.
32.3.- Así mismo deberá contratar una Póliza de seguros de accidente y prevención de riesgos laborales que ampare a su plantilla las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados 24h del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. día.
32.4.- En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato seguros que se instrumente y mantendrá a contraten en cumplimiento de lo dispuesto anteriormente, se incluirá una mención expresa que exonere de responsabilidad al CV07, cancelándose el derecho de repetición contra esta entidad tanto por los asegurados como por los aseguradores de dichas pólizas.
32.5.- El apartado “20” del Cuadro Resumen fijará el importe de la EMPRESA informada suma mínima que debe ser objeto de todo cambio que cobertura por el referido seguro de RC.
32.6.- Si se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido produjera una modificación en el presente Contratocontenido, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones importe y/o muerte duración de terceros los trabajos descritos en el contrato, el Contratista estará obligado a proceder, a su cargo, a solicitar las prórrogas y/o daños ampliaciones de los seguros que sean precisas.
32.7.- Con independencia de lo indicado en los apartados anteriores, el adjudicatario podrá suscribir, igualmente a bienes de tercerossu cargo, causados por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo los seguros complementarios que estime necesarios para la guarda del CONTRATISTA. La total cobertura de dichas sus intereses y responsabilidades que pudieran derivarse del contrato.
32.8.- Durante la vigencia del contrato, el CV07 podrá pedir al Contratista que le exhiba la documentación correspondiente a los seguros anteriormente referidos, o que se le entregue copia, según los casos, de las cartas de garantía, certificados o pólizas será dede los mismos, así como que se le acredite estar al corriente en el pago de las primas, con la obligación, por lo menosparte de éste de cumplimentar dicho requerimiento, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones pudiendo -en caso contrario- el Consorcio suspender, de dólares 00/100modo potestativo, moneda la ejecución de curso legal en los Estados Unidos trabajos o el pago de América) cada una las facturas, todo ello sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:causa del incumplimiento.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Management of Tourist Information Points
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará Sin perjuicio de su responsabilidad bajo Contrato, el Contratista contratará y mantendrá vigente por su cuenta y a su costo cargo en todo momento durante el curso del presente Contrato y, con compañías de reconocido prestigio y en términos y condiciones de cobertura a satisfacción de AcuaMed, los seguros enumerados descritos a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización Cualquier rechazo por parte de la EMPRESA. A su vezAcuaMed de los términos y condiciones de cobertura propuestos por el Contratista, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes deberá estar basado en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESAmotivos razonados. Se entenderá entiende que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos dichos seguros nunca serán inferiores, en su caso, inferiores a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentesvigentes y que su mantenimiento no variará ninguna de las obligaciones de indemnización establecida por Contrato. Para estos seguros, el Contratista actuará como Tomador del Seguro, y tendrán la consideración de asegurados, AcuaMed como Promotor, sus filiales y/o participadas, Consorcios o UTE´s de los que forme parte como Promotor, funcionarios adscritos al Ministerio de tutela relacionados con los trabajos, y cualquier otra parte con interés asegurable en lo que se refiere a sus actividades relacionadas con la ejecución del Servicio. La contratación de los seguros no eximirá al Contratista de las obligaciones y responsabilidades derivadas de la aplicación del artículo 1591 párrafo 2º del Código Civil. Los seguros a contratar son: Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos de Responsabilidad Civil para cubrir las reclamaciones de terceros por daños materiales, daños al medio ambiente y daños personales y sus consecuencias, de los empleados que el Contratista sea legalmente responsable, bien sea directa, solidaria o subsidiariamente, y que sean consecuencia del CONTRATISTA, o de cualesquiera desarrollo de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde obligaciones conforme a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter un límite de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, indemnización mínimo por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto siniestro de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional 150.000 € y Responsabilidad Civil General. Los seguros Cruzada, en caso de que se subcontraten ciertos trabajos Este seguro cubrirá también la Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones Productos y/o muerte Post-trabajos, Responsabilidad Civil derivada de terceros Polución y/o daños a bienes de tercerosContaminación accidental, causados Responsabilidad Civil subsidiaria por el CONTRATISTA y/o su uso de vehículos a motor, Responsabilidad Civil derivada del ejercicio profesional del personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo técnico y especialista en relación contractual del mismo, así como la guarda Responsabilidad Civil del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será deContratista, por lo menosdaños personales causados a sus propios empleados o de sus Subcontratistas, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones con un sub-límite de dólares 00/100150.000 € por víctima. Se deberá nombrar a AcuaMed como Asegurado Adicional, moneda recibiendo las indemnizaciones si el riesgo que determina el siniestro corresponde a AcuaMed. Asimismo, en todas las pólizas deberá constar la cláusula adicional por la que la respectiva aseguradora renuncie expresamente a todo derecho de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga subrogación contra AcuaMed, sus subsidiarias y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:su personal.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Cláusulas Reguladoras De La Contratación Del Servicio De Ingeniería
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará por su cuenta y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda A la vigencia suscripción del presente Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas presentar la Póliza de seguros Seguro emitida a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar favor de PETROPERU S.A. que a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte continuación se menciona: Copia Certificada de la EMPRESA. A su vezPóliza de Seguro de Responsabilidad Civil General Nº ELPA-818048, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma otorgada por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradasPACIFICO Grupo Asegurador, por un monto mínimo equivalente de US$ 15,000.00 (Quince Mil con 00/100 Dólares Americanos), que ampara los daños corporales o materiales que el CONTRATISTA ocasione a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100terceras personas como consecuencia de la ejecución del presente Contrato. También, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). Seguro de responsabilidad civil Profesional y Responsabilidad Civil General. Los seguros de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/o muerte de terceros y/o daños a bienes de se considerarán como terceros, causados solo para este efecto, los bienes y personal de PETROPERU. Con vigencia del 07-07-2006 al 24-06-2007 con el compromiso de ser renovada al vencimiento de la misma por el CONTRATISTA y/plazo Contractual restante, según Xxxxxxxxxx xx XXXXXXXX Seguros emitida por la Ejecutiva Comercial Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxx. En caso que por comisión, omisión o negligencia del CONTRATISTA, con ocasión de la ejecución del contrato, resulte perjudicando a terceros, su personal, inclusive al personal y/o bienes de PETROPERU, el CONTRATISTA responderá civil y/o penalmente en forma exclusiva, según sea el caso. El CONTRATISTA procederá por su propia cuenta a indemnizar el daño causado al personal antes mencionado y a reparar los deterioros que ocasione el CONTRATISTA o su personal a los bienes de PETROPERU o de terceros. Si el CONTRATISTA es requerido para efectuar dicho reemplazo o reparación y no lo ejecutase en el término de veinticuatro (24) horas, PETROPERU exigirá se ejecute la Póliza de Seguros respectiva y en caso de resultar su importe insuficiente, descontará de sus facturas uno o más pagos que correspondan al CONTRATISTA, el valor de la reparación o reposición, según sea el caso, de los bienes dañados ó perdidos, teniendo en cuenta el valor vigente en plaza al momento de su reposición o reparación En concordancia con lo dispuesto por el artículo 19° de la Ley 26790, artículos 82°, 83° y 84° de su Reglamento, aprobado por D.S. N° 009-97-SA y el Anexo N° 05 y el D.S. N° 003-98-SA, las refinerías de petróleo están consideradas como actividades de alto riesgo; por lo que, los contratistas y subcontratistas o que destacan su personal a las instalaciones de Operaciones Conchan están obligados a contratar para este personal, las pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) con las correspondientes coberturas para las prestaciones de salud y para la de invalidez y sepelio; debiendo presentar como requisito para realizar la Programación de su personal los siguientes documentos: Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de su personal, por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La concepto de cobertura de dichas pólizas será depensión de invalidez o sepelio, vigente. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de su personal, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones concepto de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotoressalud, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:vigente.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
SEGUROS. El CONTRATISTA tomará contratista responderá de la perfecta ejecución de los trabajos, vigilando los mismos con sus propios medios humanos y materiales, bajo la dirección del responsable del contrato. Se obligará a instalar por su cuenta las señales precisas para indicar el acceso a la xxxx xx xxxxxxxx, cogeneración, transformadores, armarios de gas, etc., la regulación del tráfico en las zonas de trabajo y los puntos de posible peligro, tanto en dicha zona como en sus lindes e inmediaciones, así como a adoptar todas las medidas de seguridad, para las personas y bienes, que exija la naturaleza de los trabajos y servicios. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Con independencia de los términos establecidos en el contrato, la empresa adjudicataria contratará para todo el período que dure el contrato, para hechos ocurridos durante la vigencia del mismo, por su propia cuenta, y a su costo los seguros enumerados a continuación, y los mantendrá vigentes durante toda la vigencia del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo, o hasta la fecha en que todos los materiales, equipos y empleados del CONTRATISTA sean removidos del lugar donde los Servicios se hubieran prestado. Lo anterior, en el entendido que, en todos los casos en que esto sea posible, el CONTRATISTA se obliga a designar en las pólizas de seguros a la EMPRESA como beneficiaria preferente. El CONTRATISTA deberá presentar a la EMPRESA las pólizas de seguro, junto con los comprobantes de pago correspondientes, y no podrá cancelar o modificar, de forma alguna, las pólizas vigentes sin la previa autorización por parte de la EMPRESA. A su vezexclusivo cargo, la EMPRESA podrá suspender, sin responsabilidad alguna, el pago de las facturas correspondientes en tanto el CONTRATISTA no acredite fehacientemente, y a satisfacción de la EMPRESA, el cumplimiento integral de esta cláusula 10, incluyendo el pago de las correspondientes primas. En dicho supuesto, la suspensión de pagos no originará obligación alguna para la EMPRESA de abonar intereses, actualizaciones, multas o cualquier otra suma por cualquier otro concepto adicional correspondiente al pago suspendido por la EMPRESA. Se entenderá que los montos establecidos por la EMPRESA para la cobertura de los distintos riesgos nunca serán inferiores, en su caso, a los obligatorios según el CPC, las leyes y demás normas vigentes. Seguro IMSS. Este seguro cubrirá a todos los empleados del CONTRATISTA, o de cualesquiera de sus subcontratistas y comprenderá todos los beneficios que acuerde a estos la legislación vigente. En todos los casos, el CONTRATISTA deberá presentar una lista de su personal y el de sus subcontratistas asignado al contrato que se instrumente y mantendrá a la EMPRESA informada de todo cambio que se produzca en dicha lista. Seguro por accidentes personales y muertes en caso de subcontratistas personas físicas. Cuando el CONTRATISTA subcontrate, según lo establecido en el presente Contrato, servicios específicos con personas físicas x xxxxxxx con el carácter de subcontratistas, dichas personas deberán contratar, por su cuenta y cargo, un seguro por accidentes personales y muerte, respecto de cada una de las personas involucradas, por un monto mínimo equivalente a EUA$ 500,000.00 (quinientos mil dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América). siguiente póliza:
a) Seguro de responsabilidad civil Profesional profesional que ampare la responsabilidad derivada de los daños y Responsabilidad Civil Generalperjuicios causados a terceras personas y sus bienes a consecuencia de la celebración del contrato incluyendo los días de preparación, montaje y desmontaje.
b) El límite de indemnización para las garantías de este seguro no deberá ser inferior a los 1.000.000 euros, por siniestro. Los seguros El sublímite por víctima en la responsabilidad civil patronal, tampoco será inferior a los 150.000 euros.
c) En el caso de Responsabilidad Civil Profesional y de Responsabilidad Civil General cubrirán lesiones y/que la empresa adjudicataria causase daños a ZORROAGA, sus bienes o muerte personal, incluidas las instalaciones, éstas tendrán la consideración de terceros y/indemnizables por la póliza. Si los daños se causasen a cualquier otro tercero, ZORROAGA, sus bienes o personal tendrán la consideración de asegurados dentro de la póliza de responsabilidad civil. En todo caso, será por cuenta de la empresa adjudicataria el importe de las franquicias de los distintos seguros, así como el importe de los siniestros en la cuantía que supere los límites que se establezcan en la póliza de seguro. Igualmente, serán por su cuenta las indemnizaciones a terceros y daños a bienes de terceros, causados no cubiertos por el CONTRATISTA y/o su personal y/o sus subcontratistas o por bienes propiedad o bajo la guarda del CONTRATISTA. La cobertura de dichas pólizas será de, por lo menos, EUA$ 100’000,000.00 (cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) cada una por evento. La cobertura de Responsabilidad Civil General deberá incluir la cobertura de carga y descarga de equipos. Seguros para automotores, equipamiento vial, maquinarias y equipamiento especial. Estos seguros deberán cubrir por lo menos:póliza.
Appears in 1 contract