Servicio de Contratación y Patrimonio. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Expte.: 36 /2011
Servicio de Contratación y Patrimonio. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2017/00032 El contrato solo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I, en la Disposición Adicional cuarta de la Ley 3/2012 de 21 de septiembre de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP. En el Anexo I se indicará, en su caso, la posibilidad de modificación del contrato, detallándose, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda afectar y el procedimiento que haya de seguirse para ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, todas aquellas modificaciones no previstas en el Anexo I sólo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. Las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP. Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato de suministro acordadas conforme a lo establecido en el artículo 219 y en el título V del libro I, se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas. Los posibles aumentos de duración del contrato producidos por modificación o por prórroga no pueden acumularse de manera que se supere el plazo máximo de duración del contrato, incluidas sus prórrogas, previsto normativamente.
Servicio de Contratación y Patrimonio. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares - Expte.: 2017/00032 Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas del suministro, debiendo, igualmente, proceder el contratista, en su caso, a la retirada de los bienes entregados como pago de parte del precio. Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido, serán de cuenta del contratista, salvo pacto en contrario.
Servicio de Contratación y Patrimonio. 12.-CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-
Servicio de Contratación y Patrimonio. E00671a147370613cae07e12820a0d314
Servicio de Contratación y Patrimonio b00671a14728190191307e10ac050c070 XXXXX XX DECLARACIÓN RESPONSABLE. Don , provisto de D.N.I. nº , en representación de “ ”, con C.I.F. Nº , declara bajo su responsabilidad que las facultades de representación de D. , reflejadas en la escritura de otorgada el de de ante el notario de , Don , bajo el número de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de al tomo , libro folio , no ha sido modificadas o alteradas, encontrándose plenamente vigentes al día de la fecha. Lo que declara a los efectos de su participación en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera para la concesión del uso privativo del centro para enfermos de alzheimer sito en la calle Ansar, parcela B, de la urbanización residencial Cortijo Los Gallos, mediante procedimiento de adjudicación directa, en Chiclana de la Frontera, a . La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxx=x00000x00000000000000x00xx000x000 Lugar, fecha y firma de la empresa licitadora Pliego Condiciones Administrativas Centro de Alzheimer “La Aurora” – Expt. 15/2016B Pág.27 de 30. Documento firmado por: Fecha/hora: XXXXXXXX XXX XXXXXXX 25/05/2017 12:07:37 XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX 17/05/2017 12:09:39 b00671a14728190191307e10ac050c070 Xxx/Doña mayor de edad, con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., titular del DNI nº , en nombre propio (o en representación de , con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,y C.I.F./ N.I.F. Nº . . . . . . . . . . . . Que no está incurso en prohibición alguna de contratar, conforme a los artículos 60 y concordantes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Y para que así conste, y surta efectos en la contratación de referencia, ante el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Fra., firma la presente declaración. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxx=x00000x00000000000000x00xx000x000 Lugar, fecha y firma de la empresa licitadora Pliego Condiciones Administrativas Centro de Alzheimer “La Aurora” – Expt. 15/2016B Pág.28 de 30. Documento firmado por: Fecha/hora: XXXXXXXX XXX XXXXXXX 25/05/2017 12:07:37 XXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX 17/05/2017 1...
Servicio de Contratación y Patrimonio. Xxxxxxxx X-0 Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxx. xxxxxxxx@xxxxx.xx
Servicio de Contratación y Patrimonio. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Expte.: 36 /2011 En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista.
Servicio de Contratación y Patrimonio. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Expte.: 36 /2011 Los documentos a incorporar en este sobre se aportarán separados en dos carpetas, ordenados tal como se indica a continuación:
Servicio de Contratación y Patrimonio. Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Expte.: 36 /2011 La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los licitadores hasta la adjudicación del contrato. Para el licitador que resulte adjudicatario, la garantía responderá también del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula 10.7. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva. Si algún licitador retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, o si el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa no constituye la garantía definitiva, se procederá a la ejecución de la garantía provisional. Así mismo, cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado en el artículo 140.3 de la LCSP, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido. En el caso de ofertas consideradas desproporcionadas o anormales, la falta de contestación a la solicitud de información a que se refiere el artículo 136.3 de la LCSP o el reconocimiento por parte del licitador de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, tendrán la consideración de retirada injustificada de la proposición.