Procedimiento de adjudicación directa Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento de adjudicación directa. Las adjudicaciones directas podrán realizarse por medio de un mercado virtual. En los casos previstos por el Artículo 42, fracción I, para contratar adjudicaciones directas cuyo monto sea igual o superior a la cantidad señalada en la Ley de Egresos del Estado, se deberá contar con al menos tres cotizaciones con las mismas condiciones, que se hayan obtenido en los treinta días naturales previos al de la adjudicación y consten en un documento en el cual los proveedores oferentes se identifiquen indubitablemente. Se exceptuará de lo dispuesto en el presente párrafo cuando no existan al menos tres proveedores de los bienes o servicios materia de la contratación.
Procedimiento de adjudicación directa. El arrendamiento de los bienes patrimoniales se realiza mediante un procedimiento de adjudicación directa, de conformidad con lo previsto en el artículos 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y el artículo 82 del Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas , y sobre la base de las circunstancias determinantes de la adjudicación directa que han sido justificadas adecuadamente en el presente expediente administrativo. Los motivos que justifican el arrendamiento de los bienes municipales, así como la oportunidad o conveniencia de la explotación, también se han justificado adecuadamente en el expediente administrativo. La duración del arrendamiento de los terrenos municipales patrimoniales será de treinta años a contar desde la puesta en marcha del Parque Eólico Xxxxxx de conformidad con lo previsto en el artículo 106.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. El arrendamiento se otorga a riesgo y xxxxxxx del arrendatario, que realizará el uso y aprovechamiento de los bienes patrimoniales durante el plazo convenido, con derechos reales sobre las obras, construcciones e instalaciones que se lleven a cabo sobre los terrenos objeto del arrendamiento. Estos derechos reales le otorgan,durante la duración del arrendamiento, con las limitaciones legalmente establecidas, los derechos y obligaciones del propietario y por tanto asumirá toda la responsabilidadcivil, fiscal, laboral que se derive de la explotación de los terrenos, edificaciones e instalaciones, con total indemnidad para el Ayuntamiento de Llardecans. El arrendatario tendrá las siguientes obligaciones: • Destinar los bienes al uso exclusivo de construcción y explotación del Parque Eólico Solans y sus infraestructuras de evacuación. • Hacer frente a su mantenimiento adecuado y a todos los gastos de explotación. • Proteger los bienes objeto del arrendamiento ejerciendo en cada caso las acciones judiciales que correspondan al Ayuntamiento como propietario de los bienes objeto de arrendamiento • Permitir y facilitar que personal municipal pueda efectuar inspecciones sobre los bienes objeto de arrendamiento. • Obtener las licencias y autorizaciones necesarias para el uso que dentro del proyecto de explotación del Parque Eólico se dé a los bienes arrendados. • Asumir la responsabilidad de...
Procedimiento de adjudicación directa. Las adjudicaciones directas podrán realizarse por medio de un mercado virtual.112 Para contratar adjudicaciones directas cuyo monto sea igual o superior a la cantidad de trescientas veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, se deberá contar con al menos tres cotizaciones con las mismas condiciones, que se hayan obtenido en los treinta días previos al de la adjudicación y consten en un documento en el cual los proveedores oferentes se identifiquen indubitablemente.
Procedimiento de adjudicación directa. 9.1. Ámbito objetivo A) Regla General B) Excepciones a) En situaciones de una imperiosa urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles para COFIDES y no imputables a la misma, que demanden una adjudicación y ejecución del contrato que no pueda lograrse mediante la tramitación de urgencia. b) Cuando el contrato haya sido declarado secreto o reservado, cuando su ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la normativa vigente o cuando se trate de obras relacionadas con los sistemas de seguridad de personas o bienes y de seguridad informática de COFIDES. c) Cuando razones de confidencialidad justifiquen no hacer público el procedimiento de adjudicación. d) Cuando, tras haber tramitado la contratación por el procedimiento de adjudicación reglada, no se haya presentado ninguna oferta o candidatura; o las presentadas no sean adecuadas, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato proyectado. e) Cuando, por razones técnicas, artísticas, estratégicas, de calidad, o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva, el contrato solo pueda encomendarse a un empresario o persona determinada. f) Cuando se trate de contratos de asesoramiento jurídico y de defensa jurídica o judicial de COFIDES, de las personas que la representan, o de su personal. g) Los contratos relativos a servicios, obras o suministro vinculados a otro contrato de servicio, suministro u obra celebrado con anterioridad por COFIDES con el mismo proveedor, cuando se justifique que la contratación del inicial adjudicatario conlleva una elevada mejora de la eficiencia. h) Cuando el contrato se refiera a: - Entregas adicionales efectuadas por el proveedor inicial que constituyan bien una reposición parcial de suministros o instalaciones de uso corriente, o bien una ampliación de los suministros o instalaciones existentes, si el cambio de proveedor obligase a adquirir material con características técnicas diferentes, dando lugar a incompatibilidades o a dificultades técnicas de uso y de mantenimiento desproporcionadas. - Suministros concertados en condiciones especialmente ventajosas con un proveedor que cese definitivamente en sus actividades comerciales, o con los administradores de un concurso, o a través de un acuerdo judicial o un procedimiento de la misma naturaleza. - Obras o servicios que consistan en la repetición de otros similares adjudicados al mismo contratista mediante alguno de los procedimientos ...
Procedimiento de adjudicación directa. 1. En los supuestos previstos en el art. 12.2 de estas normas el procedimiento a seguir será el siguiente: a. El solicitante deberá presentar una Memoria con el contenido previsto en el art. 13.2 de estas Normas.

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  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN De conformidad con el artículo 151.1 del TRLCSP, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. De conformidad con el artículo 151.2 del TRLCSP, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del mismo cuerpo legal y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3.del TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION La enajenación se efectuará por el procedimiento de subasta pública, La participación en la Subasta significa que el licitador conoce y acepta el estado del bien en el momento de su celebración, así como la aceptación del presente pliego en todos sus términos.

  • TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula duodécima.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La apertura de las ofertas debe efectuarse en el plazo máximo de treinta días naturales desde la fecha de finalización del plazo para presentar ofertas. La adjudicación recaerá en el licitador justificadamente elegido por el Órgano de Contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos. El plazo para la subsanación de la documentación será de un mínimo de tres días hábiles desde su comunicación. El Órgano de Contratación puede articular el procedimiento simplificado en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de los criterios de valoración señalados en el Pliego de Cláusulas Particulares. El número de soluciones que lleguen hasta la fase final deberá ser lo suficientemente amplio como para garantizar una competencia efectiva, siempre que se hayan presentado un número suficiente de soluciones o de candidatos adecuados. Durante la negociación, el Órgano de Contratación velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitará, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. El Órgano de Contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en la solicitud de ofertas o en el Pliego de Cláusulas Particulares y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa. EOI examinará las ofertas presentadas pudiendo solicitar al licitador la documentación adicional que precise. Se excluirán las ofertas que incumplan cualquier cosa indicada en este Pliego o en el Pliego de Características Técnicas. El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de sesenta días naturales desde la apertura de las ofertas. De no producirse la adjudicación dentro del plazo señalado los licitadores tendrán derecho a retirar su oferta. La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Perfil Contratante de EOI. EOI solicitará al licitador propuesto como adjudicatario la presentación, en el plazo xx xxxx días hábiles, de la siguiente documentación: - Documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar y representación, según lo indicado en el Anexo 5. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas por EOI. - Documentos indicados en el Cuadro Resumen necesarios para acreditar la solvencia económica y financiera y relación de la misma según modelo del Anexo 6. - Documentos indicados en el Cuadro Resumen necesarios para acreditar la solvencia técnica o profesional, según modelo del Anexo 7. - Certificación positiva, emitida por la Agencia Tributaria, acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias. - Certificación positiva, emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativa de la situación de cotización. - Garantía definitiva (en caso de ser procedente). - Cualquier otro documento acreditativo que considere necesario. La forma de presentación de esta documentación será la misma que la indicada en el apartado 5 de este Pliego para la presentación de sobres. En caso de no presentar la documentación solicitada, EOI podrá efectuar una nueva adjudicación al siguiente licitador siguiendo el orden de valoración de ofertas.

  • Procedimiento y criterios de adjudicación Tramitación anticipada: NO Tramitación: ordinaria Procedimiento: abierto Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios.

  • Acuerdo de Adjudicación El Comité de Compras y Contrataciones luego del proceso de verificación y validación del informe de recomendación de Adjudicación, conoce las incidencias y si procede, aprueban el mismo y emiten el acta contentiva de la Resolución de Adjudicación. Ordena a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones la Notificación de la Adjudicación y sus anexos a todos los Oferentes participantes, conforme al procedimiento y plazo establecido en el Cronograma de Actividades xxx Xxxxxx de Condiciones Específicas.

  • Procedimiento de adjudicación y tramitación del expediente El contrato de suministro se adjudicará por el procedimiento abierto o restringido, según disponga el anexo I, en el que también se establecerá la posibilidad o no, de incluir variantes o mejoras. En el anexo I se indicará la forma de tramitación del expediente. Los órganos de contratación y el contratista se someterán a la obligación de confidencialidad de la información a que se refiere el artículo 140 del TRLCSP.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN Abierto y adjudicación en base a varios criterios.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.