Situación tributaria Cláusulas de Ejemplo

Situación tributaria. (a) Las Compañías están sujetas al régimen tributario peruano y calculan el impuesto a la renta sobre la base de sus estados financieros individuales. Al 31 xx xxxxx de 2017 la tasa del impuesto a la renta fue de 29.5 por ciento (28.0 por ciento al 31 de diciembre de 2016). Las personas jurídicas no domiciliadas en el Perú y las personas naturales están sujetas a la retención de un impuesto adicional sobre los dividendos recibidos. Al respecto, en atención al Decreto legislativo N° 1261, publicado el 10 de diciembre de 2016 y vigente a partir del 1 de enero de 2017, el impuesto adicional a los dividendos por las utilidades generadas será el siguiente: - 4.1 por ciento por las utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2014. - Por las utilidades generadas en los años 2015 y 2016 será 6.8 por ciento. - 5.0 por ciento por las utilidades generadas a partir del 1 de enero de 2017.
Situación tributaria. El Banco es contribuyente del impuesto sobre la renta. Adicionalmente el Banco puede estar sujeto al impuesto al activo como impuesto mínimo alternativo. El Banco no está sujeto a regímenes fiscales preferentes ni tiene el beneficio de subsidios especiales. El Banco considera que a la fecha del presente Prospecto, ha cumplido debidamente con las disposiciones fiscales federales vigentes, tanto como contribuyente como en su carácter de retenedor de los impuestos sobre la renta, al valor agregado y al activo. A la fecha del presente prospecto preliminar, el Banco no ha recibido notificación alguna por parte de la SHCP respecto de las revisiones efectuadas durante el presente ejercicio. Al 30 de septiembre de 2005, HSBC México contaba con aproximadamente 19,700 empleados, de los cuales 66.35% son empleados de confianza y 33.65% son sindicalizados. HSBC México no tiene contratado un número significativo de empleados temporales; al mismo periodo, el Banco contaba con aproximadamente 772 empleados temporales. HSBC México incrementó su planta de personal de manera significativa durante el primer semestre de 2005, al contratar 1,568 nuevos empleados desde diciembre de 2004. Aún cuando ha aumentado el número de personal desde la adquisición de Bital se mantiene un costo promedio por empleado muy competitivo. Desde abril de 1993, el Banco tiene celebrado un contrato colectivo de trabajo con el Sindicato de Trabajadores de HSBC, el cual se encuentra debidamente depositado ante la H .Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Dicho contrato es revisado anualmente en términos de los artículos 397, 398, 399 y 399 bis de la Ley Federal del Trabajo. El Banco mantiene una excelente relación de trabajo con el sindicato. Hasta donde el Banco tiene conocimiento, durante la relación laboral colectiva no ha existido emplazamiento a huelga alguno por parte del sindicato. HSBC México considera que las disposiciones más importantes del contrato colectivo de trabajo se han venido cumpliendo por ambas partes. HSBC México inauguró su Centro de Capacitación el 21 xx xxxxx de 2004, y el promedio de entrenamiento ha aumentado de 2 a 12 días de entrenamiento al año por empleado. Esto incluye un programa de entrenamiento único, llamado “El Mundo HSBC, una nueva actitud”, en el que participaron todos los empleados en 2005. El enfoque de este entrenamiento, el cual consistió de dos tiendas movibles con más de 125 empleados y 60 asistentes del equipo de entrenamiento cada día, era el mejorar...
Situación tributaria. DHC es una contribuyente persona moral y se encuentra obligada al cumplimiento de las disposiciones fiscales, conforme a los términos de las leyes respectivas y demás disposiciones aplicables, no contando con ningún beneficio fiscal. DHC no tiene empleados. Para tal efecto tiene firmado un contrato con Xxxxxxx quien presta los servicios de empleados. Al 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxxxxxx se conforma de 308 colaboradores sindicalizados y 319 de confianza.
Situación tributaria. (a) Las Compañías están sujetas al régimen tributario peruano y calculan el impuesto a la renta sobre la base de sus estados financieros individuales. Al 31 xx xxxxx de 2016 y 31 de diciembre de 2015 la tasa del impuesto a la renta fue de 28 por ciento sobre la base sobre la renta imponible. De acuerdo a la Ley N° 30296 la tasa del impuesto a la renta será, 27 por ciento para los años 2017 y 2018, y 26 por ciento a partir del año 2019. Las personas jurídicas no domiciliadas en el Perú y las personas naturales están sujetas a la retención de un impuesto adicional sobre los dividendos recibidos. Al respecto, en atención a la Ley 30296, el impuesto adicional a los dividendos por las utilidades generadas será el siguiente: - 4.1 por ciento por las utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2014. - Por las utilidades generadas a partir de 2015, cuya distribución se efectúen a partir de dicha fecha, serán las siguientes: - 2015 y 2016: 6.8 por ciento - 2017 y 2018: 8.0 por ciento - 2019 en adelante 9.3 por ciento
Situación tributaria. Los Impuestos Estatales que deben de cubrir las personas físicas y xxxxxxx, de acuerdo a los establecido en el titulo primero de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, son los siguientes:

Related to Situación tributaria

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.