SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada.
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Samples: Insurance Agreement, Seguro De Crédito Local, Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos prestar toda asistencia razonable a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de identificar a y denunciar a cualquier persona responsable y recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada.
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Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement, Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder cederá al Instituto, sus derechos privilegios y acciones de cobro contra terceros responsables respecto a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos la cuantía de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, reciba y así poder ejercer las acciones responderá de todo acto que competan a éste contra terceros responsables de perjudique la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquirientereferida cesión. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a intervenir personalmente, gestionar y documentarse en todo cuanto fuere requerido por el Instituto, siempre que sea razonable y le sea posible, y a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus el Instituto ejerza los derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, traspaso o subrogación aquí previstos. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención correrán a cuenta del Instituto. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera pudiere ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA el Instituto podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada, incluso este derecho se extiende al supuesto donde se haya llegado a un arreglo conciliatorio judicial o extrajudicial en Sede, sin la autorización expresa del Instituto. Perderá el derecho a indemnización la persona asegurada que renuncie, total o parcialmente, a los derechos que tenga contra los terceros responsables del siniestro sin el consentimiento del Instituto asegurador.
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Samples: Insurance Contract, Seguro Voluntario De Automóviles, Seguro Voluntario De Automóviles
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder cederá al Instituto, sus derechos privilegios y acciones de cobro contra terceros responsables respecto a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos la cuantía de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, reciba y así poder ejercer las acciones responderá de todo acto que competan a éste contra terceros responsables de perjudique la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquirientereferida cesión. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a intervenir personalmente, gestionar y documentarse en todo cuanto fuere requerido por el Instituto, siempre que sea razonable y le sea posible; además, a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus el Instituto ejerza los derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, traspaso o subrogación aquí previstos. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención correrán a cuenta del Instituto. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera pudiere ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA el Instituto podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada, incluso este derecho se extiende al supuesto donde se haya llegado a un arreglo conciliatorio judicial o extrajudicial en Sede, sin la autorización expresa del Instituto. Perderá el derecho a indemnización la persona asegurada que renuncie, total o parcialmente, a los derechos que tenga contra los terceros responsables del siniestro sin el consentimiento del Instituto asegurador.
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Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement, Insurance Contract
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización A menos que exista pacto distinto que conste en las Condiciones Generales del Riesgo o en las Condiciones Particulares o en las Condiciones Especiales de esta Póliza, desde el momento que la COMPAÑÍA indemniza parcial o totalmente un Siniestro bajo los términos alcances de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya giradopresente Póliza, y hasta por el importe de la Indemnización pagada, subroga al CONTRATANTE y/o ASEGURADO en su derecho sobre los bienes siniestrados respecto de los cuales se hubiera hecho pago indemnizatorio, así poder ejercer como en las acciones para repetir contra los que competan resulten responsables del Siniestro. El CONTRATANTE y/o ASEGURADO se obliga a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites facilitar y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar otorgar todos los documentos necesarios para que la COMPAÑÍA pueda ejercer su derecho de subrogación, así como a concurrir a las citaciones y suscribir demás diligencias requeridas por la documentación correspondienteLey para la defensa de los intereses materia de subrogación. El CONTRATANTE y/o ASEGURADO será responsable ante la COMPAÑÍA, de cualquier acto u omisión que perjudique los derechos y/o acciones objeto de la subrogación. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizacióntal caso, el Asegurado queda comprometido CONTRATANTE y/o ASEGURADO será responsable económicamente hasta por el importe del perjuicio que dicho acto u omisión cause a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto la COMPAÑÍA. En caso de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro convergencia de la suma indemnizadaCOMPAÑÍA y el CONTRATANTE y/o ASEGURADO frente al responsable del Siniestro, la reparación que se obtenga se repartirá entre ambos en proporción a su respectivo interés. Los gastos y costos del procedimiento civil, penal, arbitral o administrativo iniciado serán soportados en esa misma proporción.
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Samples: Insurance Contract, Insurance Contract
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos Sin perjuicio de esta póliza lo establecido con carác- ter específico para el fin de recobrar la indemnización que se le haya giradoseguro obligatorio, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar una vez pagada la indemnización, el Asegurador podrá ejercitar los derechos y las acciones que por razón del sinies- tro correspondieran al Asegurado queda comprometido frente a presentar las denuncias correspondientes ante personas responsables del mismo, hasta el límite de la indemnización. El Asegurador no podrá ejercitar en per- juicio del Asegurado los tribunales competentesderechos en que se haya subrogado. El Asegurado será responsable de los perjuicios que, con el objeto de que OCEÁNICAsus actos u omisiones, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstoscausar al Asegurador en su derecho a subrogar- se. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, El Asegurador no se pudiera ejercer tendrá derecho a la subrogación por algún acto atribuible al contra ninguna de las per- sonas cuyos actos u omisiones den ori- gen a responsabilidad del Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle de acuerdo con la ley, ni contra el reintegro cau- sante del siniestro que sea, respecto del Asegurado, pariente en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil de consanguinidad, padre adoptante o hijo adoptivo que convivan con el Asegura- do. Esta norma no tendrá efecto si la suma indemnizadarespon- sabilidad proviene de dolo o si está am- parada mediante un contrato de seguro. En este último supuesto, la subrogación estará limitada en su alcance de acuerdo con los términos de dicho contrato. En caso de concurrencia de Asegurador y Asegurado frente al tercero responsa- ble, el recobro obtenido se repartirá en- tre ambos en proporción a su respectivo interés.
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Samples: Seguro Multirriesgo Del Automóvil, Seguro Multirriesgo Del Automóvil
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si Una vez pagada la indemnización y cedidos sin que haya necesidad de ninguna otra cesión, traslado, título o mandato, el asegurador queda subrogado en todos los derechos, re- cursos y acciones que, por razón del siniestro, correspondieran al asegurado frente a las personas autoras o responsables del mismo, y aun contra otros aseguradores, si los hubiere, hasta el límite de la indemnización. El asegurador no podrá ejercitar en perjuicio del asegurado los derechos en que se pudiera ejercer haya subrogado. El asegurado responderá ante el asegurador de los perjuicios que, con sus actos u omi- siones, pueda causar al asegurador en su derecho a subrogarse. El asegurador no tendrá derecho a la subrogación contra ninguna de las personas, cu- yos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado de acuerdo con la ley, ni contra el causante del siniestro que sea respecto del asegurado pariente en lí- nea directa o colateral dentro del tercer grado civil de consanguinidad, padre adop- tante o hijo adoptivo que convivan con el asegurado. Lo indicado en el párrafo anterior no tendrá efecto si la responsabilidad del sinies- tro proviene de una acción u omisión dolosa del asegurado o si la responsabilidad del mismo está amparada por algún acto atribuible un contrato de seguro. En este último supuesto, la subroga- ción se limitará a la cobertura garantizada por el mismo. En caso de concurrencia del asegurador y el asegurado frente a un tercero responsa- ble, el recobro obtenido se atribuirá al Aseguradotitular del respectivo derecho y, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadaen las titulari- dades comunes, se repartirá entre ambos en su proporción a su respectivo interés.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Policy
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si Una vez pagada la indemnización y cedidos sin que haya necesidad de ninguna otra cesión, traslado, título o mandato, el asegurador queda subrogado en todos los derechos, re- cursos y acciones que, por razón del siniestro, correspondieran al asegurado frente a las personas autoras o responsables del mismo, y aun contra otros aseguradores, si los hubiere, hasta el límite de la indemnización. El asegurador no podrá ejercitar en perjuicio del asegurado los derechos en que se pudiera ejercer haya subrogado. El asegurado responderá ante el asegurador de los perjuicios que, con sus actos u omi- siones, pueda causar al asegurador en su derecho a subrogarse. El asegurador no tendrá derecho a la subrogación contra ninguna de las personas, cu- yos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado de acuerdo con la ley, ni contra el causante del siniestro que sea respecto del asegurado pariente en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil de consanguinidad, padre adoptante o hijo adoptivo que convivan con el asegurado. Lo indicado en el párrafo anterior no tendrá efecto si la responsabilidad del siniestro proviene de una acción u omisión dolosa del asegurado o si la responsabilidad del mis- mo está amparada por algún acto atribuible un contrato de seguro. En este último supuesto, la subrogación se limitará a la cobertura garantizada por el mismo. En caso de concurrencia del asegurador y el asegurado frente a un tercero responsable, el recobro obtenido se atribuirá al Aseguradotitular del respectivo derecho y, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadaen las titularidades comunes, se repartirá entre ambos en su proporción a su respectivo interés.
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Samples: Insurance Policy, Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurador, una vez pagada la indemnización, podrá ejercitar los derechos y las acciones que por razón del siniestro correspondieran al Asegurado frente a las personas responsables del mismo, hasta el límite de la indemnización. El Asegurador no podrá ejercitar en perjuicio del Asegurado los derechos en que se haya subrogado. El Asegurado se compromete será responsable de los perjuicios que, con sus actos u omisiones, pueda causar al Asegurador en su derecho a ceder sus derechos subrogarse. El Asegurador no tendrá derecho a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo la subrogación contra ninguna de las personas cuyos actos u omisiones den origen a responsabilidad del Asegurado, de acuerdo con la Ley, ni contra el causante del siniestro que sea, respecto del Asegurado pariente en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil de consanguinidad, padre adoptante o hijo adoptivo que convivan con el Asegurado. Pero esta norma no tendrá efecto si la responsabilidad proviene de dolo o si la responsabilidad está amparada mediante un contrato de seguro. En este último supuesto, la subrogación estará limitada en su alcance de acuerdo con los términos de esta póliza con dicho contrato. En caso de concurrencia del Asegurador y Asegurado frente a tercero responsable, el fin de recobrar la indemnización que recobro obtenido se le haya giradorepartirá entre ambos, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos en proporción a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, respectivo interés. El Asegurador podrá igualmente reclamar los daños y perjuicios que le hubiese causado el Asegurado deberá facilitar o el Tomador del seguro en los documentos necesarios casos y suscribir situaciones previstos en la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados póliza y/o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle exigirle el reintegro de la suma indemnizadalas indemnizaciones que hubiese tenido que satisfacer a terceros perjudicados por siniestros no amparados por el seguro.
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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil, Póliza De Responsabilidad Civil Sanitaria
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, OCEÁNICA pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada.
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Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos prestar toda asistencia razonable a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de identificar y denunciar a cualquier persona responsable y recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada.
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Samples: Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. Pagada la indemnización o siniestro operará en la misma fecha de pago la subrogación establecida en el artículo 534 del Código de Comercio. Por consiguiente la Aseguradora se subrogará en los derechos y acciones que le corresponden al Asegurado como titular de la obligación asegurada y de la factura respectiva, para efectos de, particularmente, pero sin limitarse a, cobrarla y de percibir su importe. Esta subrogación operará sin limitación alguna y sin admitirse reserva o excepción alguna del asegurado. El Asegurado deberá prestar todo su concurso para que tal subrogación se compromete produzca y con posterioridad deberá continuar colaborando para la recuperación de los créditos indemnizados tomando las medidas necesarias y siguiendo las instrucciones de la Compañía y concurriendo a los actos materiales y jurídicos que sean necesarios. Sin perjuicio de lo anterior una vez efectuado el pago de la indemnización el Asegurado se obliga a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo la Compañía el crédito contra el cliente o deudor hasta por el monto igual al que haya sido indemnizado, obligándose a suscribir todos los términos documentos que a juicio del Asegurador sean necesarios para perfeccionar la correspondiente cesión de esta póliza derechos. Igualmente la Compañía tendrá derecho a exigir el endoso de cualquier efecto de comercio, documento o título cualquiera relacionado con el fin de recobrar la indemnización crédito siniestrado. Considerando que se le haya giradolas obligaciones aseguradas constan en facturas, y así poder ejercer las acciones que competan deberá cederlas el Asegurado a éste contra terceros responsables sólo requerimiento de la pérdidaAseguradora cumpliendo las normas que al respecto consulta la Ley N° 19.983 y su Reglamento. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizadoPara facilitar lo anterior, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA la Aseguradora podrá requerir el traspaso de los mismos en cualquier tiempo al Asegurado poder o mandato con la facultad expresa para autocontratar, que la habilite para actuando a su nombre y representación del Asegurado, ceder las respectivas obligaciones y facturas a ella misma o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadadetermine.
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Samples: Póliza De Seguro De Crédito
SUBROGACIÓN. El Cuando la Aseguradora haya pagado una indemnización por ministerio de la ley, se subroga hasta el monto de dicha indemnización en los derechos y acciones del Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables del siniestro. El Asegurado deberá hacer todo lo que esté a su alcance para garantizar a la Aseguradora, la viabilidad y vigencia de la pérdidaacción subrogatoria. Los trámites y gastos ocasionados El Asegurado es responsable ante la Aseguradora por esta intervención serán x xxxxx cualquier acto que, antes o después de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre un siniestro, perjudique, dificulte o impida el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso ejercicio de los mismos derechos o acciones objeto de la subrogación, salvo las excepciones estipuladas las leyes o reglamentos vigentes. Si la Aseguradora paga una indemnización por el valor total de la aeronave asegurada, adquiere la propiedad del mismo. El Asegurado o Beneficiario están obligados a su nombre o realizar todos los actos tendientes a nombre consolidar el dominio de quién OCEÁNICA designe, la Aseguradora sobre dicha aeronave y el Asegurado deberá facilitar a entregarle todos los documentos necesarios inherentes a ello. Por tanto, la Aseguradora queda autorizada para, en nombre del Asegurado, tomar cualquier acción relacionada con esta Póliza, bien sea para iniciar o continuar una acción legal, seguir juicio, defenderse, celebrar transacciones o arreglos a favor de sus asegurados. Asimismo, puede, antes de cualquier acción legal y suscribir en cualquier estado del procedimiento, entregar al Asegurado la documentación correspondientesuma total pagadera conforme con esta Póliza con respecto a cualquier reclamación y quedar eximida de toda responsabilidad ulterior relacionada con tal reclamación. En este supuesto Todos estos derechos los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera podrá ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro Aseguradora de la suma indemnizadaconformidad con las normas legales vigentes.
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Samples: Póliza De Seguro De Aviación
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización A menos que exista pacto distinto que conste en las Condiciones Generales del Riesgo o en las Condiciones Particulares o en las Condiciones Especiales de esta Póliza, desde el momento que la COMPAÑÍA indemniza parcial o totalmente un Siniestro bajo los términos alcances de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya giradopresente Póliza, y hasta por el importe de la Indemnización pagada, subroga al CONTRATANTE y/o ASEGURADO en su derecho sobre los bienes siniestrados respecto de los cuales se hubiera hecho pago indemnizatorio, así poder ejercer como en las acciones para repetir contra los que competan resulten responsables del Siniestro. El CONTRATANTE y/o ASEGURADO se obliga a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites facilitar y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar otorgar todos los documentos necesarios para que la COMPAÑÍA pueda ejercer su derecho de subrogación, así como a concurrir a las citaciones y suscribir demás diligencias requeridas por la documentación correspondienteLey para la defensa de los intereses materia de subrogación. El CONTRATANTE y/o ASEGURADO será responsable ante la COMPAÑÍA, de cualquier acto u omisión que perjudique los derechos y/o acciones objeto de la subrogación. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizacióntal caso, el Asegurado queda comprometido CONTRATANTE y/o ASEGURADO será responsable económicamente hasta por el importe del perjuicio que dicho acto u omisión cause a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto la COMPAÑÍA En caso de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro convergencia de la suma indemnizadaCOMPAÑÍA y el CONTRATANTE y/o ASEGURADO frente al responsable del Siniestro, la reparación que se obtenga se repartirá entre ambos en proporción a su respectivo interés. Los gastos y costos del procedimiento civil, penal, arbitral o administrativo iniciado serán soportados en esa misma proporción.
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Samples: Insurance Contract
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos prestar toda asistencia razonable a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de identificara y denunciar a cualquier persona responsable y recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizada.
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Samples: Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si Una vez pagada la indemnización y cedidos sin que haya necesidad de ninguna otra cesión, traslado, título o mandato, el asegurador queda subrogado en todos los derechos, re- cursos y acciones que, por razón del siniestro, correspondieran al asegurado frente a las personas autoras o responsables del mismo, y aun contra otros aseguradores, si los hubiere, hasta el límite de la indemnización. El asegurador no podrá ejercitar en perjuicio del asegurado los derechos en que se pudiera ejercer haya subrogado. El asegurado responderá ante el asegurador de los perjuicios que, con sus actos u omi- siones, pueda causar al asegurador en su derecho a subrogarse. El asegurador no tendrá derecho a la subrogación contra ninguna de las personas, cu- yos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado de acuerdo con la ley, ni contra el causante del siniestro que sea respecto del asegurado pariente en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil de consanguinidad, padre adoptante o hijo adoptivo que convivan con el asegurado. Lo indicado en el párrafo anterior no tendrá efecto si la responsabilidad del siniestro proviene de una acción u omisión dolosa del asegurado o si la responsabilidad del mis- mo está amparada por algún acto atribuible un contrato de seguro. En este último supuesto, la subrogación se limitará a la cobertura garantizada por el mismo. En caso de concurrencia del asegurador y del asegurado frente a un tercero responsa- ble, el recobro obtenido se atribuirá al Aseguradotitular del respectivo derecho y, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadaen las titulari- dades comunes, se repartirá entre ambos en su proporción a su respectivo interés.
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Samples: Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar Una vez pagada la indemnización y sin que se le haya giradonecesidad de ninguna otra ce- sión, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizadotraslado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre título o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizaciónmandato, el Asegurado asegurador queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante subrogado en todos los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados que, por razón del siniestro, correspondieran al asegurado frente a las personas autoras o procedentes responsables del traspasomismo, o subrogación aquí previstosy aun con- tra otros aseguradores, si los hubiere, hasta el límite de la indemnización. Si pagada la indemnización y cedidos – El asegurador no podrá ejercitar en perjuicio del asegurado los derechosderechos en que se haya subrogado. – El asegurado responderá ante el asegurador de los perjuicios que, con sus ac- tos u omisiones, pueda causar al asegurador en su derecho a subrogarse. – El asegurador no se pudiera ejercer tendrá derecho a la subrogación contra ninguna de las per- sonas, cuyos actos u omisiones den origen a responsabilidad del asegurado de acuerdo con la ley, ni contra el causante del siniestro que sea respecto del asegu- rado pariente en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil de consan- guinidad, padre adoptante o hijo adoptivo que convivan con el asegurado. Lo indicado en el párrafo anterior no tendrá efecto si la responsabilidad del si- niestro proviene de una acción u omisión dolosa del asegurado o si la responsa- bilidad del mismo está amparada por algún acto atribuible un contrato de seguro. En este último su- puesto, la subrogación se limitará a la cobertura garantizada por el mismo. – En caso de concurrencia del asegurador y el asegurado frente a un tercero res- ponsable, el recobro obtenido se atribuirá al Aseguradotitular del respectivo derecho y, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadaen las titularidades comunes, se repartirá entre ambos en su proporción a su respectivo interés.
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Samples: Insurance Agreement
SUBROGACIÓN. El Asegurado asegurador tiene pleno derecho a subrogarse en las prestaciones pagadas en el marco del presente contrato de seguro. Los derechos y reclamaciones de cualquier persona física o jurídica que se compromete beneficie total o parcialmente de la cobertura prevista en el contrato de seguro, tal y como se establece en las condiciones del seguro, frente al tercero responsable del suceso, pasarán al asegurador hasta el nivel de la indemnización y los costes pagados por el asegurador con vistas al cumplimiento del presente contrato de seguro. En caso de que el asegurado tenga derecho a ceder sus derechos una indemnización por parte de un tercero y sin perjuicio de la subrogación contractual, este derecho deberá transmitirse por escrito al asegurador hasta el nivel del importe de las coberturas que el asegurado pueda recibir xxx xxxxxxx. Así pues, este derecho pasará a OCEÁNICA la aseguradora. Si el asegurado renuncia al derecho a la indemnización o a su garantía relativa, sin acuerdo previo de la aseguradora, ésta quedará liberada de toda obligación hasta el importe que el asegurado hubiera percibido o hubiera podido percibir xxx xxxxxxx. Por lo tanto, cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza pida que confirme este derecho al Asegurador con el fin de recobrar la indemnización ayudarle a recuperar de un tercero cualquier cantidad pagada o que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan vaya a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y ser pagada por el Asegurador al Asegurado o gastos ocasionados realizados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte cuenta del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizaciónAsegurado, el Asegurado queda comprometido estará obligado a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentesproporcionar esta confirmación por escrito al Asegurador. Cualquier defensa inherente a la póliza de seguro, con que el objeto de que OCEÁNICAAsegurador pueda oponer al Tomador del Seguro, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible podrá oponerse también al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadasea quien fuere.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA En caso de ser legalmente permitido, cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la Aseguradora pague la indemnización que correspondiente, se le haya giradosubrogará hasta la cantidad pagada, en todos los derechos y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables que por causa del daño sufrido correspondan al Asegurado. La Aseguradora podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la pérdidasubrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre Si el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizacióndaño fue indemnizado sólo en parte, el Asegurado queda comprometido y la Aseguradora concurrirán a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competenteshacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Cualquier recuperación como resultado del proceso de subrogación, con el objeto derivada del pago de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible una En primer lugar al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle en la medida de los pagos en exceso del límite de responsabilidad; Después a la Aseguradora, en la medida de lo que haya pagado conforme a este contrato de seguro; y Después al Asegurado, en la medida de su deducible. Los gastos incurridos en el reintegro proceso de subrogación, se repartirán entre las partes interesadas en la recuperación en la proporción en que cada parte interesada participe respecto a la recuperación total. No obstante cualquier disposición en contrario en esta cláusula, la Aseguradora expresamente renuncia a cualquier derecho de subrogación contra cualquier entidad para la cual el Asegurado haya renunciado por escrito a tal derecho, antes de la suma indemnizadaPérdida o Reclamación. El presente contrato, en las coberturas de responsabilidad civil, atribuye el derecho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considerará como beneficiario, desde el momento del siniestro.
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Samples: Insurance Contract
SUBROGACIÓN. El Asegurado Asegurador, una vez efectuados cualesquiera de los pagos previstos en esta póliza, se compromete a ceder sus subrogará hasta el límite de tal o tales pagos y podrá ejercer los derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan por razón del siniestro correspondieran a éste la Compañía y a los Asegurados. Para estos efectos, la Compañía y los Asegurados prestarán toda la colaboración que sea precisa para la efectividad de la subrogación, incluyendo la formalización de cualesquiera documentos que fuesen necesarios para dotar al Asegurador de legitimación activa para demandar judicialmente por sí o, en su caso, en nombre de la Compañía y/o los Asegurados. Asimismo, al Asegurado y la Compañía les está prohibido renunciar a sus derechos contra los terceros responsables del siniestro so pena de perder el derecho a la indemnización en caso de incumplir con esta condición. Sin perjuicio de las exclusiones establecidas en esta póliza, El Asegurador puede presentar una demanda de recobro contra los Asegurados y/o la Compañía, por la cantidad de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados Pérdidas y/o Gastos de Defensa que ha tenido que pagar a la parte perjudicada o a los beneficiarios en relación con una acción directa contra el Asegurador por esta intervención serán x xxxxx dicha tercera parte, si las Pérdidas y/o Gastos de OCEÁNICA. También cederá sus derechos Defensa causados fueron debidos a actos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso mala fe o retribuciones improcedentes de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto de que OCEÁNICA, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadaAsegurados.
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Samples: Poliza De Responsabilidad Civil De Directores Y Administradores
SUBROGACIÓN. El a. Aseguradores a reembolso al Asegurado se compromete a ceder sus de cualquier pérdida, daño o gasto serán subrogados en todos los derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización del Asegurado contra cualquier otra persona, firma o corporación que puede ser legal o contractualmente responsable por tal pérdida, daño o gasto tan reembolsados por las compañías de seguros.
b. Se acuerda que los Aseguradores podrán reclamar sobre y litigar contra cualquiera de las partes responsables por pérdidas, daños o gastos reembolsados bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización que se le haya girado, y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables de la pérdida. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su este documento en nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizaciónAsegurado, el Asegurado queda comprometido proporcionará a presentar Aseguradores de su plena cooperación en la consecución de dicha reclamación o procedimiento judicial.
c. expresamente se autoriza al Asegurado para renunciar a los derechos de los Aseguradores de subrogación contra cualquier individuo, firma o corporación que está bajo contrato o si no realizan un trabajo para el Asegurado o quien o que el Asegurado realiza una obra o prestación de servicios, siempre y se ejecuta dicha renuncia por escrito antes de cualquier aparición dando lugar a las denuncias correspondientes ante reclamaciones de reembolso a continuación.
d. excepto como específicamente proporcionados o autorizados por esta póliza, el Asegurado no renuncia, libera ni disminuye los tribunales competentesderechos de recuperación o de subrogación con respecto a cualquier reclamo, que al pago mismo por parte de las compañías de seguros, de lo contrario pertenecen o se acumulan a las Aseguradores y en la medida y en la medida en que cualquier acción por el Asegurado renuncia, comunicados o disminuye los derechos de subrogación con el objeto respecto a tal reclamación o de que OCEÁNICArecuperación , pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, Las compañías de seguros no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro de la suma indemnizadatendrá responsabilidad bajo esta póliza.
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Samples: Póliza De Seguro
SUBROGACIÓN. El Asegurado se compromete a ceder sus derechos a OCEÁNICA En caso de ser legalmente permitido, cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la Aseguradora pague la indemnización que correspondiente, se le haya giradosubrogará hasta la cantidad pagada, en todos los derechos y así poder ejercer las acciones que competan a éste contra terceros responsables que por causa del daño sufrido correspondan al Asegurado. La Aseguradora podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la pérdidasubrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado. Los trámites y gastos ocasionados por esta intervención serán x xxxxx de OCEÁNICA. También cederá sus derechos de propiedad sobre Si el patrimonio indemnizado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnizacióndaño fue indemnizado sólo en parte, el Asegurado queda comprometido y la Aseguradora concurrirán a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competenteshacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Cualquier recuperación como resultado del proceso de subrogación, con el objeto derivada del pago de que OCEÁNICAuna Pérdida cubierta por este contrato de seguro, pueda ejercer sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible corresponderán conforme a lo siguiente: En primer lugar al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle en la medida de los pagos en exceso del límite de responsabilidad; Después a la Aseguradora, en la medida de lo que haya pagado conforme a este contrato de seguro; y Después al Asegurado, en la medida de su deducible. Los gastos incurridos en el reintegro proceso de subrogación, se repartirán entre las partes interesadas en la recuperación en la proporción en que cada parte interesada participe respecto a la recuperación total. No obstante cualquier disposición en contrario en esta cláusula, la Aseguradora expresamente renuncia a cualquier derecho de subrogación contra cualquier entidad para la cual el Asegurado haya renunciado por escrito a tal derecho, antes de la suma indemnizadaPérdida o Reclamación. El presente contrato, en las coberturas de responsabilidad civil, atribuye el derecho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considerará como beneficiario, desde el momento del siniestro.
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Samples: Seguro De Responsabilidad Por Contaminación Ambiental
SUBROGACIÓN. El Asegurado En el supuesto de que el asegurador haya realizado cualquier pago bajo esta póliza, se compromete subrogará en todos los derechos y acciones del asegurado a ceder sus derechos a OCEÁNICA cuando se le cancele alguna indemnización bajo los términos de esta póliza con el fin de recobrar la indemnización recuperar lo pagado y tendrá incluso derecho a entablar cualquier acción que se le haya giradopudiera corresponder al asegurado. Ya sea antes o después de realizarse cualquier pago bajo esta póliza, el asegurado deberá tomar todas las medidas necesarias o requeridas por el asegurador para preservar todos los derechos y así poder ejercer las acciones de que competan a éste contra terceros responsables de el asegurado pueda disponer para recuperar la pérdida. Los trámites El asegurado deberá cooperar con el asegurador en el ejercicio de su derecho de subrogación y no realizará ningún acto u omisión en perjuicio de dicho derecho. El asegurador tendrá derecho a dirigir todas las medidas encaminadas a recuperar cualquier pérdida cubierta, exista o no una pérdida no asegurada. Las cantidades recuperadas se aplicarán en el siguiente orden:
(a) En primer lugar, para reembolsar al asegurado y al asegurador por los gastos ocasionados incurridos en el ejercicio de acciones contra terceros;
(b) En segundo lugar, para reembolsar al asegurado por esta intervención serán x xxxxx el importe de OCEÁNICA. También cederá la pérdida que exceda del límite de indemnización;
(c) En tercer lugar, para reembolsar al asegurador hasta la suma de la pérdida abonada por el mismo, reponiéndose entonces el límite de indemnización por las citadas cantidades; y
(d) En cuarto lugar, al asegurado para reembolsar el importe de la El asegurador no ejercitará sus derechos de propiedad sobre el patrimonio indemnizadorecobro contra ningún asegurado, y cuando se trate de bienes cuyo traspaso requiere formalidades determinadas, OCEÁNICA podrá requerir el traspaso de los mismos a su nombre o a nombre de quién OCEÁNICA designe, y el Asegurado deberá facilitar los documentos necesarios y suscribir la documentación correspondiente. En este supuesto los gastos por la realización de los traspasos correrán por parte del adquiriente. Tanto antes como después de cobrar la indemnización, el Asegurado queda comprometido a presentar las denuncias correspondientes ante los tribunales competentes, con el objeto salvo en caso de que OCEÁNICA, pueda ejercer concurriera dolo o un incumplimiento intencional de cualquier legislación por asegurado o de sus derechos, recursos y acciones derivados o procedentes del traspaso, o subrogación aquí previstos. Si pagada la indemnización y cedidos los derechos, no se pudiera ejercer la subrogación por algún acto atribuible al Asegurado, OCEÁNICA podrá requerirle el reintegro obligaciones contractuales derivadas de la suma indemnizadaesta póliza.
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Samples: Insurance Policy