Tipos de contratos de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Tipos de contratos de trabajo. Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente con las siguientes particularidades:
Tipos de contratos de trabajo. 8. Entra en la página web xxx.xxxx.xx, haz clic en Empresas, y luego en Bonificaciones y ayudas y busca la cuantía y duración de las bonificaciones establecidas para los siguientes colectivos des- empleados: jóvenes entre 16 y 30 años, mujeres y mayores de 45 años.
Tipos de contratos de trabajo. Contratos formativos En ámbitos inferiores de negociación colectiva podrán establecerse compromisos entre las par- tes para la conversión de este tipo de contratos en otros indefinidos, como medida que contribuya a facilitar la inserción laboral de quienes han suscrito este tipo de contrato en el mercado de trabajo:
Tipos de contratos de trabajo. El contrato de tiempo fijo: Cuando las partes pueden determinar la duración del contrato. La duración mínima de estos contratos es un año. Para dar por terminado el contrato de tiempo fijo, la parte interesada debe avisar por escrito su interés de que el contrato termine, por lo menos un mes antes de la fecha de terminación del contrato original. Sin este aviso, el contrato se prorrogará automáticamente. - El contrato por tiempo indefinido: No tienen duración predeterminada por las partes o por la naturaleza de que se trata. La duración mínima de estos contratos es un año, este contrato podrá renovarse cuantas veces sea necesario. - El contrato de temporada: Celebrado entre un empleador y un trabajador para que realice trabajos cíclicos o periódicos, en razón de la naturaleza discontinua de sus labores, gozando estos contratos de estabilidad, entendida, como la preferencia a ser llamados a prestar sus servicios en cada temporada que se requieran. Se configurará el despido intempestivo si no lo fuere. - El contrato eventual: Se realiza para satisfacer exigencias circunstanciales del empleador, tales como reemplazo de personal que se encuentra ausente, en cuyo caso, en el contrato deberá justificarse la ausencia. También se podrá celebrar contratos eventuales para atender una mayor demanda de producción, en cuyo caso el contrato no podrá tener una duración mayor de seis meses. - El contrato ocasional: Cuando el objeto es la atención de necesidades emergentes o extraordinarias, no vinculadas con la actividad habitual del empleador, y cuya duración no excederá de treinta días en un año. - El contrato de jornada parcial: El trabajador gozará de estabilidad y de la protección integral de dicho cuerpo legal y tendrá derecho a una remuneración que se pagará aplicando la proporcionalidad en relación con la remuneración que corresponde a la jornada completa, que no podrá ser inferior a la remuneración básica mínima unificada. Asimismo, tendrá derecho a todos los beneficios xx xxx, incluido el fondo de reserva y la afiliación al régimen general del seguro social obligatorio. En las jornadas parciales, lo que exceda del tiempo de trabajo convenido, será remunerado como jornada suplementaria o extraordinaria, con los recargos xx xxx. El período de prueba no podrá ser mayor a 90 días y sólo se podrá realizar por una vez y al principio de una relación de trabajo. Adicionalmente, una empresa no podrá contratar más del 15% de los empleados por un período de prueba. Con el ...
Tipos de contratos de trabajo. Es el documento que recibe el trabajador al finalizar la relación laboral y mediante el cual se saldan las diferencias salariales entre el trabajador y la empresa.
Tipos de contratos de trabajo. I. Contrato en prácticas. El contrato de trabajo en prácticas, tipificado en el artículo 11 del texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores, podrá concertarse con aquellas personas que estuviesen en posesión de título universitario, o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes a los anteriores de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la ley orgánica 5/2002, de 19 xx xxxxx, de las cualificaciones y de la formación profesional, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años o de siete años cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, inmediatamente siguientes a la finalización de los correspondientes estudios, siempre que la titulación esté relacionada con las tareas que se practiquen. El objetivo último de esta modalidad contractual es que la persona contratada ya formada para ocupar el puesto en el sistema de educación reglada u ocupacional pueda desarrollar habilidad y destreza en la práctica de sus conocimientos teóricos adquiridos durante la formación, bien sea en el desarrollo en solitario del ejercicio del puesto de trabajo (si la prestación de ese servicio lo permite) o bien acompañado de un/a empleado/a con antigüedad suficiente que pueda, en los primeros días, corregir o mejorar sus destrezas.
Tipos de contratos de trabajo. Por su duración: Por las horas trabajadas:
Tipos de contratos de trabajo cve: BOE-A-2009-14012
Tipos de contratos de trabajo. — Contrato Indefinido — Contrato a Plazo Fijo — Contrato por obra o faena determinada
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