Ámbito personal y territorial Cláusulas de Ejemplo

Ámbito personal y territorial. El acuerdo alcanzado será de aplicación en todo el ámbito personal y territorial comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 122/75. (Conf. Acta Acuerdo de fecha 29 xx xxxx de 2024).
Ámbito personal y territorial cve: BOE-A-2019-2204 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Son de aplicación las normas contenidas en este Convenio a todos los trabajadores/as del Grupo de Empresas integrado por Mercadona, S.A., Xxxxx Valencians Forva, S.A. Unipersonal, en el ámbito de todo el territorio español. Quedan excluidos del ámbito personal quienes se encuentren en los supuestos regulados en los arts. 1.3.º) y 2 del Estatuto de los Trabajadores.
Ámbito personal y territorial. El presente Convenio Colectivo tendrá ámbito local limitado al término municipal de Madrid y será de aplicación a todas las Empresas dedicadas a la actividad de Limpieza Pública Viaria en el ámbito territorial antes delimitado, regulando las relaciones laborales entre tales Empresas y los/as trabajadores/as que prestan sus servicios en la L.P.V. de Madrid-Capital, cualquiera que sea su modalidad de contrato y siendo de obligado cumplimiento por unas y otros/as.
Ámbito personal y territorial. El presente convenio colectivo establece y regula las relaciones laborales en todos y cada uno de los Centros y Servicios, dependientes de Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid, en la forma y extensión que en el mismo se determine. Los acuerdos contenidos en el presente convenio colectivo tendrán fuerza normativa y obligarán x Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid y Al personal laboral mientras presten servicios en cualquiera de sus dependencias y oficinas locales, así como al personal que ingrese en dichos centros durante la vigencia del mismo. Quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio: a) Los y las profesionales libres que presten su colaboración y servicios a la Xxxx Xxxx Española los cuales se regirán exclusivamente por los contratos formalizados al efecto y por las disposiciones reguladoras de su respectiva profesión. b) Las personas que ocupen puestos directivos y de dirección en Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid. A estos efectos se considera personal directivo el que se contempla en el Reglamento General Orgánico de Xxxx Xxxx Española, y las personas que ocupan puestos de dirección y aquellos otros que pudieran ser creados en el futuro a iniciativa el comité autonómico o la presidencia de dicho comité, y el personal que rija sus condiciones laborales por contrato de alta dirección c) Quienes por su ámbito de actuación especifico están sometidos a un convenio del sector, sea nacional, autonómico o provincial o a convenio de empresa. No obstante, se reconoce específicamente al personal del Centro de Formación Profesional aquellos derechos recogidos en el capítulo de “Beneficios Sociales” del presente convenio. d) Quienes presten sus servicios en régimen de colaboración voluntaria y no retribuida.
Ámbito personal y territorial. El presente convenio es de aplicación a:
Ámbito personal y territorial. El presente convenio es de aplicación obli- gatoria a todas las empresas y trabajadores del sector de la Hostelería de la provincia de Granada.
Ámbito personal y territorial. El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todas las empresas de carácter sanitario instaladas en el ámbito de la provincia xx Xxxxx y que se especifica en el artículo 2º.
Ámbito personal y territorial. 1.- El presente convenio colectivo se aplicará, sin más excepción que las previstas en el apartado siguiente, a todos los trabajadores que presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena dentro del ámbito de organización y dirección de SOTUR, bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas por la Legislación Laboral vigente, en todos y cada uno de sus centros de trabajo, temporales o permanentes, en todo el territorio español. 2.- Excepciones de aplicación: a) El presente convenio colectivo no se aplicará a los trabajadores que presten sus servicios en el centro de trabajo constituido por la Residencia de Tiempo Libre «La Casona xxx Xxxxx» en San Xxxxxx (El Espinar, Xxxxxxx), ya que por lo específico de la actividad que en el mismo se desarrolla, se les aplica su propio convenio colectivo. b) El presente convenio colectivo no se aplicará al personal vinculado a la empresa mediante relación laboral de carácter especial, específicamente el personal de alta dirección.
Ámbito personal y territorial. El presente Convenio Colectivo, de ámbito nacional, afecta a la totalidad del personal de VELPA S.A. que presta servicios en cualquiera de los centros de trabajo abiertos por la empresa en el Estado Español, así como aquellos otros trabajadores que pudieran ser contratados durante su vigencia. Se exceptúa del ámbito de aplicación de este Convenio al personal de alta dirección al que se refiere el artículo 2.1 a) del Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.