PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN | CONCESION SERVICIO DE COPIADO Y VENTA DE FOTOCOPIAS en la sede de la Universidad Nacional xx Xxxxx. |
FECHA DE APERTURA DE LAS OFERTAS | 21/12/2017 12 horas |
LUGAR | Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros Xxxxxxxxxxxx Xx 0000- Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx. |
CONTACTO | Teléfono: 00000 000000/ 423171 interno 1608, de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Correo electrónico: xxxxxx@xxxx.xxx.xx Web: xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx |
Procedimiento de selección
TIPO | Licitación Pública |
CLASE | De etapa única nacional |
MODALIDAD | Sin modalidad |
NÚMERO | 007 |
EJERCICIO | 2015 |
EXP-LUJ: 00001014/2016
Los interesados podrán consultar, retirar o solicitar el envío del presente pliego en la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros, en los días y horarios establecidos precedentemente. Asimismo, podrán descargar el Pliego en las páginas:
xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxxxxxx.xxxx.xxx.xx (buscar por fecha de apertura en solapa Apertura de ofertas)
RETIRO O DESCARGA DE PLIEGOS
CONSULTAS | Las mismas deberán efectuarse por escrito y ser remitidas personalmente o por correo electrónico a la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros. Las consultas al Pliego podrán realizarse hasta 72 horas hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de ofertas. |
LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS | Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros. Xxxxxxxxxxxx Xx 0000- Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx, hasta la fecha y hora fijada para el Acto de Apertura de Ofertas. |
CLAÚSULAS PARTICULARES
Artículo 1º.- OBJETO
El objeto de la contratación es la concesión del servicio de copiado y venta de fotocopias y artículos de librería en la sede central de la Universidad Nacional xx Xxxxx, en los términos y condiciones establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (PUByCG), las Bases y Condiciones Particulares de la presente licitación y las Especificaciones del servicio y anexos.
Artículo 2º.- FINALIDAD y ALCANCE DE LA COBERTURA
La concesión del servicio y venta de fotocopias y artículos de librería de la Sede Central de esta Universidad, sita en cruce de Rutas Xxxxxxxxxx Xxx. 0 x 0, Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
El adjudicatario se encargará de la venta de fotocopias, sus accesorios, y artículos de librería quedándole expresamente prohibido el comercio de cualquier otro tipo de artículo ajeno al servicio, que no guarde estricta relación con el mismo. Este no podrá ser ampliado sin autorización expresa de la Universidad.
La presente Concesión estará destinada a prestar servicios a una comunidad, compuesta por aproximadamente 11.458 estudiantes que asisten a la institución.
Artículo 3º.- EXCLUSIVIDAD
La adjudicación de la presente contratación NO otorga al adjudicatario privilegio o exclusividad en la prestación de los Servicios de Producción y Venta de Fotocopias y Artículos de Librería en la Sede Central de la Universidad Nacional xx Xxxxx.
Artículo 4 º.-PLAZO CONTRACTUAL- INICIO DE LA PRESTACIÓN
La vigencia del presente contrato será de DOS (2) años. El adjudicatario comenzara a prestar el servicio dentro de los VEINTE (20) días corridos de la cesión, por parte de la Universidad, del espacio físico destinado a la concesión.
Artículo 5º.- PRECIO DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADO
Se establecerá un precio unitario indicativo de la copia simple faz, que se prevé en el rango de entre 0.70 y 0.90 pesos (entre setenta y noventa centavos) por fotocopia, común y como precio promedio. Los oferentes deberán cotizar el precio unitario por fotocopia simple faz y doble faz.
En cuanto a los Artículos de Librería, el concesionario deberá establecer los precios acorde al mercado.
En el caso que la empresa solicitara modificación de precios establecidos en el contrato original, durante el transcurso de la ejecución del mismo, deberá presentar ante la Secretaría de Administración de la Universidad una nota justificatoria, con toda la documentación que respalde cualquier variación que se hubiera producido en la estructura de
costos que avale la solicitud. La Universidad se reserva el derecho de rechazar la misma si no fuera la adecuada o ante la inexistencia de elementos probatorios del pedido.
Artículo 6º.- CANON
El canon consistirá en la entrega de material de fotocopiado de los alumnos becarios. Se deberá ofertar como mínimo un canon de TRESCIENTAS MIL 300.000 COPIAS ANUALES. Para el caso en que la cantidad de copias extendidas, supere el monto aquí estipulado, deberá emitir la factura correspondiente por el saldo restante en la Tesorería de la Sede Central, las cuales serán pagadas dentro de los primeros DIEZ (10) días corridos del mes siguiente a la presentación. Por el contrario, cuando no se emitan a los becarios en forma mensual el número de ejemplares previstos, el resto será acumulado al año entrante.
Aquellas ofertas cuyo canon se encuentre por debajo del que aquí se establece, serán desestimadas sin más trámite. Por otra parte, si el oferente no consignara el número de fotocopias que en concepto de canon estuviese dispuesto a brindar, se entenderá que es por la suma detallada en este punto.
Artículo 7º.- MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN
La presente es una contratación que se ajustará conforme a lo dispuesto por el Decreto Delegado P.E.N. Nº 1023/01 “Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional”, su Decreto Reglamentario Nº 1030/16 y sus modificatorias si las hubiere.
Los oferentes deberán contemplar en sus propuestas la prestación de los servicios en la sede central de la Universidad ubicada en la ciudad xx Xxxxx y deberá cumplir con los requisitos indicados en la descripción que figura en el presente Pliego, Especificaciones Técnicas y anexos.
Asimismo, el servicio a contratar deberá ser cumplimentado a total satisfacción de la Universidad Nacional xx Xxxxx, quién no reconocerá cargo alguno por todo aquello, que no estando consignado en la oferta, sea necesario para dar cumplimiento al objeto del presente Xxxxxx, alegando desconocimiento de las reales condiciones en la que se deberá prestar el servicio.
Artículo 8º.- CONSULTAS, RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES
Todas las solicitudes de aclaración a los términos del presente Xxxxxx deberán ser presentadas por escrito en la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros, sita en Constitución Nº 2388 de la ciudad xx Xxxxx, en el horario de 9 a 13 horas o por correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxx@xxxx.xxx.xx, c/c a xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx hasta el TERCER (3º) día hábil administrativo anterior a la fecha prevista para la presentación de las Ofertas, inclusive.
Por razones operativas y sólo a modo de gentil colaboración, se solicita que las consultas que se deseen efectuar sean realizadas en una única presentación, en la forma preestablecida, sin que ello menoscabe el derecho de efectuarlas, dentro del plazo establecido, las veces que sea necesario.
Las consultas que hayan sido recibidas en tiempo y forma, serán respondidas por la Universidad en un todo de acuerdo con los términos del artículo 49 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
En oportunidad de realizar consultas al presente, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social,
domicilio, fax, y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
Para el presente rige lo establecido según los artículos Nº 49 y 50 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
Artículo 9º.- VISITA PREVIA A OFERTAR
Previo a la cotización del servicio, los oferentes podrán visitar el lugar asignado para la concesión, a fin de conocer las instalaciones y ajustar su oferta a la totalidad de los requerimientos del presente Pliego.
A tal efecto y para todos los casos, deberán contactarse con la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros quienes les indicarán la persona a contactar para realizar las visitas. Efectuadas las mismas se le extenderá un “Certificado de Visita”. Dicho certificado deberá acompañarse junto con la oferta y formará parte de la misma.
Se considera a todos los efectos que cada proponente, a fin de formular su propuesta lo hizo con perfecto y completo conocimiento, ha estudiado todos los aspectos y factores que pueden influir en su precio y que además se ha trasladado al lugar donde se proyecta llevar el servicio que se contrata a fin de informarse debida y especialmente de los posibles inconvenientes que puedan existir para una normal ejecución del servicio y de todo cuanto pudiere influir para el justiprecio que haga del mismo.
Se deja establecido que el oferente no podrá alegar posteriormente, bajo ninguna circunstancia, desconocimiento alguno en lo que hace al servicio y precio ofertado.
Artículo 10º.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Las ofertas se mantendrán por el plazo de SESENTA (60) días corridos, y si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente.
Artículo 11º.- GARANTIA DE OFERTA
Cuando corresponda su presentación, se constituirá en los términos previstos en el Decreto N° 1030/16 y el artículo 39 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, por un importe equivalente al CINCO PORCIENTO (5%) de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto.
La integración en Pagaré a la vista suscrito por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será válida solamente cuando el monto de la garantía no supere la suma de 260 módulos. (Valor del modulo: $1000.)
MONTO DE LA GARANTIA. La misma será el monto resultante de la siguiente operación:
(Costo de la copia simple faz x 300.000) x 0.05
Artículo 12º.- CONDICIONES DE LA OFERTA
12.1 FORMALIDADES DE LA PRESENTACIÓN
Las Ofertas serán presentadas en la forma establecida en el artículo 13 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (PUByCG)
La Oferta deberá presentarse:
- Redactada en idioma nacional;
- El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
- En original y duplicado, debiendo salvarse las testaduras, enmiendas, raspaduras y/o interlíneas, si las hubiere por el firmante de la oferta.
- En sobre, cajas o paquetes perfectamente cerrados, debiendo consignar en su cobertura la identificación del procedimiento de selección al que corresponden, precisándose el lugar, día y hora del Acto de Apertura.
Las fojas de cada juego de Oferta y toda la documentación que integre la misma deberán identificarse con el rótulo “ORIGINAL” y “DUPLICADO, según corresponda. El juego “ORIGINAL” constituirá el “Fiel de la Oferta” y deberá estar firmado en todas sus hojas por el oferente o su representante legal. Las copias sólo tendrán validez en la medida que coincida con el “ORIGINAL”. Cualquier discrepancia que surja entre el original y sus copias, será de exclusivo riesgo del oferente y la Universidad resolverá el caso teniendo en cuenta el juego firmado y sellado como “ORIGINAL”.
La oferta especificará el presente Pliego, y el total general de la oferta, expresado en letras y números. La oferta ORIGINAL deberá estar foliada y se deberá indicar el número total de fojas que la integran.
Toda la documentación requerida en el presente Xxxxxx, que se adjunte en COPIA, integrando el ORIGINAL de la oferta, deberá estar autenticada o certificada.
Las cotizaciones se realizarán en moneda nacional y no discriminarán el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en atención a que la Universidad reviste ante el Impuesto al Valor Agregado el carácter de “I.V.A. EXENTO”, siendo su clave única de Identificación Tributaria la Nº 30-58676240-7.
Si el total consignado para el renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
El precio cotizado será el precio final que deberá pagar la Universidad por todo concepto.
No será tenida en consideración la oferta que modifique o condicione las cláusulas del presente Pliego de Bases y Condiciones y/o impliquen apartarse del régimen aplicable.
No se admitirán ofertas que coticen parcialmente.
12.2 CONTENIDO DE LA OFERTA La oferta deberá incluir lo siguiente:
a) LA PROPUESTA ECONOMICA, en la Planilla de Cotización provista con la presente, o en su defecto en una de idéntico contenido y similar diseño, por duplicado.
Asimismo la propuesta deberá especificar:
1. Descripción de la empresa, antecedentes en el rubro.
2. Detalle del servicio a prestar
2.1. Proyecto de metodología de atención que garantice la celeridad en la misma, se encuentre respetando el buen trato comercial y las buenas costumbres. Deberá indicar las modalidades de expendio a realizar que en todos los casos se realizará dentro del predio de la Sede Central de esta Universidad.
2.2 El Concesionario deberá garantizar un equipamiento adecuado para el cumplimiento de los trabajos en el tiempo solicitado y/o propio de un buen servicio y con copias e impresiones de calidad. La prestación deberá asegurar el acceso oportuno al servicio de fotocopiado y de impresiones. Deberá garantizarse el servicio de anillado.
2.3. Descripción del mobiliario a utilizar, indicando la calidad del mismo.
2.4. Detalle del equipamiento a utilizar para prestar el servicio.
2.5. Inversiones a realizar, con monto estimado y detalles de las mismas.
Las ofertas deberán presentarse en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente Xxxxxx y sus Anexos.
b) GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, constituía a favor de la Universidad Nacional xx Xxxxx en un todo de acuerdo con el artículo 39 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (PUByCG) y las normas del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/2016.
Se recuerda que el pagaré sólo podrá presentarse cuando el monto de la garantía no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA (260) MODULOS, cuyo valor queda establecido según el artículo 28 del Decreto, mediante el cual dispone que el valor del módulo (M) será de PESOS UN MIL ($ 1.000).
Se aclara que de optarse por el pagaré, no deberá consignarse fecha de vencimiento, debiendo el mismo ser librado “a la vista”.
c) DECLARACIÓN JURADA CONSTITUYENDO DOMICILIO Y DIRECCION DE CORREO ELECTRÓNICO, que se adjunta a la presente, suscripta por el oferente o su representante, donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen, o en su defecto una de idéntico contenido.
d) DECLARACION JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, que se adjunta al presente firmada por el oferente o su representante.
e) PREINSCRIPCIÓN Y/O CONSTANCIA DE INCORPORACION EN EL SIPRO. Dicho requisito podrá ser cumplimentado hasta el comienzo del período de evaluación de ofertas.
f) CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: Para aquellos supuestos en que el monto total de la oferta, resultare igual ó mayor a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) considerando la prórroga, si la misma estuviera prevista, la aptitud para contratar a que se refiere el artículo 28, inciso f) del Decreto Nº 1023/01 deberá acreditarse mediante el Certificado Fiscal para contratar extendido por la AFIP, cuya existencia podrá ser constatada oficiosamente por la Universidad o podrá incorporarse al expediente por el oferente.
No podrá desestimarse una oferta cuando el oferente hubiese solicitado antes de la presentación de la oferta, a la AFIP la emisión del Certificado Fiscal para Contratar y durante el procedimiento de selección, desde el Acto de Apertura hasta el perfeccionamiento del contrato, ésta no lo emita o no comunique su denegatoria. En consecuencia, al momento de la presentación de la oferta, el oferente deberá presentar el Certificado Fiscal para Contratar vigente o bien la Multinota (F. 206/M) correspondiente a la solicitud del Certificado Fiscal para Contratar, con el sello de recepción de la AFIP. Es obligación del oferente comunicar a la Universidad la denegatoria a la solicitud del Certificado Fiscal para Contratar emitida por la AFIP dentro de los CINCO (5) días de notificada la misma.
Para el caso de ofertar por sumas totales inferiores a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) considerando la prórroga, si la misma estuviere prevista, se dará por cumplido el requisito de acreditación, con la sola presentación de una declaración Jurada respecto de la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes,
contribuciones y toda otra obligación previsional. No obstante, lo expuesto si poseen el Certificado Fiscal vigente, no resulta necesario que presenten dicha Declaración Jurada.
g) DECLARACION JURADA DE ELEGIBILIDAD, que se adjunta al presente. Firmada por el oferente o su representante.
h) FORMULARIO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, que se adjunta la presente, o en su defecto una Declaración de idéntico contenido, suscripto por el oferente o su representante.
i) DECLARACION JURADA acreditando el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada su oferta como nacional y las empresas nacionales su condición de tal en los términos de la Ley Nº 18875.
j) CERTIFICADO DE VISITA, adjunta a la presente.
k) PRESENTAR Y DOCUMENTAR EN LA OFERTA
- Copia legalizada, certificada o autenticada de los estatutos y de los documentos constitutivos respectivos y modificatorios si los hubiere.
- La documentación que acredite fehacientemente e inequívocamente la personería del firmante de la oferta.
Deberá integrar la oferta toda la documentación solicitada.
Artículo 13º.- OPORTUNIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La presentación de las ofertas sólo podrá efectuarse hasta la fecha y hora fijadas por la Universidad para dicho acto, sin excepción alguna.
La posibilidad de modificar la oferta concluirá con el vencimiento del plazo para presentarla.
Al momento de la presentación de la oferta la Universidad- Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros emitirá un Comprobante de Recepción, el que sólo dará fe de la presentación de un sobre o paquete, pero no de su contenido.
La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de normas y cláusulas que rigen el procedimiento de selección al que se presente, según el artículo 52 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16, por lo que NO SERA NECESARIA LA PRESENTACIÓN DE LOS PLIEGOS FIRMADOS JUNTO CON LA OFERTA.
Asimismo, conforme lo expuesto, se informa que se deberán extraer xxx Xxxxxx, los Formularios anexos que lo integran, en cuyo pie figura la leyenda “Para desagregar y presentar junto con la Oferta” para su cumplimentación y posterior agregación en la propuesta.
En ese sentido, se destaca que la conservación xxx Xxxxxx será de gran utilidad hasta la finalización del vínculo contractual y contribuirá a evitar el sobredimensionamiento innecesario del expediente.
Artículo 14º.- APERTURA DE LAS OFERTAS
En el lugar, día y hora determinados para celebrar el Acto de Apertura, se procederá a abrir las ofertas en presencia de los funcionarios de la Universidad y de todos aquellos que desearan presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobre, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.
En la apertura, se labrará un Acta en la que constará todo lo actuado, detallándose las ofertas. El Acta será leída y suscripta por los funcionarios actuantes y los asistentes que deseen hacerlo.
Artículo 15º.- CRITERIO DE EVALUACIÓN
15.1 REQUISITOS DE LA OFERTA
Para la evaluación de la oferta, deberá darse cumplimiento con las exigencias del presente Pliego, las Especificaciones del servicio y sus Formularios anexos, los requisitos formales, legales, técnicos y la aplicación de las disposiciones contempladas en la normativa vigente.
Serán causales de desestimación de oferta no subsanables las dispuestas en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Asimismo, serán causales de inelegibilidad de la oferta las dispuestas en el artículo 68 del mencionado Reglamento.
El Dictamen de Evaluación se emitirá al concluir el análisis de las ofertas y dentro del término de CINCO (5) días contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de recepción de las actuaciones. Dicho plazo sólo podrá ser excedido por causas excepcionales, las que deberán ser debidamente fundadas por las Comisiones Evaluadoras en su dictamen.
El mismo será notificado, conforme el artículo 72 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16, a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido.
En caso de producirse un empate de ofertas se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
La sanción aplicada en el ámbito del Régimen aprobado por el Decreto N° 1023/01 y sus modificatorias, será considerada como antecedente negativo en la evaluación de la oferta presentada en el llamado, como así también los incumplimientos registrados en las propias bases de datos de la Universidad.
Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los TRES (3) días de su comunicación. Quienes no revistan tal calidad podrán impugnarlo dentro del mismo plazo, pero desde su difusión en el sitio de web de la Dirección de Obras Públicas y Servicios de Terceros, previa integración de la garantía regulada en el artículo 78, inciso d) del Decreto 1030/16.
15.2 CRITERIO DE SELECCION
La adjudicación recaerá en la propuesta mas conveniente para la comunidad Universitaria, para lo cual se analizará: el canon, descripción del proyecto de infraestructura, mobiliario, inversión a realizar, idoneidad probada del oferente, servicio que oferte (calidad y rapidez del mismo). La valoración integral de las ofertas admisibles se efectuará de acuerdo a la siguiente escala:
Mayor valor de canon ofertado: 20 puntos Propuesta de trabajo: 30 puntos
Precio de copias (simple faz y doble faz): 20 puntos Nivel de tecnología (máquina fotocopiadora): 20 puntos Otros: 10 puntos
Calificación por concepto
No presentación: 0
Insuficiente: 1
Regular: 2
Aceptable: 3
Muy bueno: 4
Excelente: 5
El orden de mérito se establecerá teniendo en cuenta la calificación ponderada de cada concepto (Ej. Calificación “aceptable” de la “propuesta de trabajo = 30 x 3 = 90). El puntaje máximo a obtener es 500 puntos.
Artículo 16º.- ADJUDICACIÓN
La notificación se efectuará conforme el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo.
Perfeccionado el contrato en los términos del artículo 75 del mencionado Reglamento, la adjudicataria deberá constituir la garantía de cumplimiento de contrato extendida a favor de la Universidad Nacional xx Xxxxx, dentro del plazo de CINCO (5) días de recibida la orden de compra. MONTO DE LA GARANTIA. La misma será el monto resultante de la siguiente operación: (Costo de la copia simple faz x 300.000) x 0,10
Dicha garantía deberá ser presentada en la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros, acompañada de una nota en la cual se indique: nombre de la firma, número de expediente, tipo y número de procedimiento de selección, número de orden de compra y carácter de la garantía.
La Universidad Nacional xx Xxxxx se reserva el derecho de adjudicar o no el renglón por considerarlo inconveniente y de dejar sin efecto la presente licitación, de conformidad con los artículos 12 y 20 del Decreto N° 1023/01.
En ningún caso, ya sea por la desestimación de la oferta, por quedar sin efecto o anularse el acto licitatorio, el oferente tendrá derecho a reclamo alguno por cobro de indemnizaciones y/o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el presente llamado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Decreto N° 1023/01.
Artículo 17º.- ENTREGA DE LAS INSTALACIONES A LA ADJUDICATARIA
La Universidad hará entrega del local donde funcionará el Servicio de Producción y Venta de Fotocopias y Artículos de Librería, previo inventario del estado del lugar y sus instalaciones, labrándose en esa oportunidad un Acta de entrega correspondiente, la cual deberá presentarse con copia en la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros s de esta Universidad para que forme parte del presente contrato. El espacio será cedido dentro de los SIETE (7) días hábiles de firmado el correspondiente contrato.
Artículo 18º.- RESPONSABILIDAD DE LA ADJUDICATARIA
La adjudicataria será la única directamente responsable de la prestación del servicio, el cual deberá ser íntegramente efectuado con ajuste a las disposiciones contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, y de todos los actos de su personal técnico y/o administrativo, y responderá por cualquier anomalía que se produzca durante el lapso en que se cumplan las tareas contratadas. Bajo ningún concepto, la concesionaria estará autorizada a
sub-alquilar el espacio concedido.
Artículo 19º.- PERSONAL A CARGO DE LA ADJUDICATARIA
El servicio será prestado por el adjudicatario personalmente o a través de un encargado o representante ante quién serán válidas todas las notificaciones y demás empleados a su servicio. La totalidad del personal estará bajo su exclusiva responsabilidad y cargo, debiendo cumplimentar con las obligaciones laborales, previsionales y fiscales que imponen las leyes vigentes, así como también aquellas que se refieren a la actividad comercial.
La Universidad no asumirá responsabilidad alguna y estará desligada de todo conflicto o litigio que eventualmente se susciten entre el adjudicatario y el personal a su servicio.
Asimismo, tendrá la facultad de exigir el retiro definitivo del edificio del personal que no respete estrictamente las normas de seguridad, en cuanto al no uso de los elementos de protección reglamentarios o que realice en forma indecorosa su trabajo.
Para el caso, y una vez producida la adjudicación, la adjudicataria deberá presentar:
a).- Listado completo del personal que desarrollará las actividades que hacen objeto de la presente contratación, con sus datos personales básicos (D.N.I., Fecha de Nacimiento, domicilio, estado civil, cargas de familia) y datos laborales (CUIL, obra social, régimen jubilatorio, cobertura de ART, copia del acuse de recibo que respalda el alta en “Mi simplificación” – XX 0000, xxx. 21 – y cuenta bancaria de cada trabajador.
b).- Aquellas contratación cuyo desarrollo del objeto demande un tiempo de ejecución mayor a UN (1) MES, se agregara mensualmente la siguiente documentación: constancia de pago de las remuneraciones al personal, constancia de pago de aportes y contribuciones al régimen de seguridad Social, constancia de pago de ART, y del régimen de desempleo, si correspondiere, constancia de alta en “Mi simplificación” y cláusula de No repetición ART.
Así también se deberá informar acerca de cualquier modificación que se produzca con respecto a la planta de personal oportunamente declarada.
La documentación se presentará en copia legible, foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal de la firma.
Artículo 20º.- HABILITACIONES
La adjudicataria deberá obtener y mantener las habilitaciones municipales, provinciales o nacionales requeridas de acuerdo con los lugares dónde se desarrollará la prestación del Servicio.
La adjudicataria deberá acreditar en un plazo xx xxxx días de iniciada la prestación la tramitación de dichas habilitaciones y en un plazo no mayor a VEINTE días deberá presentar que le han sido otorgadas las correspondientes habilitaciones o la certificación de las razones fundadas del atraso.
Artículo 21º.- INSPECCIONES
La Universidad está autorizada para efectuar, en cualquier momento, todas las verificaciones que considere convenientes, sin previa comunicación al concesionario, en el
inmueble, muebles e instalaciones, de ser necesarios. El concesionario está obligado a prestar a la Inspección la máxima colaboración para el mejor resultado de su cometido.
Artículo 22º.- SERVICIOS BÁSICOS
Los servicios de electricidad, gas, teléfono, y otros, serán a cargo de la adjudicataria, quien asimismo colocará por su cuenta medidores diferenciales en los lugares que así mismo lo admitan.
En los servicios que no admitan este procedimiento el Concedente recabará las sumas pertinentes sobre la base de estimaciones.
El plazo para el pago de los servicios mencionados vencerá el día CINCO (5) del mes.
Artículo 23º.- MANTENIMIENTO
En general, la adjudicataria tendrá a su cargo la tarea de reponer todos aquellos daños, deterioros provenientes de actos u omisiones propios, de sus dependientes, clientes o usuarios del servicio, transeúntes y proveedores de bienes y servicios. Esta obligación se aplicará tanto a los bienes muebles como inmuebles. Asimismo, serán de aplicación ya sea que los daños y deterioros que provengan de actos o acciones negligentes o bien del uso normal de los Bienes, Obras y en general instalaciones, etc.
Estas tareas son aplicables a todos los bienes muebles e inmuebles incluidos en la concesión, aun cuando la necesidad de intervención del concesionario surja como consecuencia del desgaste natural proveniente del uso y mantenimiento de los mismos.
Artículo 24º.- MEJORAS
La adjudicataria podrá realizar todas las reformas y mejoras necesarias en el espacio cedido previa autorización de la Universidad, las cuales en todos los casos correrán por cuenta de la Concesionaria. Para ello la adjudicataria presentará la solicitud de los trabajos a realizar, incluyendo la duración del mismo ante la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y Bienestar Universitario, y no podrá dar inicio a los trabajos sin contar con autorización expresa
Las mejoras serán consideradas como donación al inmueble sin derecho a reclamo alguno durante o al finalizar la concesión.
Artículo 25º.- SEGUROS
La adjudicataria tendrá a su cargo: la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva, con un adicional por incendio y/o explosión, dónde el Co-Asegurado será la Universidad Nacional xx Xxxxx y un seguro de robo del equipamiento de la concesionaria.
La adjudicataria deberá presentar al Concedente, dentro de los DIEZ (10) días de iniciada la prestación del servicio, copia fiel de las pólizas de los seguros mencionados en los puntos anteriores.
Artículo 26º.- LIMPIEZA Y ASEO
La adjudicataria deberá mantener perfectamente limpios y aseados el local y espacios asignados. Para ello, organizará y pondrá en ejecución un sistema de eliminación de residuos y todo material desechable en la zona de ejercicio de su concesión. Con respecto a los residuos que genera la prestación del servicio, Será de responsabilidad exclusiva de la adjudicataria la
eliminación diaria de estos, debiendo depositarlos en recipientes herméticos en lugares habilitados para tal fin, respetando horarios de deposición.
Cuando no exista la posibilidad de deposición diaria de residuos la adjudicataria deberá contratarlo a su cargo.
Artículo 27º.- MEDIDAS DE SEGURIDAD
La adjudicataria deberá contar con elementos propios de seguridad contra incendio, es decir, un extinguidor de 5kg tipo ABC, el cual deberá estar permanentemente en servicio. Asimismo deberá detentar las siguientes instalaciones independientes: térmica, disyuntor (sectorizado), puesta a tierra, cableado en contenedor e instalación de gas en condiciones óptimas.
Artículo 28º.- Además de las obligaciones consignadas en los artículos precedentes la adjudicataria deberá:
- Respetar los derechos de propiedad intelectual que reconoce la Ley Nº 11.723 y normas complementarias. Será exclusiva responsabilidad del Concesionario el cumplimiento de la normativa vigente en materia de propiedad intelectual, debiendo responder por cualquier reclamo y/o daños derivados de su incumplimiento.
- Presentar mensualmente al Departamento de Servicio Social el listado de becarios correspondiente al material bibliográfico entregado con las cantidades de copias suministradas; detallando, a su vez, en una Nota adjunta, la cantidad total de copias del material bibliográfico entregado como así también el periodo al cuál corresponde.
- Entregar en tiempo y forma el material bibliográfico a los Estudiantes, Docentes y No Docentes.
- Fichar por xxxxxxx y por materia, haciendo fácil y ágil la ubicación de textos por el alumnado.
- Los becarios deberán acceder al material en un tiempo no mayor a las 48 hs.
- Garantizar el cuidado del espacio y el no entorpecimiento del entorno y deberá procurar el normal funcionamiento de las actividades universitarias y de la Biblioteca.
- Mantener en todo momento los equipos en perfectas condiciones de funcionamiento informando a la Universidad cuando dé de baja algunos de ellos o incorpore nuevos equipos.
- El servicio será prestado por el concesionario personalmente o a través de un encargado o representante y empleados a su servicio. En particular se entenderán dadas al o recibidas del adjudicatario todas las comunicaciones que se cursen o se reciban de su representante.
- Limitarse a la prestación del servicio contratado no pudiendo realizar otro tipo de actividades comerciales dentro de las instalaciones de la Universidad.
- Facilitar las inspecciones que realice el Comitente en los lugares donde desarrolle su actividad contratada.
- Comunicar a la Comitente de todas las bajas, altas o modificaciones en la dotación del personal asignado a la Concesión.
Artículo 29º.- PENALIDADES
Para casos de incumplimiento de las obligaciones asumidas, regirán las penalidades establecidas en el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, su
Decreto Reglamentario Nº 1030/16 y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el presente Pliego.
Artículo 30º.- CAUSALES DE RESCISIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes, sin invocación de causa y en forma unilateral podrá rescindir el presente contrato, debiendo notificar fehacientemente a la otra parte con una antelación de treinta (30) días. Cuando dicha revocación sea solicitada por la Universidad, se indemnizará exclusivamente por daño emergente a la otra parte. Por el contrario, cuando quien la invoca es la adjudicataria, importará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato en proporción al período que reste para su cumplimiento, sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de las multas y sanciones que correspondieren, quedando obligado a indemnizar los perjuicios ocasionado por causas que le fueran imputables.
Artículo 31º.- CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
Puede finalizar la relación contractual por las siguientes causas:
1. Arribo de la fecha de expiración del contrato
2. En cualquier momento en que se alcance la situación de proceder a la rescisión del contrato según las cláusulas del presente. En tal caso, una vez formalizadas las gestiones de revocación se informara a la adjudicataria quien en un plazo no superior a los CINCO (5) días corridos contados a partir de la recepción fehaciente de la comunicación del Acto, deberá hacer entrega de las instalaciones y retirar los bienes que le pertenezcan. La falta de cumplimiento de esta cláusula implicará la iniciación de acciones por vía judicial sin más trámite. Al momento de la entrega de las instalaciones se labrará un acta detallando los bienes entregados y el estado de los mismos.
Artículo 32º.- FACTURA Y FORMA DE PAGO
La facturación se realizará a mes vencido en moneda nacional y la misma deberá ser presentada una vez recibida la conformidad definitiva de la recepción, de lunes a viernes de 8 a 14 horas, en el Despacho de DIRECCIÓN GENERAL ECONÓMICO FINANCIERA de la Universidad Nacional xx Xxxxx, sita en el edificio Anexo Primer piso- Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx 0000, Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx.
En cada factura (B ó C) constará:
a. Número y fecha de la orden de compra.
b. Número de Expediente.
c. Número y especificación del renglón o lugar de prestación del servicio.
d. Importe total bruto de la factura.
e. Monto y tipo de descuentos si correspondieran.
f. Importe neto de la factura.
g. Número de C.U.I.T de la Universidad: 30-58676240-7- I.V.A: EXENTO
La Adjudicataria deberá presentar junto con su primera factura la documentación que acredite la situación que reviste frente a:
- Impuesto al Valor Agregado- Resolución General DGI 3125/90 y sus modificatorias.
- Impuesto a las Ganancias
- Ingresos Brutos.
En virtud de encontrarse la Universidad Nacional xx Xxxxx incorporada al Régimen de Retención del Impuesto al Valor Agregado y de Retención de Impuesto a las Ganancias, en todos los casos y adjunto con la primer factura la adjudicataria deberá presentar, en caso de corresponder, copia de la documentación emitida por la AFIP, que respalde las posibles exenciones vigentes, a fin de proceder a realizar o no la retención establecida por las normas.
Si se modificara la condición de la adjudicataria ante la AFIP, deberá hacer conocer a la Universidad Nacional xx Xxxxx tal circunstancia acompañando la documentación que así lo acredite.
A partir de la fecha de presentación de las facturas en tiempo, forma y lugar precedentemente estipulado se iniciará el plazo para que, dentro de los siete (7) días hábiles, la Universidad Nacional xx Xxxxx proceda al pago, el que se efectuará en pesos ($)
Artículo 33º: CONTROVERSIAS
Todas las cuestiones y controversias que pudieran suscitarse con motivo de la interpretación y/o ejecución de las obligaciones y derechos emergentes del presente Xxxxxx, serán resueltas teniendo presente los términos del Decreto Delegado 1023/01, el Decreto Reglamentario P.E.N. N° 1030/16 y sus modificatorias y toda normativa específica que rige para el presente servicio.
Artículo 34º: JURISDICCIÓN
A los efectos legales emergente de la presente contratación serán competentes los Tribunales Federales con asiento en la localidad de Mercedes (Buenos Aires).
ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
1. Horarios y Días de Funcionamiento
El servicio se prestará de lunes a viernes, excepto los días feriados y no laborables, en el horario de 07:00 a 22:00 hs y los días sábados de 8 a 12 hs. Siempre que haya actividad deberá estar el servicio a disposición de los usuarios de Sede. Cuando dicha Sede permanezca cerrada, por cualquier motivo, el local de fotocopiado deberá permanecer cerrado salvo autorización expresa para continuar brindando el servicio bajo tales circunstancias. Eventualmente la Universidad podrá requerir la prestación del servicio en jornadas no laborales y también en horarios extraordinarios, a cuyo efecto comunicará dicha necesidad con una antelación de cinco (5) días hábiles administrativos.
2. De la atención y quejas
El concesionario habilitara un Libro de Quejas e Inquietudes, el mismo deberá estar rubricado por la Secretaría Bienestar Universitario y exponer en el local en lugar visible. Dicho libro se deberá estar a disposición de la Comunidad Universitaria.
Una vez recibida y admitida la queja o sugerencia, el Concesionario es responsable de presentar el libro ante la Secretaría Bienestar Universitario dentro de las 24 horas de producida la anotación o novedad. La Universidad recabará la información necesaria al objeto de poder resolverla. Se elaborará un informe al efecto que será remitido a la persona interesada de forma personalizada.
Ante una sugerencia o queja recibida y admitida se procederá a su registro.
Ante una queja relativa al funcionamiento del servicio, debidamente comprobada, dará traslado de la misma al órgano competente para que por éste se adopten las medidas que correspondan y se informe de los resultados obtenidos en aras de solucionar la cuestión planteada. Toaos las copias de las novedades, sin excepción, deberán ser incorporadas al expediente mediante el cual se tramita la contratación.
3. Calidad de los Productos
3.1 Los equipos de fotocopiado que provea el adjudicatario no podrán tener una antigüedad mayor a los doce (12) meses contados a partir de la fecha del llamado a licitación y deberán poseer las siguientes características:
Velocidad de copiado 60 copias por minuto;
Máximo de papel copiado en tamaño A3-11” x 17”, incluyendo A4 y Oficio;
Compaginador-finalizador con abrochadora;
Alimentador de originales-scanner de una sola pasada; velocidad de escaneo 60 páginas por minuto.
Ampliación-reducción 25% a 400%;
Conectividad a red;
Fotocopiadora multifunción color;
Xxxxxx de papel aceptable 12” x 18” y de un gramaje de hasta 250 grs.
Al margen de lo descrito, deberá poseer los elementos necesarios para el compaginado, anillado y/o encuadernación del material que produzca
3.2 Dentro de los diez (10) días de firmado el contrato, el concesionario deberá presentar a la universidad, original y una copia, de las respectivas facturas de compra de los equipos. En el mismo acto le serán devueltos los originales.
3.3 El concesionario deberá mantener en todo momento los equipos en perfectas condiciones de funcionamiento informando a la Universidad cuando dé de baja algunos de ellos o incorpore nuevos equipos.
3.4 Calidad del papel: Las copias serán perfectamente legibles evidenciando alta resolución, sin manchas ni claroscuros en la definición y estarán perfectamente encuadradas, debiendo utilizarse papel extra-blanco de primera calidad, excepto que se demanden papeles especiales.
3.5 Insumos y servicio técnico: El Concesionario tendrá a su cargo la provisión de todos los insumos (por ejemplo: papel, tóner, cilindros, repuestos, entre otros) y el servicio técnico que demande el correcto funcionamiento de todos los equipos en el espacio cedido.
3.6 Artículos de librería: El Concesionario podrá vender artículos de librería dentro del espacio concedido. Para ello se deberá asegurar que los servicios más complejos o singulares y la venta de artículos de librería esté organizada de modo tal que no entorpezca ni genere demoras en la prestación del servicio de fotocopiado.
La Universidad se reserva el derecho de auditar en cualquier momento las instalaciones y los procesos bajo la jurisdicción del Concesionario, en todos sus aspectos.
Modelo de Contrato CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIOS
Entre la Universidad Nacional xx Xxxxx, en adelante LA CONCEDENTE, representada en este acto por su Rector, -(D.N.I N° ), por una parte y por la otra el señor XXX (DNI: ) en adelante LA CONCESIONARIA, convienen en celebran el presente CONTRATO DE CONCESIÓN, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto del Contrato: LA CONCESIONARIA se obliga a prestar el servicio y venta de fotocopias y artículos de librería en el local cedido por LA CONCEDENTE a tal efecto en la Sede Central de la Universidad Nacional xx Xxxxx, sita en cruce de Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxx. 0 x 0, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Dicho inmueble será destinado exclusivamente al servicio de fotocopiado a cargo de la CONCEDENTE, conviniendo ambas partes que queda totalmente prohibida la cesión o sub- locación total o parcial, permanente o temporaria del mismo y las transferencias totales y/o parciales de cualquier tipo y a cualquier título que fueran. También le estará vedado a la CONCESIONARIA cambiar el destino del mismo.
SEGUNDA: Duración del Contrato: La presente relación contractual tendrá vigencia de DOS (2) AÑOS a partir del día x de x , debiendo restituir el inmueble el x de x de 201x.
LA CONCESIONARIA recibe el inmueble en perfecto estado con todos sus accesorios, obligándose por el presente a mantenerlo y devolverlo en las mismas condiciones. También deberá pagar el importe de los objetos faltantes o que estuvieren dañados y los deterioros ocasionados, incluso los que resultaren del buen uso o de la acción normal del tiempo. Todas las mejoras que se efectuaren en el inmueble quedarán a beneficio de EL CONCEDENTE sin obligación de su parte a efectuar reclamo alguno en concepto de indemnización.-
TERCERA: Forman parte del presente contrato: el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, especificaciones del servicio y la oferta presentada por el adjudicatario.
CUARTA: Espacios y bienes que se entregan al Concesionario: El acondicionamiento del local donde se instalará el servicio, así como también los muebles, maquinarias y todo lo que expresamente hubiesen consignado en sus ofertas, correrán por cuenta de la CONCESIONARIA, quedando en su patrimonio al finiquitar el presente, siempre que puedan ser separadas sin causar daños al edificio .
La Universidad no estará obligada a reemplazar ni a reparar o reponer ninguno de los elementos que figuran en el inventario, como así tampoco los daños que puedan devenir por el mal uso de la cosa cedida.-
QUINTA: Canon: El canon de la prestación se fija en XX FOTOCOPIAS ANUALES que LA CONCESIONARIA se obliga a entregar a los becarios de la Sede Central de esta Universidad en forma gratuita. Para el caso que la cantidad de copias extendidas superen el monto aquí estipulado deberá emitir la factura, correspondiente por el saldo restante en la Tesorería de la Sede Central, pagaderos dentro de los DIEZ (10) días hábiles del mes siguiente a la prestación. Por el contrario, cuando no se emitan a los becarios en forma mensual el número de ejemplares previstos, el resto será acumulable al año entrante.-
SEXTA: Garantía del Contrato: El cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones legales y contractuales de LA CONCESIONARIA hasta el momento de la restitución en conformidad del inmueble, al terminar el presente o resolverse, como así todo otro daño y/o responsabilidad que puedan surgir, quedan afianzados por un depósito que LA CONCESIONARIA ha constituido, por la suma de pesos xxx ($ xxx.-).
SEPTIMA: Precios: Los precios cotizados, estipulados previamente en la oferta presentada por la CONCEDENTE, se mantendrán invariables mientras no exista justificación que habilite su reajuste, según Punto 5 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones. Los mismos serán actualizados con arreglo a la variación de precios de tonners y papel, de la calidad cotizada, una vez expedida la autorización expresa por parte de la Universidad.
OCTAVA: Control de la documentación laboral y de seguros: LA CONCESIONARIA deberá presentar la documentación laboral y de seguros del personal a su cargo en un plazo no mayor a 48 hs. luego de celebrado el presente. En caso de que se generen Altas o Bajas de empleados, las mismas se deberán remitir 48 hs antes del ingreso al establecimiento. En estos supuestos la información deberá contener:
1. Carta de presentación dirigida a la Universidad Nacional xx Xxxxx con la nómina del personal autorizado a ingresar que detalle: Apellido y Nombre, Nº de CUIL y fecha de ingreso bajo las órdenes del empleador, firmada por este último. Dicha carta tendrá carácter de Declaración Jurada, debiendo declarar las altas y bajas que se produzcan oportunamente. Por otro lado la carta deberá contener el nombre y los teléfonos de contacto del encargado o representante que actué en nombre de la concesionaria, si correspondiera.
2. Constancia de CUIL del personal.
3. Copia del acuse de recibo que respalda el alta en “Mi simplificación” – Res. Gral. AFIP 899/00 modificada por RG 1891, art. 21.
4. Carta de la ART con la nómina del personal amparado por ley 24.557, conteniendo nombre y apellido y Nº de CUIT de los empleados, con sello y firma de la ART, incluyendo el período de vigencia de la Carta.
5. Certificado de “No Repetición” hacia la Universidad Nacional xx Xxxxx, emitido por la ART.
6. Aviso de “No pago” emitido por la ART.
7. Certificado vigente de seguro de vida, con nómina del personal.
8. En caso de bajas del personal, deberá indicar el motivo y la documentación en que esto se funde y la copia de la Certificación de Servicios emitida por ANSES.
La Universidad no asumirá responsabilidad alguna y estará desligada de todo conflicto o litigio que eventualmente se susciten entre la concesionaria y el personal a su servicio.
Asimismo, tendrá la facultad de exigir el retiro definitivo del edificio del personal que no respete estrictamente las normas de seguridad, en cuanto al no uso de los elementos de protección reglamentarios o que realice en forma indecorosa su trabajo.
NOVENA: Responsabilidad: La Universidad en ningún caso será responsable por daños y/o perjuicios que pudiere sufrir la CONCESIONARIA en su persona, dependientes y terceros y/o bienes dentro de la propiedad, por cualquier origen, tanto por caso fortuito o fuerza mayor y/o cualquier sea imputables o no, por cualquier título y/o causa, como por ejemplo daños en la salud, destrucción del inmueble, roturas, desperfectos, robo o hurto de todo o parte de los equipos o instalaciones, incendios y/o cualquier otra, eximiéndolo expresamente a la CONCEDENTE de toda responsabilidad.
La CONCESIONARIA será responsable en todos los casos, por los daños y perjuicios ocasionados a terceros, a la Universidad y/o bienes de propiedad de éstos como consecuencia de la ejecución del CONTRATO y/o el incumplimiento de las obligaciones asumidas conforme al mismo.
DECIMA: Régimen Tributario: Será a cargo de LA CONCESIONARIA el pago de todos los tributos establecidos por las leyes nacionales y/o provinciales y/o municipales vigentes y todos aquellos que se originen para su propio beneficio. No regirá en su favor ninguna excepción que genere exenciones ni estabilidad tributaria de impuestos, tasas o gravámenes.
DECIMA PRIMERA: Facultades de la Universidad: LA INSTITUCIÓN se reserva el derecho de declarar el rescate de la concesión, por motivos de conveniencia u oportunidad pública, en cuyo caso deberá indemnizar al concesionario por daño emergente. Para ello se tendrá en cuenta las mejoras necesarias que se hubiesen realizado y plazo que resta para finalizar la concesión. Asimismo, podrá aumentar o disminuir hasta un veinte por ciento 20% el monto total de lo aquí contratado, en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos. También podrá revocar, modificar o sustituir la prestación del servicio a los efectos de adaptarlos a las nuevas exigencias de la comunidad universitaria, sin que esto genere derecho a indemnización alguno. Esto será comunicado con antelación suficiente al concesionario indicando el plazo y condiciones para hacer efectiva las mismas.
DECIMO SEGUNDA: Revocación del Contrato: Cualquiera de las partes, sin invocación de causa podrá revocar el presente contrato, debiéndose notificar en forma fehaciente a la otra parte con una antelación mínima de 30 (treinta) días.
Cuando dicha rescisión sea solicitada por la Universidad, se aplicara lo dispuesto en la cláusula decimo primera del presente. Por el contrario, cuando quien la invoca es la concesionaria, esta perderá el depósito indicado en la cláusula sexta de forma proporcional al periodo que reste para concluir la relación contractual. Sin perjuicio de esto, será pasible de las multas y sanciones que pudieran corresponder, con más las indemnizaciones que la culminación temprana del contrato pueda generar.
DECIMA TERCERA: Autoridad de Aplicación: La autoridad de aplicación del presente contrato por parte de LA CONCEDENTE será la Secretaría de Bienestar Universitario, quien certificará mensualmente el cumplimiento de la obligación que asume LA CONCESIONARIA en la Cláusula Primera.
DECIMA CUARTA: Convenio de Desocupación: La Concesionaria deberá restituir el inmueble al término de la concesión sin necesidad de interpelación alguna el día xx de de , libre de ocupantes y derechos de terceros o a partir de su revocación o rescisión, debiendo entregar dichos locales en perfectas condiciones de uso. El presente acuerdo reviste el carácter de Convenio de Desocupación pudiendo solicitar cualquiera de las partes su homologación judicial ante Juez Competente, de forma tal que una vez cumplido esto revista el carácter de sentencia firme de desalojo.
DECIMO QUINTA: Fuero Judicial: Para todos los efectos legales, Extrajudiciales y/o Judiciales emergentes directa o indirectamente de este CONTRATO y de la concesión de servicios prevista en el mismo, las partes constituyen en la cláusula subsiguiente sus domicilios legales, donde serán válidas todas las notificaciones que se efectúen.
Asimismo, establecen someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Federales del Departamento Judicial de Mercedes, Provincia de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que en el futuro pudiera corresponderles.
DECIMA SEXTA: Domicilios: A todos los efectos, las partes constituyen domicilio: LA CONCEDENTE en la intersección de la Ruta Nacional N° 5 y la ex Ruta Nacional N° 7 de la Ciudad xx Xxxxx, Provincia de Buenos Aires, y LA CONCESIONARIA en xxxx N°xx de la Localidad de xxxxx, Provincia de Buenos Aires, donde serán tenidas por válidas y surtirán pleno efecto todas las notificaciones, comunicaciones, emplazamientos y/o intimaciones que cursen ambas partes contratantes en forma fehaciente. LA UNIVERSIDAD podrá efectuar comunicaciones con plena validez y efectos, en la forma y circunstancias que correspondan ante los representantes y/o encargados designados por LA CONCESIONARIA.
CONFORME DE PARTES: En señal de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad xx Xxxxx, Provincia de Buenos Aires, recibiendo cada parte el suyo de lo queda constancia a través de sus firmas, al día xx del mes de xx del año dos mil xxxx. -
PLANILLA DE COTIZACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/15
Fecha de apertura: 21 de diciembre 2017 Hora de apertura: 12 horas
El que suscribe… ,
Documento de identidad N°……………………………..…., en nombre y representación de la Empresa………………………………………………………………………………...., con domicilio legal en la Calle………………………………………….N°………………de la localidad de ,
teléfono…………………………fax……………………………..N° de CUIT………………………………………….y con poder suficiente para obrar en su nombre, luego de interiorizarse de las condiciones que rigen la presente licitación, cotiza los siguientes precios por la prestación del servicio de Aseguradora de Riesgo de Trabajo, en todos los predios de la Universidad Nacional xx Xxxxx, por el término de VEINTICUATRO (24) MESES, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas
RENGLÓN | DESCRIPCIÓN | Precio Unitario | Precio Total ANUAL |
UNICO | Cantidad de copias simple faz anuales destinadas a becarios de la Sede Central de la Universidad Nacional xx Xxxxx, en un todo de acuerdo con el punto 6 del presente, en concepto de canon. Se deberá ofertar como mínimo un canon de TRESCIENTAS MIL (300.000) COPIAS ANUALES. | ||
TOTAL: |
SON PESOS:
Firma:………………………………………………….
Aclaración:…………………………………………..
Para desglosar y presentar junto con la oferta
DECLARACIÓN JURADA DE CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Y CORREO ELECTRÓNICO
Señores UNLu
S/D
Fecha ……./……/…… REFERENCIA:
LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/15
Por medio de la presente, constituyo domicilio en la Ciudad de , Provincia de y dirección de correo electrónico que más abajo declaro, en donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen, según:
NOMBRE Y APELLIDO O RAZÓN SOCIAL:
………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. DOMICILIO/ CALLE:…………………………………………………………………………………………………………………… N°……………….PISO…………..OFICINA/DEPTO:………………….CÓDIGO POSTAL:……………………………… CORREO ELECTRÓNICO:……………………………………………………………………………………………………………. TELÉFONO:……………………………………………………………………..FAX:…………………………………………………
Firma:………………………………………………..
Aclaración:………………………………………….
ARTÍCULO 7- Reglamento aprobado por el Xxxxxxx Xx 0000/00- Xxxxxxxxxxxxxx.
Todas las notificaciones entre la Jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente:
a) Por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente,
b) Por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo.
c) Por cédula, que de diligenciará en forma similar a lo dispuesto por el artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,
d) Por carta documento,
e) Por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal,
f) Por correo electrónico,
g) Mediante la difusión en el sitio de internet de la Oficinal Nacional de Contrataciones *…+
Importante: El cambio de domicilio constituido deberá ser informado de inmediato a la Dirección de Obra Pública y Servicios de Terceros presentando una nueva declaración jurada, caso contrario se tendrá por válida toda notificación efectuada en el domicilio constituido en la presente declaración.
Para desglosar y presentar junto con la oferta
DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACION PÚBLICA NACIONAL
CUIT:…………………………
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL………………………………………………………………………………………………………..
Procedimiento de selección
Tipo: | Licitación Pública |
Clase: | De etapa única nacional |
Modalidad: | Sin modalidad (doble sobre) |
Número: | 007 |
Ejercicio: | 2015 |
Lugar, día y hora del acto de apertura: | LUJAN, 21 de Diciembre de 2017 |
El que suscribe con poder suficiente para esta acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, está habilitada para contratar con la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 27 del Decreto N° 1023/01 y que no está incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado decreto y sus modificatorias.
Firma:………………………………………………….
Aclaración:…………………………………………..
Carácter:……………………………………………….
Lugar y Fecha:……………………………………….
Régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional- Decreto N° 1023/01
ARTÍCULO 27: Personas Habilitadas para contratar. Podrán contratar con la Administración Pública Nacional las personas físicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 28 y que se encuentren incorporadas a la base de datos que diseñará, implementará y administrará el órgano rector, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije la reglamentación. La inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar oferta.
ARTÍCULO 28: Personas no habilitadas. No podrán contratar con la Administración Pública Nacional:
a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2 y 3 inciso b) del artículo 29 del presente.
b) Los agentes y funcionarios del sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública N° 25.188.
c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados.
d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena.
e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.
g) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
h) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro.
Para desglosar y presentar junto con la oferta
DECLARACIÓN JURADA DE ELEGIBILIDAD
Señores UNLu
S/D
Fecha ……./……/…… REFERENCIA:
LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/15
OFERENTE:…………………………………………………………………………………………………………………………………
CUIT N°:……………………………….
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:……………………………………………………………………………………………………...
El que suscribe, con poder suficiente para este acto DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo de la presente no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inelegibilidad enumeradas en el artículo 68 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Firma:………………………………………………..
Aclaración:………………………………………….
ARTÍCULO 68- Reglamento aprobado por el Xxxxxxx Xx 0000/00- Xxxxxx para la inelegibilidad.
Deberá desestimarse la oferta, cuando la información a que se refiere el artículo 16 del Decreto Delegado Nª 1023/01 y sus modificaciones, o de otras fuentes, se configure, entre otros algunos de los siguientes supuestos:
a) Pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con la Administración Pública Nacional, de acuerdo con lo prescripto por el artículo 28 del Decreto N° 1023/01 y sus modificaciones, y de las controladas y controlantes de aquellas.
b) Se trate de integrantes de empresas no habilitadas para contratar con la Administración Pública Nacional de acuerdo a lo prescripto por el artículo 28 del Decreto N° 1023/01 y sus modificaciones.
c) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal de inelegibilidad, entre otros supuestos, en ofertas presentadas por cónyuges, convivientes o parientes de primer grado en línea recta ya sea por naturaleza, por técnicas de reproducción humana asistida o adopción, salvo que se pruebe lo contrario.
d) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieran presumir que media simulación de competencia o concurrencia. Se entenderá configurada esta causal, entre otros supuestos, cuando un oferente participe en más de una oferta como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, o bien cuando se presente en nombre propio y como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica.
e) Cuando existan indicios que por su precisión y concordancia hicieren presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, de acuerdo con lo prescripto por el artículo 28 del Decreto N° 1023/01 y sus modificaciones.
f) Se haya dictado, dentro de los tres años calendarios anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa contra el oferente por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección.
g) Cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos de acuerdo a lo que se disponga en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.
h) Cuando se trate de personas jurídicas condenadas, con sentencia firme recaída en el extranjero, por prácticas de soborno o cohecho transnacional en los términos de la Convención de la ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y DE DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales, serán inelegibles por un lapso igual al doble de la condena.
i) Las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y/o del Banco Interamericano de Desarrollo, a raíz de conductas o prácticas de corrupción contempladas en la Convención de la ORGANIZACIÓN DE COOPERACIÓN Y DE DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE) para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales serán inelegibles mientras subsista dicha condición.
Para desglosar y presentar junto con la oferta
DECLARACIÓN JURADA OFERTA NACIONAL
Señores UNLu
S/D
Fecha ……./……/……
REFENCIA:
LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/15
OFERENTE:…………………………………………………………………………………………………………………………………
CUIT N°:……………………………….
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL:……………………………………………………………………………………………………...
El que suscribe, con poder suficiente para este acto DECLARA BAJO JURAMENTO que la oferta cumple con las condiciones exigidas para ser considerada de origen nacional y la empresa su condición de tal en los términos de la Ley Nº 18875.
Firma:………………………………………………..
Aclaración:………………………………………….
ARTÍCULO 13, inciso h) 3) – Pliego único de Bases y Condiciones Generales- Requisitos de las ofertas
Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada mediante la cual acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
Toda oferta deberá ser acompañada de una Declaración Jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para le correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados
Para desglosar y presentar junto con la oferta
FORMULARIO MANTENIMIENTO DE OFERTA
Señores UNLu
S/D
Fecha ……./……/…… REFERENCIA:
LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/15
Por la presente expresamos nuestra voluntad de MANTENER la oferta formulada en la Licitación de referencia por el término de SESENTA (60) DIAS CORRIDOS CONTADOS A PARTIR DEL ACTO DE APERTURA, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Firma:………………………………………………..
Aclaración:………………………………………….
ARTÍCULO 54- Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16- Plazo de Mantenimiento de la Oferta.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares fije un plazo diferente. Dicho plazo se prorrogará automáticamente por un lapso igual al inicial o por que se fije en el respectivo Pliego Particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.
Para desglosar y presentar junto con la oferta
CERTIFICADO DE VISITA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 7/15
CONCESIÓN DEL SERVICIO DE COPIADO Y VENTA DE FOTOCOPIAS
…………………………………………………………………………………………………………..
(Indicar lugar de visita)
Fecha de Apertura: 21 de DICIEMBRE de 2017 Día de Visita: ………………………….
Certifico que la empresa:
……………………………………………………………………………………………………………
Representada por:
………………………………………………………………………………………………………………
Tipo y Número de Documento de Identidad:…………………………………………
Realizó el día…………/………/ / la visita de inspección del PREDIO
donde se llevarán a cabo servicios requeridos en la presente Licitación.
Por la Empresa: Por la X.X.Xx
Firma:……………………………………… Firma:…………………………………….
Aclaración:……………………………… Aclaración:……………………………..
Cargo:……………………………………… Cargo:……………………………………..
Para desglosar y presentar junto con la oferta