INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
Unidad de Administración y Finanzas
Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales
Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Control de Bienes
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
N° IA-005000999-E112-2022
“ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”
P á g i n a 1 | 100
Í N D I C E
1. IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN 6
1.1 DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN 6
1.2 MEDIO Y CARÁCTER DE LA INVITACIÓN 6
1.3 NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO 7
1.4 INDICACIÓN DE LOS EJERCICIOS FISCALES PARA LA CONTRATACIÓN 7
1.5 IDIOMA EN QUE SE DEBERÁN PRESENTAR LAS PROPUESTAS, LOS ANEXOS LEGALES, ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS, ASÍ COMO EN SU CASO LOS FOLLETOS QUE SE ACOMPAÑEN 7
1.6 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA 7
1.7 CRÉDITO EXTERNO O GARANTÍA DE ORGANISMOS FINANCIEROS 7
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN 8
2.1 DESCRIPCIÓN, UNIDAD DE MEDIDA Y CANTIDADES REQUERIDAS 8
2.3 PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA 9
2.4 NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS, NORMAS INTERNACIONALES, NORMAS DE REFERENCIA O ESPECIFICACIONES 9
2.5 MÉTODO DE PRUEBA E INSTITUCIÓN PÚBLICA O PRIVADA QUE LO REALIZARÁ 9
2.7 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN 9
2.10 MODELO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO 10
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO 12
3.2 FECHA Y HORA PARA LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN 12
3.3 VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES 13
3.4 SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA 13
3.5 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 13
3.6 PROPOSICIONES A TRAVÉS DE SERVICIO POSTAL O MENSAJERÍA 14
3.7 RETIRO DE PROPOSICIONES 14
3.8 PROPOSICIONES CONJUNTAS 14
3.9 PROPOSICIONES PARA ESTA INVITACIÓN 15
3.10 FORMA DE PRESENTAR LA PROPOSICIÓN 15
3.11 DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA 16
3.12 REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA 16
3.13 ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA 16
3.14 RÚBRICA DE LAS PROPOSICIONES RECIBIDAS 16
3.15 INDICACIONES RESPECTO AL FALLO Y A LA FIRMA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO 16
4. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR 19
5.1 CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES Y SE ADJUDICARÁ EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO 26
5.2 CAUSAS DE DESECHAMIENTO 27
5.3 DECLARACIÓN DESIERTA DE INVITACIÓN 28
5.4 CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN 29
6. DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL LICITANTE CON SU PROPOSICIÓN 29
8. ANEXOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES 29
11. NOTA INFORMATIVA CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN 31
ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA) 58
ANEXO TRES (MODELO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO) 60
ANEXO CUATRO (MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA) 78
ANEXO CINCO (ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE) 84
XXXXX XXXX (ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN) 86
ANEXO SIETE (ESCRITO DE SOLICITUDES DE ACLARACIÓN) 88
XXXXX XXXX (MANIFIESTO DE NACIONALIDAD) 89
ANEXO NUEVE (MANIFESTACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS) 90
XXXXX XXXX (DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD) 92
ANEXO DOCE (MANIFESTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LAASSP) 94
ANEXO TRECE (TEXTO DE LA FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO) 95
NOTA 1 CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN 100
GLOSARIO
Para efectos de la presente Convocatoria, se entenderá por:
1. Administrador y Verificador del Instrumento Contractual Específico: Servidor público en quien recae la responsabilidad de dar seguimiento y verificar el cumplimiento de las obligaciones del proveedor establecidos en el instrumento contractual específico, así como determinar la aplicación y cálculo xx xxxxx convencionales y deductivas.
Para administrar y verificar el instrumento contractual específico derivado del presente procedimiento, se observará lo indicado en el numeral 5.3.2. Apartado A de las POBALINES.
Así también, el Administrador y verificador del instrumento contractual específico será el encargado de vigilar el estricto cumplimiento de “EL ARRENDAMIENTO” y de realizar las gestiones internas relacionadas con la erogación de los recursos que correspondan.
Para efectos del presente procedimiento será el Titular de la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación de la Secretaría de Relaciones Exteriores o quien lo supla o sustituya en el cargo o funciones.
2. Área Contratante: La Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales de la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Control de Bienes.
3. Área requirente: La Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, quien elaboró las especificaciones técnicas contenidas en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO); quien evaluará la propuestas técnicas de las proposiciones y es responsable de responder las solicitudes de aclaración al contenido de la convocatoria que sobre estos aspectos técnicos realicen los licitantes.
4. Área técnica: La Dirección de Infraestructura y Comunicaciones de la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, quien elaboró las especificaciones técnicas contenidas en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO); quien evaluará la propuestas técnicas de las proposiciones y es responsable de responder las solicitudes de aclaración al contenido de la convocatoria que sobre estos aspectos técnicos realicen los licitantes.
5. Arrendamiento: “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”
6. Contrato Xxxxx: Contrato Marco para la prestación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN” celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los Posibles prestadores del servicio, el cual fue suscrito el 11 de septiembre de 2020 y publicado en el portal oficial de CompraNet. Así como el Primer Convenio Modificatorio, el cual fue suscrito el 09 de noviembre de 2021.
xxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx-xxxx-xxx-xxx-x-xxxx
7. D.O.F.: El Diario Oficial de la Federación.
8. Escrito Libre: Documento que deberá cumplir como mínimo con los datos requeridos en la Convocatoria, no importando el orden y/o ubicación del contenido.
9. EL PROVEEDOR: Persona que resulte adjudicada en el presente procedimiento de contratación.
10. Firma electrónica: Conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste.
11. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
12. INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
13. Instrumento Contractual Específico: Documento a través del cual se formalizan los derechos y las obligaciones derivados del Fallo del procedimiento de contratación de conformidad con la cláusula Séptima del Contrato marco.
14. Invitación: Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional, No. IA- 005000999-E112-2022, para la contratación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
15. I.V.A.: Impuesto al Valor Agregado.
16. LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
17. MIPYMES: Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
18. Normas: Las Normas Oficiales Mexicanas, las Normas Mexicanas, según proceda y, a falta de éstas, las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Infraestructura de la Calidad, publicada en el D.O.F. el 1 de julio de 2020; en su caso, las normas de referencia o especificaciones a que se refiere dicha Ley.
19. OIC: Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores.
20. POBALINES: Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
21. RLAASSP: Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
22. SAT: Servicio de Administración Tributaria.
23. Secretaría: Secretaría de Relaciones Exteriores.
24. SFP: Secretaría de la Función Pública.
25. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Además de las definiciones antes descritas, se deberán considerar las establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; su Reglamento; Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CONVOCATORIA
La Secretaría convoca a las personas xxxxxxx, cuya actividad comercial esté relacionada con “EL ARRENDAMIENTO” para participar en la presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-005000999-E112-2022, relativa al “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, en cumplimiento al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 17, 25, 26 fracción II, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30, 40, 41 fracción XX, 43 y 47 fracción I de la LAASSP,
14, 14 BIS, 14 TER, 35, 39, 77 y 78 del RLAASSP y los numerales 5.2, 5.4.3, 5.4 y 5.4.11 de las
POBALINES y demás disposiciones legales vigentes en la materia, conforme a las siguientes:
BASES
1. IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN
1.1 DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN Dependencia Convocante: Secretaría de Relaciones Exteriores.
Área contratante: La Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales de la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Control de Bienes.
Domicilio del Área Contratante: Xxxxx Xxxxxx xxxxxx 00, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
La presente Convocatoria es emitida por la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales a través de la Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Control de Bienes con fundamento en lo dispuesto en el artículo 49 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores y numeral 5.1.8 Apartado A inciso b) de POBALINES, considerando lo establecido en el Tercero Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el D.O.F. el 14 xx xxxxx de 2021.
1.2 MEDIO Y CARÁCTER DE LA INVITACIÓN
El medio del procedimiento será electrónico, por lo cual, los licitantes deberán participar únicamente a través del sistema CompraNet, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 Bis fracción II de la LAASSP, 46 fracción II y 50 del RLAASSP, así como en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet”, publicado en D.O.F. el 28 xx xxxxx de 2011, por lo que no se aceptarán propuestas de manera presencial, por medio de servicio postal o mensajería.
El carácter de la invitación es nacional, por lo que únicamente podrán participar licitantes de nacionalidad mexicana, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 28 fracción I de la LAASSP.
Al tratarse de un procedimiento electrónico, con su envío, los licitantes aceptan que sus proposiciones y en su caso la documentación requerida, se tendrán como no presentadas cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información, no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante de conformidad con el numeral 29 del ACUERDO por el que se
establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado COMPRANET, publicado en el D.O.F. el 28 xx xxxxx de 2011.
1.3 NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
IA-005000999-E112-2022.
1.4 INDICACIÓN DE LOS EJERCICIOS FISCALES PARA LA CONTRATACIÓN
La contratación objeto del presente procedimiento abarcará los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024.
1.5 IDIOMA EN QUE SE DEBERÁN PRESENTAR LAS PROPUESTAS, LOS ANEXOS LEGALES, ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS, ASÍ COMO EN SU CASO LOS FOLLETOS QUE SE ACOMPAÑEN
De conformidad con el artículo 29 fracción IV de la LAASSP y el artículo 39 fracción I inciso e) del RLAASSP las proposiciones deberán ser presentadas en idioma español.
Los folletos, catálogos, manuales, anexos técnicos o cualquier otro documento para acreditar las especificaciones técnicas de los bienes ofertados, se podrán presentar en idioma distinto al español con su respectiva traducción al español del apartado que desee acreditar.
1.6 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
Para el presente procedimiento de contratación, para la Partida Única la Dirección General de Tecnologías de la Información e Innovación para los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024 cuenta con la autorización plurianual con folio 2022-5-614-83 de fecha 23 xx xxxxxx de 2022 emitida en el Módulo de Administración y Seguimiento de Contratos Plurianuales, de conformidad con los artículos 25 de LAASSP, 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 147 de su Reglamento se considera que las erogaciones están sujetas a la disponibilidad presupuestaria de estos ejercicios, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, asimismo se cuenta el oficio número POP-CPYP/154/2022 de fecha 24 xx xxxxx de 2022, mediante el cual la Coordinación de Programación de Presupuesto de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto ratifica que los recursos con los que se financiarán los servicios de dicha partida, provienen de las cuotas que se cobran por concepto de la emisión del pasaporte de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Derechos, por lo que se considera que estos servicios son autofinanciables, toda vez que parte de las cuotas cobradas se incorporan al presupuesto de esta Secretaría con la autorización de la SHCP de acuerdo a los procedimientos establecidos, y serán utilizadas entre otros conceptos para el pago del servicio descrito y por último se cuenta con la disponibilidad presupuestal No. 00058 de fecha 26 de enero de 2022, para el Arrendamiento de Equipo para Red LAN y WLAN, mediante la cual la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto certifica que se cuenta con los recursos para llevar a cabo el arrendamiento.
1.7 CRÉDITO EXTERNO O GARANTÍA DE ORGANISMOS FINANCIEROS
El presente procedimiento de contratación no será financiado con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal, ni con la garantía de Organismos Financieros Regionales o Multilaterales.
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN
2.1 DESCRIPCIÓN, UNIDAD DE MEDIDA Y CANTIDADES REQUERIDAS
El presente procedimiento de contratación es por partidas, como a continuación se describen:
PARTIDA 1.- ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN TIPO RED LAN | |||||
PARTIDA | EQUIPO | REFERENCIA | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
2 | 5.2 Conmutador o switch CORE tipo 2 | 1 | Gabinete de al menos cuatro ranuras para interfaces de servicio con:•Tarjeta de procesamiento (Supervisora) •Fuentes de poder y ventiladores redundantes | Pieza | Las indicadas en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) |
2 | Tarjeta de procesamiento (Supervisora) para redundancia | ||||
3 | Tarjeta con 48 puertos 100/1000 BaseT (RJ-45) | ||||
4 | Tarjeta con 48 puertos 1000 BaseSX (SFP) | ||||
7 | Interface 10GBASE-SR (SFP+) | ||||
7 | 5.7 Conmutador o switch de Acceso 48 puertos XxX Capa 2 | 1 | Conmutador o switch de acceso capa 2, con 48 puertos XxX 10/100/1000 BaseT | ||
6 | Módulo de apilamiento o Stacking, 4 unidades (puertos) | ||||
8 | Cable para apilamiento o Stacking | ||||
3 | Interface 10GBASE-SR (SFP+) | ||||
8 | 5.8 Conmutador o Switch de Acceso 24 Puertos XxX Capa 2 | 1 | Conmutador o switch de acceso capa 2, con 24 puertos XxX 10/100/1000 BaseT | ||
5 | Módulo de apilamiento o Stacking, 4 unidades (puertos) | ||||
7 | Cable para apilamiento o Stacking | ||||
3 | Interface 10GBASE-SR (SFP+) |
PARTIDA 2.- ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED WLAN TIPO RED WLAN | |||||
PARTIDAS | EQUIPO | REFERENCIA | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
11 | 6 Equipo para Red WLAN | 6.1 | Punto de Acceso para Interiores Tipo 1 | Pieza | Las indicadas en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) |
12 | 6.2 | Punto de Acceso para Interiores Tipo 2 | |||
15 | 6.6 | Controladora para punto de Acceso Tipo 2 |
Las especificaciones, requisitos y cantidades de “EL ARRENDAMIENTO” se encuentran descritas en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) de la presente Convocatoria.
2.2 AGRUPACIÓN DE PARTIDAS
No aplica la agrupación de partidas.
2.3 PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA
Los licitantes deberán considerar que los precios unitarios que coticen para la partida única con base en el ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA) de la presente Convocatoria no deberán ser por encima de los precios de referencia contenidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA del Primer Convenio Modificatorio del Contrato Xxxxx para la prestación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
2.4 NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS, NORMAS INTERNACIONALES, NORMAS DE REFERENCIA O ESPECIFICACIONES
• Norma Oficial Mexicana NOM-019-SCFI-vigente y/o UL norma equivalente internacional: Seguridad de Equipo de Procesamiento de Datos.
xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxx.xxx?xxxxxxx0000000&xxxxxx00/00/0000#xxx.xxxx0 xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx_xxxxxxx.xxx?xxxxxxx0000000&xxxxxx00/00/0000#xxx.xxxx0 xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxx/0000/xxxxxxxx/X-0000-0000- 01.pdf
2.5 MÉTODO DE PRUEBA E INSTITUCIÓN PÚBLICA O PRIVADA QUE LO REALIZARÁ
No aplica.
2.6 TIPO DE CONTRATACIÓN
El instrumento contractual específico correspondiente que resulte del presente procedimiento de contratación será abierto por presupuesto mínimo y máximo de conformidad con los artículos 47 fracción I de la LAASSP y 85 del RLAASSP.
2.7 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
No aplica la oferta subsecuente de descuento como modalidad de contratación.
2.8 CRITERIO DE EVALUACIÓN
De conformidad con los artículos 36 segundo párrafo de la LAASSP y 51 segundo párrafo del RLAASSP, para la evaluación de las proposiciones “LA SECRETARÍA” utilizará el criterio binario; toda vez que para “EL ARRENDAMIENTO” no se requiere vincular las condiciones que deberá cumplir el posible “PROVEEDOR” con las características y especificaciones del mismo porque éstos se encuentran estandarizados en el mercado y el factor preponderante que se considera es el Subtotal mensual sin I.V.A. más bajo de cada partida.
Por lo anterior, el instrumento contractual específico se adjudicará por partida a quien cumpla con todos los requisitos establecidos por “LA SECRETARÍA” y oferte el Subtotal mensual sin I.V.A. más bajo de cada partida, considerando los precios a nivel nacional establecidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA del Primer Convenio Modificatorio del Contrato Marco para el “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, conforme al ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA).
2.9 FORMA DE ADJUDICACIÓN
“EL ARRENDAMIENTO” objeto del presente procedimiento de contratación será adjudicado por partidas a los licitantes cuyas proposiciones resulten solventes y reúnan las condiciones legales, administrativas, técnicas, económicas y las especificaciones establecidas en la presente Convocatoria y oferte el Subtotal mensual sin I.V.A. más bajo de cada partida considerando los precios establecidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA del Contrato Xxxxx conforme al ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA), en apego al artículo 29 fracción XII y 36 BIS de la LAASSP.
2.10 MODELO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO
Se adjunta como ANEXO TRES (MODELO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL
ESPECÍFICO) que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente invitación, al cual estará obligado “EL PROVEEDOR”.
De conformidad con el artículo 45 penúltimo párrafo de la LAASSP y artículo 81 fracción IV del RLAASSP en caso de discrepancia entre el contenido del instrumento contractual específico y el de la presente Convocatoria, prevalecerá lo estipulado en ésta última y en su caso las respuestas a las solicitudes de aclaración al contenido de la convocatoria.
2.10.1. EL PLAZO MÁXIMO EN DÍAS NATURALES PARA EL ARRENDAMIENTO, EL CUAL CONTARÁ A PARTIR DE LA FECHA EN QUE EL PROVEEDOR RECIBA LA REQUISICIÓN RESPECTIVA;
El plazo para el arrendamiento será a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2024
La vigencia del instrumento contractual específico será a partir de su formalización y hasta el 31 de diciembre de 2024.
El arrendamiento se apegará al “Plazo de Entrega de los equipos”, de acuerdo con lo descrito en el numeral 17 del Anexo Técnico del Primer Convenio Modificatorio al referido Contrato Marco.
Lo anterior, en el entendido de que el referido numeral 17 prevé que “La entrega de los equipos arrendados, su instalación, configuración y puesta a punto se deberá realizar en un plazo no mayor a noventa (90) días naturales a partir del día hábil siguiente a la fecha de adjudicación del contrato.” (Énfasis añadido).
Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46 de la LAASSP y 84 de su Reglamento.
2.10.2. LA FUENTE OFICIAL QUE SE TOMARÁ PARA LLEVAR A CABO LA CONVERSIÓN Y LA TASA DE CAMBIO O LA FECHA A CONSIDERAR PARA HACERLO, EN CASO DE PAGO EN MONEDA EXTRANJERA;
No aplica pago en moneda extranjera.
El pago se realizará en Moneda Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 fracción XIII de la LAASSP.
2.10.3 LOS SEGUROS QUE, EN SU CASO, DEBEN OTORGARSE, INDICANDO LOS BIENES QUE AMPARARÍAN Y LA COBERTURA DE LA PÓLIZA CORRESPONDIENTE;
De conformidad con el apartado denominado “GARANTÍAS” del ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) de la presente Convocatoria.
2.10.4. LAS DEDUCCIONES QUE, EN SU CASO, SE APLICARÁN CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE EN QUE PUDIERA INCURRIR EL PROVEEDOR, EN EL ARRENDAMIENTO;
De conformidad con el apartado denominado “7. PENAS Y DEDUCTIVAS” del
XXXXX XXX (ANEXO TÉCNICO) de la presente Convocatoria.
2.10.5. EL SEÑALAMIENTO DE QUE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA SERÁ DIVISIBLE O INDIVISIBLE Y QUE EN CASO DE PRESENTARSE ALGÚN INCUMPLIMIENTO SE HARÁN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS QUE PROCEDAN;
La garantía de cumplimiento del instrumento contractual específico será DIVISIBLE y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
La garantía de cumplimiento del instrumento contractual específico se establece por el 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual específico antes de I.V.A. y deberá entregarse dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la suscripción del instrumento contractual específico.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el apartado Garantías del ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) de la presente Convocatoria.
2.10.6. LA PREVISIÓN DE QUE DEBERÁ AJUSTARSE LA GARANTÍA OTORGADA CUANDO SE MODIFIQUE EL MONTO, PLAZO O VIGENCIA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO Y
De conformidad con el apartado GARANTÍAS del ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO)
de la presente Convocatoria.
2.10.7 EL DESGLOSE DE LOS IMPORTES A EJERCER EN CADA EJERCICIO, TRATÁNDOSE DE INSTRUMENTOS CONTRACTUALES QUE ABARQUEN MÁS DE UN EJERCICIO FISCAL;
Se considerarán para pago únicamente los meses de arrendamiento efectivo. “LA SECRETARÍA” considera para pago los meses de arrendamiento efectivamente prestados para el ejercicio fiscal 2022, posteriores al periodo de entrega de los equipos, instalación, configuración y activación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, 12 meses para el ejercicio fiscal 2023 y 12 meses para el ejercicio fiscal 2024
Se realizarán los desgloses en el instrumento contractual específico y ajustes en su caso a la plurianualidad respecto de la Propuesta Económica del Licitante adjudicado en razón del presupuesto mínimo y máximo adjudicado.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PRESENTE
PROCEDIMIENTO
3.1 REDUCCIÓN DE PLAZOS
No aplica.
3.2 FECHA Y HORA PARA LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN
Acto | Fecha | Xxxxxxx | Xxxxx |
Difusión de la Convocatoria en CompraNet | 14 de octubre de 2022 | No aplica | A través del Sistema CompraNet xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxx/xxxxx.xxxx |
Junta de Aclaraciones. | No se realizará, con fundamento en la fracción V del artículo 43 de la LAASSP. | ||
Presentación y Apertura de Proposiciones. | 19 de octubre de 2022 | A las 12:00 horas Ciudad de México (GMT-6) | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis fracción II de la LAASSP, a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet. Al tratarse de una invitación electrónica, los licitantes únicamente podrán participar en los actos a través de ese medio. |
Acto de Notificación de Fallo | 25 de octubre de 2022 | A las 17:30 horas Ciudad de México (GMT-6) | El acto se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis fracción II de la LAASSP, a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet. Al tratarse de una invitación electrónica, los licitantes únicamente podrán participar en los actos a través de |
Firma del instrumento contractual específico. | A más tardar el 09 de noviembre de 2022 | No aplica | A través del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, derivados de los procedimientos de contratación al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En el caso de que exista alguna falla técnica, de no acreditarse los cursos, el alta de usuarios en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos o cualquier causa ajena a la convocante y al proveedor, se procederá a la firma del mismo de forma autógrafa en la misma fecha con un horario de 09:00 a 17:30 horas en el Edificio Tlatelolco, ubicado en: Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, xxxx 00 (Dirección de Adquisiciones y Contrataciones), Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, C.P. 06010, México. |
Los actos del procedimiento se llevarán a cabo en la Sala Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx del piso 3 del Edificio Tlatelolco, ubicada en: Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 06010, México. (No es obligatoria la presencia de los licitantes).
No se omite señalar que con fundamento en el artículo 26 de la LAASSP, a los actos del procedimiento de invitación podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
3.3 VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES
No aplica.
3.4 SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA
Con fundamento en lo dispuesto en el quinto párrafo del artículo 77 del RLAASSP, los licitantes que deseen realizar aclaraciones deberán plantearlas de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona y habrán de hacerlo únicamente a través de la sección “Mensajes Unidad Compradora/Licitantes” del “Procedimiento de Contratación” en CompraNet.
Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados podrán ser desechadas por la convocante. Para lo anterior se podrá utilizar el ANEXO SIETE (ESCRITO DE SOLICITUDES DE ACLARACIÓN), es importante señalar que deberán remitirlas en formato PDF, acompañado de una versión equivalente en Word, asimismo deberá enviar a través del Sistema CompraNet en la sección “Mensajes Unidad Compradora/Licitantes” ANEXO SEIS (ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN) de
la presente convocatoria.
El plazo para enviar dichas solicitudes de aclaración será a partir de la publicación de esta convocatoria y hasta las 09:00 horas del 17 de octubre de 2022 a fin de darle respuesta el mismo día a las 17:00 horas por el mismo medio.
La convocante procederá a enviar, a través de CompraNet, las respuestas a las solicitudes de aclaración recibidas, estas se informarán tanto al solicitante como al resto de los licitantes.
Cabe mencionar que dichas aclaraciones, de conformidad con el tercer párrafo del artículo 33 de la LAASSP, cualquier modificación a la convocatoria de la Invitación formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
3.5 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Las proposiciones se recibirán a través de CompraNet, por lo que se estará a lo dispuesto en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet” publicado en el D.O.F. el 28 xx xxxxx de 2011 y el soporte documental deberá remitirse de forma legible (en archivo PDF sin utilizar baja resolución, formato imagen o equivalente).
Si por causas ajenas a la voluntad de la SHCP como responsable del sistema CompraNet o de la convocante, no fuera posible abrir los archivos que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
Una vez recibidas las proposiciones que hayan sido enviadas a través de CompraNet, se procederá a la apertura de todas y cada una de ellas, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de recepción de los
documentos que integran la propuesta de conformidad con lo establecido el artículo 47 del
RLAASSP.
3.6 PROPOSICIONES A TRAVÉS DE SERVICIO POSTAL O MENSAJERÍA
No habrá recepción de proposiciones a través de servicio postal o mensajería.
3.7 RETIRO DE PROPOSICIONES
Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en la presente Convocatoria, estas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de la presente invitación hasta su conclusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 noveno párrafo de la LAASSP y el artículo 39 fracción III inciso d) del RLAASSP.
3.8 PROPOSICIONES CONJUNTAS
En apego a lo establecido en el artículo 77 del RLAASSP y en virtud de que la convocante estima conveniente fomentar la participación de las MIPYMES, para este procedimiento resulta aplicable la presentación de proposiciones conjuntas, de conformidad con lo establecido en los artículos 34 tercero, cuarto y quinto párrafo de la LAASSP y 44 del RLAASSP.
En caso de proposiciones conjuntas deberá presentarse el convenio correspondiente en los términos del ANEXO CUATRO (MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA)
de la presente Convocatoria y deberán cumplir los siguientes requisitos:
El representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia este numeral se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el instrumento contractual específico dicho convenio formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos, para lo cual deberán de firmar todos los representantes de las personas físicas x xxxxxxx que hayan firmado el convenio de participación conjunta, o el representante de la nueva sociedad, lo cual deberá de constar en escritura pública.
Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en las solicitudes de aclaración al contenido de la convocatoria y en el procedimiento de contratación.
Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de invitación;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, en forma solidaria, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo;
En caso de presentar propuesta conjunta, cada una de las personas agrupadas deberá presentar en forma individual los siguientes escritos:
1. Acreditamiento de la existencia legal y personalidad jurídica y datos de notificación (ANEXO CINCO).
2. Manifestación de nacionalidad (XXXXX XXXX).
3. Manifestación de ausencia de conflicto de interés (ANEXO NUEVE).
4. Declaración de Integridad (ANEXO DIEZ).
5. Estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas (ANEXO ONCE).
6. Escrito de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP (ANEXO DOCE).
En caso de que se presente proposición conjunta y no se presente el convenio de participación conjunta, afecta la solvencia de la propuesta y motivará su desechamiento.
3.9 PROPOSICIONES PARA ESTA INVITACIÓN
Los licitantes sólo podrán presentar una proposición por la partida en la que participe el presente procedimiento de contratación, ya sea por sí mismo, o como integrante de una proposición conjunta en el entendido que la presentación es a elección de cada licitante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 noveno párrafo de la LAASSP y el artículo 39 fracción III inciso f) del RLAASSP.
3.10 FORMA DE PRESENTAR LA PROPOSICIÓN
La proposición, enviada a través del Sistema CompraNet, deberá ser firmada electrónicamente, utilizando la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para el cumplimiento de obligaciones fiscales para participar en los procedimientos de contratación, ello de conformidad con el numeral 16 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011.
La propuesta técnica y económica, así como la documentación legal y administrativa deberán ser firmadas autógrafamente.
La falta absoluta de folio no afectará la solvencia de la proposición y no motivará su desechamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del RLAASSP.
3.11 DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La entrega de proposiciones será a través de CompraNet, los archivos serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la SHCP.
3.12 REVISIÓN DE DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Con relación a lo establecido en el último párrafo del artículo 34 de la LAASSP, no aplica la revisión de documentación en el presente procedimiento de contratación por tratarse de un procedimiento electrónico.
3.13 ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA
Los licitantes deberán acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante el envío a través de CompraNet de un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o su representada de conformidad con lo previsto en el artículo 48 fracción V del RLAASSP. Para este caso podrá utilizarse el ANEXO CINCO (ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE).
3.14 RÚBRICA DE LAS PROPOSICIONES RECIBIDAS
Serán rubricadas las propuestas presentadas conforme al ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA), por el representante del área requirente y el representante del área contratante que asistan al acto de presentación y apertura de proposiciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la LAASSP.
3.15 INDICACIONES RESPECTO AL FALLO Y A LA FIRMA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO.
a) FALLO
El fallo se emitirá de conformidad con el artículo 37 de la LAASSP, el cual contendrá el lugar y horario para la firma del instrumento contractual específico en la fecha y hora establecida en el numeral 3.2 de la presente Convocatoria, en caso de que en la fecha originalmente prevista no se pueda emitir, el mismo podrá ser diferido en los términos del artículo 35 fracción III de la LAASSP.
El contenido de dicho fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita, en el entendido de que esta publicación sustituye a la notificación personal, asimismo, podrá ser consultado en el mural de comunicación ubicado en el domicilio de la Convocante, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles.
b) FIRMA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO
El licitante adjudicado deberá firmar el instrumento contractual específico a más tardar el 09 de noviembre de 2022, sin perjuicio de que con la citada notificación se realice la requisición de “EL ARRENDAMIENTO” objeto de la presente invitación.
La firma del instrumento contractual específico se realizará conforme el artículo 46 de la LAASSP, en la forma señalada en el numeral 3.2 de la presente Convocatoria, si la fecha se encuentra rebasada con motivo de los diferimientos de los actos, la firma del instrumento contractual específico se realizará en la fecha que se señale en el acta del fallo y, en defecto de tales previsiones, la firma del instrumento contractual se realizará dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo.
c) FORMALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO
Dentro de los quince días naturales siguientes a la emisión del fallo respectivo y en términos del Manual de Operación que contiene las directrices que se deberán observar en el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas denominado “CompraNet”, se deberá utilizar el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, derivados de los procedimientos de contratación al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/Xxxxxx_xx_Xxxxxxxxxxxx_Xxxxxxxxx.xxx
Cabe señalar que previo a la firma del instrumento contractual específico el Proveedor deberá presentar la siguiente documentación:
Para Personas Xxxxxxx:
1. Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del acta constitutiva y sus modificaciones estatutarias, en donde acredite su existencia legal y personalidad jurídica, mismas que deberán contener y señalar en el objeto social conforme a la naturaleza de los bienes (Considerar que estás deberán estar debidamente inscritas en el Registro Público de Comercio, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Código de Comercio).
2. Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del poder notarial del representante legal, en donde demuestre tener facultades para la firma del instrumento contractual específico (Actos de Administración).
3. Original para su cotejo y copia simple del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad no mayor a 3 meses.
4. Original para su cotejo y copia simple del comprobante de domicilio para recibir y oír notificaciones en los Estados Unidos Mexicanos con una antigüedad no mayor a 3 meses.
5. Original para su cotejo y copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal.
6. Original para su cotejo y Copia simple de Identificación oficial vigente (pasaporte, credencial para votar o cédula profesional) del Representante Legal que suscribirá el instrumento contractual específico.
7. Documento vigente con una antigüedad no mayor a 30 días naturales, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo de conformidad con lo
establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y a las reglas 2.1.29 y
2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 19, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021, firmado por el Representante Legal del licitante.
En caso de que no cuente con trabajadores debido a que celebró el instrumento contractual de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores, deberá presentar dicho instrumento contractual, así como el cumplimiento de obligaciones en materia fiscal de la empresa contratada.
En caso de que no cuente con trabajadores debido a que estos están contratados bajo el régimen de honorarios se deberá presentar un escrito en el que lo indique y los contratos correspondientes.
8. Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación deberá presentar el documento vigente a la fecha de entrega de la documentación legal que para tal efecto se señale en el acta de fallo, así como a la fecha de la formalización del instrumento contractual, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social en sentido positivo, de conformidad con el procedimiento establecido en términos del Acuerdo ACDO.SA2.HCT.270422/107.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en Sesión Ordinaria el 27 xx xxxxx de 2022, por el que se aprobaron las Reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, así como su Anexo único, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2022, firmado por el Representante Legal del licitante.
En caso de que no cuente con trabajadores debido a que celebró contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores, deberá presentar dicho contrato, así como el cumplimiento de obligaciones en materia laboral de la empresa contratada.
En caso de que no cuente con trabajadores debido a que estos están contratados bajo el régimen de honorarios se deberá presentar un escrito en el que lo indique y los contratos correspondientes.
9. Documento emitido por el INFONAVIT, con antigüedad no mayor a 30 días naturales en el que haga constar que no tiene adeudos con el organismo firmado por el representante legal, en términos del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la vivienda para los trabajadores por el que se emiten las reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017, firmado por el Representante Legal del licitante.
En caso de que no cuente con trabajadores debido a que celebró contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores, deberá presentar dicho contrato, así como el cumplimiento de obligaciones fiscales de la empresa contratada. En caso de que no cuente con trabajadores debido a que estos están contratados bajo el régimen de honorarios se deberá presentar un escrito en el que lo indique y los contratos correspondientes.
10. Estado de cuenta en donde se indiquen los datos de la cuenta bancaria.
11. Copia de la constancia de alta en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos.
4. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
A) Documentación de carácter Legal – Administrativa requerida por la Convocante. | ||||||
1 | Acreditamiento de la personalidad jurídica. | Artículo 29, fracción VII de la LAASSP 39 fracción III inciso i) y 48 fracción V del RLAASSP. | Que el escrito contenga: 1. La manifestación bajo protesta de decir verdad de que el Licitante y su Representante Legal, cuenta con facultades suficientes para suscribir proposiciones y en su caso firmar el instrumento contractual específico respectivo. 2. Que contenga todos y cada uno de los datos establecidos en el ANEXO CINCO (ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE). 3. Firma autógrafa digitalizada del Representante Legal, así como el nombre del mismo. | CINCO | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
2 | Copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía, nombre del Representante Legal. | Artículo 48, fracción X del RLAASSP. | 1. La copia simple deberá ser legible. 2. El documento se deberá encontrar vigente y deberá contener nombre, firma autógrafa digitalizada y fotografía del Representante Legal. 3. Para la Cédula profesional se verificará la autenticidad a través de la página de internet oficial de la Secretaría de Educación Pública. | No aplica | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
3 | Manifiesto de Nacionalidad | Artículo 35 y 39 del RLAASSP. | Que el escrito contenga: 1. La manifestación bajo protesta de decir verdad de la Nacionalidad del Licitante. 2. Firma autógrafa digitalizada del Representante Legal, así como el nombre del mismo. | OCHO | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
4 | Escrito de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP. | Artículo 29, Fracción VIII de la LAASSP y 39, Fracción VI, inciso e) y 48 fracción VIII inciso a) del RLAASSP. | Que el escrito contenga: 1. La manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del Licitante o su Representante Legal, de que éste NO se encuentra en alguno de los supuestos señalados en los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la LAASSP. 2. Firma autógrafa digitalizada del Representante Legal, así como el nombre del mismo. | DOCE | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
5 | Declaración de Integridad. | Artículo 29, Fracción IX de la LAASSP y 39, Fracción VI, inciso f) y 48 fracción VIII inciso b) del RLAASSP | Que el escrito contenga: 1. La declaración bajo protesta de decir verdad por parte del Representante Legal, de que se abstendrán por sí o por interpósita persona de adoptar conductas u otros aspectos para que los servidores públicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. 2. Firma autógrafa digitalizada del Representante Legal, así como el nombre del mismo. | DIEZ | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
6 | Manifestación de estratificación de MIPYME. | Artículo 36 bis penúltimo párrafo de la LAASSP, Artículo 34 y el 39 fracción VI inciso h) del RLAASSP. | Se verificará que el escrito contenga: 1. En caso ser emitido por el Licitante a manifestación bajo protesta de decir verdad señalando que se encuentra constituido conforme a las leyes mexicanas, e 2. Indique el RFC, el tope máximo combinado y la indicación de la estratificación respectiva, conforme a lo indicado en el ANEXO ONCE (MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) que se acompaña a esta Convocatoria. 3. Nombre y firma autógrafa digitalizada del Representante Legal. 4. Que se presente en hoja membretada del licitante. En caso de documento emitido por la Secretaría de Economía se verificará que el documento se encuentre vigente, a nombre del Licitante e indique el nivel de estratificación. | ONCE | Optativo | Sí (En caso de que el licitante manifieste pertenecer a la estratificación de MIPYME) |
7 | Convenio de Participación Conjunta y declaración de integridad por cada uno de los LICITANTES que participan en el Convenio | Artículos 34 tercer párrafo de la LAASSP, 39, Fracción VI, inciso i) y 44 fracciones II y III del RLAASSP. | El Convenio de Participación Conjunta deberá cumplir con lo siguiente: 1. Este debidamente firmado por los Representantes legales, así como el nombre del mismo. 2. Que de conformidad con el artículo 48 fracción VIII, que cada empresa participante adjunte debidamente firmados y requisitados los Anexos 5, 8, 9, 10,12 y en su caso el Anexo 11. 3. Se encuentre debidamente requisitado conforme al modelo indicado en el ANEXO CUATRO (MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA) y firmado por los Representantes Legales | CUATRO | Obligatorio para los licitantes que presenten proposiciones conjuntas | Sí |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
de cada una de las empresas participantes. | ||||||
8 | Manifestación de no conflicto de interés. | Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidade s Administrativas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa” publicado en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.) el 18 de julio de 2016. Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prorroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones” publicado en el DOF el 20 xx xxxxxx de 2015 y reformado en fechas 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017. | a) El licitante deberá presentar el acuse de presentación de manifestación de no conflicto de interés el cual se genera a través de la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.x xx.xx/XXX-xxx/xxxxxXxxx.xxx O escrito que contendrá: b) La declaración bajo protesta de decir verdad por parte del Representante Legal en el que manifieste que ni él ni los socios y accionistas que ejercen control sobre la sociedad, desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, no se actualiza un Conflicto de Interés con la formalización del instrumento contractual, con la información mínima señalada en el ANEXO NUEVE (MANIFIESTO DE NO CONFLICTO DE INTERÉS) de la presente convocatoria. Nombre y firma autógrafa digitalizada del Representante Legal. Que se presente en hoja membretada del licitante | NUEVE | Obligatorio (requisito indispensable) | Sí |
9 | Copia simple del Acta Constitutiva. | Expedido por autoridad mexicana en el que se desprenda que su objeto social sea compatible con “EL ARRENDAMIENT O” objeto del presente procedimiento de contratación. | 1. Que el documento presentado indique que cuenta con actividades comerciales o profesionales relacionadas con “EL ARRENDAMIENTO” objeto de la presente convocatoria. 2. El documento presentado deberá ser legible. 3. Deberá presentar su inscripción en el Registro Público de la Propiedad del Comercio y/o en la Entidad que corresponda. | No aplica | Optativo | No |
10 | Cumplimiento de obligaciones fiscales - SAT | Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y a las reglas 2.1.31 y 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 19, publicada en el D.O.F. el 27 de diciembre de 2021. | Documento VIGENTE CON UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 30 DÍAS NATURALES A LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN, expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo de conformidad con lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y a las reglas 2.1.29 y 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y sus anexos 1 y 19, publicada en el D.O.F. el 27 de diciembre de 2021. En caso de que no cuente con trabajadores debido a que celebró | No aplica | Obligatorio (Requisito indispensable) | NO |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores, deberá presentar documento vigente de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo del licitante, el contrato de prestación de servicios que el licitante haya celebrado, así como el cumplimiento de obligaciones en materia fiscal en sentido positivo de la empresa contratada. No se omite mencionar, que este documento deberá actualizarse a la fecha de firma del instrumento contractual por el licitante adjudicado. | ||||||
11 | Cumplimiento de obligaciones fiscales – IMSS | ACUERDO ACDO.SA1.HCT.25 0315/00.X.XX, relativo a la autorización para modificar la Primera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social. | DOCUMENTO VIGENTE A LA FECHA EN LA QUE REALICE LA CARGA DE SU PROPOSICIÓN EN EL SISTEMA COMPRANET DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sobre la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social en sentido positivo de conformidad con el procedimiento establecido en la regla quinta del acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 27 de febrero de 2015; reformado mediante ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a la autorización para modificar la Primera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social de fecha 25 xx xxxxx de 2015 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 xx xxxxx del mismo año, en relación con el ACUERDO ACDO.AS1.HCT.260220/64.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria del 26 de febrero de 2020 mediante el cual se solicita modificar la Regla Primera y adicionar tres párrafos a la Regla Tercera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social publicado en el mismo medio de difusión el 30 xx xxxxx de 2020.. En caso de que no cuente con trabajadores debido a que celebró contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores, deberá presentar dicho contrato, así como el cumplimiento de obligaciones en materia laboral de la empresa contratada. En caso de que no cuente con trabajadores debido a que estos están | No aplica | Obligatorio (Requisito indispensable) | No |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
contratados bajo el régimen de honorarios se deberá presentar un escrito en el que lo indique y los contratos correspondientes. No se omite mencionar, que este documento deberá actualizarse a la fecha de firma del instrumento contractual por el licitante adjudicado. | ||||||
12 | Cumplimiento de obligaciones fiscales - INFONAVIT | Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la vivienda para los trabajadores por el que se emiten las reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017. | Documento emitido por el INFONAVIT, VIGENTE CON UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A 30 DÍAS NATURALES AL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES del presente procedimiento de invitación, en el que haga constar que no tiene adeudos con el organismo, en términos del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la vivienda para los trabajadores por el que se emiten las reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017. En caso de que no cuente con trabajadores debido a que celebró contrato de prestación de servicios con otra empresa que es la que tiene contratados a los trabajadores, deberá presentar dicho contrato, así como el cumplimiento de obligaciones en materia laboral de la empresa contratada. En caso de que no cuente con trabajadores debido a que estos están contratados bajo el régimen de honorarios se deberá presentar un escrito en el que lo indique y los contratos correspondientes. No se omite mencionar, que este documento deberá actualizarse a la fecha de firma del instrumento contractual por el licitante adjudicado. | No aplica | Obligatorio (Requisito indispensable) | No |
13 | Copia de la constancia o registró de alta en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos | ACUERDO por el que se incorpora como un módulo de CompraNet la aplicación denominada Formalización de Instrumentos Jurídicos y se emiten las Disposiciones de carácter general que regulan su funcionamiento. | El licitante deberá presentar la constancia o registró que acredite que se encuentran dados de alta en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos. | No aplica | Optativo | No |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
B) Documentación de carácter Técnica solicitada por el área requirente (la evaluación será por parte del área requirente y área técnica). |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
1 | Propuesta Técnica | Artículo 34 de la LAASSP, 47 y 50 del RLAASSP. | 1. La Manifestación de que acepta todas y cada una de las especificaciones, características y condiciones referidas en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO). 2. La transcripción integral de las especificaciones técnicas. 3. Que indique todos y cada uno de los términos señalados en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) y las que deriven de las solicitudes de aclaración. 4. Que exista congruencia entre lo ofertado y las especificaciones técnicas, en la propuesta técnica. 5. Con nombre y firma autógrafa digitalizada del Representante Legal. En hoja membretada del licitante | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
2 | Equipos propuestos | Contrato Marco | Documento que contenga: 1. Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar detallando marca y modelo de los equipos propuestos y que certifique la configuración de los equipos propuestos para cada una de las partidas descritas en el presente documento. | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
3 | Designación como distribuidor | Contrato Marco | Documento que contenga: 1. Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar en donde designe a "EL PROVEEDOR" como distribuidor autorizado y certificado de los equipos propuestos. | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
4 | Manifestación de personal certificado | Contrato Marco | Documento que contenga: 1. Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar en donde manifieste que "EL PROVEEDOR" cuenta con personal certificado por el fabricante para la instalación, configuración y puesta a punto de los equipos propuestos. | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
5 | Manifestación de Infraestructura técnica | Contrato Marco | Documento que contenga: 1. Carta original del fabricante en la que se manifieste que cuentan con la infraestructura técnica y de servicio y que garantiza la existencia de refacciones para el mantenimiento de los bienes objeto del arrendamiento, durante la vigencia del instrumento contractual específico. | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
6 | Manifestación de equipos sin anuncio de fin de | Contrato Marco | Documento que contenga: | Con base en lo solicitado | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
vida ni anuncio de fin de mantenimiento | 1. Carta original del fabricante en la que se manifieste que los equipos objeto del arrendamiento, no tendrán un anuncio de fin de vida ni anuncio de fin de mantenimiento durante la vigencia del instrumento contractual específico. | en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | ||||
7 | Escrito de cumplimiento de normas | Contrato Marco | 1. Documentos con los que se acredite el cumplimiento de las normas y certificaciones requeridas en el Anexo Técnico del Contrato Xxxxx y su Primer Convenio Modificatorio, en la ficha técnica deberá identificar cada una de las características técnicas solicitadas para los equipos descritos en las diferentes partidas. Los catálogos o folletos deberán estar impresos en idioma español; de no ser así, se deberá acompañar a estos con una traducción al español. En caso de alguna referencia solicitada no se refleje en la ficha técnica del equipo, pero si esté soportado por el fabricante, "LA SECRETARÍA" aceptará una carta del fabricante mencionando el soporte de la funcionalidad solicitada. 2. Que contenga la firma autógrafa digitalizada del representante Legal. 3. Que se presente en hoja membretada del licitante. | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
8 | Manifestación de equipos nuevos | Contrato Marco | Documento que contenga: 1. La manifestación de que los que los equipos que oferta en arrendamiento son nuevos, no armados, no re-manufacturados y de fabricación reciente (máximo dos años). 2. Que contenga la firma autógrafa digitalizada del representante Legal. 3. Que se presente en hoja membretada del licitante. | Con base en lo solicitado en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) | Obligatorio (requisito indispensable) | SÍ |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
C) Documentación de carácter Económico a evaluar por el Área Requirente y Área Contratante. | ||||||
1 | Propuesta Económica. | Artículo 34 de la LAASSP, 47 y 50 del RLAASSP. | Que contenga lo solicitado en el ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA) 1. Con firma autógrafa digitalizada del representante legal, así como el nombre del mismo. | DOS | Obligatorio (requisito indispensable) | Si |
No. | Requisito y efecto | Fundamento | Formalidades que se verificarán | Número de Anexo | Particularidad | Afecta la solvencia de la propuesta |
C) Documentación de carácter Económico a evaluar por el Área Requirente y Área Contratante. | ||||||
2. En hoja membretada del licitante, debiéndose especificar los datos generales del mismo. 3. Manifieste y contenga lo siguiente: ✓ Que el monto se cotiza en moneda nacional. ✓ La propuesta deberá presentarse a dos decimales. ✓ Se deberá señalar el Subtotal mensual sin I.V.A. con letra. ✓ Los precios unitarios permanecerán fijos durante la vigencia del instrumento contractual específico. Nota: para la presentación de su propuesta económica el licitante deberá utilizar el formato Excel adjunto en el ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA) expresando sus precios unitarios ofertados. |
5. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL
INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO.
5.1 CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES Y SE ADJUDICARÁ EL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO RESPECTIVO.
Con apego en lo dispuesto por los artículos 26, 36, 36 Bis de LAASSP y 51 del RLAASSP la evaluación de las proposiciones se realizará utilizando el criterio de evaluación binario, mediante el cual sólo se adjudicará a quien cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases y oferte el Subtotal mensual sin I.V.A. más bajo para cada partida considerando el cumplimiento del ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO), el ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA), así como el resultado de las solicitudes de Aclaraciones a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
La documentación Legal y Administrativa será evaluada por la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones o en quien se delegue dicha facultad.
La propuesta técnica será evaluada por el Titular de la Dirección de Infraestructura y Comunicaciones de la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación respecto de todos los requisitos técnicos solicitados en la convocatoria de la presente invitación o en quien se delegue dicha facultad.
Las propuestas económicas, serán evaluadas por el Titular de la Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Control de Bienes en conjunto con la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones como Área Contratante y por el Titular de la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación en conjunto con la Dirección de Infraestructura y Comunicaciones o en quienes se deleguen dichas facultades.
Se deberá considerar que los montos que coticen para cada requerimiento, no deberán ser por encima de los precios de referencia contenidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA
del Primer Convenio Modificatorio del Contrato Xxxxx para la contratación del
“ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
Para la evaluación de la propuesta económica, no se realizará el cálculo de los precios no aceptables y los precios convenientes, que establece el artículo 51 del RLAASSP, dado que la evaluación económica está en función de los precios de referencia establecidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA del Primer Convenio Modificatorio del Contrato Xxxxx para la contratación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
Si resultare un empate de dos o más propuestas, la adjudicación se efectuará conforme a los siguientes supuestos:
a) Se dará preferencia a las empresas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales según lo estipulado en el artículo 36 Bis penúltimo y último párrafo de LAASSP y en el orden que señala el primer párrafo del artículo 54 del RLAASSP.
b) En el caso, subsistir el empate de dos o más propuestas la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre “LA SECRETARÍA” en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna o recipiente transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante que resulte ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones, de acuerdo a lo señalado en el artículo 54 del RLAASSP.
5.2 CAUSAS DE DESECHAMIENTO.
Será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos de esta Convocatoria:
a) Cuando no entregue la propuesta técnica.
b) Que no cumpla con alguno de los requisitos establecidos en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO).
c) Cuando no entregue la PROPUESTA ECONÓMICA de la presente Convocatoria.
d) Cuando presenten más de una proposición en el presente procedimiento.
e) Cuando sólo se presente el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) y no se presente la
PROPUESTA ECONÓMICA de la partida única o viceversa.
f) Cuando la propuesta técnica y/o económica, carezca de la Firma Electrónica del Representante legal o de la persona facultada para ello, conforme a lo establecido en el numeral 3.10.
g) Si no cumplen con todos los requisitos y especificaciones mínimos establecidas en esta Convocatoria, sus anexos y en su caso las respuestas a las solicitudes de aclaración al contenido de la convocatoria.
h) Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo del servicio o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
i) Cualquier violación a LAASSP y a su RLAASSP.
j) Si se incurre en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de LAASSP.
k) Cuando algún archivo de la proposición se presente con textos entre líneas, tachaduras, enmendaduras o borroso.
l) Cuando los documentos que exhiban los licitantes no sean legibles imposibilitando el análisis integral de la propuesta y esto conlleve a un faltante o carencia de información que afecte su solvencia.
m) Si el objeto social indicados en el Acta Constitutiva o Reformas y/o en el ANEXO CINCO (ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE), no corresponde al servicio que se requiere en la presente invitación.
n) Cuando la descripción y presentación de “EL ARRENDAMIENTO” ofertado no sea conforme lo requerido en el ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) de la presente convocatoria.
o) Cuando no exista correspondencia, resulten incompletos o incongruentes los datos asentados en su proposición técnica, entre los documentos presentados por el licitante y el soporte documental requerido.
p) Cuando no exista correspondencia, resulten incompletos o incongruentes los datos asentados en su propuesta económica.
q) Cuando no presente escrito “Bajo protesta de decir verdad”, de que el licitante no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP, de acuerdo con el ANEXO DOCE (MANIFESTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LAASSP) de la Convocatoria, o bien se compruebe fehacientemente que la manifestación es falsa, o que no se señale expresamente el “Bajo protesta de decir verdad”.
r) La falta de presentación de los escritos o manifestaciones “Bajo protesta de decir verdad”, que se soliciten como requisito de participación en la Convocatoria será motivo de desechamiento, por incumplir las disposiciones jurídicas que los establecen, conforme al artículo 39 penúltimo párrafo de la LAASSP.
s) Cuando tratándose de una micro, pequeña o mediana empresa su escrito de estratificación no indique el RFC, tope máximo combinado y la indicación de la estratificación respectiva de conformidad a lo indicado en el ANEXO ONCE (MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) que se acompaña a esta Convocatoria.
t) En caso de que se presente proposición conjunta y no se presente el ANEXO CUATRO (MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA).
u) Cuando en la proposición presentada no se consideren los cambios establecidos en las respuestas a las solicitudes de aclaración al contenido de la convocatoria.
v) Cuando los montos que coticen sean por encima de los precios establecidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA del Primer Convenio Modificatorio del Contrato Marco para la Contratación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
w) Que no presente un documento de carácter obligatorio y/o carezca de las formalidades que se verificarán, indicados en el numeral 4. Requisitos que deberán cubrir los interesados en participar.
5.3 DECLARACIÓN DESIERTA DE INVITACIÓN.
La convocante procederá a declarar desierta, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 de LAASSP y 78 del RLAASSP, la Invitación cuando:
a) La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados;
b) No se presenten proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
c) Cuando los montos que coticen sean por encima de los precios establecidos en el ANEXO 2 PRECIOS DE REFERENCIA del Primer Convenio Modificatorio del Contrato Xxxxx para la Contratación del “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
5.4 CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN.
De conformidad con el artículo 38 de LAASSP, “LA SECRETARÍA” podrá cancelar la Invitación por caso fortuito o de fuerza mayor, cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad del “ARRENDAMIENTO” y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “LA SECRETARÍA”.
6. DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL LICITANTE CON SU PROPOSICIÓN.
Los licitantes deberán presentar la documentación solicitada conforme al numeral 4. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR de la presente
Convocatoria, que en dicho numeral se señalan como obligatorios, la falta de algunos de estos será motivo de desechamiento.
En su caso, los licitantes podrán presentar escrito de inconformidad contra los actos del procedimiento de la invitación ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría, ubicado en Avenida Juárez Número. 00, Xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx,
C.P. 06010, Ciudad de México; o a través del sistema CompraNet en la dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx
8. ANEXOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Relación de los documentos que deben presentar los participantes en el procedimiento de invitación:
Número | Descripción |
ANEXO UNO | Anexo Técnico |
ANEXO DOS | Propuesta Económica |
ANEXO CUATRO | Modelo de convenio de participación conjunta |
ANEXO CINCO | Acreditación de la existencia legal y personalidad jurídica del licitante |
ANEXO SEIS | Escrito de interés en participar en el procedimiento de contratación |
ANEXO SIETE | Escrito de solicitudes de aclaración |
XXXXX XXXX | Manifiesto de nacionalidad |
ANEXO NUEVE | Manifestación de ausencia de conflicto de interés |
ANEXO DIEZ | Declaración de Integridad |
ANEXO ONCE | Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de la estratificación de Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MIPYMES) |
ANEXO DOCE | Manifestación de los artículos 50 y 60 de la LAASSP |
ANEXO TRECE | Texto de la fianza para garantizar el cumplimiento. |
LOS ANEXOS QUE SE INCLUYEN EN ESTA INVITACIÓN DEBEN CONSIDERARSE SOLO COMO UNA GUÍA EN EL PROCEDIMIENTO, POR LO QUE LA ADECUADA PRESENTACIÓN ES RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE LOS LICITANTES.
9. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y
CONCESIONES.
Se hace del conocimiento de los licitantes que en el presente procedimiento se observará el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas y Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones contenido en el Acuerdo por el que se expidió el mismo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxxxx de 2015, modificado mediante los similares de fecha 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017, mismo que puede ser consultado en la sección de la Secretaría de la Función Pública, en el portal de la Ventanilla Única Nacional (xxx.xx) a través de la liga xxx.xxx.xx/xxx. En ese sentido se informa que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, de conformidad con el numeral 2 del Anexo Segundo del referido Acuerdo se hace de conocimiento a los interesados en participar en el presente procedimiento que, tratándose de personas físicas, podrán formular un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tenga la propia persona con el o los servidores públicos siguientes:
I. Presidente de la República; II. Secretarios de Estado; III. Jefe de la Oficina de la Presidencia de la República; IV. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal; V. Procurador General de la República; VI. Titulares de entidades; VII. Titulares de órganos reguladores coordinados; VIII. Subprocuradores o titulares de fiscalías especializadas; IX. Comisionados adscritos a órganos reguladores coordinados; X. Subsecretarios, oficiales mayores, consejeros adjuntos, titulares de órganos administrativos desconcentrados, titulares de unidad y directores generales en las dependencias; XI. Directores generales, gerentes, subgerentes, directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los comités técnicos de las entidades y XII. Personal que interviene en contrataciones públicas, en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, incluidos en el Registro que lleva la Secretaría de la Función Pública.
Los particulares personas xxxxxxx, podrán formular por medio de sus representantes legales un manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan las personas que a continuación se señalan, con el o los servidores públicos señalados en el párrafo que antecede:
a) Integrantes del consejo de administración o administradores; b) Director general, gerente general, o equivalentes; c) Representantes legales y d) Personas físicas que posean directa o indirectamente cuando menos el diez por ciento de los títulos representativos del capital social de la persona moral.
En ambos casos, los particulares formularán el manifiesto a través de la dirección electrónica xxx.xxx.xx/xxx siendo este medio electrónico de comunicación el único para presentarlo. El Sistema generará un acuse de presentación del manifiesto, mismo que será necesario presentar como parte de su proposición, de conformidad con la Guía de Operación del Sistema del Manifiesto de los Particulares, disponible en la misma dirección electrónica. A través de dicho medio electrónico los particulares podrán también denunciar presuntos conflictos de interés de los que tengan conocimiento, enunciando las pruebas con las que en su caso cuenten.
Por otra parte, se informa que de conformidad con el numeral 10 de dicho Anexo Segundo, los licitantes podrán presentar una declaración de integridad en la que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de realizar conductas contrarias a las disposiciones jurídicas aplicables.
Finalmente, se informa que los particulares tienen derecho a presentar queja o denuncia por el incumplimiento de las obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos, ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores, o bien, a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias Ciudadanas, establecido mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de diciembre de 2015.
10. AVISO DE PRIVACIDAD SIMPLIFICADO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE
ADQUISICIONES DE BIENES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.
En atención al principio de máxima publicidad establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en relación a los artículos 110, 113 y 117 de dicho ordenamiento, se notifica a las personas xxxxxxx participantes que no se considerará reservada o confidencial la información que se encuentre en los registros públicos o en fuentes de acceso público, como es el caso de las contrataciones gubernamentales, ya que la información se genera y registra en “CompraNet”, no requiriéndose el consentimiento del titular de la información para permitir el acceso a la misma a través de una versión pública.
En ese tenor, conforme a los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la información, así como para la elaboración de Versiones Públicas publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 15 xx xxxxx de 2016 y sus modificaciones del 29 de julio de 2016, para efecto de las publicaciones en versión pública, se testará la información clasificada como confidencial.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 68 de La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 70, fracción XXVIII de La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la información de “La invitación”, así como la versión pública de los requisitos y de la propuesta técnica y económica que presenten los licitantes, será de carácter público una vez emitido el Fallo y publicado en “CompraNet”, conforme a los criterios emitidos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
11. NOTA INFORMATIVA CADENAS PRODUCTIVAS NAFIN
Nota informativa para la afiliación al Programa xx Xxxxxxx Productivas.
Nota 1
Esta nota es de carácter informativa por lo que no deberá incluirse en la proposición y no será causal de desechamiento la no presentación de la misma.
ÁREA CONTRATANTE
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX COORDINADORA DE ADQUISICIONES, SERVICIOS Y CONTROL DE BIENES
ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO)
Xx, (Nombre del Representante Legal) manifiesto; que cuento con las facultades suficientes para comprometerme por sí o a nombre y representación de:
(Nombre, denominación o razón social del Licitante); para el “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, correspondiente a la Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022, así como a dar cumplimiento a cada uno de los requerimientos del presente ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO).
La Secretaría de Relaciones Exteriores, en adelante “LA SECRETARÍA”, como ente del gobierno federal, requiere el "Arrendamiento de equipo para red LAN y WLAN”, en adelante "EL ARRENDAMIENTO" para la operación de sus oficinas centrales y foráneas en territorio nacional, y así poder dar servicios a la ciudadanía.
En apego a las especificaciones y características técnicas del Contrato Xxxxx "Arrendamiento de equipo para red LAN y WLAN” se precisa lo siguiente:
1. VIGENCIA DEL ARRENDAMIENTO.
La vigencia de "EL ARRENDAMIENTO" será a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo y hasta el 31 de diciembre de 2024.
La vigencia del instrumento contractual será a partir de su suscripción y hasta el 31 de diciembre de 2024.
En este sentido, la vigencia de "EL ARRENDAMIENTO" se apegará al "Plazo de entrega de los equipos" de acuerdo con lo descrito en el numeral 17 del Anexo Técnico del Primer Convenio Modificatorio al Contrato Marco.
Lo anterior, en el entendido de que el referido numeral 17 prevé que "La entrega de los equipos arrendados, su instalación, configuración y puesta a punto se deberá realizar en un plazo no mayor a noventa (90) días naturales a partir del día hábil siguiente a la fecha de adjudicación del contrato." (énfasis añadido)
2. ALCANCE DEL ARRENDAMIENTO.
Los equipos de red LAN y WLAN en arrendamiento requeridos por “LA SECRETARÍA” son los que se indican a continuación.
Partida | Equipo | Referencia | Descripción TIPO de Servicio | Cantidad Total | Unidad de medida | Rango |
PARTIDA 1.- TIPO RED LAN | ||||||
2 | 5.2 Conmutador o switch CORE tipo 2 | 1 | Gabinete de al menos cuatro ranuras para interfaces de servicio con: •Tarjeta de procesamiento (Supervisora) •Fuentes de poder y ventiladores redundantes | 4 | Pieza | 1 a 250 |
2 | Tarjeta de procesamiento (Supervisora) para redundancia | 4 | Pieza | 1 a 250 | ||
3 | Tarjeta con 48 puertos 100/1000 BaseT (RJ-45) | 6 | Pieza | 1 a 250 | ||
4 | Tarjeta con 48 puertos 1000 BaseSX (SFP) | 8 | Pieza | 1 a 250 | ||
7 | Interface 10GBASE-SR (SFP+) | 75 | Pieza | 1 a 250 | ||
7 | 5.7 Conmutador o Switch de Acceso 48 Puertos XxX Capa 2 | 1 | Conmutador o switch de acceso capa 2, con 48 puertos XxX 10/100/1000 BaseT | 122 | Pieza | 1 a 250 |
6 | Módulo de apilamiento o Stacking, 4 unidades (puertos) | 84 | Pieza | 1 a 100 | ||
8 | Cable para apilamiento o Stacking | 84 | Pieza | 1 a 100 | ||
3 | Interface 10GBASE-SR (SFP+) | 73 | Pieza | 1 a 200 | ||
8 | 5.8 Conmutador o Switch de Acceso 24 Puertos XXX Capa 2 | 1 | Conmutador o switch de acceso capa 2, con 24 puertos XxX 10/100/1000 BaseT | 40 | Pieza | 1 a 100 |
5 | Módulo de apilamiento o Stacking, 4 unidades (puertos) | 18 | Pieza | 1 a 100 | ||
7 | Cable para apilamiento o Stacking | 18 | Pieza | 1 a 100 | ||
3 | Interface 10GBASE-SR (SFP+) | 7 | Pieza | 1 a 200 |
PARTIDA 2.- TIPO RED WLAN | ||||||
11 | 6 Equipo para Red WLAN | 6.1 | Punto de Acceso para Interiores Tipo 1 | 151 | Pieza | 1 a 500 |
12 | 6.2 | Punto de Acceso para Interiores Tipo 2 | 5 | Pieza | 1 a 500 | |
16 | 6.6 | Controladora para punto de Acceso Tipo 2 | 2 | Pieza | 1 a 500 |
Nota:
Del numeral 5.2 Conmutador o switch CORE tipo 2, referencia 4 Tarjeta con 48 puertos 1000 BaseSX (SFP), 4 de estas tarjetas deberán ser compatibles con velocidades 10G.
Del numeral 5.2 Conmutador o switch CORE tipo 2, referencia 7 Interface 10GBASE-SR (SFP+), 67 deberán ser compatibles con velocidades a 1G.
Del numeral 5.7 Conmutador o Switch de Acceso 48 Puertos XxX Capa 2, referencia 3 Interface 10GBASE-SR (SFP+), 73 deberán ser compatibles con interfaz para interconexión con Swich de Core a 1000BASE-SR.
Del numeral 5.8 Conmutador o Switch de Acceso 24 Puertos XXX Capa 2, referencia 3 Interface 10GBASE-SR (SFP+), 7 deberán ser compatibles con interfaz para interconexión con Swich de Core a 1000BASE-SR.
“EL PROVEEDOR” deberá considerar que los equipos enlistados sean compatibles con sus accesorios y tarjetas.
El instrumento contractual que derive del procedimiento de contratación que nos ocupa será abierto por presupuesto, en términos de lo previsto por el artículo 47 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que el arrendamiento se sujetará al presupuesto mínimo y máximo que se determine para tal efecto; por lo tanto, las cantidades plasmadas en el presente escrito deberán tomarse únicamente como parámetros de referencia para el arrendamiento.
3. CRITERIOS APLICABLES PARA EL ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN.
"EL PROVEEDOR" en su cotización deberá considerar lo siguiente:
• Que las especificaciones plasmadas en el presente documento son los requerimientos mínimos para la contratación y que la totalidad de los equipos que oferte "EL PROVEEDOR" debe ser compatible entre sí, por lo que deben permitir su correcto funcionamiento durante la operación.
• Todos los equipos arrendados, incluidos los de reemplazo, deberán ser nuevos.
• Deberá realizar la instalación, configuración y puesta a punto de los equipos propuestos en las instalaciones que "LA SECRETARÍA" le indique, además de garantizar la integración y compatibilidad de los componentes de hardware descritos en el anexo técnico del Contrato Marco, así como los elementos necesarios para la integración y funcionalidad total requerida por "LA SECRETARÍA".
• Deberá incluir en su propuesta todas las actualizaciones del Software necesario para el correcto funcionamiento de los equipos descritos en el presente documento durante la vigencia de la garantía.
• En el caso de que "EL ARRENDAMIENTO" de los equipos corresponda a una sola partida esta será adjudicada por partida completa a un solo Proveedor para "LA SECRETARÍA".
• En el caso de que "EL ARRENDAMIENTO" corresponda a dos o más partidas agrupadas en el tipo Red LAN, éstas serán adjudicadas por partida completa a uno solo de los Proveedores para "LA SECRETARÍA", que será aquél que presente en conjunto la mejor oferta económica en cuanto a precio.
• En el caso de que el arrendamiento corresponda a dos o más partidas agrupadas en el tipo Red WLAN, éstas serán adjudicadas por partida completa a uno solo de los Proveedores, que será aquél que presente en conjunto la mejor oferta económica en cuanto a precio.
• Deberá realizar la entrega del equipo para Red LAN y WLAN requeridos por
"LA SECRETARÍA" en los domicilios por ella indicados.
• "EL PROVEEDOR" deberá contar con medios de comunicación para reportar fallas de equipo (mesa de ayuda). Los medios para reportar fallas, al menos deberán ser un número convencional, un celular y un correo electrónico.
• El tiempo de entrega, instalación, configuración y puesta a punto de los equipos propuestos en las instalaciones que "LA SECRETARÍA" le indique se deberá realizar dentro de un plazo no mayor a noventa (90) días naturales a partir de la fecha de adjudicación del instrumento contractual.
• "EL PROVEEDOR" del equipo para Red LAN y WLAN deberá incluir en su propuesta, todos los accesorios necesarios, para la correcta instalación, integración, operación y funcionalidad de los equipos.
• Para los conmutadores o switches core tipo 1 y tipo 2, los Conmutadores Switch Distribución/Agregación Tipo 1 y tipo 2 y las Controladoras para punto de Acceso Tipo 1, 2 y 3 (partidas 1, 2, 3, 4, 15, 16 y 17), el tiempo de atención vía telefónica 24x7x365 será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 6 horas naturales y el tiempo de reparación en un plazo máximo de 24 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte.
• Para los Conmutadores o Switches de Acceso, Punto de Acceso para Interiores Tipo 1 y 2 y Punto de Acceso para Exteriores Tipo 1 y 2 (partidas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14), el tiempo de atención vía telefónica 24x7x365 será en un tiempo no mayor a 15 minutos, en sitio deberá ser en un plazo no mayor a 24 horas naturales y el tiempo de reparación deberá ser no mayor a 48 horas naturales con reemplazo de partes, a partir del levantamiento del reporte.
• "EL PROVEEDOR" deberá entregar dentro de los primeros quince (15) días naturales posteriores a la fecha de adjudicación del instrumento contractual,
un plan de trabajo donde se describan las actividades que se tienen que realizar para la correcta entrega, instalación, configuración y puesta a punto de los equipos arrendados, requeridos por "LA SECRETARÍA", con aprobación de la misma.
• "EL PROVEEDOR" será responsable en el caso de que se violen derechos de propiedad industrial, patentes o derechos de autor, respecto al software y/o hardware utilizados en los equipos arrendados, dejando en todo momento a salvo a "LA SECRETARÍA".
• "EL PROVEEDOR" proveerá los recursos humanos necesarios para cumplir las tareas de:
o Maniobra, carga, descarga, desembalaje, ensamblado, retiro de empaques y entrega de los equipos arrendados.
o Instalación, configuración y puesta a punto de los equipos de acuerdo con las recomendaciones y mejores prácticas del fabricante.
4. LUGAR O LUGARES DONDE SE PRESTARÁ EL ARRENDAMIENTO.
Las ubicaciones de entrega e instalación de los equipos se encuentran especificados en el APÉNDICE 1 (UBICACIONES Y CANTIDADES), que forma parte integral de este escrito.
5. ENTREGABLES.
Los entregables se definen como la entrega de los equipos, documentación inicial, final y reportes mensuales los cuales serán responsabilidad de "EL PROVEEDOR" entregarlos al Administrador y Verificador del instrumento contractual de "LA SECRETARÍA".
El Administrador y Verificador del instrumento contractual de "LA SECRETARÍA" y el representante designado por "EL PROVEEDOR" serán responsables de darle continuidad y cumplimiento a lo establecido en el presente anexo técnico del Contrato Xxxxx y el presente documento.
"EL PROVEEDOR" deberá proporcionar dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrega, instalación y puesta a punto de los equipos, los entregables que a continuación se indican:
• Relación y configuración del equipo arrendado, así como el licenciamiento propuesto para la prestación de "EL ARRENDAMIENTO" por parte de "EL PROVEEDOR" a "LA SECRETARÍA", en el que se indique ubicación, marca, modelo y el número de serie de los equipos que integran el arrendamiento de equipos para red LAN y WLAN.
Dentro de los primeros quince (15) días naturales posteriores a la adjudicación del instrumento contractual, "EL PROVEEDOR" deberá entregar lo siguiente:
• Cronograma de actividades.
• El plan de trabajo detallado para la instalación, configuración y puesta a punto de los bienes ofertados para "LA SECRETARÍA", con aprobación de las mismas. El plan de trabajo deberá incluir la definición, desarrollo y mantenimiento de un plan de pruebas para validar la correcta instalación, configuración y puesta a punto.
• "EL PROVEEDOR" deberá entregar una matriz de escalamiento que permita a "LA SECRETARÍA" contactar al personal designado por "EL PROVEEDOR" para asegurar el cumplimiento conforme al anexo técnico del Contrato Marco y del presente documento. De igual manera, "EL PROVEEDOR" deberá proporcionar un documento donde se plasme el procedimiento que seguirá para resolución de incidentes.
"EL PROVEEDOR" deberá entregar el procedimiento de recepción de reportes para la atención y resolución xx xxxxxx de los equipos dentro de los cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha del inicio en operación del primer equipo de "EL ARRENDAMIENTO".
Memoria técnica dentro de los primeros diez (10) días hábiles posteriores a la puesta en operación del equipo de Red LAN y WLAN conteniendo lo siguiente:
• Relación de equipos utilizados para la implementación de la solución.
• Diagramas de conectividad. Los diagramas se incluirán dentro de la memoria técnica en formato electrónico (Microsoft Office Visio).
• Registro de las pruebas realizadas.
• "EL PROVEEDOR" deberá incluir una copia del respaldo de los equipos de la solución implementada en medio magnético.
• En caso de sustitución de equipos o cambio de configuración en los mismos, la memoria técnica deberá ser actualizada por "EL PROVEEDOR".
Entregables mensuales
• Entrega dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la conclusión del mes que se pretende facturar, de los siguientes documentos:
o Relación total de equipos activos.
o Reporte de incidencias.
6. CONDICIONES Y FORMA DE PAGO
De conformidad con lo establecido en los artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 89 y 90 de su Reglamento en relación con el numeral 5.4.8 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Relaciones Exteriores (POBALINES) y al artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA SECRETARÍA” efectuará el pago a “EL PROVEEDOR” de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dentro de los 20 días naturales posteriores, a la entrega y aceptación del Comprobante Fiscal Digital por Internet
(CFDI); factura en formato PDF; factura electrónica XML y comprobante emitido por el SAT en el que conste la validación de la factura, con la aprobación (sello y firma) del “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” o
quien lo supla o sustituya en el cargo, para que los pagos procedan deberá acompañarse de oficio de entrega del CFDI, desglose de movimientos e informe de reporte de incidencias, en el que avale que "EL ARRENDAMIENTO" fue prestado a entera satisfacción.
Como Supervisor del instrumento contractual, el Director de Infraestructura y Comunicaciones de la DGTII o quien lo supla o sustituya en el cargo, será el encargado de recibir los CFDI en las instalaciones de “LA SECRETARÍA”, ubicadas en Edificio Tlatelolco, Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, C.P. 06010, en días hábiles, de lunes a viernes en horario de las 9:00 a las 18:00 horas, quien revisará que los CFDI cumplan con los requisitos fiscales de acuerdo a la normatividad aplicable, así como los criterios de aceptación.
“EL PROVEEDOR” deberá presentar su facturación de manera mensual considerando la prestación de "EL ARRENDAMIENTO" del día primero al día último de cada mes.
En caso de que el comprobante fiscal entregado por “EL PROVEEDOR” para su pago, presente errores, “LA SECRETARÍA” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el comprobante fiscal corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” tome para la corrección de la documentación entregada derivado del proceso anterior, no se computara para efectos del pago de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
En términos del artículo 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos· y Servicios del Sector Publico, para efectos de contabilizar el plazo a que hace referencia el primer párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, se tendrá como recibido el CFDI, a partir de que el “EL PROVEEDOR” la entregue a “LA SECRETARÍA”, al momento de concluir "EL ARRENDAMIENTO" y “LA SECRETARÍA” lo reciba a entera satisfacción en los términos de los lineamientos que emita “LA SECRETARÍA” de la Función Pública para promover la agilización del pago.
Acorde a los Lineamientos referidos, el plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que "EL PROVEEDOR" acredite "EL ARRENDAMIENTO" y la fecha de pago correspondiente, será de 30 (treinta) días naturales, dentro de los cuales quedara comprendido el plazo a que hace referencia el párrafo primero del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
“EL PROVEEDOR” manifestará su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de "EL ARRENDAMIENTO" en los términos previstos en el Anexo Técnico del Contrato Xxxxx y el presente documento, estos no se tendrán por recibidos o aceptados por “LA SECRETARÍA” de conformidad con lo establecido en el artículo 84, último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
El pago de "EL ARRENDAMIENTO" quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
El pago será efectuado mediante depósito vía banca electrónica a la cuenta bancaria que “EL PROVEEDOR” proporcione y se realizará en Moneda Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 fracción XIII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.
La Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA” incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y dará de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por pagar a “EL PROVEEDOR”, para ello el CFDI aceptado se registrará en dicho programa en un plazo máximo de 5 días naturales posterior a su aceptación, mismo que podrá ser consultada en línea a efecto de que “EL PROVEEDOR” pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario Financiero seleccionado por “EL PROVEEDOR” entre los registrados en dicha Cadena, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Los pagos facturados después del 30 de noviembre de 2022, 2023 y 2024, serán tramitados a través del procedimiento de Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS). Lo anterior, sin menoscabo de los lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para el pago de ADEFAS, que pudieran modificar dicho plazo.
7. PENAS Y DEDUCTIVAS
Con fundamento en los artículos 53 y 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como 2 fracción III Bis, 95, 96 y 97 de su Reglamento, “LA SECRETARÍA” a través del Administrador y verificador del instrumento contractual, determinará la aplicación y cálculo xx xxxxx convencionales y deducciones al pago cuando “EL PROVEEDOR” incurra en alguno de los siguientes supuestos:
“EL PROVEEDOR” se obliga a pagar a “LA SECRETARÍA” una pena convencional del 2% (dos por ciento) calculado sobre el monto mensual del pago previsto para los equipos no entregados, instalados, configurados y puestos en marcha, conforme a lo descrito en el numeral 15 del Anexo 1 (Anexo Técnico) inserto en el Primer Convenio Modificatorio al Contrato Xxxxx por cada día natural de atraso.
La misma pena se aplicará en el caso de no proporcionar la mesa de ayuda en el plazo establecido en el numeral 10 y no presentar los entregables señalados en el numeral 14, ambos numerales del Anexo 1 (Anexo Técnico), inserto en el Primer Convenio Modificatorio del Contrato Marco, por cada día natural de atraso.
En los entregables:
Si “EL PROVEEDOR” presenta los entregables mensuales posterior a los plazos establecidos en el numeral 14 “Entregables” del Anexo 1 (Anexo Técnico) inserto en el Primer Convenio Modificatorio al Contrato Marco, se aplicará una pena convencional del 2% (dos por ciento) del valor del costo mensual del arrendamiento del equipo, por cada día natural de atraso.
La determinación, aplicación y cálculo de las penas convencionales será realizada por el “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”.
Una vez que “EL PROVEEDOR” actualice alguno de los supuestos descritos con anterioridad, “LA SECRETARÍA” a través del “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”, notificará por escrito a “EL PROVEEDOR” a más tardar al día hábil siguiente a aquel en que se determinen los atrasos y el monto de la penalización.
Las penas convencionales podrán ser cubiertas por “EL PROVEEDOR” mediante el pago electrónico de derechos, productos y aprovechamientos, esquema e5cinco ante alguna de las instituciones bancarias autorizadas, acreditando dicho pago con la entrega del recibo bancario al “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”, o bien, “EL PROVEEDOR” podrá emitir un Comprobante de Egreso (CFDI de Egreso), conocido comúnmente como Nota de Crédito, por concepto de las penas convencionales que fueron determinadas previamente por el “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO
CONTRACTUAL”, en el mismo momento en el que emita el comprobante de ingreso (CFDI de ingreso) por concepto de los equipos arrendados que correspondan, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Para que “EL PROVEEDOR” pueda efectuar el pago bajo el esquema e5cinco, el
“ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL” deberá
entregar el formato hoja de ayuda correspondiente, con los datos del monto a pagar, clave de referencia “027000233” y cadena de “LA SECRETARÍA” “00075120000001”.
El monto máximo que se puede aplicar a “EL PROVEEDOR” por concepto xx xxxxx convencionales es igual al monto de la garantía de cumplimiento del instrumento contractual, es decir que no podrá exceder individual o acumulativamente el 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual sin incluir el Impuesto al Valor Agregado y para el caso de que “EL “PROVEEDOR” exceda dicho monto, “LA SECRETARÍA” podrá rescindir el instrumento contractual.
En caso de que sea rescindido el instrumento contractual, no procederá el cobro de las penas convencionales, ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
En ningún caso el pago de las penas convencionales podrá negociarse en especie.
Deductivas
Se aplicará una deductiva a “EL PROVEEDOR” por el cumplimiento parcial o deficiente en el arrendamiento. Dicha deductiva será del 2% (dos por ciento), calculado sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos establecidos en el Anexo Técnico del referido Contrato Marco por cada día natural en que persista el incumplimiento. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP.
Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que “EL PROVEEDOR” suspenda el arrendamiento par cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamiento, independientemente de que no se pagaría arredramiento por el tiempo que dure la suspensión.
Se entenderá por deficiente que los equipos sean arrendados con las características, información, datos y/o especificaciones diferentes a las requeridas en el presente ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO).
Se entenderá por parcial que los equipos arrendados sean entregados en cantidades distintas a las requeridas en el presente ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO).
Una vez que “EL PROVEEDOR” actualice alguno de los supuestos descritos con anterioridad,
“LA SECRETARÍA” a través del “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO
CONTRACTUAL”, notificará por escrito a “EL PROVEEDOR” a más tardar al día hábil siguiente a aquel en que se determinen los incumplimientos y la cuantificación de la deducción del pago.
Las deducciones al pago serán determinadas y aplicadas por el “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL”, directamente al CFDI que “EL
PROVEEDOR” presente para pago.
El monto máximo que se puede aplicar a “EL PROVEEDOR” por concepto de deducciones es igual al monto de la garantía de cumplimiento del instrumento contractual, es decir que no podrá exceder individual o acumulativamente el 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual sin considerar el impuesto al valor agregado y para el caso de que “EL PROVEEDOR” exceda dicho monto, “LA SECRETARÍA” podrá rescindir el instrumento contractual.
Independiente de la aplicación de deducciones al pago, “LA SECRETARÍA” podrá optar por rescindir administrativamente el instrumento contractual.
En ningún caso el pago de las deducciones podrá negociarse en especie.
En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por “EL PROVEEDOR” del arrendamiento, el Administrador y Verificador del instrumento contractual podrá optar por cancelar total a parcialmente el arrendamiento aplicando la pena convencional máxima a “EL PROVEEDOR”, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el instrumento contractual en términos de la Ley.
8. GARANTÍAS.
De conformidad con los artículos 48 fracción II y 49 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para garantizar el exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas que “EL PROVEEDOR” contraiga en virtud del instrumento contractual que se derive del procedimiento de contratación deberá entregar garantía a favor de la Tesorería de la Federación, a través de fianza divisible otorgada por institución de fianzas o de seguros autorizada para expedirla, equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del instrumento contractual que corresponda, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual deberá ser entregada a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a su firma.
Deberá entregarse en la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones de la Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, ubicada en Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, xxxx 00 xxxxxxx Xxxxxx X.X. 06010 Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, Teléfono 0000000000, ext. 6983 y 6930, dentro del horario de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 19:00 o bien a los correos electrónicos que se le indiquen, la garantía de mérito deberá estar vigente hasta la total aceptación de "EL ARRENDAMIENTO", conforme con lo establecido en el presente documento.
“EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la garantía mencionada, durante el plazo de "EL ARRENDAMIENTO" y hasta en tanto permanezca en vigor el instrumento contractual; en caso de que se otorgue prórroga para el cumplimiento del instrumento contractual y continuará vigente en caso en caso de que la Contratante otorgue prórroga o espera al cumplimiento del instrumento contractual.
Asimismo, la fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir las obligaciones contractuales.
Dicha garantía deberá sujetarse a las disposiciones que rigen esta materia.
En caso de recisión del instrumento contractual la aplicación de la garantía de
cumplimiento de hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
En el caso de que “LA SECRETARÍA” hiciera efectiva la fianza, se lo comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” y a la Afianzadora, obligándose a que la fianza permanezca vigente hasta que se subsanen las causas que motivaron el incumplimiento de las obligaciones a su cargo y que afecten el interés principal de esta contratación.
En caso de formalización de convenios modificatorios al instrumento contractual, “EL PROVEEDOR” deberá presentar la modificación de la garantía, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del convenio modificatorio correspondiente.
Una vez cumplidas todas y cada una de las obligaciones que se deriven del instrumento contractual que corresponda por parte de “EL PROVEEDOR” a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA”, el “ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL
INSTRUMENTO CONTRACTUAL” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que “EL PROVEEDOR” dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento a que se refiere el presente numeral, de conformidad con lo establecido en el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En atención a la naturaleza de "EL ARRENDAMIENTO" , “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a favor de “LA SECRETARÍA”, una póliza de seguros de responsabilidad civil general que garantice los daños que puedan causarse a “LA SECRETARÍA” y/o a terceros en sus bienes o personas por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo total del instrumento contractual que se formalice, antes del Impuesto al Valor Agregado, por evento o por el total resarcimiento del daño a “LA SECRETARÍA”, su personal y/o terceros.
Dicho seguro deberá ser expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional y deberá cubrir el plazo de "EL ARRENDAMIENTO". En caso de que a la fecha de notificación de fallo “EL PROVEEDOR” cuente con un seguro de responsabilidad civil vigente y expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, deberá estipular a “LA SECRETARÍA” como beneficiaria preferente de dicha póliza en los términos del párrafo anterior.
La póliza de responsabilidad civil deberá ser entregada al Administrador y Verificador del instrumento contractual dentro de los 10 (diez) días hábiles contados a partir de la firma del instrumento contractual que resulte del presente procedimiento. En el supuesto que no presente la póliza referida dentro del plazo citado, “LA SECRETARÍA”, podrá iniciar el procedimiento de rescisión del instrumento contractual que sea formalizado.
Si ante cualquier evento o siniestro, esta cobertura resulta insuficiente, los gastos
que queden sin cubrir serán por cuenta directamente de “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la póliza de seguro de responsabilidad civil mencionada, en tanto permanezca en vigor el instrumento contractual que sea formalizado y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. En la inteligencia de que dicha fianza sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA SECRETARÍA”.
En caso de formalización de convenios modificatorios, “EL PROVEEDOR” deberá presentar la modificación de la póliza, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firma del convenio de modificación antes citado.
Una vez ocurrido el evento y se dictamine la responsabilidad, “EL PROVEEDOR” tendrá un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, para realizar los pagos de los daños directamente a “LA SECRETARÍA” y/o terceros implicados; o iniciar las gestiones correspondientes ante la aseguradora que corresponda, para que haga los pagos inmediatamente a “LA SECRETARÍA” y/o a los terceros implicados.
“EL PROVEEDOR” liberará a “LA SECRETARÍA” de cualquier reclamación o acción judicial derivada de daños y perjuicios que pudiesen ocasionar a terceras personas y/o a sus bienes, con los vehículos, herramientas complementarias y/o por las maniobras de carga y descarga de los bienes que traslade durante el desarrollo de "EL ARRENDAMIENTO", por lo que se obligará a responder por cuenta propia de tales eventos frente a los terceros afectados.
9. REQUERIMIENTOS DEL EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN
Los equipos ofertados por "EL PROVEEDOR", por partida deberán ser nuevos y deberán cumplir con las características técnicas, solicitadas en el Anexo Técnico del Contrato Marco y su Primer Convenio Modificatorio
"EL PROVEEDOR" deberá contar con una mesa de ayuda para el levantamiento de reportes xx xxxxxx de los equipos arrendados.
"EL PROVEEDOR" deberá presentar como parte de su propuesta técnica la siguiente documentación:
• Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar detallando marca y modelo de los equipos propuestos y que certifique la configuración de los equipos propuestos para cada una de las partidas descritas en el presente documento.
• Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar en donde designe a "EL PROVEEDOR" como distribuidor autorizado y certificado de los equipos propuestos.
• Carta original, en papel membretado y vigente, firmada por el fabricante de los equipos a ofertar en donde manifieste que "EL PROVEEDOR" cuenta con
personal certificado por el fabricante para la instalación, configuración y puesta a punto de los equipos propuestos.
• Carta original del fabricante en la que se manifieste que cuentan con la infraestructura técnica y de servicio y que garantiza la existencia de refacciones para el mantenimiento de los bienes objeto del arrendamiento, durante la vigencia del instrumento contractual de arrendamiento.
• Carta original del fabricante en la que se manifieste que los equipos objeto del arrendamiento, no tendrán un anuncio de fin de vida ni anuncio de fin de mantenimiento durante la vigencia del instrumento contractual de arrendamiento.
• "EL PROVEEDOR" deberá presentar dentro de su propuesta técnica los documentos con los que se acredite el cumplimiento de las normas y certificaciones requeridas en el Anexo Técnico del Contrato Xxxxx y su Primer Convenio Modificatorio, en la ficha técnica deberá identificar cada una de las características técnicas solicitadas para los equipos descritos en las diferentes partidas. Los catálogos o folletos deberán estar impresos en idioma español; de no ser así, se deberá acompañar a estos con una traducción al español. En caso de alguna referencia solicitada no se refleje en la ficha técnica del equipo, pero si esté soportado por el fabricante, "LA SECRETARÍA" aceptará una carta del fabricante mencionando el soporte de la funcionalidad solicitada.
• Carta original, en papel membretado y firmada por "EL PROVEEDOR" en la que manifieste que los equipos que oferta en arrendamiento son nuevos, no armados, no re-manufacturados y de fabricación reciente (máximo dos años).
10. ADMINISTRADOR DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL.
Nombre y cargo del servidor público quien administrará y verificará el instrumento contractual: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Director General de Tecnologías de Información e Innovación.
Conforme al penúltimo párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el C. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Director General de Tecnologías de Información e Innovación de “LA SECRETARÍA”, o quien lo supla o sustituya en el cargo, o funciones será el responsable de administrar el instrumento contractual.
Servidor público designado por el Administrador y Verificador del instrumento contractual para recibir los bienes o los servicios, quien será el responsable de su aceptación a satisfacción, su devolución o rechazo y de determinar los incumplimientos en el caso de los servicios, así como de hacer cumplir los plazos indicados en el presente documento: Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Director de Infraestructura y Comunicaciones en la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación.
Con fundamento en el artículo 84, último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el numeral Cuarto fracciones III y V del Artículo Quinto de los Lineamientos para promover la agilización
de pago a proveedores, “EL ARRENDAMIENTO” será recibido por el Supervisor del instrumento contractual, el Director de Infraestructura y Comunicaciones de la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, o quien lo supla o sustituya en el cargo o funciones.
EI Administrador y Verificador del instrumento contractual a través del Supervisor del instrumento contractual, será el responsable de calcular y notificar a “EL PROVEEDOR”, las penas convencionales y las deductivas que se hubieran determinado. Para la recepción de “EL ARRENDAMIENTO” el Supervisor del instrumento contractual verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas para el otorgamiento de "EL ARRENDAMIENTO", de conformidad con lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 84 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La Secretaría de Relaciones Exteriores se apegará a las especificaciones y características técnicas previstas en el Contrato Marco relativo al “Arrendamiento de equipo para red LAN y WLAN”, su Primer Convenio Modificatorio de fecha 09 de noviembre de 2021, así como los anexos correspondientes a dichos instrumentos.
APÉNDICE 1 (UBICACIONES Y CANTIDADES)
Se proporcionará "EL ARRENDAMIENTO" en las diferentes oficinas de “LA SECRETARÍA”.
En caso de que “LA SECRETARÍA” realice apertura, cambio de domicilio o cierre de oficinas, así como incrementos o reducciones en "EL ARRENDAMIENTO", se le notificará a “EL PROVEEDOR” con anticipación, con el fin de que realice los ajustes necesarios en la prestación de "EL ARRENDAMIENTO".
1. PARTIDA 2 CONMUTADOR O SWITCH CORE TIPO 2
PARTIDA 2 CONMUTADOR O SWITCH CORE TIPO 2 | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | SWITCH DE CORE | CANTIDAD |
1 | EDIFICIO TRIANGULAR | XXXXXXX XXXXXX XXXXX No. 2 COL. GUERRERO DEMARCACIÓN TERRITORIAL. XXXXXXXXXX C.P. 06300 MÉXICO CDMX | Tipo 2 | 2 |
2 | EDIFICIO TLATELOLCO | XXXXX XXXXXX #00, XXXX 00, XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX. XXXXXXXXXX, C.P. 06010, MÉXICO, CDMX | Tipo 2 | 2 |
2. PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y
PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2.
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
1 | EDIFICIO TRIANGULAR | XXXXXXX XXXXXX XXXXX No. 2 COL. GUERRERO DEMARCACIÓN TERRITORIAL. XXXXXXXXXX C.P. 06300 MÉXICO CDMX. | 11 | 6 |
2 | EDIFICIO TLATELOLCO | XXXXX XXXXXX #00, XXXX 00, XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX. XXXXXXXXXX, C.P. 06010, MÉXICO, CDMX. | 67 | 12 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
3 | INSTITUTO XXXXXX XXXXXX | REPÚBLICA XXX XXXXXXXX 43 Y 47 ENTRE XXXXXX LA CATÓLICA Y BOLÍVAR COL. CENTRO. DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXXXXX. C.P. 06080 MÉXICO, CDMX. | 2 | 2 |
4 | EX COLEGIO DE LA SANTA XXXX DE TLATELOLCO | PLAZA DE LAS TRES CULTURAS. AV. XXXXXXX XXXXXX XXXXX NO. 1, COL. GUERRERO, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXXXXX, C.P. 06995, CDMX | 0 | 3 |
5 | SUBDIRECCIÓN DE ARCHIVO, OFICINA DE PASAPORTES (ALMACÉN GENERAL) | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX NO.196 COL. TRÁNSITO C.P.06820 DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXXXXX CDMX | 1 | 0 |
6 | ESCUELA PRIMARIA | XXXXX XXX XX.000 XXX. XXXXXXXX, X.X. 06300, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXXXXX, CDMX | 0 | 2 |
7 | PONIENTE | XXXXXXX XXXXXX XXXXX # 70, CENTRO COMERCIAL SAMARA SHOPS, PRIMER NIVEL, COLONIA ZEDEC SANTA FÉ, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01219, CIUDAD DE MÉXICO | 2 | 0 |
8 | COYOACÁN | CENTRO COMERCIAL "PUNTO MAQ" LOCAL S2- 021 XXXXXX XXXXX XX XXXXXXX NO. 1144, COL. PARQUE SAN XXXXXX, ALCALDÍA COYOACÁN, | 1 | 0 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
C.P. 04010, CIUDAD DE MÉXICO | ||||
9 | XXXXXXX X XXXXXX | XXXX. XXXXXXX XXXXXXX Y 5 DE FEBRERO, (EDIFICIO ANEXO DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXX X. XXXXXX) C.P. 07050, CIUDAD DE MÉXICO. | 0 | 1 |
10 | IZTACALCO | AV. RÍO CHURUBUSCO Y CALLE THE S/N, COL. XXXXXXX XXXXX XXXXXX DEMARCACIÓN TERRITORIAL IZTACALCO C.P. 08000 MÉXICO, CDMX | 1 | 0 |
11 | IZTAPALAPA | CONJUNTO DELEGACIONAL DE LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL POLÍTICA IZTAPALAPA FRENTE AL JARDÍN CUITLÁHUAC, XXXXXX Xx. 00 ESQ. AYUNTAMIENTO, COL. BARRIO SAN XXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL IZTAPALAPA, C.P. 09000, CIUDAD DE MÉXICO. | 1 | 0 |
12 | XXXXXX XXXXXXX | XXXXXX XXXX Xx.00 XXXXXXX XXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, XXXXXXX XXXXXXXXXXXX, X.X. 11860 EN MÉXICO CDMX. | 0 | 1 |
13 | XXXXXX XXXXXXX XX | CENTRO COMERCIAL "GALERÍAS PLAZA DE LAS ESTRELLAS" LOCAL S-2 AV. XXXXXXX XXXXXX NÚMERO 193, COL. XXXXXXXX XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX | 1 | 0 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
HIDALGO, C.P. 11300, MÉXICO, CDMX. | ||||
14 | NAUCALPAN | AV. MEXICAS Nº 63, COL. SANTA XXXX XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL NAUCALPAN, MEX. C.P. 53150 CENTRO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS | 1 | 0 |
15 | TLALPAN | INSURGENTES SUR S/N, CASI ESQUINA PERIFÉRICO COL. VILLA OLÍMPICA, C.P. 14020 MÉXICO, DEMARCACIÓN TERRITORIAL TLALPAN CDMX, DEPORTIVO VILLA OLÍMPICA | 1 | 0 |
16 | AGUASCALIENTES | CENTRO COMERCIAL EL DORADO XXXXXXX XXX XXXXXXXX XX. 1701 P.B. FRACCIONAMIENTO SANTA XXXXX 2DA SECCIÓN C.P. 20238. AGUASCALIENTES, AGS. | 1 | 0 |
17 | MEXICALI | XXXXX XXXXXX 000, XXXXX 00 X 00, XXXXXXX 00 XX XX XXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX, X. X., X.X. 21000. | 1 | 0 |
18 | BAJA CALIFORNIA SUR | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX #0000 XXXXXXX XXXXX XXXXXX, XXX. PUEBLO NUEVO, C.P. 23060, LA PAZ, B.C.S. | 1 | 0 |
19 | CAMPECHE | EDIFICO XXX XXXXXXX FEDERAL, AV. 00 XX XXXXXXXXXX X/X XXXXXX XXXX XXXXX 0 XXXXXXX XXXXXX, X.X 00000 XXX | 0 | 0 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
XXXXXXXXX DE CAMPECHE CAMPECHE. | ||||
20 | CD. JUÁREZ | EDIFICIO “XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX. XXXXXXXX” UBICADO EN EJE VIAL XXXX XXXXXXX Y ASERRADEROS, SECTOR CENTRAL DE CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA, COLONIA XXXXXXX XXXXXX, C.P. 32600 | 1 | 0 |
21 | CHIAPAS | TORRE CHIAPAS XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XX. 1090. PRIMER NIVEL COL. PASO LIMÓN, C.P. 29045 TUXTLA XXXXXXXXX, CHIAPAS MÉXICO. | 0 | 1 |
00 | XXXXXXXXX | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XX. 905, COL. SAN XXXXXX EL REAL ENTRE AV. UNIVERSIDAD Y CALLE XXXXX XX XXXXXX, C.P. 31203, CHIHUAHUA, CHIHUAHUA. | 1 | 0 |
23 | XXXXXXXX | XXXXXXXXX XXX XXXXXXX Xx.00 LOCALES 17, 18, 19 Y ANEXO, COL. XXXXXXX SAN XXXXXX, TORREÓN, COAHUILA (DENTRO DEL INMUEBLE DENOMINADO PLAZA INDEPENDENCIA) C.P. 27016. | 1 | 0 |
24 | COLIMA | PLAZA LA PAZ, XXXXXXX XX XX XXX Xx. 00, XXXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, C.P. 28017 COLIMA, COLIMA. | 1 | 1 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
25 | DURANGO | CENTRO COMERCIAL "PASEO DURANGO BOULEVARD XXXXXX XXXXXXXX NÚM. 1401, LOCAL A05, COL. XXXXXXXXX, C.P. 00000, XXXXXXX, XXXXXXX | 0 | 0 |
00 | XXXXXX XX XXXXXX | XX. XXXXX XXXXXXXX, Xx. 0000, XXX. 27, (PLAZA COMERCIAL "LA XXXXXXX") COL. SANTA XXXXX XXXXXXXXXX, C.P. 50245, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO. | 1 | 0 |
27 | GUANAJUATO | PLAZA GALERÍA "LAS XXXXXX"-XXXXXXXXX XXXX XXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX Xx.0000, XXX. SAN XXXX XXX XXXXXXXX, C.P. 37200, LEÓN, GTO. | 1 | 0 |
28 | GUERRERO | CENTRO DE CONGRESOS COPACABANA, AV. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Xx.00 XXXXX X-00 0xx. NIVEL, FRACC. CLUB DEPORTIVO, C.P. 39690, ACAPULCO DE JUÁREZ, GRO. | 1 | 0 |
29 | HIDALGO | CENTRO COMERCIAL DENOMINADO “VÍA DORADA”, CON DOMICILIO EN AV. FERROCARRIL CENTRAL 121, LOCAL 5, NIVEL MOTOR LOBBY, FRACCIONAMIENTO ZONA PLATEADA, C.P. 00000, XXXXXXX XXXXXXX | 0 | 0 |
00 | XXXXXXX | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, XX. PATRIA S/N, LOCAL A6, ZONA A, | 2 | 1 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
COL. XXXXXXXXXX, C.P. 45160. | ||||
00 | XXXXXXXXX | XX. XXXXXX XXXXXXXX NO. 2998 PLAZA NUEVA ESPAÑA LOCAL 8 Y 20 ENTRE CALLES: XXXXXX XX XXXXXX Y XXXXXXX DE CHAPULTEPEC COL. CHAPULTEPEC SUR MORELIA, MICH. CP: 58260. | 0 | 0 |
00 | XXXXXXX | XXX. PLAN XX XXXXX NO. 000 XXXXX XXX XXXXX XXXXXXX 00 X 00, XXXXXXX XXXXXXXXXXX, X.X. 00000 XXXXXXXXXX, XXXXXXX | 0 | 0 |
00 | XXXXXXX | XX. INSURGENTES No. 1121 ORIENTE, COL. LOS LLANITOS, C.P. 63170, TEPIC, NAYARIT. | 1 | 0 |
34 | NUEVO LÉON | XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XX.000, XXX. LA FE, C.P. 00000, XXX XXXXXXX XX XXX XXXXX, XXXXX XXXX | 0 | 0 |
00 | XXXXXX | XXXXX XXXXXX Xx. 000, XXX. REFORMA, C.P. 68050 CIUDAD DE OAXACA, OAXACA DE JUÁREZ. | 1 | 0 |
36 | PUEBLA | PRIMER NIVEL DEL CENTRO COMERCIAL DENOMINADO “PASEO SAN XXXXXXXXX”, CON DOMICILIO EN XXXXX XXXXXX XX XXXXXX XX. 1006, C.P. 72000, COL. BARRIO EL ALTO, EN PUEBLA, PUEBLA. | 1 | 0 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
37 | QUERÉTARO | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX #000 XXX. CARRETAS DE SANTIAGO DE QUERÉTARO C.P. 76050 | 1 | 0 |
00 | XXXXXXXX XXX | XX. XXXXX No. 8, SÚPERMANZANA 5 ENTRE HUACHINANGO Y PARGO PLAZA CENTRO LOCALES DEL 209 AL 214, C.P. 00000 XXXXXX, XXXXXXXX XXX | 0 | 0 |
00 | SAN XXXX POTOSÍ | XXXXX XXX XXXXX Xx. 000 x 000, XXXXXXX XXXXX XXX XXXXXXX, X.X. 78210, SAN XXXX POTOSÍ. | 1 | 0 |
40 | CULIACÁN | PLANTA BAJA Y MEZZANINE, TORRE TRES AFLUENCIAS UBICADO EN XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Xx. 1780 PONIENTE, DESARROLLO URBANO TRES XXXX, C.P. 80020. | 1 | 0 |
41 | SONORA | RÍO SONORA Y COMONFORT, EDIFICIO HERMOSILLO, P.B. DEL CENTRO DE GOBIERNO EN HERMOSILLO ESTADO DE SONORA. | 1 | 0 |
42 | TABASCO | XXXXX XXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXX 000, XXXXX 00 (PLAZA STRADA) COL. PRIMERO XX XXXX C.P. 86190, VILLAHERMOSA, TABASCO | 1 | 0 |
00 | XXXXXXXXXX | XX. 5 XX XXXX, ESQ. HIDALGO, No. 112, C.P. 87000 ZONA CENTRO, CD. VICTORIA, TAMAULIPAS. | 1 | 0 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
44 | TAPACHULA | TAPACHULA, CHIS. 3ª SUR No.45 "A", ENTRE 6ª Y 8ª ORIENTE, C.P. 30700 TAPACHULA, CHIAPAS. | 0 | 1 |
00 | XXXXXXX | XX. XXXXX XX XXX XXXXXX 0000, 0xx. PISO CENTRO COMERCIAL PAVILION, PLAZA TIJUANA, ESQ. AV. GRAL. X. XXXXXXX XX XXXX, ZONA CENTRO C.P. 22010 TIJUANA, BAJA CALIFORNIA. | 1 | 1 |
46 | TLAXCALA | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Xx 000-0, XXX XXXXX 0-0, XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXX, XXX. CENTRO, APIZACO, TLAXCALA, C.P. 90300. | 1 | 0 |
47 | VERACRUZ | BOULEVARD XXXXXXXXX XXXXX NÚM. 5, FRACCTO. AMPLIACIÓN JARDINES DE LAS ÁNIMAS, SECCIÓN TORRE ÁNIMAS, XALAPA, VERACRUZ, C.P. 91190. | 1 | 0 |
48 | YUCATÁN | CENTRO COMERCIAL “THE HARBOR MÉRIDA” XXXXX 00, XX. PROLONGACIÓN XXXXX XX XXXXXXX, Xx. INTERIOR 1X3, LOTE VM02,COL. VÍA XXXXXXX, C.P. 97204, MÉRIDA, YUCATÁN. | 1 | 0 |
00 | XXXXXXXXX | XX. XXXXXX Xx. 0, XXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, X.X. 98618. | 1 | 0 |
50 | COMISIONES INTERNACIONALES DE LÍMITES Y AGUAS ENTRE MÉXICO- | BOULEVARD XXXXXXXXX XXXXXXXXX 1670, FRACC. COLONIAL JARDÍN LOTES 8 Y 9 TUXTLA GTZ. | 0 | 1 |
PARTIDA 7 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CAPA 2 Y PARTIDA 8 CONMUTADOR O SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CAPA 2. | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 7 SWITCH DE ACCESO 48 PUERTOS XxX CANTIDAD | PARTIDA 8 SWITCH DE ACCESO 24 PUERTOS XxX CANTIDAD |
GUATEMALA Y MÉXICO-BELICE (CILA Sur) | CHIAPAS, MÉXICO CP. 29050. | |||
51 | AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO | LOCAL CF-4, UBICADO EN EL CORREDOR FINANCIERO DE LA TERMINAL 1 EN EL ÁREA DE MEZZANINE ENTRE LAS PUERTAS 4 Y 5. | 0 | 1 |
52 | AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO T1- PROTOCOLO | ÁREA DE PROTOCOLO DE LA CANCILLERÍA | 0 | 1 |
53 | AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO T2- PROTOCOLO | ÁREA DE PROTOCOLO DE LA CANCILLERÍA | 0 | 1 |
54 | DGTIEV | CALZ LEGARIA 662, XXXXX HERMOSA, XXXXXX XXXXXXX, C.P. 00000, XXXXXX XX XXXXXX, XXXX | 0 | 1 |
3. PARTIDA 11 PUNTO DE ACCESO PARA INTERIORES TIPO 1 Y PARTIDA 12 PUNTO DE ACCESO PARA INTERIORES TIPO 2
PARTIDA 11 PUNTO DE ACCESO PARA INTERIORES TIPO 1 Y PARTIDA 12 PUNTO DE ACCESO PARA INTERIORES TIPO 2 | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | PARTIDA 11 Tipo 1 CANTIDAD | PARTIDA 12 Tipo 2 CANTIDAD |
1 | EDIFICIO TRIANGULAR | XXXXXXX XXXXXX XXXXX No. 2 COL. GUERRERO DEMARCACIÓN TERRITORIAL. XXXXXXXXXX C.P. 06300 MÉXICO CDMX | 29 | 0 |
2 | EDIFICIO TLATELOLCO | XXXXX XXXXXX #00, XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX. XXXXXXXXXX, C.P. 06010, MÉXICO, CDMX | 104 | 5 |
3 | INSTITUTO XXXXXX XXXXXX | REPÚBLICA XXX XXXXXXXX 43 Y 47 ENTRE XXXXXX LA CATÓLICA Y BOLÍVAR COL. CENTRO. DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXXXXX. C.P. 06080 MÉXICO, CDMX. | 10 | 0 |
4 | EX COLEGIO DE LA SANTA XXXX DE TLATELOLCO | PLAZA DE LAS TRES CULTURAS. AV. XXXXXXX XXXXXX XXXXX NO. 1, COL. GUERRERO, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXXXXXX, C.P. 06995, CDMX | 3 | 0 |
5 | AEROPUERTO INTERNACION AL DE LA CIUDAD DE MÉXICO T1 - PROTOCOLO | ÁREA DE PROTOCOLO DE LA CANCILLERÍA | 2 | 0 |
6 | AEROPUERTO INTERNACION AL DE LA CIUDAD DE MÉXICO T2 - PROTOCOLO | ÁREA DE PROTOCOLO DE LA CANCILLERÍA | 3 | 0 |
4. PARTIDA 16 CONTROLADORA PARA PUNTO DE ACCESO TIPO 2
PARTIDA 16 CONTROLADORA PARA PUNTO DE ACCESO TIPO 2 | ||||
# | DESCRIPCIÓN | DOMICILIO | TIPO | CANTIDAD |
1 | EDIFICIO TRIANGULAR | XXXXXXX XXXXXX XXXXX No. 2 COL. GUERRERO DEMARCACIÓN TERRITORIAL. XXXXXXXXXX C.P. 06300 MÉXICO CDMX | 2 | 1 |
2 | EDIFICIO TLATELOLCO | XXXXX XXXXXX #00, XXXX 00, XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX. XXXXXXXXXX, C.P. 06010, MÉXICO, CDMX | 2 | 1 |
La Secretaría de Relaciones Exteriores se apegará a las especificaciones y características técnicas previstas en el Contrato Marco relativo al “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, de fecha 11 de septiembre de 2020 y su Primer Convenio Modificatorio de fecha 09 de noviembre de 2021, así como los anexos correspondientes a dichos instrumentos.
Por lo cual, los licitantes deberán considerar dentro de su Propuesta Técnica los requisitos y especificaciones Técnicas establecidas en los Anexo Técnicos del Contrato Marco y su Primer Convenio Modificatorio, los cuales se adjuntan al presente para su pronta referencia y formaran parte integral del ANEXO UNO (ANEXO TÉCNICO) de la presente Convocatoria.
cnico_Arrendamient xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/XX/00000000_Xxxxx_Xxxxxxx_Xxxxxxxxxxxxx_xxxxxx_Xxx_XXX-XXXX.xxx
20211112_Anexo_1_ AT_mod_arrendamie
xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/XX/00000000_Xxxxx_0_XX_xxx_xxxxxxxxxxxxx_XXX_XXXX_XXX00XXX_xx0xxx.xxx
ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE) LUGAR Y FECHA
NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
Yo, (Nombre del Representante Legal) manifiesto; que los precios unitarios ofertados, han sido debidamente verificados y cuento con las facultades suficientes para comprometerme por sí o a nombre y representación de: (Nombre, denominación o razón social del Licitante); para el “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, correspondiente a la Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022, así como a dar cumplimiento a cada uno de los requerimientos del presente ANEXO DOS (PROPUESTA ECONÓMICA).
PARTIDA ÚNICA: “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”.
Copia de ARRENDAMIENTO D
Nota:
En el archivo Excel adjunto el licitante deberá expresar sus precios unitarios sin I.V.A. ofertados.
El archivo Excel adjunto deberá presentarse en hoja membretada del licitante, firmado autógrafamente por el representante legal.
Se deberá señalar el Subtotal mensual sin I.V.A. en moneda nacional. La cotización deberá presentarse a dos decimales.
Se deberá señalar Subtotal mensual sin I.V.A. con letra.
La vigencia de la cotización deberá ser indicada en el documento. Los precios permanecerán fijos durante la vigencia del Contrato.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO TRES (MODELO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL ESPECÍFICO)
CONTRATO (ABIERTO O CERRADO) PARA EL ARRENDAMIENTO DE (DESCRIPCIÓN O CATEGORIA), QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES), EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE BIENES INMUEBLES Y RECURSOS MATERIALES; ASIMISMO, PARTICIPA EN LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, (NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO Y CARGO), EN SU CALIDAD DE TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE Y ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL CONTRATO, EN ADELANTE “LA SECRETARÍA” Y POR LA OTRA PARTE, LA EMPRESA DENOMINADA (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O RAZÓN SOCIAL DE LA MORAL, EN LO SUCESIVO “EL ARRENDADOR” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EN SU CASO EL CARÁCTER DEL REPRESENTANTE), A QUIENES EN EL CURSO DEL PRESENTE CONTRATO SE LES DENOMINARÁ COMO “LA SECRETARÍA” Y “EL ARRENDADOR”, RESPECTIVAMENTE, Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. “LA SECRETARÍA” declara que:
I.1. En términos de los artículos 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada y cuenta con las atribuciones que se enlistan en el artículo 28 de la misma.
I.2. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE “LA SECRETARÍA”), en su carácter de Director General de Xxxxxx Xxxxxxxxx y Recursos Materiales, con R.F.C. , está facultado para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48, fracciones I, V, VI, y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
I.3. (NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO Y CARGO QUE FUNGIRA COMO ADMINISTRADOR Y VERIFICADOR DEL CONTRATO), participa en la suscripción del presente contrato, en su carácter de Titular del Área requirente y Administrador y verificador del contrato, quien se encuentra facultado en términos de lo dispuesto por los artículos del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en relación con lo establecido en los artículos 2, fracción II y 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
I.4. La presente contratación se realizó mediante el procedimiento de (TIPO DE PROCEDIMIENTO), efectuada al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; (FUNDAMENTO) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y (ARTÍCULOS) de su Reglamento.
I.5. Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, “LA SECRETARÍA”, manifiesta contar con disponibilidad presupuestaria en las partidas (SEÑALAR NÚMERO XX XXXXXXX PRESUPUESTAL) para ejecutar el servicio objeto del presente contrato, tal y como consta en la Certificación de Disponibilidad Presupuestaria número DGPOP:
de fecha _ , emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de “LA SECRETARÍA”, en cumplimiento a
los artículos 23 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Si el contrato es Plurianual, mostrar el siguiente Texto:
En caso de que se trate de un contrato plurianual, se deberá consignar el oficio de autorización de la SHCP en términos del artículo 50 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
I.6. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes número SRE850101BT4.
I.7. Para efectos del presente contrato señala como su domicilio el siguiente: Xxxxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 06010, Ciudad de México.
(En caso de que se aplique reducción de garantía de cumplimiento)
I.8 De la revisión al historial de cumplimiento favorable de “EL ARRENDADOR” en el Registro Único de Proveedores, del cual se advierte que cuenta con puntos (el puntaje mínimo debe ser de 80 puntos), con base en el historial en materia de contrataciones y su cumplimiento de los últimos cinco años, esta “LA SECRETARÍA” considera que (establecer los motivos por los cuales resulta procedente la reducción del monto de la garantía), es procedente efectuar la reducción del monto de la garantía por un porcentaje de %.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta por varias personas, las declaraciones se deberán formular por cada uno de ellos (artículo 44 del Reglamento de la LAASSP).
Si es persona Física, mostrar los dos párrafos siguientes:
II. “EL ARRENDADOR” declara que:
II.1 Es una persona (FÍSICA), de nacionalidad lo que acredita con el acta de
nacimiento (en el caso de personas extranjeras describir el
documento) , expedida por .
Si es persona Moral, mostrar los dos párrafos siguientes:
II. “EL ARRENDADOR” declara que:
II.1. Es una persona (MORAL) legalmente constituida de conformidad con las leyes mexicanas, tal y como lo acredita con la escritura pública número de fecha
, otorgada ante la fe del Licenciado , Notario Público número
del , e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del , en el folio mercantil número , el
, denominada (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL), dentro de su objeto social se encuentra, entre otros, (OBJETO SOCIAL).
II.2. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de , cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente contrato, personalidad que
acredita con la escritura pública número de fecha , otorgada ante la fe del Licenciado _, Notario Público número del , quien bajo protesta de decir verdad manifiesta que a la fecha de suscripción del presente contrato, dichos poderes no le han sido revocados ni modificados en forma alguna.
Su Apoderado Legal se identifica con , expedida a su favor por
.
II.3. Reúne las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, y cuenta con la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes número (RFC DEL PROVEEDOR).
II.5. Ha presentado en tiempo y forma la opinión positiva sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria en los términos de la Regla 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2021.
Ha presentado en tiempo y forma la opinión positiva sobre el Cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social, emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en términos del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015; reformado mediante ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a la autorización para modificar la Primera de las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social de fecha 25 xx xxxxx de 2015 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 xx xxxxx del mismo año, y su más reciente reforma mediante el ACUERDO ACDO.AS1.HCT.260220/64.P.DIR, publicado en el mismo medio oficial de difusión el día 30 xx xxxxx de 2020.
Ha presentado en tiempo y forma la Constancia de Situación Fiscal sin adeudo sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales emitida, por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en términos del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017.
II.6. Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1. Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen las facultades y capacidades, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL ARRENDADOR” proporcionará a “LA SECRETARÍA” los (DESCRIPCIÓN DEL BIEN
ARRENDADO)”, en los términos y condiciones establecidos en este contrato y sus anexos
(NUMERAL Y DESCRIBIR LOS ANEXOS) que forman parte integrante del mismo.
Los Anexos que forman parte integrante del presente contrato, se enuncian a continuación:
I. Anexo Uno.- .
II. Anexo Dos.- Propuesta Técnica de “EL ARRENDADOR”.
III. Anexo Tres.- Propuesta Económica de “EL ARRENDADOR”.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO.
TRATÁNDOSE DE CONTRATO CERRADO, MOSTRAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
“LA SECRETARÍA” pagará a “EL ARRENDADOR” como contraprestación por los servicios objeto de este contrato, la cantidad de $(MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN IMPUESTOS) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) que asciende a ($Impuestos), que hace un total de (MONTO TOTAL con impuestos)
EN CASO DE SER XXXXXXXXXX, MOSTRAR LA TABLA Y LOS DOS PÁRRAFOS SIGUIENTES
“LA SECRETARÍA” conviene con “EL ARRENDADOR” que el monto total de los servicios es por la cantidad de $(MONTO TOTAL DEL CONTRATO SIN IMPUESTOS) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) que asciende a ($Impuestos), lo que hace un total de (MONTO TOTAL con impuestos) importe que se cubrirá en cada uno de los ejercicios fiscales, de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicio Fiscal | Monto | Monto |
(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) | (MONTO TOTAL DEL CONTRATO sin impuestos | (MONTO TOTAL con impuestos) |
Se agregarán tantos se hayan programado | ||
TOTAL: |
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante los ejercicios fiscales de (COLOCAR EJERCICIO FISCAL) quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria, con que cuente “LA SECRETARÍA”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
Los montos y precios se podrán indicar en moneda extranjera, cuando así se haya determinado en la convocatoria, invitación, o solicitud de cotización, de conformidad con el artículo 45, fracción XIII de la LAASSP.
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es(son):
(COLOCAR TABLA PRECIO UNITARIO)
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (Tipo Moneda) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de, (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL ARRENDADOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
En caso de que se haya previsto variación de precios, y se cuente con una fórmula o mecanismo de ajuste se considerará la siguiente redacción:
El precio unitario será considerado en moneda nacional, y podrá ser modificado conforme a la siguiente: (establecer la fórmula o mecanismo de ajuste publicada en la convocatoria, invitación o solicitud de cotización).
EN CASO DE SER ABIERTO MOSTRAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
“LA SECRETARÍA” pagará a “EL ARRENDADOR” como contraprestación por el arrendamiento objeto de este contrato, la cantidad mínima de (MONTO MÍNIMO TOTAL DEL CONTRATO) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) por $ (Indicar la cantidad en letra) y un monto máximo de (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO), más el I.V.A. que asciende a $ (Indicar la cantidad en letra).
EN CASO DE SER PLURIANUAL ABIERTO, MOSTRAR LA TABLA Y LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES.
“LA SECRETARÍA” conviene con “EL ARRENDADOR” que el monto mínimo de los servicios para los ejercicios fiscales de (COLOCAR EJERCICIO FISCAL) es por la cantidad de (MONTO MÍNIMO TOTAL) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) que asciende a $ (Indicar la cantidad en letra).
Asimismo, que el monto máximo de los servicios para los ejercicios fiscales de (COLOCAR EJERCICIO) es por la cantidad de (MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO), más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) que asciende a $ (Indicar la cantidad en letra). Importe mínimos y máximos a pagar en cada ejercicio fiscal de acuerdo a lo siguiente:
Ejercicio Fiscal | Monto | Monto |
(COLOCAR EJERCICIO FISCAL) | (MONTO MÍNIMO ANUAL sin impuestos) | (MONTO MÁXIMO ANUAL sin impuestos) |
Se agregarán tantos se hayan programado | ||
TOTAL: |
Las partes convienen expresamente que las obligaciones de este contrato, cuyo cumplimiento se encuentra previsto realizar durante los ejercicios fiscales de (COLOCAR EJERCICIO FISCAL) quedarán sujetas para fines de su ejecución y pago a la disponibilidad presupuestaria, con que cuente “LA SECRETARÍA”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que para el ejercicio fiscal correspondiente apruebe la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad para alguna de las partes.
Los montos y precios se podrán indicar en moneda extranjera, cuando así se haya determinado en la convocatoria, invitación, o solicitud de cotización, de conformidad con el artículo 45, fracción XIII de la LAASSP.
Indicar el(los) precio(s) unitario(s):
El(los) precio(s) unitario(s) del presente contrato, expresado(s) en moneda nacional es (son):
COLOCAR TABLA DE PRECIOS UNITARIOS
El precio unitario es considerado fijo y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo todos los conceptos y costos involucrados en la prestación del servicio de, (OBJETO DEL CONTRATO SELECCIONADO), por lo que “EL ARRENDADOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
En caso que se haya previsto variación de precios, y se cuente con una fórmula o mecanismo de ajuste se considerará la siguiente redacción y se eliminará el párrafo anterior:
El precio unitario será considerado en moneda nacional, y podrá ser modificado conforme a la siguiente: (establecer la fórmula o mecanismo de ajuste publicada en la convocatoria, invitación o solicitud de cotización).
TERCERA. ANTICIPO.
Sólo en caso de que No se otorgue anticipo, mostrar el siguiente texto
Para el presente contrato “LA SECRETARÍA” no otorgará anticipo a “EL ARRENDADOR” Sólo en caso de que se otorgue anticipo, mostrar lo siguiente
Se otorgarán a “EL PRESTADOR DE SERVICIO” los siguientes anticipos, con la previa autorización del (SERVIDOR PUBLICO CON FACTULTADES PARA AUTORIZAR ANTICIPO) de
conformidad con el numeral de las Políticas Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Dependencia o Entidad .
ANTICIPO (PORCENTAJE DEL MONTO TOAL) | FECHA A OTORGAR ANTICIPO |
(COLOCAR EL % DE ANTICIPO) | (FECHA EN QUE SE PAGARÁ ANTICIPO) |
Se agregarán tantos se hayan programado |
Asimismo, se estipula que la amortización de los anticipos se llevará a cabo (señalar la forma en que se llevará a cabo su amortización) .
CUARTA. FORMA Y LUGAR DE PAGO.
“LA SECRETARÍA” efectuará el pago a través de transferencia electrónica en pesos de los Estados Unidos Mexicanos, a mes vencido (otra temporalidad o calendario establecido) o porcentaje de avance (pagos progresivos), conforme a los servicios efectivamente prestados y a entera satisfacción del administrador del contrato y de acuerdo con lo establecido en el "ANEXO " que forma parte integrante de este contrato.
El pago se realizará en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica a “LA SECRETARÍA”, con la aprobación (firma) del Administrador
del presente contrato a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la aceptación del CFDI o factura electrónica, y ésta reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados, los precios unitarios, se verifique su autenticidad, no existan aclaraciones al importe y vaya acompañada con la documentación soporte de la prestación de los servicios facturados.
De conformidad con el artículo 90, del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presente errores, el Administrador del presente contrato o a quien éste designe por escrito, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL ARRENDADOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL ARRENDADOR” presente el CFDI y/o documentos soporte corregidas y sea aceptada.
El tiempo que “EL ARRENDADOR” utilice para la corrección del CFDI y/o documentación soporte entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada (señalar la forma y el medio mediante el cual se presentará)
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
“EL ARRENDADOR” manifiesta su conformidad que, hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación de los servicios, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato.
Para efectos de trámite de pago, conforme a lo establecido en el SIAFF, “EL ARRENDADOR” deberá ser titular de una cuenta bancaria, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, respecto de la cual deberá proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida por “LA SECRETARÍA”, para efectos del pago.
El pago de la prestación de los servicios recibidos, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL ARRENDADOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de pago en moneda extranjera, indicar la fuente oficial que se tomará para llevar a cabo la conversión y la tasa de cambio o la fecha a considerar para hacerlo.
Para el caso que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51, párrafo tercero, de la “LAASSP”.
QUINTA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
La prestación de los servicios, se realizará conforme a los plazos, condiciones y entregables establecidos por “LA SECRETARÍA” en el (establecer el documento o anexo donde se encuentran dichos plazos, condiciones y entregables o en su defecto redactarlos, los cuales forman parte del presente contrato).
Los servicios serán prestados en los domicilios señalados en el_(establecer el documento o anexo donde se encuentran los domicilios, o en su defecto redactarlos) y fechas establecidas en el mismo;
En los casos que derivado de la verificación se detecten defectos o discrepancias en la prestación del servicio o incumplimiento en las especificaciones técnicas, “EL ARRENDADOR” contará con un plazo de para la reposición o corrección, contados a partir del momento de la notificación por correo electrónico y/o escrito, Sin costo adicional para “LA SECRETARÍA”.
SEXTA. VIGENCIA
“LAS PARTES” convienen en que la vigencia del presente contrato será del (COLOCAR FECHA DE INICIO) al (COLOCAR FECHA DE TÉRMINO DEL CONTRATO).
SÉPTIMA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo que la “LA SECRETARÍA” por razones fundadas y explícitas podrá ampliar el monto o la cantidad de los servicios, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) de los establecidos originalmente, el precio unitario sea igual al originalmente pactado y el contrato esté vigente. La modificación se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio.
“LA SECRETARÍA”, podrá ampliar la vigencia del presente instrumento, siempre y cuando, no implique incremento del monto contratado o de la cantidad del servicio, siendo necesario que se obtenga el previo consentimiento del proveedor.
De presentarse caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA SECRETARÍA”, se podrá modificar el plazo del presente instrumento jurídico, debiendo acreditar dichos supuestos con las constancias respectivas. La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por cualquiera de “LAS PARTES”.
En los supuestos previstos en los dos párrafos anteriores, no procederá la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
Cualquier modificación al presente contrato deberá formalizarse por escrito, y deberá suscribirse por el servidor público de “LA SECRETARÍA” que lo haya hecho, o quien lo sustituya o esté facultado para ello, para lo cual “EL ARRENDADOR” realizará el ajuste respectivo de la garantía de cumplimiento, en términos del artículo 91, último párrafo del Reglamento de la LAASSP.
“LA SECRETARÍA” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a un proveedor comparadas con las establecidas originalmente.
OCTAVA. GARANTÍAS DE LOS SERVICIOS
EN CASO DE NO SELECCIONAR GARANTÍA SOBRE LA CALIDAD DEL SERVICIO, MOSTRAR LO SIGUIENTE.
Para la prestación de los servicios materia del presente contrato, no se requiere que “EL ARRENDADOR” presente una garantía por la calidad de los servicios contratados.
EN CASO DE SELECCIONAR GARANTÍA SOBRE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, MOSTRAR LO SIGUIENTE.
“EL ARRENDADOR” se obliga a otorgar a “LA SECRETARÍA”, las siguientes garantías:
Garantía de los servicios. - “EL ARRENDADOR” se obliga con “LA SECRETARÍA” a entregar al inicio de la prestación del servicio, una garantía por la calidad de los servicios prestados, por (COLOCAR NUMERO DE MESES) meses, la cual se constituirá (indicar la forma de garantizarla), pudiendo ser mediante la póliza de garantía, en términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
NOVENA. GARANTÍA(S)
A) CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48, fracción II, 49, fracción I, de la “LAASSP”; 85, fracción III, y 103 de su Reglamento; y 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, “EL ARRENDADOR” se obliga a constituir una garantía la cual podrá ser, indivisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas las obligaciones derivadas de este contrato; o podrá ser divisible, la cual sólo se hará efectiva en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de la (TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN O DE LA ENTIDAD), por un importe equivalente al (COLOCAR EL PORCENTAJE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LA SECRETARÍA”, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica.
(Para el caso de que la “LA SECRETARÍA” considere efectuar una reducción en los montos de garantías de cumplimiento, se deberá observar lo establecido en el “Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas del sector público”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2010, indicando los motivos por los cuales se determinó la reducción del monto de la garantía).
Cuando la garantía de cumplimiento se presente a través de una fianza, se deberá observar el “Modelo de póliza de fianza de Cumplimiento”, aprobado en las Disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022, que se encuentra disponible en CompraNet.
En caso de que “EL ARRENDADOR” incumpla con la entrega de la garantía en el plazo establecido, “LA SECRETARÍA” podrá rescindir el contrato y dará vista al Órgano Interno de Control para que proceda en al ámbito de sus facultades.
La garantía de cumplimiento no será considerada como una limitante de responsabilidad de
“EL ARRENDADOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente
instrumento jurídico, y no impedirá que “LA SECRETARÍA” reclame la indemnización por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL ARRENDADOR” se obliga a entregar a “LA SECRETARÍA”, dentro de los 10 (diez días) naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91, del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
Una vez cumplidas las obligaciones a satisfacción, el servidor público facultado por “LA SECRETARÍA” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales y dará inicio a los trámites para la cancelación de las garantías de anticipo y cumplimiento del contrato, lo que comunicará a “EL ARRENDADOR”.
Cuando la prestación de los servicios, se realice en un plazo menor a diez días naturales, “EL ARRENDADOR” quedará exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP".
Para el caso de exceptuar la garantía de cumplimiento por los supuestos de los artículos 41, fracciones II, IV, V, XI y XIV y 42 de la LAASSP.
En términos de lo establecido en el artículo 48, segundo párrafo de la "LAASSP" se exceptúa a “EL ARRENDADOR” de la presentación de la garantía de cumplimiento, ya que la contratación se fundamenta en el artículo 41, fracción y 42 de la "LAASSP".
EN CASO DE OTORGAR ANTICIPO, MOSTRAR LO SIGUIENTE
B) DEL ANTICIPO
“EL ARRENDADOR” entregará a “LA SECRETARÍA”, a más tardar el (COLOCAR FECHA DE ENTREGA DE GARANTÍA DE ANTICIPO) y previamente a la entrega del anticipo una garantía constituida por la totalidad del monto del(os) anticipo(s) recibido(s).
El otorgamiento de anticipo, deberá garantizarse en los términos de los artículos 48, de la
“LAASSP”; 81, párrafo primero y fracción V, de su Reglamento.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de anticipo podrá realizarse de manera electrónica.
Una vez amortizado el cien por ciento del anticipo, el servidor público facultado por “LA SECRETARÍA” procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de dicha obligación contractual y dará inicio a los trámites para la cancelación de la garantía, lo que comunicará a “EL ARRENDADOR”.
Cuando la garantía de anticipo se presente a través de una fianza, se deberá observar el “Modelo de póliza de fianza de Anticipo”, aprobado en las Disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 15 xx xxxxx de 2022, que se encuentra disponible en CompraNet.
DÉCIMA. OBLIGACIONES DE “EL ARRENDADOR”.
a) Conceder el uso y goce de los bienes objeto del arrendamiento, en los plazos acordados en el presente contrato.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas, de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “LA SECRETARÍA” o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
DÉCIMA PRIMERA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”
a) Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL ARRENDADOR” lleve a cabo en los términos convenidos en la prestación de los servicios objeto del contrato.
b) Realizar el pago correspondiente en tiempo y forma.
DÉCIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DEL ARRENDAMIENTO
“LA SECRETARÍA” designa como Administrador(es) del presente contrato a (COLOCAR NOMBRE DE LA, EL O LOS ADMINISTRADORES DEL CONTRATO), con RFC (Colocar RFC),
(COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), quien dará seguimiento y verificará el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidos en este instrumento.
Los bienes materia del arrendamiento se tendrán por recibidos, previa revisión del administrador del presente contrato, la cual consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones establecidas y en su caso en los anexos respectivos, así como las contenidas en la propuesta técnica.
“LA SECRETARÍA”, a través del administrador del contrato, rechazará aquellos bienes en arrendamiento, que no cumplan las especificaciones establecidas en este contrato y en sus Anexos, obligándose “EL ARRENDADOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su responsabilidad y sin costo adicional para “LA SECRETARÍA”, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales o deducciones al cobro correspondientes.
“LA SECRETARÍA”, a través del administrador del contrato, podrá aceptar aquellos bienes en arrendamiento que incumplan de manera parcial o deficiente las especificaciones establecidas en este contrato y en los anexos respectivos, sin perjuicio de la aplicación de las deducciones al pago que procedan, y reposición de los mismos, cuando la naturaleza propia de éstos lo permita.
DÉCIMA TERCERA. DEDUCCIONES
“LA SECRETARÍA” aplicará deducciones al pago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra “EL ARRENDADOR” conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos respectivos, las cuales se calcularán por un (SEÑALAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes en arrendamiento, proporcionados en forma parcial o deficiente. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL ARRENDADOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
De no existir pagos pendientes, se requerirá a “EL ARRENDADOR” que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, o de la Entidad. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA SECRETARÍA”, por escrito o vía correo electrónico, dentro de los (días) posteriores al incumplimiento parcial o deficiente.
DÉCIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso que “EL ARRENDADOR” incurra en atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas para la entrega de los bienes materia del arrendamiento, objeto del presente contrato, conforme a lo establecido en el Anexo (No. ) parte integral del presente contrato, “LA SECRETARÍA” por conducto del administrador del contrato aplicará la pena convencional equivalente al (COLOCAR PORCENTAJE XX XXXX CONVENCIONAL) %, por cada (calcular periodicidad xx xxxx) de atraso sobre el monto de los bienes no dados en arrendamiento, de conformidad con este instrumento legal y sus respectivos anexos.
El Administrador del contrato, notificará a “EL ARRENDADOR” por escrito o vía correo electrónico el cálculo de la pena convencional, dentro de los días) posteriores al atraso en el cumplimiento de la obligación de que se trate.
El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL ARRENDADOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso; en el supuesto que el contrato sea rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena podrá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, o la Entidad; o bien, a través de un comprobante de egreso (CFDI de Egreso) conocido comúnmente como Nota de Crédito, en el momento en el que emita el comprobante de Ingreso (Factura o CFDI de Ingreso) por concepto de los bienes materia de arrendamiento en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
El importe de la pena convencional, no podrá exceder el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato, y en el caso de no haberse requerido esta garantía, no deberá exceder del 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
Cuando “EL ARRENDADOR” quede exceptuado de la presentación de la garantía de cumplimiento, en los supuestos previsto en la “LAASSP”, el monto máximo de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del 20% (veinte por ciento) del monto de los bienes en arrendamiento fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Para el caso de contrataciones con campesinos o grupos urbanos marginados, como personas físicas x xxxxxxx, al amparo del artículo 41, fracción XI, de la LAASSP, el área
contratante deberá considerar que el monto máximo de las penas convencionales por atraso será del 10% (diez por ciento), conforme lo establecido en el artículo 96 del Reglamento de la LAASSP)
DÉCIMA QUINTA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
“EL ARRENDADOR” se obliga a observar y mantener vigentes las licencias, autorizaciones, permisos o registros requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones.
DÉCIMA SEXTA. SEGUROS
Para el arrendamiento materia del presente contrato, no se requiere que “EL ARRENDADOR” contrate una póliza de seguro por responsabilidad civil.
CUANDO SE REQUIERA LA CONTRATACIÓN DE SEGURO
“EL ARRENDADOR” se obliga a contratar una póliza de seguro por su cuenta y a su xxxxx, expedida por una Institución Nacional de Seguros, debidamente autorizada, en la cual se incluya la cobertura de responsabilidad civil, que ampare los daños y perjuicios y que ocasiones a los bienes y personal de “LA SECRETARÍA”, así como, los que cause a terceros en sus bienes o personas, con motivo de la prestación del servicio materia del presente contrato.
La póliza deberá contener las siguientes coberturas:
(DESCRIBIR LAS COBERTURAS, ATENDIENDO A LAS NECESIDADES, TIPO Y CARACTERÍSTICAS DEL ARRENDAMIENTO)
DÉCIMA SÉPTIMA. TRANSPORTE
“EL ARRENDADOR” se obliga bajo su xxxxx y riesgo, a trasportar los bienes e insumos necesarios para efectuar el arrendamiento, desde su lugar de origen, hasta las instalaciones señaladas en el (establecer el documento o anexo donde se encuentran los domicilios, o en su defecto redactarlos) del presente contrato.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL ARRENDADOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA SECRETARÍA”.
“LA SECRETARÍA” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL ARRENDADOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA SECRETARÍA”.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL ARRENDADOR” será responsable en caso de infringir patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, con motivo del cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, por lo que se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA SECRETARÍA” o a terceros.
De presentarse alguna reclamación en contra de “LA SECRETARÍA”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, “EL ARRENDADOR”, se obliga a salvaguardar los derechos e intereses de “LA SECRETARÍA” de cualquier controversia, liberándola de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole, sacándola en paz y a salvo.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
"LAS PARTES" acuerdan que la información que se intercambie de conformidad con las disposiciones del presente instrumento, se tratarán de manera confidencial, siendo de uso exclusivo para la consecución del objeto del presente contrato y no podrá difundirse a terceros de conformidad con lo establecido en las Leyes General y Federal, respectivamente, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados, y demás legislación aplicable.
Para el tratamiento de los datos personales que “LAS PARTES” recaben con motivo de la celebración del presente contrato, deberá de realizarse con base en lo previsto en los Avisos de Privacidad respectivos.
Por tal motivo, “EL ARRENDADOR” asume cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento de su parte, o de sus empleados, a las obligaciones de confidencialidad descritas en el presente contrato.
VIGÉSIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL ARRENDAMIENTO.
Con fundamento en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102, fracción II, de su Reglamento, la “LA SECRETARÍA” en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que le resulten imputables, podrá suspender el arrendamiento, de manera temporal, quedando obligado a pagar a “EL ARRENDADOR”, aquellos bienes que hubiesen sido efectivamente arrendados, así como, al pago de gastos no recuperables previa solicitud y acreditamiento.
Una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión, el contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, si la “LA SECRETARÍA” así lo determina; y en caso que subsistan los supuestos que dieron origen a la suspensión, se podrá iniciar la terminación anticipada del contrato, conforme lo dispuesto en la cláusula siguiente.
VIGÉSIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
La “DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la “LA SECRETARÍA”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente contrato, con
motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio, emitida por la Secretaría de la Función Pública, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad alguna para la “LA SECRETARÍA”, ello con independencia de lo establecido en la cláusula que antecede.
Cuando la “LA SECRETARÍA” determine dar por terminado anticipadamente el contrato, lo notificará a “EL ARRENDADOR”, debiendo sustentarlo en un dictamen fundado y motivado, en el que, se precisarán las razones o causas que dieron origen a la misma y pagará a “EL ARRENDADOR” la parte proporcional de los bienes efectivamente arrendados, así como los gastos no recuperables en que haya incurrido, previa solicitud por escrito, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, limitándose según corresponda a los conceptos establecidos en la fracción I, del artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA CUARTA. RESCISIÓN
“LA SECRETARÍA” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL ARRENDADOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
a) La contravención a los términos pactados para el arrendamiento de los bienes, establecidos en el presente contrato.
b) Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual.
c) Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA SECRETARÍA”.
d) Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada el arrendamiento objeto del presente contrato.
e) Si no se realiza el arrendamiento de los bienes, conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos.
f) Si no proporciona a los Órganos de Fiscalización, la información que le sea requerida con motivo de las auditorías, visitas e inspecciones que realicen.
g) Si es declarado en concurso mercantil, o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio.
h) Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo.
i) Si la suma de las penas convencionales o las deducciones al pago, igualan el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este contrato cuando no se haya requerido la garantía de cumplimiento;
j) Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA SECRETARÍA” en los términos de lo dispuesto en la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROTECIÓN DE DATOS PERSONALES del presente instrumento jurídico;
k) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación, información o documentación proporcionada para efecto del presente contrato;
l) Cuando “EL ARRENDADOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA SECRETARÍA”;
m)En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
n) Solo para proveedores extranjeros. Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA SECRETARÍA”.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA SECRETARÍA” comunicará por escrito a “EL ARRENDADOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA SECRETARÍA”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “EL ARRENDADOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL ARRENDADOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA SECRETARÍA” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión, o los que resulten a cargo de “EL ARRENDADOR”.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA SECRETARÍA” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se realiza la entrega de los bienes objeto del arrendamiento, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA SECRETARÍA” de que permanece vigente la necesidad de continuar con el arrendamiento, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA SECRETARÍA” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA SECRETARÍA” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no rescindirse el contrato, “LA SECRETARÍA” establecerá con “EL ARRENDADOR”, otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, aplicando las sanciones correspondientes. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
No obstante, de que se hubiere firmado el convenio modificatorio a que se refiere el párrafo anterior, si se presenta de nueva cuenta el incumplimiento, “LA SECRETARÍA” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, o rescindirlo, aplicando las sanciones que procedan.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL ARRENDADOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51, párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA SECRETARÍA”.
VIGÉSIMA QUINTA. RELACIÓN Y EXCLUSIÓN LABORAL
“EL ARRENDADOR” reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervienen en la objeto de arrendamiento del presente contrato, deslindando de toda responsabilidad a “LA SECRETARÍA” respecto de cualquier reclamo que en su caso puedan efectuar sus trabajadores, sea de índole laboral, fiscal o de seguridad social y en ningún caso se le podrá considerar patrón sustituto, patrón solidario, beneficiario o intermediario.
“EL ARRENDADOR” asume en forma total y exclusiva las obligaciones propias de patrón respecto de cualquier relación laboral, que el mismo contraiga con el personal que labore bajo sus órdenes o intervenga o contrate para la atención de los asuntos encomendados por “LA SECRETARÍA”, así como en la ejecución del arrendamiento
Para cualquier caso no previsto, “EL ARRENDADOR” exime expresamente a “LA SECRETARÍA” de cualquier responsabilidad laboral, civil o penal o de cualquier otra especie que en su caso pudiera llegar a generarse, relacionado con el presente contrato.
Para el caso que, con posterioridad a la conclusión del presente contrato, “LA SECRETARÍA” reciba una demanda laboral por parte de trabajadores de “EL ARRENDADOR”, en la que se demande la solidaridad y/o sustitución patronal a “LA SECRETARÍA”, “EL ARRENDADOR” queda obligado a dar cumplimiento a lo establecido en la presente cláusula.
VIGÉSIMA SEXTA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre la convocatoria a la licitación pública, la invitación a cuando menos tres personas, o la solicitud de cotización y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria, invitación o solicitud respectiva, de conformidad con el artículo 81, fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato podrán someterse al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento.
VIGÉSIMA OCTAVA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal.
VIGÉSIMA NOVENA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para el arrendamiento objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, sus anexos que forman parte integral del mismo, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; Código Civil Federal; Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Código Federal de Procedimientos Civiles; Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
TRIGÉSIMA. JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
En esta parte se formaliza el documento suscribiéndolo, señalando en forma clara el lugar y la fecha en que se suscribe, el nombre, cargo y firma de las partes y representantes, tiene relación con lo establecido en el proemio, en las declaraciones en los puntos I.2 y II.2.
Por lo anterior expuesto, “LA SECRETARÍA” y “EL ARRENDADOR”, manifiestan estar conformes y enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA SECRETARÍA”
NOMBRE | CARGO | R.F.C. |
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | (CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD | (R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD |
(NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | (CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) | (R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO) |
POR:
“EL ARRENDADOR”
NOMBRE | R.F.C. |
(R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
(RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL) |
ANEXO CUATRO (MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA)
(NOTA: EN CASO DE QUE EL LICITANTE NO PARTICIPE DE MANERA CONJUNTA, NO INTEGRARÁ ESTE ANEXO A SU PROPOSICIÓN Y NO SERÁ CAUSAL DE DESECHAMIENTO)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE) LUGAR Y FECHA
CONVENIO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (LA PERSONA MORAL) , REPRESENTADA POR EN SU CARÁCTER DE , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE A” Y POR LA OTRA (LA PERSONA MORAL) , REPRESENTADA POR , EN SU CARÁCTER DE , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE B” Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA DE MANERA CONJUNTA A LOS QUE INTERVIENEN SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
1. “EL PARTICIPANTE A”, DECLARA QUE:
1.1 ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES (MEXICANAS/OTRO PAÍS), SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA (PÓLIZA) NÚMERO , DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE , EN EL FOLIO MERCANTIL (ELECTRÓNICO, EN SU CASO) DE FECHA .
EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD (SI/NO) HA TENIDO REFORMAS Y/O MODIFICACIONES.
Nota: En su caso, se deberán relacionar las escrituras en que consten las reformas o modificaciones de la sociedad.
1.2 LOS NOMBRES DE SUS SOCIOS SON:
1.3 SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL PARA TODOS LOS EFECTOS QUE DERIVEN DEL PRESENTE CONVENIO, EL UBICADO EN:
1.4 REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (APLICABLE A LICITANTES MEXICANOS) ES: .
1.5 TIENE EL REGISTRO PATRONAL ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NÚMERO .
1.6 SU OBJETO SOCIAL, ENTRE OTROS CORRESPONDE A: ; SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA (PÓLIZA) NÚMERO , DE FECHA ,
OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE , EN EL FOLIO MERCANTIL (ELECTRÓNICO, EN SU CASO) DE FECHA . POR LO QUE CUENTA CON LOS RECURSOS FINANCIEROS, TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y HUMANOS PARA OBLIGARSE, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTIPULAN EN EL PRESENTE CONVENIO.
1.7 EL C. , CON EL CARÁCTER YA MENCIONADO EN EL PROEMIO DEL PRESENTE CONVENIO, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DEL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO , DEL E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO, EN EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO DE FECHA , MANIFESTANDO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA, A LA FECHA EN QUE SE SUSCRIBE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
1.8 EL DOMICILIO DEL REPRESENTANTE LEGAL ES EL UBICADO EN .
2. “EL PARTICIPANTE B”, DECLARA QUE:
2.1. ES UNA SOCIEDAD LEGALMENTE CONSTITUIDA, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES (MEXICANAS/OTRO PAÍS), SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA (PÓLIZA) NÚMERO , DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE , EN EL FOLIO MERCANTIL (ELECTRÓNICO, EN SU CASO) DE FECHA .
EL ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD (SI/NO) HA TENIDO REFORMAS Y/O MODIFICACIONES.
Nota: En su caso, se deberán relacionar las escrituras en que consten las reformas o modificaciones de la sociedad.
2.2 LOS NOMBRES DE SUS SOCIOS SON:
2.3 SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL PARA TODOS LOS EFECTOS QUE DERIVEN DEL PRESENTE CONVENIO, EL UBICADO EN:
2.4 REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (APLICABLE A LICITANTES MEXICANOS) ES:
.
2.5 TIENE EL REGISTRO PATRONAL ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NÚMERO .
2.6 SU OBJETO SOCIAL, ENTRE OTROS CORRESPONDE A: ; SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA (PÓLIZA) NÚMERO , DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO (CORREDOR) PÚBLICO NÚMERO , DEL , E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DE , EN EL FOLIO MERCANTIL (ELECTRÓNICO, EN SU CASO) DE FECHA . POR LO QUE CUENTA CON LOS RECURSOS FINANCIEROS, TÉCNICOS,
ADMINISTRATIVOS Y HUMANOS PARA OBLIGARSE, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE SE ESTIPULAN EN EL PRESENTE CONVENIO.
2.7 EL C. , CON EL CARÁCTER YA MENCIONADO EN EL PROEMIO DEL PRESENTE CONVENIO, CUENTA CON LAS FACULTADES NECESARIAS PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO, DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DEL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO DE FECHA , OTORGADA ANTE LA FE DEL LIC. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO , DEL E INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO, EN EL FOLIO MERCANTIL NÚMERO DE FECHA , MANIFESTANDO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, QUE DICHAS FACULTADES NO LE HAN SIDO REVOCADAS, NI LIMITADAS O MODIFICADAS EN FORMA ALGUNA, A LA FECHA EN QUE SE SUSCRIBE EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO.
2.8 EL DOMICILIO DEL REPRESENTANTE LEGAL ES EL UBICADO EN .
(MENCIONAR E IDENTIFICAR A CADA UNO DE LOS INTEGRANTES CONFORMAN LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS).
3. “LAS PARTES” DECLARAN QUE:
3.1 CONOCEN LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTIPULADAS EN LA CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL NÚMERO .
3.2 MANIFIESTAN SU CONFORMIDAD EN FORMALIZAR EL PRESENTE CONVENIO, CON EL OBJETO DE PARTICIPAR CONJUNTAMENTE EN LA INVITACIÓN, PRESENTANDO PROPOSICIÓN QUE INCLUYE A SU PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, CUMPLIENDO CON LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN Y CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 34 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 44 DE SU REGLAMENTO.
3.3 QUE CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EL ARTÍCULO 44, FRACCIÓN II DE SU REGLAMENTO Y LA SECCIÓN CORRESPONDIENTE DE LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL NÚMERO .
EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES:
CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO.- “PROPOSICIÓN CONJUNTA”.
“LAS PARTES” CONVIENEN, EN CONJUNTAR SUS RECURSOS HUMANOS, TÉCNICOS,
LEGALES, ADMINISTRATIVOS, ECONÓMICOS Y FINANCIEROS PARA PRESENTAR PROPOSICIÓN CONJUNTA QUE CONTIENE A SU PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA EN LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL NÚMERO
Y EN CASO DE SER ADJUDICATARIO DEL CONTRATO, SE OBLIGAN A PRESTAR “EL ARRENDAMIENTO” OBJETO LA INVITACIÓN, CON LA PARTICIPACIÓN SIGUIENTE:
PARTICIPANTE “A”:
(LOS INTEGRANTES QUE CONFORMAN LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES DEBERÁN DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ CUMPLIR A CADA PERSONA INTEGRANTE, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES).
PARTICIPANTE “B”:
(LOS INTEGRANTES QUE CONFORMAN LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES DEBERÁN DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ CUMPLIR A CADA PERSONA INTEGRANTE, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES).
SEGUNDA.- DOMICILIO COMÚN.
“LAS PARTES” SEÑALAN COMO SU DOMICILIO COMÚN PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EL UBICADO EN:
CALLE: | NO. | COLONIA: |
CIUDAD: | CÓDIGO POSTAL: | ESTADO Y PAÍS |
TELÉFONO: | E-MAIL: |
TERCERA.- REPRESENTANTE COMÚN.
“LAS PARTES” ACEPTAN EXPRESAMENTE EN DESIGNAR COMO REPRESENTANTE COMÚN AL C. , (REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL) , A TRAVÉS DEL PRESENTE INSTRUMENTO, OTORGÁNDOLE PODER AMPLIO Y SUFICIENTE, PARA ATENDER TODO LO RELACIONADO CON LA PROPOSICIÓN, INCLUYENDO LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA EN EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN, ASÍ COMO PARA SUSCRIBIR LA PROPOSICIÓN.
ASIMISMO, CONVIENEN ENTRE SI, EN OBLIGARSE EN FORMA CONJUNTA Y SOLIDARIA PARA COMPROMETERSE POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD DERIVADA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONVENIO, CON RELACIÓN AL CONTRATO QUE SUS REPRESENTANTES LEGALES FIRMEN CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, DERIVADO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN NÚMERO , ACEPTANDO EXPRESAMENTE EN RESPONDER ANTE LA SECRETARÍA POR LA PROPOSICIÓN QUE SE PRESENTE Y, EN SU CASO, DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO RESPECTIVO.
CUARTA. OBLIGACIÓN SOLIDARIA.
“LAS PARTES” ESTÁN DE ACUERDO QUE MEDIANTE LA FIRMA DEL CONTRATO QUE SE
CELEBRE CON MOTIVO DE LA (INVITACIÓN PÚBLICA) NÚMERO
[ ], QUEDARÁN OBLIGADOS EN FORMA CONJUNTA Y SOLIDARIA ANTE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL MISMO.
QUINTA.- DEL COBRO DE LOS COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI).
“LAS PARTES” CONVIENEN EXPRESAMENTE, QUE EL PARTICIPANTE (PRECISAR QUIEN SERÁ EL PARTICIPANTE DEL PRESENTE CONVENIO FACULTADO PARA EMITIR LOS CFDI), QUIEN SERÁ EL ÚNICO FACULTADO PARA EMITIR LOS CFDI RELATIVOS AL SERVICIO QUE SE REALICEN CON MOTIVO DEL CONTRATO QUE DERIVE DEL PROCEDIMIENTO DE LA INVITACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA NACIONAL NÚMERO
.
SEXTA.- VIGENCIA.
“LAS PARTES” CONVIENEN, EN QUE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONVENIO SERÁ DEL PERÍODO DURANTE EL CUAL SE DESARROLLE EL PROCEDIMIENTO DE LA INVITACIÓN PÚBLICA NÚMERO , INCLUYENDO, EN CASO DE RESULTAR ADJUDICATARIOS, DEL CONTRATO, EL PLAZO PARA EL SERVICIO Y LA VIGENCIA QUE SE ESTIPULE EN ÉSTE Y AQUELLA QUE PUDIERA RESULTAR DE CONVENIOS DE MODIFICATORIOS.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES.
“LAS PARTES” CONVIENEN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SE DECLARE EN QUIEBRA O EN SUSPENSIÓN DE PAGOS, NO LAS LIBERA DE CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES, POR LO QUE CUALQUIERA DE ELLAS QUE SUBSISTA, ACEPTA Y SE OBLIGA EXPRESAMENTE A RESPONDER SOLIDARIAMENTE DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES A QUE HUBIERE LUGAR.
EN EL SUPUESTO DE QUE SE LES ADJUDIQUE EL CONTRATO A LOS LICITANTES QUE PRESENTARON UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, “LAS PARTES” ACEPTAN QUE EL PRESENTE CONVENIO FORMARÁ PARTE DEL CONTRATO RESPECTIVO.
ASIMISMO, “LAS PARTES” ACEPTAN QUE EN EL SUPUESTO DE QUE SE LES ADJUDIQUE EL CONTRATO LAS FACULTADES DEL APODERADO LEGAL, DEBERÁN CONSTAR EN ESCRITURA PÚBLICA, CUANDO ÚNICAMENTE SEA FIRMADO POR EL REPRESENTANTE COMÚN, SALVO QUE EL CONTRATO SEA FIRMADO POR TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN QUE FORMULA LA PROPOSICIÓN CONJUNTA O POR SUS REPRESENTANTES LEGALES, QUIENES EN LO INDIVIDUAL, DEBERÁN ACREDITAR SU RESPECTIVA PERSONALIDAD, O POR EL APODERADO LEGAL DE LA NUEVA SOCIEDAD QUE SE CONSTITUYA POR LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN QUE FORMULÓ LA PROPOSICIÓN CONJUNTA, ANTES DE LA FECHA FIJADA PARA LA FIRMA DEL CONTRATO, LO CUAL DEBERÁ COMUNICARSE MEDIANTE ESCRITO A LA CONVOCANTE POR DICHAS PERSONAS O POR SU APODERADO LEGAL, AL MOMENTO DE DARSE A CONOCER EL FALLO O A MÁS TARDAR EN LAS VEINTICUATRO HORAS SIGUIENTES.
OCTAVA.- COMPROMISO DE MANTENER LA DISTRIBUCIÓN DE TAREAS Y PARTICIPACIONES DURANTE EL PLAZO PARA “EL ARRENDAMIENTO”. “LAS PARTES” SE COMPROMETEN A MANTENER DURANTE EL PLAZO PARA EL SERVICIO, ASÍ COMO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO LA DISTRIBUCIÓN DE TAREAS, RESPONSABILIDADES Y NO REDUCIR SUS PARTICIPACIONES SEGÚN SE ESTABLECE EN ESTE CONVENIO Y, A RESPONDER CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE POR LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR “LAS PARTES” EN EL CONTRATO QUE SE CELEBRE CON LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES.
“LAS PARTES” SE OBLIGAN EXPRESA E IRREVOCABLEMENTE A NO REALIZAR MODIFICACIÓN ALGUNA A LA DISTRIBUCIÓN DE TAREAS Y/O PARTICIPACIONES DESCRITAS EN ESTE CONVENIO; NI A SUSTITUIR A ALGUNO DE LOS MIEMBROS DE LA
AGRUPACIÓN QUE PRESENTA A LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES LA PROPOSICIÓN CONJUNTA PARA PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN.
NOVENA. LEY APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES. PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONVENIO, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA APLICACIÓN DE LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRA JURISDICCIÓN O FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO POR “LAS PARTES” Y ENTERADOS DE SU ALCANCE Y EFECTOS LEGALES, ACEPTANDO QUE NO EXISTIÓ ERROR, DOLO, VIOLENCIA O MALA FE, LO RATIFICAN Y FIRMAN, DE CONFORMIDAD EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA
DE DE 20 .
“EL PARTICIPANTE A” | “EL PARTICIPANTE B” | |
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL APODERADO LEGAL | NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL APODERADO LEGAL |
ANEXO CINCO (ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
Yo, (Nombre del Representante Legal) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD; que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o a nombre y representación de: (Nombre, denominación o razón social del LICITANTE ); suscribir las PROPOSICIONES y en su caso el contrato respectivo; documentos relacionados con el procedimiento para para el “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, correspondiente a la Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022.
DATOS DEL LICITANTE
Registro Federal de Contribuyentes: | ||
Domicilio Fiscal: | ||
Calle y número: | ||
Colonia: | Demarcación Territorial o municipio: | |
Código postal: | Entidad federativa: | |
Teléfonos: Correo electrónico: | ||
Domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones que resulten de los actos y/o instrumento contractual específico que en su caso se celebre.- | ||
Calle y número: | ||
Colonia: | Demarcación Territorial o municipio: | |
Código postal: | Entidad federativa: | |
Teléfonos: | ||
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: | ||
Fecha: | ||
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Fecha y número del Registro Público de la Propiedad: | ||
Descripción del objeto social / Actividad Empresarial: | ||
Relación de accionistas.- | ||
Apellido Paterno: | Apellido Materno: | Nombre(s): |
Reformas al acta constitutiva (Señalar nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario públicos que las protocolizó, así como la fecha y los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad): |
DATOS DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE
Nombre, RFC, domicilio completo, y | |
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades. | |
Escritura pública número: | Fecha: |
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se otorgó: |
Nombre y firma del Representante Legal
ANEXO SEIS (ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
Yo, (Nombre del Representante Legal) Representante Legal de (Nombre, denominación o razón social del LICITANTE) manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD mi interés por participar en la Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica para el “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, número IA-005000999-E112-2022 y que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados.
DATOS DEL LICITANTE
Registro Federal de Contribuyentes: | ||
Domicilio.- | ||
Calle y número: | ||
Colonia: | Demarcación Territorial o municipio: | |
Código postal: | Entidad federativa: | |
Teléfonos: | ||
Domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones que resulten de los actos y/o instrumento contractual específico que en su caso se celebre. - Correo electrónico: | ||
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: | Fecha: | |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Fecha y número del Registro Público de la Propiedad: | ||
Descripción del objeto social: | ||
Relación de accionistas.- | ||
Apellido Paterno: | Apellido Materno: | Nombre(s): |
Reformas al acta constitutiva (Señalar nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario públicos que las protocolizó, así como la fecha y los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad): |
DATOS DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE
Nombre: RFC: Domicilio completo, y | |
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades. | |
Escritura pública número: | Fecha: |
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se otorgó: |
Nombre y firma del Representante Legal
ANEXO SIETE (ESCRITO DE SOLICITUDES DE ACLARACIÓN)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
Nombre y número del Procedimiento: | Fecha: | ||
Nombre o razón social del Licitante : |
a).- De carácter administrativo
N° de pregunta y/o aclaración | Número xx Xxxxxxx | Página de la Convocatoria | Numeral o punto específico de la Convocatoria | Pregunta y/o aclaración | Respuesta (campo a llenarse por la convocante). |
b).- De carácter técnico
N° de pregunta y/o aclaración | Número xx Xxxxxxx | Página de la Convocatoria | Numeral o punto específico de la Convocatoria | Pregunta y/o aclaración | Respuesta (campo a llenarse por la convocante). |
c).- De carácter legal
N° de pregunta y/o aclaración | Número xx Xxxxxxx | Página de la Convocatoria | Numeral o punto específico de la Convocatoria | Pregunta y/o aclaración | Respuesta (campo a llenarse por la convocante). |
Nombre y firma del Representante Legal
Instrucciones:
Las preguntas de aclaración deberán ser claras y precisas, en cuanto al numeral o punto específico que requiere sea clarificado.
Deberá ser firmado por la personal legalmente facultada para ello y enviados a través de la plataforma CompraNet en anexo PDF, acompañando una versión en Word.
XXXXX XXXX (MANIFIESTO DE NACIONALIDAD)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
(Anotar el nombre de la dependencia o entidad que invita o convoca.)
PRESENTE.
Me refiero al procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022 en el que mi representada, la empresa
(Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante) participa a través de la presente proposición.
En términos del artículo 35 primer párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mí representada es de NACIONALIDAD MEXICANA.
Nombre y firma del Representante Legal
ANEXO NUEVE (MANIFESTACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
MANIFESTACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS PARA EL CASO DE QUE EL LICITANTE SEA UNA PERSONA MORAL EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS PARA LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
En cumplimiento al “Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 18 de julio de 2016, el Representante Legal, así como los socios o accionistas de la sociedad denominada en su carácter de licitante, para el procedimiento de contratación pública para el servicio manifiestan bajo protesta de decir verdad que no desempeñan empleos, cargos o comisiones en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, no se actualiza un Conflicto de Interés con la formalización del contrato, lo que hará del conocimiento del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores, previo a la celebración del acto jurídico en cuestión, tal como se prevé en el artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y los numerales 2 y 4 del Anexo Segundo, Manifiesto que Podrán Formular los Particulares en los Procedimientos de Contrataciones Públicas, de Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones del “Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prorroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones” publicado en el DOF el 20 xx xxxxxx de 2015 y reformado en fechas 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017.
Asimismo, cada uno de los socios y accionistas que ejercen control sobre la sociedad declaran que, en el presente proceso de contratación pública no existen vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés con servidores públicos de mando superior y con aquéllos que intervienen en dichos procedimientos de contratación para la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Expresan estar de acuerdo con las manifestaciones contenidas en este documento y tener pleno conocimiento del alcance legal en que puedan incurrir por acción u omisión, durante la vigencia de la contratación, al amparo de Artículo Primero, fracción II, Anexo Segundo, numerales 1, fracción IV, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del “Acuerdo por el que se expide el Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones” publicado y reformado en el DOF como se menciona con antelación.
Se firma la presente previo a la suscripción del contrato que resulte del procedimiento de contratación N° IA-005000999-E112-2022 en la Ciudad de México el día del mes de
del 2022.
Relación de Socios y accionistas:
No. | Socios o Accionistas |
1 | |
2 | |
3 | |
n. |
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL | FIRMA |
Domicilio fiscal:
Teléfono:
Correo electrónico:
Nota: En términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se entiende que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente, directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital, tengan poder decisorio en sus asambleas, estén en posibilidades de nombrar a la mayoría de los miembros de su órgano de administración o por cualquier otro medio tengan facultades de tomar las decisiones fundamentales de dichas personas xxxxxxx.
XXXXX XXXX (DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
El (La) C. (Nombre del Representante Legal) manifiesto que (Nombre, denominación o razón social del LICITANTE) empresa que represento tiene el interés de participar en la Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022 referente al “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED
LAN Y WLAN”, por lo que a nombre de mi representada, la empresa (Nombre, denominación o razón social del LICITANTE) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que por mí mismo o a través de interpósita persona, me abstendré de adoptar conductas para que los Servidores Públicos de la Dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Nombre y firma del Representante Legal
ANEXO ONCE (MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
Me refiero al procedimento de Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022, referente al “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, en el que mi representada, la empresa_ (Nombre, denominación o razón social del LICITANTE), participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes número y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado1 de , con base en lo cual se estatifica como una empresa .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 4 fracción II, 69, 70 y 81 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables, artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas y demás disposiciones aplicables.
Nombre y Firma del Representante Legal
1 Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%.
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
ANEXO DOCE (MANIFESTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LAASSP)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE)
LUGAR Y FECHA NOMBRE Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO
A fin de participar en el procedimiento de la Invitación a cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica número IA-005000999-E112-2022 referente al “ARRENDAMIENTO DE EQUIPO PARA RED LAN Y WLAN”, nos permitimos manifestar que conocemos la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y aceptamos participar con estricto apego a sus preceptos y específicamente declaramos BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, no encontrarnos dentro de los supuestos que establecen los Artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de dicha Ley.
Nombre y Firma del Representante Legal
ANEXO TRECE (TEXTO DE LA FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO)
MODELO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO/PEDIDO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS.
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: _ en lo sucesivo (la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Domicilio: .
Autorización del Gobierno Federal para operar: (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "la Beneficiaria".
Domicilio: Av. Xxxxxxxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxx X0, Xxxxxx Xxxx, Xxx Xxxxx, Xxx. Xxxxx de las Flores, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, C.P. 01110.
Dependencia contratante: . (En lo sucesivo "la Contratante")
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a "la Contratante" y a "la Beneficiaria" en forma digital:
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: . RFC: .
Domicilio: . (El mismo que aparezca en el contrato/pedido principal)
Datos de la póliza:
Número: . (Número asignado por la "Afianzadora" o la "Aseguradora") Monto Afianzado: (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) Moneda: .
Fecha de expedición: _ .
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato/pedido, en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato/pedido).
Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el "Contrato/Pedido": Número asignado por "la Contratante": .
Objeto:
contrato/pedido).
(Conforme a la cláusula primera del
Monto del Contrato/Pedido: (Con letra y número, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: . Fecha de suscripción: _ .
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos o Servicios)
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato/pedido)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualquier otro obligado, así como "la Beneficiaria", se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de con sede en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 103 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx (Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO/PEDIDO EN MATERIA DE (ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS).
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el "Contrato/Pedido" a que se refiere esta póliza y de sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se compromete a pagar a "la Beneficiaria", hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el % (señalar el porcentaje con letra) del valor del "Contrato/Pedido".
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del "Contrato/Pedido" indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el _ % de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al "Contrato/Pedido" en monto fuera superior a los indicados, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos, sin embargo, previa solicitud del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente que, en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el contrato/pedido se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del "Contrato/Pedido" y continuará vigente en caso de que "la Contratante" otorgue prórroga o espera al cumplimiento del "Contrato/ Pedido ", en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO/PEDIDO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato/pedido garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora"), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La "Afianzadora o la "Aseguradora") acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prorroga, espera o ampliación al fiado por parte de la "Contratante" para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del "Contrato/Pedido", cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, "la Contratante" deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la "Afianzadora o a la Aseguradora") dichos documentos expedidos por "la Contratante".
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") realizará el pago de la cantidad requerida, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad
judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá comunicar a "la Beneficiaria" de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios, de conformidad con lo expresamente estipulado para tales efectos en el contrato/pedido principal materia del afianzamiento.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando "la Contratante" le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el "Contrato/Pedido", "la Contratante" haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del "Contrato/Pedido" especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA REQUERIMIENTO.
"La Beneficiaria" podrá realizar el requerimiento de pago a que se refiere el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en las oficinas principales, sucursales, oficinas de servicio o bien en los domicilios de los apoderados designados por la Institución para recibir requerimientos de pago, correspondientes a cada una de las regiones competencia de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
"La Beneficiaria" requerirá de pago a la institución acompañando los documentos justificativos siguientes:
1. El Acto o Contrato/Pedido en que conste la obligación a cargo del fiado.
2. La Póliza de Fianza y endoso o endosos respectivos.
3. El Acta Administrativa, en la que se harán constar de manera cronológica y circunstanciada los actos u omisiones que constituyan el incumplimiento a las obligaciones garantizadas.
4. La Liquidación de adeudo o documento en el cual conste el crédito o importe a requerir con cargo a la garantía.
5. Si los hubiere, la demanda o el escrito de cualquier otro medio de defensa legal procedente, presentado por el fiado, resoluciones o sentencias firmes dictadas por autoridad competente y sus notificaciones.
6. Los demás documentos que la Tesorería estime pertinentes.
Dichos documentos se acompañarán en original o en copia certificada, salvo la póliza de fianza y su endoso o endosos, los cuales deberán anexarse en original.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
DÉCIMA TERCERA. - ENTREGA DE FIANZAS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá entregar a "la Beneficiaria", una copia de esta póliza a través del medio electrónico, la dirección de correo electrónico, o ambos conforme a lo señalado en la carátula de esta póliza.