OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR a)Cumplir con lo establecido en este Contrato. b)Proporcionar a “El arrendatario” el uso y disfrute del Salón conforme a lo estipulado en el presente Contrato. c)Tener en óptimo estado el Salón. d)No hacer ningún cobro extraordinario ajeno al señalado en el presente Contrato.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR a) Conceder el uso y goce de los bienes objeto del arrendamiento, en los plazos acordados en el presente contrato.
b) Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el presente contrato y sus respectivos anexos.
c) Asumir la responsabilidad de cualquier daño que llegue a ocasionar a “LA COMISIÓN NACIONAL DE LAS ZONAS ÁRIDAS o a terceros con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente contrato.
d) Proporcionar la información que le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR. EL ARRENDADOR se obliga a arrendar la maquinaria, con las características ya indicadas en la cláusula segunda en perfecto estado de funcionamiento por el plazo ya determinado.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR. Son obligaciones de EL ARRENDADOR: 1) entregar a EL ARRENDATARIO el bien inmueble arrendado, 2) mantener dicho bien en estado de servir para el fin para el que ha sido arrendado y en consecuencia hacer, a su xxxxx, las reparaciones necesarias que EL ARRENDATARIO le solicite de forma oportuna, 3) de conformidad con la ley, librar a EL ARRENDATARIO de toda turbación o problema en el goce del bien arrendado, 4) al momento de la terminación del contrato recibir de EL ARRENDATARIO o de quien éste haya designado para tal efecto, el inmueble arrendado, y 5) las demás que se deriven del presente contrato o de la ley. PARÁGRAFO 1. Sin perjuicio de lo aquí dispuesto, algunas de las obligaciones de EL ARRENDADOR son objeto de especial regulación en cláusulas posteriores, y por tanto aplicables.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR a) Cumplir con lo establecido en este Contrato.
b) Proporcionar a “EL ARRENDATARIO” el uso y disfrute del Salón conforme a lo estipulado en el presente Contrato.
c) Tener en óptimo estado el Salón.
d) No hacer ningún cobro extraordinario ajeno al señalado en el presente Contrato.
e) Si hay un accidente, percance con sus invitados será su responsabilidad.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR. Entregar el bien en perfectas condiciones de uso Mantener la propiedad del bien, mientras dure la vigencia del presente Contrato. Cualquier cambio de titularidad, deberá ser comunicado previamente a EL PETT, a fin de coordinar la cesión de la posición contractual.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR a) Conceder el uso y goce de los bienes objeto del arrendamiento, en los plazos acordados en el presente contrato.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR. Además del
1. Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con la propuesta presentada.
2. La garantía de las plantas debe ser de veinticuatro (24) meses.
3. EL ARRENDADOR deberá efectuar capacitación de los equipos al momento de la entrega.
4. EL ARRENDADOR aceptará las condiciones de pago de SATENA, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y flujo de caja.
5. Atender en tiempo y forma las observaciones del supervisor del contrato, quien ejerce el control sobre el mismo.
6. No sobrepasar por ningún motivo el valor del contrato, salvo previa firma de otrosí modificatorio.
7. Cumplir con la totalidad de los ofrecimientos de su propuesta.
8. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato.
9. Actuar con la máxima diligencia y cuidado en la prestación del servicio o en la entrega de los elementos.
10. Entregar los elementos conforme a las especificaciones técnicas exigidas por SATENA y aceptadas por EL ARRENDADOR.
11. Todas las plantas se entregaran en condición NUEVA.
12. EL ARRENDADOR deberá cumplir con la garantía de las plantas en caso de que las plantas presenten defectos de fábrica.
13. En caso de que las plantas presenten fallas repetitivas, EL ARRENDADOR deberá efectuarle una revisión preliminar al equipo e informar si la garantía cubre el daño que presenta el equipo. En caso contrario deberá reemplazarlo por una de iguales o mejores condiciones dentro de los dos (2) días siguientes al reporte del daño o de la comunicación de daño definitivo.
14. La entrega de las plantas deberá hacerse treinta (30) días siguientes a la firma del contrato.
15. Mantener fijos los valores ofertados, durante la vigencia del contrato, por lo tanto los precios indicados en el contrato no estarán sujetos a reajuste por ningún motivo, durante la ejecución del mismo.
16. Asumir bajo su costo y riesgo todos los gastos no incluidos en el contrato y en los cuales incurra para la ejecución del mismo.
17. Guardar estricta confidencialidad en relación con la información que sea entregada por parte de SATENA para el desarrollo del objeto contractual. En consecuencia, el contratista se obliga a tomar las medidas necesarias para impedir que tales informaciones no autorizadas lleguen a conocimiento de terceros y se obliga a no utilizarla para ningún propósito diferente al cumplimiento del objeto de este contrato.
18. EL CONTRATISTA será respons...
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas en el presente CONTRATO, EL ARRENDADOR se obliga para con EL ARRENDATARIO a:
1. Otorgar el vehículo a EL ARRENDATARIO, para uso y goce temporal de acuerdo con lo convenido en este CONTRATO, en perfecto estado mecánico, físico y en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad, con todos los documentos y equipos exigidos por la ley.
2. Otorgar a EL ARRENDATARIO el vehículo en el momento y lugar acordados.
3. Aportar todo el conocimiento y experiencia en desarrollo del objeto del CONTRATO.
4. Librar a EL ARRENDATARIO de toda turbación en el goce del vehículo.
5. Cumplir con las obligaciones legales que le resulten aplicables.
OBLIGACIONES DE EL ARRENDADOR. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas en el presente CONTRATO, EL ARRENDADOR se obliga para con EL ARRENDATARIO a:
(i) Otorgar el Vehículo a EL ARRENDATARIO, para uso y goce temporal de acuerdo con lo convenido en este CONTRATO, en perfecto estado mecánico, físico y en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad, con todos los documentos y equipos exigidos por la ley.
(ii) Otorgar a EL ARRENDATARIO el Vehículo en el momento y lugar acordados.
(iii) Aportar todo el conocimiento y experiencia en desarrollo del objeto del CONTRATO.
(iv) Librar a EL ARRENDATARIO de toda turbación en el goce del Vehículo.
(v) Cumplir con las obligaciones legales que le resulten aplicables.