INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE – IPD LICITACION PÚBLICA 004-2012- IPD/UL
INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE – IPD
LICITACION PÚBLICA 004-2012- IPD/UL
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1
LICITACIÓN PÚBLICA
Nº 004-2012-IPD/UL
(PRIMERA CONVOCATORIA)
CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:
Elaboración de Expediente Técnico y Ejecución de la Obra: “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional – VIDENA, San Xxxx, Lima”
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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BASE LEGAL
Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE.
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CALIFICACIÓN PREVIA
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratación de la ejecución de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la sección específica de las Bases deberá preverse el requisito de calificación previa.
CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.
El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE
INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite del ciento diez por ciento (110%), deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
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RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
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DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratación.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.
Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra3, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA4
El plazo de ejecución de obra se inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, según corresponda.
Que la Entidad entregue el expediente técnico de obra completo al contratista.
Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutará la obra al contratista.
Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al contratista, cuando en la sección específica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligación.
Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la sección específica de las Bases, salvo que en dicha sección no se haya previsto la entrega de este adelanto.
Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales5 señalados en su propuesta técnica.
Estas condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del contrato.
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climática no permitiera el inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que formará parte del expediente de contratación de la obra.
IMPORTANTE:
De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.
RESIDENTE DE OBRA6
Profesional7 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad8, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designación, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
La sustitución del residente sólo procederá previa autorización por escrito del funcionario de la Entidad que, según sus normas de organización interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorización, y siempre que el profesional reemplazante reúna calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitución del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerará aprobada la sustitución.
INSPECTOR O SUPERVISOR9 DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta deberá designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.
CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deberá ser firmado en cada una de sus páginas por el inspector o supervisor, según xxxxxxxxxxx, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.
El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podrá impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día en que se impida el acceso.
Sólo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, firmando al pie de cada anotación que efectúen. También se anotarán en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, así como la respuesta de este último.
Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad, por medio de comunicación escrita.
El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.
IMPORTANTE:
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.
ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artículo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases10.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la sección específica de las Bases, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.
VALORIZACIONES
La valorización es la cuantificación económica del avance físico en la ejecución de la obra en un periodo determinado, tendrá el carácter de pago a cuenta y deberá ser realizada el último día de cada periodo de valorización previsto en la sección específica de las Bases, por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este último la realizará.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
REAJUSTES
Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
IMPORTANTE:
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La penalidad por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 211 del Reglamento. No procederá la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago del saldo de la liquidación, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Las controversias sobre pagos podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la sección específica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación.
VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene, hasta que la liquidación quede consentida y se efectúe el pago correspondiente.
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
IMPORTANTE:
Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarán, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogación de mayores fondos públicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarán las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecución de obras.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
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ENTIDAD CONVOCANTE
-
Nombre
:
[Instituto Peruano del Deporte – IPD]
RUC Nº
:
[20135897044]
Domicilio legal
:
[Xxxxx Xxxxx xx Xxxxx Xx 000, Xxxxxxx xx Xxxx]
Teléfono y fax:
:
[000-0000]
Correo electrónico:
:
xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra Elaboración de Expediente Técnico y Ejecución de la Obra: “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva – VIDENA, San Xxxx, Lima.
VALOR REFERENCIAL11
El valor referencial asciende a S/. 132 677 705.04 (Ciento Treinta y Dos Millones Seiscientos Setenta y Siete Mil Setecientos Cinco y 4/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de DICIEMBRE DE 2012.
-
Valor Referencial
(VR)
Límites
Inferior 90%
Superior 110%
[S/. 132 677 705.04]
(ciento treinta y dos millones seiscientos setenta y siete mil setecientos cinco con 4/100 nuevos soles)
[S/. 000 000 000.54
(ciento diecinueve millones cuatrocientos nueve mil novecientos treinta y cuatro con 54/100 nuevos soles
[S/. 145 945 475.54]
(ciento cuarenta y cinco millones novecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y cinco con 54/100 nuevos soles)
Las propuestas que excedan en más xxx xxxx por ciento (10%) el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial, conforme al artículo 76º del Reglamento. El plazo para otorgar la buena pro no excederá xx xxxx (10) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº 099-2012
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
[Recursos Ordinarios]
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de [SUMA ALZADA], de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
[CONCURSO OFERTA].
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
La obra a ser ejecutada está definida en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección, en el capítulo III.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [TRESCIENTOS SESENTA (360)] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [SESENTA (60)] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma en el plazo de [TRESCIENTOS (300)] días calendario. Dichos plazos constituyen requerimientos técnicos mínimos que deben coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.”
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El costo de reproducción de las bases asciende a la suma de s/. 10.00 nuevos soles.
BASE LEGAL
Ley Nº [29812] Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal [2012].
Ley Nº [29813] Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal [2012].
Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
LEY Nº 29873 - Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado/ Aprobado con Decreto Supremo N°138 – 2012 -EF, modificatorias y ampliatorias vigentes a la fecha.
Directivas del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE.
Ley del Procedimiento Administrativo General / Ley N°27444, ampliatorias y modificatorias.
Ley del Ejercicio Profesional de Ingenieros y de Arquitectos / Ley Nro. N°16053.
Ley Complementaria a la Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros / Ley N° 28858.
Reglamento de la Ley N°. 28858 / Decreto Supremo N° 016-2008-VIVIENDA
Ley que complementa el marco legal vigente referido al Ejercicio Profesional del Arquitecto / Ley N° 28966.
Reglamento de la Ley N°28966 / Decreto Supremo N° 005-2011-VIVIENDA
Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública / Ley N°27293 y sus modificatorias y ampliatorias.
Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública / Decreto Supremo N° 102-2007-EF y sus modificatorias y ampliatorias.
Directiva N° 001-2011-EF/68.01 - Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública / R.D. N° 003-2011-EF/68.01, ampliatorias y modificatorias.
Reglamento Nacional de Edificaciones (Resolución Ministerial N° 290-2005-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA) y modificatorias (Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 006-2011-VIVIENDA)
Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley N° 27050, ampliatorias y modificatorias).
Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad (Decreto Supremo N° 003-2000-PROMUDEH, ampliatorias y modificatorias).
Directiva N° 002-2010-CG/OEA, “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra” (Resolución de Contraloría N°196-2010-CG).
Reglamento de la Federación Internacional de Natación.
Reglamento Sanitario de Piscina - Decreto Supremo Nº 007-2003-SA, Publicado en el Peruano de fecha 03 xx Xxxxx del 2003. Pág. 242057.
Ley de concesiones eléctricas y su reglamento (DL 25844)
Código nacional de electricidad de suministro 2001
D.S. N° 013-2000-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil.
Reglamento Sanitario de Piscina - Decreto Supremo Nº 007-2003-SA Normas técnicas ACI
Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo y Desastre.
Normas de Seguridad para Locales Deportivas de Defensa Civil
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
Se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Que el proveedor se haya registrado como participante conforme a lo establecido en las presentes Bases.
Que el proveedor cuente con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores.
Que el proveedor no se encuentre incluido en el Registro de Proveedores Inhabilitados para Contratar con el Estado.
Que el proveedor no se encuentre comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Artículo 10º de la Ley.
En cuanto a la participación de postores en Consorcio, ésta se regirá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 36º de la Ley, Artículo 48° de su Reglamento:
e.1) Podrán participar distintos postores en Consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente. Para ello será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de Xxxxxxxxx, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del Contrato.
Para tales efectos, constituye exclusiva responsabilidad de los postores dar estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 016-2012-OSCE/CD: “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
e.2) Las partes del Consorcio responderán solidariamente ante el INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE – IPD, por todas las consecuencias derivadas de su participación individual en el Consorcio durante el proceso de selección, o de su participación en conjunto en la ejecución del Contrato derivado de este.
e.3) Deberán designar un representante o apoderado común con amplias y suficientes facultades para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato hasta la liquidación del mismo.
e.4) Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en el presente proceso de selección.
e.5) Las partes del Consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado y deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Proveedores.
e.6) Queda claramente entendido que la terminación de la ejecución de la obra, no extingue la responsabilidad civil individual y colectiva solidaria de todos los integrantes.
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 12
-
Etapa
Fecha, hora y lugar
Convocatoria
:
19/12/2012
Registro de participantes
:
Del: 20/12/2012
Al: 21/01/2012
Formulación de Consultas
:
Del: 20/12/2012
Al: 28/12/2012
Absolución de Consultas
:
03/01/2013
Formulación de Observaciones a las Bases
:
Del: 04/01/2013
Al: 10/01/2013
Absolución de Observaciones a las Bases
:
14/01/2013
Integración de las Bases
:
18/01/2013
Presentación de Propuestas
:
28/01/2013
Sobre N° 01 (Calificación Previa)
* El acto público se realizará en
Sala de Prensa del Estadio Nacional sito en Calle Xxxx Xxxx X/N a las 10:00 horas
Evaluación de Calificación Previa
:
Del: 29/01/2013
Al: 31/01/2013
Resultados de Calificación Previa
:
01/02/2013
* El acto público se realizará en
Sala de Prensa del Estadio Nacional sito en Calle Xxxx Xxxx X/N a las 10:00 horas
Presentación de Propuestas
:
08/02/2013
Sobre N° 02 (Propuesta Técnica) y Sobre N° 03 (Propuesta Económica)
Únicamente para postores precalificados
* El acto público se realizará en
Sala de Prensa del Estadio Nacional sito en Calle Xxxx Xxxx X/N a las 10:00 horas
Calificación y Evaluación de Propuestas
:
Del 11/02/2013 al 13/02/2013
Otorgamiento de la Buena Pro
:
14/02/2013
* El acto público se realizará en
:
Sala de Prensa del Estadio Nacional sito en Calle Xxxx Xxxx X/N a las 10:00 horas
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en LA OFICINA DE INFRAESTRUCTURA, sito en XX. XXXXX XX XXXXX Xx 000 XXXX 0, XXXXXXX XX XXXX / XXXX / LIMA, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 A 17:00 HORAS.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente técnico de obra, salvo en la modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya su elaboración, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (UNIDAD DE TRÁMITE DOCUMENTARIO) o la que haga sus veces, sito en XX. XXXXX XX XXXXX Xx 000 XXXX 0, XXXXXXX XX XXXX / XXXX / LIMA, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:30 A 17:00 HORAS, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 004-2012-IPD/UL, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
Adicionalmente, se solicita a los participantes que a efectos de facilitar y agilizar el procedimiento de absolución de consultas y observaciones a las Bases, de tenerlo a bien, conjuntamente con su escrito, acompañen un CD conteniendo el archivo en Word de su pedido.
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en la Sala de Prensa del Estadio Nacional sito en Calle Xxxx Xxxx X/N, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xx XXXXXXX PÚBLICO.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en TRES (3) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 004-2012-IPD/UL, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Calificación Previa. El sobre será rotulado:
Señores
INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Xx. Xxxx Xxxx X/X Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx / Xxxx / Xxxx – Estadio Nacional
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PúblicA N° 004-2012-IPD/UL
Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DE LA VILLA DEPORTIVA
SOBRE N° 1: CALIFICACIÓN PREVIA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE N° 2: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Xx. Xxxx Xxxx X/X Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx / Xxxx / Xxxx – Estadio Nacional
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PúblicA N° 004-2012-IPD/UL
Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DE LA VILLA DEPORTIVA
SOBRE N° 2: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 3: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
SOBRE N° 3: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE
Xx. Xxxx Xxxx X/X Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxx / Xxxx / Xxxx – Estadio Nacional
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PúblicA N° 004-2012-IPD/UL
Denominación de la convocatoria: CONTRATACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO Y LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS DE LA VILLA DEPORTIVA
SOBRE N° 3: PROPUESTA ECONOMICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
La Calificación Previa y la Propuesta Técnica se presentarán en un (1) original y 02 copias. La Propuesta Económica se presentará en un (1) original.
SOBRE N° 1 – CALIFICACIÓN PREVIA
El Sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos13, la siguiente documentación:
Declaración Jurada de datos del postor, según Anexo Nº 01.
Cuando se trate de Consorcio, esta Declaración Jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
Copias simples de los Certificados de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (en el Capitulo de Ejecutor de Obra y de Consultor de Obra).
En caso de consorcios los integrantes de éste presentarán el certificado que corresponda en función de las obligaciones que se compromete a ejecutar de acuerdo con el detalle establecido en la Promesa Formal de Consorcio.
Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el Artículo 42° del Reglamento conforme al Anexo N° 02.
Promesa de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común, las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (el cual deberá ser expresado en número entero, sin decimales), según el Anexo Nº 04.
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Capacidad financiera
e.1) Solvencia Económica, el postor demostrará que posee solvencia económica mediante la presentación de línea(s) de crédito bancaria(s) por un monto mínimo de S/.15 000 000.00 (Quince y 00/100 Millones de Nuevos Soles), netos fuera de aplicación a otros contratos, para cubrir el flujo de caja para la construcción durante la ejecución del contrato.
Las empresas extranjeras presentarán la(s) línea(s) de crédito bancaria(s), otorgadas por banco(s) extranjero(s) de primera categoría, incluidos en la relación aprobada por el Banco Central de Reserva mediante Circular Nº 025-2006-BCRP, publicada en la edición del Diario Oficial El Peruano el 27 de octubre de 2006, o la norma que la sustituya. Para el caso de Perú, la emisión de líneas de crédito será otorgada por los bancos autorizados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Esta declaración será presentada en el Formato N° 2: Carta de Referencia Bancaria.
e.2) Sobre la base de la información de los balances, o los que hagan sus veces, de los tres (3) últimos ejercicios de cada firma o cada integrante del consorcio, serán evaluados los siguientes conceptos utilizando los criterios que se indican a continuación:
e.2.1) Índice de Liquidez General.- Cada proponente deberá demostrar un índice de liquidez igual o mayor a 1.5.
e.2.2) Índice de Acidez.- Cada proponente deberá demostrar un índice de acidez igual o mayor a 1.5.
e.2.3) Índice de Endeudamiento.- Cada proponente deberá demostrar un índice de endeudamiento igual o menor que 1,0.
Para el caso de Consorcios se verificará que cada empresa integrante cumpla con los índices precisados. Los valores presentados deberán ser sustentados con el Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas presentado a la CONASEV, o la que haga sus veces, en los últimos 03 años. Los índices deberán redondearse al segundo decimal.
Las empresas constructoras extranjeras deberán presentar copia del Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas auditados y debidamente autenticados por la autoridad tributaria o por el Organismo competente en su país de origen.
Experiencia en Obras Generales
Relación de las 5 principales obras construidas en los últimos diez (10) años como contratista general, cuyos montos no sean inferiores al 25% del Valor Referencial.
Experiencia en Obras Similares.
Relación de las 3 principales obras similares referidas a Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de Instalaciones Deportivas, tales como Estadios Polideportivos, Coliseos o Estructuras de Concreto y Metálicas integradas en una sola edificación destinadas a la práctica deportiva, construidas en los últimos 10 años, cuyo monto no debe ser inferior al 15% del monto de ejecución de la obra.
La información referida para obras en general y obras similares, se limitará a obras concluidas y deberán respaldarse con copias simples de los Certificados de Conformidad o Ejecución de Obra o Acta de Recepción Final de Obra o Liquidación de obra.
Conforme al sexto párrafo del artículo 39° del Reglamento; al tener un valor referencial superior a 25 000 UIT, corresponde establecer en las Bases la etapa de calificación previa, que tiene por objeto determinar si los postores tienen capacidad y/o solvencia técnica y económica; por lo que se evaluará; su experiencia en la actividad en forma general, su experiencia en obras de especialidad, y, su capacidad financiera; para lo cual se han establecido parámetros que debe cumplir, sin asignar puntaje; es decir Cumple ó No Cumple, declarándose Aptos a aquellos postores que cumplen con lo solicitado, según Anexo 6.
SOBRE N° 2 – PROPUESTA TÉCNICA
El Sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos14, la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN RELACIONADA A LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS (PRESENTACIÓN OBLIGATORIA):
Declaración Jurada del Plazo de Ejecución, según el Anexo N° 03. Obligatorio.
El Plazo para la Elaboración del Expediente Técnico y para la Ejecución de la Obra, en días calendario, constituye un Requerimiento Técnico Mínimo de obligatorio cumplimiento, por tanto no es considerado como factor de evaluación (Artículo 47° del Reglamento).
Declaración Jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Anexo N° 05, según detalle:
b.1) Relación de Personal Mínimo (Ver Anexo N° 05)
Carta Compromiso de cada Profesional (Según Anexo N° 10A). Esta declaración será presentada adjunta al Anexo N° 9: Experiencia del Personal Propuesto (Expediente Técnico) y Anexo N° 10: Experiencia del Personal Propuesto (Obra), correspondiente al personal que formulará el Estudio Definitivo (Expediente Técnico) y al personal que ejecutará la Obra.
b.2) Relación de Equipo Mínimo (ver anexo N° 05)
Plan de Trabajo para la Ejecución de todas las fases de la obra
c.1) Descripción de la metodología y plan para ejecutar la obra.
Metodología o Plan de Trabajo que incluya los procedimientos a emplear y los sistemas de aseguramiento y control de calidad. Se deberá incluir también el Plan de Seguridad para la obra.
c.2) Procedimientos constructivos.
El postor deberá proponer el sistema constructivo que elija, por especialidad y por componente; para lo cual deberá describir la tecnología a utilizar, lugares de aplicación en el proyecto, especificaciones técnicas de la misma y detalle gráfico de la propuesta.
c.3) Planes.
El postor deberá presentar Planes de Impacto y Mitigación Ambiental.
Los Requerimientos Técnicos Mínimos deben ser cumplidos y presentados por todos los Postores para que sus Propuestas sean admitidas.
DOCUMENTACIÓN RELACIONADA A LOS FACTORES DE EVALUACIÓN DEL POSTOR (PRESENTACIÓN FACULTATIVA):
Experiencia en Obras en General (Ejecutor de obras) ejecutadas por el Postor los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de Propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta tres (03) veces el Valor Referencial de la Obra materia de la Convocatoria; acreditados con copias simples de los Contratos y sus respectivas Actas de Recepción Final de Obra y Conformidad; Contratos y sus respectivas Resoluciones de Liquidación de Obra; o Contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Esta documentación será presentada según Anexo N° 7: Relación de Obras en General.
Cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, que servirá para la asignación del puntaje proporcional respectivo, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación donde se consigne dicha información.
La conversión de los montos de los contratos en dólares se efectuará empleando la tasa de cambio (valor venta) correspondiente al promedio del mes del año en que se concluyeron cada una de las obras. La actualización será a la fecha correspondiente al mes del Valor Referencial empleando el IPC, para el caso de obras facturadas en moneda nacional; las obras facturadas en moneda extranjera serán actualizadas al tipo de cambio vigente.
En caso de presentarse documentación en idioma distinto al castellano, se deberá acompañar traducción oficial o certificada, efectuada por Traductor Público Juramentado o Traductor Colegiado Certificado.
Definición de Obras en General: Son todas aquellas obras contenidas en el numeral 33 del Anexo de Definiciones del Reglamento, ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años.
Experiencia de Obras Similares (Ejecutor de obras) ejecutadas por el Postor en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de Propuestas, por un máximo acumulado equivalente al Valor Referencial de la Obra materia de la presente Licitación, siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento 15% del Valor Referencial, acreditados con copias simples de los Contratos y sus respectivas Actas de Recepción Final de Obra y Conformidad; Contratos y sus respectivas Resoluciones de Liquidación de Obra; o Contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Esta documentación será presentada según Anexo N° 8: Relación de Obras Similares.
Cuando las obras presentadas hayan sido ejecutadas en Consorcio, deberá indicarse el porcentaje (%) de participación que corresponda, presentando para tal efecto el Contrato de Asociación donde se consigne dicha información.
Para el caso de postores extranjeros, se confirma que los documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero (inclusive los contratos de obra pública y sus respectivas liquidaciones y actas de terminación o recepción, y balance general), podrán ser presentados por el postor en copia simple. En caso de encontrarse en idioma distinto al castellano, se deberá acompañar traducción oficial o certificada, efectuada por Traductor Público Juramentado o Traductor Colegiado Certificado.
La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar la experiencia en obras en general
La conversión de los montos de los contratos en dólares se efectuará empleando la tasa de cambio (valor venta) correspondiente al promedio del mes del año en que se concluyeron cada una de las obras. La actualización será a la fecha correspondiente al mes del Valor Referencial empleando el IPC, para el caso de obras facturadas en moneda nacional; las obras facturadas en moneda extranjera serán actualizadas al tipo de cambio vigente.
Definición de Obras Similares: Se consideran Obras Similares a las obras de Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de Instalaciones Deportivas, tales como Coliseos, Estructuras (de Concreto o Metálicas integradas en una sola edificación) o Estadios Polideportivos
Relación de Profesionales: Se deberá acompañar el respectivo Currículo Vitae, adjuntando copia simple del Título Profesional (salvo el caso del Topógrafo), Colegiatura (Diploma de Inscripción en el Colegio respectivo u organismo similar para profesionales extranjeros), Declaración Jurada de Habilidad y Carta Compromiso de cada Profesional (Según Anexo N° 10A). Esta declaración será presentada adjunta al Anexo N° 9: Experiencia del Personal Propuesto (Expediente Técnico) y Anexo N° 10: Experiencia del Personal Propuesto (Obra), correspondiente al personal que formulará el Estudio Definitivo (Expediente Técnico) y al personal que ejecutará la Obra.
Para el caso de los profesionales extranjeros, acreditaran su habilidad mediante el correspondiente copia del diploma de inscripción en el colegio de su país de origen similar al Colegio de Ingenieros del Perú o de Arquitectos, según sea el caso. En caso de obtener la Buena Pro el profesional está obligado a inscribirse en el Colegio de Ingenieros del Perú o de Arquitectos, según sea el caso.
Cumplimiento de Ejecución de Obras, el cual se evaluará en función al número de Certificados o Constancias que acrediten que aquella se efectuó y liquidó sin que se haya incurrido en penalidades, debiendo presentarse los Contratos o Constancias de Obras en General y Similares. Estos Certificados o Constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la Experiencia del Postor. Para cumplir este requisito se acreditara con copias simples de los certificados de ejecución de obras que no indiquen incumplimiento o penalidad de la empresa postora. Esta declaración será presentada en el Anexo N° 11: Cumplimiento de Ejecución de Obras sin haber incurrido en penalidad.
En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
SOBRE N° 3 – PROPUESTA ECONÓMICA
El contenido del sobre de la Propuesta Económica será el siguiente:
Monto total de la Propuesta Económica, expresado en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al Anexo Nº 12, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. Obligatorio.
El monto total de la Propuesta Económica será en Nuevos Soles.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
2.6.1 Calificación Previa
La evaluación de la Calificación Previa (Sobre n° 1) se efectuara dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso de selección, para determinar si los postores tienen capacidad y/ó solvencia técnica y económica; experiencia en la actividad en forma general, experiencia en obras de especialidad, en concordancia del sexto párrafo del Artículo 39° del Reglamento.
El Comité Especial evaluará si la documentación presentada cumple con los requerimientos establecidos en las Bases. Los postores que no sean declarados aptos no tendrán derecho a continuar en el proceso; por tanto sus Sobres 2 y 3, se darán por no presentados.
La evaluación de propuestas (Sobres N° 2 y N° 3) se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
2.6.2 Evaluación Técnica
Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en el Anexo N° 05 de las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
2.6.3 Evaluación Económica
No cabe subsanación alguna por omisiones o errores en la propuesta económica. Si la propuesta económica excede en más del 10% o es menor al 90% del Valor Referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE/ Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
2.6.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 (PTi) + c2 (Pei)
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30
La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total.
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
Copia de DNI del Representante Legal.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
Copia del RUC de la empresa.
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratación.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato. [Carta Fianza]
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
Designación del Residente de Obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.
Certificados de Habilidad de los profesionales propuestos.
IMPORTANTE:
En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en la Oficina de Tramite Documentario del IPD, sito Xx. Xxxxx xx Xxxxx Xx 000 Xxxxxxx xx Xxxx/Xxxx/Xxxx, de 08:00 a 17:15 horas.
ADELANTOS
En el caso de la elaboración del Expediente Técnico; y teniendo en cuenta la oferta económica del contratista para esta actividad, se hará entrega del siguiente adelanto:
ADELANTOS DIRECTOS:
Hasta por el treinta por ciento (30%) del monto ofertado, correspondiente a la Elaboración del Expediente Técnico; el cual deberá ser solicitado por el contratista a más tardar al octavo día de suscrito el contrato; siendo que la entidad se compromete a entregarlo en un plazo máximo de 7 días; contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
En el caso de la Ejecución de la Obra; y teniendo en cuenta la oferta económica del contratista para esta actividad, se hará entrega de los siguientes adelantos:
ADELANTOS DIRECTOS
Hasta por el veinte por ciento (20%) del monto ofertado, correspondiente a la Ejecución de la Obra (monto consignado en la oferta económica del contratista); el cual deberá ser solicitado por el contratista a más tardar al octavo día de iniciada la ejecución de obra; siendo que la entidad se compromete a entregarlo en un plazo máximo de 7 días; contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso. La entrega del segundo adelante no será condicionante para el inicio de ejecución de obra.
ADELANTOS PARA INSUMOS Y OBRAS
Hasta por el cuarenta por ciento (40%) del monto ofertado, correspondiente a la Ejecución de la Obra (monto consignado en la oferta económica del contratista); el cual deberá ser solicitado por el contratista, teniendo en consideración los plazos considerados en el Calendario de Adquisición de Materiales y Equipos aprobado por la Entidad; para lo cual se deberá presentar una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso. La entrega del segundo adelante no será condicionante para el inicio de ejecución de obra.
VALORIZACIONES
El periodo de valorización será [MENSUAL], teniendo en consideración lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 197 del Reglamento.
De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deberá contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el Supervisor, según corresponda; a la que deberá adjuntarse el comprobante de pago respectivo.
PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de 15 días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
CAPÍTULO III REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
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TÉRMINOS DE REFERENCIA
DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Elaboración de Expediente Técnico y Ejecución de la Obra: “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional – VIDENA, San Xxxx, Lima”.
FINALIDAD PÚBLICA
De acuerdo a la política de gestión aplicada, el IPD durante el año 2012 ha visto conveniente, contrarrestar la insuficiencia y falta de mantenimiento de infraestructura deportiva a nivel nacional de las diferentes disciplinas deportivas, es así que en cumplimiento del cronograma de ejecución de Actividades y Proyectos para el año 2012, se ha incluido la ejecución del Proyecto de inversión “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional–VIDENA, San Xxxx, Lima”, con la finalidad publica de contar con instalaciones deportivas de uso especial y eficiente, integrándolas a una mayor cantidad de disciplinas deportivas que servirán como centro de entrenamientos para los deportistas calificados de alta competencia de varias disciplinas deportivas de las selecciones nacionales cumpliendo estándares internacionales, el mismo que por ende brindará y favorecerá a un mayor número de deportistas, por lo que es necesario seleccionar a una empresa jurídica que realizara la elaboración del expediente técnico, y ejecución de obra hasta la liquidación respectiva.
ANTECEDENTES
La Sede - VIDENA es uno de los principales recintos deportivos del país donde alberga oficinas e instalaciones de entrenamientos de las federaciones deportivas, de los cuales ocupa solo una parte de las instalaciones, del área del predio, en ese sentido considerando que el Deporte en el Perú no cuenta con un Centro de Alto Rendimiento (CAR) acorde con las exigencias propias de un deportista competitivo a nivel internacional, el IPD aplicando una política de gestión inclusiva elaboro el Planteamiento Integrado destinado al funcionamiento de un centro de entrenamiento para deportistas calificados de selecciones nacionales con adecuadas condiciones para entrenar y prepararse.
Para ello se debe mejorar la calidad de la infraestructura, e instalaciones y servicios complementarios de la Sede – VIDENA, de tal manera que se garantice el adecuado entrenamiento y preparación de los deportistas seleccionados nacionales de alta competencia pertenecientes a las Federaciones Deportivas Nacionales involucradas.
En este contexto, el Instituto Peruano del Deporte, cumpliendo con su función de promover el desarrollo deportivo y recreativo; propiciar la construcción, ampliación, remodelación de las infraestructuras y edificaciones deportivas para el desarrollo de las diferentes disciplinas deportivas, elaboró el Estudio de Pre Inversión, a nivel de Factibilidad del proyecto “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”, (Código SNIP: 216050) y declarado viable el 12/09/2012.
OBJETIVOS
General:
Los procesos de adjudicación y contratación corresponden a un Ejecutor de Obras, que tienen por objeto contratar al proveedor que asumirá la responsabilidad de elaborar el expediente técnico de la obra; “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”, y la ejecución de la obra hasta su liquidación y conformidad, definido en el proyecto de inversión pública con código SNIP 216050; en el cual se detalla la ubicación y alcance de todas las infraestructuras proyectadas, que deberán ser verificadas, en su oportunidad, por el Contratista.
El objetivo central es “Deportistas calificados de selecciones nacionales con adecuadas condiciones para entrenar y prepararse en la Villa Deportiva Nacional – VIDENA de San Xxxx, Lima”
El principal medio para lograr el objetivo central es mejorar la calidad de la infraestructura, equipamiento, instalaciones y servicios complementarios de la Villa Deportiva Nacional – VIDENA, de tal manera que se garantice el adecuado entrenamiento y preparación de los deportistas seleccionados nacionales de alta competencia pertenecientes a las Federaciones Deportivas Nacionales involucradas.
Las disciplinas deportivas que se encuentran dentro de la VIDENA y forman parte de las 19 disciplinas involucradas en el proyecto son: Atletismo, Beisbol, Ciclismo, Gimnasia, Judo, Karate, Lucha amateur, Softbol y Voleibol.
Las otras disciplinas deportivas que se encuentran fuera de la VIDENA y forman parte de las 19 disciplinas involucradas en el proyecto son: Xxxxxxxxx, Básquetbol, Bowling, Esgrima, Hándbol, Kung Fu, Levantamiento de Pesas, Xxx xxxx Do, Tenis xx xxxx y Tiro. La elaboración del Expediente Técnico o Estudio Definitivo deberá ser efectuada con el objetivo de garantizar la calidad técnica de las construcciones previstas, así como la seguridad y el uso adecuado de los ambientes, áreas, estabilidad estructural, funcionalidad y durabilidad de las obras proyectadas, en concordancia con las normas técnicas de edificación, enmarcándolas dentro de los parámetros técnicos normativos vigentes y en concordancia con las metas físicas estimadas en el estudio de pre inversión declarado viable, Con el Código SNIP 216050.
Específico:
Determinar el marco teórico, técnico y normativo que regirá el desarrollo de la elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de Obras requerida, así como los lineamientos generales a ser desarrollados; los plazos, procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para la prestación del servicio.
Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas, económicas, técnicas, normativas, funcionales, topográficas, geológicas, etcétera; de los terrenos y edificaciones a intervenir, y que tengan implicancias en el proyecto a desarrollar.
Definir las características técnicas de diseño y estructuración de los proyectos requeridos.
Definir las especificaciones técnicas de construcción de las obras requeridas.
Establecer el costo de las obras proyectadas, así como el plazo mínimo de ejecución de las mismas.
El Expediente Técnico de obra, según lo exige el Artículo 13º de la Ley de Contrataciones del Estado, deberá ser elaborado de manera tal que, al momento de ejecutar las obras, no se haga necesaria la aprobación de partidas adicionales o rectificaciones por omisiones, errores, falta de previsión o planificación; bajo exclusiva responsabilidad del Contratista, salvo casos extremos e imprevisibles. Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría Nro. 196-2010-CG.
Luego de aprobado resolutivamente por la entidad el Expediente Técnico respectivo, el Proveedor podrá dar inicio a la ejecución de la obra tal como se proyectó, acatando las disposiciones técnicas-normativas vigentes que correspondan, concluyéndose con la elaboración de la liquidación de obra hasta que quede consentida; LA APROBACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SERÁ INDEPENDIENTE, Y NO LIMITANTE PARA LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA.
Nota: En este punto y de conformidad con lo indicado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE en su Opinión N° 079-2012/DTN, en las obras que se ejecutan bajo la modalidad de Concurso Oferta, dado que el sistema de contratación aplicable es de Xxxx Xxxxxx, el postor se obliga a ejecutar el íntegro de los trabajos necesarios para la ejecución de las prestaciones requeridas por la Entidad, por el precio y plazos ofertados en sus propuestas.
Así, dicho Organismo ha precisado que el precio y plazos ofertados por un postor en sus propuestas durante un proceso de selección, no pueden ser modificados o variados durante la ejecución del respectivo contrato.
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO DE INGENIERÍA
El consultor que se encargue de la elaboración del expediente técnico debe contar con la especialidad de CONSULTORÍA EN OBRAS URBANAS, EDIFICACIONES Y AFINES la misma que corresponde al objeto de la convocatoria.
Los alcances de este documento son de cumplimiento obligatorio para las partes. Sin embargo, no son excluyentes ni limitativos, debiendo el Proveedor (Consultor) efectuar los aportes necesarios para la correcta complementación y prestación del servicio, sí fuera el caso.
El presente documento precisa, entre otros aspectos, las exigencias técnicas de contenido y forma para los documentos, los plazos parciales de ejecución, el plazo total, prórrogas, la forma de pago, las penalidades y demás aspectos concernientes a la ejecución contractual.
Los presentes Términos de Referencia se constituyen en parte integrantes y complementarios del Contrato que se suscribirá. Su acatamiento y cumplimiento constituye una obligación esencial del Proveedor (Consultor).
Del Expediente Técnico:
El Expediente Técnico, estará constituido por la recopilación y compatibilización de todos los documentos y estudios básicos de ingeniería que lo sustentan.
El expediente técnico será presentado debidamente anillado o espiralado, completamente TERMINADO y foliado, y en medio magnético, dentro del plazo establecido en los presentes Términos de Referencia.
Todo lo relativo a textos deberá entregarse en Word y las planillas de cálculo en Excel. Los archivos magnéticos incluirán las Bases Topográficas, y la digitalización de levantamiento y planos. Además el Proveedor (Consultor) entregará a LA ENTIDAD todos los archivos magnéticos en software compatibles que se generan en el proceso de diseño del proyecto, cualquiera sea el software utilizado para ese efecto.
Se debe entregar la información en formato DWG por layers o capas con la información de cada elemento en un archivo por separado. Es decir, para cada elemento en el plano CAD, se debe generar un archivo DWG el cual contenga el nombre del elemento correspondiente.
El Proveedor (Consultor) presentará la respectiva planilla de metrados y la sustentación de los mismos; adjuntará memorias de cálculo, diagramas, tablas y gráficos que hayan servido para la elaboración de los documentos presentados.
El Expediente Técnico contara con planos, especificaciones técnicas, costos unitarios, estudio de suelos, cálculo de metrados, análisis de costos unitarios, mitigación de impacto ambiental, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, instalaciones electromecánicas, planeamiento integral, acorde con el estudio de factibilidad.
La obra se iniciara en cuanto se apruebe el expediente técnico resolutivamente la cual contara con planos, especificaciones técnicas, etc. acorde con la normatividad vigente, cada edificación con presupuesto integral independiente, cada especialidad contará con presupuesto propio, los cuales integrados constituirán el presupuesto total de la obra.
Definiciones generales
Cuando en el presente documento se mencione la palabra ‘Ley’, sin especificarla, se entenderá que se está haciendo referencia directa a la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, incluidas sus ampliatorias y modificatorias vigentes a la fecha.
Bajo el mismo concepto, la mención al término ‘Reglamento’ se entenderá como referida al Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N°184-2008-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias vigentes a la fecha.
La mención a las siglas ‘OSCE’, hace referencia al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado.
El término ‘Postor’, hace referencia a la persona, natural o jurídica, que participa en el proceso selectivo para la contratación del servicio de consultoría de obra y ejecución de obra que se regirá a través de los presentes Términos de Referencia, Bases y Contrato.
La mención al término ‘‘Contratista”, hacen referencia directa a la persona, natural o jurídica, que haya suscrito el contrato de consultoría de obra, y de ejecución de obra, que se regirá a través de los presentes Términos de Referencia, pudiendo ser denominado en la elaboración del estudio Proveedor (Consultor).
La expresión ‘Términos de Referencia’ hace referencia directa al presente documento.
Los términos ‘Entidad’, hacen referencia directa al Instituto Peruano del Deporte (IPD); a través de sus unidades competentes.
El término ‘Coordinador’ corresponde al funcionario del IPD que será designado para controlar y coordinar la ejecución del contrato.
El término ‘Residente de obra’ corresponde al profesional que será designado por el contratista responsable de la ejecución de la obra el cual deberá controlar y coordinar con sus asistentes de obra para la correcta ejecución del contrato.
El termino Supervisor de Xxxx corresponde al profesional encargado de suscribir las ocurrencias en el cuaderno de obra, llevara la verificación y control de los trabajos acorde con el expediente técnico de la obra, será designado por el Supervisor.
El término ‘Revisores’, corresponde al grupo de profesionales que se encargará de revisar y dar conformidad al estudio, informes, proyecto y expediente técnico.
La mención al término ‘Proyectista’, hace referencia directa a la persona, natural o jurídica, que ha elaborado los estudios o la información técnica del Expediente Técnico de la obra, siendo el responsable el Contratista.
Obras similares: Se entenderá por OBRAS SIMILARES a “Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de Instalaciones Deportivas, tales como Estadios Polideportivos, Coliseos o Estructuras de Concreto y Metálicas integradas en una sola edificación destinadas a la práctica deportiva, construidas en los últimos 10 años, cuyo monto no debe ser inferior al 15% del monto de ejecución de la obra”.
BASE LEGAL
Al tratarse de la elaboración de un Expediente Técnico y Ejecución de Obra, mediante un proceso de selección enmarcado en La Ley y Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se deberán tomar en cuenta que este se ejecutará mediante el sistema de contratación de suma alzada, por lo que se deben considerar que las cantidades, magnitudes y calidades de la prestación estén totalmente definidas en los planos y en las especificaciones técnicas respectivas. Asimismo se deben considerar la siguiente reglamentación, directivas y normatividad en la elaboración del estudio:
LEY Nº 29873 - Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado/ Aprobado con Decreto Supremo N°138 – 2012 -EF, modificatorias y ampliatorias vigentes a la fecha.
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 / Ley N° 29812.
Directivas del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE.
Plan Anual de Contrataciones del IPD para el AF-2012.
Ley del Procedimiento Administrativo General / Ley N°27444, ampliatorias y modificatorias.
Ley del Ejercicio Profesional de Ingenieros y de Arquitectos / Ley Nro. N°16053.
Ley Complementaria a la Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros / Ley N° 28858.
Reglamento de la Ley N°. 28858 / Decreto Supremo N° 016-2008-VIVIENDA
Ley que complementa el marco legal vigente referido al Ejercicio Profesional del Arquitecto / Ley N° 28966.
Reglamento de la Ley N°28966 / Decreto Supremo N° 005-2011-VIVIENDA
Ley Sobre el Derecho de Autor / Decreto Legislativo N° 822, ampliatorias y modificatorias.
Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública / Ley N°27293 y sus modificatorias y ampliatorias.
Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública / Decreto Supremo N° 102-2007-EF y sus modificatorias y ampliatorias.
Directiva N° 001-2011-EF/68.01 - Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública / R.D. N° 003-2011-EF/68.01, ampliatorias y modificatorias.
Reglamento Nacional de Edificaciones (Resolución Ministerial N° 290-2005-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA) y modificatorias (Decreto Supremo N° 010-2009-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 006-2011-VIVIENDA)
Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley N° 27050, ampliatorias y modificatorias).
Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad (Decreto Supremo N° 003-2000-PROMUDEH, ampliatorias y modificatorias).
Directiva N° 002-2010-CG/OEA, “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra” (Resolución de Contraloría N°196-2010-CG).
Interno para el Sector Público (Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG)
Código Civil.
Directiva Nº 004-2002-EF/68.01; Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública.
R.M. Nº 458-2003-EF.15; Delegación de facultades para Declarar la Viabilidad de los proyectos de Inversión Pública.
R.M. Nº 694-2003-EF.15; Modificatoria de la R.M Nº 458-2003-EF.15
R.M. Nº 01 – 2004-EF/68.01; Modificatoria de la Directiva Nº 04-2003-EF/68.01, Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
D.S. Nº 027-2003-VIVIENDA, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, modificado por el D.S. Nº 012-2004-VIVIENDA.
Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, modificado por Ley Nº 27135.
Reglamento de la Federación Internacional de Natación.
Reglamento Sanitario de Piscina - Decreto Supremo Nº 007-2003-SA, Publicado en el Peruano de fecha 03 xx Xxxxx del 2003. Pág. 242057.
Ley de concesiones eléctricas y su reglamento (DL 25844)
Código nacional de electricidad de suministro 2001
D.S. N° 013-2000-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil.
Reglamento Sanitario de Piscina - Decreto Supremo Nº 007-2003-SA Normas técnicas ACI
Ley Nº 29664 , del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo y Desastre
Normas de Seguridad para Locales Deportivas de Defensa Civil
ALCANCES DEL CONTRATO
Estos términos de referencia están contemplados para la etapa de elaboración del Estudio definitivo que el Postor tomará en cuenta en el proceso de selección bajo la modalidad de concurso oferta, encontrándose la obra ubicada en la Sede de la Villa Deportiva Nacional en el distrito de San Xxxx, Provincia de Lima, Región Lima, intitulada: “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”.
El expediente técnico será elaborado bajo los parámetros y pautas establecidas en el Estudio de Pre Inversión a nivel de factibilidad considerando todos sus aspectos.
Según lo señalado en el estudio de Pre Inversión a Nivel de Factibilidad, en términos generales los componentes del proyecto a ejecutar consisten en lo siguiente:
Construcción de un Polideportivo 1 de dos bloques que albergarán las disciplinas deportivas de Bádminton, Hándbol, Básquetbol y Gimnasia; la edificación estará conformado por columnas, vigas, losas, escaleras de concreto, muros estructurales, tabiquerías, pisos y pavimento y cobertura de paneles termo acústicas y la estructura xx xxxxx que la soporta.
Una edificación para residencia deportiva de 5 niveles compuesta por columnas, vigas, losas, muros estructurales y escaleras de concreto.
También se construirá otro Polideportivo 2 que albergará las disciplinas deportivas de Judo, Xxx Xxxx Do, Karate, Kung Fu, Bowling, Tiro, Levantamiento de Pesas, Lucha amateur, Esgrima y Tenis xx xxxx; la edificación estará conformada por muros de albañilerías, tabiques de drywall, acabados y se instalara para la cobertura paneles termo acústico, cerramientos laterales, pisos.
Un edificio de 4 niveles para oficinas de 19 federaciones deportivas, obras de habilitación urbana que incluyen movimiento de tierras y demoliciones, Pisos y Pavimentos, habilitación paisajista de áreas verdes, espejos de agua, control sistematizado de iluminación, redes de instalaciones eléctricas, comunicaciones, sanitarias y gas contra incendio y data. Demolición y construcción de un nuevo velódromo y de pista de calentamiento y mejora de la iluminación exterior de la pista de atletismo existente además de módulos de servicio.
ACTIVIDADES
La descripción de los alcances del contrato, no son limitativos. El Contratista, para los objetivos del estudio, podrá ampliarlos o profundizarlos, pero no reducirlos, siendo responsable de todos los trabajos y estudios que realice en cumplimiento de los presentes Términos de Referencia.
Inspección y evaluación del terreno en el que se ejecutarán las obras.
Estudio, análisis y aplicación de los aspectos normativos vigentes acorde con las disciplinas deportivas a construirse, así como efectuar el levantamiento de información necesario para diagnosticar la situación actual de la zona a proyectar (aspectos mitigación impacto ambiental).
Mantener reuniones periódicas con personal de la Unidad de Estudios y Proyectos / Oficina de Infraestructura IPD, durante el proceso de elaboración del Expediente Técnico y con personal de la Unidad de Obras, durante el proceso de ejecución de la obra, siendo las áreas responsables del seguimiento y control del servicio de consultoría, a fin de evaluar permanentemente el avance del Expediente Técnico y obra respectivamente; además de contar con la participación del Supervisor Externo en aquellos casos en que sea necesaria.
No variación sustancial respecto a lo señalado en el estudio de Factibilidad del proyecto, efectuar la formulación y elaboración de planos, memorias descriptivas, especificaciones técnicas, metrados, análisis de costos unitarios, presupuesto, desagregado de gastos generales, relación de insumos y materiales, Formulas Polinómica, memorias de cálculo y otros que sirvan como sustento para dar conformidad a la propuesta técnica del proyectista, de acuerdo a la especialidad y profesional responsable.
Elaborar en forma integral el Expediente Técnico con el cual se ejecutará la obra, que consistirá, con carácter no limitativo, en analizar:
Elaborar el Anteproyecto, y continuar luego de su aprobación de parte de la Oficina de Infraestructura del IPD.
Realizar el levantamiento topográfico, así como también efectuar el estudio de suelos del terreno en el que se ejecutarán las obras.
Reuniones semanales entre el IPD, Supervisor y los profesionales que elaboran el Expediente Técnico.
Participar en las reuniones técnicas suscribiendo Actas de cada una de las reuniones que se efectúen, con indicación de los acuerdos y órdenes emitidas/recibidas.
Elaborar íntegramente el Expediente Técnico con el cual se ejecutará la obra, considerando las especialidades de arquitectura, estructuras, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, instalaciones electromecánicas, instalaciones deportivas, y mitigación de impacto ambiental.
Elaborar el proyecto adecuado a la normativa vigente según corresponda.
Elaborar el proyecto con la adecuación de los diseños a la funcionalidad esperada del proyecto.
Elaborar los Metrados y presupuestos con precios xxx xxxxxxx con sus cotizaciones (3 mínimo)
Elaborar el proyecto acorde a los sistemas constructivos convencionales utilizados.
Concordancia y compatibilidad de planos de arquitectura, estructura e instalaciones.
Concordancia y compatibilidad de planos con Metrados, Especificaciones Técnicas, Memorias Descriptiva, Topografía.
Elaborar el cronograma de avance físico valorizado, cronograma de desembolsos, cronograma de adquisición de materiales y cronograma de participación de los especialistas por actividad.
Proponer modificaciones y/o mejoras a la propuesta del Estudio de Factibilidad, para mantenimiento ó mejora.
Presentar el Expediente Técnico dentro del plazo previsto.
ESTUDIOS BÁSICOS
ESTUDIOS DE INGENIERÍA BÁSICA
En esta etapa de elaboración del Expediente Técnico, el contratista debe considerar los siguientes alcances del servicio:
Primera Etapa – Inspección , Estudio de la Zona e informe:
Deberá contener, como mínimo, los siguientes ítems y documentos conformantes del expediente técnico:
Levantamiento topográfico o planímetro según corresponda, básicamente de las zonas donde se edificarán obras nuevas (Se basará en los parámetros señalados en la normativa correspondiente y en el Estudio de Pre Inversión que se adjunta).
Resultado de la evaluación de estudio de suelos, básicamente de las zonas donde se edificarán obras nuevas o se ampliará (verticalmente) edificaciones existentes (Se basará en los parámetros señalados en el anexo correspondiente que se adjunta, y en la norma pertinente del Reglamento Nacional de Edificaciones).
Descripción del resultado de la evaluación estructural de edificaciones. Comprende la identificación, la descripción y la evaluación de las características y condiciones físicas que presentan las edificaciones existentes. Este aspecto cobra relevancia y trascendencia especial en el caso de edificaciones sobre las cuales se prevé efectuar ampliaciones.
Verificación de la factibilidad técnica de las intervenciones descritas en el Estudio de Pre Inversión; Descripción de problemas.
Planos del levantamiento de los servicios básicos en la zona a intervenir, es decir identificación de la factibilidad de habilitar los mismos a las zonas a construir. Se identificarán, ubicarán y describirán: Redes públicas y acometidas domiciliarias del suministro eléctrico, agua, desagüe, telefonía y comunicaciones.
Memoria Descriptiva de servicios básicos existentes. Verificación de servicios de energía eléctrica, agua y desagüe.
Diagnóstico, conclusiones y recomendaciones.
Nota: Si durante el trabajo de campo se identifican ambientes cuya infraestructura ha sido modificada por el usuario, de manera que no sean posible ejecutar, total o parcialmente, las metas previstas en los Estudios de Pre Inversión, o que puedan presentar eventuales problemas durante su ejecución; estos casos serán notificados mediante informe técnico para la toma de decisiones correspondientes, exponiendo la propuesta de solución pertinente.
Primera Etapa – Inspección , Estudio de la Zona e informe:
El Contratista realizará un reconocimiento del terreno identificando los puntos críticos como posibles inundaciones, zonas vulnerables, etc., inventario de lo existente, y situación en la que se encuentra la zona materia de la intervención, pronunciándose técnicamente las propuestas de solución, en el informe respectivo.
Levantamiento Topográfico
El Proyecto será diseñado dentro del perímetro del terreno materia de la convocatoria, respetando lo señalado en el proyecto de Pre Inversión evitando hacer cambios en el trazado, de las edificaciones; Cualquier cambio, será sustentando de forma técnica y económica y en función a los estándares técnicos precisados.
El estacado del terreno debe ser cada 10 m en tangentes, dichas estacas estarán niveladas y marcadas convenientemente, para poder ser identificadas en la ejecución de la obra.
Se estacarán todos los puntos importantes de cada componente, como los PCs, Pls, PTs, cambios xx xxxxx a relleno y viceversa, ubicación de obras existente y drenaje, entre otros.
Los vértices (Pls) de la poligonal definitiva del diseño geométrico deberá ser replanteados y referidos a marcas en el terreno; dichos vértices se monumentarán en concreto y estarán protegidos y referenciados.
La dimensión mínima de los bloques de concreto serán de 0.20m.0.20m*0.30m.
Las referencias pintadas adecuadamente y monumentadas en concreto o en puntos inamovibles se ubicarán fuera del área de las explanaciones, permitiendo una fácil ubicación y replanteo de los Pls.
Para el cálculo de las coordenadas (UTM) correspondientes a los vértices de la poligonal definitiva, se tomarán como referenciales coordenadas de los hitos geodésicos más cercanos que existan en la zona o alternativamente se usarán puntos definidos por posicionamiento satelital (GPS diferencial) con el sustento correspondiente.
La georeferenciación se hará estableciendo puntos de control geográfico mediante coordenadas UTM estarán en lugares cercanos y accesibles que no sean afectados por las obras o por el tráfico vehicular y peatonal.
Los puntos serán monumentados en concreto de manera fija, asegurando su permanencia en el terreno.
El sistema de referencia será único para cada proyecto y todos los trabajos topográficos necesarios para ese proyecto estarán referidos a ese sistema. Se utilizará coordenadas planas (topográficas) en vértices de coordenadas UTM. Las cotas o elevaciones se referirán al nivel medio del mar.
El método utilizado para orientar el sistema de referencia y para ligarlo al sistema UTM del IGN se describirán en la memoria descriptiva.
Para efectos de la georeferenciación, debe tenerse en cuenta que el Perú está ubicado en las zonas 17, 18, 19 y en las bandas M, L, K, según la designación UTM. El elipsoide utilizado es el World Geodetic System 1984 WGS-84).
Los trabajos de nivelación y seccionamiento comprenderán a todas las estacas del eje de cada componente, levantándose el perfil longitudinal del terreno tomando como punto de referencia las cotas de los hitos Geodésicos o los BMs del IGN más cercanos que existen en la zona.
Las nivelaciones se cerrarán cada 250 m colocándose un Bench-Mark (BM) de concreto en lugares debidamente protegidos, referidos a otros puntos inamovibles y con marcas en el terreno y fuera del alcance de los trabajos, con una precisión de 0.006m en un kilómetro. Se adjuntará al estudio registro fotográfico y croquis de ubicación de cada uno de los BM's, además presentará la verificación de cierre de cada BM.
En todo caso se tendrán en cuenta las tolerancias en la ubicación de puntos establecidas en la normatividad vial vigente.
El ajuste de los trabajos topográficos será efectuado con relación dos puntos de control geográfico contiguos, ubicados en los vértices del terreno perimétrico.
Las secciones transversales serán levantadas para cada componente, debiendo permitir la óptima evaluación de los volúmenes de movimiento de tierras, debiendo el consultor justificar en los lugares donde no sea posible cumplir con dicha obligación.
Se realizarán los levantamientos topográficos complementarios de las zonas arqueológicas ¡identificadas, a fin de cuantificar cualificar el nivel y tipo de impacto.
El Contratista deberá realizar la descripción de los trabajos topográficos realizados y del terreno concerniente al estudio.
El Contratista entregará la base de datos de todos los levantamientos topográficos realizados, además del TIN (red de triángulos irregulares).
Estudio de Suelos, fuentes de agua y canteras:
Los trabajos a efectuarse tanto en campo, laboratorio y gabinete, están orientados a desarrollar las actividades que permitan evaluar y establecer las características físicas - mecánicas del terreno natural sobre la cual se apoyarán las edificaciones deportivas y pavimento: Se recopilará información sobre las características y estado de las edificaciones y pavimentos existentes en el sector que corresponda.
Asimismo, determinara la fuente de agua que se utilizara en la ejecución de la obra, la cual deberá ser agua en condiciones físicas químicas aceptables, la determinación de la cantera a utilizar en la mezcla del concreto será indicada por el Contratista.
El Proveedor (consultor) deberá establecer et Perfil Estratigráfico del terreno de fundación (Horizontal 1:10000 y Vertical 1:12.5).
El Proveedor para definir el Perfil Estratigráfico deberá efectuar prospecciones de estudio. Las prospecciones (calicatas) serán tres (03) por edificación proyectada, distanciadas uniformemente, en forma alternada (izquierda - derecha) y dentro del área a edificar, en caso de haber diferenciación en las características de los estratos entre calicatas ó de encontrarse sectores críticos (suelos inestables saturados, orgánicos, etc.) se hará una calicata adicional. La profundidad de estudio será como mínimo de 3.50 m debajo de la línea del BM localizado de encontrarse suelos orgánicos, expansivos, las calicatas serán más profundas de tal forma de determinar la potencia de dichos estratos.
El Proveedor podrá utilizar como información referencial, los resultados de las calicatas obtenidos en el estudio previo; (Factibilidad) asimismo, presentará las vistas fotográficas de la totalidad de calicatas que efectúe, en las que se pueda apreciar los estratos encontrados y la profundidad de la calicata.
Los ensayos de Mecánica de Suelos a efectuarse a las muestras de cada estrato encontrado en cada prospección, se desarrollarán de acuerdo al Manual de Ensayos de Materiales para Edificaciones y serán:
Análisis Granulométrico por tamizado.
Humedad Natural Límites xx Xxxxxxxxx.
Limite Líquido.
Limite Plástico.
Índice de Plasticidad.
Clasificación de Suelos por los Métodos SUCS y
AASHTO.
Un valor de la capacidad portante del terreno (q. adm) de fundación deberá obtenerse por cada tipo de suelo y como control de permanencia de ésta serán tres (03) calicatas por edificación proyectada con la finalidad de obtener luego de un análisis estadístico la determinación de la Capacidad portante de diseño, (q. adm) que corresponda con el Perfil Estratigráfico (cada sector de características homogéneas).para ello deberá establecerse lo siguiente:
F.S = factor de seguridad.
Df = profundidad de desplante.
& = peso volumétrico del suelo.
c = cohesión del suelo.
Ç = ángulo de fricción interna.
Na, Nb, Nq = coeficientes xxx xxxxxx de fricción interna.
NAF = nivel de aguas freáticas
El Proveedor elaborará el Perfil Estratigráfico de la obra, considerando las cotas del terreno, en base a fa información tomada en campo y a los resultados de ensayos de laboratorio; indicando tipo, calidad y espesor de los diferentes estratos de suelos, asimismo sus características como densidad, humedad, valor soporte, plasticidad, etc.
Evaluará el Perfil Estratigráfico y de acuerdo a las características físico - mecánicas, determinará sectores críticos y sectores de características homogéneas.
La evaluación deberá determinar, la presencia o no de suelos orgánicos, expansivos en cuyo caso las calicatas deben ser más profundas. Se indicará claramente su ubicación, longitud y profundidad de dicho sector y se darán recomendaciones concretas sobre el tratamiento a realizarse durante el proceso constructivo.
Las calicatas deben ser protegidas, para su evaluación y estar debidamente referidas a la edificación que corresponda para su ubicación, Por seguridad las calicatas serán debidamente rellenadas y compactadas una vez que haya sido concluida la evaluación de dicha prospección, en caso de incumplimiento el Contratista asumirá la responsabilidad por los daños y perjuicios a terceros, además se aplicará una penalidad de 0.5% del monto total del contrato.
La Memoria Descriptiva del Estudio de Suelos deberá considerar la descripción de los suelos encontrados, condición actual de la superficie y condición estructural del terreno de fundación; ubicación de materiales inadecuados(expansivos, saturados, orgánicos), suelos débiles (si los hubiera), presencia de nivel freático, análisis de la totalidad de los resultados de ensayos de laboratorio; con sus recomendaciones, tratamiento, soluciones y demás observaciones al respecto que considere el Contratista.
El estudio debe especificar las profundidades (espesores), anchos y longitudes de aquellos sectores donde se efectuaron mejoramientos del terreno ya sea por la existencia de materiales inadecuados, suelos débiles en la plataforma existente, así como de los cortes de taludes o relleno de terreno, indicando las características del material para el mejoramiento, el procedimiento constructivo y los metrados correspondientes.
Se efectuará el análisis de los suelos desde el punto de vista de capacidad de soporte para la edificación proyectada, el cual concluirá en la sectorización del terreno de ser posible. El q. adm de diseño para la estructuración de las edificaciones , es el valor de mayor incidencia en el sector, por lo que su cálculo obedece a la estadística de todos los ensayos efectuados y la totalidad de suelos encontrados; luego dicho q. adm de Diseño se empleará para establecer la estructura de la cimentación de las edificaciones respectivamente.
En el Perfil Estratigráfico de acuerdo a lo señalado por la Highway Research Board, se representará en forma gráfica, los tipos de suelos, espesor de los diferentes estratos, características físico - mecánicas de cada uno de los estratos de acuerdo a resultados de ensayos de laboratorio, nivel freático y demás observaciones que considere el Proveedor.
Las columnas estratigráficas deberán incluir toda información que pudiera explicar la condición del suelo de la superficie del área donde se va a construir el proyecto y terreno natural en un espesor no menor de 3.50m de profundidad.
El Proveedor analizará y evaluará las muestras en el laboratorio de suelos y materiales de su propiedad o de un laboratorio de prestigio, siendo responsable de la exactitud y confiabilidad de los resultados. Debiendo presentar el consultor los certificados de calibración de los equipos de laboratorio.
En líneas generales el Proveedor deberá realizar la siguiente programación de actividades para los fines propuestos, siendo estos mínimos a cumplir:
Reconocimiento del terreno.
Distribución y ejecución de calicatas.
Ejecución de ensayos de Laboratorio.
Evaluación de los trabajos de campo y laboratorio.
Perfiles Estratigráficos.
Análisis de la Capacidad Portante Admisible.
Determinación de Asentamientos.
Conclusiones y Recomendaciones.
SEGUNDA ETAPA: ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO
Elaboración de Anteproyectos:
Para la elaboración del Anteproyecto de Arquitectura, se realizara de conformidad con el procedimiento establecido en la normatividad vigente.
Se entregará: Anteproyecto de Arquitectura. Contendrán, como mínimo, los siguientes ítems:
Pronunciamiento de la evaluación y revisión del anteproyecto, dicho pronunciamiento contendrá el comentario por cada ítem formulado por el proyectista.
La Programación de Áreas y Ambientes. Exposición y sustentación de las eventuales variaciones aplicadas a la programación contenida en el estudio de pre inversión. De existir variaciones, éstas deben ser debidamente justificadas. Se presentará un cuadro comparativo de las metas, áreas y ambientes programadas en el estudio de pre inversión y las resultantes de las proyectadas por el Consultor.
Planteamiento de la Zonificación. Tanto a nivel de posicionamiento sobre el terreno, como del planteamiento funcional.
Plano de Localización y Ubicación. Desarrollado por el proyectista, a escala más adecuada. Se precisará la orientación magnética. Se anexará el cuadro general de áreas correspondientes.
El Anteproyecto. Presentado por el proyectista a escala 1/75 o 1/50. Incluirá:
Planos de planta. Se presentarán amobladas, a fin de visualizar la capacidad real de los ambientes proyectados. Se indicará nivel de piso terminado y cotas, denominación de ambientes, etc.
Plantas de Intervención, indicando, de ser el caso, los muros nuevos, muros a preservar, muros por demoler, etc. Se empleará texturas y leyendas de identificación.
Elevaciones (Todas las fachadas), indicando: Acabados, ambientación, sombras, etc.
Secciones x xxxxxx longitudinales y transversales (mínimo tres en cada caso), indicando nivel de piso terminado, cotas, pendientes de techo, etc.
Plano de techos, indicando: Niveles de techo terminado, acabados, pendientes (Que deberá obedecer la pendiente normativa según la zona). Indicar la orientación del Norte magnético.
Apuntes varios de exteriores e interiores.
TERCERA ETAPA: ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO (ESTUDIO DEFINITIVO)
Elaboración de Expedientes Técnicos:
Esta etapa corresponde a la presentación del Informe Final del proyecto, en ese sentido el Proveedor entregará a la Unidad de Estudios y Proyectos, de la Oficina de Infraestructura el Expediente Técnico respectivo. Sin ser limitativos ni excluyentes, contendrán, como mínimo, los siguientes ítems y documentos elaboradas por el proyectista y firmados según la especialidad:
Diseño de Arquitectura
En base al anteproyecto aprobado previamente y teniendo en cuenta lo señalado en el estudio de factibilidad, la distribución, detalles y condiciones de diseño arquitectónico, el Contratista elaborara el diseño y planos respectivos, los cuales serán para cada componente (polideportivo, CAR, Coliseo, etc.), considerado y señalado en la Pre Inversión, cuyo procedimiento será establecido acorde con las normas técnicas, Ley y en el Reglamento, debiendo presentar asimismo Memoria Descriptiva, Presupuesto, Metrados, Análisis de Costos Unitarios, Especificaciones Técnicas, por componente respectivamente.
Diseño de Estructuras
El Contratista presentará cuadros resumen de la evaluación de campo de las diferentes componentes del proyecto a corresponder, bajo los aspectos de hidrología e hidráulica, geología y geotecnia y de estructuras; incluyendo conclusiones conciliatorias, en cuanto a las alternativas de solución optadas, así como en relación a su ubicación y a su situación actual según lo observado en campo.
En el ítem de estructuras, se desarrollarán las alternativas de solución para el mejoramiento y/o construcción de las diferentes componentes, debiendo presentar los planos de ubicación, vista general, encofrados, detalles estructurales, columnas, vigas, entramados metálicos, muros de contención ; dichas soluciones deben estar debidamente respaldadas por las memorias de cálculo correspondientes.
El Contratista deberá realizar el levantamiento topográfico de la zona de ubicación de cada una de las obras de las edificaciones, en base al mismo efectuar el diseño respectivo.
En casos especiales, deberá considerarse la reparación y construcción de barandas en desniveles pronunciados, ampliación de parapetos, coronas, construcción xx xxxxx de contención y señalización vertical, para lo cual se adjuntará la memoria de cálculo, estudio de suelos con fines de cimentación y el estudio hidrológico.
En el caso de diseño xx xxxxx de contención en corte y relleno, se tomará en consideración la naturaleza del área de cimentación (suelos, roca fracturada, roca fija, etc.), secciones, perfiles, niveles, determinando su trazado y elevación. Cada muro debe ser diseñado con indicación de su cota de cimentación y coronación, preparando sus planos de detalle tanto en sección transversal, longitudinal y planta. Las otras soluciones que se propongan también deben contar con el estudio correspondiente.
En caso de edificaciones de estructuración aporticadas o combinadas Contratista presentara los cálculos de diseño debidamente suscritos por el especialista en la materia.
En los casos de reparación y/o construcción de edificaciones parcial o total, Contratista deberán considerar los procedimientos convencionales, acorde con la normatividad vigente y su reglamento, asimismo prepararán planos y procedimientos detallados para la ejecución de éstas obras, de acuerdo al reglamento de edificación vigente.
Efectuar el diseño de todas las estructuras de acuerdo a las Especificaciones AASHTO y de acuerdo al material que se determine como apropiado, Los cálculos se efectuarán en sistema computarizado, cuya memoria de cálculo se adjuntará al estudio.
Debe presentar los planos siguientes: ubicación, vista general en planta y elevación (ubicación y descripción del tipo de suelo estimado, niveles). Detalles estructurales de las obras propuestas (encofrados, armadura de estribos, capacidad de carga, presión transmitida al terreno).
En la memoria descriptiva del proyecto, debe incluirse el resumen general el número de edificaciones según pre inversión priorizados, estableciendo el tipo de intervención a realizar, debiendo presentar memoria descriptiva, presupuesto, metrados, análisis de costos unitarios, especificaciones técnicas, considerando el procedimiento establecido en las normas técnicas, Ley y en el Reglamento.
Diseño de Instalaciones Eléctricas
Previo al diseño, el Contratista, a través del especialista visitara y recorrerá la zona del terreno donde se proyecta el diseño y tomara referencias sobre las características de la toma, carga instalada existente, etc.; luego de ello de presentarse alguna incompatibilidad deberá proponer soluciones técnicas al respecto, cuidando que el diseño en cada una de sus componentes cumplan con la normatividad de la Ley de concesiones eléctricas y su reglamento (DL 25844), Código nacional de electricidad de suministro 2001,etc, diseño que se plasmara en los planos de la especialidad para cada componente, en ella se tendrán el diseño, tendido y acometidas de las redes principales de alumbrado, de, tomacorriente, de cocina, therma, bomba, y reserva, serán con tableros generales independientes de cada módulo o componente, todas tendrán pozo a tierra, los cuales contendrán los cálculos de diseño respectivos, debiendo presentar memoria descriptiva, presupuesto, metrados, análisis de costos unitarios, especificaciones técnicas, considerando el procedimiento establecido en las normas técnicas, Ley y en el Reglamento.
Diseño Instalaciones Sanitarias
Para el diseño de las instalación sanitarias previo al diseño, el Contratista, a través del especialista visitara y recorrerá la zona del terreno donde se proyecta la obra y tomara referencias sobre las características de abastecimiento de agua potable, (medidores, tomas, etc.), y redes de abastecimiento de alcantarillado al predio , luego de ello de presentarse alguna incompatibilidad deberá proponer soluciones técnicas al respecto, ciudadano que el diseño en cada instalación cumplan con la normatividad sanitaria vigente , diseño que se plasmara en los planos de la especialidad para cada componente, en ella se tendrán el diseño, tendido y acometidas de las redes a los servicios higiénicos, con sus aparatos sanitarios respectivamente en cada módulo o componente, debiendo presentar memoria descriptiva, presupuesto, metrados, análisis de costos unitarios, especificaciones técnicas, considerando el procedimiento establecido en las normas técnicas, Ley y en el Reglamento.
Diseño Instalaciones Especiales (Deportivas)
El Contratista presentara un diseño de instalaciones especiales en planos específicos, por cada componente proyectado cuyos aspectos cualitativos y cuantitativos estarán sujetos a la técnica de punta que corresponda, así se estima deberá contener planos de redes de internet, de cable, de teléfono, de gas, etc., instalación que serán coherentes con la distribución y ubicación del equipamiento deportivo proyectado acorde con las disposiciones normativos , técnicos pertinentes, dicho diseño deberá contener memoria descriptiva, presupuesto, metrados, análisis de costos unitarios, especificaciones técnicas, considerando el procedimiento establecido en las normas técnicas, Ley y en el Reglamento. EL DISEÑO DE LAS INSTALACIONES ESPECIALES DEPORTIVAS DEBERÁ CONTEMPLAR LAS ESPECIFICACIONES NECESARIAS PARA SER HOMOLOGADAS POR LAS FEDERACIONES INTERNACIONALES RESPECTIVAS A FIN DE QUE SE PUEDAN LLEVAR A CABO LOS JUEGOS BOLIVARIANOS Y DEMAS COMPETENCIAS OFICIALES.
Estudio Socio – Ambientales
El Contratista deberá realizar un Estudio de impacto Ambiental identificando las características de los impactos ambientales y sociales que potencialmente pudiera generar el proyecto en los medios físico, biológico, socioeconómico y cultural y especificar medidas para prevenir, mitigar, corregir o compensar los impactos negativos. La aprobación del estudio de impacto ambiental no es limitativa para proceder con la aprobación del expediente técnico de obra.
En base a la inspección de campo preliminar, deberá clasificarse el proyecto de acuerdo al riesgo socio ambiental en función al "tipo de proyecto" y el nivel de sensibilidad del medio", para sustentar la categoría de Estudio de impacto Ambiental que el consultor desarrollará, para lo cual se deberán evaluar los parámetros estandarizados.
En el estudio en mención el proveedor elaborara estudios de Impacto Vial urbano de la zona, en los cuales se analizara y propondrá medidas de mitigación respecto de los impactos producidos por un proyecto de edificación y/o urbanización emplazado en el área urbana de una comuna.
La normatividad legal peruana, mediante Leyes, Decretos Supremos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales, establece la presentación de Estudios de Impacto Vial, solo en los casos que el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), lo solicite, previo a la aprobación de los proyectos.
La Norma que rige para nuestro Proyecto es la A-100 (RECREACION Y DEPORTES) del RNE vigente, la cual en su Art. 3°, señala que Los proyectos de edificación para recreación y deportes, requieren la elaboración de los siguientes estudios complementarios, i) Estudio de Impacto Vial, para edificaciones que concentren más de 1,000 ocupantes y ii) Estudio de Impacto Ambiental, para edificaciones que concentren más de 3,000 ocupantes.
El Área de estudio para el presente análisis ha sido determinada por las vías adyacentes directas a la ubicación y tamaño del proyecto, es decir a un radio de influencia de 500 mts., ya que en dicha zona existen establecimientos similares que bien compatibilizarían con la propuesta planteada.
El Proveedor realizara el análisis cuantitativo y cualitativo de las características de transito en la zona del proyecto “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”, con el objetivo de establecer la factibilidad de la operación vehicular, respecto de la capacidad vial de las calles de acceso y/o salida, con relación a la demanda de tránsito generada por el proyecto.
Deberá sustentar el flujo vehicular y peatonal del proyecto tomando como REFERENCIA la Actual Sede de la VIDENA, analizando entradas y salidas al estacionamiento.
Deberá conocer el volumen y clasificación vehicular en las horas punta de la mañana y de la tarde, en el tramo relevante para el estudio, a fin de establecer la utilización de la vía y el nivel de servicio que proporciona, estableciendo el nivel operacional actual.
Deberá determinar la magnitud y composición vehicular de los movimientos que se producen en las vías relevantes del Estudio de Impacto Vial.
Estudio Seguridad e Higiene Industrial:
El Contratista deberá realizar un Estudio de Seguridad e Higiene Industrial identificando las características y medidas que sean necesarios para generar en el proyecto los mecanismos de seguridad debidamente implementados y deberá especificar medidas para prevenir, mitigar, calcular, dirigir e implementar sistemas e instalaciones en los ambientes laborales y actividades con riesgo. Además, deberá señalar la implementación de programas de trabajo en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo y desarrollar programas de capacitación de prevención y protección de riesgos laborales, se realizará normas y redactará especificaciones técnicas referidas a Higiene y Seguridad en el área de Trabajo, para su utilización en obra.
El informe final del ESTUDIO DEFINITIVO estará constituido por los volúmenes y estructura siguiente:
Volumen I: Resumen ejecutivo.
En anillado independiente, en el cual se incluirá un capítulo expreso detallando el estado situacional así como la disponibilidad del terreno, en toda su área de acción, canteras a utilizar, depósitos de material excedente, campamentos, patio de máquinas, fuentes de agua, electricidad, disposiciones municipales, etc., con conclusiones.
Volumen II: Estudios Básicos de Ingeniería
2.0.1. Estudio de suelos donde se requiera. Se ejecutará según los parámetros señalados en la Norma Técnica Nacional E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Ensayos de laboratorio de los suelos.
2.0.2. Ensayos de laboratorio de propiedades mecánicas de los suelos.
2.0.3. Ensayos de laboratorio de propiedades químicas de los suelos.
2.0.4. Registros de exploración de campo.
2.0.5. Plano de ubicación de calicatas.
Volumen III: Estudio de Impacto Ambiental
3.0.1. Estudio de Impacto Ambiental, según lo señalado en el estudio de pre-inversión.
Volumen IV: Expediente Técnico de Obra
4.0.1. Memorias descriptivas de las obras generales a ejecutar, por especialidad y componente.
4.0.2. Memorias de cálculo, por especialidad y componente.
4.0.3. Informe de evaluación estructural de edificaciones existentes.
4.0.4. Especificaciones técnicas propias de la obra, por especialidad.
4.0.5. Planillas de metrados, por especialidad.
4.0.6. Resumen general del presupuesto referencial.
4.0.7. Presupuestos referenciales, por especialidad.
4.0.8. Análisis de precios unitarios, por especialidad.
4.0.9. Desagregado de gastos generales.
4.0.10. Fórmulas polinómicas, por especialidad.
4.0.11. Cronograma general de actividades.
4.0.12. Cronograma de ejecución de obras.
4.0.13. Cronograma de desembolso.
4.0.14. Relación detallada de insumos.
4.0.15. Especificaciones de seguridad e higiene ocupacional para la obra.
4.0.16. Calendario de avance de obra valorizado.
4.0.17. Calendario de adquisición de materiales.
Volumen V: PLANOS
5.0.1. Planos de Índice.
5.0.2. Planos de ubicación.
5.0.3. Plano general de distribución y planos de distribución con cortes y elevaciones por cada componente de edificación.
5.0.4. Planos de intervenciones. Demolición o desmontajes de infraestructura existente. Con indicación de área y volumen de demolición.
5.0.5. Planos de obra, por especialidad, Arquitectura, estructuras, Instalaciones eléctricas, Instalaciones sanitarias, instalaciones especiales de cada componente de edificación.
5.0.6. Planos de detalles constructivos, por especialidad y por componente.
Volumen VI: ANEXOS
6.0.1. Documento detallado de libre disponibilidad de terreno, puntos de agua, electricidad y depósitos de material excedente, y disposiciones Municipales.
6.0.2. Panel fotográfico ordenado y detallado.
6.0.2. Recomendaciones.
Nota:
No es materia ni objetivo de la presente Consultoría, la elaboración de diseños, especificaciones, costos o documento técnico alguno, referidos al equipamiento especial del local. Bajo esta denominación se encuentran: vehículos, equipos de comunicación, vajilla, ropa de cama, mobiliario, cocinas, refrigeradores, computadoras, etc.
Sí es materia de la Consultoría, indicar en planos del anteproyecto definitivo el mobiliario: Mesas, sillas, escritorios, archivadores, camas, etc. que guarden relación directa con la ejecución de la obra civil considerada en el estudio de pre inversión, los cuales sí serán proyectados por el proyectista. El contratista de la ejecución de la obra no es responsable ni tiene obligación contractual de adquirir el mobiliario proyectado en los planos.
Sí es materia de la Consultoría, diseñar y ubicar en los planos de obra los “muebles fijos”: Reposteros de cocina, roperos empotrados, poyos, counter, etc., así como el equipo básico de obra: Calentadores eléctricos, electro bombas, pararrayos, pozos de puesta a tierra, tanque séptico, pozo de percolación, etc., que guarden relación directa con la ejecución de la obra civil, los cuales sí serán proyectados y de responsabilidad contractual del contratista ejecutor de la obra.
El proyecto de edificación definitivo deberá implementar todas las recomendaciones y modificaciones aportadas al anteproyecto, reflejando la solución técnica más óptima, desde el punto de vista de: Seguridad, estabilidad, economía, funcionalidad, estética, volumetría, integración con su entorno, etc.
INSPECCIÓN, COORDINACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA
La Entidad tiene derecho a ejercer control y vigilancia permanente sobre el contrato, con el fin de asegurar que su ejecución se ajuste a lo pactado. No obstante, en la eventualidad de que no se llegue a efectuar dicho control, ello, de ninguna manera, exime al Consultor de su obligación de ejecutar las prestaciones de acuerdo con los alcances de los Términos de Referencia y demás procedimientos oficialmente aceptados en la especialidad que se contrata.
La coordinación y control del contrato estará a cargo del coordinador que designará la Entidad, quien será un profesional colegiado, arquitecto o ingeniero civil.
El Contratista estará sujeto a la verificación de la participación del personal profesional que haya propuesto; durante el desarrollo del expediente técnico, durante la ejecución de la obra y liquidación final.
Al elaborar el Expediente Técnico, el Contratista deberá cumplir con la normatividad vigente. Antes de iniciar la ejecución del contrato, el Contratista deberá realizar, necesariamente, una reunión de coordinación con el Coordinador de la Unidad de Estudios y Proyectos de la OI-IPD.
Durante el desarrollo de cualquiera de las etapas previstas, el Contratista está en la obligación de informar oportunamente al Supervisor del IPD, sobre cualquier modificación, incongruencia, omisión, necesidad o factor que pueda generar la alteración de los alcances establecidos en el estudio de pre inversión. La omisión de dicha comunicación constituye falta grave del Contratista, quien asumirá la absoluta responsabilidad, contractual, administrativa, civil o penal, por los hechos que se deriven de ello, esta obligación se origina en el entendido de que el Contratista, a través del vínculo contractual, asumirá conjuntamente con la Entidad, las funciones de Unidad Ejecutora que define la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; siéndole en tal sentido, aplicable la responsabilidad indicada en el inciso 10.2 del Artículo 10° de la Directiva Nro. 001-2011-EF/68.01 - ‘Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública’, y a lo establecido en el Artículo 152° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
AÉREAS RESPONSABLES DEL SEGUIMIENTO
Áreas que supervisan: El Supervisor – Revisor , y la Unidad de Estudios y Proyectos durante el desarrollo y elaboración del Expediente Técnico de la Obra y la Unidad de Obras durante la ejecución de las obras hasta la liquidación, en ambas etapas la Oficina de Infraestructura del Instituto Peruano del Deporte.
Áreas que coordinarán con el Contratista: El Supervisor – Revisor y la Unidad de Estudios y Proyectos durante el desarrollo y elaboración del Expediente Técnico de la Obra y la Unidad de Obras durante la ejecución de las obras hasta la liquidación, en ambas etapas la Oficina de Infraestructura -IPD.
CONFORMIDAD DEL SERVICIO
Área que brindará la conformidad:
El Supervisor – Revisor y la Oficina de Infraestructura del IPD a través de la Unidad de Estudios y Proyectos en la etapa de Expediente Técnico.
El Supervisor y la Oficina de Infraestructura del IPD a través de la Unidad de Obras en la etapa de Ejecución de Obras.
NIVEL DE EXIGENCIA
La calidad de los expedientes técnicos a desarrollar, y de los propios estudios que lo sustentarán, debe ser apropiada. En el logro de este objetivo, el IPD exigirá un alto desempeño y compromiso al Contratista.
El nivel de exigencia es bastante alto, por consiguiente, en el entendido de que el Contratista y su equipo técnico cuentan con la experiencia, el conocimiento técnico y el profesionalismo requerido para el servicio; no se aceptará, bajo ninguna circunstancia, ninguna incongruencia, omisión, incompatibilidad o defecto de ninguna índole en los servicios o documentos que éste prestará, desarrollará o elaborará para la Entidad.
En este orden de ideas, el Contratista elaborara los documentos del Expediente Técnico, y será revisado por el supervisor, de encontrarse observaciones el Proveedor (Consultor) subsanara las mismas dentro de un plazo de cinco (05) días calendarios.
El Contratista a cargo del desarrollo y elaboración del Expediente Técnico deberá rectificar dichos documentos en cada una de estas oportunidades, a su costo, hasta la entera satisfacción del Consultor a cargo de la revisión y de la Entidad; sin perjuicio del derecho que le asiste a la Entidad de proceder a la resolución del contrato, en caso de no subsanarse las observaciones planteadas dentro del plazo otorgado; así como sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que correspondan.
Los documentos técnicos deben ser precisos, sustentados y debidamente redactados o dibujados. Los requisitos de forma y contenido deben ser cumplidos por igual, teniendo la misma importancia para el IPD.
La aptitud, actitud, profesionalismo y disposición del el Contratista y de sus especialistas, frente al contexto general del servicio que prestará al IPD, también es importante en el logro del objetivo planteado.
Para todos los efectos contractuales, por el simple hecho de presentar sus propuestas, los Postores, así como quien finalmente obtenga la Buena Pro y suscriba el contrato; están plenamente conscientes de la responsabilidad que asumen, comprometiéndose expresamente a cumplir con el nivel de exigencia establecido, así como con el objeto de la consultoría.
El Proveedor elaborara el Expediente Técnico de manera tal que permitan la ejecución de las obras proyectadas sin contratiempos. Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría N°. 196-2010-CG.
Asimismo, y como parte de la responsabilidad de los proyectistas, es aplicable lo previsto en el artículo 21° de la Norma G.030 ‘Derechos y Responsabilidades’, del Reglamento Nacional de Edificaciones.
El Contratista elaborara el Expediente Técnico dentro del contexto que comprenden las especialidades de: Arquitectura, estructuras, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, costos y presupuestos, topografía y mecánica de suelos, entre otros.
Las memorias de cálculo sustentarán los criterios utilizados para el diseño estructural, considerando las normas sismo-resistente, así como de adjuntar cálculo estructural utilizando software estructural y todos los aspectos que se consideren de importancia.
Los cálculos efectuados para la determinación de las demandas de las especialidades de instalaciones sanitarias y eléctricas también se detallarán en las correspondientes memorias de cálculo.
El Contratista cumplirá los Términos de Referencia los que deberán traducirse con suficiencia, claridad, en los documentos y planos de obra del proyecto y deberán ceñirse a las especificaciones técnicas, a los documentos que conforman las Bases de la presente adjudicación y al Reglamento Nacional de Edificaciones.
El Contratista elaborara la documentación, debiendo incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo de la consultoría. En tal sentido, deberá rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar la documentación entre sí, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.
REQUERIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SU PERSONAL
REQUISITOS DEL PROVEEDOR
El Proveedor, deberá reunir experiencia general en actividades de Consultoría y Ejecución de Obra, así como experiencia específica del personal profesional en elaboración de expedientes técnicos y ejecución de Obras. Su experiencia se acreditará con copia simple de los contratos completos donde figure la fecha de suscripción, firma de la entidad contratante y del postor; y con sus respectivas actas de Recepción y/o Resolución de Liquidación (en señal de conformidad), no contando para este fin los contratos resueltos por incumplimiento atribuible al postor. Asimismo el postor deberá cumplir con lo señalado en el cuarto párrafo del artículo 41 del Reglamento: acreditar su inscripción en el RNP como ejecutor de obras y consultor de obras.
PERFIL DEL PROVEEDOR (COMO CONSULTOR DE OBRA)
Deberá cumplir los siguientes requisitos:
Haber efectuado consultorías de obra por montos iguales a dos (02) veces el valor referencial del Expediente Técnico (S/. 2 707 708.27).
Las experiencias antes indicadas deberán ser acreditadas mediante la presentación de copia simple de los contratos completos donde figure la fecha de suscripción, firma de la entidad contratante y del postor; y con sus respectivas actas de Recepción y/o Resolución de Liquidación (en señal de conformidad).
PERFIL DEL PERSONAL PROFESIONAL PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO:
Se deberá acreditar contar con un equipo profesional conformado por las siguientes personas:
Un (1) Jefe de Estudio: Ingeniero Civil o Arquitecto, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de cuatro (04) años de experiencia profesional efectiva como Jefe de Estudio en la elaboración de Expediente Técnico de Obras Similares, debiendo acreditar su experiencia mediante presentación de contratos, certificados o su respectiva conformidad por la prestación efectuada; debiendo contar con estudios concluidos en proyectos de inversión pública.
Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Tres (3) Especialistas en Arquitectura: Arquitectos, titulados, colegiados y habilitados con un mínimo de cuatro (04) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Tres (3) Especialistas en Estructuras: Ingenieros Civiles, titulados, colegiados y habilitados con un mínimo de cuatro (04) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
En el caso de los estudios exigidos para el mencionado profesional, estos pueden corresponder a estudios de post grado (maestría o doctorado), o a estudios de especialización, siendo que en cualquier caso, tales estudios deben encontrarse concluidos; y se acreditarán mediante la presentación de la constancia y/o cualquier otro documento análogo.
Tres (3) Especialistas en Instalaciones Eléctrico Mecánicas: Ingeniero Electricista ó Ingeniero Mecánico Eléctrico, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de tres (03) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Tres (3) Especialistas en Instalaciones Sanitarias: Ingeniero Sanitario, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de tres (03) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Dos (2) Especialistas Ambientalista: Profesional titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de dos (02) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Tres (3) Especialistas en Metrados, Costos y Presupuestos: Ingeniero Civil, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de tres (03) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Tres (3) Especialistas en Topografía: Especialista en Topografía con un mínimo de dos (02) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Dos (2) Especialistas en Mecánica de Suelos: Ingeniero Civil, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de dos (02) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Dos (2) Especialistas en Arqueología: Arqueólogo, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de dos (02) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Dos (2) Especialistas en Seguridad e Higiene Industrial: Profesional, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de dos (02) años de experiencia profesional efectiva desempeñándose en la especialidad requerida, en la Elaboración de Expedientes Técnicos de OBRAS SIMILARES. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
OBRAS SIMILARES: Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de Instalaciones Deportivas, tales como Estadios Polideportivos, Coliseos o Estructuras de Concreto y Metálicas integradas en una sola edificación destinadas a la práctica deportiva, construidas en los últimos 10 años, cuyo monto no debe ser inferior al 15% del monto de ejecución de la obra.
.
Nota.- Se precisa que la experiencia exigida a los profesionales antes indicados, debe corresponder a aquella obtenida en forma posterior a la obtención de la colegiatura; con excepción del topógrafo”.
PARTICIPACIÓN, EQUIPOS Y LOGÍSTICA
En este aspecto se alcanza en el cuadro Nº 01 el detalle de la estructuración a considerar siguiente.
-
Cuadro Nº 01
ÍTEM
DESCRIPCIÓN
UND
CANTIDAD
TIEMPO (MESES)
PARTICIP. (%)
1.00
SUELDO
1.10
Personal Profesional
1.101
Jefe de Estudio
UND
1
2
100%
1.102
Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos
UND
3
1
100%
1.103
Especialista en suelos
UND
2
1
50%
1 .104
Especialista en estructuras y Arquitectura
UND
6
1.5
100%
1.105
Especialista en Instalaciones Eléctricas
UND
3
1
100%
1.106
Especialista en Instalaciones Sanitarias
UND
3
1
100%
1.107
Especialista en Topografía
UND
3
1
100%
1.109
Especialista en Impacto Ambiental
UND
2
2
100%o
1.110
Especialista en Arqueología
UND
2
1
100%
1.111
Especialista en Seguridad e Higiene Industrial
UND
2
1
100%o
1.200
Personal Técnico
1 .201
Técnico de Suelos
UND
3
1
100%
1.202
Topógrafos (2 cuadril y 0.5 mes adicional para verificación
UND
2
1
100%
1 .203
Procesador - Dibujante
UND
4
2
100%
1 .204
Ayudantes
UND
8
1
100%
1.300
Personal Auxiliar
1.301
Jefe de Brigada
UND
3
1
100%
1.302
Clasificadores
UND
2
1
100%
1.303
Asistentes
UND
4
1
100%
1.304
Logística y guardianía
UND
4
1
100%
1.305
Personal para trabajos de afectaciones
GLB
1
1
100%
2.00
ALQUILERES Y SERVICIOS
2.102
Camioneta 4x4 doble facción operativa
UND
1
2
100%
2.103
Oficina de campo
UND
1
2
100%
2.104
Equipos de Cómputo e impresión
UND
3
2
100%
2.105
Transporte de muestras
GLB
1
1
100%
2.106
Estación Total (incluye sus accesorios)
UND
1
1
100%
2.107
Equipo topográfico secundario
UND
1
1
100%
2.108
Ensayos de laboratorio de Mecánica de Suelos
UND
60
1
100%
2.109
Gastos para cumplimiento TDR Arqueología (incluye certificación de preexistencia y Plan de Monitoreo aprobado)
Glb
1
1
100%
3.00
MOVILIZACIÓN Y APOYO LOGISTICO
3.102
Viáticos
GLB
1
2
100%
3.103
Pasajes
GLB
1
2
100%
4.00
MATERIALES CAMPO Y UTILES DE OFICINA
4.101
Materiales, Útiles de oficina, dibujo, topografía y laboral
GLB
1
1
100%
4.102
Copias, reproducciones
GLB
1
1
100%
4.103
Materiales de fotografía y grabaciones
GLB
1
1
100%
4.104
Insumos de Campo (Estacas, pinturas, wincha, etc.)
GLB
1
1
100%
4.105
Monumentación de BMs, Pis. etc.
GLB
1
1
100%
PLAN DE TRABAJO
Se requiere de la presentación de un sucinto plan de trabajo concordante con las actividades definidas para la elaboración del expediente técnico “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”, el cual permita visualizar la programación y cronograma de actividades, el mismo que deberá ser presentado por el Proveedor, a la firma del contrato.
PRESTACIONES ACCESORIAS A LA PRESTACIÓN PRINCIPAL
Mantenimiento preventivo
No aplica.
Soporte técnico
No aplica.
Capacitación y/o entrenamiento
No aplica.
SEGUROS APLICABLES
Todos los trabajadores del contratista involucrados en la elaboración de los estudios definitivos y ejecución de la obra que requieran permanecer en la obra deberán contar con seguro contra accidentes de todo tipo desde el inicio hasta la culminación de los trabajos finales de la obra. El aseguramiento del personal profesional, técnico y obreros será acreditado mediante una póliza de seguros de una entidad aseguradora registrada en la SBS. La póliza deberá ser presentada previamente al inicio de ejecución de la obra.
LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
LUGAR
Ubicación del predio referido del Expediente Técnico:
Villa Deportiva Nacional VIDENA, Xx. Xxx Xxxx X/X, Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxx Xxxx.
Ubicación de Coordinación y Presentación de documentos:
Sede Central del Instituto Peruano del Deporte, Jirón Xxxxx xx Xxxxx 234, Plaza Xxxxxxx, Cercado de Lima, Provincia de Lima, Región Lima.
COMPUTO DE PLAZOS:
Según lo indicado en el artículo 151° del Reglamento de la Ley, los plazos de ejecución del contrato se computan en días calendario, excepto en los casos indicados por el Reglamento. En el plazo están incluidos los días xxxxxx, xxxxxxx y feriados.
Es aplicable para definir la fecha de término de los plazos, lo indicado en los incisos 4 y 5 del artículo 183°, y en el artículo 184° del Código Civil.
El plazo de ejecución está constituido por la sumatoria de los plazos parciales establecidos para el desarrollo de las diferentes etapas previstas para la consultoría.
Inicio del Plazo de Ejecución del Proyecto:
El plazo de inicio de la elaboración del expediente técnico se computa a partir de la firma del contrato y la comunicación escrita de la entidad, a través de la oficina de infraestructura.
El inicio del plazo para la ejecución de la obra se inicia con las siguientes condiciones:
Que la Entidad designe al supervisor, según corresponda.
.
Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutará la obra al contratista.
Plazo
El plazo de elaboración del expediente técnico es de sesenta (60) días calendario, cabe señalar que esta etapa es parte de la modalidad del proceso de selección de concurso oferta, correspondiendo la ejecución de obra de trescientos días calendarios (300), haciendo un total de trescientos sesenta días calendarios (360) respectivamente.
Etapas
La entrega de la elaboración del Expediente Técnico se subdivide en tres (3), etapas, según el siguiente detalle:
Primera Etapa: Inspección, Estudio de la Zona e Informe
Se cumplirá en un plazo máximo de quince (15) días calendario, computado a partir del día siguiente de iniciado el plazo de ejecución contractual, al término del cual el Proveedor (Consultor) presentara el Informe Técnico de Resultados, presentara el levantamiento topográfico y estudios de suelos del total del proyecto, después de la presentación de dichos estudios la entidad revisara y evaluara, de encontrarse observaciones deberán ser subsanadas en un plazo máximo de cinco (05) días calendario.
Todo retraso en la entrega total de la documentación exigida para esta etapa, que exceda los plazos otorgados, se considerará como xxxx para efecto de la penalidad respectiva; salvo casos debidamente sustentados y autorizados, y de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley y en el Reglamento.
Segunda Etapa - Elaboración de Anteproyectos
Se cumplirá en un plazo máximo de veinte (20) días, computado a partir del día siguiente de comunicada la aprobación de la primera etapa, al término del cual el consultor presentará el Informe técnico para revisión del Anteproyecto de Arquitectura, dicho documentación será revisada por la Entidad de encontrarse observaciones, la subsanación de las mismas se efectuará en un plazo máximo de cinco (05) días calendario.
Todo retraso en la entrega total de la documentación exigida para esta etapa, que exceda los plazos otorgados, se considerará como xxxx para efecto de la penalidad respectiva; salvo casos debidamente sustentados y autorizados, y de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley y en el Reglamento.
Tercera Etapa - Elaboración de Expedientes Técnicos
Se cumplirá en un plazo máximo de veinticinco (25) días calendario, computado a partir del día siguiente de comunicada la aprobación de la segunda etapa, al término del cual el Proveedor presentará el Expediente Técnico respectivo dicho expediente estará sujeto a revisión y evaluación de encontrarse observaciones, la subsanación de estas se efectuará en un plazo máximo de cinco (05) días calendario
Todo retraso en la entrega total de la documentación exigida para esta etapa, que exceda los plazos otorgados, se considerará como xxxx para efecto de la penalidad respectiva; salvo casos debidamente sustentados y autorizados, y de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley y en el Reglamento.
Notas:
Los plazos indicados no incluyen el tiempo que le demandará a la entidad la revisión de los documentos.
Los plazos señalados se computan desde el día siguiente de la fecha de recepción o entrega de los documentos correspondientes, ya sea por parte del Consultor o la entidad.
La Elaboración del Expediente Técnico será monitoreada y dirigida, bajo responsabilidad, por el Jefe de Proyectos designado por el Proveedor (Consultor), quien controlará y coordinará con los proyectistas correspondientes.
El Expediente Técnico será aprobado por la entidad mediante acto resolutivo, seguidamente podrá iniciar la obra el contratista plazo que será el inicio de la etapa de ejecución de obra la cual durará 300 días calendarios concluyendo en la presentación de la liquidación final de la obra, la misma que debe quedar consentida para la finalización del plazo de vigencia del contrato.
FORMA DE PAGOS AL CONTRATISTA
Para la elaboración del Expediente Técnico el IPD emitirá tres (03) valorizaciones; correspondientes al 30%, 40% y 30% respectivamente; la primera valorización será a la aprobación del desarrollo de la primera etapa, detallados en el literal A).
La Segunda valorización será a los días subsiguiente de la presentación de la primera valorización, presentando el Anteproyecto constituido y detallados en el literal B).
Para la Tercera valorización será indispensable contar con la aprobación del Expediente Técnico completo aprobado, constituido y detallado en el literal C).
RESULTADOS ESPERADOS (ENTREGABLES)
La entidad recibirá los planos, especificaciones técnicas, metrados y estudios de Impacto Ambiental del proyecto; “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”, será entregado mediante carta del representante legal, del contratista a la Entidad quien revisara los documentos gráficos, escritos y otros necesarios que conforme el Expediente Técnico en carácter Integral, Completo y Definitivo.
La presentación física del Expediente Técnico del Proyecto, se entregará impresa en papel Bond A-4 de 80 gramos en un (01) original y en una (01) grabación magnética, archivo digital compatible, el cual contendrá el Expediente Técnico ordenado y compaginado, en el mismo formato de impresión del documento en físico (escala de impresión).
Cada tomo deberá presentarse espiralado, con carátula transparente y contratapa de color, debidamente foliado, sellado y firmado en todas sus páginas, por el Representante Legal, el Jefe de la Supervisión y según corresponda por el profesional responsable de la especialidad.
No se considerará el expediente técnico recibido cuando se encuentre con observaciones, así mismo la ausencia de la firma del representante legal o apoderado, en el caso de consorcios se tomara en cuenta el artículo 145 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado15, así también por escaso o inconsistencias en el sustento de los documentos escritos.
Presentación final del Expediente Técnico
La presentación del expediente técnico se efectuará en un (1) juego original, y 02 copias, debidamente suscritos por los profesionales responsables de su elaboración y revisión según especialidad, por el jefe del proyecto, por el jefe de supervisión, por el representante legal del Consultor y por los profesionales revisores según su especialidad. Asimismo, se entregarán los archivos digitales compatibles.
El número y formato de la documentación a presentar será la siguiente:
Un (1) ejemplar original completo, compatibilizado e integrado, de cada uno de los documentos redactados que conforman los volúmenes indicados. Se empleará papel Bond extra blanco. Formato A-4.
Un (1) juego de planos originales del proyecto de edificación; completos, compatibilizados e integrados. Impresos en blanco y negro sobre papel Bond extra blanco (No se aceptará impresión en color).
Se presentarán en archivadores de palanca, con sujetador de papel, debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo, debidamente numerados.
Los planos deben numerarse correlativamente indicando la totalidad de los mismos, según especialidad.
Los planos se presentarán debidamente doblados en fundas plásticas formato A-4.
Formato:
Los planos se elaborarán en formato digital DWG.
Los planos se presentarán en blanco y negro. No se aceptará el uso de colores. Para efectos de señalización específica, se empleará el “achurado”.
Los planos serán elaborados en el formato DIN-A1 o DIN-A0. En casos específicos y previa coordinación, se podrá ser empleado otro formato.
La escala será de 1/50. Esta debe permitir apreciar los dibujos con claridad. Para dicho efecto se coordinará con el coordinador designado por la entidad.
Se empleará exclusivamente el membrete que suministrará el IPD.
Todos los planos contendrán las escalas, cotas, ejes, niveles, especificaciones, indicaciones, leyendas, notas, precisiones e información técnica que permitan su correcta interpretación.
Nota: El Expediente Técnico deficiente que no reúnan las características mencionadas e incompletas se dará por no presentado. El incumplimiento del plazo acarrea las penalidades de acuerdo x xxx. De persistir el retraso y cumplido el plazo máximo de las penalidades se resuelve el contrato.
ADELANTOS
En el caso de la elaboración del Expediente Técnico; y teniendo en cuenta la oferta económica del contratista para esta actividad, se hará entrega del siguiente adelanto:
ADELANTOS DIRECTOS:
Hasta por el treinta por ciento (30%) del monto ofertado, correspondiente a la Elaboración del Expediente Técnico; el cual deberá ser solicitado por el contratista a más tardar al octavo día de suscrito el contrato; siendo que la entidad se compromete a entregarlo en un plazo máximo de 7 días; contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
En el caso de la Ejecución de la Obra; y teniendo en cuenta la oferta económica del contratista para esta actividad, se hará entrega de los siguientes adelantos:
ADELANTOS DIRECTOS
Hasta por el veinte por ciento (20%) del monto ofertado para la ejecución de obra, correspondiente a la Ejecución de la Obra (monto consignado en la oferta económica del contratista); el cual deberá ser solicitado por el contratista a más tardar al octavo día de iniciada la ejecución de obra; siendo que la entidad se compromete a entregarlo en un plazo máximo de 7 días; contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
ADELANTOS PARA INSUMOS Y OBRAS
Hasta por el cuarenta por ciento (40%) del monto ofertado, correspondiente a la Ejecución de la Obra (monto consignado en la oferta económica del contratista); el cual deberá ser solicitado por el contratista, teniendo en consideración los plazos considerados en el Calendario de Adquisición de Materiales y Equipos aprobado por la Entidad; para lo cual se deberá presentar una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
En ese contexto, se tiene que la Entidad hará entrega de los adelantos solicitados por el Contratista en un plazo máximo de de 10 días calendario, siguientes a la solicitud formulada por éste; para lo cual, el Contratista deberá solicitar la entrega del adelanto en un plazo de 20 días calendario anteriores a la fecha prevista en el Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos para cada adquisición.
DECLARATORIA DE VIABILIDAD
El presente proyecto de inversión pública cuenta con el estudio de pre inversión a nivel de factibilidad declarado viable con fecha 14 de setiembre de 2012.
PENALIDADES APLICABLES
De acuerdo al artículo 165 del Reglamento de Contrataciones del Estado, se aplicará penalidad al incumplimiento por parte del Contratista en cada uno de los entregables señalados a continuación:
ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO:
Primera Etapa: Inspección, Estudio de la Zona e Informe:
El plazo para la entrega del primer entregable no podrá ser mayor a 15 días calendarios contabilizado a partir del día siguiente de la suscripción del contrato y la comunicación escrita por la Oficina de Infraestructura al Contratista.
De haberse comprometido el contratista en contratar al especialista en velódromos para la Elaboración del Expediente Técnico, deberá incluirse su informe en el entregable, para ser considerado completo.
Segunda Etapa: Elaboración de Anteproyectos:
El plazo para la entrega del segundo entregable no podrá ser mayor a 20 días calendarios contabilizado a partir del día siguiente de aprobado el primer entregable y la comunicación escrita por la Oficina de Infraestructura al Contratista.
Tercera Etapa: Elaboración de Expedientes Técnicos.
El plazo para la entrega del tercer entregable no podrá ser mayor a 25 días calendarios contabilizado a partir del día siguiente de aprobado el segundo entregable y la comunicación escrita por la Oficina de Infraestructura al Contratista.
El contratista deberá contratar a un especialista en velódromos (acreditado mediante constancias o certificados) para la Elaboración del Expediente Técnico, que deberá incluirse su informe en el entregable, para ser considerado completo.
.
OTRAS PENALIDADES
Penalidad por remplazó inconsulto de profesionales:
En aplicación a lo facultado por el Artículo 166° del Reglamento, sí el Proveedor (Consultor) efectúa el remplazo inconsulto de algún miembro de su equipo profesional, dicha acción se considerará como falta.
La citada falta ameritará que el IPD le aplique una penalidad equivalente al cinco por ciento (5%) aplicable a la valorización de la etapa en que se incurre en dicha falta, por cada profesional reemplazado de manera inconsulta.
El incumplimiento en los plazos de los actos administrativos mencionados, originados por demoras en la presentación o por falta del sustento requerido, se interpretara como un día de retraso, ocasionando hacerse de penalidades, las que serán calculadas hasta por un máximo equivalente al diez por ciento (10%) del plazo total de ejecución, las que se aplicaran según lo establecido en el artículo 16516 y 16617, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La ausencia injustificada de los profesionales responsables de manera permanente del Contratista, así como la falta de pronunciamiento y presencia requerida de los profesionales especialistas, será interpretada como incumplimiento de los compromisos pactados en el contrato, por lo que se aplicaran las penalidades equivalentes a una penalidad diaria.
SUBCONTRATACIÓN
Dada la naturaleza de la obra la Entidad podrá autorizar la subcontratación, según lo establecido en el artículo 146 de reglamento de la Ley de Contrataciones del estado.
OTRAS OBLIGACIONES
Otras obligaciones del contratista:
Al momento de suscribir el contrato, el Contratista asume inmediatamente responsabilidades, obligaciones y compromisos ante el IPD. Sin exclusión de las obligaciones que correspondan al Proveedor, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al objeto contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con las siguientes obligaciones esenciales:
El Contratista es el responsable directo y absoluto de las actividades que realizará directamente y por aquellas que desarrollará su personal, debiendo responder por el servicio brindado, en calidad y plazo.
El Contratista que obtenga la buena pro para el desarrollo de la presente ejecución de obra es el responsable del carácter laboral, tributario y comercial del personal a su cargo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores.
El Contratista que obtenga la buena pro para la presente elaboración de estudio y ejecución de obra , es el responsable de su personal en lo que respecta a: implementar las medidas de seguridad en las actividades a realizar, los casos de accidentes de trabajo, enfermedades o similares que puedan sufrir, debiendo adoptar las medidas de seguridad necesarias, así como cubrir los gastos para los daños causados a sus empleados, originados por los trabajos, labores o acciones que se ejecuten en virtud o como consecuencia emergente del Contratista contratado, aunque hayan ocurrido aquellos dentro o fuera del emplazamiento del trabajo, eximiendo a la Entidad de cualquier incumplimiento que de esta índole puedan surgir con sus trabajadores.
El Contratista es responsable de cumplir con la programación de las metas previstas y de adoptar las medidas necesarias o correctivas si fuera el caso; de la calidad técnica del servicio en todos sus niveles requerido en los Términos de Referencia y el Contrato suscrito con la ENTIDAD; por tanto los errores u omisiones y las consecuencias cometidas por él o su personal serán de su entera responsabilidad.
El Contratista está obligado a realizar todas las coordinaciones que sean necesarias con las Empresas de Servicios de agua, desagüe, electricidad y demás entidades públicas y privadas para la obtención dela factibilidad correspondiente, debiendo poner de conocimiento a la entidad para el financiamiento respectivo de ser necesario.
Los profesionales por especialidad, se reunirán por lo menos una vez por semana con el equipo técnico de la Supervisión y la Unidad de Estudios y Proyectos de la Oficina de Infraestructura del IPD, para informar respecto al avance en la elaboración del Servicio o según este establece en el cronograma.
El Contratista tiene la obligación de subsanar todas las observaciones que técnicamente le formule la entidad en cualquiera de los niveles que se presenten.
El Contratista tiene la obligación de cambiar al personal que a criterio y sustento de la entidad sea necesario realizar para mejorar la calidad del servicio brindado.
Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la consultoría.
Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia, y con la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objetivo del contrato.
Dar las facilidades a los representantes de la entidad en las Visitas inopinadas que se realice en la obra la cual inspeccionaran.
Realizar entrevistas, y llevarse comunicación con la vecindad sin causar impactos ambientales negativos.
Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre Inversión aprobado, efectuando en coordinación con los formuladores del SNIP, las observaciones, consultas o recomendaciones que correspondan, oportunamente ante el IPD.
Efectuar periódicamente reuniones con el supervisor y los profesionales del IPD, para definir los alcances del estudio y solucionar los problemas que puedan presentarse.
Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características físicas, topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, correspondientes a la localidad y al inmueble.
Contar con la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución del objeto del contrato.
Contar con el personal técnico y profesional que indico en su propuesta, el personal profesional deberá mantener vigente su habilidad profesional.
Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la ejecución de la obra acorde con el cronograma de avance de obra vigente.
Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los servicios que preste, para lo cual mantendrá coordinación permanente con el IPD sobre los trabajos que ejecuten los proyectistas.
El Contratista será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por el producto y por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas o sobrecostos en la obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios, y expediente técnico elaborado.
El Contratista está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la consultoría, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para el IPD.
El Contratista es el responsable, ante el IPD, por las omisiones, errores, deficiencias, falta de previsión o planificación que puedan contener el servicio que se le encarga, y que conlleven, durante la elaboración del expediente técnico o la ejecución de la obra, al reconocimiento de presupuestos adicionales; salvo casos extremos e imprevisibles.
Esta responsabilidad está claramente establecida en el artículo 22.1 de la Directiva Nro. 002-2010-CG/OEA, ‘Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra’; aprobada con Resolución de Contraloría Nro. 196-2010-CG, publicada el 23.JUL.2010.
El Contratista asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración de los expediente técnicos, la responsabilidad por el contenido de la documentación que lo integra. Asimismo, y como parte de su responsabilidad, es aplicable a cada uno de los profesionales proyectistas, lo previsto en el artículo 21° de la Norma G.030 “Derechos y Responsabilidades”, del Reglamento Nacional de Edificaciones.
El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales del Contratista las que se complementarán con los aquí listados.
El contratista no podrá negarse a cumplir estas obligaciones bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada.
Compromisos del Contratista:
El Contratista asume ante el IPD el compromiso permanente de absolver o subsanar, oportunamente, cualquier observación o consulta referida al servicio o documentación que prestará y elaborará para éste, en las oportunidades que sean necesarias.
El Contratista se compromete expresamente a subsanar o rectificar, a su propio peculio, los documentos que presente, sí estos son observados.
El compromiso que asume el Contratista, implica tanto la absolución de las consultas en forma escrita como personalmente; e incluso, si fuera el caso, en lugar donde se ejecuten las obras.
El Contratista
no podrá negarse a cumplir estos compromisos bajo ninguna excusa, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada.
Otras obligaciones de la Entidad:
Al Contratista que obtenga la Buena Pro la ENTIDAD entregará el perfil aprobado del proyecto, en físico y en un CD., así como gestionara otras facilidades relativas a las justificadas que requiera el contratista para dicho fin.
A través de la Unidad de Obras de la Oficina de Infraestructura- IPD, la ENTIDAD coordinará, hará seguimiento y controlará la ejecución del contrato; asimismo, a través del supervisor revisará las valorizaciones, los informes de obra y las liquidaciones de los contratos de obra entre otros documentos de obra y realizará las gestiones del caso para cancelación de las valorizaciones y de los servicios de supervisión.
La Oficina de Infraestructura de la ENTIDAD se encargará, de coordinar el control, revisión y seguimiento de la ejecución del proyecto.
Designar, a través de la Oficina de Infraestructura, al Supervisor y/o revisor del expediente técnico, así como al Comité de Recepción respectivamente.
Seguir y cumplir los plazos de los procedimientos expuestos en los términos de referencia.
La Oficina de Infraestructura gestionará la cancelación de las valorizaciones de los servicios de elaboración de expediente técnico con la revisión y aprobación y/o conformidad de la Unidad de Estudios y Proyectos durante la revisión y hasta la aprobación del expediente técnico y de la Unidad de Obras de la Oficina de Infraestructuras.
Proporcionar la documentación necesaria solicitada por el Contratista para la ejecución de las actividades programadas.
Brindar la conformidad técnica y efectuar el pago pactado. La Conformidad técnica del servicio, será emitida por la Unidad de Estudios y Proyectos, por la Unidad de Obras, en conjunto con la Oficina de Infraestructura según corresponda la etapa de elaboración del expediente técnico respectivamente. Dicha conformidad no invalida el reclamo posterior por parte de la entidad por incumplimiento de los Términos de Referencia u otras situaciones anómalas que se observen.
CONFIDENCIALIDAD
Considerando el carácter ‘de uso público’ que tendrán las obras que serán ejecutadas; el Contratista se compromete expresamente a mantener la documentación técnica y administrativa que reciba o elabore, de y a el IPD, debidamente archivada y custodiada, a efectos de garantizar que dichos documentos no sean utilizados por terceras personas en eventuales actos subversivos, vandálicos o delincuenciales de cualquier tipo que ponga en riesgo la integridad del establecimiento, del personal que labore en él, o del público que lo frecuente.
Concluido la elaboración del estudio definitivo, el Contratista, bajo responsabilidad, devolverá toda la documentación ‘reservada’ o ‘confidencial’ que le haya sido proporcionada, incluso las reproducciones que hayan sido realizadas por él.
RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Para todo procedimiento no descrito en el presente documento, aplica lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y en su Reglamento; vigente, así como en las Bases y Contrato (7 años).
NORMATIVA ESPECÍFICA
Se tomaran en cuenta:
Reglamento Nacional de Edificaciones RNE.
Normas Peruanas de Estructuras (E.020, E.030, E.050, E.060, E.070, E.090, E.101, E.102, E.110, E.120).
Código Nacional de Electricidad.
Normas de instalaciones Sanitarias IS.010 eco.
Normas de Seguridad de Defensa Civil.
Normas Técnicas y Legales vigentes y aplicables a este tipo de proyecto a desarrollar.
Reglamento de la Federación Internacional de Natación (FINA).
Normas técnica ASTM.
Norma técnica de calidad de servicio eléctricos DS Nº 020-97-EM.
Norma de procedimiento para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en sistemas de distribución y sistemas de utilización de media tensión R.D. Nº 018-2002-EM/DGE.
Norma técnica de calidad de servicio eléctricos DS Nº 020-97-E.
Normas de Seguridad para Locales Deportivas de Defensa Civil.
Plan Nacional de Deporte 2011-2030 del Instituto Peruano del Deporte, xxxxxxxxxx Xxxxx 00.
Ley 27157.
Reglamento de Piscinas DS 007 -2003- SA.
Ley de concesiones eléctricas y su reglamento (DL 25844).
Código nacional de electricidad de suministro 2001.
Normas del ministerio de energía y minas.
Norma técnica de calidad de servicio eléctricos DS Nº 020-97-EM.
Norma de procedimiento para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en sistemas de distribución y sistemas de utilización de media tensión R.D. Nº 018-2002-EM/DGE.
Normativas Internacionales: Las normativas y reglamentaciones vigentes al año 2012 de cada una de las Federaciones Internacionales respectivas de cada una de las disciplinas deportivas involucradas en el proyecto.
PROPIEDAD INTELECTUAL
La documentación técnica y ejecución de obra que realice el Contratista para el IPD, pasa a ser automáticamente propiedad de éste último. No obstante, es plenamente aplicable a los proyectos de construcción materia de la consultoría, los alcances establecidos en el Decreto Legislativo Nro. 822 - Ley sobre el Derecho de Autor, según su artículo 5°, incisos ‘g’ e ‘i’. Es también aplicable el alcance del Capítulo IV: De las Obras Arquitectónicas, de la citada norma legal.
ANEXOS
Anexo a los términos de referencia, se adjuntan:
SNIP 216050 del PIP “Mejoramiento de los Servicios Deportivos de la Villa Deportiva Nacional - VIDENA, San Xxxx, Lima”.
EJECUCIÓN DE OBRA
La obra se encuentra localizada en:
Distrito : San Xxxx
Provincia : Lima
Departamento : Lima
Región : Lima
PERFIL DEL PROVEEDOR (COMO EJECUTOR DE OBRA)
Deberá cumplir los siguientes requisitos:
Haber ejecutado obras en general por montos iguales a dos (02) veces el valor referencial de la ejecución de la obra, acumulados en los últimos diez (10) años.
Las experiencias antes indicadas deberán ser acreditadas mediante la presentación de copia simple de los contratos completos donde figure la fecha de suscripción, firma de la entidad contratante y del postor; y con sus respectivas actas de Recepción y/o Resolución de Liquidación (en señal de conformidad).
DEL PERSONAL PROFESIONAL MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Se deberá acreditar contar con un equipo profesional conformado por las siguientes personas:
Un (1) Residente de Obra., deberá ser Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado y habilitado para el ejercicio profesional, con un mínimo de cuatro (04) años de experiencia como Residente y/o Supervisor y/o Inspector, en Obras similares, debiendo contar con estudios de postgrado o especialización en proyectos de inversión pública. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación).
Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato, y que los estudios exigidos para el mencionado profesional, pueden corresponder a estudios de post grado (maestría o doctorado), o a estudios de especialización, siendo que en cualquier caso, tales estudios deben encontrarse concluidos; y será acreditado mediante la presentación de la respectiva constancia.
Cuatro (4) Ing. Especialista en Valorizaciones y Metrados, deberá ser Ingeniero Civil, titulado, colegiado y habilitado con un mínimo de tres (03) años de experiencia profesional efectiva en la especialidad solicitada en obras similares. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Siete (7) Asistentes de Ing. Residente de Obra (a tiempo completo con permanencia desde el inicio de la ejecución de la obra), deberá ser Ingeniero Civil, o Arquitecto, con tres (03) años de experiencia profesional efectiva en la especialidad solicitada como Residente y/o Supervisor y/o Asistente de Residente y/o Asistente de Supervisión y/o Asistente de Inspector, en la ejecución de obras similares. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Un (1) Ing. de Control de Calidad, deberá ser profesional titulado, colegiado y habilitado, con un mínimo de dos (02) años de experiencia profesional efectiva en la especialidad solicitada en obras similares. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
Un (1) Ing. de Seguridad en Obra (a tiempo completo con permanencia desde el inicio de la ejecución de la obra), deberá ser profesional, titulado, colegiado y habilitado, con especialización en seguridad en obra con dos (02) años de experiencia profesional efectiva en la especialidad solicitada en obras similares. Dichos requisitos se acreditarán con copias simples de título, colegiatura, declaración jurada de habilidad, así como con las constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación). Se precisa que la constancia de habilidad se presentará para la firma del contrato.
EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO PARA LAS OBRAS
El postor (individual o en consorcio) deberá demostrar que cuenta con el equipo mecánico ofertado, el mismo que deberá estar en perfectas condiciones de operación, situación que será verificada en forma previa a la suscripción del contrato de una antigüedad no mayor a los cinco (05) años, acreditados mediante facturas y/o promesas de alquiler.
R E Q U E R I D O |
||||
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
CAPACIDAD |
POTENCIA MÍNIMA |
CANT. |
1 |
Equipo Topográfico |
|
|
3 |
2 |
Cargador Frontal sobre llantas |
2 – 2.25 Y3 |
100-115hp |
2 |
3 |
Camiones Volquete |
10 M3 |
330 HP |
4 |
4 |
Torre Grúa |
|
5 Tn |
1 |
5 |
Excavadora sobre orugas |
|
220 HP |
2 |
6 |
Motoniveladora |
|
192 HP |
1 |
7 |
Compresora |
|
140 HP |
2 |
CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
|
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
FACTORES DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS BAJO LAS MODALIDADES DE CONCURSO OFERTA Y LLAVE EN MANO
En caso de la contratación de la ejecución de obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano, de acuerdo con el artículo 47 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluación, necesariamente:
-
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN18
A.
EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL
(De 15 Hasta 20 puntos)
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras en general, durante un periodo [no mayor a diez (10) años] a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a [tres (3) veces el Valor Referencial de la Obra .
Se considerará obra en general a [todas aquellas contenidas en el numeral 33 del Anexo de Definiciones del Reglamento].
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.
La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general.
M = Monto facturado acumulado
por el postor por la ejecución de obras en general
M >= [03 veces el valor referencial:
[15] puntos
M >= [02 veces el valor referencial y < [03veces el valor referencial:
[10]puntos
M >= [01] veces el valor referencial y < [02] veces el valor referencial:
05] puntos19
B
EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES
(De 30 Hasta 35 puntos)
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras similares, durante un periodo [no mayor a diez (10) años] a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a [una (1) el Valor Referencial de la Obra .
Se considerará obra similar a [Construcción, Rehabilitación o Mejoramiento de Instalaciones Deportivas. Tales como Coliseos, Estructuras (de Concreto o Metálicas integradas en una sola edificación) o Estadios Deportivos], cuyo valor mínimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial.
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, deberá indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.
M = Monto facturado acumulado
por el postor por la ejecución de obras iguales o similares
M >= [0.75%] veces el valor referencial:
[30] puntos
M >= [0.50%] veces el valor referencial y < [0.75%] veces el valor referencial:
[25]puntos
M >= [0.25%] veces el valor referencial y < [0.50%] veces el valor referencial:
[20] puntos20
C.
EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
(30 puntos)
C.1 DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
JEFE DE ESTUDIOS (01)
Criterio Experiencia:
Se evaluará la experiencia como Jefe de Estudios en la elaboración de expedientes técnicos de obras similares conforme al siguiente detalle:
Más de ocho (08) años de experiencia.
Más de seis (06) a ocho (08) años de experiencia.
Más de cuatro (04) a seis (06) años de experiencia.
Dicha experiencia se acreditará con copias simples de constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación).
Criterio Capacitación:
Se evaluará en función de la capacitación del personal propuesto como Jefe de Estudios.
Estudios en gestión de proyectos o materias afines a la construcción o similar a la gestión de proyectos.
ESPECIALISTAS EN ARQUITECTURA (03)
Criterio Experiencia
Se evaluará la experiencia de uno (01) de los tres (03) profesionales propuestos como especialistas en arquitectura en la elaboración de expedientes técnicos de obras similares, conforme al siguiente detalle:
Más de seis (06) años de experiencia.
Más de cinco (05) a seis (06) años de experiencia.
Más de cuatro (04) a cinco (05) años de experiencia.
Dicha experiencia se acreditará con copias simples constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación)”.
Criterio de Capacitación
Se evaluará en función de la capacitación del Personal propuesto como Especialistas en arquitectura.
Arquitecto 1
Especialización en infraestructura deportiva; pistas atléticas, coliseo, estadios, piscinas olímpicas, etc.
Arquitecto 2
Especialización en materias afines a la especialidad (Arquitectura y Construcción).
Arquitecto 3
Especialización en materias afines a la especialidad (Arquitectura y Construcción).
C.2 DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
RESIDENTE DE OBRA (01)
Criterio Experiencia
Se evaluará la experiencia como Residente de Obras en la ejecución de obras similares, conforme al siguiente detalle:
Más de ocho (08) años de experiencia.
Más de seis (06) a ocho (08) años de experiencia.
Más de cuatro (04) a seis (06) años de experiencia.
Dicha experiencia se acreditará con copias simples de constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación).
Criterio de Capacitación
Se evaluará en función de la capacitación del Personal propuesto como Residente de Obra.
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
ASISTENTE DE INGENIERO RESIDENTE (07)
Criterio Experiencia
Se evaluará la experiencia de los siete (07) profesionales propuestos en la especialidad requerida, en la ejecución de obras similares, conforme al siguiente detalle:
Más de cuatro (04) años de experiencia.
Más de tres (03) a cuatro (04) años de experiencia.
Dicha experiencia se acreditará con copias simples de constancias o certificados (y/o cualquier otro documento, independientemente de su denominación)”.
Criterio de Capacitación
Se evaluará en función de la capacitación del Personal propuesto como Asistente de Residente de Obra.
Asistente 1
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
Asistente 2
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
Asistente 3
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
Asistente 4
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
Asistente 5
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
Asistente 6
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
Asistente 7
Estudios en gestión de proyectos o materiales afines a la Construcción o similar a la gestión de proyectos.
(12.5 puntos)
(08 puntos)
(07 puntos)
07 puntos
05 puntos
03 puntos
(01 punto)
01 punto
(4.5 puntos)
(03 puntos)
03 puntos
02 puntos
01 punto
(1.5 puntos)
0.5 puntos
0.5 puntos
0.5 puntos
(17.5 puntos)
(07 puntos)
(06 puntos)
06 puntos
04 puntos
02 puntos
(01 punto)
01 punto
(10.5 puntos)
(07 puntos)
07 puntos
(1 punto por cada profesional)
3.5 puntos
(0.5 puntos por cada profesional)
(3.5 puntos)
0.5 puntos
0.5 puntos
0.5 puntos
0.5 puntos
0.5 puntos
0.5 puntos
puntos
D.CUMPLIMIENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS
(15 puntos)
Criterio:
Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de las obras en general o similares presentadas para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.
Acreditación:
Mediante la presentación de copia simple de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:
1. La identificación del contrato, indicando como mínimo su objeto.
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.
3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.
Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación21:
PCP= (15) x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor.
PF = Puntaje máximo al postor (15).
NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.
CBC = Número de constancias de prestación válidas.
D.
OTROS FACTORES
MEJORAS AL VELÓDROMO
Por la realización de una propuesta técnica que contribuya a mejorar el proyecto señalado en el Estudio de Factibilidad, a fin de lograr su homologación internacional.
Por priorizar su ejecución a fin de poder ser utilizado como sede de los Juegos Bolivarianos en noviembre 2013, el cual no será afectado en reducción de gastos generales, y con reconocimiento de adicional de los trabajos afectados por dicha entrega, de acuerdo a la norma vigente.
Acreditación:
Se acreditará mediante la presentación de una declaración jurada en la cual el postor desarrollará la mejora ofertada.
(10 puntos)
Describe y analiza la mejora ofertada:
5 puntos
Describe y analiza la mejora ofertada:
5 puntos
PUNTAJE TOTAL
100 puntos22
IMPORTANTE:
Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
|
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Requerimientos Técnicos Mínimos.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.23
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO24
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DÍAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora25 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato26: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO27
9.1 En el caso de la elaboración del Expediente Técnico; y teniendo en cuenta la oferta económica del contratista para esta actividad, se hará entrega del siguiente adelanto:
ADELANTOS DIRECTOS:
Hasta por el treinta por ciento (30%) del monto ofertado, correspondiente a la Elaboración del Expediente Técnico; el cual deberá ser solicitado por el contratista a más tardar al octavo día de suscrito el contrato; siendo que la entidad se compromete a entregarlo en un plazo máximo de 7 días; contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
En el caso de la Ejecución de la Obra; y teniendo en cuenta la oferta económica del contratista para esta actividad, se hará entrega de los siguientes adelantos:
ADELANTOS DIRECTOS
Hasta por el veinte por ciento (20%) del monto ofertado, correspondiente a la Ejecución de la Obra (monto consignado en la oferta económica del contratista); el cual deberá ser solicitado por el contratista a más tardar al octavo día de suscrito el contrato; siendo que la entidad se compromete a entregarlo en un plazo máximo de 7 días; contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
ADELANTOS PARA INSUMOS Y OBRAS
Hasta por el cuarenta por ciento (40%) del monto ofertado, correspondiente a la Ejecución de la Obra (monto consignado en la oferta económica del contratista); el cual deberá ser solicitado por el contratista, teniendo en consideración los plazos considerados en el Calendario de Adquisición de Materiales y Equipos aprobado por la Entidad; para lo cual se deberá presentar una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no será exceptuada en ningún caso.
En ese contexto, se tiene que la Entidad hará entrega de los adelantos solicitados por el Contratista en un plazo máximo de de 10 días calendario, siguientes a la solicitud formulada por éste; para lo cual, el Contratista deberá solicitar la entrega del adelanto en un plazo de 20 días calendario anteriores a la fecha prevista en el Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos para cada adquisición.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de 7 años.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o del monto del ítem vigente que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida en la liquidación final, o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
IMPORTANTE:
De preverse en los Requerimientos Técnicos Mínimos penalidades distintas a la penalidad por xxxx, se deberá consignar en esta cláusula el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad; los montos o porcentajes que se aplicarán por cada tipo de incumplimiento; y la forma o procedimiento mediante el que se verificará su ocurrencia.
OTRAS PENALIDADES
Penalidad por remplazó inconsulto de profesionales:
En aplicación a lo facultado por el Artículo 166° del Reglamento, sí el Proveedor (Consultor) efectúa el remplazo inconsulto de algún miembro de su equipo profesional, dicha acción se considerará como falta.
La citada falta ameritará que el IPD le aplique una penalidad equivalente al cinco por ciento (5%) aplicable a la valorización de la etapa en que se incurre en dicha falta, por cada profesional remplazado de manera inconsulta.
El incumplimiento en los plazos de los actos administrativos mencionados, originados por demoras en la presentación o por falta del sustento requerido, se interpretara como un día de retraso, ocasionando hacerse de penalidades, las que serán calculadas hasta por un máximo equivalente al diez por ciento (10%) del plazo total de ejecución, las que se aplicaran según lo establecido en el artículo 16528 y 16629, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La ausencia injustificada de los profesionales responsables de manera permanente del Contratista, así como la falta de pronunciamiento y presencia requerida de los profesionales especialistas, será interpretada como incumplimiento de los compromisos pactados en el contrato, por lo que se aplicaran las penalidades equivalentes a una penalidad diaria.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS30
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 184, 199, 201, 209, 210 y 212 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
-
“LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO N° 131
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la LICITACIÓN PÚBLICA N° [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.32
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR |
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : |
|
|||||
Domicilio Legal : |
|
|||||
RUC : |
|
Teléfono : |
|
Fax : |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
|
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, plazo que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.”
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece LA EJECUCIÓN DE LA OBRA [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Técnico, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
ANEXO Nº 6
CALIFICACIÓN PREVIA
El Sobre Nº 1 contendrá la siguiente documentación:
Copias simples de los Certificados de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (en el Capitulo de Ejecutor de Obra y de Consultor de Obra).
En caso de consorcios los integrantes de éste presentarán el certificado que corresponda en función de las obligaciones que se compromete a ejecutar de acuerdo con el detalle establecido en la promesa formal de consorcio.
Capacidad Financiera.
e.1 Solvencia Económica: el postor demostrará que posee solvencia económica mediante la presentación de línea(s) de crédito bancaria(s) por un monto mínimo de US$ 30 000 000.00
Banco US $
Banco US $
Total US $
Adjuntar la documentación sustentatoria del Formato N° 2: Carta de Referencia Bancaria.
e.2 Información de los balances, o los que hagan sus veces, de los tres (3) últimos ejercicios de cada firma o cada integrante del consorcio, serán evaluados los siguientes conceptos utilizando los criterios que se indican a continuación:
e.2.1. Índice de liquidez general.- Cada proponente deberá demostrar un índice de liquidez igual o mayor a 1.5
e.2.2. Índice de Acidez.- Cada proponente deberá demostrar un índice de acidez igual o mayor a 1.5
e.2.3. Índice de Endeudamiento.- Cada proponente deberá demostrar un índice de endeudamiento igual o menor que 1,0.
Para el caso de Consorcios se verificará que cada empresa integrante cumpla con los índices precisados
Experiencia en Obras Generales.
Relación de las 5 principales obras construidas en los últimos diez (10) años como contratista general, cuyos montos no sean inferiores al 25% del Valor Referencial.
Obra 1 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Obra 2 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Obra 3 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Obra 4 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Obra 5 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Experiencia en Obras Similares.
Relación de las 3 principales obras similares, construidas en los últimos 10 años.
Obra 1 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Obra 2 (Descripción, ubicación y cliente) US$
Obra 3 (Descripción, ubicación y cliente) US$
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS EN GENERAL
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO |
FECHA33 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA34 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO35 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 8
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO |
FECHA36 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA37 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO38 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 8
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección, y el expediente técnico de obra39, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO |
COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en su propuesta económica los precios unitarios ofertados considerando las partidas, planos y cantidades referenciales contenidos en el expediente técnico que es parte de las Bases; y que se valorizarán en función a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.
En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para su ejecución, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra contenidos en el expediente técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.
En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
ANEXO Nº 10
DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del personal propuesto para la ejecución de la obra es el siguiente:
NOMBRE |
DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO |
CARGO Y/O ESPECIALIDAD |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
3 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
4 En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, estos requisitos deberán ser considerados para el inicio de la ejecución de la obra.
5 Ingenieros o arquitectos.
6 De acuerdo con el artículo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.
7 Ingeniero o arquitecto, según lo requerido en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.
8 En el expediente técnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.
9 De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.
10 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.
11 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
12 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
13 La omisión del índice no descalifica la propuesta ya que su no presentación no tiene incidencia en el objeto de la
convocatoria
14 La omisión del índice no descalifica la propuesta ya que su no presentación no tiene incidencia en el objeto de la
convocatoria
15Artículo 145 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.- Consorcio
El contrato de consorcio se formaliza mediante documento privado con firmas legalizadas ante Notario por cada uno de los integrantes, de sus apoderados o de sus representantes legales, según corresponda, designándose en dicho documento al representante o apoderado común. No tendrá eficacia legal frente a la Entidad los actos realizados por personas distintas al representante o apoderado común.
16Artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.-En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde F tendrá los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios y ejecución de obras: F = 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes y servicios: F = 0.25.
b.2) Para obras: F = 0.15.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Para efectos del cálculo de la penalidad diaria se considerará el monto del contrato vigente.
17Artículo 166 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.- En las Bases se podrán establecer penalidades distintas a la mencionada en el artículo precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
18 De acuerdo con el artículo 47 de Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.
19 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
20 El Comité Especial define los rangos de evaluación e indica cuáles son los parámetros en cada rango. Asimismo, podrá cambiar la metodología para la asignación de puntaje.
21 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
22Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
23 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
24 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
25 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
26 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
27 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 186 y 187 del Reglamento.
28Artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.-En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o por el monto diferencial de propuesta.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde F tendrá los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios y ejecución de obras: F = 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes y servicios: F = 0.25.
b.2) Para obras: F = 0.15.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Para efectos del cálculo de la penalidad diaria se considerará el monto del contrato vigente.
29Artículo 166 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.- En las Bases se podrán establecer penalidades distintas a la mencionada en el artículo precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
30 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
31 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
32 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
33 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
34 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
35 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
36 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
37 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
38 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
39 Salvo en obras ejecutadas bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.