Contract
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPO PESADO Y DE VEHÍCULOS PARA 10 O MÁS PASAJEROS, PARA LAS DIFERENTES DIRECCIONES DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO SFA-DGA-DASG/26/2024, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DEL DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO, C. XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX; DIRECTOR ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, C. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX; SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS, C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX; DIRECTOR DE ENLACE MUNICIPAL DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX; (A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”) Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL DENOMINADA VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R) VALUE GRUPO FINANCIERO; REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LOS C.C. XXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXX Y XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, (A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ARRENDADORA”), AMBAS PARTES CON CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE (A QUIEN SE LE DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES” CUANDO SE DENOMINEN O ACTÚEN CONJUNTAMENTE), AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1. Declara “EL ARRENDATARIO”, a través de su representante legal, que:
1.1. Es una entidad de carácter público, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su régimen interior, con libertad para administrar su hacienda o gestión municipal conforme a lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 165 y 166 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.
1.2. De acuerdo con lo dispuesto por el acuerdo delegatorio de la representación legal en general de la Administración Pública Municipal del Ayuntamiento de Monterrey, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 05- cinco xx xxxxx de 2023-dos mil veintitrés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, número 79, de fecha 21-veintiuno xx xxxxx de 2023-dos mil veintitrés, en favor del Lic. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, y por los artículos 1, 2, 34, fracción II, 86, 88, 89, 91 y demás relativos de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León; 3, párrafo primero, 10, 16 fracciones II y VI, 29, 41 fracción I, 79, 80, 81, 88 y demás aplicables del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey; 1, fracción V, 4, fracciones IV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII y 46, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 17, 37 y 38 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey, los servidores públicos señalados en el proemio comparecen para la celebración del presente contrato en el ámbito y con estricto límite de sus competencias.
1.3. Para los efectos del presente instrumento, señalan como domicilio para oír y recibir notificaciones y cumplimiento de obligaciones, la sede del mismo, ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx Xxx x/x, Xxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxx.
1.4. Los egresos originados con motivo de las obligaciones que se contraen en este Contrato, serán cubiertos con Recursos Fiscales, participaciones Federales Ramo 28, los cuales están debidamente autorizados por la Dirección de Planeación Presupuestal de la Dirección General de Finanzas de la Secretaría de Finanzas y Administración, mediante Oficio ICOM, 24193016 de fecha 15-quince xx xxxx de 2024-dos mil veinticuatro, dichos recursos se desglosan de la siguiente manera:
1.- Recursos Fiscales: $12,500,000.00 (M.N.) Participaciones Federales Ramo 28
2.- Concepto: Suficiencia Presupuestal para el servicio de arrendamiento de maquinaria, equipo pesado y de vehículos para 10 o más pasajeros, para las diferentes Direcciones de la Secretaría de Servicios Públicos para el periodo xx xxxx a septiembre de 2024.
1.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyente MCM-610101-PT2, expedido por el Servicio de Administración Tributaria, Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
1.6. Para asegurar las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad, se llevó a cabo el procedimiento de Licitación Pública Nacional Presencial Número SFA-DGA-DASG/26/2024; lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 1 fracción V, 4 fracciones IV, XXV, XXVI y XXVII, 14, 23 fracción I, 25 fracción I, 27 fracción II, 29 fracción I, y 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 55 fracción III, 59, 62 y demás relativos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; 3 párrafo primero, 10, 16 fracción II, 29 y 41 fracción I del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey; y 1 fracción I, 2, 17, 18 fracción IV, 20 párrafo primero, 21 fracción I, 22 fracciones I a la XIII y 40 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey; de cuyo proceso “LA ARENDADORA”, resultó adjudicado, mediante el fallo de fecha 19-diecinueve xx xxxxx de 2024- dos mil veinticuatro.
1.7. En el ámbito de su respectiva competencia la Dirección de Enlace Municipal de la Secretaría de Servicios Públicos, serán las responsables del seguimiento, control y verificación de la ejecución, suministro y calidad de los servicios objeto del presente instrumento jurídico, en adelante “EL ÁREA USUARIA”.
2. Declara “LA ARRENDADORA”, por conducto de su Representante Legal bajo protesta de decir verdad que:
2.1. Su representada es una Sociedad Mercantil debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, que en un principio se denominó FINA ARRENDA, S.A. DE C.V. ORGANIZACIÓN AUXILIAR DEL CRÉDITO lo que acredita con escritura pública número 229-doscientos veintinueve, de fecha 21-veintiuno xx xxxxx de 1991-mil novecientos noventa y uno, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Titular número 104-ciento cuatro, con ejercicio en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León bajo el número 2238, Volumen 360, Libro 3, Segundo Auxiliar, Escrituras de Sociedades Mercantiles, Sección Comercio, de fecha 20-veinte xx xxxxxx de 1991-mil novecientos noventa y uno.
2.2. Que posteriormente mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas se acordó la modificación de la denominación social para quedar como “VALUE ARRENDADORA, S.A. DE C.V. ORGANIZACIÓN AUXILIAR DEL CRÉDITO, VALUE GRUPO FINANCIERO, lo que acredita con mediante escritura pública número 2,176- dos mil ciento setenta y seis, de fecha 13-xxxxx xx xxxxx de 2000-dos mil, pasada ante la fe del Licenciado Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Notario Público Titular número 120-ciento veinte, con ejercicio en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León bajo el número 447, Volumen I, Libro Primero, Segundo Auxiliar, Escrituras de Sociedades Mercantiles, de fecha 20-veinte de julio del 2000-dos mil.
2.3. Que su representada se transformó de una Sociedad de Organización Auxiliar del Crédito, bajo la modalidad de arrendadora a Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, lo cual consta en Escritura
Pública número 1,033 de fecha 30-treinta de noviembre de 2007-dos mil siete, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario público número 137-ciento treinta y siete, con ejercicio en el primer distrito registral de Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 36701-9, de fecha 20-veinte de diciembre del 2007-dos mil siete
2.4. Que mediante escritura número 1,776-mil setecientos setenta y seis, de fecha 15-quince de enero del 2010-dos mil diez, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario Público número 137-ciento treinta y siete, con ejercicio en la Ciudad de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, se protocolizó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, en la que se acordó la fusión de “VALUE ARRENDADORA, S.A. DE C.V., SOFOM E.N.R. VALUE GRUPO FINANCIERO”, con el carácter de sociedad fusionante o que subsiste con “VALUE FACTORAJE , S.A. DE C.V., XXXXX, E.N.R. VALUE GRUPO FINANCIERO” con el carácter de sociedad fusionada o que se extingue, documento que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Nuevo León, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 31075-9, de fecha 25-veinticinco de febrero del 2010-dos mil diez.
2.5. Que posteriormente mediante Escritura Pública número 5,588-cinco mil quinientos ochenta y ocho, de fecha 05- cinco de octubre del 2015-dos mil quince, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario Público número 137-ciento treinta y siete, con ejercicio en la Ciudad de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, se acordó la transformación de la sociedad siendo esta una Entidad No Regulada, pasando a ser una Entidad Regulada bajo la denominación “VALUE AREENDADORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, VALUE GRUPO FINANCIERO” documento que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Nuevo León, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 36701*9, de fecha 5-cinco de noviembre del 2015-dos mil quince.
2.6. El objeto social de su poderdante se acredita mediante la Escritura Pública número 5,392 de fecha 01-uno xx xxxxx de 2015-dos mil quince, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario público número 137-ciento treinta y siete, con ejercicio en la ciudad de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 36701*9, de fecha 11-once xx xxxxxx del 2015-dos mil quince; siendo entre otros, el siguiente: 1) Otorgar toda clase de créditos, tales como crédito en cuenta corriente, revolvente simple, refaccionario, habilitación o avío, quirografario, entre otros, a personas físicas y xxxxxxx, nacionales o extranjeras. 2) Otorgar Arrendamiento financiero a personas físicas y xxxxxxx, nacionales o extranjeras. 11) La compra, venta, distribución, representación, comisión, consignación, fabricación, maquila, transformación, industrialización, procesamiento, importación, exportación y en general la comercialización de toda clase de productos, mercancías, equipos de transporte, automóviles y en si cualquier bien mueble por naturaleza que este dentro del comercio, sean nacionales o de origen extranjero, así como sus derivados, lo anexo y conexo con el ramo. 14) Celebrar contratos de arrendamiento, así como comprar, vender y en general enajenar por cuenta propia, toda clase de bienes muebles e inmuebles necesarios o convenientes con el objeto de establecer en ellos sus oficinas y dar en arrendamiento los bienes muebles e inmuebles de su propiedad.
2.7. Se acredita la personalidad del Representante Legal C. Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxx, mediante la escritura pública número 4,400 de fecha 06-seis de enero de 2014-dos mil catorce, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario público número 137-ciento treinta y siete, con ejercicio en la ciudad de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 36701-9, de fecha 10-diez de enero del 2014-dos mil catorce, manifestando que a la fecha dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas en forma alguna.
2.8. Se acredita la personalidad del Representante Legal C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, mediante la escritura pública número 4,400 de fecha 06-seis de enero de 2014-dos mil catorce, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Notario público número 137-ciento treinta y siete, con ejercicio en la ciudad de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, bajo el Folio Mercantil Electrónico número 36701-9, de fecha 10-diez de enero del 2014-dos mil catorce, manifestando que a la fecha dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas en forma alguna.
2.9. Para los efectos legales correspondientes, el Representante Legal C. Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxx se identifica con credencial para votar con clave de elector número y el Representante Legal C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx se identifica con credencial para votar con clave de elector número ambas expedidas por el Instituto Nacional Electoral, mismas que contienen fotografía
inserta cuyos rasgos fisonómicos coinciden con los de los comparecientes.
2.10. Para los efectos del presente contrato señala como domicilio fiscal y para oír y recibir notificaciones el ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxx, xxxxxx 000 Xxx Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000.
2.11. Su representada cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes VAR921119BY9, expedido por el Servicio de Administración Tributaria, Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; contando como actividad económica relacionada a: Sociedades financieras de objeto múltiple.
2.12. Cuenta con la organización, experiencia, capacidad técnica, financiera y legal necesarios para cumplir con los requerimientos objeto del presente Contrato, así mismo, ha llevado a cabo todos los actos corporativos, obtenido todas las autorizaciones corporativas o de otra naturaleza, y cumplido con todos los requerimientos legales aplicables para celebrar y cumplir el presente Contrato.
2.13. Su representada cuenta con clave única de proveedor número 114696 expedido por la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales de Administración de la Secretaria de Finanzas y Administración.
2.14. Habiendo cotizado ante Municipio de Monterrey, Nuevo León, en el Acto de presentación y apertura de proposiciones y Apertura de Proposiciones de Licitación Pública Nacional Presencial Numero SFA-DGA- DASG/26/2024, “LA ARRENDADORA”, resulto adjudicada para el Arrendamiento de maquinaria, equipo pesado y de vehículos para 10 o más pasajeros, para las diferentes Direcciones de la Secretaría de Servicios Públicos, cuya descripción y especificaciones se encuentran detalladas en el presente instrumento.
2.15. Conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y su Reglamento; así como las demás normas que regulan la realización y/o adquisición de bienes, incluyendo las especificaciones generales y particulares objeto de este contrato y, en general, toda la información requerida para el bien materia del contrato.
2.16. Su poderdante no se encuentra en ninguno de los supuestos de los artículos 37 y 95 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León; así como que no se encuentra sancionada ni impedida por autoridad federal, estatal ni municipal alguna para celebrar el presente contrato.
2.17. En términos del artículo 33 bis del Código Fiscal para el Estado de Nuevo León, bajo protesta de decir verdad manifiesta encontrarse su representada al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tanto
federales, como estatales y municipales; así como en sus obligaciones patronales en materia de Seguro Social e INFONAVIT.
2.18. Se opone a que “EL ARRENDATARIO”, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Nuevo León y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, difunda o transmita los datos personales de su representada proporcionados con motivo del presente procedimiento de adjudicación.
2.19. Con la firma del presente instrumento jurídico, bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar su representada plenamente consciente de las penas y delitos en que se incurre por falsedad de declaraciones ante autoridad competente, y, plenamente consciente de la prevención y sanción de las irregularidades y las faltas administrativas y hechos de corrupción que prevé, regula y sanciona tanto la Ley General de Responsabilidades Administrativas como la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León.
2.20. En cumplimiento a lo establecido en la fracción IX del artículo 49 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León mediante la firma del presente contrato, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ninguno de los socios o accionistas que ejercen control sobre su representada desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización de este contrato, no se actualiza un Conflicto de Interés.
3. Declaran “LAS PARTES”, que:
3.1. Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad con las cuales concurren a la celebración del presente contrato.
3.2. Los documentos anexos al presente instrumento jurídico forman parte integrante del mismo, reconociéndolos con plena validez y eficacia jurídica para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato.
3.3. Han revisado lo establecido en este Contrato, manifestando que previo a la celebración del mismo, han convenido libremente los términos establecidos en este, no existiendo dolo, mala fe, enriquecimiento ilegítimo, error, violencia ni vicios en el consentimiento.
3.4. Mediante el presente instrumento manifiestan su consentimiento expreso y plena voluntad para celebrarlo de acuerdo al contenido de las siguientes:
C L Á U S U L A S:
PRIMERA. - OBJETO
“LA ARRENDADORA” se obliga a realizar a favor de “EL ARRENDATARIO” el Arrendamiento de Maquinaria, Equipo Pesado y de Vehículos para 10 o más Pasajeros, para las Diferentes Direcciones de la Secretaría de Servicios Públicos, en adelante “LOS BIENES”, cuyas características y especificaciones se describen en el ANEXO TÉCNICO del presente Contrato. En lo subsecuente a los vehículos objeto del arrendamiento se les referirá como “LOS BIENES” y los servicios relacionados con ellos se les referirá como “LOS SERVICIOS”.
SEGUNDA. - CONTRAPRESTACIÓN
“EL ARRENDATARIO” se obliga a pagar a favor de “LA ARRENDADORA” la cantidad que resulte como contraprestación por el Arrendamiento de Maquinaria, Equipo Pesado y de Vehículos para 10 o más Pasajeros, para las Diferentes Direcciones de la Secretaría de Servicios Públicos, la cantidad total de $6,210,598.28 (seis millones
doscientos diez mil quinientos noventa y ocho pesos 28/100 Moneda Nacional), incluido el Impuesto al Valor agregado y, en su caso, menos las retenciones que correspondan conforme a la legislación vigente, cantidad que será pagada a razón de 03-tres mensualidades, conforme a los precios unitarios que se describen a continuación:
PARTIDA | VEHÍCULO | MARCA | AÑO | CANTIDAD | PRECIO RENTA MENSUAL | RENTA MENSUAL POR PARTIDA | 03 MESES RENTA |
1 | RAM 4000 CAJA DE REDILAS | RAM | 2018 | 9 | $ 7,916.69 | $71,250.21 | $213,750.63 |
2 | RAM 4000 CAJA GANADERA | RAM | 2018 | 12 | $ 10,103.79 | $121,245.48 | $363,736.44 |
3 | RAM 4000 CAJA DE VOLTEO | RAM | 2018 | 12 | $ 11,592.14 | $139,105.68 | $417,317.04 |
4 | RAM 4000 GRÚA CON CANASTILLA | RAM | 2018 | 5 | $ 23,475.94 | $117,379.70 | $352,139.10 |
5 | INTERNATIONAL 4400 | INTERNATIONAL | 2018 | 12 | $ 23,372.75 | $280,473.00 | $841,419.00 |
6 | INTERNATIONAL 4300 | INTERNATIONAL | 2018 | 12 | $ 18,495.02 | $221,940.24 | $665,820.72 |
7 | INTERNATIONAL 4700 | INTERNATIONAL | 2018 | 1 | $ 29,662.48 | $29,662.48 | $88,987.44 |
8 | RETROEXCAVADORA B730 | BOBCAT | 2018 | 12 | $ 24,049.81 | $288,597.72 | $865,793.16 |
9 | MINICARGADOR BOBCAT 530 | BOBCAT | 2018 | 12 | $ 11,780.22 | $141,362.64 | $424,087.92 |
10 | RODILLO VIBRATORIO RD12A-90 | XXXXXX NEUSON | 2018 | 11 | $ 6,667.20 | $73,339.20 | $220,017.60 |
11 | COMPACTADOR RD27120 | XXXXXX NEUSON | 2018 | 6 | $15,259.92 | $91,559.52 | $274,678.56 |
12 | EQUIPO MÓVIL DESASOLVE | VAC CON | 2019 | 1 | $208,738.81 | $208,738.81 | $626,216.43 |
SUBTOTAL | $5,353,964.04 | ||||||
IVA | $856,634.24 | ||||||
TOTAL | $6,210,598.28 |
Dentro de las cantidades antes señaladas en la presente Xxxxxxxx, se contempla cualquier provisión que se deba hacer para solventar los gastos necesarios a fin de poder realizar el objeto del presente Contrato, y se hace la mención de que el monto señalado como contraprestación será realizado en pesos mexicanos.
TERCERA. - DEL PAGO
“LAS PARTES” convienen en que la contraprestación será pagada en los siguientes términos:
a. FORMA: Se realizará en moneda nacional, por parte de la Dirección de Egresos, previa autorización de la Dirección General de Administración de la Secretaria de Finanzas y Administración, mediante pagos mensuales, una vez que sea recibida y aceptada la factura que ampare los servicios por “EL ÁREA USUARIA”.
b. FACTURACIÓN Y DOCUMENTACIÓN PARA EL PAGO: “LA ARRENDADORA” deberá presentar a “EL ÁREA USUARIA”, para validación, sello y firma de conformidad, la factura original a nombre del “Municipio de la Ciudad de Monterrey” (desglosando el IVA y retenciones xx xxx que en su caso procedan) y toda documentación necesaria que requiera y/o le solicite “EL ÁREA USUARIA”. La factura deberá reunir y cumplir con los requisitos fiscales que establece la Legislación vigente en la materia al momento de su expedición a efecto de que “EL ÁREA USUARIA”, devuelva la factura original y documentación validada, sellada y firmada de conformidad a “LA ARRENDADORA”, de lo contrario “EL ÁREA USUARIA”, no validará la factura y la devolverá a “LA ARRENDADORA” sin que “EL ARRENDATARIO” pueda ni deba gestionar ni tramitar el pago hasta en tanto “LA ARRENDADORA” no subsane las omisiones, por lo que este supuesto no se considerará incumplimiento en el pago. La ausencia de solicitud de la factura y documentación correspondiente no exime a “LA ARRENDADORA” de su responsabilidad de entregar la misma en el tiempo y forma señalado.
c. MEDIO DE PAGO: La Dirección de Egresos de la Dirección General de Finanzas de la Secretaría de Finanzas y Administración, realizará los pagos mediante transferencia electrónica a cuenta bancaria de “LA ARRENDADORA” siempre y cuando la factura reúna y cumpla con los requisitos fiscales que establece la
Legislación vigente en la materia al momento de su expedición, esté validada, sellada y firmada por “EL ÁREA USUARIA”, y se cuente con toda la documentación soporte necesaria para el pago; de lo contrario no se realizará pago alguno y no se considerará como incumplimiento del pago.
d. TIEMPO: El pago se realizará dentro de los 45-cuarenta y cinco días naturales siguientes al de la presentación que de la documentación para el pago realice “LA ARRENDADORA” en la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Finanzas y Administración de “EL ARRENDATARIO” ubicada en el segundo piso del domicilio de “EL ARRENDATARIO”. En caso de que “LA ARRENDADORA” no presente la documentación para el pago validada, sellada y firmada por “EL ÁREA USUARIA”, o de hacerlo, pero presentarla con errores u omisiones y/o no presentarla en tiempo y forma, la fecha y plazo de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso de “LA ARRENDADORA” en hacer las correcciones, enmiendas, cambios y/o presentarla.
e. CONDICIONAMIENTO Y RETENCIÓN DEL PAGO: “LAS PARTES” se obligan a que el pago que deba realizar “EL ARRENDATARIO” a “LA ARRENDADORA” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “LA ARRENDADORA” deba efectuar a “EL ARRENDATARIO” por concepto xx xxxxx convencionales o deducciones con motivo del incumplimiento total o parcial o deficiente en que pudiera incurrir respecto a sus obligaciones convenidas en este contrato; por lo que “EL ARRENDATARIO” podrá retener el pago de la contraprestación en caso de que “LA ARRENDADORA” incumpla con alguna de sus obligaciones pactadas, independientemente de las diversas acciones legales que “EL ARRENDATARIO” pudiera ejercitar en contra de “LA ARRENDADORA”.
f. MODIFICACIÓN DE LA CONTRAPRESTACIÓN: “LAS PARTES” acuerdan que el presente instrumento se celebre bajo condición de precio fijo, por lo que durante toda su vigencia no habrá ajuste de precios ni se reconocerá incremento alguno en el monto total de contraprestación pactado ni en los precios unitarios.
g. GASTOS ADICIONALES: “LAS PARTES” convienen que “EL ARRENDATARIO” no tendrá ninguna obligación de realizar pago alguno a “LA ARRENDADORA” en exceso de la cantidad total pactada por el suministro, ni reembolsar gasto alguno en que aquella haya incurrido con motivo del suministro y/o documentos y/o bienes relacionados con el mismo; renunciando en este acto “LA ARRENDADORA” a todo derecho de reclamación de pago.
h. CLÁUSULA DE RETENCIÓN: de conformidad con y para los efectos del último párrafo del artículo 33 BIS del Código Fiscal del Estado de Nuevo León “LA ARRENDADORA” conviene que “EL ARRENDATARIO” podrá retener el pago de contraprestaciones a efecto de garantizar el pago de contribuciones omitidas sin que por ello se entienda o conlleve a incumplimiento en el pago
CUARTA. - VIGENCIA
“LAS PARTES” acuerdan que el presente contrato tendrá una vigencia a partir de la firma del mismo y concluirá el día 29-veintinueve de septiembre de 2024-dos mil veinticuatro.
QUINTA. -GARANTÍAS
“LA ARRENDADORA” se obliga a presentar a favor de la Secretaria de Finanzas y Administración, en la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales ubicada en el segundo piso del domicilio de “EL ARRENDATARIO”, la siguiente garantía:
GARANTÍA DE BUEN CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DE DEFECTOS, VICIOS OCULTOS, LA FALTA DE CALIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS CON ELLOS RELACIONADOS Y/U OTRAS
RESPONSABILIDADES.- “LA ARRENDADORA” se obliga a otorgar una garantía para responder del buen cumplimiento del contrato, de defectos, vicios ocultos, la falta de calidad de los bienes y/o servicios, así como por cualquier responsabilidad y/u obligación en que pudiera incurrir por disposiciones xx xxx o en virtud del presente instrumento, considerando que la obligación garantizada será indivisible; la que deberá constituirse por un monto equivalente al 20%-veinte por ciento del monto total del contrato, dentro de los 10-diez días
hábiles siguientes a la firma del presente contrato y con una vigencia mínima correspondiente a la vigencia del presente instrumento a partir de que los bienes y/o servicios hayan sido suministrados y/o entregados y recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “EL ARRENDATARIO”; esta garantía quedará extendida y en poder de “EL ARRENDATARIO” hasta la fecha en que se satisfagan todas las responsabilidades y obligaciones no cumplidas y se corrijan los defectos o vicios ocultos en caso de que esta fecha sea posterior a la de la vigencia de la garantía.
SEXTA. - FORMA DE GARANTIZAR
“LAS PARTES” convienen que “LA ARRENDADORA” deberá constituir las garantías pactadas en la cláusula anterior en la siguiente forma:
PÓLIZA DE FIANZA, la cual deberá ser expedida a favor de la la Dirección de Mantenimiento y Equipamiento de la Dirección General de Administración de la Secretaria de Finanzas y Administración, otorgada por Institución Nacional debidamente autorizada para tal efecto y cumpliendo la compañía afianzadora los siguientes requisitos al expedir la póliza respectiva:
1) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato derivado del Concurso por Licitación Pública Nacional Presencial Número SFA-DGA-DASG/26/2024;
2) Que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales relativa al cumplimiento total de las obligaciones contractuales previa validación de cumplimiento total de “EL ÁREA USUARIA”.
3) Que la compañía afianzadora requerirá a “LA ARRENDADORA”, para la cancelación de la garantía correspondiente, la autorización previa y por escrito de Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Finanzas y Administración. Debiendo asentarse este requisito en el documento o póliza en el que conste dicha garantía.
4) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme y haya sido ejecutada, cuando la fianza haya sido otorgada a favor del Sujeto Obligado.
5) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aun para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
A elección de “EL ARRENDATARIO” podrá reclamarse el pago de la Fianza por cualquiera de los Procedimientos establecidos en los artículos 279, 280, 282, y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, así mismo, para que no se extinga la fianza, la Institución Afianzadora otorga su consentimiento en caso de prórroga o espera concedida por “EL ARRENDATARIO” a “LA ARRENDADORA”, lo anterior de conformidad con el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
Las garantías podrán entregarse por “LA ARRENDADORA” mediante medios electrónicos, siempre que las disposiciones jurídicas aplicables permitan la constitución de garantías por dichos medios.
SÉPTIMA. - EJECUCIÓN Y CANCELACIÓN DE LAS GARANTÍAS
“LAS PARTES” de común acuerdo convienen que se hará efectiva la garantía del buen cumplimiento del contrato, de defectos, vicios ocultos, la falta de calidad de “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” y/u otras responsabilidades, por el monto total de la obligación garantizada cuando ejemplificativa más no limitativamente:
a. “LA ARRENDADORA” no cumpla con el suministro de los bienes y/o servicios, conforme a lo pactado en el presente instrumento.
b. Si incumple “LA ARRENDADORA” con cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato.
c. “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” suministrados por “LA ARRENDADORA” y/o sus trabajadores no cumplan con la calidad a satisfacción de “EL ARRENDATARIO”.
d. “LOS BIENES Y/O SERVICIOS” objeto de este instrumento se suministren de manera y tiempo diferente al estipulado y/o solicitado.
e. Se rescinda el presente instrumento por causas imputables a “LA ARRENDADORA”; en este caso, la aplicación de la garantía será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
De igual forma, en este acto “LAS PARTES” acuerdan que independientemente de la ejecución de la garantía mencionada, cualquier incumplimiento de lo establecido en este contrato dará lugar a que “EL ARRENDATARIO” ejerza las acciones del orden penal, civil, mercantil, económico y/o administrativo que procedan en cada caso.
Así mismo, “LAS PARTES” acuerdan que la garantía del buen cumplimiento del contrato, de defectos, vicios ocultos, la falta de calidad de los bienes y servicios con ellos relacionados y/u otras responsabilidades, sólo podrá cancelarse respectivamente una vez cumplidas las obligaciones de “LA ARRENDADORA”; por lo que el titular de la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales procederá a extender las constancias para cancelación de las garantías.
OCTAVA. - PLAZO, LUGAR, CONDICIONES Y FECHA DE ENTREGA Y SUPERVISIÓN.
“LA ARRENDADORA” se obliga a entregar en arrendamiento “LOS BIENES” en los lugares que le indique “EL ÁREA USUARIA”, conforme a las especificaciones técnicas señaladas en el ANEXO TÉCNICO del presente instrumento jurídico, los cuales deberán entregarse en un periodo de 09-nueve días naturales a partir de la firma del Contrato
“EL ARRENDATARIO” solo aceptará bienes que estén en óptimas condiciones de funcionamiento y conforme a las bases de licitación.
“LA ARRENDADORA” será la responsable de realizar las gestiones necesarias de cualquiera de los bienes y/o servicios respecto de cualquier reclamación por parte de “EL ARRENDATARIO” para efectos de la garantía por fallas, desperfectos y/o defectos de los bienes.
NOVENA. - VERIFICACIÓN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS
“EL ARRENDATARIO” a través de “EL ÁREA USUARIA”, (área requirente) será responsable de la verificación y aceptación de los bienes y/o servicios objeto del presente instrumento y de la verificación del cumplimiento de las características y especificaciones, y hasta en tanto no se lleve a cabo la verificación de los bienes y/o servicios mediante la suscripción del acta entrega-recepción de la calidad de los bienes y/o servicios por “EL ÁREA USUARIA”, no se tendrán por recibidos o aceptados los bienes y/o servicios, debiendo cumplir con los siguientes lineamientos:
• Solo aceptará bienes que estén en óptimas condiciones de funcionamiento y conforme a las bases de licitación.
• “LA ARRENDADORA” será la responsable de realizar las gestiones necesarias de cualquiera de los bienes y/o servicios respecto de cualquier reclamación por parte de “EL ARRENDATARIO” para efectos de la garantía por fallas, desperfectos y/o defectos de los bienes.
• “EL ÁREA USUARIA” será responsable de la supervisión, entrega, verificación de la calidad de los bienes y/o servicios y elaboración y levantamiento de acta de entrega-recepción de los bienes y/o servicios, al mismo que participará y será responsable dentro del ámbito de su competencia en la realización de acciones encaminadas al cumplimiento del objeto del presente instrumento.
DÉCIMA. - PRÓRROGAS
“LA ARRENDADORA”, podrá solicitar prórroga solamente en los siguientes supuestos:
a) Fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose como tal lo señalado en la legislación aplicable.
En los supuestos descritos en la presente Xxxxxxxx no procederá aplicar a “LA ARRENDADORA”, penas convencionales por atraso.
DÉCIMA PRIMERA. - RESCISIÓN
“EL ARRENDATARIO” rescindirá administrativamente el Contrato cuando “LA ARRENDADORA” no cumpla con las condiciones establecidas en el mismo, sin necesidad de acudir a los Tribunales competentes en la materia, por lo que de manera enunciativa, mas no limitativa, se entenderá por incumplimiento: la no entrega de los bienes y/o servicios en las fechas establecidas en el presente instrumento jurídico, o en el plazo adicional que “EL ARRENDATARIO” haya otorgado para la sustitución de los bienes y/o servicios, que en su caso, hayan sido devueltos.
Adicional a lo anterior, se podrá rescindir el Contrato por las siguientes causas:
a) No iniciar con la entrega de los bienes y/o servicios objeto del contrato dentro de los 15-quince días naturales siguientes a la fecha convenida sin causa justificada;
b) Interrumpir injustificadamente la entrega de los bienes y/o servicios;
c) Xxxxxse a reponer la totalidad o alguna parte de los bienes prestados, que se hayan detectado como defectuosos o no hayan cumplido con las características y especificaciones contenidas en el presente Contrato;
d) No entregar los bienes y/o servicios de conformidad con lo estipulado en el Contrato;
e) No hacer entrega sin justificación alguna de las garantías que al efecto se señalen en los Contratos derivados de los procedimientos de contratación regulados por la Ley y su Reglamento;
f) No dar cumplimiento a los programas pactado en el Contrato para la entrega de los bienes y/o servicios de que se trate sin causa justificada;
g) No hacer del conocimiento de la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales o de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Finanzas y Administración o de la Secretaría de Finanzas y Administración que fue declarado en concurso mercantil o alguna figura análoga;
h) Cuando “LA ARRENDADORA” ceda total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones a que se refiere el Contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se debe contar con el consentimiento de “EL ARRENDATARIO”;
i) No dar a la autoridad competente las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los materiales y trabajos;
j) Xxxxxxx su nacionalidad por otra, en el caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad;
k) Incumplir con el compromiso que, en su caso haya adquirido al momento de la suscripción del Contrato, relativo a la reserva y confidencialidad de la información y documentación proporcionada por el sujeto obligado para la ejecución de los trabajos.
Lo anterior, en la inteligencia de que “LA ARRENDADORA” tendrá la obligación de reparar los daños y perjuicios que se causen a “EL ARRENDATARIO”, en caso de incurrir en cualquiera de los supuestos anteriormente mencionados, y a causa de ello, opere la rescisión de este Contrato.
La Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Finanzas y Administración, iniciará el Procedimiento de Rescisión, comunicando por escrito a “LA ARRENDADORA”, del incumplimiento en que haya incurrido, para que dentro de un término de 05-cinco días
hábiles contados a partir del día hábil siguiente al en que se le entregó el escrito, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho plazo se resolverá en el término de 12-doce días hábiles, contados a partir de que “LA ARRENDADORA” haya expuesto lo que a su derecho convenga, considerando los argumentos y pruebas que se hubieren hecho valer, por parte de “LA ARRENDADORA”
DÉCIMA SEGUNDA. - DEVOLUCIONES (SOLO PARA EL CASO DEL EQUIPAMIENTO ADICIONAL)
Si durante la entrega de los bienes se comprueban vicios ocultos por causas imputables a “LA ARRENDADORA” y dentro del periodo de garantía “EL ARRENDATARIO” hará la devolución de los mismos, en estos casos “LA ARRENDADORA” se obliga a reponer a “EL ARRENDATARIO” sin condición alguna, el 100%-cien por ciento del volumen devuelto originalmente a “EL ÁREA USUARIA” (área requirente), en un plazo que no excederá de 15- quince días naturales contados a partir de la notificación de dicha devolución.
En caso de que, por causas imputables a “LA ARRENDADORA”, éste no pueda hacer la reposición en el plazo arriba señalado, “LA ARRENDADORA” se obliga a reintegrar la cantidad recibida por concepto de pago, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que señale la vigente Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales.
Dichos intereses se calcularán sobre la cantidad pagada y se computarán por los días naturales desde la fecha de devolución de los bienes, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL ARRENDATARIO”, y en su caso podrá hacerse efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
DÉCIMA TERCERA. - REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN POR CAUSA DE DEFICIENCIA, VICIOS OCULTOS O INCUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES
Si durante la entrega de los bienes se presentan deficiencias en la calidad, inutilidad e identifican defectos, daños u otros aspectos, derivados de vicios ocultos o incumplimientos, que afecten el funcionamiento y duración, así como el que los mismos no cumplan con las características especificadas en el presente Contrato, “EL ARRENDATARIO” procederá a no aceptar los mismos, obligándose a “LA ARRENDADORA” a entregar nuevamente el 100%-cien por ciento de los bienes rechazados en un plazo no mayor a 30-treinta días naturales, con las características y especificaciones ofertadas sujetándose a la inspección y autorización de los bienes a entregar por parte de “EL ÁREA USUARIA” por lo anterior, no se exime a “LA ARRENDADORA” de la sanción que resulte aplicable por retraso en la prestación de los servicios.
Tratándose del equipamiento de los bienes, “LA ARRENDADORA” deberá presentar escrito donde manifieste que se hará responsable xx xxxxxx o inutilidad en algún bien, quedando obligado a gestionar la reparación de aquellos que no funcionen debidamente, a satisfacción de “EL ÁREA USUARIA” en un plazo de 30-treinta días naturales contados a partir de la primera notificación, en caso contrario “LA ARRENDADORA” deberá sustituir dicho bien por otro nuevo de característica similares o superiores, y entregarlo a “EL ARRENDADOR” en un término de 30-treinta días naturales a partir de la fecha en que se haga la solicitud por escrito a “LA ARRENDADORA”.
DÉCIMA CUARTA. - LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
“LA ARRENDADORA” se obliga a asumir directamente la responsabilidad por el trámite y obtención de todos los permisos y licencias que resulten necesarios para llevar el debido cumplimiento de este Contrato y demás elementos necesarios cuando se trate de resarcir algún daño, liberando a “EL ARRENDATARIO” de cualquier sanción económica o legal que pudiera darse por la carencia de dichas autorizaciones o irregularidades generadas.
DÉCIMA QUINTA. - PENA CONVENCIONAL
En caso de que se incumpla cualquiera de los plazos establecidos en el suministro de los bienes y/o servicios, para “EL ÁREA USUARIA” objeto del presente instrumento, de forma parcial o deficiente por causas imputables a “LA ARRENDADORA”, debidamente probadas por “EL ARRENDATARIO” y que se adquieren según lo estipulado dentro de las especificaciones y características técnicas y económicas ofertadas por “LA ARRENDADORA” en el presente instrumento jurídico, deberá pagar como pena convencional a “EL ARRENDATARIO”, la cantidad equivalente al uno al millar por cada día natural xx xxxx, respecto de la entrega de los bienes y/o servicios contratados, conforme a lo que sigue:
a) Las penas se harán efectivas descontándose del pago que “LA ARRENDADORA” tenga pendiente en “EL ARRENDATARIO”, independientemente que se hagan efectivas las garantías otorgadas.
b) Las penas se calcularán respecto de los bienes no suministrados en los plazos establecidos.
Las penas se computarán desde el día siguiente al en que debió suministrar el bien y/o servicios y hasta el día en que se suministre el bien y/o servicio.
DÉCIMA SEXTA. - PROPIEDAD INTELECTUAL
“LAS PARTES” acuerdan que “LA ARRENDADORA”, es el único responsable en caso de violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual. Salvo que exista impedimento o así convengan a los intereses de “EL ARRENDATARIO”, la estipulación de que los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven de los servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones contratados, invariablemente se constituirán a favor de “EL ARRENDATARIO”, en los términos de las disposiciones legales aplicables, obligándose “LA ARRENDADORA”, a llevar a cabo todos los procesos legales y administrativos necesarios para cumplir con dicha obligación.
DÉCIMA SÉPTIMA. - SUBCONTRATACIÓN
“LA ARRENDADORA” se obliga a suministrar los bienes y/o servicios objeto del presente instrumento jurídico, por lo cual acepta que todos los derechos y obligaciones a su cargo, no podrán ser subcontratados, cedidos, vendidos o transmitidos a terceros en ninguna forma y bajo ninguna circunstancia, respondiendo en forma única y directa ante “EL ARRENDATARIO” por todas y cada una de las obligaciones que se establecen en el presente Contrato.
DÉCIMA OCTAVA. - TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LAS PARTES” manifiestan estar de acuerdo en que “EL ARRENDATARIO” podrá dar por terminado el presente Contrato en cualquier momento, dando aviso por escrito y de forma fehaciente, cuando menos con 15-quince días naturales de anticipación, sin que ello genere para ninguna de “LAS PARTES” obligación de satisfacer daños y perjuicios que pudiera causarse.
Adicional a lo señalado en el párrafo anterior y de manera enunciativa mas no limitativa, “EL ARRENDATARIO”
podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato, en los siguientes casos:
a) Cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes que se enajenan y se demuestre que, de continuar con el cumplimiento del Contrato, se ocasionaría un daño o perjuicio a “EL ARRENDATARIO”;
b) Por mutuo acuerdo de “LAS PARTES”;
c) Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas por “LAS PARTES”.
La terminación anticipada se realizará por la Dirección de Adquisiciones y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Finanzas y Administración, previo escrito del titular del área señalada en el punto 1.7 del apartado de declaraciones de “EL ARRENDATARIO”, y/o cualquier otra Dependencia o Unidad
Administrativa de “EL ARRENDATARIO” y/o autoridad competente, al que acompañe las documentales que acrediten o soporten el supuesto de terminación anticipada; dando aviso por escrito y de forma fehaciente mediante notificación por escrito con anticipación de cuando menos con 30-treinta días naturales a la misma, y, operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, y, sin que ello genere para ninguna de “LAS PARTES” obligaciones de satisfacer daños y perjuicios que pudiera causarse.
DÉCIMA NOVENA. - NORMAS DE CALIDAD
“LA ARRENDADORA” se obliga al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, Normas Mexicanas y a falta de estas, las Normas Internacionales o, en su caso, las normas de referencia o especificaciones, de acuerdo con las características y especificaciones técnicas de los bienes objeto del presente Contrato.
VIGÉSIMA. - SUBSISTENCIA DEL CONTRATO
“LAS PARTES” están de acuerdo en que, si durante la vigencia del Contrato “LA ARRENDADORA” por cualquier causa cambiara su domicilio o denominación social actual por alguna otra, el presente Contrato subsistirá en los términos establecidos, comprometiéndose “LA ARRENDADORA”, a notificar de inmediato tal circunstancia a “EL ARRENDATARIO”.
VIGÉSIMA PRIMERA. - INCUMPLIMIENTO POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
“LAS PARTES” convienen que de conformidad con lo establecido en el artículo 2005 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, ninguna de “LAS PARTES” será considerada responsable por el incumplimiento de las obligaciones previstas en este contrato cuando el incumplimiento de las mismas se derive de un caso fortuito o de fuerza mayor; al efecto:
“Serán considerados supuestos de caso fortuito o fuerza mayor todos aquellos sucesos o circunstancias que ocurran fuera del control de “LAS PARTES”, así como cualesquiera otras contingencias que fueran imprevisibles o que previsibles no pudieran hacer algo al respecto”.
Para lo cual “LAS PARTES” podrán optar por la terminación del contrato sin responsabilidad para ninguna de “LAS PARTES”, excepto hasta lo ya realizado; o, la suspensión para reanudar su cumplimiento una vez que sea superado el caso fortuito o fuerza mayor.
VIGÉSIMA SEGUNDA. - SUSPENSIÓN Y/O RENUNCIA DEL SERVICIO
Si “LA ARRENDADORA”, a su solo juicio y en cualquier momento, suspende el suministro de los bienes y/o servicios mediante los cuales fue adjudicado será sujeto a las siguientes condicionantes:
a) “LA ARRENDADORA” deberá cumplir plenamente con los requerimientos que le fueron solicitados antes de llevar a cabo la suspensión;
b) “LA ARRENDADORA” deberá pagar a “EL ARRENDATARIO”, por la opción de suspensión y/o renuncia, los montos correspondientes al 100%-cien por ciento de la parte no ejercida del monto adjudicado o en su defecto, del monto de la suficiencia presupuestal autorizado para el ejercicio fiscal según corresponda;
c) “EL ARRENDATARIO” ejecutará las Garantías para cobrar los montos correspondientes al 100%-cien por ciento de la parte no ejercida del monto adjudicado o en su defecto, del monto de la suficiencia presupuestal autorizado para el ejercicio fiscal según corresponda.
“LAS PARTES” manifiestan que todas las obligaciones a cargo de “LA ARRENDADORA”, se encuentran insertas en el presente instrumento jurídico y sus anexos, por lo que deberán de ser cumplidas en la forma y términos previstos en el contrato y la no realización de los mismos, hará incurrir a “LA ARRENDADORA” en incumplimiento del contrato en forma automática y de pleno derecho, sin necesidad de notificación, requerimiento o interpelación de
ninguna índole, y deberá cubrir a “EL ARRENDATARIO”, los gastos señalados en los incisos b) y c) del párrafo anterior de la presente Cláusula.
VIGÉSIMA TERCERA. - ANEXOS
“LAS PARTES” acuerdan que tienen calidad de anexos del presente contrato y por lo tanto forman parte integral del mismo, lo que se establece en las Bases, Acta de Junta de Aclaraciones, Dictamen y Fallo contenido de la documentación legal, propuesta técnica y económica presentada por “LA ARRENDADORA”, dentro de la Licitación Pública Nacional Presencial Número SFA-DGA-DASG/26/2024, relativa a el Arrendamiento de Maquinaria, Equipo Pesado y de Vehículos para 10 o más Pasajeros para las Diferentes Direcciones de la Secretaría de Servicios Públicos y el ANEXO TÈCNICO, por lo tanto, “LA ARRENDADORA” se obliga al pleno cumplimiento de lo ahí establecido.
VIGÉSIMA CUARTA. - CONFIDENCIALIDAD
“LAS PARTES” son conscientes de que, en el presente Contrato, tanto los empleados de “LA ARRENDADORA” como asimismo los servidores públicos de “EL ARRENDATARIO” podrán tener acceso a información en posesión, la cual a todo efecto deberá ser considerada como confidencial y/o reservada y en tal virtud no divulgable a ningún tercero (en adelante “LA INFORMACIÓN”).
En tal sentido, “LAS PARTES” convienen en no divulgar ni transferir a terceros, sin previa autorización por escrito del titular de “LA INFORMACIÓN”, cualquier información que se reciba, ya sea verbal, escrita, almacenada, en forma magnética o se genere con relación a las acciones y los trabajos que se desarrollen para alcanzar el objeto del presente Contrato.
“LAS PARTES” podrán divulgar “LA INFORMACIÓN”, total o parcialmente, sólo a aquellos empleados y funcionarios que tuvieren necesidad de conocerla exclusivamente a efecto de que puedan cumplir con sus obligaciones bajo este instrumento jurídico, comprometiéndose a tomar todas las medidas necesarias para que dichos empleados y funcionarios estén advertidos de la naturaleza confidencial de “LA INFORMACIÓN”. La divulgación a cualquier otra persona queda estrictamente prohibida salvo consentimiento por escrito de “EL ARRENDATARIO”.
“LAS PARTES” se comprometen a que el manejo de “LA INFORMACIÓN” derivada del presente Contrato deberá de cumplir con lo señalado en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León en materia de protección de datos de carácter personal, en particular, con las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas de sus sistemas.
VIGÉSIMA QUINTA. - IMPUESTOS Y DERECHOS
“LAS PARTES” acuerdan que los impuestos y derechos federales o locales que se causen, derivados de la realización del presente instrumento jurídico, serán erogados por “LA ARRENDADORA”, “EL ARRENDATARIO” solo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la Ley vigente en la materia.
VIGÉSIMA SEXTA. – RESPONSABILIDAD TOTAL
“LA ARRENDADORA” asumirá la responsabilidad total para el caso de que, al suministrar los bienes y/o servicios a “EL ARRENDATARIO”, infrinja disposiciones referentes a regulaciones, permisos, Normas o Leyes, quedando obligado a liberar a “EL ARRENDATARIO” de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. – SUPERVISIÓN
“LA ARRENDADORA” acepta estar sujeto a la supervisión de la calidad de los bienes y/o servicios y a la inspección física de sus instalaciones que en todo tiempo se realice cada vez que “EL ARRENDATARIO” lo estime
necesario, a fin de verificar el debido cumplimiento de las normas oficiales que correspondan, licencias, autorizaciones y permisos a que deba sujetarse “LA ARRENDADORA”, dentro de su ámbito de acción comercial y profesional, sin que lo anterior implique responsabilidad alguna para la misma, la falta de cumplimiento del bien o de las condiciones ofertadas será motivo de rescisión así como la aplicación de las sanciones correspondientes, lo anterior de conformidad con lo señalado en el artículo 78 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y en el artículo 120 de su Reglamento.
VIGÉSIMA OCTAVA. – NOTIFICACIONES
“LAS PARTES” acuerdan que todas las comunicaciones que deban hacerse conforme al presente contrato se realizarán por escrito en los domicilios señalados en el capítulo de declaraciones de este contrato; en caso de que alguna cambie de domicilio se obliga a comunicarlo por escrito a la otra, en la Inteligencia que de no hacerlo serán válidas las que se practiquen en el domicilio indicado en este instrumento. Al efecto, para la validez de cualquier comunicación, la parte que la haga debe obtener evidencia de que la comunicación fue recibida por la otra.
VIGÉSIMA NOVENA. - RELACIÓN LABORAL
Queda expresamente estipulado que el personal operativo que cada una de “LAS PARTES” asigne para llevar a cabo la entrega de los bienes, estarán bajo la responsabilidad directa del que lo haya contratado, por lo que ninguna de “LAS PARTES”, serán considerados como patrón sustituto del personal de la otra.
En razón de lo anterior, “EL ARRENDATARIO” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y por lo mismo, “LA ARRENDADORA” lo exime de toda responsabilidad o reclamación que pudiera presentarse en materia de trabajo y seguridad social.
TRIGÉSIMA. - DEL PERSONAL
“LA ARRENDADORA” se compromete a que el personal a su cargo, designado para la entrega de los bienes y/o servicios, los efectuará de manera eficiente y adecuada, mismos que deberán estar plenamente identificados para ello al encontrarse en las instalaciones de “EL ARRENDATARIO”, además su personal será el único responsable de los daños y perjuicios que sean ocasionados al mismo, excluyendo de cualquier responsabilidad o riesgo a “EL ARRENDATARIO”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - MODIFICACIONES
Los actos y omisiones de “LAS PARTES” en relación al presente Contrato, no podrán en forma alguna interpretarse como una modificación al sentido x xxxxxxxx del mismo, es decir, para que el presente Contrato pueda ser modificado, será necesario e indispensable el acuerdo por escrito y firmado por “LAS PARTES”, siempre que el monto total de la modificación no rebase, en conjunto, el 20%-veinte por ciento del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos, y el precio de los servicios sea igual al originalmente pagado.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. - TRANSPORTACIÓN
“LA ARRENDADORA” se compromete a garantizar la entrega de los bienes objeto del presente instrumento jurídico, bajo los siguientes lineamientos:
a) Transportación: El bien debe transportarse por el medio más adecuado en términos de lugar y fecha de entrega, así como en condiciones adecuadas de seguridad. Los gastos que se originen por el transporte y maniobra de carga, y aseguramiento de los bienes, desde el lugar de origen hasta el sitio de entrega, será por cuenta de “LA ARRENDADORA”. Las maniobras de carga y descarga en el andén del lugar de entrega, serán por cuenta y riesgo de “LA ARRENDADORA”.
TRIGÉSIMA TERCERA. - SUBTÍTULOS
“LAS PARTES” acuerdan que los subtítulos en este Contrato son exclusivamente para referencia, por lo que no se considerarán para efectos de interpretación o cumplimiento del mismo.
TRIGÉSIMA CUARTA. – LEGISLACIÓN APLICABLE
En caso de suscitarse alguna controversia en relación a la interpretación o cumplimiento del presente Contrato, “LAS PARTES” están de acuerdo y convienen en sujetarse a los ordenamientos legales vigentes en el Estado de Nuevo León.
TRIGÉSIMA QUINTA. – TRIBUNALES COMPETENTES
Sin perjuicio de lo estipulado en la Cláusula DÉCIMA PRIMERA (RESCISIÓN) de este Contrato, y sin renunciar “EL ARRENDATARIO” al procedimiento administrativo, de existir causa de rescisión “LAS PARTES” están de acuerdo en someterse y sujetarse a la competencia de los Tribunales de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, en caso de surgir alguna controversia relacionada con el cumplimiento o incumplimiento del presente Contrato, renunciando para ello a la competencia que por razón de su lugar, fuero o cualquier otro motivo pudiera corresponderles.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente contrato manifiestan que no existe impedimento legal o vicio alguno de voluntad o de consentimiento que pudiera invalidarlo, lo firman de conformidad el día 20-veinte xx xxxxx de 2024-dos mil veinticuatro en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
POR “EL ARRENDATARIO” [RÚBRICA]
C. XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
[RÚBRICA] [RÚBRICA]
C. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
[RÚBRICA]
C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
DIRECTOR DE ENLACE MUNICIPAL
DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
POR “LA ARRENDADORA”
[RÚBRICA]
C. XXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXX
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R.)
VALUE GRUPO FINANCIERO
[RÚBRICA]
C. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R.)
VALUE GRUPO FINANCIERO
EL PRESENTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPO PESADO Y DE VEHÍCULOS PARA 10 O MÁS PASAJEROS, PARA LAS DIFERENTES DIRECCIONES DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO SFA-DGA-DASG/26/2024, SE VALIDA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LAS ACCIONES U OMISIONES QUE POSTERIORMENTE SE GENEREN EN EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO, SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA REQUIRENTE Y/O USUARIA.
HOJA DE FIRMAS DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPO PESADO Y DE VEHÍCULOS PARA 10 O MÁS PASAJEROS, PARA LAS DIFERENTES DIRECCIONES DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO SFA-DGA-DASG/26/2024, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN Y LA PERSONA MORAL, VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R.) VALUE GRUPO FINANCIERO, EN FECHA DEL DÍA 20-VEINTE XX XXXXX DE 2024-DOS MIL VEINTICUATRO.
ANEXO TÉCNICO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPO PESADO Y DE VEHÍCULOS PARA 10 O MÁS PASAJEROS, PARA LAS DIFERENTES DIRECCIONES DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO SFA- DGA-DASG/26/2024, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DEL DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO, C. XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX; DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN,
C. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX; SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS, C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX; DIRECTOR DE ENLACE MUNICIPAL DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX; (A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDATARIO”) Y POR LA OTRA PARTE LA PERSONA MORAL DENOMINADA VALUE ARRENDADORA
S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R) VALUE GRUPO FINANCIERO; REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LOS C.C. XXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXX Y XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, (A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ARRENDADORA”), AMBAS PARTES CON CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE (A QUIEN SE LE DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES” CUANDO SE DENOMINEN O ACTÚEN CONJUNTAMENTE), AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES
DESCRIPCIÓN
PARTIDA | VEHÍCULO | CANTIDAD |
1 | RAM 4000 CAJA DE REDILAS | 9 |
2 | RAM 4000 CAJA GANADERA | 12 |
3 | RAM 4000 CAJA DE VOLTEO | 12 |
4 | RAM 4000 GRÚA CON CANASTILLA | 5 |
5 | INTERNATIONAL 4400 | 12 |
6 | INTERNATIONAL 4300 | 12 |
7 | INTERNATIONAL 4700 | 1 |
0 | XXXXXXXXXXXXXXX X000 | 00 |
9 | MINICARGADOR BOBCAT 530 | 12 |
10 | RODILLO VIBRATORIO RD12A-90 | 11 |
00 | XXXXXXXXXXX XX00000 | 0 |
12 | EQUIPO MÓVIL DESASOLVE | 1 |
CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS POR CONCEPTO
PARTIDA 1. RAM 4000 CAJA DE REDILAS (CHASIS CABINA. CAJA DE REDILAS XX XXXXXX + RAMPA HIDRAULICA TIPO RIEL CHASIS CABINA, CON LAS SIGUIENTES CAPACIDADES MÍNIMAS):
Especificaciones Técnicas Motor: 5.7L V8 HEMI
Potencia: 383 HP @ 5,600 rpm Torque: 400 lb- pie @ 4,000 rpm Transmisión: 5-VEL MANUAL TR4050 Tracción: 4x2
Relación de Eje: 4.10
Diferencial antideslizante en eje trasero: si Dirección: Hidráulica
Alternador: 180 Amp
Batería: 730 Amp libre de mantenimiento
Suspensión Delantera: Eje sólido con resorte helicoidal, barra de tracción y barra estabilizadora Suspensión Trasera: Muelles multihojas con eje sólido y barra estabilizadora
Frenos Delanteros/Traseros: Disco con ABS Capacidad de tanque de Combustible: 197lts.
Rendimiento de combustible en ciudad (referencia aproximada mínima): 4.64 km/l Rin: (Tamaño/material) 17” xx xxxxx
Medida de llantas: LT235/80R17E Bsw All Season Tires Llanta de refacción: Tamaño Convencional con gato y llave Eje trasero con rodada doble: si
Peso Vehicular (Kg): 2,833
Peso Bruto Vehicular (Kg): 6,332 Capacidad de Carga (Kg): 3,499 Capacidad max. arrastre (kg): 4,712 Longitud Máxima (mm): 6,586 Anchura (mm): 2,341
Altura (mm): 2,029
Distancia entre ejes (mm): 4,249 Conexión de remolque de 7 pines: si
Modulo electrónico VSIM sin botonera en panel central: si
Seguridad
Control de estabilidad (ESC): si
Bolsas de aire de conductor y pasajero: si Llave electrónica codificada: si
Control de velocidad crucero: si
Cinturones de seguridad de 3 puntos con pretensores y ajuste de altura: si Asistencia de frenado de emergencia: si
Alerta xx xxxx delantero fundido: si
Equipamiento Exterior Chasis Plano: si
Defensa delantera color negra: si
Molduras color negro en salpicaderas delanteras: si
Espejos exteriores de arrastre en negro, abatibles con ajuste manual: si Luces LED de navegación en toldo: si
Luces delanteras automáticas halógeno, con retraso configurable al apagado: si Manijas de color negro: si
Vidrios tintados: si
Limpiaparabrisas de velocidad variable: si Equipamiento Interior
Botón de encendido de motor: si
Asientos delanteros de tela 40/20/40 de tipo banca corrida: si Asiento de conductor y pasajero de 4 vías con ajuste manual: si Consola central de almacenamiento con USB de carga: si Seguros manuales: si
Cristales manuales: si 2 Bocinas: si
Toma de corriente auxiliar de 12V: si
Volante con ajuste de altura: si
Visera de pasajero con espejo de vanidad: si Agarraderas interiores para conductor y pasajero: si Espacio de Almacenamiento detrás de los asientos: si Piso con cubierta de vinil de alta resistencia: si
Luz interior en domo trasero: si
CAJA DE REDILAS Dimensiones Generales: Largo exterior: 12' Ancho exterior:8' Alto: 1 mts | ||
Concepto | Cantidad | Descripción |
Cargadores largueros | 2 | Fabricado en acero al carbón de alta resistencia en calibre 10 |
Cargadores transversales | 10 | troquelado Fabricado en acero al carbón de alta resistencia en cal. 12 . |
Bastidor | 1 | Faldones fabricados en acero al carbón de alta resistencia en cal. 12 |
Piso | 1 | Híbrido con maderas de 1 1/2 pulgadas intercalado con omegas de |
Redilas | 1 | metal cal. 12 Con estacas fabricadas en acero al carbón cal. 14, con madera |
Accesorios | Lote | boleada de 3/4", con herrajes y bastones, redilas con claros. Estribo, topes de hule, loderas, ganchos de amarre, portallantas, luces |
reglamentarias 6 plafones en parte trasera(estop, direccional, reversa y 6 luces distribuidas a lo largo de la plataforma , aplicación de fondo anticorrosivo y pintura acrílica blanca en las partes visibles. |
EQUIPAMIENTO: CAJA DE REDILAS XX XXXXXX + RAMPA HIDRAULICA TIPO RIEL
Garantía 6 meses o 20,000 kilómetros contra defectos de fabricación. RAMPA HIDRAULICA TIPO RIEL
Tipo: Oculta.
Capacidad de carga: Peso. Kg. 1000 Peso bruto: kg. 250
Cuadro principal. Material PTR 6X4, Largo pulgada 72” Brazos laterales: Largo, pulgada 33”
Plataforma metálica
Material / espesor: Lámina antiderrapante 1/8” Ancho: 72”
Largo total: Pulgada 39.5”
Largo primera sección: Pulgada. 24” Largo segunda sección. 15.5”
Unidad hidráulica
Tipo: Motor eléctrico y bomba Presión PSIG 2,500 Galonaje: Gal. X Min 1 Tanque aceite: Lts. 5
Cilindro Hidráulico
Diámetro exterior: Pulgada 3 ½” Carrera: Pulgada 14”
Posición: Central
Sistema eléctrico: Volts 12 o 24 (Según unidad) Cortador de corriente: Amperes 150
Control eléctrico:
Tipo: Rudo. Cantidad 1 Posición: Copiloto
Toma de corriente: Acumulador
PARTIDA 2. RAM 4000 CAJA GANADERA (CHASIS CABINA, CAJA GANADERA 12 PIES
CHASIS CABINA, CON LAS SIGUIENTES CAPACIDADES MÍNIMAS):
Especificaciones Técnicas Motor: 5.7L V8 HEMI
Potencia: 383 HP @ 5,600 rpm Torque: 400 lb- pie @ 4,000 rpm Transmisión: 5-VEL MANUAL TR4050 Tracción: 4x2
Relación de Eje: 4.10
Diferencial antideslizante en eje trasero: si Dirección: Hidráulica
Alternador: 180 Amp
Batería: 730 Amp libre de mantenimiento
Suspensión Delantera: Eje sólido con resorte helicoidal, barra de tracción y barra estabilizadora Suspensión Trasera: Muelles multihojas con eje sólido y barra estabilizadora
Frenos Delanteros/Traseros: Disco con ABS Capacidad de tanque de Combustible: 197lts.
Rendimiento de combustible en ciudad (referencia aproximada mínima): 4.64 km/l Rin: (Tamaño/material) 17” xx xxxxx
Medida de llantas: LT235/80R17E Bsw All Season Tires Llanta de refacción: Tamaño Convencional con gato y llave Eje trasero con rodada doble: si
Peso Vehicular (Kg): 2,833
Peso Bruto Vehicular (Kg): 6,332 Capacidad de Carga (Kg): 3,499 Capacidad max. arrastre (kg): 4,712 Longitud Máxima (mm): 6,586 Anchura (mm): 2,341
Altura (mm): 2,029
Distancia entre ejes (mm): 4,249 Conexión de remolque de 7 pines: si
Modulo electrónico VSIM sin botonera en panel central: si
Seguridad
Control de estabilidad (ESC): si
Bolsas de aire de conductor y pasajero: si Llave electrónica codificada: si
Control de velocidad crucero: si
Cinturones de seguridad de 3 puntos con pretensores y ajuste de altura: si Asistencia de frenado de emergencia: si
Alerta xx xxxx delantero fundido: si
Equipamiento Exterior Chasis Plano: si
Defensa delantera color negra: si
Molduras color negro en salpicaderas delanteras: si
Espejos exteriores de arrastre en negro, abatibles con ajuste manual: si Luces LED de navegación en toldo: si
Luces delanteras automáticas halógeno, con retraso configurable al apagado: si Manijas de color negro: si
Vidrios tintados: si
Limpiaparabrisas de velocidad variable: si
Equipamiento Interior
Botón de encendido de motor: si
Asientos delanteros de tela 40/20/40 de tipo banca corrida: si Asiento de conductor y pasajero de 4 vías con ajuste manual: si Consola central de almacenamiento con USB de carga: si Seguros manuales: si
Cristales manuales: si 2 Bocinas: si
Toma de corriente auxiliar de 12V: si Volante con ajuste de altura: si
Visera de pasajero con espejo de vanidad: si Agarraderas interiores para conductor y pasajero: si Espacio de Almacenamiento detrás de los asientos: si Piso con cubierta de vinil de alta resistencia: si
Luz interior en domo trasero: si
EQUIPAMIENTO: CAJA GANADERA 12 PIES
Dimensiones Generales Largo: 12'
Ancho: 8'
Alto: 1.80 mts
Concepto | Cantidad | Descripción |
Cargadores Largueros | 2 | Fabricados con acero al carbón de alta resistencia calibre 10 en forma |
de canaleta | ||
Cargadores Transversales | 10 | Fabricados con acero al carbón de alta resistencia calibre 10 en forma |
de canaleta | ||
Bastidor | Cuadro | Fabricado en acero al carbón troquelado calibre 12 con buchacas |
reforzadas. | ||
Estructura | Juego | Estacas fabricadas en acero al carbón de alta resistencia en cal. 12 a |
24 pulgadas de distancia. | ||
Piso | 1 | Fabricado con madera traslapada de 1.5" de espesor, remachado a |
los cargadores transversales de la carrocería, pintura en color negro. | ||
Redilas | 4 | Con estacas fijas fabricadas en acero al carbón calibre 12 y xxxxxx |
xx xxxx machimbrada de 3/4"; cerrada hasta 3/4 de la altura total, | ||
clareado el resto, remachadas a las estacas de la unidad y con | ||
refuerzo diagonal xx xxxxxx de lámina troquelada calibre 12 entre | ||
estacas. | ||
Puertas | 2 | Fabricadas de la misma manera que las redilas, con marco de PTR |
reforzado y sistema corredizo abatible completamente. | ||
Accesorios | Varios | Copete lonero, barrote vaquero, arcos loneros con caballete, |
escalerilla frontal, estribo, luces reglamentarias, porta llantas, fondo y | ||
pintura. | ||
Luces | Juego | 6 plafones en la parte trasera (direccionales, stop y reversa) y cuatro |
focos de pellizco en los laterales (atrás y adelante) |
Garantía 6 meses o 20,000 kilómetros contra defectos de fabricación.
PARTIDA 3. RAM 4000 CAJA DE VOLTEO (CHASIS CABINA, CAJA DE VOLTEO DE 12"
CHASIS CABINA, CON LAS SIGUIENTES CAPACIDADES MÍNIMAS):
Especificaciones Técnicas Motor: 5.7L V8 HEMI
Potencia: 383 HP @ 5,600 rpm Torque: 400 lb- pie @ 4,000 rpm Transmisión: 5-VEL MANUAL TR4050 Tracción: 4x2
Relación de Eje: 4.10
Diferencial antideslizante en eje trasero: si Dirección: Hidráulica
Alternador: 180 Amp
Batería: 730 Amp libre de mantenimiento
Suspensión Delantera: Eje sólido con resorte helicoidal, barra de tracción y barra estabilizadora Suspensión Trasera: Muelles multihojas con eje sólido y barra estabilizadora
Frenos Delanteros/Traseros: Disco con ABS Capacidad de tanque de Combustible: 197lts.
Rendimiento de combustible en ciudad (referencia aproximada mínima): 4.64 km/l Rin: (Tamaño/material) 17” xx xxxxx
Medida de llantas: LT235/80R17E Bsw All Season Tires Llanta de refacción: Tamaño Convencional con gato y llave Eje trasero con rodada doble: si
Peso Vehicular (Kg): 2,833
Peso Bruto Vehicular (Kg): 6,332 Capacidad de Carga (Kg): 3,499 Capacidad max. arrastre (kg): 4,712 Longitud Máxima (mm): 6,586 Anchura (mm): 2,341
Altura (mm): 2,029
Distancia entre ejes (mm): 4,249 Conexión de remolque de 7 pines: si
Modulo electrónico VSIM sin botonera en panel central: si
Seguridad
Control de estabilidad (ESC): si
Bolsas de aire de conductor y pasajero: si Llave electrónica codificada: si
Control de velocidad crucero: si
Cinturones de seguridad de 3 puntos con pretensores y ajuste de altura: si Asistencia de frenado de emergencia: si
Alerta xx xxxx delantero fundido: si
Equipamiento Exterior Chasis Plano: si
Defensa delantera color negra: si
Molduras color negro en salpicaderas delanteras: si
Espejos exteriores de arrastre en negro, abatibles con ajuste manual: si Luces LED de navegación en toldo: si
Luces delanteras automáticas halógeno, con retraso configurable al apagado: si Manijas de color negro: si
Vidrios tintados: si
Limpiaparabrisas de velocidad variable: si
Equipamiento Interior
Botón de encendido de motor: si
Asientos delanteros de tela 40/20/40 de tipo banca corrida: si Asiento de conductor y pasajero de 4 vías con ajuste manual: si Consola central de almacenamiento con USB de carga: si Seguros manuales: si
Cristales manuales: si 2 Bocinas: si
Toma de corriente auxiliar de 12V: si Volante con ajuste de altura: si
Visera de pasajero con espejo de vanidad: si Agarraderas interiores para conductor y pasajero: si Espacio de Almacenamiento detrás de los asientos: si Piso con cubierta de vinil de alta resistencia: si
Luz interior en domo trasero: si
EQUIPAMIENTO: CAJA DE VOLTEO DE 12" PLATAFORMA DE VOLTEO
Dimensiones Generales Largo: 12' ext.
Ancho: 8' ext.
Alto: 0.40 mts.
Concepto | Cantidad | Descripción |
Cargador Larguero | 2 | Prefabricado en canal estructural de 6" |
Cargador Transversal | 10 | Prefabricado en canal estructural de 4" . |
Piso | 1 | Fabricado con madera de 1" de espesor y sobrepiso de lamina xxxx en |
calibre 12 atornillado a los cargadores transversales de la unidad | ||
Frente fijo | 1 | Fabricado con PTR cuadrado de 2" y protección en lamina xxxx cal. 12 |
con mirillas en la parte trasera para mantener visibilidad en la carga. | ||
Puertas abatibles | 3 | Fabricado con PTR cuadrado de 2" de espesor y protección en lamina |
xxxx troquelada calibre 14 (altura de 35cm, laterales y trasero) | ||
Equipo de levante | Kit | Consiste en pistón de levante electro hidráulico con botonera, solo se |
conecta a la batería, no toca transmisión, (Mca. Hyva), canales | ||
troqueladas para adaptación, mangueras de alta y baja presión, cable | ||
xx xxxxx inoxidable, aceite, tanque de aceite y pintura. | ||
Accesorios | Varios | Loderas, topes de hule, luces reglamentarias (direccional, stop y |
reversa), bisagras de volteo, pintura en general y mano de obra |
Garantía 6 meses o 20,000 kilómetros contra defectos de fabricación.
PARTIDA 4. RAM 4000 GRÚA CON CANASTILLA
(CHASIS CABINA, GRUA CON CANASTILLA AEREA AISLADA TIPO ARTICULADA. CHASIS CABINA, CON LAS SIGUIENTES CAPACIDADES MÍNIMAS):
Especificaciones Técnicas Motor: 5.7L V8 HEMI
Potencia: 383 HP @ 5,600 rpm Torque: 400 lb- pie @ 4,000 rpm Transmisión: 5-VEL MANUAL TR4050 Tracción: 4x2
Relación de Eje: 4.10
Diferencial antideslizante en eje trasero: si Dirección: Hidráulica
Alternador: 180 Amp
Batería: 730 Amp libre de mantenimiento
Suspensión Delantera: Eje sólido con resorte helicoidal, barra de tracción y barra estabilizadora Suspensión Trasera: Muelles multihojas con eje sólido y barra estabilizadora
Frenos Delanteros/Traseros: Disco con ABS Capacidad de tanque de Combustible: 197lts.
Rendimiento de combustible en ciudad (referencia aproximada mínima): 4.64 km/l Rin: (Tamaño/material) 17” xx xxxxx
Medida de llantas: LT235/80R17E Bsw All Season Tires Llanta de refacción: Tamaño Convencional con gato y llave Eje trasero con rodada doble: si
Peso Vehicular (Kg): 2,833
Peso Bruto Vehicular (Kg): 6,332 Capacidad de Carga (Kg): 3,499 Capacidad max. arrastre (kg): 4,712 Longitud Máxima (mm): 6,586 Anchura (mm): 2,341
Altura (mm): 2,029
Distancia entre ejes (mm): 4,249 Conexión de remolque de 7 pines: si
Modulo electrónico VSIM sin botonera en panel central: si
Seguridad
Control de estabilidad (ESC): si
Bolsas de aire de conductor y pasajero: si Llave electrónica codificada: si
Control de velocidad crucero: si
Cinturones de seguridad de 3 puntos con pretensores y ajuste de altura: si Asistencia de frenado de emergencia: si
Alerta xx xxxx delantero fundido: si
Equipamiento Exterior Chasis Plano: si
Defensa delantera color negra: si
Molduras color negro en salpicaderas delanteras: si
Espejos exteriores de arrastre en negro, abatibles con ajuste manual: si Luces LED de navegación en toldo: si
Luces delanteras automáticas halógeno, con retraso configurable al apagado: si Manijas de color negro: si
Vidrios tintados: si
Limpiaparabrisas de velocidad variable: si
Equipamiento Interior
Botón de encendido de motor: si
Asientos delanteros de tela 40/20/40 de tipo banca corrida: si Asiento de conductor y pasajero de 4 vías con ajuste manual: si Consola central de almacenamiento con USB de carga: si Seguros manuales: si
Cristales manuales: si 2 Bocinas: si
Toma de corriente auxiliar de 12V: si Volante con ajuste de altura: si
Visera de pasajero con espejo de vanidad: si Agarraderas interiores para conductor y pasajero: si Espacio de Almacenamiento detrás de los asientos: si Piso con cubierta de vinil de alta resistencia: si
Luz interior en domo trasero: si
EQUIPAMIENTO: GRUA CON CANASTILLA AEREA AISLADA TIPO ARTICULADA. CAJA GRUA CANASTILLA
ESPECIFICACIONES GENERALES.
Alcance lado horizontal:6.83 m. Altura fondo de canastilla: 11.68 m. Altura de trabajo: 13.21 m.
Altura de transporte: 3.10 m. Articulación de la pluma superior: 160°
Articulación de la pluma inferior: - 5° a 95° Capacidad de la canastilla: 159 kg
Que cumplan con la categoría C46 kv, bajo la Norma ANSI A92.2- Vigentes.
La grúa cumple en su diseño y fabricación con los requerimientos de las normas ANSI A92.2 y las normas OSHA vigentes.
ESPECIFICACIONES MECÁNICAS.
Rotación continua e irrestricta 360”
Sistema de giro mediante engrane y reductor Control superior integrado al control inferior Control superior con paro de emergencia integrado
Nivelador de canastilla mediante cadena y rodamientos Pedestal completamente soldado y tanque de aceite integrado Sistema manual abatible de canastilla
Sistema limitador de movimiento de pluma pluma superior aislada
Cilindros hidráulicos con válvulas de retención Plumas fabricadas en acero de alta resistencia Estabilizadores hidráulicos
Arnés de seguridad para el operador
ESPECIFICACIONES HIDRÁULICAS.
Presión de trabajo 250 PSI
Capacidad del tanque hidráulico 38 lts. Bomba hidráulica de 15 LPM
Filtro de succión instalado en el tanque de 100 mesh Línea de retorno con bypass de 10 micras
PARTIDA 5. INTERNATIONAL 4400
(Camión 6x4 54,000 LBS. Con caja volteo 10/12. Año 2020)
Camión 6x4 54,000 LBS. Con caja volteo 10/12. Año 2020
Motor Cummins ISB potencia: 296 hp.@ 2,500 rpm. Torque: 811 lb.-ft. @ 1500 rpm. 6.7 lts. Norma ecológica: EURO V
Transmisión manual 10 velocidades Dirección Hidráulica
Eje delantero: 14,000 LBS. Ejes traseros: 46,000 LBS. Susp. Delantera: 14,000 LBS. Susp. Trasera: 46,000 LBS. Relacion: 4.89
Rines: disco acero 22.5" x 8.25 " Llantas: radial 11R22.5
Bastidor: acero térmico, res. a la cedencia 120,000 LBS/PULG.2 Sistema de frenos: neumático /ABS de 4 canales (sistema antibloqueo)
Sistema eléctrico: multiplex, baterías 12V, 1,900 CCA, alternador 160 AMPRS
Sistema de enfriamiento: flujo vertical 1228 PULG.2 con enfriador de aire 1167 PULG2. Sistema de escape: horizontal, acero aluminizado
Tanque combustible: en aluminio (2) de 189 L total 378 L.
Cabina: acero galvanizado, asiento operador neumático con cinturón de seguridad, banca doble, volante de posiciones, control crucero, clima, calefacción, encendedor cigarrillos, preparación para radio (incluye: alambrado, bocinas y antena) y alarma de reversa.
Herramienta: llave xx xxxxxx, gato, maneral, triángulos reflejantes, extinguidor, llanta y rin de refacción Color: blanco
Caja de volteo 14 mts.3 Dimensiones
Largo exterior 15 pies Ancho exterior 96" Alto interior 58 1/2"
Especificaciones
Cargadores: canal estructural de 4”
Aletones de cargador: en acero A-36 Cal. 3/16” Largueros: canal estructural de 8”
Piso: acero A-36 en Cal. 3/16 Laterales: acero A-36 en Cal. 10 Frente: acero A-36 en Cal. 10
Puerta trasera: basculante, en acero A-36 Cal. 10, con
Sistema neumático para apertura con booster doble en cada costado y ganchos de sujeción en xxxxx xx xxxxx. Cubierta pistón: acero A-36 en Cal. 3/16
Visera: acero A-36 Cal. 10,
Escalera: peldaños de xxxxxxx xx xxxxx de ½” parte delantera lado copiloto. Ganchos para lona: xxxxxxx xx xxxxx cal. 5/8”
Luces en marco trasero reglamentarias según SCT Portallanta: integrado a la visera
Fondo alquidalico en interior y exterior del bote
Pintura exterior acabado en esmalte alquidalico color blanco Sistema de levante: pistón telescópico de 3 secciones
toma de fuerza y bomba hidráulica de 27 galones, incluye sistema xx xxxxx al levante, tanque en acero a-36 cal.10, aceite, mangueras y conexiones.
Tubo para la lona (sin lona).
Sistema neumático para activar toma de fuerza y bomba.
PARTIDA 6. INTERNATIONAL 4300
(Camión 4x2 35,000 LBS. Con caja redilas con pistón año 2020)
Camión 4x2 35,000 LBS. Con caja redilas con pistón año 2020
Motor Diesel 6 cilindros de 222 HP EURO IV, 222HP @ 2500 RPM, 627 LB-FT Torque @ 1500 Transmisión manual 6 velocidades
Dirección hidráulica
Eje delantero: 12,000 LBS. Eje trasero: 23,000 LBS. Susp. Delantera: 12,000 LBS. Susp. Trasera: 23,500 LBS. Relación: 4.56
Rines: disco acero 22.5" x 8.25 "
Llantas: 11R22.5 rango de carga G/14 capas
Bastidor: Largueros en “C” acero térmico, res. a la cedencia 120,000 LBS/PULG.2 Sistema de frenos: neumático /ABS de 4 canales ( sistema antibloqueo) tipo xxxx xxxxxx Sistema eléctrico: multiplex, (2) baterías 12V, 1,320 CCA, alternador 16 AMPS
Sistema de enfriamiento: de aluminio flujo vertical con enfriador de aire
Sistema de escape: horizontal montado dentro larguero derecho, acero aluminizado Tanque combustible: en aluminio (2) de 189 L total 378 L.
Cabina: acero galvanizado, asiento operador neumático con cinturón de seguridad, banca doble, volante de posiciones, control crucero, clima, calefacción, encendedor cigarrillos, preparación para radio ( incluye: alambrado, bocinas y antena ) y alarma de reversa.
Herramienta: llave xx xxxxxx, gato, maneral, triángulos reflejantes, extinguidor, llanta y rin de refacción Color: blanco,
Redilas metálicas Dimensiones
Largo exterior: 23’ pies Ancho exterior: 2.44 mts. Altura interior: 1.5 mts.
Especificaciones
Bastidores en canal estructural de 6” Largueros en acero Cal. 3/16 Cargadores en canal formado Cal. 10 Piso de xxxxxx xx xxxx de 1 ½”
Sobrepiso de lámina xxxx Cal. 12. Acabado en esmalte color negro. Estacas en acero Cal. 12
Redilas metálica cerrada troqueladas Cal. 14 Puertas traseras tipo libro
San blast y fondeo alquidalico Acabado en esmalte en color blanco. Instalación, barrotes y abrazaderas. Instalación loderas.
Luces reglamentarias. Reflejantes
Estribo en PTR de 3 x 3 con pisaderas de lámina antiderrapante 2 topes traseros de hule y portallantas
Sistema de levante que incluye: pistón, toma de fuerza y bomba
PARTIDA 7. INTERNATIONAL 4300
(CAMION 4X2 35,000 Lbs. CON VOLTEO 7M3 AÑO 2020)
Camión 4x2 35,000 lbs. Con volteo 6/7 año 2020 Motor Diesel
6 cilindros de 225 hp EURO IV, 222hp @ 2500 RPM, 627 LB-FT Torque @ 1500 RPM, 2500 RPM Governed Speed, 222 Peak HP (max)
Transmisión: manual 6 velocidades Dirección: hidráulica
Eje delantero: 12,000 lbs. Eje trasero: 23,000 lbs. Susp. Delantera: 12,000 lbs.
Susp. Trasera: 23,500 lbs. Relación: 4.56
Rines: disco acero 22.5" x 8.25 "
Llantas: 11R22.5 rango de carga g/14 capas
Bastidor: Acero térmico, res. A la cedencia 120,000 LBS/PULG.2 Sistema de frenos: neumático /ABS de 4 canales (sistema antibloqueo)
Sistema eléctrico: multiplex, baterías 12V, 1,250 CCA, alternador 12V/100 AMPS Sistema de enfriamiento: de aluminio flujo cruzado.
Sistema de escape: horizontal bajo de la cabina, acero aluminizado. Tanque combustible: en aluminio (2) de 189 L total 378 L.
Cabina: acero galvanizado, asiento operador neumático con cinturón de seguridad, banca doble, volante de posiciones, control crucero, clima, calefacción, encendedor cigarrillos, preparación para radio (incluya: alambrado, bocinas y antena) y alarma de reversa.
Herramienta: llave xx xxxxxx, gato, maneral, triángulos reflejantes, extinguidor, llanta y rin de refacción Color: blanco, incluya imagen del municipio (calcomanías)
Caja de volteo de 7 mts. Cúbicos Dimensiones
Largo exterior: 10 pies Ancho exterior 96” pulgadas Alto interior 44 ½” pugadas
Especificaciones
Cargadores: canal estructural de 3”
Aletones de cargador: en acero A-36 Cal. 3/16” Largueros: canal estructural de 8”
Piso: acero A-36 en Cal. 3/16 Laterales: acero A-36 en Cal. 10 Frente: acero A-36 en Cal. 10
Puerta trasera: basculante, en acero A-36 Cal. 10, con sistema neumático para apertura con booster doble en ambos costados y ganchos de sujeción en xxxxx xx xxxxx
Cubierta pistón: acero A-36 en Cal. 10 Visera: acero A-36 Cal. 10,
Escalera: peldaños de xxxxxxx xx xxxxx de ½” Parte delantera lado copiloto.
Ganchos para lona: xxxxxxx xx xxxxx cal. 5/8”
Luces en marco trasero: reglamentarias según SCT Portallanta: integrado a la visera
Fondo alquidalico: en interior y exterior del bote
Pintura exterior: acabado en esmalte alquidalico color blanco Sistema hidráulico de levante: pistón telescópico de 3 secciones Toma de fuerza y bomba hidráulica de 15 galones,
Incluye sistema xx xxxxx al levante, tanque en acero A-36 Cal.10, aceite, mangueras y conexiones. Sistema neumático
Empaque en puerta trasera Tubo para la lona (sin lona)
PARTIDA 8. RETROEXCAVADORA B730 (MAQUINARIA TIPO RETROEXCAVADORAS)
Motor Diesel Caballaje: 100 hp Torque : 408 nm
Altura al perno del cucharón: 3.52 m Fza. Rompimiento cucharón front: 81 kn Cap. Máxima altura: 3,500 kg Profundidad max. De excavación: 4.6 m Transmisión: ZF POWER SHIFT
Vel. Max. 40 km/h
Caudal de la bomba hidráulica: 90.0 + 64.017 MIN Cap. Cucharón frontal: 1.1 M3
Cap. Cucharón trasero: 0.20 M3 Válvula para martillo: si
Doble tracción : si Válvula control de carga: si
PARTIDA 9. MINICARGADOR BOBCAT 530 MINICARGADOR FRONTAL CON LLANTA SOLIDA S-530
Cap. Carga Nominal: 839 KG. Altura al perno del cucharón: 3 M Despeje al piso: 18.5 cm
Posición Motor: Transversal Trasero Bomba Hidráulica: 17.1 GPM Presión de Alivio: 3,500 PSI Velocidad Max. 11.8 KM/H
Motor/Marca/Caballaje: Diesel/Kubota/49 HP Aspiración: Natural
Sistema de enfriamiento: Hidráulico inteligente Tanque Combustible: 93.71
Mandos del Vehículo para dirección y velocidad por medio de 2 palancas manuales Controles para brazos de elevación e inclinación del aditamento por medio de 2 pedales
PARTIDA 10. RODILLO VIBRATORIO RD12A-90 (RODILLO COMPACTADOR R-12)
Peso de Servicio con un Operario de 80 kg. 1,344 Kg. Largo x Alto x H mm 1,880 x 986 x 2,300
Ancho xxx Xxxxxx: 900 mm Diámetro xxx Xxxxxx: 560 mm Altura Vertical Libre Derecha: 43 mm
Altura Vertical Libre Izquierda: 43 mm Proyección Derecha: 400 mm Proyección Izquierda: 400 mm
Fuerza Centrífuga Dinámica/Tambor: 15,1 KN Frecuencia: 70 Hz
Carga Lineal Estática (Delantero/Trasero) 5,6 / 7,1 N/mm Carga Lineal Dinámica (Delantero) 16,7 N/mm
Velocidad de Desplazamiento Marcha de Avance: 8,0 km. Velocidad de Desplazamiento Marcha Atrás: 8,0 Km.
Rendimiento Superficial Zona: 7,246 M2/H Capacidad de Ascenso Máximo: 30 % Radio de Giro Exterior: 2,850 mm
Datos del Motor
Tipo de Motor: Motor a gasolina de dos cilindros refrigerado por aire. Cilindrada 688 Cm3
Revoluciones Velocidad de Funcionamiento: 3,100 1/Min. Rendimiento de Servicio Máx. Estimado en 3600 rpm 15.1 kW Consumo de combustible: 6,0 L/H.
Capacidad del depósito Combustible: 23.8 L. Capacidad del depósito Agua: 131 X.
XXXXXXX 11. COMPACTADOR RD27120 (RODILLO COMPCATADOR R-27)
Peso de servicio equipado ROPS: 2,695 Kg. Peso de servicio máximo: 3,410 Kg.
L x A x H: 2,460 x 1,310 x 2,390 mm
Anchura xxx xxxxxx: 1,200 mm Diámetro xxx xxxxxx: 720 mm Ancho de trabajo: 1,250 mm
Distancia libre al suelo Centro: 280 mm Tipo xx Xxxxxx Delantero: Liso/Sin Dividir Tipo xx Xxxxxx Trasero: Liso/Sin Dividir Carga del Eje Delantero: 1,335 Kg.
Carga del Eje Trasero: 1,360 Kg. Proyección: 55 mm
Fuerza centrífuga Nivel I: 52 KN Fuerza centrífuga Nivel II: 32 KN
Frecuencia de vibraciones Nivel I: 67 Hz Frecuencia de vibraciones Nivel II: 52 Hz Amplitud: 0,52 mm
Carga lineal estático (delante): 11,2 N/mm Carga lineal estático (detrás): 11,4 N/mm Avance máximo: 200 M7Minuto
Capacidad de ascenso con vibración: 30 % Capacidad de ascenso sin vibración: 40 % Radio de giro interior: 2,370mm
Datos del motor
Tipo de motor: Motor Diésel de Tres Cilindros Potencia del motor: ISO 14396 22,9 KW. Capacidad del depósito Combustible: 42 L Capacidad del depósito Agua: 180 X.
XXXXXXX 12 EQUIPO MÓVIL DESASOLVE.
(EQUIPO DUAL ESPECIALIZADO PARA DESAZOLVE Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS HIDROMETEOROLÓGICAS MARCA VAC-CON)
Tanque de desperdicios.
De forma cilíndrica, con capacidad nominal de 16 Yd3 (12.23 m3 ) Fabricado en acero Cor-Ten, espesor de 3/16” (4.763 mm) resistente a la corrosión y abrasión, Seguros de compuerta trasera de accionamiento hidráulico, Cuenta con el sistema multinivel de drenado del exceso de líquidos del interior del tanque de solidos por gravedad través de panel malla filtrante ubicada internamente ocupando toda el área interna de la compuerta trasera permitiendo la constante y eficiente evacuación del exceso de agua altamente necesaria en el ataque de inundaciones, y cuenta con una válvula de 5” de diámetro en el exterior, con manguera plana de drenado, interruptor automático de vacío por medio de dos compuertas que garantizan un sellado hermético.
Sistema de alta capacidad para descarga del exceso de agua por bombe simultaneo al estar succionando.
Además de la válvula de 5” de diámetro para el drenado por gravedad, la unidad cuenta con un sistema de alta capacidad por medio de bomba de sólidos operada hidráulicamente capaz de manejar sólidos en suspensión de hasta ¼” colocada en la compuerta trasera con alta capacidad de desalojo de 575 GPM (2.176 LPM), que permite descargar a alta velocidad los líquidos y estar succionando en forma simultanea realizando la función dual de desazolve y atención de inundaciones, encharcamientos y apoyo a reparaciones de fugas de agua, dicha bomba cuenta con una manguera para descarga con una longitud de 10 metros, para poder desalojar el exceso de agua del tanque de sólidos y con esto lograr la mayor captación de azolve en el tanque haciendo más eficientes y efectivas las cargas de sólidos.
Autolavado del tanque de azolve
Sistema de auto lavado de alta capacidad del tanque de azolve, mediante espreas colocadas en el interior de este que facilitan la maniobra de tiro del azolve y el aseo del mismo.
Tanques de agua.
Capacidad de 1500 galones (5,677.5 Lts.) Fabricados en polietileno de alta densidad, con espesor de 3/8”, colocados en forma independiente al tanque de azolve, cuentan con una protección de xxxxx xx xxxxx en la parte inferior. Garantía contra corrosión 10 años.
Bomba de agua:
De tres pistones (triplex) con capacidad de 50 galones por minuto a una presión de 3,000 PSI. de flujo continuo y con la capacidad de trabajar 30 GPM a 3000 PSI. Con solo accionar una válvula variadora de flujo. La bomba es accionada por un motor auxiliar de 4 cilindros a diesel con potencia de 138Hp, como mínimo, sin necesidad de embrague ni toma de fuerza.
Sistema de limpieza de calles por alta presión
El sistema de alta presión alimenta un sistema de alta eficiencia por medio de múltiple de inyección que incluye una barra espreadora frontal, ubicada a todo lo ancho del equipo, por debajo de la estructura xxx xxxxxxx, la cual cuenta con 9 aspersores que inyectan agua a alta presión permitiendo limpiar la vialidad o superficie. Sobre todo después de un evento de inundación. Dicha barra tiene la versatilidad de trabajar con el equipo en movimiento lo cual permite la limpieza eficiente y es fácilmente removible cuando no se ocupa.
Sistema de succión.
Compresor centrifugo de triple turbina con capacidad de 8000 pies cúbicos de flujo de aire y 200 pulgadas de presión negativa. Accionado por un sistema hidrostático compuesto por una bomba de 160 cc que permita alcanzar la máxima succión a 1800 rpm del motor principal del chasis sin necesidad de embrague ni caja de transferencia y permitiendo su operación con un motor menos revolucionado disminuyendo fallas por calentamiento y logrando ahorros significativos en uso de combustible y menor desgaste. Con protección que impida daños al sistema de enfriador. Cuenta con un separador centrifugo para retener los polvos finos y así proteger las turbinas.
Pluma para manguera de succión.
Capacidad de rotación 270 grados con movimientos hidráulicos. Montada en una estructura totalmente independiente al tanque de azolve y colocada hacia el frente del equipo, con soporte independiente para traslados. Capacidad de levante 500 libras. La succión es por medio de una manguera de 8” de diámetro.
Pluma telescópica.
Pluma telescópica de 6’ (1.82 mts) para tener mayor alcance con la pluma de succión a sitios de difícil acceso. Control xx xxxxx fijo en el panel de control y control alambrico para trabajos alejados xxx xxxxxxx.
Carrete para manquera de alta presión.
Montado al frente de la unidad con, con capacidad para 182 metros de manguera de 1 pulgada de diámetro, sustentado en una estructura metálica sujeta al chasis.
Carrete articulado.
Carrete articulado que permite un giro radial que cubre un área de trabajo de hasta 180 grados para facilitar la colocación sobre el pozo de visita en calles angostas, trabajos sobre camellón o lugares de difícil acceso, todos los movimientos son totalmente hidráulicos.
La unidad se entrega con 120 metros de manguera para sondeo a alta presión de 1 pulgada de diámetro y con resistencia a la presión de trabajo de 3000 PSI y al estallamiento de 7,500 PSI. Todos sus movimientos son hidráulicos.
Caja de controles ergonómica para trabajo dual.
Novedoso sistema OMNIBUS al frente xxx xxxxxxx. Se compone de una sola palanca tipo joystick para trabajo pesado. Con capacidad de accionar y controlar todos los sistemas del equipo. Además, cuenta con una pantalla en idioma español, que permite, observar a que revoluciones está trabajando cada sistema, hidráulico, alta presión, succión, etc.
Potencia total disponible. Motor principal 330 HP. Motor auxiliar 138 HP. Tota 468 HP
Chasis cabina preparado para atender contingencias hidráulicas. Marca Freightliner con:
Motor a diésel de 330 HP @ 2200 rpm., Eje delantero con capacidad de 20,000 libras, Eje trasero con capacidad de 40,000 libras, (Eje tandem 6x4) Capacidad total de 60,000 libras, Transmisión manual Xxxxx Xxxxxx de 10 velocidades incluyendo reversa, suspensión trasera reforzada con sobreelevación de 11 pulgadas, para subir los elementos del chasis cabina así como el bastidor elevarlos a una altura de 1.20 metros sobre el nivel de piso para atención directa en inundaciones, Torreta, Incluye accesorios, tubos, abrazaderas, pistola para xxxxxx xx xxxxx de visita y boquillas para empezar a trabajar inmediatamente.
Paquete de iluminación de alta eficiencia.
Sistema de señalización por iluminación de alta refracción “LED” en la parte posterior, formando flechas indicadoras de equipo trabajando. Así como paquete xx xxxxx de trabajo nocturno localizadas en la parte superior trasera del tanque de azolve y en la parte superior frontal de la pluma de succión para permitir la mayor visibilidad operativa en emergencias nocturnas.
Sistema de conexiones hidráulicas auxiliares.
Se incluye un juego de conexiones hidráulicas para facilitar el uso de herramientas auxiliares en eventos como inundaciones, emergencias, hidráulicas, derrames, etc., estas pueden ser: Rompedora, Cortadora, Bomba sumergible, etc. Dichas conexiones están ubicadas en la parte frontal del lado derecho (lado del copiloto) de la defensa del equipo.
Enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente anexo técnico del contrato manifiestan que no existe impedimento legal o vicio alguno de voluntad o de consentimiento que pudiera invalidarlo, lo firman de conformidad el día 20-veinte xx xxxxx de 2024-dos mil veinticuatro en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.
POR “EL ARRENDATARIO”
[RÚBRICA]
C. XXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
[RÚBRICA] [RÚBRICA]
C. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS GENERALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
C. XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX
SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
[RÚBRICA]
C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX
DIRECTOR DE ENLACE MUNICIPAL
DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
POR “LA ARRENDADORA” [RÚBRICA]
C. XXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXX
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R.)
VALUE GRUPO FINANCIERO [RÚBRICA]
C. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R.)
VALUE GRUPO FINANCIERO
EL PRESENTE ANEXO TÉCNICO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPO PESADO Y DE VEHÍCULOS PARA 10 O MÁS PASAJEROS, PARA LAS DIFERENTES DIRECCIONES DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO SFA-DGA- DASG/26/2024, SE VALIDA EN CUANTO A LA FORMA JURÍDICA, POR LO QUE LAS ACCIONES U OMISIONES QUE POSTERIORMENTE SE GENEREN EN EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO, SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA REQUIRENTE Y/O USUARIA.
HOJA DE FIRMAS DEL ANEXO TÉCNICO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPO PESADO Y DE VEHÍCULOS PARA 10 O MÁS PASAJEROS, PARA LAS DIFERENTES DIRECCIONES DE LA SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PRESENCIAL NÚMERO SFA-DGA- DASG/26/2024, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN Y LA PERSONA MORAL, VALUE ARRENDADORA S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE (SOFOM) ENTIDAD REGULADA (E.R.) VALUE GRUPO FINANCIERO, EN FECHA DEL DÍA 20-VEINTE XX XXXXX DE 2024-DOS MIL VEINTICUATRO.