Definición de Gastos Extras

Gastos Extras. Se ampara el importe de los gastos extras necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro, con las operaciones normales del asegurado, en el caso de haber sido dañados o destruidos los bienes cubiertos por la póliza. Estos gastos incluyen: renta de predios provisionales, mudanza, luz y fuerza y calefacción de la ubicación provisional y horas extras del personal propio, incremento en el costo de construcción (entendiendo por este concepto el incremento en el costo de los materiales o mano de obra para la reposición de las estructuras de acuerdo a las actualizaciones del Reglamento de Construcción del DF. y normas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Considerar un 10% de incremento sobre el valor de cada estructura), gastos por adaptación temporal de alguna área de descarga y desazolve ocasionado por alguno de los riesgos amparados y que deba dragarse. Considerar entre otros el incremento en costo de construcción o cualquier otro gasto que sea necesario para restituir o rehabilitar la operación normal de la API después de que haya sufrido algún evento que impacte en las instalaciones generales y que quede cubierto en los ámbitos de las condiciones de esta póliza.
Gastos Extras. Significa la diferencia entre el costo total en que incurra “EL ASEGURADO” para mantener su operación, menos el costo total en que normalmente se hubiera incurrido para operar durante el mismo periodo, si el siniestro no hubiera ocurrido. Estos gastos extras incluirán en cada caso, aquellos que eroguen por concepto de la obtención o uso de bienes o instalaciones de otras empresas u otros gastos de emergencia. El límite de esta cobertura es de $ 1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.).
Gastos Extras. Se ampara el importe de los gastos adicionales necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro con las operaciones normales de la empresa asegurada, en el caso de haber sido dañados o destruidos los edificios y/o contenidos asegurados en daños materiales directos por la realización de los riesgos de Incendio y/o rayo y riesgos adicionales contratados.

Examples of Gastos Extras in a sentence

  • La cobertura de Gastos Extras le permite a ustedes continuar las operaciones normales en una ubicación temporal o con equipo sustituto.

  • Usted tiene la opción de contratar cinco coberturas diferentes para proteger equipos y programas de procesamiento de datos y cubrirse contra Gastos Extras o Adicionales o pérdidas de Rendimiento del Negocio que resulte de daños a dichos bienes.

  • Sin embargo, si Usted contrata la Cobertura Opcional de Gastos Extras (Anexo III B), el límite de esta Extensión de Cobertura estará ya incluido en el límite de dicha Cobertura Opcional.

  • Pagaremos hasta el límite indicado en las Declaraciones por sus Gastos Extras Adicionales después de una pérdida.

  • Nosotros les pagaremos los Gastos Extras solamente por el tiempo que sea “razonablemente” necesario para reparar o reponer los bienes perdidos o dañados.


More Definitions of Gastos Extras

Gastos Extras. El deducible no se aplicará a las Extensiones de Cobertura de la Sección “C” (punto 4.01) por concepto de pérdida de árboles, arbustos, plantas y césped, “expedientes, documentos y registros de valor”, “artículos y efectos personales”, cuentas por cobrar y los gastos por servicios del cuerpo de bomberos.
Gastos Extras. SIGNIFICA LA DIFERENCIA ENTRE EL COSTO TOTAL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO PARA MANTENER SUS OPERACIONES, MENOS EL COSTO TOTAL EN QUE NORMALMENTE SE HUBIERA INCURRIDO PARA CONTINUAR SUS OPERACIONES DURANTE EL MISMO PERÍODO, SI EL SINIESTRO NO HUBIERA OCURRIDO. ESTOS GASTOS EXTRAS INCLUIRÁN EN CADA CASO, AQUELLOS QUE EROGUEN POR CONCEPTO DE LA OBTENCIÓN O USO DE BIENES O INSTALACIONES DE OTRAS EMPRESAS U OTROS GASTOS DE EMERGENCIA. GRAVÁMENES: EL PRESTADOR DE SERVICIOS PAGARÁ DE ACUERDO AL INTERÉS ASEGURABLE QUE DEMUESTRE EL ASEGURADO, SIN PERJUICIO DE PAGOS QUE DEBAN HACERSE A TERCEROS QUE ACREDITEN TENER ALGÚN INTERÉS ASEGURABLE. PERMISO: MEDIANTE ESTA CLÁUSULA Y SIN LÍMITE DE TIEMPO Y SIN PREVIO AVISO EL ASEGURADO PODRÁ HACER EN EL LUGAR AFECTADO, ADICIONES, ALTERACIONES, REPARACIONES, INSTALACIONES Y TRABAJAR A CUALQUIER HORA, SUSPENDER LABORES, LLEVAR A EFECTO CUALQUIER TRABAJO O TENER EN EXISTENCIA Y HACER USO DE TODOS AQUELLOS ARTÍCULOS, MATERIALES APROVISIONAMIENTOS Y APARATOS QUE PUEDA NECESITAR PARA LA NORMAL PROSECUCIÓN DE SUS ACTIVIDADES. CINCUENTA METROS: LOS BIENES ASEGURADOS QUEDAN IGUALMENTE AMPARADOS MIENTRAS SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA SOBRE ANDENES, PLATAFORMAS, CARROS DE FERROCARRIL, CAMIONES O CUALQUIER OTRO LUGAR, DENTRO DE LOS LÍMITES DE LOS TERRENOS DEL SEPOMEX O A UNA DISTANCIA DE 50 METROS DE LOS MISMOS.
Gastos Extras. Cedula “F” 2’000,000 Xxxxxxxxx y Erupción Volcánica: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 730,000 Lluvias, inundaciones, deslizamiento, avenidas de tierra, huayco: 10% del monto indemnizable mínimo US$ 400,000, máximo US$ 1’500,000, cada evento. Otros Riesgos de la Naturaleza: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 75,000 Huelgas y Conmociones Civiles, Daño Malicioso, Vandalismos, Terrorismo y Sabotaje: US$ 130,000
Gastos Extras. Cédula F Flete Aéreo y/o Expreso – Suma asegurada hasta US$ 10,000 Maquinaria y Equipo Bajo Tierra Condicionado general de todo Riesgo de Infortunio La cobertura de Infortunio se extiende a amparar los Equipos Portátiles, instrumentos, Herramientas, que tengan daños externos e internos y/o pérdidas por cualquier causa durante su almacenamiento, trabajo o transporte, utilizando para su traslado cualquier medio o vía incluyendo el robo, mientras se encuentre en cualquier medio de transporte, incluyendo en vehículos desocupados Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 10,000.00 Flete aéreo hasta US$ 10,000.00 Maquinaria y equipo bajo tierra Pérdida de Contenido hasta US$ 20,000.00 Cables metálicos y cables no eléctricos. Se ampara las pérdidas o daños de los aceites lubricantes o refrigerantes contenidos en los equipos y maquinarias. También están cubiertos los daños a las bombas sumergidas y xx xxxx profundo resultante de la falta de agua, colapso, hundimiento xxx xxxx, así como la destrucción de tubos o muros. Se otorga Valor Nuevo de Reposición para perdida total hasta 5 años de antigüedad. Se extiende la cobertura a maquinarias tanto en obras como cuando estén en depósitos o talleres. Derrame de Tanques Gastos Adicionales por horas extras, trabajo nocturno, trabajo en días feriados, flete expreso hasta US$ 5,000.00 Flete aéreo hasta US$ 5,000 Equipos móviles y portátiles dentro y fuera de los predios del asegurado US$ 20,000 con rehabilitación automática de la suma asegurada.
Gastos Extras. Significa la diferencia entre el costo total en que incurra el asegurado para mantener sus operaciones, menos el costo total en que normalmente se hubiera incurrido para continuar sus operaciones durante el mismo período, si el siniestro no hubiera ocurrido. Estos gastos extras incluirán en cada caso, aquellos que eroguen por concepto de la obtención o uso de bienes o instalaciones de otras empresas u otros gastos de emergencia.
Gastos Extras. Se ampara el importe de los gastos extras necesarios en que incurra el asegurado con el fin de continuar, en caso de siniestro, con las operaciones normales del asegurado, en el caso de haber sido dañados o destruidos los bienes cubiertos por la póliza. Estos gastos incluyen: renta de predios provisionales, mudanza, luz y fuerza y calefacción de la ubicación provisional y horas extras del personal propio, incremento en el costo de construcción (entendiendo por este concepto el incremento en el costo de los materiales o mano de obra para la reposición de las estructuras de acuerdo a las actualizaciones del Reglamento de Construcción del DF. y normas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Considerar un 10% de incremento sobre el valor de cada estructura), gastos por adaptación temporal de alguna área de descarga y desazolve ocasionado por alguno de los riesgos amparados y que deba dragarse. Considerar entre otros el incremento en costo de construcción, gastos por adaptación temporal de algún área de descarga, desazolve del canal de navegación y dársenas ocasionado por siniestro y que deban dragarse.
Gastos Extras. Valor total a desembolsar durante el periodo de restauración de la operación del negocio, en el local o locales asegurados que hayan sufrido interrupción en sus operaciones, el cual incluiría el gasto por el uso de otra propiedad o facilidades de otras empresas con un monto mínimo de un 1% de la suma asegurada.